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TSDJ VVC SP - 110016000 714 2013 05073 01-(11-10-2018)

Tribunal Superior de Villavicencio

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Detalles

Título
TSDJ VVC SP - 110016000 714 2013 05073 01-(11-10-2018)
Autor
Tribunal Superior de Villavicencio
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
2013

Asunto: Procedencia: Apelación auto que negó la redosificación de la pena.

Juzgado Tercero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Acacias, Meta.

JOSE YONATAN AGUIRRE CORTES.

Hurto calificado y agravado. 11001-60-00-714-2013-05073-01 i .,.' ~

TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO

JUDICIAL DE VILLAVICENCIO

SALA PENAL

Magistrado ponente: JOEL DARlO TREJOS LONDOÑO

Condenado: Delito:

Radicación:

Decisión:

Aprobado: Confirma. 1 - ASUNTO A DECIDIR Fecha: 1 1 OCT2018

Procede la Sala a resolver el recurso de apelación interpuesto por el condenado JOSE VONAT AN AGUIRRE CORTES, contra el auto del 7 de febrero de 20181, mediante el cual el Juzgado Tercero de, Ejecución de Penas y Medidas de Segurid~d dé Acacías - Meta, negó la redosificación de la pena. 2 - ANTECEDENTES PROCESALES 2.1Por hechos acaecidos el 16 de octubre de 2013 el Juzgado Diecisiete Penal Municipal de Conocimiento de Bogotá D.C. en sentencia del 22 de julio de 20152, condenó al señor JOSE YONTAN AGUIRRE CORTES a la pena de 146 meses de prisión, como responsable del delito de hurto calificado y agravado. 1 Folios 15-16 cuaderno del J 30 de EPMS de Acacias.

2 Folios 10-21 cuaderno del J 170 Penal Municipal Conocimiento de Bogotá.Asunto: Apelación Auto que negó redosificación.

Radicación: 11001-60-00-714-2013-0507301

Condenado: JOSE YONATAN AGUIRRE CORTES Decisión: Confirma , 2.2Mediante auto del 7 de febrero de 20183, el Juzgado Tercero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Acacias - Meta, quien tiene a su cargo la vigilancia de la sanción, negó la redosificación de la pena, indicandoque "fue condenado en sentencia de juicio oral en la cual no existe la aceptación de cargos, por lo que surge improcedente aplicar el principio de favorabilidad y en consecuencia" dar aplicación de la Ley 1826de 2017. 2.3Indicó el señor JOSE YONATAN AGUIRRE CORTES en la sustentación del recurso de apelación" interpuesto, que él "aceptó cargos en primera instancia y que por no tener antecedentes le dieron la libertad, que se estudie la posibilidad de redosificación del 50% por la vía de la Ley 1826 de 2017". 3 -ANÁLISIS PARA DECIDIR 3.1Revisada la actuación y los argumentos del censor, esta Sala plantea como problema jurídico a resolver, si por principio de favorabilidad se debe dar aplicación de la Ley 1826 de 2017 en sentencias proferidas productodejuicio oral.

Al respecto, debe esta corporación remitirse al articulo 16 de la Ley

1826,que dice: (...) La Ley 906 de 2004 tendrá un nuevo artículo 539, así: Artículo 539. Aceptación de cargos en el procedimiento abreviado. Si el indiciado manifiesta su intención de aceptar los cargos, podrá acercarse al fiscal del caso, en cualquier momento previo a la audiencia concentrada. La aceptación de cargos en esta etapa dará lugar a un beneficio punitivo de hasta la mitad de la pena. En ese caso, la Fiscalía, el indiciado y su defensor suscribirán un acta en la que conste la 3 Folios 15-16 cuaderno del J 3° de EPMSdeAcacías. 4 Folios 18 cuaderno del J 3° de EPMS deAcacías. 2.c Asunto: Apelación Auto que negó redosificación.

Radicación: 11001-60-00-714-2013-0507301

Condenado: JOSE YONATAN AGUIRRE CORTES Decisión: Confirma , manifestación de aceptación de responsabilidad de manera libre, voluntaria e informada, la cual deberá anexarse al escrito de acusación. Estos documentos serán presentados ante el juez de conocimiento para que verifique la validez de la aceptación de los cargos y siga el trámite del artículo 447.

El beneficio punitivo será de hasta una tercera parte si la aceptación se hace una vez instalada la audiencia concentrada y de una sexta parte de la pena si ocurre una vez instalada la audiencia dejuicio oral. PARÁGRAFO. Las rebajas contempladas en este artículo también se

aplicarán en los casos de flagrancia, salvo las prohibiciones previstas en la ley, referidas a la naturaleza del delito. Negrillas fuera de texto 3.2Para el caso, la sentencia del 22 de julio de 2015 proferida en contra del señor AGUIRRE CORTES, fue producto de juicio oral, como se constata en la copia del fallo emitido por el Juzgado Diecisiete Penal Municipal con Funciónde Conocimiento, (obrante a folios 10y 21 del cuaderno de ese despacho), como acertadamente lo indicó el a quo; pese a que el penadofue capturado en flagrancia, este no acepto cargos en la audiencia del 17 de octubre de 2013 (audiencia concentrada ante juez de control de garantías), continuando el procesoporeltrámite ordinariode la Ley906de2014, que acorde con loconstatado, se dio trámite aljuicio oral. Como puedeverseenel incisosegundodelartículo 16de laLey 1826 de 2017, que adicionó el artículo 539 de la Ley 906 de 2004, contempla el beneficioparalaaceptacióndecargos, situación que no ocurrió en el presente asunto; de esta manera, es inaceptable acceder a la pretensión del sentenciado de redosificar la pena impuesta. 3Asunto: Apelación Auto que negó redosificación.

Radicación: 11001-60-00-714-2013-0507301

Condenado: JOSE YONATANAGUIRRE CORTES

Decisión: Confirma 3.3Por lo anterior, la Sala confirmará el auto calendado el 7 de febrero de 2018, emitido por el Juzgado Tercero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Acacías, Meta, mediante el cual decidió negar la redosificación de la pena impuesta al señor JOSE

YONATAN AGUIRRE CORTES.

En mérito de lo expuesto, la Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Villavicencio, RESUELVE: PRIMERO: CONFIRMAR la decisión proferida por el Juzgado Tercero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Acacías, Meta, en auto del 7 de febrero de 2018, por las razones expuestas en la parte motiva de este proveído.

SEGUNDO: Devuélvase la actuación al Juzgado Tercero de

Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Acacías, Meta.

TERCERO: Contra la presente decisión no procede recurso alguno.

CÓPIESE, COMUNíQUESE Y DEVUÉLVASE (')\ •••......;:> J-; ..)._~-okL DARío TREJ09"lOND~ Magistrado --- ~GUEZ ,OR,{ES

Magistrada WCJALCIBíADES VARGAS BAUTISTA Magistrado j) 4

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