TSDJ VVC SP -50001-61-00-000-201600036-01-(XX-XX-XXXX)
Tribunal Superior de Villavicencio
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Detalles
- Título
- TSDJ VVC SP -50001-61-00-000-201600036-01-(XX-XX-XXXX)
- Autor
- Tribunal Superior de Villavicencio
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- —
TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL
VILLAVICENCIO
SALA PENAL Magistrado Ponente: JOEL DARIO TREJOS LONDOÑO Radicación: 50001-61-00-000-2016:00036-01
Delito: . Hurto calificado y agravado
Procesado: Brainer Enrique Tique
Aprobado: Acta N° 1.4811
.!
.•• -• Y 1ASUNTO A DECIDIR C Se decid41 el impe9if:k9A_del Iggistrado dclbIades Vargas Bautista', para coli'dce'iér-ppceo de laii-eferenia, expresado con 5 la Ley 906 scle 2004. 2ANTECEDENTÉS-:110 ' _CISALES1REEVANTES • 2.1El 04 de julio de':Ibil8? el Juzgad l Cuarto Plnal del Circuito de r" Víllavicenció, improbó el pre'acuerdo suscrito ,por la Fiscal 25 Seccional3 BRAINER -ENiláUE tIQÜE; rii-édiáí'ite el cual a cambio de la aceptación del delito de hurto agravado, se degrada el grado de participación de autor a cómplice y se fija la pena en 24 meses de prisión. 2.2Contra esa decisión, Fiscalía y defensa interpusieron recurso de apelación, el cual luego de concedido, .se .ingresó junto con el Folio 05 cuaderno Tribunal. 2 Folio 81 C1 3 Doctor Alba Yaheni Calderon Soler. fundamentó enjá causal previsla-en el numeral 5 del artículo 56 de 4-/-1que conforma la respectiva
Asunto: Resolver impedimento
2 Folio 81 C1 3 Doctor Alba Yaheni Calderon Soler. fundamentó enjá causal previsla-en el numeral 5 del artículo 56 de 4-/-1que conforma la respectiva Asunto: Resolver impedimento Radicación: 50001-61-00-000-2016-00036-01 proceso al despacho del Magistrado Alcibíades Vargas Bautista el 09 de agosto de 2018, a quien le correspondió por reparto. 2.3El 26 de octubre de 2018,4 el Magistrado Vargas Bautista, con fundamento en la causal 5 (amistada íntima) del artículo 56 del C.P.P., manifestó su impedimento para conocer del proceso, por cuanto con la doctora Alba Yaheni Calderon Soler, Fiscal 25 Seccional, los une una íntima ,amistad que se generó en razón de que su esposa es la tía de la citada, por lo que existen fuertes lazos de amistad,-de unión familiarque la ha hecho -0a persona de su entrañable afectó; ;:yr'estima7,1eso' suficiente para separarse del , ,•,: asunto. 3ANÁLISIS PARA DECIDIR,' 3.1-,De coñformiddd coi). lo-establecido m'el articulo 58A del C.P.P., del impedirnento-manifestado,:por-un magistrado conocen los demás V , V ,.< • 3.2Le correspondeNeleterminár á la:ColegiaturO, si se presenta en el Magistrado Alcibíades'.Varga% ,Báutistala causal de impedimento prevista en el numerál"k.5 del artículo 56dl C.P.P. í I
el Magistrado Alcibíades'.Varga% ,Báutistala causal de impedimento prevista en el numerál"k.5 del artículo 56dl C.P.P. í I 3.3La figára-cle---1óá-litipédirmeritos-liene---:porifirialidad preservár la imparcialidad de los funCion'arios judiciales, la cual está estatuida como norma rectora en el artículo 5 dé la ley 906 de 2004y dispone que: "En ejercicio de las funciones de control de garantías, preclusión y en el juicio oral, los Jueces se orientaran por el imperativo de establecer con objetividad la verdad y la justicia" Folio 5 cuaderno Tribunal. 2Asunto: Resolver impedimento • Radicación: 50001-61-00-000-2016-00036-01 Es decir, con dicha norma se pretende garantizar que el funcionario judicial competente para adelantar alguna actuación, sea indiferente a cualquier interés distinto al de administrar una recta justicia y que por lo mismo, su imparcialidad y ponderación para conocer del caso no se encuentre perturbada5. En desarrolló del mencionado principio de imparcialidad que debe presidir las actuaciones judiciales, la legislación procesal ha previsto una serie de causales de orden objetivo y subjetivo en las cuales el juez debe declararse -impedido - para dedidir, garantizando a las partes, terceros y idémás jriteiyihienté,s las formas propias de cada `);,):1:7; •r juicio, y en ese orden, no haS, dudp de-gil-é-la manifestación fáctica
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`);,):1:7; •r juicio, y en ese orden, no haS, dudp de-gil-é-la manifestación fáctica
C., ) •"."«,', I impeditivadebe'sú'báúrriire',:clararnérite''en <alguna de las causales establecidás en la ley6, puntualmente, en el artículo 56 de la Ley 906 de 2004. En lo que al problema jurídico, concierne, .se, tiene que el numeral 5 de la mencionada norma áeñalaque: L "Que exista amistad intima óten-árnist,ad grave entre alguna de las • partes, dedúncianté,-- -víctima ,o,,perjüdicado y el funcionario judicial (negrita ,fuera de teto'óriginal). 'Frente a dicha causal, es Conveniente recordar que la jurisprudencia ha de la Sala-de Casación Penal de la Corte-Suprema de Justicia ha expuesto que la misma: "obedece a sentimientos subjetivos integrantes del fuero interno del individuo, por lo que no es necesario acompañarla con elementos de prueba que respalden su configuración. No obstante, también se ha precisado que es insoslayable, para auscultar su eventual concurrencia, la presentación de argumentos consistentes que permitan advertir que el vínculo de amistad -o enemistad de ser el caso-, cuenta con una entidad tal que perturba el ánimo de/funcionario judicial para decidir de manera imparcial el asunto sometido a su Cfr. AP 463, de 4 de febrero de 2015, Rad. 45219. Corte Suprema de Justicia. M.P. José Leónidas Bustos Martínez. 6 Ibídem.
Cfr. AP 463, de 4 de febrero de 2015, Rad. 45219. Corte Suprema de Justicia. M.P. José Leónidas Bustos Martínez. 6 Ibídem. 3Asunto: Resolver impedimento Radicación: 50001-61-00-000-2016-00036-91 conocimiento, en atención a circunstancias emocionales propias al ser humano y aptas para enervar su ecuanimidad. "7 3.4En el sub examine, el magistrado el Magistrado Alcibíades Vargas Bautista señaló que con la Fiscal 25 Seccional Alba Yaheni Calderón Soler, ,los une una íntima amistad que se generó en razón de la unión familiar, por ser su esposa, tía de la citada, lo cual resulta suficiente para separarse del asunto, en aras de preservar la neutralidad e imparcialidad en la. administración de justicia. La Sala consideraque—las-„subjetivas,-,,ratones que aduce el 1' Magistrado,ien realidad sobrepasa el trato normal entre servidores H 1,.7,-i11:72,'.2,:.2=:,7421:2,'1.72 /7 ;71.' ;7,7..7 de la rama judicial, ¡juez ,precisamáfe '''Con la 'Fiscal lo une una (71," amistad íntima - deriVadatéla cercan ía 'fániliar comentada, lo que la « , hace de su entrañable afecto, siéndo precisamente esa delegada „ - 1 "H del ente acusador, una da (las partes apelantes en el presente -.7',.,..- .asunto. Así, se considera que ei,debéCde imparcialidad requerido en la
- 1 "H del ente acusador, una da (las partes apelantes en el presente -.7',.,..-
.asunto. Así, se considera que ei,debéCde imparcialidad requerido en la 1.:~ debida adminiItraCión de„,justbja-,pcidría verse afectado, por lo cual se aceptara el impedirnentó6--p-Sto• dé presente .t En consecuencia, e `s-'-,--"--_,,,--) , 4. , el proceso'cléberá ser indresaklópIrrio as,unto de ponente de quien i, --;',),''. a quien cumple larriisma función y sé disponClrá oficiar al Juez 1 , o,)! 41P I' Coordinador del Centro dé i-ervicióS del Sistemá Penal Acusatorio, 1 para que 'realice la _comperlsaciónn _el _ reOarto respectiva al magistrado impedido, lo que deberá informar oportunamente a la Sala. Por lo expuesto, la Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior de Villavicencio, RESUELVE: 7 Autos del 20 de noviembre de 2013 radicado 42698, del 30 de septiembre de 2015 radicado 46779 M.P. Ey.der Patiño C.DONO Asunto: - Resolver impedimento Radicación: 50001-61-00-000-2016-00036-01
PRIMERO: Declarar fundado el impedimento manifestado por el Magistrado Alcibíades Vargas Bautista, de conformidad con la parte motiva de esta providencia.
SEGUNDO: En consecuencia, el proceso se ingresará como asunto de ponente de quien a quien cumple la misma función.
Magistrado Alcibíades Vargas Bautista, de conformidad con la parte motiva de esta providencia.
SEGUNDO: En consecuencia, el proceso se ingresará como asunto de ponente de quien a quien cumple la misma función.
TERCERO: OfiCiár al Juez Coo-rdinador del béntro de Servicios
Judiciales del para pa'á que realice la compensaciónj,en) jel3répatto itarMagistrado ),Iklcibíades Vargas Bautista e informe de la misma oportunamente a la Sala. r, I , • cm.° ~ 1> r.v
COPIESE,'COMUNÍCUJESE>Y CúMPLASE, / 4"1,F,•5 t
EL DÁRIO .TREJOS L
Magistrado 1 .
PATRICIA RO RIGLIEZ TORRES r
9 EMagiStrada