TSDJ VVC SP - 500012204000 2021 00553 00-(03-02-2022)
Tribunal Superior de Villavicencio
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Detalles
- Título
- TSDJ VVC SP - 500012204000 2021 00553 00-(03-02-2022)
- Autor
- Tribunal Superior de Villavicencio
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 2021
República de Colombia Rama Judicial del Poder Público TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE VILLAVICENCIO - SALA DE DECISIÓN PENAL No. 1Incidente Desacato - Tutela de 1ª Instancia RADIACIÓN: 50001 22 04 000 2021 00553 00.
INCIDENTANTE: Víctor Alfonso Nieto Barreto.
Villavicencio, tres (3) de febrero de dos mil veintidós (2022). En fallo de tutela del dos (2) de noviembre de dos mil veintiuno (2021) , esta Sala Penal amparó el derecho fundamental de petición del que es titular Víctor Alfonso Nieto Barreto , y ordenó a la Fiscalía Veintiocho delegada ante los Jueces Penales del Circuito de Acacías que, dentro del término máximo e improrrogable de cuarenta y ocho (48) horas contadas a partir de la notificación de esa decisión, procediera a emitir una respuesta de fondo, clara, oportuna y congruente con lo requerido por el accionante desde el pasado diez (10) de junio de dos mil veintiuno (2021).
Ante la solicitud de iniciar el trámite de incidente instaurada por Víctor Alfonso Nieto Barreto, en auto del veinticinco (25) de enero de dos mil veintidós (2022), se requirió a la Fiscalía Veintiocho delegada ante los Jueces Penales del Circuito de Acacías, para que informara sobre el cumplimiento de lo ordenado en el fallo de tutela y que allegara a esta Corporación constancia con firma y huella del interno, en la que se pueda verificar que se le brindó respuesta de fondo, clara,
de Acacías, para que informara sobre el cumplimiento de lo ordenado en el fallo de tutela y que allegara a esta Corporación constancia con firma y huella del interno, en la que se pueda verificar que se le brindó respuesta de fondo, clara, oportuna y congruente a la petición del accionante.
El Fiscal encargado de la Fiscalía Veintiocho delegada ante los Jueces Penales del Circuito de Acacías1, acreditó que brindó respuesta de fondo al derecho de petición del diez (10) de junio de dos mil veintiuno (2021), interpuesto por el
1 Folio 2 de la respuesta al incidente de desacato - el fiscal encargado de la Fiscalía Veintiocho delegada ante los Jueces Penales del Circuito de Acacías, señaló que el titular del despacho se encuentra en uso de vacaciones, no obstante, una vez se entera del incidente de desacato procede a dar el trámite correspondiente.Incidente Desacato - Tutela de 1ª Instancia.
RADIACIÓN: 50001 22 04 000 2021 00553 00.
ACCIONANTE: Víctor Alfonso Nieto Barreto.
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PPL Víctor Alfonso Nieto Barreto, en el que solicitaba la “exoneración dentro del proceso penal 50006 60 00 558 2019 01052”.
Al respecto, allegó a esta Corporación, entre los anexos de su respuesta, oficio No.028 del primero (1) de febrero del año en curso, en el que informó al PPL Víctor Alfonso Nieto Barreto que en “(…) contestación al requerimiento de exoneración de investigación, la fiscalía no tiene dichas facultades, y si fuere
No.028 del primero (1) de febrero del año en curso, en el que informó al PPL Víctor Alfonso Nieto Barreto que en “(…) contestación al requerimiento de exoneración de investigación, la fiscalía no tiene dichas facultades, y si fuere el caso, sería solicitar ante el juez la preclusión de la investigación, per o en posición legal de acuerdo a la norma constitucional los EMP y EF, se solicitó audiencia de formulación de imputación por existencia de inferencia razonable hasta este momento, y el señor Nieto Barrero tendrá un juicio posterior , en el que podrá ejercer su derecho a la defensa , con abogado privado o el designado por el estado, a fin de demostrar su presunta inocencia; por lo anterior, como se dijo con anterioridad será citado posteriormente , a fin de ser objeto de la diligencia de imputación antes mencionada”
Revisada la actuación, la fiscalía incidentada, remitió constancia de recibido con firma y huella del PPL Víctor Alfonso Nieto Barreto, en la que se evidencia que al peticionario se le comunicó la contestación2.
Así mismo, mediante oficio No. 032 del tres (3) de febrero del año en curso, dirigido a esta Corporación el fiscal encargado de la Fiscalía Veintiocho delegada ante los Jueces Penales del Circuito de Acacías manifestó que, en uso de sus facultades legales y constitucionales trazó el programa metodológico y libró orden a policía judicial, con investigador asignado al caso, a fin de recolectar elementos materiales probatorios y/o evidencia física que ayudaran al esclarecimiento de los hechos suscitados el tres (3) de noviembre de dos mil
libró orden a policía judicial, con investigador asignado al caso, a fin de recolectar elementos materiales probatorios y/o evidencia física que ayudaran al esclarecimiento de los hechos suscitados el tres (3) de noviembre de dos mil diecinueve (2019), en el centro carcelario de Acacías, en donde los funcionarios
2 Folio 8 y 9 ibidem, obra recibido con firma y huella del PPL Víctor Alfonso Nieto Barreto .Incidente Desacato - Tutela de 1ª Instancia.
RADIACIÓN: 50001 22 04 000 2021 00553 00.
ACCIONANTE: Víctor Alfonso Nieto Barreto.
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del INPEC encontraron en poder del señor PPL Víctor Alfonso Nieto Barreto, una sustancia estupefaciente.
Así mismo, refirió que mediante oficio No. 286 del veinte (20) octubre de dos mil veintiuno ( 2021), solicitó a la defensoría Pública regional del Meta un abogado defensor para que represent e los intereses de Víctor Alfonso Nieto Barreto, y una vez realizada la asignación del defensor público José Francisco Morales Soler, el dieciocho (18) enero del año en curso, radicó ante el Centro de Servicios Judiciales de Acacías, la solicitud de audiencias de imputación y medida de aseguramiento, por lo que se encuentra en espera que señalen fecha y hora.
A partir de lo anterior, advierte esta Corporación que el objeto de la acción de tutela se encuentra satisfecho, dado que la Fiscalía Veintiocho delegada ante los Jueces Penales del Circuito de Acacías emitió respuesta a lo requerido por el
A partir de lo anterior, advierte esta Corporación que el objeto de la acción de tutela se encuentra satisfecho, dado que la Fiscalía Veintiocho delegada ante los Jueces Penales del Circuito de Acacías emitió respuesta a lo requerido por el accionante desde el pasado diez (10) de junio de dos mil veintiuno (2021), y comunicó en debida forma dicha contestación; en tales circunstancias, no hay lugar a iniciar el incidente de desacato y, por ende, el presente trámite se archivará.
En mérito de lo expuesto, la Magistrada de la Sala Penal del Tribunal Superior de Distrito Judicial de Villavicencio,
RESUELVE:
Primero. Declarar el cumplimiento del fallo de tutela proferido por esta Sala Penal el dos (2) de noviembre de dos mil veintiuno (2021) ; por lo que no hay lugar a iniciar incidente de desacato y se dispone el archivo de las diligencias, de acuerdo con lo señalado.
Segundo. Contra la presente decisión no procede recurso alguno.Incidente Desacato - Tutela de 1ª Instancia.
RADIACIÓN: 50001 22 04 000 2021 00553 00.
ACCIONANTE: Víctor Alfonso Nieto Barreto.
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Tercero. Solicitar al jefe de la Área Jurídica de la Cárcel y Penitenciaria de Mediana Seguridad de Acacías, incluye Pabellón de Mujeres que, disponga lo necesario para comunicar la presente decisión al interno Víctor Alfonso Nieto Barreto y envié la respectiva constancia a fmedinab@cendoj.ramajudicial.gov.co correo institucional establecido para
necesario para comunicar la presente decisión al interno Víctor Alfonso Nieto Barreto y envié la respectiva constancia a fmedinab@cendoj.ramajudicial.gov.co correo institucional establecido para esos fines.
Cuarto. Por Secretaría de la Sala, líbrense las comunicaciones correspondientes. Comuníquese y Cúmplase
YENNY PATRICIA GARCÍA OTÁLORA
Magistrada