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TSDJ VVC SP - 500013104 2018 00047 01-(09-10-2018)

Tribunal Superior de Villavicencio

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Detalles

Título
TSDJ VVC SP - 500013104 2018 00047 01-(09-10-2018)
Autor
Tribunal Superior de Villavicencio
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
2018

TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE VILLAVICENCIO

SALA PENAL Magistrada Sustanciadora: PATRICIA RODRÍGUEZ TORRES Radicación:,--,-,500071-31,04-004-2018,00047,01.

Accionalpte: José Gabriel Mesa Mesa.

Accionado: Procedencia:

Decisión:

! I i 1 O Revoca y,declaraTumplido falló. fall. Nacional. - Juzgado,O:rado'Penal del Circuitoljde V/cio. Subdfteceión dNe.oprestaciones Sociales del Ejercito . _-.7 s- %.- -.,...;••ty- ,-k...s... \...4 ‘4' , ' I 471/7 > ,,..z.-",1 l''''''... ti r

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Aprobac ón: Acta , •'1,u-,'- Fecha: ytyk • • 9 de.otubre•de.2018.. v • , , ,11: 7

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V. I. pEcisioN../ v . ip..„, - i. .„ :.--- ' ..4 4 r<1.1Fr '4'.?°°L [ Se pronuncia a Sala sobre la consulta de la sanción consistente en tres i (3) días de arresto y multa de tres (3) salario S mínimos legales mensuales vigentesv que, previo trárnite,incideenta.1,pori desacato, impuso

i (3) días de arresto y multa de tres (3) salario S mínimos legales mensuales vigentesv que, previo trárnite,incideenta.1,pori desacato, impuso 1.,,onsejv 4uoenoii - • ,el 'Juzgado Cuarto. Penal elel Orpuito de 'Villavigencio - Meta al 419 kff,17 hi7,111.1/10",2,71/W Mi/ 9 Subdirector y :al Directorjde RrestaclonesSociales,del Ejercito Nacional. 1 L_ . — — • 2 ,..---, ''' j

II. ANTECEDENTES. 2.1. 2.1. Fallo de tutela y trámite incidental.

En fallo del veintinueve (29) de mayo de dos mil dieciocho (2018)1, el Juzgado Cuarto Penal del Circuito de Villavicencio de esta ciudad, amparó el derecho fundamental de petición a José Gabriel Mesa Mesa. Fo1ios,3 a 9 del cuaderno del incidente.Tutela: 50001 31 04 004 2018 00047 01Consulta sanción desacato

Accionante: José Gabriel Mesa Mesa Accionado: Subdirección de Prestaciones Sociales del Ejército Nacional Decisión: Revoca y se abstiene Como consecuencia, ordenó a la Dirección de Prestaciones Sociales del Ejercito Nacional que, "dentro del término de cuarenta y ocho (48) horas proceda a notificar al señor José Gabriel Mesa Mesa los oficios No. 20165330135191 de fecha nueve (9) de febrero de dos mil dieciséis (2016), No. 20173672048851 del diecisiete (17) de noviembre de dos

proceda a notificar al señor José Gabriel Mesa Mesa los oficios No. 20165330135191 de fecha nueve (9) de febrero de dos mil dieciséis (2016), No. 20173672048851 del diecisiete (17) de noviembre de dos mil diecisiete (2017) y No. 20183670979631 de fecha veinticinco (25) de mayo de dos mil dieciocho (2018)." El primero (1) de agosto de dos mil dieciocho (2018)2, el accionante solicitó iniciar rif-r-lcidente de desacato; por lo que el a q7uo en auto del seis • (6) de agosto siguiente_k3, rrevio (al dar, aperturaalltrámite incidental ordenó al Subdirector 191."PrestaciOnés.'Sódíajes del 'Ejercito NacionalTeniente Coronel Cesar Aug.ustoPyargas,,Guáríh dar cumplimiento al fallo o ;1 • . De igual forma rrquirió al ,sdperior jerárquico iestolies al Director de , Prestaciones Sociales de la mismá-inSt'itución> -.Coronel Diego Alejandro correos electrónicos personales "cesar.va .rgas@ /ájercito.mil.co" y "diego.borbon@ejercito.mil.co"; y a los correós institucionales 1 . "dipso@ejercito.m'ircol"mly,¿átendOn iciudadadáejc@ejercito.cil.co"; los 0.) /I lk-:', L, 8,1 .I, LÍ ,1 que guardaron silencio4.l fir El nueve (9) de,,agosto,.-.de,dos,mikdieciochorr(2018)17_iel Juez de primera

que guardaron silencio4.l fir El nueve (9) de,,agosto,.-.de,dos,mikdieciochorr(2018)17_iel Juez de primera instancia ante el silencio del obligado a cumplir el fallo de tutela, ordenó la apertura del incidente de desacato y dispuso, con fundamento en el artículo 52 del decreto 2591 de 1991, impartir traslado al Subdirector y al Director de Prestaciones Sociales del Ejercito Nacional; decisión que se comunicó 6 a los servidores mencionados. 2 Folios 1 y 2 cuaderno del incidente. 3 Folio 10 ibídem Folio 14 ibídem 5 Folio 19 ibídem 6 Folio 21. ibídem de tutela. - " \0f"; Borbón Arias, ivara q9e hiciera Cumplir.ta;--Órd.en constitucional; para el 1 < - Its"):1' efecto, se enviaron comunicacibne a servidores [Mencionados a los o i' • ., 4 . ii ,i e 'a u dir, e v.27, f•-:.;17, ra .1 2Tutela: 50001 31 04 004 2018 00047 01Consulta sanción desacato

Accionan fe: José Gabriel Mesa Mesa Accionado: Subdirección de Prestaciones Sociales del Ejército Nacional Decisión: Revoca y se abstiene 2.2. Providencia objeto de consulta.

En decisión del .quince (15) dé agosto de dos mil dieciocho (2018)7, el Juzgado Cuarto Penal del Circuito de la ciudad, sancionó con tres (3) días de arresto y multa de tres (3) salarios mínimos legales mensuales

En decisión del .quince (15) dé agosto de dos mil dieciocho (2018)7, el Juzgado Cuarto Penal del Circuito de la ciudad, sancionó con tres (3) días de arresto y multa de tres (3) salarios mínimos legales mensuales vigentes al Subdirector de Prestaciones Sociales del Ejercito NacionalTeniente Coronel Cesar Augusto Vargas Guarín y al Director de Prestaciones Sociales de la misma institución - Coronel Diego Alejandro Borbón Arias, en razón de la inobservancia al fallo de tutela. El Juzgado deilprimera instanciajCoriSideró que era procedente imponer besacator421 Subdirector ál Director de Prestaciones .1Ejercito Naciona4) en.„ razón a que desconocieron , • injustificadamente, • las N. ordenes.; , -con'Ititucidnales impartidas y f demostraron, la falta de interes:erracatarlas,,má)dme que no señalaron I la imposibilidad fá:Etica o juríclica_p_ara cumplir el mandato constitucional; \ — , por lo que conCluyó que -- era -procedente' , imponer la sanción r ,..., El veintiuno (21) de agosto 'del año en curso% la Dirección de Prestaciones Sociales del Ejercito Nacional - DIPSO, Solicitó se revocara la sanción impuesfd,„yen,5rrazón7,a,qa,remitió-;,alos,correos señalados por 1..)) P, el actor, -esto,- Tes, r " crmapiay@hotmail.com " y 07, di' D i (77

el actor, -esto,- Tes, r " crmapiay@hotmail.com " y 07, di' D i (77 "mmgabriel_@hottnail.ci om 10 -S'Oficios No.- 201'65330135191 de fecha nueve (9) de febrero-de-dos-mil-dieciséis (.201-6),-No. 20173672048851 del diecisiete (17) de noviembre de dos mil diecisiete (2017) y No. 20183670979631 de fecha veinticinco (25) de mayo de dos mil dieciocho (2018), de lo cual allegó sústento9. Folios 36 a 41 ibídem Folios 60 y 61 ibídem 9 Revés del folio 61 y folio 62 ibídem sanción por Sociales del (.; correspondiente. 40,, 3Tutela: 50001 31 04 004 2018 00047 01Consulta sanción desacato Accionan/e: José Gabriel Mesa Mesa Accionado: Subdirección de Prestaciones Sociales del Ejército Nacional Decisión: Revoca y se abstiene

III. CONSIDERACIONES. 3.1. Marco normativo y conceptual.

De acuerdo con el artículo 86 de la Constitución Política, reglamentado por el Decreto 2591 de 1991, la acción de tutela se constituye en un mecanismo excepcional que tiene como objetivo la protección judicial inmediata de los derechos constitucionales fundamentales de los ciudadanos, cuando tales derechos han sido vulnerados, o puestos en peligro, por acción u omisión de la autoridad Pública, o de los particulares en, los casos expresamente señalados por la ley.

inmediata de los derechos constitucionales fundamentales de los ciudadanos, cuando tales derechos han sido vulnerados, o puestos en peligro, por acción u omisión de la autoridad Pública, o de los particulares en, los casos expresamente señalados por la ley. La protección 'del derecho kíndaméntál, se concreta por parte del Juez constitucional en una orden -per,éntoria que emite a la autoridad, o el particular, según ,el caso, qué, lógicamente debe ser cumplida para que el amparo seá realmente éficaz .,..razon por la que adicionalmente el legislador contempló nuevamenteirnecanismos sancionatorios para el evento de indumplimlento a las 'decisiones judiciales proferidas en el trámite y fallode la acCióii de tútela. Así, el Decreto 2591 de 1991 en su artículo 52 regula la figura del desacato, en el sentido ,que la:.persona que incumpla la orden de un Juez proferida en trámite, o falló de la acción constitucional, incurre en 7 'tí f, sanción consisitenté eh arrestó hasta de seis (6) meses y multa hasta de veinte (20) salarios mínimos legales mensuales. La Corte Constitucional se ha referido a la figura del desacato en varias decisiones, en los siguientes términosl°: "(...) Incidente de desacato y responsabilidad subjetiva. Dice el artículo 52 del decreto 2591 de 1991 que "La persona que incumpliere una orden de un juez proferida con base en el presente Decreto incurrirá en desacato sancionable con arresto hasta de seis meses y multa hasta de veinte salarios mínimos

decreto 2591 de 1991 que "La persona que incumpliere una orden de un juez proferida con base en el presente Decreto incurrirá en desacato sancionable con arresto hasta de seis meses y multa hasta de veinte salarios mínimos I° Sentencias T-763 de 7 de diciembre de 1998 y T-053 de 28 de enero de 2005, entre otras. 4i . Así las cosas, aunque la orden de tutela inicialmente no fue cumplida, lo 1 1! cierto es que posteriormente, la Dirección de Prestaciones Sociales del J ,9"-"S" • • 11 i Ejercito Nacional notifico-dos,ofielogequer,idoporvel accionante; los que n ks,-,•kui 1111,1.) e j (U) k.11 ¿Lt.Pp ...;;; ¿i Jt1_,Y. II li fueron remitidos a:ilas direcciones . w electrónicas señalladas por el señor . h •

die ga up ilera , José Gabriel Mesa Mesa para tal fin." bl'! 1dieciocho (2018)13. ' il 1' p.,. ...,:' Con posterioridad a la imposición de 'sáncidrkipor desacato, la Dirección .„,---,.. ,f-,,,, ' •• '',,, de Prestaciones Sociales del, Ejercito -.Nacional - DIp 1SO indicó que dio il .0 ' ,,/-:>'-`- t--- -'>•, t' . n cumplimiento lial fallo deN.,.tutelar-,en,,cuanto notificó; a través de los , r.w.=', ,t...1„t• / . !I

il .0 ' ,,/-:>'-`- t--- -'>•, t' . n cumplimiento lial fallo deN.,.tutelar-,en,,cuanto notificó; a través de los , r.w.=', ,t...1„t• / . !I correos electrónicos señaladps'Lpor-Lell.aCtor en ló-.s escritos de tutela y solicitud de incicrOte de dáacátóylas respuestas 'Contenidas en los /1 IN ', N's,t' „z4. •,',/ , oficios señalados en,e1 fallo constitucional profeVido el veintinueve (29) 1 s/ L:,.,, ' ///' de mayo de dos mil dieciocho (20,lb), de lo cual allego constancia". ! f -_,, .... — , _4, li 1 < ijr„,. ------- im,,,.,_9 , 1, 4."-"A k D 1:- Tutela: 50001 31 04 004 2018 00047 01Consulta sanción desacato

Accionante: José Gabriel Mesa Mesa Accionado: Subdirección de Prestaciones Sociales del Ejército Nacional Decisión: Revoca y se abstiene entregados en el Juzgado de primera instancia con posterioridad al fallo objeto de consultall.

En efecto, el Juez de primera •instancia ordenó a la Dirección de Prestaciones Sociales del Ejercito Nacional, notificar al señor José Gabriel Mesa Mesa los oficios No. 20165330135191 de fecha nueve (9) de febrero de dos mil dieciséis (2016), No. 20173672048851 del diecisiete (17) de noviembre de dos mil diecisiete (2017) y No.

Gabriel Mesa Mesa los oficios No. 20165330135191 de fecha nueve (9) de febrero de dos mil dieciséis (2016), No. 20173672048851 del diecisiete (17) de noviembre de dos mil diecisiete (2017) y No. 20183670979631 de fecha veinticinco (25) de mayo de dos mil Tal situación, permite concluir que aunque el fallo de tutela fue observado tardíamente, no se evidenció, en este específico evento, la intención de incumplir la orden judicial en mención y finalmente fue observado el mandato constitucional. 12 Folio 60 y ss cuaderno del incidente. Folios 3 al 9 ibídem " Revés del folio 61 y folio 62 ibídem 6Notifícfuese yCúmpla lle. ( u 3 ki.)1. v u TÉ de la lumen :Tara -o a zPATR-IGIAA2 DRIGUEZ:- .TORREl'i Magistrada Tutela: 50001 31 04 004 2018 00047 01Consulta sanción desacato

Accionante: José Gabriel Mesa Mesa Accionado! Subdirección de Prestaciones Sociales del Ejército Nacional Decisión: Revoca y se abstiene En ese orden ,la Sala revocará la sanción del quince (15) de agosto de dos mil dieciocho (2018) y 'en su lugar, se abstendrá de imponer sanción por desacato.

Por lo anterior, la Sala Penal del Tribunal Superior de Distrito Judicial de Villavicencio, RESUELVE: i. de agosto deldos mil dieciocho42'0118) por la Juei Cuarto Penal del

por desacato. Por lo anterior, la Sala Penal del Tribunal Superior de Distrito Judicial de Villavicencio, RESUELVE: i. de agosto deldos mil dieciocho42'0118) por la Juei Cuarto Penal del Circuito de Vilíavicen.cil-- Meta Y en Su, „lugar, absténerse de imponer sanción por desacato al Subdirectbr1 deTrestationes Sociales del Ejercito

Lo . -( 4----'.-r 4Y ---.5'1?'f-s", ,,.,\,. o 11 Nacional - Teniente Corone esa,Augusto Va rgas Gúarín y al Director ''' NI -. de de Prestaciones ;Sociales :plé,40misrna institución: - Coronel Diego 6.4 Alejandro BorbónTArias, de:¿::uérdo.,.on lo.: considerado1 en la parte "N , • 11 motiva de esta deciisOn. \‘0.4,1 ' 14' E. ,,, ‘47( » •(- r., ..----- -,-.7, .;. -Y Segundo. Devolver el'Oxpédiénté .aP Juzgado IDE.

ALCIBIADES VARGAS BAUTISTA

Magistrado ,OEL DARIO TREJOS ONDOÑO Magistrado Primero. Revocar integralmente la decisión proferida el quince (15) de origen para lo pertinente. 7

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