TSDJ VVC SP - 500016000 564 2018 02502 01-(17-09-2019)
Tribunal Superior de Villavicencio
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Detalles
- Título
- TSDJ VVC SP - 500016000 564 2018 02502 01-(17-09-2019)
- Autor
- Tribunal Superior de Villavicencio
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 2018
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TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE
VILLAVICENCIO
SALA PENAL
Magistrado Sustanciador: .10EL DARlO TREJOS LONDOÑO
Radicación: Procedencia:
Procesados: Delito:
Aprobado: Decisión: Fecha: . .,J 50001-60-00-564-2018-02502-01
Juzgado 7° Penal Municipal de Villavicencio. Mariano Pérez García Hurto calificado y agravado Acta No. 1181 Acepta desistimiento 2019
l. LA DECISIÓN.
Se pronuncia la Sala sobre la solicitud de desistimiento del recurso de apelación interpuesto por la defensa de Mariano Pérez García contra la sentencia con allanamiento a carqos proferida el diecinueve (19) de septiembre del dos mil dieciocho (2018), por el Juzgado Séptimo Penal Municipal de Villavicencio-Meta, por la conducta punible de hurto calificado y agravado.
11. ANTECEDENTES.
Mediante sentencia del diecinueve (19) de septiembre del dos mil dieciocho (2018), el Juzgado Séptimo Penal Municipal de VillavicencioMeta, condenó a Mariano Pérez Garda a la pena principal de setenta y•- '.- ,.' 2 cinco (75) meses de prisión por el delito de hurto calificado y agravado, le negó al sentenciado la suspensión condicional de la ejecución de la pena y la prisión domiciliaria. Contra dicha sentencia el defensor de confianza de la sentenciada
interpuso en la audiencia de lectura de fallo llevada a cabo el diecinueve (19) de septiembre del dos mil dieciocho (2018); el recurso de apelación" el que se encuentra en esta instancia para resolver'. En escrito presentado con fecha dieciséis (16) de septiembre de 2019, el defensor manifiesta que desiste del recurso de apelación interpuesto contra la sentencia proferida en primera instancia, por el Juzgado Séptimo Penal Municipal de Villavicencio-Meta, en relación con el sentenciado Mariano Pérez García 2.
111. CONSID'ERACIONES DE LA SALA El artículo 179 F de la ley 906 de 2004, adicionado por el artículo 97 de la ley 1395 de 2010, establece: "Artículo 179 F. Desistimiento de los recursos. Podrá desistirse de los recursos antes de que el funcionario judicial los decida".
De manera que como es potestativo de las partes interponer los recursos que establece la ley para controvertir las decisiones, al igual que desistir de los mismos, esta Sala de Decisión admitirá el desistimiento del recurso de apelación interpuesto contra la sentencia con allanamiento a cargos proferida el diecinueve (19) de septiembre del dos mil dieciocho (2018), por el Juzgado Séptimo Penal Municipal de Villavicencio-Meta, presentado por el defensor de 'Mariano Pérez 1 Folios 48 al 52 Cuaderno de Primera Instancia 2 Folio 7 Cuaderno del Tribunal· .•.. 3 García, conforme lo dispuesto en el artículo 179 - F de la ley 906 de
2004. Finalmente, se dispone la devolución inmediata de la actuación al Juzgado Séptimo Penal Municiapal de Villavicencio, para lo de su cargo. Por lo expuesto, el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Villavicencio, en Sala de Decisión penal, RESUELVE Primero: Admitir el desistimiento del recurso de apelación interpuesto contra la sentencia con allanamiento a cargos proferida el diecinueve (19) de septiembre del dos mil dieciocho (2018), por el Juzgado Séptimo Penal Municipal de Villavicencio-Meta, , presentado por el defensor del sentenciado. Segundo. Contra la presente decisión procede recurso de reposíclón". Tercero. Devolver las diligencias al Juzgado de origen una vez quede en firme esta determinación. Comuníquese V Cúmplase. =--_:oI~ ~OEL DARlO TREJOS IfÓNDOÑO )[D oMag¡s:S.;:-;:~~;=:::;::;:::;===~:¡¡;p., ALCIBIADES VARGAS BAUTISTA PATRICIA RODRIGUEZ TORRES Magistrado Magistrada 3 Ver auto del 22 de junio de 2016, radicado: 48236. Mp. José Luis Barceló Camacho.