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TSDJ VVC SP - 500016000000 2016 00045 01-(05-02-2020)

Tribunal Superior de Villavicencio

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Detalles

Título
TSDJ VVC SP - 500016000000 2016 00045 01-(05-02-2020)
Autor
Tribunal Superior de Villavicencio
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
2016

TRIBUNAL SUPERIOR DE DISTRITO

JUDICIAL DE VILLAVICENCIO

SALA PENAL

Magistrado Ponente

Radicado: Procedencia:

Acusado: Delito:

Decisión:

Aprobado: Fecha: Alcibíades Vargas Bautista 50001 61 00 000 2016 00045 01

Juzgado 40 Penal del Circuito Especializado de Vcio Yilbert liarbey Mesa Ramírez Cáncierto para delinquir agravado y otro Acepta desistimiento 'Acta No. 16 5 de febrero de 2020 ASUNTO Se pronuncia la Sala sobre la solicitud de desistimiento del recurso de apelación interpuesto por el defensor del procesado Yilbert Harbey Mesa Ramírez, contra el auto proferido el quince (15) de enero del dos mil diecinueve (2019), .por el Juzgado Cuarto Penal del Circuito Especializado de Villavicencio-Meta, dentro del proceso de la referencia.

ANTECEDENTES

1. Mediante auto del quince (15) de enero del dos mil diecinuéve (2019), el Juzgado Cuarto Penal del Circuito Especializado de Villavicencio-Meta, negó solicitud de conexidad propuesta por la defensa de Yilbert Harbey Mesa Ramírez.2. Contra dicha decisión la defensa interpuso el recurso de apelación, el que se encuentra en esta instancia para resolver'. -- 3. En escrito recibido con fecha tres (3) de febrero de dos mil veinte (2020), el defensor. de Mesa Ramírez manifiesta que desiste del recurso de apelación interpuesto dentro de la presente actuación2.

CONSIDERACIONES

-- 3. En escrito recibido con fecha tres (3) de febrero de dos mil veinte (2020), el defensor. de Mesa Ramírez manifiesta que desiste del recurso de apelación interpuesto dentro de la presente actuación2. CONSIDERACIONES El artículo 179 F de la Ley 906 -de 2004, adicionado por el artículo 97 de la Ley 1395 de 2010, establece: "Artículo 179 F. Desistimiento de los recursos. Podrá desistirse de los recursos antes de que el funcionario judicial los decida". De manera que corno es potestativo de las partes interponer los recursos que establece la ley para controvertir las decisiones, al igual que• desistir de los mismos, esta Sala de Decisión admitirá el desistimiento del recurso de apelación interpuesto contra el auto proferido el quince (15) de enero del dos mil diecinueve (2019), por el Juzgado Cuarto Penal del Circuito Especializado de Villavicencio-Meta, que negó la solicitud de conexidad a Yilbert Harbey Mesa Ramírez, conforme lo dispuesto en el artículo 179 - F de la ley 906 de 2004.1/4 Finalmente, se dispone la devolución inmediata de la actuación al Juzgado Cuarto Penal del Circuito Especializado de Villavicencio -Meta, para lo de su cargo. Folios record 32:51 cd audiencia del 15 de enero de 2019. 2 Folio 7 Cuaderno del Tribunal 2Por lo expuesto, el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Villavicencio, en Sala de Decisión penal, RESUELVE: Admitir el desistimiento del recurso de apelación interpuesto contra el auto proferido el quince (15) de enero del dos mil diecinueve (2019),

en Sala de Decisión penal, RESUELVE: Admitir el desistimiento del recurso de apelación interpuesto contra el auto proferido el quince (15) de enero del dos mil diecinueve (2019), por el Juzgado Cuarto Penal del Circuito Especializado de VillavicencioMeta, presentado por la defensa. Contra la presente decisión procede recurso de reposición 3. Devolver las diligencias al juzgado de origen una vez quede en firme esta determinación. Notifíquese, devuélvase y Cúmplase. -

ALCIBÍADES VARGAS BAUTISTA

Magistrado

PATRICIA RODRÍGUEZ TORRES

Magistrada -.-\ OEL DARÍO TREJONDOÑO \ Magistrado 3 Ver auto del 22 de junio de 2016, radicado: 48236; MP. José Luis Barce16 Camachb. 3

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