🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

TSDJ VVC SP - 500016000000 2018 00037 01-(03-10-2019)

Tribunal Superior de Villavicencio

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
TSDJ VVC SP - 500016000000 2018 00037 01-(03-10-2019)
Autor
Tribunal Superior de Villavicencio
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
2018

TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE VILLAVICENCIO

SALA PENAL Magistrada ponente: PATRICIA RODRÍGUEZ TORRES Radicación: 50001 60 00 000 2018 00037 01

Procesado: Joselín Reyes MoralesJ Aprobación: Acta N.t 4 tJ Decisión: Declara fundado impedimento

Fecha: O3 OCl' 2019

l. DECISIÓN.

Se decide sobre el impedimento manifestado en estas diligencias por el Magistrado Alcibíades Vargas Bautista, para conformar la Sala de decisión, respecto de la actuación que cursa en contra de Joselín Reyes Morales por los delitos de concierto para delinquir y ejercicio ilícito de actividad monopolística de arbitrio rentístico.

11. ANTECEDENTES.

El Magistrado Alcibíades Vargas Bautista se declaró impedido para conocer del presente asunto, de conformidad con la causal prevista en el numeral 5 del artículo 56 de la Ley 906 de 2004. Precisó que, con la Fiscal 25 Delegada ante los Jueces Penales del Circuito de esta cludad-, que actúa en éste proceso, lo unen fuertes lazos de amistad que se manifiestan en la cercanía y unión de la familia y los cuales "han, I Doctora Alba Yaheny Calderón Soler.._ ,; Radicado: 50001 60 00 000 2018 O()()37()1

Procesado: Joselln Reyes Morales Delito: 'Concierto para delinquir y otro Decisián: Declarafundado impedimento trascendido al plano de la relación de amistad recíproca", dado que se trata

de la sobrina de su esposa. Adujo que, las anteriores razones, lo llevan a solicitar a la Sala ser separado del conocimiento de proceso para preservar la neutralidad e imparcialidad, de conformidad con la causal prevista en el numeral 5 del artículo 56 de la Ley 906 de 20042.

111. CONSIDERACIONES DE LA SALA.

1. De la competencia.

Esta Sala de decisión tiene competencia para examinar la procedencia del impedimento invocado en las presentes diligencias, con fundamento en el artículo 58A de la Ley 906 de 2004.

2. Del impedimento planteado.

El impedimento manifestado por el Magistrado Alcibíades Vargas Bautista, con fundamento en la causal 5 del artículo 56 de la Ley 906 de 2004, se circunscribe al hecho de existir fuertes lazos de amistad y familiaridad con la Fiscal 25 Delegada ante los Jueces Penales del Circuito de esta ciudad, que actúa en el proceso. En sustento adujo que, dicha cercanía se deriva del hecho de que la Fiscal es sobrina de su esposa, a lo que se suma que le profesa entrañable afecto, aspectos que pueden afectar la imparcialidad que debe observar. e Ver folios 4 a 6 del cuaderno del Tribunal...,.) Radicado: 50001 600000020180003: 01

Procesado: Joselin Reyes Afora/es Delito: Concierto para delinquir)' otro

Decisión: Declarafundado impedimento En efecto, el artículo 56 numeral 5 establece': "Artículo 56. Causales de impedimento. Son causales de impedimento. (...) 5.

Que exista amistad íntima (...) entre alguna de las partes, denunciante, víctima o perjudicado y el funcionario judicial". Analizada la motivación expuesta por el Magistrado Vargas Bautista, considera esta Corporación que se adecua a la causal mencionada, pues evidentemente, se trata de un estrecho vínculo de amistad y familiaridad que podría incidir en la imparcialidad que debe imperar en las actuaciones judiciales .. \ Así las tosas, se declarará fundado el impedimento formulado por el Doctor Alcibíades Vargas Bautista y se oficiará a la Oficina Judicial para que efectué la compensación correspondiente. En mérito de lo expuesto, el Tribunal Superior de Villavicencio, en Sala de decisión, RESUELVE Prim-ero. Declarar fundado el impedimento manifestado por el Magistrado Alcibíades Vargas Bautista para conformar la Sala de decisión, respecto de la actuación que cursa en contra de Joselín Reyes Morales por los delitos de concierto para delinquir y ejercicio ilícito de actividad monopolística de arbitrio rentístico, de conformidad con la parte motiva de esta decisión. Segundo. Comunicar la presente decisión al Magistrado Alcibíades Vargas Bautista.4

Radicado: 50001 600000020180003701

Procesado: Joselin Reyes Morales Delito: Concierto para delinquiry otro Decisión: Declarafundado impedimento Tercero. Contra la presente decisión no procede recurso alguno.

Comuníquese y cúmplase . ..---==:::::::-~ '--PATRI CIA ROO=-R?íG=U-::-:E=Z?:T=O::=:R::::R:;E;'=;S;:::::::::::---:":::::' Magistrada ~E:D~O~R~J:iN~Magistrado

Consultar sobre este documento ...