TSDJ VVC SP - 500016000564 2018 00352 001-(09-12-2021)
Tribunal Superior de Villavicencio
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Detalles
- Título
- TSDJ VVC SP - 500016000564 2018 00352 001-(09-12-2021)
- Autor
- Tribunal Superior de Villavicencio
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 2018
1
TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL
VILLAVICENCIO
SALA DE DECISIÓN PENAL N° 3
Magistrado ponente: JOEL DARIO TREJOS LONDOÑO
Radicación: 50001600056420180352001
Procedencia: Juzgado 5º Penal del Circuito de Villavicencio Delito: Homicidio agravado de grado de tentativa
Procesados: Edwin Crisanto Macías Poveda
Asunto: Acepta desistimiento
Aprobado: Acta N° 186
Fecha: 09 de diciembre de 2021.
1 - ASUNTO A DECIDIR
Se pronuncia la Sala frente al desistimiento del recurso de apelación interpuesto por el defensor de Edwin Crisanto Macías Poveda contra la sentencia del diecinueve (19) de junio de dos mil diecinueve (2019), proferida por el Juzgado Quinto Penal del Circuito de Villavicencio.
2ANTECEDENTES PROCESALES
2.1Mediante sentencia del diecinueve (19) de junio de dos mil diecinueve (2019), el Juzgado Quinto Penal del Circuito de Villavicencio, condenó a Edwin Crisanto Macías Poveda por el delito de homicidio agravado en grado de tentativa a la pena de ciento diez (110) meses de prisión1.
2.2Contra la decisión anteriormente mencionada el defensor de Edwin Crisanto Macías Poveda , interpuso recurso de apelación, el cual fue sustentado mediante memo rial allegado al Juzgado Quinto
2.2Contra la decisión anteriormente mencionada el defensor de Edwin Crisanto Macías Poveda , interpuso recurso de apelación, el cual fue sustentado mediante memo rial allegado al Juzgado Quinto Penal del Circuito de Villavicencio , el veintisiete (27) de junio de dos mil diecinueve (2019)2.
1 Cuaderno de primera instancia, folios 45 a 52. 2 Cuaderno de primera instancia, folios 64 ss2
3.2Por auto del ocho (8) de julio de dos mil diecinueve (2019), proferido por el Juzgado Quinto Penal del Circuito de Villavicencio, concedió el recurso de apelación interpuesto y sustentado por el defensor del procesado3.
3.3Mediante memorial remitido al correo electrónico de la Secretaría de la Sala Penal del Tribunal Superi or de Villavicencio el quince (15) de octubre de dos mil veintiuno (2021), el procesado manifiesta que desiste del recurso de apelación interpuesto en la actuación de la referencia, solicitud que fue coadyuvada por su defensor de confianza mediante correo electrónico del veintiséis (26) de octubre del año en curso4.
3ANALISIS PARA RESOLVER
El artículo 179 F de la ley 906 de 2004, adicionado por el artículo 97 de la ley 1395 de 2010, establece:
“Artículo 179 F. Desistimiento de los recursos. Podrá desistirse de los recursos antes de que el funcionario judicial los decida”.
Con fundamento en la norma anterior, es potestativo de las partes interponer los recursos que establece la ley para controvertir las
“Artículo 179 F. Desistimiento de los recursos. Podrá desistirse de los recursos antes de que el funcionario judicial los decida”.
Con fundamento en la norma anterior, es potestativo de las partes interponer los recursos que establece la ley para controvertir las decisiones, al igual que desistir de los mismos; por lo que esta Sala de Decisión admiti rá el desistimiento del recurso de apelación interpuesto contra la sentencia proferida el diecinueve (19) de junio de dos mil diecinueve (2019), por el Juzgado Quinto Penal del Circuito de Villavicencio, presentado por el procesado Edwin Crisanto Macías Poveda y coadyuvada por su defensor de confianza , conforme lo dispuesto en el artículo 179 - F de la ley 906 de 2004.
Finalmente, de conformidad con lo expuesto se dispone la devolución
3 Cuaderno de primera instancia, folio 67 4 Cuaderno de segunda instancia, folios 40-43.3
inmediata de la actuación al Juzgado Quinto Penal del Circuito de Villavicencio, para lo de su cargo.
Por lo expuesto, el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Villavicencio, en Sala de Decisión penal No. 3
RESUELVE:
Primero: Admitir el desistimiento del recurso de apelación interpuesto contra la sentencia del diecinueve (19) de junio de dos mil diecinueve (2019), proferido por el Juzgado Quinto Penal del Circuito de Villavicencio, presentado por el procesado Edwin Crisanto Macías Poveda y coadyuvada por su defensor de confianza.
Segundo: Contra la presente decisión procede recurso de reposición5.
Circuito de Villavicencio, presentado por el procesado Edwin Crisanto Macías Poveda y coadyuvada por su defensor de confianza.
Segundo: Contra la presente decisión procede recurso de reposición5.
Tercero: Devolver las diligencias al juzgado de origen una vez quede en firme esta determinación.
COMUNÍQUESE y CÚMPLASE
JOEL DARÍO TREJOS LONDOÑO
Magistrado
ALCIBIADES VARGAS BAUTISTA
Magistrado
YENNY PATRICIA GARCÍA OTÁLORA
Magistrado
5 Ver auto del 22 de junio de 2016, radicado: 48236, MP. José Luis Barceló Camacho.