TSDJ VVC SP - 500016100000 2017 00013 01-(27-11-2020)
Tribunal Superior de Villavicencio
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Detalles
- Título
- TSDJ VVC SP - 500016100000 2017 00013 01-(27-11-2020)
- Autor
- Tribunal Superior de Villavicencio
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 2017
TRIBUNAL SUPERIOR DE DISTRITO
JUDICIAL DE VILLAVICENCIO
SALA PENAL
Magistrado Ponente Joel Darío Trejos Londoño Radicado: 50001 61 00 000 2017 00013 01
Procedencia: Juzgado Quinto Penal del Circuito de Villavicencio.
Procesado: Alex Fernando Montealegre Acosta y otro.
Delito: Concierto para delinquir y receptación
Decisión: Acepta desistimiento
Aprobado: Acta N° 165
Fecha: 27 de noviembre de 2020.
ASUNTO
Se pronuncia la Sala sobre el desistimiento del recurso de apelación interpuesto por el defensor de Alex Fernando Montealegre Acosta , contra la sentencia proferida el veintiuno (21) de agosto del dos mil diecinueve (2019), por el Juzgado Quinto Penal del Circuito de Villavicencio, por el delito de receptación y concierto para delinquir.
ANTECEDENTES
1. Mediante sentencia proferida el veintiuno (21) de agosto del dos mil diecinueve (2019), el Juzgado Quinto Penal del Circuito de Villavicencio, condenó a Alex Fernando Montealegre Acosta, a la pena principal de prisión de cuarenta y cinco (45) meses y multa de ciento sesenta y nueve (169) S.M.L.M.V., como autor de los delitos de receptación en concurso homogéneo y sucesivo y concierto para delinquir y a Hermes Johan Alarcón Hernández a la pena de treinta y cinco meses de prisión
nueve (169) S.M.L.M.V., como autor de los delitos de receptación en concurso homogéneo y sucesivo y concierto para delinquir y a Hermes Johan Alarcón Hernández a la pena de treinta y cinco meses de prisión y multa de nueve punto nueve S.M.L.M.V.Radicado No. 50001 61 00 000 2017 00013-01
Procesado: Alex Fernando Montealegre Acosta
2. Contra dicha sentencia el defensor público J air Wilches , como representante de Montealegre Acosta, interpuso recurso de apelación en el curso de la audiencia celebrada el veintiuno (21) de agosto de dos mil diecinueve (2019), el cual sustentó en esa misma oportunidad1.
3. El Juez Quinto Penal del Circuito de Villavicencio, el veintiuno (21) de agosto de dos mil diecinueve (2019), concedió el recurso de apelación en efecto suspensivo ante esta Corporación2.
4. Se allego a la Secretaría de la Sala, memorial del procesado donde manifiesta que desiste del recurso, y escrito del defensor público de Montealegre Acosta , por medio del cual coadyuva la mencionada petición.
CONSIDERACIONES
1. El artículo 179 F de la Ley 906 de 2004, adicionado por el artículo 97 de la Ley 1395 de 2010, establece: “Artículo 179 F. Desistimiento de los recursos. Podrá desistirse de los recursos antes de que el funcionario judicial los decida”.
2. De manera que como es potes tativo de las partes interponer los recursos que establece la ley para controvertir las decisiones, al igual
recursos. Podrá desistirse de los recursos antes de que el funcionario judicial los decida”.
2. De manera que como es potes tativo de las partes interponer los recursos que establece la ley para controvertir las decisiones, al igual que desistir de los mismos, esta Sala de Decisión admitirá el desistimiento del recurso de apelación interpuesto contra la sentencia proferida el veintiuno (21) de agosto del dos mil diecinueve (2019), por el Juzgado Quinto Penal del Circuito de Villavicencio, presentado por la defensa de Alex Fernando Montealegre , conforme lo dispuesto en el artículo 179 - F de la ley 906 de 2004.
3. Finalmente, se dispone la devolución de la actuación al Juzgado de origen, para darle el trámite subsiguiente.
1Record 9:25, audiencia de lectura de fallo del 21 de agosto de 2019. 2Visto a folio 201 del cuaderno de primera instancia, (acta de audiencia de lectura de fallo, del 21 de agosto de agosto de 2019).Radicado No. 50001 61 00 000 2017 00013-01
Procesado: Alex Fernando Montealegre Acosta
Por lo expuesto, la Sala Penal del Tribunal Superior de Villavicencio, Administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley,
RESUELVE:
1. Admitir el desistimiento del recurso de apelación interpuesto por la defensa del procesado Alex Fernando Montealegre Acosta, contra la sentencia anticipada proferida el veint iuno (21) de agosto del dos mil dieci nueve (2019), proferida por el Juzgado Quinto Penal del
Circuito de Villavicencio.
defensa del procesado Alex Fernando Montealegre Acosta, contra la sentencia anticipada proferida el veint iuno (21) de agosto del dos mil dieci nueve (2019), proferida por el Juzgado Quinto Penal del Circuito de Villavicencio.
2. Contra la presente decisión procede recurso de reposición3.
3. Una vez quede en firme esta determinación, devuélvase las diligencias al juzgado de origen para lo de su cargo.
Notifíquese y Cúmplase. -
JOEL DARÍO TREJOS LONDOÑO
Magistrado
ALCIBÍADES VARGAS BAUTISTA
Magistrado
3 Ver auto del 22 de junio de 2016, radicado: 48236, MP. José Luis Barceló Camacho.