TSDJ VVC SP - 500016105671 2008 81100 01-(09-05-2019)
Tribunal Superior de Villavicencio
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Detalles
- Título
- TSDJ VVC SP - 500016105671 2008 81100 01-(09-05-2019)
- Autor
- Tribunal Superior de Villavicencio
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 2008
/ TRIBUNALSUPERIORDEDISTRITO
JUDICIALDEVILLAVICENCIO
SALAPENAL
MagistradoPonente
Interlocutorio: Radicado:
Procedencia: Acusado:
Delitq:
Decisión:
Aprobado: Fecha:
AlcibíadesVargasBautista SegundaInstancia 50001 61 05 671 2008 81100 01 Juzgado2° Penaldel Circuito de Villavicencio JorgeEliecerPosadaTabares Accesocarnal abusivocon menor de 14años. Decretaextinción de la acciónpenal. Acta N° 59 9 de mayode 2019 ASUNTO Se pronuncia la Sala sobre la extinción de la acción penal adelantada por el delito de acceso carnal abusivo con menor de 14 años, contra JORGE EUECER POSADA TASARES, quien falleció durante el trámite del recurso de apelación de la sentencia condenatoria.
ANTECEDENTES
1. Según el escrito de acusación'. los hechos ocurrieron durante el mes de julio del año 2008, en esta ciudad, cuando JORGE EUECER POSADA TASARES introdujo sus dedos en el área genital de la menor L.F.D.G2. entonces de 6 años de edad, conducta que perpetró al interior de su residencia. La víctima había llegado al lugar, en compañía de la hija del procesado para ver televisión.
I l olio .?71' ss cuadernojuzgado . .' ."'t' otniu: el nombre de la victima con Iundamento en lo previsto en los articulas 33 y ,17·8 de la l.ev lO'),'! de ,?IIO(¡Interlocutorio 2" instancia
RUN. 50001 61 05671 2008811 01 Jorge Eliecer Posada Tabares Extinción de la acción penal por muerte del procesado.
2. El 27 de agostode 2008 la señoraLuzCELINADELATOURGUAPACHA, progenitorade la menor L.F.D.G. instauródenuncia, por lo que en audienciadel 18 de diciembrede 2013, elJuezPrimeroPenalMunicipal confunciónde Controlde Garantías",expidióa solicitudde la fiscalía ordende captura" respetode JORGE EUECER POSADA TABARES que se materializóel 17 deenerode20145.
3. Enaudienciade la mismafecha, se legalizóla capturade POSADA TABARES ante el JuzgadoPrimeroPenal Municipalcon funcionesde controlde Garantíasy le imputóel delitosde accesocarnalviolento agravado,de conformidadconlosartículos205 y 311 numeral4° del CódigoPenal,cargosque el implicadonoaceptóy por loscualesse le impusomedidade aseguramientoconsistenteen detenciónpreventiva enestablecimientocarcelario".
4. El13 de marzode 2014, lafiscalíapresentóescritode acusaciónpor el mismo delito atribuido en la formulaciónde imputación", que correspondióal JuzgadoSegundoPenaldel Circuito,que llevóa cabo audienciade formulacióndeacusaciónel4 dejuliosiquíente"y el 15 de septiembre,serealizólaaudienciapreparatoria", Durantelassesionesdel 17 defebrero" y 2 de diciembrede 201511, 29
de febrero", 23 de septiembre" y 7 de octubrede 201614 se realizóel i / er /"Ií" -l' SS. d« la ("1II1),,/a. I l·olio ()idcn¡ i l·olios 12 cuadernojuzgado. /,icr lol«) 1F /8 dc la ("0/1)('/(1. - I'"r/"Ií" :;-'.l'.\".\" de la carpeta. \ t'crLoli«) 3(¡ d" la cIII1)c/a. " l'",. /01;0 -13.1'-1-1ele1(/C1I/1N.'/a. /IJ .lcta visible a tolio 52. 1/ . le/a visible a toli» I (JI). 1_'.Ie/(I visible lI/oli" 1/8. l' le/a visible a Ioli«) 1-1l. 2Interlocutorio 2" instancia RUN, 50001 61 05671 2008811 01 Jorge Eliecer Posada Tabares Extinción de la acción penal por muerte del procesado, juicio oral. El 7 de octubre de 2016, el Juzgado 20 Penal del Circuito de esta ciudad, emitió sentencia condenatoria contra JORGE EUECER POSADA TABARES por la conducta punible de acceso carnal abusivo con menor de 14 años". Le impuso una pena de 12 años y 9 meses de prisión e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por el mismo término de la pena privativa de la libertad y le negó la
suspensión condicional de la ejecución de la pena y la prisión dornictliarla".
5. El defensor interpuso recurso de apelación en el que solicitó la absolución de su representado del cargo de acceso carnal abusivo con menor de 14 años por el que fue condenado", En la actualidad, el recurso se encuentra pendiente de resolverse en esta Sala de Decisión
Penal".
6. Mediante oficio No, 131 AJUR 1128 del 4 de marzo de 201919, el director de la cárcel del Villavicencio informó que el procesado, JORGE EUECER POSADA TABARES falleció el 24 de febrero de la presente anualidad, A través de comunicación del 16 del mes y año en curso, Notaria Cuarta del Círculo de Villavicencio allegó copia autentica del registro civil de defunción No, 09226866 del 3 de abril de 20192°, Ii ,le/a visibl¿ a [ol«¡ 1-1-1, /,' I'crtol«¡ 152,1'SS de la carpeta.
Ir, tbidcn: t : Rccon]. -15:51,1'.1'.1,delCd_ o. /\ Icr act« de rcpctrt«) visible afolio 1del cuaderno del Tribunal /') loli» 1-1cuaderno Trihunal. '0 l olio ]3 ctuulernn d('lli'ihlll/(//' 3Interlocutorio 2" instancia RUN. 50001 61 05671 2008811 01' Jorge Eliecer Posada Tabares Extinción de la acción penal por muerte del procesado.
CONSIDERACIONES
l. Atendiendo lo establecidoen el numeral 10 del artículo 34 de la Ley 906 de 2004, esta Sala es competente para decidir el recurso de apelación interpuesto contra la sentenciacondenatoria proferida el 9 de marzo de 2016, por tratarse de una decisión de primera instancia emitida por unjuzgado penaldel circuito o de este Distrito Judicial.
2. Enel presente caso, la inconformidad del recurrente se circunscribe a la existencia del conocimiento másallá de toda duda de la ocurrencia de la conducta punible de accesocarnal abusivo con menor de 14años que seatribuyó aJORGE EUECER POSADA TABARES y su responsabilidad, exigenciaque estableceel inciso4 del artículo 7, en concordanciacon el artículo 381 de la Ley906 de 2004.
Debería abordar la Sala dicho planteamiento, de, no ser porque se advierte que operó la extinción de la acción penal, de conformidad con lo señaladoen el artículo 82 numeral 1del CódigoPenal. Al respecto, setiene que la Notaria4a del Círculode Villavicencioallegó a la actuación copia auténtica del registro de defunción con indicativo serial No. 09226866, en el que consta que JORGE EUECER POSADA TABARES identificado con cédula de ciudadanía número 15.906.489 de Chichina (Caldas) murió el 24 de febrero de 2019 y el número de certificado de defunción correspondeal 71983023~0(fol. 23).'
Con este panorama, se tiene que opera en el presente evento, una causalobjetiva de improseguibilidadde la acciónpenalconsistente en el\ 4Interlocutorio 2" instancia RUN. 50001 61 05671 2008811 01 Jorge Eliecer Posada Tabares Extinción de la acción penal por muerte del procesado. deceso del procesado JORGEEUECERPOSADATABARES,como lo acredita la copia del registro de defunción. Así las cosas, resulta procedente declarar la extinción de la acción penal con fundamento artículo 82 numeral 10 del Código Penal, por imposibilidad de continuar el ejercicio de la acción penal, en razón de la muerte de JORGEEUECERPOSADATABARES. Como consecuencia, se dispondrá, una vez 'en firme, comunicar dicha determinación a las autoridades judiciales respetivas para que cancelen las anotaciones pendientes. En razón de lo expuesto, la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de VilJavicencio,
RESUELVE:
1. Declarar extinguida la acción penal adelantada en contra de JORGE EUECER POSADA TABARES por imposibilidad de continuar el ejercicio de la acción penal, conforme lo expuesto en la parte motiva.
2. En firme esta determinación, comuníquese a las autoridades judiciales respectivas para que cancelen las correspondientes anotaciones y devuélvase el expediente a la oficina de origen para los fines pertinentes.
3. Contra la presente decisión no procede recurso alguno.
5Interlocutorio 28 instancia RUN. 50001 61 05671 2008811 01
Jorge Eliecer Posada Tabares Extinción deja acción penal por muerte del procesado. Notifíquese,devuélvasey cúmplase.-
ALCIBÍADESVARGASBAUTISTA
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