TSDJ VVC SP - 500016105671 2010 80267 01-(12-07-2019)
Tribunal Superior de Villavicencio
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Detalles
- Título
- TSDJ VVC SP - 500016105671 2010 80267 01-(12-07-2019)
- Autor
- Tribunal Superior de Villavicencio
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 2010
:.-""f);"1, ··ovr··.J/.<,c:~J
TJIBUNALsUPERioR DELDISTRITO -'JUDICIAL DEVILLAVICENCIO ! SALAPENAL i
MagistradoPonente: !
Sentencia: '
Radicado: Procedencia:
Delito: Acusado:
Decisión:
Aprobado: Fecha:
AlcibíadesVargasBautista 2a. Instancia 5000161 05 671 201080267 01 JuzgadoPromiscuodel Circuito de SanJosédel Guaviare Destinaciónilícitade inmueblesy otro. RodrigoMontaña. Confirma Acta No.093 12dejulio de 2019 ASUNTO Se resuelve el recurso de apelación interpuesto por la defensa contra la sentencia proferida el 16 de mayo de 2012, por el Juzgado Tercero Penal del Circuito de Villavicencio, mediante la cual se condenó a RODRIGO MONTAÑA en el proceso que en su contra se adelantó por las conductas punibles de "destinación ilícita de inmuebles y tráfico de estupefacientes". ANTECEDENTES Los hechos ocurren sobre las 2:00 de la tarde, del día 19 de febrero de 2010, cuando (en atención a información suministrada a la SIJIN por fuente humana no formal referente a la venta de estupefacientes)', se realizó-una diligencia de registro y allanamiento a la vivienda ubicada en la calle 26 B No. 25-17 del barrio Porvenir de ésta ciudad, lugar en el que
fueron hallados los siguientes elementos: "una máquina de aluminio artesanal para la fabricación o elaboración de cigarrillos; una balanza I Ver evidencia 1de la fiscalía. Folio 15yss cuaderno del escrito de acusación. , Folio 48 y ss. La diligencia de registro y allanamiento se realizó el 19 de febrero de 2010.\ marcacontinentadecolorplateadoyazul,concapacidadpara25 libras; 4 bloquesde ma ihuanaenvueltosen bolsasplásticasnegrasy sellados concintatransparente;unabolsaplásticade colornegroy unacaneca plástica de color azul contentivasde la misma sustancia vegetal (marihuana),para un pesototal de 34.280 gramosde cannabisy sus derívados': $347.pOOen efectivoen monedasde $500 y $10.600 pesos en efectivo en billetesde diferente denorninacíón'". En el lugar fuei Sentencia 2"' Instancia Rad. 50001610567120108026701
Delito: Destinación ilícita de inmuebles y otro
Acusado: Rodrigo Montaña Decisión. Confirma capturado,en situación deflagranciaelciudadanoRODRIGOMONTAÑAs. 2..Enaudienciapreliminarllevadaa caboel 20 de febrerode 2010 ante elJuzgadoSextopenalMunicipalconFuncióndeControldeGarantíasde esta ciudad, se legalizóla diligenciade Registroy Allanamientoy la rcapturade RODRIGO MONTAÑA,a quiense le imputaronlosdelitosde
tráfico, fabricación o porte-de estupefacientes"verbos rectores almacenar, conservary vender" y destinaciónilícita de inmuebles, consagradosen suordenen losartículos376 inciso10 y 377 delCódigo Penal.Se le reconociólacircunstanciade menorpunibilidadprevistaen el numeral10 del artículo55 del C.P.6y nose le atribuyeronde mayor punibilidad. Elimputadonoaceptóloscargosatribuidosy lefue impuestamedidade aseguramientoconsistenteendetenciónpreventivaencentrocarcelario?
3. Lafiscalíaradicóescritode acusaciónel 27 de octubrede 20108, en los mismostérminos de la imputación.El conocimientodel proceso , Informe de prueba PIPH suscrito por el funcionario de la Policía Nacional Manuel Ramos Gómcz. Informe visible a folios 31 y 32 del cuaderno del escrito de acusación. Resultado corroborado a través de la prueba de laboratorio practicada por el Instituto Nacional de Medicina Legal el 19de abril de 20 IO.Folios 34 y ss ídem.
I Acta de registro y allanamiento. Folio 52 y ss cuaderno del escrito de acusación. , Acta de derechos del capturado Folio 47 ídem. ' 1, Carencia de antecedentes penales. 7 Acta visible a rolios 3 y ss cuaderno juzgado. x lolio 65 y ss cuaderno I Juzgado. 2Sentencia 2· Instancia Rad. 50001 61 05671 20108026701
Delito: Destinación ilícita de inmuebles y otro.
Acusado: Rodrigo Montaña Decisión Confirma correspondió al J zgadoTercero Penaldel Circuito de Villavlcenclo'', en donde se adelan aron las audiencias de formulación de acusación10y preparetorta".
I El juicio oral se ~nicióel 30 de marzo de 201112,diligencia en la que ñscalía"y defensa" expusieronsusteoríasdel casoy seincorporaron las ¡ estipulaciones probatorias". Como testigos de la fiscalía rindieron declaración los (uncionarios de la Policía Nacional EFRAÍN'VELÁSQUEZ
I VILLAREAL16,ANCIzf.RVALENCIAAGUDEL017,JESÚSMANUELMANGASANDOVAL18, i
ARLEYFLORIANO~ESA19y MARÍAEUZABETHFOREROGARCÍA20,(quienes ! estuvieron presentes en la diligencia de registro y allanamiento yi realizaron labores de vecindario). Como testigos de la defensa concurrieron AuRJi'.MARÍAHERNÁNDEZLÓPEZ21,VALERIOROJASCASTR022,JUAN, I CARLOSGUEVARAG~RAy23y JO'RGENELSONVELASCONIÑO(vecinosy conocidos del procesado)24.' En sesión de audiencia del 11 de abril de 2012, las partes presentaron sus alegatos de conclusión" y el juez de conocimiento anunció que el ')Acta de reparto No. 2098 del 3 de noviembre de 2010. Folio 72 cuaderno l.
II! Acta visible a folio 87 del cuaderno 1del juzgado. 11 Fn sesión del 9 de febrero de 2011 (acta visible a folio 92) I~ Acta visible folio 98 y ss cuaderno 1del juzgado. l' A partir del record. 19:10sesión de audiencia del 30 de marzo de 201 l. 11 A partir del record. 29.45 ídem. l' htipulaciones probatorias. Se trata de: (i) verificación de carencia de antecedentes del procesado (folio 28 cuaderno escrito de acusación): (ii) resultado de la prueba PIPH (folio 30 y ss cuaderno escrito de acusación): (iii) Informe de investigador de laboratorio No. BOG-20 10-005464 del 22 de febrero de 210, relacionado con la prueba química practicada a la sustancia incautada (folio 34 y ss cuaderno escrito de acusación): (iv) Informe de investigador de campo No. 2010-0317/LAREC-REGI 7 del 25 de marzo de 2010 relacionado con la plena identidad del procesado (folio 37 y ss cuaderno escrito de acusación: (v) Informe de arraigo e individualización del procesado (folio 41 y ss cuaderno escrito de acusación). - 1(, Record 33.07 audiencia del 30 de marzo de 2011. Acta visible a folios 98 y ss-cuaderno original l. 17 Testimonio recepcionado en sesión de audiencia del 30 de marzo de 2011 a partir del record O1.20.43. acta visible a folios 98 y ss cuaderno 1juzgado.
IX Sesión de audiencia del 3'1de mayo de 2011. Acta visible a partir de talio 104 cuaderno oriuinal. 1') Record 24.29 ídem. ,- 'I! Record 47.12 ídem. '1 Audiencia del 28 de septiembre de 2011. Acta visihle a talios 115 y ss cuaderno 1del juzgado. " A partir del record 18.43 ídem. ,; A partir del record. 3153 ídeme- '1 A partir del record. O1.57 de la sesión de audiencia del 11 de abril de 2012. Acta visible a folios 133 v ss, " Folios 133 Yss cuaderno 1del juzgado. . 3Sentencia 2". Instancia Rad. 50001 61 05671 20108026701 Delito Desunacton lliclta de Inmuebles y otroI Acusado Rodrigo Montaña sentido del fallo seriade caráctercondenatorio. 0.0;'''0 Conñrma I ii
4. El fallo anunciado se profirió el 16 de mayo de 201226• Como la inconformidad de ~adefensa se circunscribe a la condena por el delito de destinación ilícita t de muebles o inmuebles, el Tribunal reseñará las, motivaciones del Aqua en ese aspecto exclusivamente.
Consideró el A quo, a partir de las estipulaciones probatorias, que la materialidad del referído ilícito estaba demostrada más allá de toda duda con las actas de allanamiento e incautación, complementadas con los resultados de los análisis técnicos y periciales de la que fue objeto la
sustancia decomisada, de conformidad con loscuales quedó establecido en la actuación que $e trataba de cannabis y sus derivados, hallazgos que permitían concluir que en el inmueble en el que residíaRODRIGOMONTAÑA (en calidad de arrendatario desde hacía 8 meses junto con' su grupo familiar), se desarrollaban conductas relacionadas con almacenamiento, conservación y distribución de estupefacientes. Destacó que los uniformados intervinientes en el operativo, atestiguaron sobre los pormenores de la diligencia, y respecto de los elementos encontrados dentro de la vivienda, así como la distribución de la edificación, al punto, que precisaron que 4 bloques de la sustancia fueron hallados debajo de la cama donde pernoctaba el procesado; versiones corroboradas con el informe de la diligencia, contentiva de la ubicación de las dependencias del inmueble y de los sitios de incautación de los elementos incriminatorios, documento suscrito por los funcionarios que participaron en ella e incorporada al juicio. '1, Folio 142 y ss cuaderno juzgado. 4Sentencia 2a. Instancia Rad. 50001 61 05671 20108026701
Delito: Destinación ilícita de inmuebles y otro.
Acusado: Rodrigo Montaña Decisión. Confirma En punto de la res onsabilidad del acusado, señaló que la forma como fue, . hallada la sustancia, (distribuida en diferentes partes de la. casa, I especialmente en I~habitación principal), permitía concluir. que RODRIGO
I MONTAÑAtenía cQnocimiento de la conservación y almacenamiento del estupefaciente, pues, "la marihuana era fácilmente detectable por el . I sentido del oltato.Io que indicó, fue corroborado por los policiales quienesi "al unísono dieron a conocer que era detectable o percibible el olor a la marihuana, en el i~mueble", actividad ilícita que en efecto fue confirmada a través del slrnultáneohallazgo de 34.280 gramos de cannabis. j ) Expuso que los i 'testimonios de la defensa entraron en algunas contradicciones y en todo caso no lograron desvirtuar la ejecución de la actividad ilícita por parte del procesado. En torno al reconocimiento de la circunstancia de marginalidad y extrema pobreza, refirió que ésta no había sido acreditada en desarrollo del juicio. Por último, fijó la sanción privativa de la libertad en 14 años de prisión y multa de 1.343.33 salarios mínimos legales mensuales vigentes y negó las medidas sustitutivas de privación de la libertad, porque no se configuraba el requisito objetivo para su otorgamiento.
5. Ladefensa apeló la sentencia, en relación con la condena por el delito de destinación ilícita de inmuebles y peticionó el reconocimiento de la circunstancia de marginalidad y pobreza extrema prevista en el artículo 56 del Código PenaF7.
Expuso que el hecho de no haberse suministrado los datos de identificación de la fuente humana que reveló la información que originó
'7 Folio 152 y ss ídem. 5la investigación, i pidió el ejercicio pleno de la actividad defensiva, máxime cuando n fue posible recepcionar su testimonio en desarrollo deljuicio. Sentencia 2a Instancia Rad. 50001 61 05671 20108026701 Delito Destinación ilícita de inmuebles y otro.
Acusado: Rodrigo Montaña Decisión Confirma Señalóque a través de las pruebas incorporadassolamente se acreditó la ejecución de la actividad delictiva de tráfico de estupefacientes "el menudeo o la mtcroindústrie';pero éstas no "conllevaban a ser un indicador que en ~Iinmueble donde residíael señor RodrigoMontaña se eje~utaran los doscomponentes, el primero camuflar o hacer que allí, vivía una familia y el segundo que con esa actitud de camuflaje se almacenaranciertoscantidadesdemarihuana'; por lotanto, ensusentir, únicamente seacreditó el tráfico.
Indicó que la actividad investigativa desplegada por la fiscalía para acreditar la configuración del punible descrito en el artículo 377 del CódigoPenal,fue deficiente, pues los investigadoresque ejecutaron las labores de vecindario no realizaron entrevistas de los residentes de sectoresaledañosal predio enel que residíasu representado, hecho por el cual, reiteró, no es posible afirmar que dicho comportamiento se ejecutó. Agregóque el tipo penaldescritoenel artículo 377de la Ley599de 2000 exigía "una destinación tendiente a fin de generarle un fin... propio y
específicoy... se hace necesario que esa especifidad (sic) de fin, sea necesario el tiempo, la repetitividad de la actividad y una mínima expresión de costumbre o de despliegue dinámico del ser humano'; lo que indicó no aconteció en el caso concreto, en el que solo se verificó una "conservacióno almacenamiento de la sustancia estupefaciente, ... pues la destinación del inmueble no se encuentra ajustada al medio probatorio '~ 6Sentencia 2". Instancia Rad. 50001 61 05671 20108026701
Delito: Destinación Ilícita de inmuebles y otro"
Acusado Rodrigo Montaña Decisión Confirma I De otra parte, en ~uanto a la no aplicación del artículo 56 del C.P.expresó que el estado de marqínaltdadse probó en el juicio a través del arraigo I del procesado y delos testimonios aportados por la defensa, quienes ! dieron cuenta de las "condicioneshabitacionalesYel modusvivendide!i estafamilia,compuestapor RODRIGOMONTAÑA, su compañeramaritaly suscincohijastodasmenoresdedoceaños'; motivo por el cual pidió la reducción de penaen el monto correspondiente.
6. Vencido el término del traslado para los no recurrentes, no se allegó ningún escrito".
CONSIDERACIONES
1. Atendiendo lo establecido en el numeral 10 del artículo 34 de la Ley 906 de 200429, esta Sala es competente para decidir el recurso de
apelación interpuesto contra la sentencia condenatoria proferida el 16 de mayo de 2012, por tratarse de una decisión de primera instancia emitida por un juzgado penal del circuito de este Distrito Judicial.
2. La sentencia recurrida será confirmada, porque a través de las pruebas incorporadas al juicio se acreditó la configuración de la conducta punible descrita en el artículo 377 del Código Penaly el compromiso penal del procesado en su ejecución, quien de manera libre y consciente destinó el inmueble en el que residía en calidad de arrendatario para el almacenamiento y elaboración de sustancias estupefacientes, concretamente marihuana . .'\ "cr CIII1S/lII1Cillsecretario Juzgado. Fol. /57 cuaderno denominado escrito de acusacion. "1 Artículo 34. De los tribunales superiores de distrito. Las salas penales de los tribunales superiores de distrito judicial conocen: l. De los recursos de apelación contra los autos y sentencias que en primera instancia profieran los jueces del circuito y de las sentencias proferidas por los municipales del mismo distrito".
7Sentencia 2a. Instancia Rad. 50001 61 05671 2010 80267 01
Delito: Destinación ilícita de inmuebles y otro
Acusado: Rodrigo Montaña
Decisión Confirma II Enefecto, sedemostró que en la residenciaubicadaen la calle 2,6B No.! 25-17 del barrio Porvenirde éstaciudad, sealmacenabay conservabael estupefaciente; conclusión a la que se arribó 'ante el hallazgo en dicho
lugar no sólo de34.280 gramosde marihuana prensaday en rama, sino además de objetos necesarios para la elaboración rudimentaria de cigarrillos y el pesajede la sustanciavegetal. El decomiso de tales elementos consta en el acta de incautación", signada en el lugar de la diligencia de registro y allanamiento por el funcionario JESÚSMANUELMANGASANDOVAL31(quien participó en la diligencia), y el morador del predio, señor RODRIGO MONTAÑA, documento que fue incorporado al juicio por el policial, en sesión de audiencia del 31 de mayo de 201132; suceso además registrado fotográficamente por el Intendente ALEXANDERHERNÁNDEZORTIZe incorporado como estipulación probatoria No. 5.33 Corrobora lo anterior lo referido unívoca y coherentemente por los uniformados EFRAÍNVELÁSQUEZVILLAREAL34,ANCIZARVALENCIAAGUDEL035, ARLEYFLORIANOMESA36y MARÍAEUZABETHFOREROGARCÍA37,quienes estuvieron presentes en la diligencia de registro y allanamiento y realizaron labores de vecindario en aras de corroborar la información suministrada por la fuente humana no formal, todos los cuales coincidieronen señalarque desdeel ingresoa la residenciasepercibíael olor al narcótico, que era fácilmente detectable a través del sentido del ;" Folio 50 cuaderno juzgado.
; I Sesión de audiencia del 31 de mayo de 2011. Acta visible a partir de folio 104 cuaderno original. ;, Acta visible a 1'01ios 104 Y 105 cuaderno 1juzgado. " Folio 41 cuaderno 2 juzgado. " Record 33.07 audiencia del 30 de marzo de 2011. Acta visihle a folios 98 y ss cuaderno original l. " Testimonio reccpcionado en sesión de audiencia del 30 de marzo de 20 l l a partir del record 01.20.43. acta visible a folios 98 y ss cuaderno 1juzgado. e"~ Record 24.29 ídem.' ;' Record 47.12 ídem. 8Sentencia 2a Instancia Rad. 50001 61 05671 20108026701 : Delito: Destinación ilicita de inmuebles y otro. I . Acusado ROO"90 Moo,," olfato, que gran párte de la sustanciaincautada sehallabad:::;~ :;'~~ cama en donde p~rnoctaba el procesado y que fue incluso él mismo el que les señaló el sitio exacto donde se hallaba. Al respecto, el PatrulleroI I JESÚSMANUELMANG~SANDOVALrelató:I "...Jlegamos al sitio, vimos la casa abierta, ...y al acusado en la sala, le informamos del operativo ..., le leímos la orden proferida por la fiscalía, él se ~ncontraba en compañía de una niña de 7 años aproximadamente. Comenzamos a registrar la vivienda, ... el olor era penetrante, hallamos un
escritorio, lo rEtJistramos y encontramos una bolsa que contenía una sustancia vegetal características a la marihuana, hallamos una balanza al lado del escritorio, ..., fuimos a la habitación principal y encontramos sustancias similares a la marihuana debajo de la cama, eran cuatro roletes forrados en bolsa negra y cinta transparente, la abrimos para ver que era y se, observaba sustancia vegetal, seguimos al chifonier y había una garrafa azul tapada con ropa y la destapamos y se halló sustancia vegetal similar a marihuana en gran cantidad, encontramos monedas, billetes. Todo eso lo fijamos y tomar fotografía. Esa actividad la hicimos con el compañero CAMILOOLIVEROS,nosotros nos tocaba requisarla vivienda y así hallamos la sustancia. Antes de que se le dijera del acta de allanamiento el (acusado) manifestó voluntariamente de que tenía una sustancia debajo de su cama, una sustancia estupefaciente. (...) Lo que se pudo evidenciar es que a él le llega la droga y él la camufla. La cocina es utilizada como una oficina con su escritorio y pesa, ahí como que la trituran para después empacarla en bolsas o por cigarrillos y se puede evidenciar que luego la distribuían"38 Por su parte, el policial EFRAÍNVELÁSQUEZVILLAREALindicó: "...en la diligencia estaba el acusado y un menor de edad,... el acusado manifestó que debajo de la cama tenia marihuana y se dejó constancia de
ello en el acta, debido a la cantidad de marihuana hallada pedimos el apoyo a otros policiales. Seencontró marihuana, no recuerdo el peso y los sitios exactos donde encontramos más droga. Era evidente que aÚívivían más personas. Cuando llegué al inmueble ingrese y percibí un fuerte olor a.una sustancia que por mi experiencia era marihuana .. ,. La cantidad hallada no era usual...''39 ;X Sesión de audiencia del 31 del mayo de 201 l. ")Sesión de audiencia del 30 de marzo de 2011. A partir del Record 33.07 9Sentencia 2a Instancia Rad. 50001 61 0567120108026701
Delito: Destinación ilicita de inmuebles y otro
Acusado: Rodrigo Montaña
Decisión Confirma I Enigual sentido lo¡expusoel PatrulleroARLEXFLORIANOMESA40: "...cuando yo lleque al inmueble la puerta estaba abierta y el olor era muy fuerte". ' "Preguntado. Donde estaba la marihuana cuando usted llegó. Contestó: Habían dos bloques en la sala y el agente Manga estaba sacando otro de la habitación y tode la caneca. Preguntado. Se encontró alguna evidencia que señale que se vendía en menores cantidades el alcaloide. Contestó: Por mi experlencia, si, por ejemplo hubiéramos encontrado una caja amarrada con cinta en el patio o en la cocina donde no estuviera abierta, pensaría uno que de mala fe le hubieran dado a guardar algo al señor, pero en este cebo no doctor, porque se encontró unos bloques y una
caneca con marihuana desmembrada en el cuarto del señor, una balanza una maquinilla, osea me permite inferir contoda seguridad. y experiencia que ahí era un liugar donde se recibía la marihuana, se almacenaba y se podía dividir en pequeñas cantidades para la venta." Si bien, le asiste razón al recurrente en relación con la ausencia de testimonios a través de los cuales, vecinos del sector donde residía el procesado,dieran cuenta del despliegue de la actividad ilícita, lo cierto es que éste hecho de ninguna manera infirma la seria y fundamentada conclusión deducida de los hallazgos relacionados, esto es, de estar destinada la edificación a almacenar, conservar e incluso elaborar cigarrillos de marihuana, como lo coligieron losfuncionarios de la Policía Nacional EFRAÍNVELÁSQUEZVILLAREAL41,ANCIZARVALENCIAAGUDEL042,JESÚS MANUELMANGASANDOVAL43,ARLEYFLORIANOMESA44y MARÍAEUZABETHFORERO GARCÍAcon asidero en suspercepcionesy experiencias. Deotro lado, en el inmueblefue hallada una maquinilla de lasutilizadas paralaelaboracióndecigarrillosdurante el operativo policial.Esevidente que la maquinilla y la gramera encontrada en la residencia constituían . 111Audiencia del 31 de mayo de 2011. a partir del record. 24.29 11 Record 33.07 audiencia del 30 de marzo de 2011. Acta visible a folios 98 y ss cuaderno original l.
l' Testimonio reccpcionado en sesión de audiencia del 30 de marzo dc 20 II a partir del record 01.20.43. acta visible a folios 98 y ss cuaderno Ijuzgado. l' Sesión de audiencia del 3I de mayo de 20 Il. Acta visible a partir de folio 104 cuaderno original. 11 Record 24.29 ídem. 10parte del equipo pr pio del rudimentario laboratorio, en concreto, para el pesaje y elaboraci n de cigarrillos; inferencia afianzada al extremo anteI el hallazgo adidonal de una cantidad significativa de marihuana en distinta presentación. la mayor en forma compacta en bloques rectangulares. Sentencia 2a Instancia Rad. 50001 61 0567120108026701
Delito: Destinación ilícita de inmuebles y otro.
Acusado Rodrigo Montaña . Decisión. Confirma Así las cosas, corno lo coligió el A quaquedó demostrado con el grado de conocimiento exiqldo en el artículo 381 del Código de Procedimiento Penal, que el acusado RODRIGO MONTAÑA, destinó el inmueble en el que residía para la ejecución de una actividad ilícita, esto es, el almacenamiento y,conservación de cannabis y sus derivados, conducta adecuada entonces en forma cabalo completa al tipo penal del artículo 377 de la ley 599 qe 2000.
3. Por otra parte, quedó esclarecido en esta actuación que el acusado era el morador de la vivienda en cuyo interior fueron encontrados los
elementos así como las significativas cantidades de cannabis, esto es, quien tenía la dlsponlbilidad no sólo jurídica sino también material de la misma. Éste último aspecto fue corroborado en juicio por AURA MARÍA HERNÁNDEZ LÓPEZ45, VALERIO ROJAS CASTR046, JUAN CARLOS GUEVARA GARAy47 Y JORGE NELSON VELASCO NIÑO, amigos y vecinos del procesado, quienes dieron cuenta que la vivienda identificada con la nomenclatura Calle 26 B No. 25-17 del Barrio Porvenir de ésta ciudad era habitada por RODRIGO MONTAÑA Ysu grupo familiar desde hacía aproximadamente 8 meses. •' Audiencia del 2& de septiembre de 2011. Acta visible a folios 115 y ss cuaderno 1 del juzgado . •" A partir del record 18.43 ídem. 17 A partir del record. 31.53 ídem. 11Entonces, de ning na manera incurrió el funcionario de conocimiento en error de valoració probatoria al atribuirle al procesado la conducta i punible prevista e~ el artículo 377 del Código Penal y desarrollada en el inmueble del que ~I tenía absoluta disponibilidad. Sentencia 2a Instancia Rad. 50001 61 0567120108026701
Delito: Destinación ilícita de inmuebles y otro.
Acusado Rodrigo Montaña Decisión Confirma
4. En torno a la ausencia de reconocimiento de la circunstancia de marginalidád, ignorancia o pobreza el artículo 56 del Código Penal
establece: "Artículo 56. El' que realice la conducta punible bajo la influencia de profundas sítuadones de marginalidad, ignorancia o pobreza extremas, en cuanto hayan influido directamente en la ejecución de la conducta punible y no tengan la entidad suficiente para excluir la responsabilidad, incurrirá en pena no mayor de la mitad del máximo, ni menor de la sexta parte del mínimo de la señalada en la respectiva disposición" Para dilucidar si es aplicable la norma en cita, debe la Sala partir de lo señalado por la Sala Penal de la Corte Suprema de Justícía": "...Por lo tanto, se reitera, la diligencia contemplada en el artículo 447 de la Ley 906 de 2004 no es un espacio propicio para alegar circunstancias que puedan afectar los extremos punitivos de la sanción, frente a aspectos que tuvieron incidencia directa al momento de la comisión del 'delito, tales como los dispositivos amplificadores del tipo (tentativa y coparticipación, arts. 27 y 29 c.P., respectivamente), la determinación de los delitos continuados o masa (par. arto 31 c.P.), el exceso en las causales de justificación (inc. 2 núm. 7° art. 32 c.P.), la situación de marginalidad, ignorancia o pobreza extremas (art. 56 c.P.) y la ira o el intenso dolor (art. 57 c.P.)". "Así, cuando el artículo 447 de la Ley 906 de 2004, señala que "si se aceptare el acuerdo celebrado con la fiscalía", eljuez le concederá la palabra
para que se refieran a las condiciones individuales, familiares, sociales, modo de vivir y antecedentes de todo orden", se refiere a circunstancias que le permitan al juez graduar la pena en los términos del artículo 61 del código penal y no a aquellas que modifican los extremos punitivos del tipo penal o que circunstancian el hecho tornándolo en uno diferente, en perjuicio del mismo acuerdo"?", IX Sentencia de 16 de mayo de 2007, radicado 26716, M.P, Sigifredo Espinosa Pércz, 1') Ver auto de 1()de mayo de 2006, Radicado 25389 citado en la sentencia aludida, 12Sentencia 2"' Instancia Rad. 50001 61 05671 20108026701 , Delito: Destinación ilícita de inmuebles y otro. l· Acusado: Rodrigo Montaña Enesteorden,n esprocedentelaaplicacióndelartículo56::;ió~;::;~Penal, pues se trata de una circunstancia modificadora de los limitesI punitivos y su ~conocimiento está supeditado a la tnclusión en la . formulación de i~putación, el escrito de acusacióno la formulación_de, acusación,segúnlelmomentoen el que seencuentre laactuación, loque; , i no sucedioen esteevento. Adicionalmente, ~e considerarse que es posible abordar el estudio deI dicha circunstancia, advierte la Salaque el medio de conocimiento, esto es, lostestimonios de AURAMARÍAHERNÁNDEZLÓPEZ,VALERIOROJASCASTRO,
JUANCARLOSGUE'-'1ARAGARAYy JORGENELSONVELASCONIÑO,relativos a la difícil situación económica que atravesaba el procesado, no permite deducir la condición de marginalidadque predica el impugnante, la cual debe ser ostensible, clara e influir directamente en la conducta punible desplegadapor R-ODRIGOMONTAÑA;lo que no surge acreditado en este evento. Asílascosas,ladecisiónapeladaseráconfirmada. Enmérito de lo expuesto, la Salade DecisiónPenaldelTribunal Superior de Villavicencio, administrando justicia en nombre de la Repúblicay por autoridad de la ley,
RESUELVE:
1. Confirmar lasentenciaproferida porelJuezTercero PenaldelCircuito de Villavicencio,el 26 de mayode 2012, de acuerdo con lo expuesto en la parte motiva. 13, , , , - Sentencia 2a Instancia Rad 50001 61 05671 201 J 80267 01
Delito: Destinación ilicita de inmuebles y otro.
Acusado: Rodriqo Montaña
DecisiólI Confirma
2. Contrael pres ntefalloprocedeel recursoextraordinariodecasación, en lostérminoss ñaladosenelart. 181delC.de P.P. i
3. Ejecutoriadaéstadecisión,remítasecopiade ésta actuacióna los Juzgadosde Ej~cuciÓn de Penasy Medidasde Seguridady a las autoridadescorrespondientes,conformelodispuestoenlosartículos166.!
Y462 delC.P.P. Notifíquese y cúmplase. ~()9ALCIBÍADESVARGASBAUTISTA Magistrado
~oI)f¡;GUEZTORRES
Magistrada 1liJ1!SWfA~
JOELDARÍOTREJOSLONDOÑO
Magistrado 14