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TSDJ VVC SP - 502266100000 2018 00001 01-(01-02-2019)

Tribunal Superior de Villavicencio

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Detalles

Título
TSDJ VVC SP - 502266100000 2018 00001 01-(01-02-2019)
Autor
Tribunal Superior de Villavicencio
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
2018

?~O,~ . :i~)·~:.,,¡~."~~ .•.c«(<1'''1De. G()' TRIBUNALSUPERIORDEDISTRITO "JODICJALDEVILLAVICENCIO·

SALAPENAL

M~gistrad() Ponente Alcibíades Vargas BautistaI ..i Iriterlocutorto: R~dicado:,! ,'. -.' Pr¡ocedenCJa: ! I D, lito: A usado:.

A elación: D cisión:, A robado:'

) '. FeFha: SegundaInstarícia 50226'01 00'000 2018 00001 01,; , JuzgadoSegundoPenaldel'Circuitodé . ' Villavicencio,(Meta) ,' , , Homicidioagravadoy otro. . JhonAlejandroBohórqueiTorres;' Auto'negópruebas . , . Revoca' . .ActaN° 013 . 1 defebrerod,e2019 / " ..., ASUNTO Se decide la,apelcicióh'interpuesta pQr la defensa(c~ntra el ál1t~tlel3:~'!qe .'. . , i" '." ' y,""., '.', ' , ••'••",', ..' .' , \ octubre de 2018, profeÍ"ido por el Juzgado Seg,undo Penal del Circuito-dei" ',._e.. ." .., " .. Vi"avicenCi,o(Met~), '·medianteel.cüaLneg6la Práctica deU~á$"Ptueb;'¡~.\e" , .. ,- '" :_0 .....•.... "'.: .. _ ',,',

ANTECEDENTES )' 1.- Según el escrito de,acusación!, los hecfios ocurreti¿'el día, 2'9".de ' diciembre de 20rJ" en la carrera 22 con calle 9'esquina, deIbarrio'''l.éS Limones", t)'u.JniCipipde Cumaral,(Meta); cuando el señor .JHO~ALláIlNttRO, BO~ÓRQUEZ TORRES, impactó con'.arma de fuego a MAR,roDUrvíARROJAS 'AcOSTA, causándole heridas en el tórax que. produjeron su muerte de forma instantánea. 1 Visible a f1s. 16 y é.s. del e..juzgado. . ,.' '\ lntertocutorio.Z" instancia RUN. 50226 61 00 000 201 X 00001 01 John Alejandro Bohórqucz Torres Apelación .auto que-negó pruebas _.. RCVOl.:a BOHÓRQUEZTORRES, fue capturado el 21 de. febrero de 2018, en el municipio de Medina (Cundínamarcay. En el momento de Suaprehensión se le encontró un amia de fuego, para cuyo porte no tenía autorización.

2. En audiencia preliminar celebrada él 22 de febrero sigurEinte3¡ la fiscalía formuló imputación contra JHON ALr:lANORO BOHÓRQUEZtORRES, como autor de los deli~osde homicidio.agravado (artículos 103 y104 núm. 40 y. .' - - - . 7° del c.P.) y fabrkadón, tráfico, porte o tenencia dé·atlnas de,fuego' , _' ,

(artículo 365 íde~) en concurso'homogéneo. El imputado no se ctlli3nóa .los cargos y le fue impt.lesta medittl'a de aseguramiento qonsistente en detención preventiva en:e~ta6Iecirríiehto carcelario. ,3. La Fiscalía presentó escrito de acusación el.20 de abrlr:de 2018~/,Cüyb.'. . . . conocimiento correspondió al Jqzga'ao Segündo Penal (le'! CirCUito'de>- " - _" ' . o···c·.' • "'\: .Villavicencio, que:llevó a cabo la audiencia deformulación déacusadórl, el 14 de junio de 20185, en .105 mtsmos términoS de'I~ imputación. Et 30de octubre. siguier)te¡6,se adelantó la awdiencia preparatoria ~r.desarroIlO de la cual,' el juzgado negó 'la práctica de los' testimonios d~rBLANCAÓT:rLIA~ '. . .'. . ._, - .: -, ',,,. GARZÓNNOVOAy ll.UÍSAFERNANOAQSSAMARTÍNEZ,sol\Citados:porel defehsor, al considerarlos repetitivos, ya que para el punto a discutir, conforme 'la petición prc;>batorip·fuerondecretados'otros d()s.testigos. ~$tadedsiQM\füe objeto de recursoide apelación por pártedela defensa. 2 Orden de captura 022 expedida por el Juez Primero Penal Municipal con_Función de Control de Garantías el

20 de lebrero de 2018.(loliO 5). . 3 Celebrada ame el JuzgadoPromiscuú Municipalde Paratebueno (Cunomamarca). , Fls. 16 y ss . ' '. 5 Acta visible a f1s.61 y s.s, ídem. 6 Acta visible a fls. 79 e.o, . 2,r lntcrfecutoriog" instancia RUN. 50226610000020180000101 John Alejandro Bohórqucz Torres Apelación auto que negó pruebas Revoca

4. Siguiendo los.parámetros del artículo 178 CPP, modificado por la Ley " 1395 del año ?OlO, el recurrente sustento oralmente en la misma audiencia su inCd,nforrnidadcon la decisión de.primera Instancia.

Afirmó' .que si bien, dentro de -las pruebas decretadas existen dos . - . .. . testimonios que peclararan sobre .un mismo punto, esto es,..Ia.presencia del' acusado en [un juga~ concreto el día' de los aconteClrnientos, su pedimento. se fuhdarnentó (y ásfJOexpuso al .momentj:).de~la peticiÓn' '.' . o,' " _ . _'. . ' .•.... ,' , - ";, '1' ", probatoria), en .Ia necesidad de ga·rantizar.qqe .por lo rríEihos90S,~eJÓs. '. ,l, :,o,: ' i':._ " : _,' _ ',:: ':. _.. ..: ,:.' F:<---_:-__';:::"\-;;-,',,:>',_,'

cuatro testigos c~ncurran al.juicio y rindan su versiónide It\ils'hechOs;,,4;'Su; .. turno, en virtud Idel principio de economía'procesal¡ set;~()~~féri1'~~¡~·.a;'.. 1 • . -é ... ' . . ..• • .• .••'.', ••• . . '. . ••••..•..••. '<')'.renunciar éstas f pruebas, en."caso' que comparezcan> las' otra§ dos/'o • I - _ deponentes?. ; . 5.. La fiscalía manifestó que no se opOhía al decreto de las PI"Id~báS . petícíonadaspor !eldefensor· y.qVé.se atendríá a. la decisi6n dé '$e9:ttMda,.",.''.' . .' instancia. CONSIDEItACIONES· '1. De'conforrnid~d con lo dispuesto en·el numéral lo delélrtfClJlo 33'déla ,. J~"'.,;,' Ley 906 de 2004¡ esta $ala es competente pata ~.onote.ri)délrectJr$9.de apelación, toda v~z'que.el.auto apelado fue proferido. pot el J~.ei'fsegtJtld¿1-. .', __ ', .. ..,_, ' .... " .... ' .. ':_:>",'.,"':__.•__:,_-;:;"'~<:,-:", '. ">' Penal del Circuitq de ViHavicenc;i.o(Meta),' que perteneceJé éste dist;r.ito . judicial. ) A partir del record Ó2.52.52.

3~" ., IntcrlocUlorio21ijnstuncia RUN. 50226 6100 OOO.2()18 0000101 .101mI).J~iandro Buhórqucz Torres Apelación auto que negó pruebas Revoca

2. Súrgenítido,y asílo admiteelrecurrente, que lastestigos BLANCAOTILIA, GARZÓNNOVOA - y LUÍSA;FERNANDA.OSSAMARTÍNEzdepondrán sobre los mismosaspectOQ,para.los que fueron'citadasa jlJjeio EUZABETHMARTÍNEZ JIMÉNEZyt':1ARIANALÓPEZGARZÓN,estoes,queel 29dedici~mbrede ?Ó17¡a las6:50 de la ta~de,fechay horaen.que fue.ultirnado ~ARIQDUMARR~JAS~ ACOSTA,el acusa~ose~ncontraba.cQnellas,-eh'~lafincaer~PQf.fÍerii~¡I~~n~~daii t . _.'. '.'.."', ' . ;'. ,..... . ,1., enlaveredaGua~árí,deltn~n¡CiPiÓdéCumaralCMetay. , . I , .' . .

Noobstante,el ~rgumentodel defensor,está-~espaldadoe~,lamntlilger:1cia. dequelosotrost~stigosaSistqn~onoa laaudfen~ia,razón'porla}::¡üeil:TdtJso,'.

, anuncióque ren~nCiaría'a estas,pruebassi las ot~as'd0s,:;te~~¿s';c;lt:iidas,'',.1 ..." - -_' ~ " . . - .. ' ,.' ., _' '. :¡~,'" I ,comparecen. '-> - .-/_',. " _ ,"... .. ' _" "_;.-:-,, ,._':,:'_'.,,''e' Porlo tanto, COnf;ider'a.laSalaque es razonableacceder(l,la pet~tjóh dél .'.__'J .' ....,'.' -', ..". ',', ,",', '.:, ,:',','<'íc:.'_'-_:_'_'_:::_:··_--':::r"-'_'"",;,,_:0 recurrente,ante la probabilidad'que sus testigos no compareZcan y<para'" garantizarel plenJejerCiciodeldere~hodedefensadelacusadó~ . ,j .-'. ','. '-,','. '. . .- .,' . .- " ,.,.,' ':'. ,- Por lo anterior; I~ decisiónimpugnada.será revoc~da,pá~' en:su :tu~ar,'lo' :" rÓ. _. -\, ,.- " ;'_~; :', -. ,_ "','::;,~, . ":'_' __:~'>:,,':' decretarel testirrjonio'de'BLANCAOTILIAGARZÓNNOVQA' Y.'LL!ÍSAFERNMJDA• ,.'.: • _.... '.--:'c- '. . ".. : ..-, . : " .. ' ',-, . '-.' ,

OSSAMARTÍNEZ,si~mprey cuandoel.-defensorse.comprométáél réni:.lri~ra(¡i' . . i ...., .', . - ,.... ," ".!" -,";,, -o' _ ,_",\:.::,- las·declaraciones'ide'éstas en -caso·-que.las,testigdsELtZ.áSBétHM;i~ffNEZ'.·····, .. -, ,¡. .> ;: .--;::','o, .~ JIMÉNEZy MARIAN~LÓPEZGARZÓN,'.aCl!danaljuicio. . En mérito de Iq expuesto,' la 'Sala Penal'del Tribunal SupéNoJ;dé . Villavícénoo, - ,. , 4..•".' •...._~ lntorlocutorio 2u':instantia , RlJN, 502i6 61 oooon2018 0600101 .101mAlejandro Bohórqucz Tórres Apelación auto que negó pruebas Revoca

RESUELVE:

1. Revocar el a~tü del 30 de octubre de 2Ú18 proferido 'por el Juzgado. • J • .. . .

Segundo Penal.del qlrCUito dé Villavicencio y ~n su· lugar, ordenar la práctica del testitnonio de BLANC:AOTlLÍA GARZÓNNOVOA y,L,UíSAFERI\ÍANDA'" . :' • ' .' • ," 1'" _"'-': '.:" Ó, '.- ., OSSA MARTINEZ, ~on fundamento en las razones.esbozadas en la 'parte

motiva, 1- ; \. • , '2.Contra esta dJcisión ño procede recurso alguno,"-. i . "'," " ....- 1, .qúm~laSeydevuélvaSe:., MXJ"5)"....._-'.' ... : .- .".'.-.":' .: ..,'j " .' " . e . " . _'",:: ), , " :.', . '. .' ',.' .; ".

AltIBÍADES' VARGASBAUTISTA',

Magistrado Magist~ado, " ' 5 \

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