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TSDJ VVC SP - 505776105598 2014 80123 01-(22-02-2019)

Tribunal Superior de Villavicencio

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Detalles

Título
TSDJ VVC SP - 505776105598 2014 80123 01-(22-02-2019)
Autor
Tribunal Superior de Villavicencio
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
2014

r-,

TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL

. VILLAVICENCIO

SALA PENAL Magistr~do ponente: JOEL DARlO TREJOS LONDOÑO Radicación 50577-61-05-598-2014-80123-01

Procedencia: Delito:

Procesado: Asunto:

Aprobado: Fecha: ;: Z FEB Juzgado 2 Penal Cto Especializado Homicidio agravado y otros Nelson Rincón Escobar y otro Apelación sentencia condenatoria

Acta N° 025 ZUla.

Lectura - : r . .': ' 2D19

1ASUNTO A DECIDIR Se resuelve e! recurso de apelación interpuesto por la defensa contra la sentencia adoptada el 05 de abril de 2016, por medio de la cual el Juzqado Segundo Penal del Circuito Especializado de Villavicencio, condenó a NELSON ENRIQUE RINCÓN ESCOBAR Y DANIEL JOSÉ' LlBERATO MARTíNEZ, como responsables del delito homicidio agravado, en concurso heterogéneo con fabricación, tráfico o porte de armas de fuego de uso privativo de las fuerzas armadas, concierto para delinquir agravado, hurto calificado, violencia contra servidor público, utilización ilegal de uniformes e insignias y lesiones personales. '2-ANTECEDENTES PROCESALES! I ¡ 1 :1. . Asunto, Apelación sentencia condenatoria. Modifica.

Delito: Homrcidio agravado Radicación: 50577-61-05'598-2014-80123-01

2.1~ Acorde. con la. fortnulacíón. de acusación 1, , los' hechosI ' sucedieron el 01de septiembre de 2914 'sobre la vía nacional. que I . de Granada conduce a.Puerto Rico; Meta, en el momento en que los¡ , '. . . I '. ¡. ". . patrulleros de lalPolicía Nacionaí José Edilmer González Castañeda '. y Y~iss Edwin 1Ivar¡:¡do.Maldon~do, fueron atacados con armas de . fl-!e9.qpor los 0fupant€ls de"una c;arnioneta. de estacas color, rojo, j.. j'''''''' .: .••.• gj,liElpes.aoemá.los a.~r,oll:¡ir6n,~onsécuencí¡¡l.del cual 19.1primero de:"""-~'"4'\~t,}P_?'-:~'t"~,:,-,,_-_"_'_':;""~,"'\:':<""",'_':,';I-'¡f"~"'-'-,:'-'''_:l', .: .'•• " ',,', "'_"<, :.1,,:, -'-,' ..'. :,_,.:_ , ,'_, ,,',: ?(','::&:t:¡:¡;;:::;¡::;:l·:,,{{,-¡c<:r~~,~~ita~ps··•.pªrd i.'.•.la/lJi~ai··rtli~nt~¡:ls'qu~·.el;se!11!Jnde'qll'1dó.tesion ado .'.4.""'';;'<;..1,¡~h~ll»rT1ien'1lo;'o'i f~ri9( izqUi~(dO.,· .' .(.,'.. ;:;<;. 'j - ':, "" '

,': .',.. ,; -,- ,.•..':-.. , ,.:,:., ,".:-.>:,/:':::.L-,:,::,.\ '-':-~. "/'" ., -,-- "':;'í;"e' E(f:g~fr:O[IO d operéltivo' ~~ las autoriqaqe$ para dar con los :~::;~f;;Hf~I';..,' ',;,~~~<ilns¡¡¡Q!es¡,s .Iogr.ó la,Cl3pt_u.~<;Iq~NE;lSGN.ENRIQUE RiNCÓN ::::::'y:'1 ~ . ,IiS,G9BÁR,quie sé encontraba herido' y además DAI\JIEL JOSÉ-,__~',;~;\::>~;,;';:~~,./,-/'::~:'!':':,,::::><,>::{:_-.--,:;~-,_-;_,',_;:-',:'"'7 ,L -:, ,"/.:' ",:, _" _.:_ .' _ ,.,~,~: ' ".".", 0'_ .. _ . . • , (, ~;\, ;::":':¡,~I"~f.\TAOMA 1T;t~EZ se ~ntregó alél~ ',~utoridades, Del mismo ,{ 'J ': mod~, 'el¡1 el vrhíCUIO. en que. desp)az-al:>an los citados ,y que ... ", .. p.~;t~riQ~nrei1teJ~e ha;lIa~o:ab~ndonado .sobre la misma vía;. se , _ .. en:cf{!1ltro¡¡¡blund~nteematenal de guerra2, .'

..:::,"~,~,''.'.' l' .,'.,:'_-:,'-,,:', - .' ..'.. \;·:t;';""e " ~j2,,;¡'H.05 deseftiembre de ese mismo añ03, el Juzgado Primero e ':C; :~,I?rom!scu~ Mu~tpal de; Granada, :Meta,' legalizó' las capturas de '. s.. ,J;,IEliSON ENRI 'UE 'RINCÓI\J ES~'OBAR4C y DANIEL JOSÉ s \ LIBERATe) MA' TíNEZ5, -Por SU parte,' el tiscal 16.Especializado','. ' ... '- ".. , '''1.' ." ... ._ _. .... _, " IÉiíslrj'lpufÓla aut ría de los delitqs de'homi.cidio agravaOo.,concierto pc:!rá delinquir, urto célJifieado,,'violencia; contra 'Servidor público, utilización ilegal ~e prendas o i~(Signias,fc:ii:)ricación,tráfico o porte .de armas Y,eXPllosivos agr~vado, Los citados. no aceptaron los, I -. '_, '._ "carqos Yeljuez les impuso medkja de aseguramiento de detención. . .¡ .' " .preventiva en centro carcelario ..¡ 1 Folio -02 ci. 2 Detallado en el escrito-de acusación, folio 3 C1, JFolio29C1. '"" 4_ Capturado en flagrancia. ':' ; ,., _ . ' S-Captura en razón de orden judicial número 4188 del 05 de septiembre de 2,014,

I 2.' ..'.'" , " :. ."Asünto: Apelación sentencia condenatóría. Modifica. , Delito: . Homicidio agravado " Radicación: . 50577-61~05-598-2014-80123-01 2.3El 07 de ante él Juzgado Segundo Penal del I·'_~·"'~el Fiscal 13Especializado acusó a NELSON ESCOBAR y DANI~L JOSÉ L1BERATO autores de los delitos 'd~ homicidio agravado

ENRIQUE

MARTíNEZ

(artículo,s 103 y' 1,04numer?12 del C.P.), concierto para delinquir,\ (artículo' 1-ibídem), fabricación, tráfico o.porte de armas. , ¡prIValtIV'QelelaE¡fu,e.~:2:asarmadas agravado (artículo, .-' -.' - '_, loeiso :3Ibldem),. uti.lización de insignias o ~Jif1'1~~¡',,(,a(tiic~l~g4Ér ipíéle,~1~,\vi()I'a'c;iór:¡(~prltra'servidor pÚblico t¡$j;iIIQf,'~29,:ibí:qerñ)y IE~si(;)ne!sl,erSQ·h2!lesaplosas (artículos 111 y /'- Illiríi<;:iº el,elIla¡~ud¡j~t'119¡a,d~~J.41i'(:I,efebh~{:o..de 20167, NELSON.. i, " " -, ," _ -.

DANIEL, JOS,É, lIBERATO l'íNÉ:Z'fmrrrilfe~taroln.si.u,,<;lesi~o4'f.ea~~ptlarII0sIcargos, lo cual fue Circuito Especializado,'-~, , ::',·",~':-'IQI~ltla. i!'l.I~tif¡ipaIGi~,n.qe ql!,~'.ló fl~lGíéaA.d~ Jotma' libre, consciente, ~:~$¡B9!]t~.n,e,a:V·'eClpIlad~bl¡da'ASle$orí;a;1:>01"ló cual','el a'~~o manifestó "IP'ent:fO'.qel'tr,a&la,(f()'preV'ist!:>ert :E~HIr:ti(;ulc)447 del C.P,P.;, el Fiscal ~st.ab,an .p!enamente identificados e s- ,'i,¡;íoli\lidua,IJ~~áclo'Yfq¡ues!:~le's.c;onlc~diéinala'r~baja ~e pena prevista en de pr'O~ledimij3ntopenal; mlientras é~UE~los defensores de IOS:~~!Jsa~osindlc;arol'lqi.J!;i,!os:r.nismé,s,t:eníanlarra ; que la pena .se ir:)1pusieráen ". '2.4- 'La lectura ,fallo se-efectuó el 05 de apri!. de 2016e y en este se condenó a. LsoN ENRIQUÉ RII~JCÓNESCOBAR a las penas,

de 37 años 5 de prision y multa de 2502.6 S.MLMV, y DANIEL JOSÉ ERATO MARTíNEZ a I~ sanciones de 27 años, 2 6 FoliQ 82 C1. "Folle 160 C1 6 Folio 58 y ss C1. I 3• Asunto: Apelación sentencia condenatoria, Modifica, Delito: ' Homicidio agravado Radicación: " 50577-61-05"598-2014-80123-01 meses 27 días ci:leprisión y multa de 1821 S.M.LMV, así como la: ' , , -. inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por 20 años y.a la ~rivación del derecho d~ tenencia y porte de armas. ,1 , por, 15 años, corno .responsables de los delitos de homicidio, '. . . Clgravado, en concurso heterogéneo con fabr¡'cación, tráfico o porte" _ r "'.' '. de' armas de 1}lego de, uso privativo de las fuerzas armadas, '.~;8cierto para ~e[jnquir agra"'aqp, h'urto calificado, violencia contra " i/ '~~rvidor pú8Ii~0,1utiHiació~ .ileg:a(·de\,lniforrñes e:insignias y lesiones' >, '. '. ' ,,' f' .' "p,ef$o.nalE:ls~ I " ,·;i .. ' - - . i' . .

.. ~ 4!SnOl¡ó'a~'P.".'Ph CO"~t¡)]9Aald. ~••ejecución dela pena y ,:M~i)priSiÓlldQmici!iaf~~',por.'f"líta, de ,cumplimiento de los requisitos de )!?~,$I'tículos p3~38efelG.P.,respectivamel1te, ",.'<.'..: - '," .' ¡ " ~ I ..: Cél.ntrá la anterIor decisipn, la' defensa de. NELSON ENRIQUE ~~~CÓN ESG?'AR in~~rp(Js?reeurs~ de apelación, el. cual luego ,cfe<sustentaqO por.escote)fue cOncedido por el .a'qua en el efecto" ,',' . , 3.;APELACiÓN' ¡¡ , ~.1",<Mal')ifestÓ9 la recurrente, que Ja Pena impuesta a RINCÓN É!?COBARera e~cesiva, por lo qÚ~;.débió partirse de 400 meses y, _.,,". ¡ ., '..... .' . . no de420 corno ~e .hizo, para IUeg!) aymentar a 490 meses por las ,conductas;CQncutsales, pUEkaünque los delitos eran graves, debía',' .' 1"···" 0-- , considerarse qu$ el citado, aceptÓ los cargos con lo que evitó/ . ' _" "j ", '. , desgaste procesal, adernás.que, se.trata de una persona que vivíaI ' -, '". '. ' • en-extrema margi~alidad y pobreza,

3.2Los sujetos procesales no recurrentes guardaron silencio. 4ANÁLISIS PARA DECIDIR g Folios 213 a 21TC1. 41i, Asunto: Apelaclón sentencia condenatoria. Modifica.

Delito: Homicidio agravado Radicación: 50577-61-05-598-2014-80123-01 4.1~ De confor~idad con el numeral 1° del artículo 33 del Código de" '! .,'" . .' Prccedirniento ~enal: ElS competente esta Corporación para desatar el recurso de apelación interpuesto.• oc,' I -, 4.2~ Acorde con los argumentos, de impugnación, la Sála deberá establecér si la pena prisión fijada por el a qua es legal y ¡, - . e , '.iY\" " ;' ,~r9.p~rci.~nal a las c.Qnductas concursales aceptadas 'por, NELSON '~:':;LJ,:;i':::~\.'}liEiNRi~U~,'RJN1ÓN'ESCOBAR. . :~.t::~ ');)ata;:j¡¡t ef\>.;,J,o. \nOÁO$I";"'Vis.,el ",<IOosoda' dosificación .ip~niti'l~ r~~lizaJIo PO!,ela ~uo, ~9m()a coñtir1Uáción de prodederá. }r':(' : ':'~,'; ,; ';.. ,~\',',:,':,: ',';'.:_:~;,:,. .",', '_ l.. _,: .....:. ......'.'~..._,.,' -,':'. _,' ' :.. ','

,', " }l,~~1;~,'[!)~p~ corenzar por sefjalar.se que tratán90se de conductas .::::,.:'/»>-~:"qb.~cÜrsaJe$.,pr viOa dar apli'cacl9r:la.loadiSpU\9stoen el artículo 31 ~''':3,:"::.,': ,.' :. .'~eIGP, ¿onfór· 'e'lo d¡'spone la.j4ri~prudencia qe la Sala Penal de la ;: ',;' Óort~SlIprema de pusti,ci¡a10, el :fallador éle~e primero individualizar ! \ (é',;:::; :.,I~ simCian I?i'lra[c~da ,del,ita \teMdiElndo los parámetros del. artículo , ::';~".·•.::'_,."•.~•.i',••·'.'•.¡.:,':....i .'. • 6~,gel ~Ódig~ ,en~1 y el i.flCiSO3Q de la cita~a horma, para l~egO de • " < (<¡IZ.OA~doel.morto esco.gldo; establecer cual era la pena mas grave "..:~/::<::'. •,.':s~gú~'tall1bié,n II~ha indicado la' Corporáción en cita,. luego de lo ,',\:.<~:.',:~;~:~~~~~:~~::t:~I~~a::S :n~:!:at:~:u:a:l~aa d:e~add~it~n::: , "~, ,: ;~tEIve,fOJmand~ asj',l,m ám_bitoPL!nitivo de movilidad'de donde se

>.~,:;:iV::~};·' ~,-,~"",:--:".,."" l .": ,-- ,',,', _"';:"_ .: _:" ,,' ~ . . .(, es.COge.. la pena el n concreto a imponer por el concurso.",_o_ . _ , ,, . l., . .'. . ¡!Esteinstituto, ql)e no.obstante dejara la discrecionalidM del Juez el ,_': 1,' , '. ¡ _ " " , ,,'" ' ,_ " _ monto a inprel11lentar por la conducta concursal, la Corporación . _'", (:onsidera que np tiene otra finaUqad que favorecer al procesado. 4.2,2~ En el sub examine, no se plasmó en la sentencia la.división.' .' I , en cuartos de la1spenas para cada una de los punibles conforme al inciso 1° del artículo 61 del CP, sino que el juez. solo dosificó lar . 10 CSJ sentencia de 11 de agosto de 2011. Rad: 20.849 MP. Yesid Rarnlrez B. 5, . . , Asunto: Apelación sentencia condenatoria. Modifica, Delito: \. \ < Homicidioagravado Radicación.' 50577-61-05-598-2014.80123-01 .. ~. I pena del homicidio agravado previsto en el numeral 2 del artículo:. i . . 104 ejusdem, [advirtiéndose que de las conductas concursalesl· . : ' ,atribuidas y aceptadas por RINCÓN ESCOBAR, esa es la que1 objetivamente prevé la. pena más grave, incluso, la defensa no(. ¡ . '

rebate que <;leese delito era del que debía partirse para imponer la:. . . . . sanción. ",' .•....::,.;,. ! 0,, '.,0, : ... _.1. . . . ,:.::J¡\:;'.. " _;&atnpb:co~efútá'el recurrente, ',que ante la éx,jstenc¡a en favor de la ,\:, • ¡ , ',;' <',~el'lienci<ilqb p~la circunstancla,de menor punibilidad prevista e~ el ,'tJ~;~~:;('",,',;:j¡r:tí~~lb~5 nu' IeraU ~del e,P.'( carenCia de antecedentes penales) , ':,;,;/~;'::' <,' e;ine)(i$téncfa e eircunstanci~s de,mayor punibilidad del artleulo 58 , '; ./\, A~f~~;m.que 'no I~ fu~ron ~t~¡buidas por el Fiscal" la pena debía ;~i;t:1~=:denJtd~~fl)in¡~",$10 ,es,.ntr~ 400a450meses" ", ~j, "'" - -'1" .':.::,.>:~i;~~';";.... " . ,-::,P.',1 ' ' l· , ',i1~::,1;'::~:::~t~~::I::::::'f~r::::e::~~¡:~m~~;!;:~:;,<::",' \' ",:,;fJ;ráV~dadtJe'la,conduct¡;¡_,por CI,J61nt,ose atacó con ráfagas de fusil a'~ ,..;::/;"l'''')'>'¡;',.~ -

'~,~?,:'::.}·~;:\I~~:;,rL.:.;r,/~;~;,:',,·:·:,<':;-,:,:':···r·':.:',_"': ,~:~'~!(·:::\~>'iY::;·::i'¡_;:., "(,\1. "":'1', ',. ,un,miempro de la POlicí,aNaci9nal que se disponía a hacer lIn retén,(:.> , -.-,:'" -,. -'. ,.:.. '"c' ".' .. _ . :',' ' .:. "',,, ',' _,' - .. ' , '. _,.' .. ', . . _ ._ . . , '"- ,'·'.i ,': -1<;>:cI,Jáldemost rba adérQ_~-s.la inten,sidad del dolo de querer acabar , cen'la vida, él~1 uniformado, que resultaba necesaria una pena , -~JemPlarizíi1~te~áJ'aprevenir qué eso ocurr~,: ' 1 - , , ' 'l , ',/S$íi1~C9nSiPer1cionesp.ermiten adverti~ que ei' tallador 'dE?primera instan,cia obser'ó los criterios ,establecidos en el inciso -30 del _~rtículo 61 del! C:P'., para ,la detérminación de la sanción en 20, " i., .. meses .por encl¡ma gel mínimo, 'como son .la.intensidad del dolo, la) ",' .. ,', , gravedad de la[conducta, el daño tE;¡alcausado, la .necesidad de la , pena y la funci9n que ella ha decuri,¡:ilir, 10$cuales avala la Sala,, ' . . , "

,pues además ifrente a los mismos, el apelante no presenta opugnación alg~na. 1.1 Folio 204 C1. 6/ -. . '.-'., .,J , :¡;'." ' ilsuríto:,Apela~iÓJisentencia condenatoria. Modifica. Oelilo,-. Homicidio agravado Rildi\)actón: 50577-61-05-598-2014-80123-01 .. '-í ,_- .Cuales frente a 19$ rn~nifestaéionés del recurrente. con las ql!e 'se rebaj~ la pena, estas s~n, que debe acep~ación de cargos de su representado y es ,.' m¡~rgiinª,ltid¡¡¡ldy pobreza extrema, .la CorpOJTación,ya que reconoció la §'!'i;1t~I'G0n~,iciéln,como la ~~~fi!~~;~~!.j:l)itiY(?~'\~visto en el y ¡tª, el:'l:;o't~otanto esa conductas del PltE~Ja!~q(;J.~:la dEífellJs(~rio presenta de los hay ~ru:t~iE~se¡plf~c;e(jimiento, si·se tienen CULental€!s,s~~n~;i.or:les,mJnilma$~)e'r!mitidtlfs¡),orcada conducta, ya con~leno para delinquir. a~ray~do es 9:6 meses y. se. • 1- • mE~s~s,la de viólenci~ contra' se.rvidor públicos es 48..

5, meses, la de. utilización ilegal de insignias y uniformes cOfrrE~!>P,ondea 48.l11esesy se impuso .6 meses, la de.. -. , ón ,tn:'fllt,n °porte de arm1'lsde usos privativo de las fuerzas que -;. 7 ,. I .¡ .¡I.11 ' .•... , .1¡ ", ~ . 'Asunto' Apelación sentencia cQnd~natoria.Módifica.

Delito: Homicidio agravado . Radicación: 51)577-61'05-5(18-2014"80123-01 _-.:.. armadas es de] 132 meses y se fijó en 25 meses, y fmalrnente, del punible de lesiones personales' corresponde a 4~ meses y se determinó en 7 meses.

En este qebe indiC;¡¡rse,que' el a quo inexplicablemente mción en 9 meses por el deílto de hurto calificado,I ~ • • .ible n? fue a~f..lsadpI2fáctica, ni jurídicam~nte por la R:Lfeise'adVil3rteal're~p,ect:p,que la sentencia viola el podrá" ser declarado la ·aC~/sació.n,ni por delitos , ' I . ·(!letwrtpca:llifi~:a~lo·,l{deSt~Orltálr¡(t'.ltlelasalnciónimlpueSita,los 9 meses

.(;:. ""::" :,:iJ',C¡¡J¡te:·iaum~~lltQ!.I:1falladQtd~!:p'ril1',¡¡¡rgr:ado ta~~azón de esa conducta . .,''''.',.• '. .:,'.. .'¡ic\-!s8!clón,:~,oc:>lrl:meletarnp.o'COfIJE~a'Cef)ta,~apor los acusados. Tal DANIEL JOSÉ se encuentra l. . rn.ese~, mel'los los ,~,meses en. que se aumentó eqlt¡i\lot:a~larnentE~.la·sanción por'esa conducta contra el patrimonio, . ' . .4.2.4En suantp a la tasación deja pena multa por las conductas. . . '. . I '. concursales, la :Corporación advierte que erró el juez al realizar el 12 Record 40:00' a 46: 11 y: 51~OO,audiencia acusación del 0'7 de julio de, 2015~ 'Ni está contenido en el escrito de acusación y la adición al mismo visibles a folios 1 y 80 del'C1.. ," \' . . 13,Sala de CasaciónPenal ~e la Corte Suprema de .rustrcra,'sentencia _del,10 de agosto de 2016,dentro del radicado . 46051 MP LuisAntonio Hemandez Barbosa. . . __ , I 8"-Ó, :1 / ,,,<. '. y' . ' ,,-' ' .., . -,<-O,' .__ " " . ' Asunto: ApelaGI6n sentencia. condenatoria ..Modifica .

. Delito: . Homicidio agravado . Rádicación: 59577-61 '05'595-2014-80123-01 .mismo procediimiento de la. pena de prisión y por. tanto dispuso. . , .aumentar la s~nCión pecuniaria más grave hasta en' otro tanto, es "'decir, a los 27~0 S.M.L.Mv, del concierto para delinquir, le sumó" i '., , , , 20 S.M.L.M:V.i por el delito: de utilización ilegal de insignias y"' '. , . ....;( . - . t.miformes, y 1 I S.M.L.M.v. por las lésiones personales dolosas. en .e" numeral 4 :~1)1~~~I!\lj'\R,1l1qelt e, p" '~ly.(3,.qi.SR1,nEIque uEo 1~él.~;Ode concurso de Iqs multas ~'Sl)~rjqB~ntits ,q.IC.aci8;unl:;¡:.el~, l,a$Jn1Ta(~C/()nE~S se;sumarán, pero rt~~r'~;1I.11Q,(dták;~;~~¡rJ~,~.cfet:.'~~~¡¡'IJTºNíi(d(~ €m este '-artic'ulo para ~':detlJ:¡Q/(i~I':¡pqr'" ,1(i),'qQe:a IQ~,27()OS~M.L.M.v., del mínim.os· de la ilJ1l~;~".;~rr~v'l~t¡¡!~hE~rIl!,lsQ~r:~~\\G,~)ndl~c,t~~;elstos s,on, 66.66 20

!1:illeglilhl~:einE;igniasy uniformes, y lo cual la ~~I;~~.~:\~,mQ~o':~)r~~~clma d~ los '¡¡lta:qelbef~:~~ltar·;.Io:r!21;;qe~lto,PLleSes claro que I!!H¡¡,J~G!;~~get.:¡!;_s;Ubsaf!~r,~sa,car,qtn611ra,¡>e,<!gr~lVarialélsituación del ;apli~ar I~,r'leo.¡~lalen ra4ón a] allan~mie~to a los Cargos dé NELSON ENRIQUE E~COBAR, y DANIEL JOSÉ LlBERATO MARTíNEZ-al la 8qdiencia preparatoria, '. { 1-r~"'IClde'pdsién se-modifica, procede la Colegiatl.lra a' " ' •• c _ ' ".;_ .' , • El a qué, de ,, 906 de -2004 nrorrr idad C9nel numeral 5 de~artículo 356 de la Ley, . ibídem, le. concordancia con el parágrafo del artículo 301, ' , concecno a ' RINCÓN· ESCOBAR la rebaja de pena . , ' ' 9, I . Asunto: Apelación sentencia Condenatoria. Modifica.

Delito: Homicidio agravado Radicación; , 50577-61-05'598-2014-80123-01 co¡respondient~ a la 1/4part~de la 1/3 parte, dadoque el citado fue. I • . - '.

  • capturado en t.lagrancia, mientras que a i..IBERATO MARTíNEZ le I i I i .- ". , reconoció. un ~éscuent,o de: 1/3 parte, dado que el mismo no fue .aprehendído en situación de flagrancia. ,¡ ... ," ~,,:,:.\ '"o - • 'l' ,_ ',. _ ' En -et.cese de ¡NELSON ENRIQUE RINCÓN ESCOBAR habría que¡ ,\. " , ' '" I " , ' " " .,' " . , .,,~' .' recon(Jcer la ~eferid,a rel;)aj~ (1J4 parte, de la '1/3 parte), a las ',:,:;;:, ;'~; ", ,$anCiones gerl 81.me~es ·de,;prisiÓn y ,2730 S,IV!,~:MV, pero se :'(':;,r;\,,¡~::: :::. ¡ilgW~rte:P9; la. c::p'legiatcira,'que, re~Qecto a una' de las conductas t');¡,~:i':')',;dp¿ric~rs~les, ia~ lesloraes perSO(,l~lesdOlosas;. resul~a ap!icable por "/{<'; ';' , ,fª~?ra~lhdad, lal,Ley' 1~26 de 2017, .como lo tiene dierio la Sala de "':(,~/':: ::,' Ca~élCi6nP'enCitde la Corte S.uprema de Justicia,14,,ygue prevé una

,,f~~1¡lJél,de1,13p~rte al agusado capturado en flagrancia, ' , I '¿,-:".)~.:'--j:>\':'.:!.: t 4/',"'"'-," >.:;<' :,.",::.:_ __":. .. " '. _ . ..' . '. ..... ,"'j .. '. _,,' , ._ ." .. ' ,.' . __ . .",,' :,~?" 'portanto, corrit' en la dosifica~ión de las penas por las conductas ;.,' >~>.':,:_."" ,', , '. r" .•... .'. _,1:,,'_,., _",'." _ .. ' ",,' :',;,' ,~9~GUrSale~, e'l alquo estableci.6.,las\penas por el delito de lesiones"'¡".~',~ ',',-k ;-..;;,:,~",~,:",.::,-:-".,._.. ",:~,:.:'"'. I --:':,::;,',, "'-_ :., ''..': . .- • _', ..... . .' , ":, per~o~n~les d.ol~sa¡:;en,7 meses y ,10S.M.L.M:V., éstos montos se : . , rebaj~rl en la 143parte, conforll)'e a lo anteriormente mencionado, lo, : " ,,¡ , , I '., , ' _ ' :::; cual arroja una1s'anQioneS de4.66 mesesy,6,66 S.M.LM.V"",:~;{/<,<,",..'~'l, ¡ , 1:''-;"'_,:,,,,.";'i ''-., • '" [. .~: ,':. •

<t<<- <~ l""nto/'e +áS",,"",ul_S:_0,"<;,es ~eclf, 274 meses y . ,',~' ?720 S.M.LM.\{., se rebajan en ·Ia 1/4 parte de la 1/3 parte, por lo , :'" ~u~1q~edan en¡4~4.5t me'ses de.prisipn y 2,493.42 S.M.L.MV, losi:. .,,;1; :,: :: t ,t' . : ~_'__ _. _.:,' ¡ ...'.. , ,.' ,', _ ,>- "',,' .... _;..' . _. _. .' . ' :,_;'~~>' " ' ,l!:Iuesumados crn losA.66 meses y 6.66 ,S.M,L.M.v. del delito de lesiones, perso~ales, 'arrojan l,Inas: sanciones definitivas de 429.-". "j" I 'j _'.' ,., mes~s y 24 día~ de prisión, y2500.09 S.M.L.MV que se imponen aI ". "". ,.' -' ' NE,L$ON ENRI~UE RINCÓN ESCOBAR " "¡ ,- '- , \ En cuanto a DÁNIEL JOSÉ LlBERATO MARTíNEZ, las penas de. . . \ . .' . '.' , 481 meses de prisión y multa de 2730 S.M.LM.V" con la rebaja de" ,1, ' ", 1/3 de la parte -R0rel allanamiento a cargos, quedan en definitiva en 320 meses 18 días de prisión y multa de1820 S:M.LMV

,u Dec(~ión del 5 de diciembre de 2018_radicado 52535 'M.P. Fernando Alberto Castro Caballero. 10l. '.'Asunto:Apelación sentencia cqndenatona. Modifica.

Delito: Homicidio agravado Radlcación: . . . 50577-61-05-598"2Q1+80123_01 4.3Así' las cqsas, la Sala confirmará lá decisión apelada con laI ' " • modiñcacíón en:cuanto a las penéis antes esbozada.

Finalmente,' fn=!rtotA al delito de hurto calificado se advierte que si bien . fue imputado y jurídicarnE:'mteen-la é)l1dienciade formulación, . . de en contra de' NELSON ENRIQUE RINCÓN Pf~I\JJ't::L JOSÉ.LIE3E~TÓMA:~TjNE;::, el,mismo no la aCl1sac!ón16. fáctica, ni jN"qll~~IJífl~~nt!~,y¡ene~~ª~e().nqlgionelsSl~ aic,~~)t?lI·OIJlospargos por los rlbtmat:::ilJpenOr del ~rn;p,.J~d~~ial~e,~iUavi.c:enc:iQ,adlni~i&~md9jul~ic:iaE~nrlomlbrede ./ RES,UElVE:." ". - , ~:¡,;ieRI;II!1!~.~~(!);,Co.nfirrnalr·Pflrci~,lrnetlte'la 'jserlter1q(éltaf>el,ada, de fecha y

rO.(:~c;lle(llci~!.an~·taclas"il\~9DlI;:IC'AN~O'LA,.e11su numerales primero y':.Se'~UI1(lID,.enlcLJanlto,aque ·jas pen~s a ímpone~ a NELSONp.' , • ,r¡¡,I~!~QlJI$'.'.KINS;';UN.'ESCOBAR correspondi;!n a cuatrocientos; . <_ " "_: ',O,~-'_ o,' .• , • , '_' ' __ ' ' • :. • • •, ''\t'!~¡Bltl~~Je~:~·.(42ª}P1~,sei~··,··Yveinticuatr.o(24) días de.prisiÓn y multa y a DANt~L,J~SeLISERA:fO trescientos. " , :¡' : ' -. (3~~Q)·mla$e~s..dieciocho'(18) días de prisión y multa de .1820,:", " ',' ,,-' , . '" . " ,..•$:M,LMV,' C()I!n'D respoh~a1!jl~s -de .los. delitos' de . hOf)Íicidio a,grav~do,<'E~n~colho,un:>o,he~t~l'oglé!1l~o'·.con fabricación,. tráfiéo o porte . de armas uso prh/ativo de las fuerzas armadas,.. . concierto para oennoun .agravado, violencia contra servidor público,

utilizacjQn ilegal uniformes é insignias ylésiones personales.

SEGUNDO: Confirmar en lo demás la sentencia. 15 Record 01:04:28 y 01:23:17iaudiencJa'del 05 de-septiembre 'de2014. ·19,Record 40;00 a 46:11 y' 5.1:00, audiencia acusación del 07 de julio de 2015. Ni está contenido en el escrito de acusación y la -adfción al mismo visibles a folios 1,-yaü.det el..

11Asunto: Apelación sentencia condenatoria. Modifica.

Delito: Homicidio agravado Radicación: 50577-61-05-598-2014-80123-01

TERCERO: Contra esta decisión, solo procede el recurso de casación, conforme a las normas que lo regulan.

CÓPIESE, NOTIFíQUESE y DEVUÉLVASE

~>---1~ J) ~.OEL DARlO TREJOt LONDOÑO

Magistrado

ALCIBIADES VARGAS BAUTISTA

Magistrado . 12

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