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TSDJ VVC SP - 950016000 643 2018 00185 01-(03-07-2020)

Tribunal Superior de Villavicencio

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Detalles

Título
TSDJ VVC SP - 950016000 643 2018 00185 01-(03-07-2020)
Autor
Tribunal Superior de Villavicencio
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
2018

TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE

VILLAVICENCIO

SALA PENAL

Magistrada Sustanciadora: PATRICIA RODRÍGUEZ TORRES.

Radicación : 95001 60 oo 643 2018 00185 01

Procedencia: Juzgado Promiscuo del Circuito de San José del

Guaviare.

Denunciante: Carlos Eduardo Jiménez Contreras.

Procesado : William Alexander Toloza Rodríguez.

Delito : Acceso carnal violento

Motivo Alzada: Decreta pruebas.

Decisión: Abstenerse.

Aprobado: Acta N O 091.

Fecha: 3 de julio de 2020.

1. LA DECISIÓN.

Se pronuncia esta Sala en relación con la procedencia del recurso de apelación interpuesto por la defensa de William Alexander Toloza Rodríguez contra la decisión del nueve (9) de octubre de dos • mil diecinueve (2019), proferida en audiencia preparatoria por el Juzgado Promiscuo del Circuito de San José del Guaviare, en el proceso adelantado por el delito de acceso carnal violento.

11. PRESUPUESTOS FÁCTICOS.

De acuerdo con el escrito de acusación l , se atribuye a William Alexander Toloza Rodríguez haber accedido carnalmente al menor J.D.L.H. 1 de catorce Ver folios I y ss. del cuaderno del Juzgado de Conocimiento. 00 01

1 La Sala Plena de la Corte Constitucional ha adoptado como medida de protección a la intimidad de los menores involucrados en esta clase de procesos, Suprimir de la providencia y de toda futura publicación de la misma, su nombre y el de sus familiares, al igual que los datos e informaciones que permitan su identificación. entre otras, en las siguientes

involucrados en esta clase de procesos, Suprimir de la providencia y de toda futura publicación de la misma, su nombre y el de sus familiares, al igual que los datos e informaciones que permitan su identificación. entre otras, en las siguientes sentencias: T-523/92, M.P. Ciro .Angarita Barón; T2 442/94, M.P. Antonio Barrera Carbonell.2

Radicado: 95001 60 643 2018 00185

Procesado: William Alexander To/oza Rodríguez Delito: Acceso carnal violenÍo Decisión: bsienerse A (14) años de edad, en hechos que presuntamente tuvieron ocurrencia el trece (13) de abril de dos mil dieciocho (2018) en zona rural del municipio de CalamarGuaviare, Vereda "Las Damas" finca "La Carolina"

111. ACTUACIÓN PROCESAL.

En audiencia del dieciocho (18) de marzo de dos mil diecinueve (2019), ante el Juzgado Promiscuo Municipal de Calamar - Guaviare se legalizó la captura y formuló imputación a William Alexander Toloza Rodríguez por el delito de acceso carnal violento previsto en el artículo 205 del Código Penal, a quien, a solicitud de la Fiscalía, se impuso medida de aseguramiento de detención preventiva en establecimiento carcelari0 3 . El escrito de acusación fue presentado el diez (IO) de mayo de dos mil diecinueve (2019) 4 , cuyo conocimiento correspondió al Juzgado Promiscuo del Circuito de San

José del Guaviare, el cual realizó audiencia de formulación de acusación el trece (13) de agosto siguiente. El nueve (9) de octubre de dos mil diecinueve (2019), se efectuó audiencia preparatoria, en la que el a quo se pronunció sobre las solicitudes probatorias de la Fiscalía y ta defensa 5 En lo que interesa a la presente decisión, la Fiscalía solicitó el testimonio del médico Imer Luis Utria Lora, adscrito al Centro de Salud de Calamar Guaviare, con quien indicó introduciría el informe pericial de biología forense N O DRO-DSM-LBIF0000031-2019 del veintinueve (29) de enero de dos mil diecinueve (2019), que realizó otro galeno a solicitud de Utria Lora. Folios I y ss.' del cuaderno del Juzgado de Control de Garantías. 4 Y adición del 6 de junio de 2019. Folio 21 del cuaderno del Jugado de Conocimiento. 00 013

Radicado: 95001 60 643 2018 00185

Procesado: William Alexander To/oza Rodríguez Delito: Acceso carnal violenÍo Decisión: bsienerse

A

IV. DECISIÓN APELADA.

En audiencia del nueve (9) de octubre de dos mil diecinueve (2019), la Juez Promiscuo del Circuito de San José del Guaviare, decretó la práctica del testimonio del galeno Imer Luis Utria Lora y la incorporación del informe pericial de biología

forense N O DRO-DSM-LBIF-0000031-2019, del veintinueve (29) de enero de dos mil diecinueve (2019). Para fundamentar su determinación sostuvo que, aunque no se trataba del profesional que realizó la valoración a la presunta víctima, resultaba' procedente escuchar al aludido galeno en testimonio en cuanto, fue quien ordenó su práctica, a través de una "institución delegada" para ello y quien se referiría exclusivamente a lo, allí consignad0 6 Seguidamente, concedió a las partes e intervinientes la posibilidad de interponer los recursos legalmente establecidos.

V. DEL RECURSO DE APELACIÓN.

Inconforme con tal determinación, la defensa de Toloza Rodríguez interpuso los recursos de reposición y en subsidio apelación en los que solicitó revocar la decisión del a quo. Precisó que se oponía a la incorporación del informe pericial de biología forense N O DRO-DSM-LBIF-0000031-2019, a través del médico Imer Luis Utria Lora, pues debía ser introducido a través del profesional especializado que lo elaboró, para de esta manera conocer las técnicas, procedimientos y protocolos utilizados, así como los hallazgos y las conclusiones a las que arribó el profesional que efectuó la valoración7

Récord: 27:37 y ss. de la audiencia preparatoria. Récord: 3 1 :40 y ss. ibídem.

OO 0/4

Radicado: 95001 60 643 2018 00185

Procesado: William Alexander To/oza Rodríguez Delito: Acceso carnal violenÍo Decisión: bsienerse La Juez Promiscuo del Circuito de San José del Guaviare no repuso su decisión y reiteró que se trataba de un informe de laboratorio que, si bien, fue elaborado por un galeno, ello no implicaba que necesariamente, debía ser ese mismo profesional de la salud quien lo incorporara al juicio oral, en cuanto se trataba de un experto idóneo para interpretar los resultados, el procedimiento realizado y emitir un concepto científico y. médico; por lo que a continuación, concedió el recurso de apelación ante esta Corporación 2 .

VI. CONSIDERACIONES DE LA SALA La defensa de William Alexander Toloza Rodríguez cuestionó la decisión del a quo, en el sentido de admitir que con el testimonio del médico Imer Luis Utria Lora se incorporara el informe pericial de biología forense N O DRODSM-LBIF-00000312019, del veintinueve (29) de enero de dos mil diecinueve (2019).

Para dilucidar lo planteado, debe prima facie la Sala abordar el estudio de la procedencia del recurso de apelación contra el auto que admite pruebas, que ciertamente no ha sido un tema pacífico, pues inicialmente el criterio de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia adoptó postura, en el sentido que la admisión de una prueba no era susceptible de impugnación, luegœvarió tal jurisprudencia para concluir la procedencia de la alzada 9 y posteriormente, recogió dicho criterio y sostuvo lo siguiente 3 : "Corolario de lo antedicho, ninguna\ mengua sufre la estructura del sistema acusatorio, o los

jurisprudencia para concluir la procedencia de la alzada 9 y posteriormente, recogió dicho criterio y sostuvo lo siguiente 3 : "Corolario de lo antedicho, ninguna\ mengua sufre la estructura del sistema acusatorio, o los derechos a la doble instancia y contradicción, cuando el legislador, en' 'ejercicio del poder de configuración que le asiste, reflejado en la normatividad traída a colación en esta providencia, decidió que solo se puede apelar el auto que deniega o imposibilita la 'práctica de una prueba -no el que la concede-; más aún, si en cuenta se tiene, de cara a los límites de esa facultad, que no se aprecia i) un 00 01 atentado a los fines del Estado, tales como la justicia o la igualdad, ii) violación a los derechos fundamentales de las partes, iii) desconocimiento de los principios de

2 Récord: 37:07 y ss. ibídem. Ver autos del 13 de junio y 26 de septiembre de 2012 y 22 de mayo de 2013, radicados: 36562, 39048 y 41 106, respectivamente. 3 Auto del 27 de julio de 2016, radicado: 47469, Mp. Gustavo Enrique Malo Fernández.5

Radicado: 95001 60 643 2018 00185

Procesado: William Alexander To/oza Rodríguez Delito: Acceso carnal violenÍo Decisión: bsienerse razonabilidad y proporcionalidad en la definición de las formas e, iv) imposibilidad de la

realización material de los derechos y de primacía del derecho sustancial sobre las formas, conforme lo ha señalado la Corte Constitucional (CC c-227/09)". De manera que, de acuerdo con esta última postura acogida por la Sala de decisión, el auto que admite pruebas no es susceptible del recurso de apelación. Lo anterior se evidencia con claridad, en cuanto lo que cuestiona el recurrente es la idoneidad del galeno que concurrirá al juicio oral para interpretar la valoración que efectuó otro profesional y en términos generales, los criterios de apreciación de la prueba pericial que contempla el artículo 420 de la Ley 906 de 2004. Una discusión tal se sitúa en «la valoración probatoria y no en la exclusión por ilegalidad o la ausencia de descubrimiento probatorio; por lo que en tales circunstancias, la Sala se abstendrá de resolver el recurso interpuesto por la defensa de Toloza Rodríguez. En mérito de lo expuesto, la Sala Penal del Tribunal Superior de Villavicencio, RESUELVE: Primero. Abstenerse de resolver el recurso de apelación propuesto en la audiencia preparatoria por la defensa de William Alexander Toloza Rodríguez, por las razones anotadas anteriormente. Segundo. Devuélvase la actuación al Juzgado Promiscuo del Circuito de San José del Guaviare, para que continúe el trámite pertinente. 00 01 Contra la presente decisión no procede recurso alguno.6

Radicado: 95001 60 643 2018 00185

Procesado: William Alexander To/oza Rodríguez Delito: Acceso carnal violenÍo Decisión: bsienerse Notifíquese, cúmplase y devuélvase.

PATRICIÄ RODRÍGUEZ TORRES

Magistrada

Procesado: William Alexander To/oza Rodríguez Delito: Acceso carnal violenÍo Decisión: bsienerse Notifíquese, cúmplase y devuélvase.

PATRICIÄ RODRÍGUEZ TORRES

Magistrada

JOEL bARiO TREJOS LONDOÑO ALCIBIADES VARGAS

BAUTISTA

Magistrado Magistrado

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