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TSMP - Resolución 000067 de 2024

Tribunal Superior Militar y Policial

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Detalles

Título
TSMP - Resolución 000067 de 2024
Autor
Tribunal Superior Militar y Policial
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Penal Militar
Año
2024

fi COLOMBIA fifi•ViDA ·fiJ Defensa <J,

REPÚBLICA DE COLOMBIA iffi'}

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE LA JUSTICIA

PENAL MILITAR Y POLICIAL RESOLUCIÓN NÚMERO O O O O 6 7 DE 2024 ( 2 6 ENE 2024 ) "Por medio de la cual se redistribuye la carga laboral del Juzgado 59 de Instrucción Penal Militar" EL DIRECTOR GENERAL DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE LA JUSTICIA PENAL MILITAR Y POLICIAL En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por los numerales 2º y 12° del artículo 54 y artículo 95 de la Ley 1765 de 2015, numerales 2° y 9° del artículo 7° del Decreto 312 de 2021, y CONSIDERANDO Que los numerales 2º y 12 del artículo 54 de la Ley 1765 de 20151 establecen entre las funciones de la Dirección Ejecutiva de la Unidad Administrativa Especial de la Justicia Penal Militar y Policial, las de "Adoptar y proponer según su competencia, las decisiones necesarias para que la Justicia Penal Militar y Policial se imparta oportuna y eficazmente", y "Expedir(. . .) resoluciones y demás actos administrativos necesarios para el adecuado funcionamiento de la Justicia Penal Militar y Policial"; funciones consignadas además en los numerales 2° y 12 del artículo 7° del Decreto 312 de 20212• Que el artículo 95 de la Ley 1765 de 2015, determina que corresponde al Director Ejecutivo de la Unidad Administrativa Especial de la Justicia Penal Militar

artículo 7° del Decreto 312 de 20212• Que el artículo 95 de la Ley 1765 de 2015, determina que corresponde al Director Ejecutivo de la Unidad Administrativa Especial de la Justicia Penal Militar y Policial redistribuir la carga laboral de los Juzgados de Instrucción Penal Militar, precisando que las investigaciones podrán ser asumidas por los Juzgados independientemente del lugar donde hayan ocurrido los hechos. 1 "Por la cual se reestructura la Justicia Penal Militar y Policial, se establecen requisitos para el desempeño de sus cargos, se implementa su Fiscalía General Penal Militar y Policial, se organiza su cuerpo técnico de investigación, se señalan disposiciones sobre competencia para el tránsito al sistema penal acusatorio y para garantizar su plena operativ idad en la Jurisdicción Especializada y se dictan otras disposiciones". 2 "Por la cual se fija la estructura interna de la Unidad Administrativa Especial de la Justicia Penal Militar y PoliciarHojaN"2delaResotuciónN° •º O O Q 6 7 de. __ 2 __ 6_E_N_E_2_U¿_4 __ . "Pormediode/acuelsered/strtbuyetacarga laboral del Juzgado 59 de Instrucción Penal Militar" fi COLOMBIA IL.fi· ViDA Que con Resolución No. 000064 del 26 de enero de 2024, se dispuso el traslado de la Juez titular asignada al Juzgado 59 de Instrucción Penal Militar con sede en NiloCundinamarca (Fuerte Militar de Tolemaida), quedando éste en vacancia definitiva. Que, en consecuencia, se procedió a verificar las cargas laborales registradas a

en NiloCundinamarca (Fuerte Militar de Tolemaida), quedando éste en vacancia definitiva. Que, en consecuencia, se procedió a verificar las cargas laborales registradas a corte 31 de diciembre de 2023, por los Juzgados de Instrucción Penal Militar de NiloCundinamarca (Fuerte Militar de Tolemaida), encontrando que el Juzgado 83 de Instrucción Penal Militar es el que reporta menor número de procesos activos, como se muestra a continuación: DESPACHOS UBICACIÓN INDAGACIONES SUMARIOS TOTAL PRELIMINARES Juzgado 59 de Instrucción TOLEMAIDA 22 28 50 Penal Militar Juzgado 82 de Instrucción TOLEMAIDA 32 52 84 Penal Militar Juzgado 83 de Instrucción TOLEMAIDA 6 23 29 Penal Militar Juzgado 88 de Instrucción TOLEMAIDA Penal Militar 35 41 76

Fuente: Oficina Asesora de Planeación - Informes estadísticos diciembre 2023

Que conforme lo anterior, atendiendo la carga de los Juzgados relacionados en el cuadro precedente, ante la vacancia definitiva del Juzgado 59 de Instrucción Penal Militar, es dable redistribuir la totalidad de la carga laboral y en consecuencia suspender su reparto, lo que conlleva a su consecuente in activación. Que, con ocasión a la redistribución de la totalidad de la carga laboral del Juzgado 59 de Instrucción Penal Militar, el secretario de despacho asignado a éste será reubicado mediante el respectivo acto administrativo, de conformidad con las necesidades del servicio en procura de una pronta y efectiva administración de Justicia Penal Militar y Policial. Que, en mérito de lo expuesto,

RESUELVE

éste será reubicado mediante el respectivo acto administrativo, de conformidad con las necesidades del servicio en procura de una pronta y efectiva administración de Justicia Penal Militar y Policial. Que, en mérito de lo expuesto, RESUELVE ARTÍCULO 1 °: REDISTRIBUIR la totalidad de la carga laboral del Juzgado 59 de Instrucción Penal Militar con sede en NiloCundinamarca (Fuerte Militar de Tolemaida), al Juzgado 83 de Instrucción Penal Militar ubicado en la misma sede. Página 2 de4HojaN"3delaResoluciónN" O O O O 6 7 de :2 :.-6 ENE 202fi . "Por medio de la cual se redistribuye la carga laboral del Juzgado 59 de Instrucción Penal MIiitar" fi COLOMBIA fifi•ViDA t,: J Defensa fi Parágrafo 1 °. La redistribución de la carga será responsabilidad del Juez y secretario a cargo del Juzgado 59 de Instrucción Penal Militar, garantizando que el despacho quede con cero (O) procesos. Parágrafo 2º. El Juzgado 59 de Instrucción Penal Militar hará entrega al Juzgado 83 de Instrucción Penal Militar de los archivos de gestión y los judiciales, cumpliendo con las directrices impartidas por la Secretaría General de la Unidad Administrativa Especial de la Justicia Penal Militar y Policial en materia de gestión documental. Parágrafo 3º. Los procesos del Juzgado 59 de Instrucción Penal Militar que regresen luego de surtir algún trámite ante el Tribunal Superior Militar y Policial u otros despachos, se someterán a reparto entre los despachos competentes y activos de conformidad con la distribución territorial que se encuentre vigente.

regresen luego de surtir algún trámite ante el Tribunal Superior Militar y Policial u otros despachos, se someterán a reparto entre los despachos competentes y activos de conformidad con la distribución territorial que se encuentre vigente. ARTÍCULO 2º : SUSPENDER el reparto del Juzgado 59 de Instrucción Penal Militar con sede en NiloCundinamarca {Fuerte Militar de Tolemaida), a partir de la fecha de expedición de la presente resolución. ARTÍCULO 3° : Los servidores públicos involucrados en la redistribución de carga son los responsables de la adecuada conservación, organización, uso y manejo de los documentos y archivos que se deriven del ejercicio de sus funciones. Por ende, recibirán y entregarán según corresponda, dejando constancia y levantando los inventarios para garantizar la continuidad de la gestión pública; so pena de las sanciones disciplinarias y penales a que haya lugar por la destrucción, supresión u ocultamiento de documento público. Par.ágrafo 1 °. Las copias de las actas que se ·suscriban sobre la redistribución de los procesos activos deben ser enviadas a la Oficina Asesora de Planeación de la Dirección General de la Unidad, al correo electrónico actasdeentrega@justiciamilitar.gov.co, dentro de los cinco (5) días hábiles siguiente a la expedición de la presente resolución. Parágrafo 2º . Las actas de entrega de los archivos de gestión y los judiciales deben ser enviadas al Grupo Administrativo de la Secretaría General de la Unidad Administrativa Especial al correo electrónico apoyo.administrativo@justiciamiljtar.gov,c o, dentro de los cinco (5) días hábiles siguiente a la expedición de la presente resolución.

deben ser enviadas al Grupo Administrativo de la Secretaría General de la Unidad Administrativa Especial al correo electrónico apoyo.administrativo@justiciamiljtar.gov,c o, dentro de los cinco (5) días hábiles siguiente a la expedición de la presente resolución. Página 3 de 4HojaN"4delaReso/uc/ónN" O O O O 6 7 de 2 6 ENE 2024 . "Por media de la cual se redistribuye la carga laboral del Juzgado 59 de Instrucción Penal Militar" fi COLOMBIA IL.fi ViDA t;""J Defensa ., ARTÍCULO 4: ENTREGA DE LOS BIENES DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL A CARGO DE LOS DESPACHOS Y OFICINAS. El Juzgado 59 de Instrucción Penal Militar, al cual se le redistribuye la totalidad de su carga laboral en el presente acto administrado, por conducto del funcionario a cargo y su secretario, tendrán que coordinar con el Grupo Administrativo de la Secretaría General de la Unidad Administrativa Especial de la Justicia Penal Militar y Policial, la permanencia o redistribución de los bienes y oficinas; por tanto, no se podrá disponer de éstas sin previa autorización. El reintegro y asignación de los bienes se efectuará mediante acta del inventario. ARTÍCULO 5: VIGENCIA Y DEROGATORIAS. La presente resolución entra en vigencia a partir de la fecha de su expedición, modifica y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C., a los 12 6 ENE 2024 Sandra Milena Lara García Profesional de Defensa 19 Oficina Asesora de Planeación Sandra Mireya Medina Rodríguez

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C., a los 12 6 ENE 2024 Sandra Milena Lara García Profesional de Defensa 19 Oficina Asesora de Planeación Sandra Mireya Medina Rodríguez fi Jefe Asesor (E) r) '\ '-.. 0, Oficina Asesora de Planeación fifi tl.., Unidad Administrativa Especial de la Justici Penal Militar y Policial Unidad Administrativa Especial de la Justicia Penal Militar y Policial Página4 de 4

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