TSMP - Resolución 000260 de 2024
Tribunal Superior Militar y Policial
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Detalles
- Título
- TSMP - Resolución 000260 de 2024
- Autor
- Tribunal Superior Militar y Policial
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Penal Militar
- Año
- 2024
REPÚBLICA DE COLOMBIA
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE LA JUSTICIA
PENAL MILITAR Y POLICIAL RESOLUCIÓN NÚMERO 000260 DE 2024 ( 1 2 ABR 2024 ) Defensa "Por medio de la cual se redistribuye la carga laboral del Juzgado 105 de Instrucción Penal Militar" EL DIRECTOR GENERAL DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE LA JUSTICIA PENAL MILITAR Y POLICIAL En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por los numerales 2° y 12° del artículo 54 y artículo 95 de la Ley 1765 de 2015, numerales 2º y 9° del artículo 7° del Decreto 312 de 2021, y CONSIDERANDO Que los numerales 2° y 12 del artículo 54 de la Ley 1765 de 20151 establecen entre las funciones de la Dirección Ejecutiva de la Unidad Administrativa Especial de la Justicia Penal Militar y Policial, las de "Adoptar y proponer según su competencia, las decisiones necesarias para que la Justicia Penal Militar y Policial se imparta oportuna y eficazmente", y "Expedir( ... ) resoluciones y demás actos administrativos necesarios para el adecuado funcionamiento de la Justicia Penal Militar y Policial"; funciones consignadas además en los numerales 2º y 12 del artículo 7° del Decreto 312 de 20212. Que el artículo 95 de la Ley 1765 de 2015, determina que corresponde al Director Ejecutivo de la Unidad Administrativa Especial de la Justicia Penal Militar y Policial redistribuir la carga laboral de los Juzgados de Instrucción Penal Militar, precisando
Que el artículo 95 de la Ley 1765 de 2015, determina que corresponde al Director Ejecutivo de la Unidad Administrativa Especial de la Justicia Penal Militar y Policial redistribuir la carga laboral de los Juzgados de Instrucción Penal Militar, precisando que las investigaciones podrán ser asumidas por los Juzgados, independientemente del lugar donde hayan ocurrido los hechos. 1 "Por la cual se reestructura la Justicia Penal Militar y Policial, se establecen requisitos para el desempeño de sus cargos, se imp lementa su Fiscalía General Penal Militar y Policial, se organiza su cuerpo técnico de investigacíón, se señalan disposiciones sobre competencia para el tránsito al sistema penal acusatorio y para garantizar su plena operatividad en la Jurisdicción Especializada y se dictan otras disposiciones". 2 "Por la cual se fija la estructura interna de la Unidad Administrativa Especial de la Justicia Penal Militar y Policial"HojaNº2de/aReso/ucíónN° O O O 2 6 O de, __ 1_2_A_B_K_,,_2_D_2_4 ___ . "Pormedíode/acua/seredistribuye/a carga laboral del Juzgado 105 de Instrucción Penal Militar"
COLOMBIA POTENCIA DI: LA VfiDA Defensa Que con la Resolución No, 000409 del 29 de junio de 2023, se dispuso el nombramiento del Capitán de Corbeta Adolfo León Carrillo Díaz como Juez Penal Militar y Policial de Conocimiento asignado al Juzgado 1301 para la primera fase de implementación del Sistema Penal Oral Acusatorio3, lo cual generó la vacancia del
Juzgado 105 de Instrucción Penal Militar de Bogotá D,C,
Militar y Policial de Conocimiento asignado al Juzgado 1301 para la primera fase de implementación del Sistema Penal Oral Acusatorio3, lo cual generó la vacancia del Juzgado 105 de Instrucción Penal Militar de Bogotá D,C, Que, en consecuencia, con Resolución No, 000431 del 30 de junio de 2023, artículo 1 ° numeral 4° se encargó del Juzgado 105 de Instrucción Penal Militar al señor Capitán de Corbeta Adolfo León Carrillo Díaz en calidad de Juez 1301 Penal Militar y Policial de Conocimiento4 y en el artículo 2° de la Resolución No, 000492 del 18 de julio de 2024, se suspendió el reparto del Juzgado 105 de Instrucción Penal Militar, Que el encargo dispuesto en la Resolución No, 000431 ha sido prorrogado hasta la fecha, Que con oficio No, 110016610210202400818 del 14 de marzo de 2024, la Jefe de la Oficina Asesora de Planeacióh (e), ante la necesidad planteada por el Asesor de la Dirección General de la Unidad Administrativa Especial de la Justicia Penal Militar y Policial, de analizar la viabilidad de inactivar el Juzgado 105 de Instrucción Penal Militar, sustentado en la carga laboral del despacho del Sistema Penal Oral Acusatorio del que es titular el señor Capitán de Corbeta Adolfo León Carrillo Díaz; recomendó que de considerar procedente la redistribución de la carga del Juzgado 105 de Instrucción Penal Militar se realizara entre los Juzgados de Instrucción Penal Militar activos y con reparto en la ciudad de Bogotá, que se relacionan en la siguiente tabla:
TOTAL CARGA LABORAL
DESPACHO JUEZ (TITULAR)
Militar activos y con reparto en la ciudad de Bogotá, que se relacionan en la siguiente tabla:
TOTAL CARGA LABORAL DESPACHO JUEZ (TITULAR) 30 de marzo de 2024
Juzgado 75 de IPM EDNA YAL!LE RODRIGUEZ BARRAGAN 72
Juzgado 76 de IPM CAROLINA LElVA MORANTES 63
Juzgado 73 de IPM DOCTOR
ALVAREZ
REINALDO CARDONA 52
Juzgado 84 de IPM ELSA ESPERANZA MESA CADENA 30 ,, Fuente: Of1c1na Asesora de Planeac,on - Reportes estad1st1cos Ley 522 de 1999 a 30 de marzo de 2024 Que igualmente, con Fundamento en el informe presentado mediante oficio fechado el 09 de febrero de 2024, por el Juez 1301 Penal Militar y Policial de Conocimiento, la información contenida en el precitado oficio No, 110016610210202400818 del 14 de marzo de 2024 de la Oficina Asesora de Planeación, el Asesor de la Dirección General con oficio No, 110016610200202400142/ UAEJPMP del 21 de marzo de 2024 presentó al Director General un análisis detallado de la fluctuación y tendencias de la carga laboral del Juzgado 1301 Penal Militar y Policial de Conocimiento y un comparativo del número de procesos activos en los Juzgados de Instrucción Penal Militar de Bogotá, 3 De acuerdo con el Decreto 1768 de 2020, la primera fase de implementación del Sistema Penal Acusatorio en la Justicia Penal Militar y Policial, la cual corresponde a Bogotá D.C. inició de forma definitiva desde el 1° de julio de 2022.
3 De acuerdo con el Decreto 1768 de 2020, la primera fase de implementación del Sistema Penal Acusatorio en la Justicia Penal Militar y Policial, la cual corresponde a Bogotá D.C. inició de forma definitiva desde el 1° de julio de 2022. Página 2 de 5Hoja Nº 3 de la Resoluc,ón Nº O O O 2 6 O de, __ 1 _2_A_B_R _2_02_4c_· -fi laboral del Juzgado 105 de Ins trucción Penal Militar"' "Por medio de la cual se redistribuye la carga COLOMBIA POTENCIA DE LA VIDA Defensa Que en el oficio No. 110016610200202400142/ UAEJPMP del 21 de marzo de 2024, el Asesor de la Dirección General presenta las siguientes recomendaciones respetuosas a la Dirección General: "Atendiendo el in cremento sostenido de las audiencias realizadas en el Sistema Penal Oral Acusatorio y que a su vez es el segundo despacho con mayor carga en Ley 522 de 1999, el equipo asesor de la Dirección General sugiere respetuosamente estas dos opciones de redistribución de la carga y estudiar la posibilidad de inactivar el Despacho 105 de Instrucción Penal Militar, para que el Juez 1301 se concentre de manera exclusiva en sus funciones como juez de conocimiento 1301, en la ley 1407 de 2010. Opción 1. La opción 1 aconseja redistribuir de manera equitativa la carga del despacho 105 en los otros despachos que podrían asumirla. Esto debido a que son titulares en la Ley 522. De esta manera quedarían con cargas entre 54 del Juzgado 84 y 90 para el Juzgado 75. Esta opción, aunque parece la más equitativa alargaría
titulares en la Ley 522. De esta manera quedarían con cargas entre 54 del Juzgado 84 y 90 para el Juzgado 75. Esta opción, aunque parece la más equitativa alargaría la puesta en marcha de nuevos juzgados que entrarían al Sistema Penal Oral Acusatorio-SPOA. Tabla 1. Opción 1 de redistribución equitativa de la carga
CARGA CARGA
DESPACHO PRELIMINARES SUMARIOS ACTIVA LUEGO DE SALIDAS Juzgado 49 de 1PM 50 29 79 76
Juzgado 73 de 1PM 22 56 78 76 Juzgado 75 de 1PM 46 SS 101 90 Juzgado 76 de 1PM 30 53 83 79 Juzgado 84 de 1PM 33 27 60 54 Total general 181 220 401 375 ., Fuente: Elaboracwn propia con base a estad1st,cas de la Oficina Asesora de Planeac1on Opción 2. En la opción 2 se propone entregar al Juzgado 84 de IPM la totalidad de la carga del juzgado 105 de IPM. Esta opción responde a la intención del juzgado 84 de IPM de continuar en el sistema inquisitivo. Se considera la mejor opción en el entendido que, la carga de este juzgado corresponde a la más baja en Bogotá. Tabla 2. Opción 2 de redistribución en Juzgado 84 de IPM DESPACHO Juzgado 49 de IPM Juzgado 73 de IPM Juzgado 75 de IPM Juzgado 76 de IPM Juzgado 84 dll IPM . . · Total general
PRELIMINARES
43 14 39 22 ¡fi[ 63 181
Juzgado 75 de IPM Juzgado 76 de IPM Juzgado 84 dll IPM . . · Total general
PRELIMINARES
43 14 39 22 ¡fi[ 63 181
CARGA SUMARIOS ACTIVA
22 65 50 64 49 88 47 69 52 ¡ 115 { 220 401 CARGA
LUEGO DE
SALIDAS
62 62 77 65 :l 1º9 375 ., Fuente: Elaborac1on propia con base a estadIst1cas de la Oficina Asesora de Planeac1on Página 3 de 51 2 ABR 2024 Hoja Nº 4 de la Resolución Nº o Q Q 2 6 O de laboral del Juzgado 105 de Instrucción Penal Militar'' ·-----------
COLOMBIA
POTENCIA DE l A VIDA "Por medio de /a cual se redistribuye la carga Defensa Lo anterior para conocimiento del. señor director y los fines correspondientes, a fin de adoptar los mecanismos de control de rendimiento y gestión de los funcionarios y empleados de la Justicia Penal Militar y Policial y, tomar las decisiones necesarias para el adecuado funcionamiento y gestión de los despachos". Que, así las cosas, la Dirección General al realizar un análisis de la recomendación realizada por el equipo asesor concluye que es dable atender la segunda opción señalada en el Oficio No. 110016610200202400142/ UAEJPMP del 21 de marzo de 2024, referente a la distribución de la carga del Juzgado 105 de Instrucción Penal Militar al Juzgado 84 de Instrucción Penal Militar, en virtud de lo cual el primero mencionado quedaría inactivo.
2024, referente a la distribución de la carga del Juzgado 105 de Instrucción Penal Militar al Juzgado 84 de Instrucción Penal Militar, en virtud de lo cual el primero mencionado quedaría inactivo. Que, en mérito de lo expuesto, RESUELVE ARTÍCULO 1º: REDISTRIBUIR la totalidad de la carga laboral del Juzgado 105 de Instrucción Penal Militar ubicado en Bogotá D.C., al Juzgado 84 de Instrucción Penal Militar ubicado en la misma ciudad. Parágrafo 1. La redistribución de la carga será responsabilidad del Juez y secretario de despacho a cargo del Juzgado 105 de Instrucción Penal Militar, garantizando que el despacho quede con cero (O) procesos. Parágrafo 2. El Juzgado 105 de Instrucción Penal Militar hará entrega al Juzgado 84 de Instrucción Penal Militar de los archivos de gestión y los judiciales, cumpliendo con las directrices impartidas por la Secretaría General de la Unidad Administrativa Especial de la Justicia Penal Militar y Policial en materia de gestión documental. Parágrafo 3. Los procesos que, con anterioridad a la redistribución de la carga laboral de que trata el presente artículo, hayan sido enviados por parte del Juzgado 105 de Instrucción Penal Militar al Tribunal Superior Militar y Policial u otro despacho y regresen, se someterán a reparto entre los despachos competentes y activos de conformidad con la distribución territorial que se encuentre vigente. Parágrafo 4. La redistribución de la totalidad de la carga genera la consecuente inactivación del Juzgado 105 de Instrucción Penal Militar. ARTÍCULO 2° : Los servidores públicos involucrados en la redistribución de carga
Parágrafo 4. La redistribución de la totalidad de la carga genera la consecuente inactivación del Juzgado 105 de Instrucción Penal Militar. ARTÍCULO 2° : Los servidores públicos involucrados en la redistribución de carga son los responsables de la adecuada conservación, organización, uso y manejo de los documentos y archivos que se deriven del ejercicio de sus funciones. Por ende, recibirán y entregarán según corresponda, dejando constancia y levantando los inventarios para garantizar la continuidad de la gestión pública; so pena de las sanciones disciplinarias y penales a que haya lugar por la destrucción, supresión u ocultamiento de documento público. Parágrafo 1. Las copias de las actas que se suscriban sobre la redistribución de los procesos activos deben ser enviadas a la Oficina Asesora de Planeación de la Dirección General de la Unidad, al correo electrónico actasdeentrega@justiciamil itar.gov.co, dentro de los cinco (5) días hábiles siguiente a la expedición de la presente resolución. 9..fi( Página 4 de 5HojaN"Sde/aRes oludónN' O o o 2 6 o de 1 2 ABR 2º 24 ''Por medio de la cual se redistribuye la carga laboral del Juzgado 105 de Inst rucción Penal Militar" COLOMBIA POTENCIA Oí= LA VIDA Defensa Parágrafo 2. Las actas de entrega de los archivos de gestión y los judiciales deben ser enviadas al Grupo Administrativo de la Secretaría General de la Unidad Administrativa Especial al correo electrónico apoyo.administrativo@justiciamilitar.gov.co, dentro de los cinco (5) días hábiles siguiente a la expedición de la presente resolución.
ser enviadas al Grupo Administrativo de la Secretaría General de la Unidad Administrativa Especial al correo electrónico apoyo.administrativo@justiciamilitar.gov.co, dentro de los cinco (5) días hábiles siguiente a la expedición de la presente resolución. ARTÍCULO 3° : ENTREGA DE LOS BIENES DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL A CARGO DE LOS DESPACHOS Y OFICINAS. El Juzgado 105 de Instrucción Penal Militar, al cual se le redistribuye la totalidad de su carga laboral en el presente acto administrado, por conducto del funcionario a cargo y su secretario, tendrán que coordinar con el Grupo Administrativo de la Secretaría General de la Unidad Administrativa Especial de la Justicia Penal Militar y Policial, la permanencia o redistribución de los bienes y oficinas; por tanto, no se podrá disponer de éstas sin previa autorización. El reintegro y asignación de los bienes se efectuará mediante acta del inventario. ARTÍCULO 4° : VIGENCIA Y DEROGATORIAS. La presente resolución entra en vigencia a partir de la fecha de su expedición, modifica y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá o.e., a los 1 2 ABR 2024
GUEZ CASAS
Sandra Milena Lara García t"IS'? Profesional de Defensa 19 Oficina Asesora de Planeac1ón Unidad Administrativa Especial de la Justicia Penal Militar y Policial Unidad Administrativa Espeoal de la Justicia Penal Militar y Policial Página 5 de 5