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TSMP - Resolución 000612 de 2024

Tribunal Superior Militar y Policial

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Detalles

Título
TSMP - Resolución 000612 de 2024
Autor
Tribunal Superior Militar y Policial
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Penal Militar
Año
2024

REPÚBLICA DE COLOMBIA

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE LA JUSTICIA

PENAL MILITAR Y POLICIAL RESOLUCIÓN NÚMERO Q Q Q 6 1 2 DE 2024 ( O 9 AGO 2024 ) "Por la cual se inactivan los Juzgados 147 y 151 de Instrucción Penal Militar y se dictan otras disposiciones" EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE LA JUSTICIA PENAL MILITAR Y POLICIAL En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por los numerales 2° y 12° del artículo 54 de la Ley 1765 de 2015, numerales 2° y 9° del artículo 7° del Decreto 312 de 2021, y CONSIDERANDO Que los numerales 2° y 12 del artículo 54 de la Ley 1765 de 2015 1 establecen entre las funciones de la Dirección Ejecutiva de la Unidad Administrativa Especial de la Justicia Penal Militar y Policial, las de "Adoptar y proponer según su competencia, las decisiones necesarias para que la Justicia Penal Militar y Policial se imparta oportuna y eficazmente", y "Expedir( ... ) resoluciones y demás actos administrativos necesarios para el adecuado funcionamiento de la Justicia Penal Militar y Policial"; funciones consignadas además en los numerales 2º y 12 del artículo 7° del Decreto 312 de 202l 2· Que con la entrada en operación de los despachos de la segunda fase de implementación del Sistema Penal Oral Acusatorio3, la cual inició de forma definitiva el 01 de julio de

Que con la entrada en operación de los despachos de la segunda fase de implementación del Sistema Penal Oral Acusatorio3, la cual inició de forma definitiva el 01 de julio de 2023; mediante las Resoluciones No. 0004264 y 0004275 del 30 de junio de 2023, se dispuso la suspensión del reparto de algunos Juzgados y Fiscalías de la Ley 522 de 1999 y se ordenó la redistribución total o parcial de su carga laboral a otros, para que continuaran en apoyo en la gestión de los procesos que se adelantan en la jurisdicción 1 "Por la cual se reestructura la Justicia Penal Militar y Policial, se establecen requisitos para el desempeño de sus cargos, se implementa su Fiscalía General Penal Militar y Policial, se organiza su cuerpo técnico de investigación, se señalan disposiciones sobre competencia para el tránsito al sistema penal acusatorio y para garantizar su plena operatividad en la Jurisdicción Especializada y se dictan otras disposiciones". 2 "Por /a cual se fija ta estructura interna de ta Unidad Administrativa Especial de la Justicia Penal Militar y Policial" 3 Decreto 1768 de 2020 "Por el cual se modifica el artículo 2.2.2.2 del Título 2 "Adaptación de medidas para implementar el Sistema Penal Acusatorio en la Jurisdicción Penal Militar", del Decreto 1070 de 2015 "Por el cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Defensa"" 4 "Por medio de la cual se suspende el reparto y redistribuye la carga laboral de unos despachos de la Ley 522 de 1999, que adelantan los procesos contra el personal uniformado de la Fuerzas Militares" 5 "Por medio de la cual se suspende el reparto y redistribuye la carga laboral de unos despachos de la Ley 522 de

1999, que adelantan los procesos contra el personal uniformado de la Fuerzas Militares" 5 "Por medio de la cual se suspende el reparto y redistribuye la carga laboral de unos despachos de la Ley 522 de 1999, que adeíantan los procesos contra el personal uniformado de la Policía Nacional"Hoja Nº 2 de la Resolución Nº O O O 6 1 2 de Ü 9 AGQ 2024 cual se inactivan los Juzgados 147 v 151 de Instrucción Penal Militar v se dictan otras disposiciones" "Por la bajo dicho esquema procesal y finalizada esta labor lograr la inactivación paulatina de estos despachos. Que, bajo estas circunstancias, los Juzgados y Fiscalías de la Ley 522 de 1999, se encuentran en alguna de las siguientes condiciones:

  1. Activos: Despachos que se encuentran con reparto y con procesos en trámite. ii. Inactivos: Despachos que registran carga laboral en cero (O) procesos activos y se les suspende el reparto por acto administrativo. iii. En apoyo a la gestión: Hace referencia aquellos despachos cuyo titular pasó o pasará como Juez o Fiscal en el Sistema Penal Oral Acusatorio, por lo que, mediante acto administrativo, se les suspende el reparto y tienen asignado un número determinado de procesos para gestionar, bien sea, para continuar ateniendo la carga laboral existente en la fecha en la que se dispone la suspensión de su reparto o porque se les redistribuye de otro despacho con igual denominación y competencia legal.

Que si bien la inactivación de los despachos, se predica cuando estando en apoyo a la gestión se ha dado el trámite correspondiente a la totalidad de los procesos a su cargo,

denominación y competencia legal. Que si bien la inactivación de los despachos, se predica cuando estando en apoyo a la gestión se ha dado el trámite correspondiente a la totalidad de los procesos a su cargo, en procura de brindar mayor seguridad jurídica sobre el estado actual de los Juzgados y Fiscalías existentes en la Jurisdicción y de los procesos que surtieron algún trámite en el respectivo Juzgado o Fiscalía, se considera necesario formalizar la referida inactivación mediante acto administrativo. Que, en los artículos 5° y 6° de la Resolución No. 000427 del 30 de junio de 2023, se suspendió el reparto del Juzgado 147 de Instrucción Penal Militar que fue ubicado en Pereira - Risaralda y se le redistribuyeron 50 procesos para gestionar. Que en los artículos 21 y 22 de la Resolución No. 000427 del 30 de junio de 2023, se dispuso la suspensión del reparto del Juzgado 151 de Instrucción Penal Militar de NeivaHuila y la redistribución ce parte de su carga al Juzgado 180 de Instrucción Penal Militar, que para la citada fecha se encontraba ubicado en esa ciudad, de tal forma que el Juzgado 151 continuara atendiendo los 50 procesos más antiguos en el despacho. Que, de acuerdo con el reporte estadístico del mes de julio de 2024, los funcionarios encargados y secretarios de despacho asignados a los Juzgados 147 y 151 de Instrucción Penal Militar de Pereira - Risaralda y Neiva - Huila, registraron la culminación de las gestiones de los procesos, por lo cual la carga laboral se encuentra en cero (O) procesos

Penal Militar de Pereira - Risaralda y Neiva - Huila, registraron la culminación de las gestiones de los procesos, por lo cual la carga laboral se encuentra en cero (O) procesos activos, situación que fue indicada mediante oficios No. 0113 del 26 de junio de 2024 y No. 028 del 30 de mayo de 2024, respetivamente. Que, en consecuencia, corresponde a la Dirección Ejecutiva de la Unidad Administrativa Especial de la Justicia Penal Militar y Policial disponer la inactivación de los Juzgados 147 y 151 de Instrucción Penal Militar y en tal virtud, ordenar que se efectúe la entrega de los archivos que se generaron como consecuencia de las gestiones de los procesos y las coordinaciones con el Grupo Administrativo de la Secretaría General sobre la permanencia o redistribución de los bienes y oficinas asignados, según corresponda. Que, en mérito de lo expuesto, RESUELVE ARTÍCULO 1 º: INACTIVAR el Juzgado 147 de Instrucción Penal Militar de conformidad con lo consignado en la parte considerativa de la presente resolución.

Parágrafo: Los archivos que se generaron por el Juzgado 147 de Instrucción Penal Militar, producto de las gestiones adelantadas en los procesos que continuaron a su cargo, serán entregados al Juzgado 160 de Instrucción Penal Militar de Manizales - Caldas. Lo anterior implica la entrega de los libros de radicación respectivos.Hoja Nº 3 de la Resolución Nº O O O 6 1 2 de Ü 9 AGQ 2024 cual se inactivan los Juzgados 147 y 151 de Instrucción Penal Militar V se dictan otras disposiciones" "Por la

"Por la ARTÍCULO 2° : INACTIVAR el Juzgado 151 de Instrucción Penal Militar de conformidad con lo consignado en la parte considerativa de la presente resolución.

Parágrafo: Los archivos que se generaron por el Juzgado 151 de Instrucción Penal Militar, producto de las gestiones adelantadas en los procesos que continuaron a su cargo, serán entregados al Juzgado 179 de Instrucción Penal Militar de Ibagué - Tolima. Lo anterior implica la entrega de los libros de radicación respectivos.

ARTÍCULO 3 ° : ENTREGA DE LOS BIENES DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL A CARGO DE LOS DESPACHOS Y OFICINAS. Los Juzgados 147 y 151 de Instrucción Penal Militar que se inactivan mediante el presente acto administrado, por conducto del funcionario a cargo y de su secretario deberán coordinar con el Grupo Administrativo de la Secretaría General de la Unidad Administrativa Especial de la Justicia Penal Militar y Policial, la permanencia o redistribución de los bienes y oficinas que tienen a cargo; por tanto, no podrán disponer de éstas sin previa autorización. El reintegro y asignación de los bienes se efectuará mediante las respectivas actas de inventario. ARTÍCULO 4° : VIGENCIA Y DEROGATORIAS. La presente resolución entra en vigencia a partir de la fecha de su expedición, modifica y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias. Y1len osono Zuluaga ,;.. Asesor del Sector Defensa D n ecut1va

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá D.C., a los O g AGO 2024 Alejandro Beltrán Martínez fi' Jefe de la Oficina Asesora Jurídica fi\

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá D.C., a los O g AGO 2024 Alejandro Beltrán Martínez fi' Jefe de la Oficina Asesora Jurídica fi\ sandra M1reya Medina Rodríguez fi,'-Jfik fi'-t,.;;,. Jefe (E) de la Of1c1na Asesora de Planeac1on f ta'ifi Sandra Milena Lara García J-Profesional de Defensa - Oficina Asesora de Planeación

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