TSMP - Resolucion 000736 de 2024
Tribunal Superior Militar y Policial
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- TSMP - Resolucion 000736 de 2024
- Autor
- Tribunal Superior Militar y Policial
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Penal Militar
- Año
- 2024
REPÚBLICA DE COLOMBIA
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE LA JUSTICIA
PENAL MILI TAR Y PO LICIAL RESO LUCIÓN NÚMERO 000736 DE 2024 ( 1 9 SEP 2024 ) "Por la cual se establecen los niveles de responsabilidad con relación al Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Justicia Penal Militar y Policial" EL DIRECTOR GENERAL DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE LA JUSTICIA PENAL MILITAR Y POLICIAL En ejercicio de sus facultades legales especialmente las conferidas por el numeral 3 del artículo 54 de la Ley 1765 de 2015 y el numeral 3 del artículo 7º del Decreto 312 de 2021, y CONSIDERANDO Que el numeral 2º del artículo 2.2.4.6.8 del Decreto No. 1072 de 20151, establece como una de las obligaciones de los empleadores el asignar, documentar y comunicar las responsabilidades específicas en Seguridad y Salud en el Trabajo a todos los niveles de la organización, incluida la alta dirección. Que el parágrafo del artículo 21 del Decreto No. 1295 de 19942, establece las obligaciones del empleador dentro del Sistema General de Riesgos Profesionales. Que, en mérito de lo expuesto, RESUELVE ARTÍCULO 1° ADOPCIÓN. Establecer los niveles de responsabilidad con relación al Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo en la Justicia Penal Militar y Policial enmarcadas dentro del Decreto No. 1072 de 2015, así: 1 Artículo 2.2.4.6.8. Obligaciones de los Empleadores. El empleador está obligado a fa protección de la seguridad y la salud de los trabajadores,
del Decreto No. 1072 de 2015, así: 1 Artículo 2.2.4.6.8. Obligaciones de los Empleadores. El empleador está obligado a fa protección de la seguridad y la salud de los trabajadores, acorde con lo establecido en la normatividad vigente. Dentro del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST en la empresa, el empleador tendrá entre otras, las sigUientes obligaciones: (..,).
2. Asignación y Comunicación de Respons abilidades: Debe asignar, documentar y comunicar las responsabilidades específicas en Seguridad Y Salud en el Trabajo SST a todos los niveles de la organización, incluida la alta dirección;(. . .) 2 ARTÍCULO 21. Obligaciones del Empleador. (. . .) PARÁGRAFO. Son además obligaciones del empleador fas contenidas en fas normas de salud ocupacional y que no sean contrarias a este Decreto.Hoja Nº 2 de la Resolución Nº Q_ O Q 7 j .. 6 . de.. fi fi SEP 2fifi "Por la cual se establecen los niveles de responsabilidad con relaoon al Sistema de Gest1on fiegunclad Y ;ud en el Traba;o de la
Justicia Penal Militar y Policial" l. DEL DIRECTOR GENERAL. • Definir y firmar la política de Seguridad y Salud en el Trabajo a través de documento escrito, la cual deberá proporcionar un marco de referencia para establecer y revisar los objetivos de Seguridad y Salud en el trabajo. • Facilitar la implementación y desarrollo de las actividades de prevención de accidentes de trabajo y enfermedades laborales, así como de promoción de la salud en el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST), de conformidad con la normativa vigente.
accidentes de trabajo y enfermedades laborales, así como de promoción de la salud en el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST), de conformidad con la normativa vigente. • Asignar las responsabilidades específicas en Seguridad y Salud en el Trabajo a todos los niveles de la entidad, incluida la Alta Dirección.
2. DE LA SECRETARÍA GENERAL. • Definir y asignar los recursos financieros, técnicos y humanos necesarios para el diseño, implementación, revisión evaluación y mejora de las medidas de prevención y control, para la gestión eficaz de los peligros y riesgos en el lugar de trabajo. • Garantizar la disponibilidad del recurso humano responsable de la seguridad y la salud en el trabajo, cuyo perfil deberá ser acorde con lo establecido en la normativa vigente y los estándares mínimos que para tal efecto determine el Ministerio del Trabajo. • Definir y asignar los recursos financieros, técnicos y humanos necesarios para que los responsables de la seguridad y salud en el trabajo y el Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo, puedan cumplir de manera satisfactoria sus funciones y obligaciones. • Facilitar la participación de todos los servidores y sus representantes ante el Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo. • Facilitar la asistencia a capacitación de los servidores en todos los aspectos de seguridad y salud en el trabajo. • Con el apoyo del Grupo de Talento Humano, solicitar anualmente la rendición de cuentas a quienes se les haya delegado responsabilidades con relación al Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo. • Facilitar el cumplimiento de la normativa vigente en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo.
cuentas a quienes se les haya delegado responsabilidades con relación al Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo. • Facilitar el cumplimiento de la normativa vigente en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo. • Atender y estudiar la viabilidad a las solicitudes y requerimientos en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo que presente el COPASST o el encargado del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo. • Verificar que se realicen las auditorías internas y/o externas anuales al Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo.Hoja N° 3 de la Resolución Nº Q Q Q 7 3 6 de 1 9 SEP 2024 "Por la cual se establecen los niveles de responsabilidad con relación al Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo de /a Justicia Penal Militar y Policial"
3. DEL GRUPO DE TALENTO HUMANO DE LA SECRETARÍA GENERAL • Verificar que el perfil de las personas responsables de Seguridad y Salud en el Trabajo sea acorde con lo establecido en la normatividad vigente y los estándares mínimos que para tal efecto determine el Ministerio del Trabajo. • Promover la participación de todos los servidores, contratistas y demás colaboradores en la implementación del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo. • Coordinar el diseño del plan Anual del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo y realizar su seguimiento. • Gestionar los recursos del Sistema de Gestión de Seguridad y verificar que se ejecute de acuerdo con los lineamientos establecidos por la Secretaría General y el cronograma del Sistema. • Velar por el cumplimiento de los requisitos legales exigidos en materia de seguridad y salud en el trabajo.
de acuerdo con los lineamientos establecidos por la Secretaría General y el cronograma del Sistema. • Velar por el cumplimiento de los requisitos legales exigidos en materia de seguridad y salud en el trabajo. • Supervisar el desarrollo de los programas de gestión de los riesgos y el funcionamiento del Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo.
4. DEL FISCAL GENERAL PENAL MILITAR Y POLICIAL, LOS MAGISTRADOS DEL TRIBUNAL SUPERIOR MILITAR Y POLICIAL, LOS FISCALES DELEGADOS ANTE EL TRIBUNAL SUPERIOR MILITAR Y POLICIAL, LOS JUECES Y FISCALES DE LA JUSTICIA PENAL MILITAR Y POLICIAL, EL SUBDIRECTOR, DEL DIRECTOR DE LA ESCUELA DE JUSTICIA PENAL MILITAR Y POLICIAL, DE LOS JEFES DE OFICINA Y COORDINADORES DE GRUPO. • Participar en la actualización de la identificación de peligros, evaluación y valoración de los riesgos. • Promover la comprensión y aplicación práctica de la política de Seguridad y Salud en el Trabajo en los servidores y contratistas a su cargo. • Informar sobre las necesidades de capacitación y entrenamiento en Seguridad y Salud en el Trabajo de los servidores a cargo. • En caso de accidente de trabajo, velar por que quien sufrió el accidente reciba atención inmediata y traslado a un centro asistencial en caso de que se requiera. • Participar en la investigación de accidentes e incidentes de trabajo que hubiesen sufrido los servidores, contratistas y colaboradores a su cargo. • Velar porque todos los accidentes e incidentes sufridos por los servidores, contratistas y colaboradores a su cargo, sean reportados, registrados e investigados
sufrido los servidores, contratistas y colaboradores a su cargo. • Velar porque todos los accidentes e incidentes sufridos por los servidores, contratistas y colaboradores a su cargo, sean reportados, registrados e investigados en forma adecuada.Hoja Nº 4 de la Resolución Nº O Ü Ü 7 3 6 de 1 9 Sf P 2024 "Por/a cual se establecen los niveles de responsabilidad con relación al Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Justicia Penal Militar y Policial" • Cumplir y hacer cumplir las políticas, objetivos y normas establecidas con relación al Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo. • Motivar y fomentar la práctica de métodos seguros de trabajo. • Facilitar y estimular la asistencia de los servidores a las capacitaciones que se promuevan desde el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el trabajo. • Promover los hábitos de vida y de trabajo saludables. • Liderar las actividades del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo que le correspondan. • Informar al Grupo de Talento Humano sobre la existencia de condiciones inseguras o peligros que hayan sido identificados en el desarrollo de las actividades.
5. DEL ENCARGADO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO. • Proyectar la Política de Seguridad y Salud en el Trabajo, gestionar su aprobación y darla a conocer a todos los servidores, contratistas y demás colaboradores. • Entregar a la Secretaría General, las modificaciones a las políticas, reglamentos u objetivos del Sistema de Seguridad y Salud en el Trabajo, de acuerdo con los informes de rendición de cuentas y los resultados de los indicadores; con el fin de ser sometidos a aprobación por parte del Comité Institucional de Gestión y
Desempeño.
objetivos del Sistema de Seguridad y Salud en el Trabajo, de acuerdo con los informes de rendición de cuentas y los resultados de los indicadores; con el fin de ser sometidos a aprobación por parte del Comité Institucional de Gestión y Desempeño. • Revisar y actualizar la matriz de riesgos y peligros al igual que el normograma del Sistema de Seguridad y Salud en el Trabajo. • Apoyar el desarrollo del programa de inducción y reinducción en los aspectos de Seguridad y Salud en el Trabajo. • Implementar las medidas de prevención y control con base en el resultado de la identificación de peligros, la evaluación y valoración de los riesgos. • Construir y actualizar manuales, procedimientos, formatos, instructivos e indicadores de gestión relacionados con el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo que sea requerida por la normativa vigente o por normas o estándares que el Ministerio del Trabajo haya adoptado. • Trabajar, en conjunto con los brigadistas, los planes de emergencias, simulacros de evacuación, señalización, actividades y documentos relacionados con el Plan de prevención, preparación y respuesta ante emergencias. • Realizar anualmente la evaluación del Sistema de acuerdo con los estándares mínimos del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo.Hoja Nº 5 de la Resolución Nº o Q Q-7 j 6 • de 1 9 SEP 2024 "Por la cual se establecen los niveles de responsabilidad con relación al Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo de /a Justicia Penal Militar y Policial" • Mantener actualizada la descripción sociodemográfica de los servidores y contratistas. • Reportar a la Administradora de Riesgos Laborales los accidentes y enfermedades laborales.
Justicia Penal Militar y Policial" • Mantener actualizada la descripción sociodemográfica de los servidores y contratistas. • Reportar a la Administradora de Riesgos Laborales los accidentes y enfermedades laborales. • Preparar el Plan de Trabajo Anual de Seguridad y Salud en el Trabajo y el presupuesto necesario para su ejecución y presentarlo al Comité de Gestión y Desempeño para su aprobación. • Reportar los accidentes graves y mortales, así como las enfermedades diagnosticadas como laborales, directamente a la Dirección Territorial u Oficinas Especiales del Ministerio del Trabajo correspondientes, dentro de los dos (2) días hábiles siguientes al evento o recibo del diagnóstico de la enfermedad, independientemente del reporte que se debe realizar a la Administradora de Riesgos Laborales conforme lo establecido en el artículo 2.2.4.1.6. del Decreto No. 1072 de 2015, o la norma que lo sustituya, modifique o adicione. • Elaborar y desarrollar el plan de capacitación del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo. • Establecer programas de vigilancia epidemiológica, de acuerdo con los riesgos presentes. • Reportar al Grupo de Talento Humano, situaciones que puedan afectar la Seguridad y Salud de los servidores, contratistas y demás colaboradores. • Gestionar la realización de los exámenes médicos de ingreso, periódicos, de retiro y post incapacidad para los servidores, haciendo seguimiento a las restricciones originadas en los exámenes médicos ocupacionales. • Mantener actualizados los procedimientos de trabajo seguro y de aquellas actividades que generen riesgos prioritarios. • Ser parte del equipo investigador de incidentes, accidentes de trabajo y enfermedades laborales.
originadas en los exámenes médicos ocupacionales. • Mantener actualizados los procedimientos de trabajo seguro y de aquellas actividades que generen riesgos prioritarios. • Ser parte del equipo investigador de incidentes, accidentes de trabajo y enfermedades laborales. • Ejecutar y dar seguimiento a los planes de mejoramiento derivados de investigaciones de incidentes, accidentes de trabajo y enfermedades laborales. • Atender las visitas de la ARL y de las entidades de vigilancia para la revisión del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo.
- • Atender las auditorías internas y externas, así como realizar el seguimiento y ejecución a los planes de mejoramiento derivados de las acciones correctivas, preventivas y de mejora, que se originen.
Realizar el curso de capacitación virtual de las cincuenta (50) horas sobre el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo, y mantenerlo actualizado con elHoja Nº 6 de la Resolución Nº O O Q 7 3 6 de 1 9 SEP 2024 "Por la cual se establecen los niveles de responsabilidad con relacion al Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Justicia Penal Militar y Policial" curso de las veinte (20) horas de acuerdo con la Circular No. 063 de 2020 del Ministerio del Trabajo.
6. DE LOS SERVIDORES Y CONTRATISTAS. • Conocer y aplicar la Política de Seguridad y Salud en el Trabajo. • Conocer los riesgos de Seguridad y Salud en el Trabajo de sus actividades y aplicar las medidas para controlarlos. • Procurar el cuidado integral de su salud. • Suministrar información clara, completa y veraz sobre su estado de salud. • Cumplir las normas de Seguridad y Salud en el Trabajo y reglamentos propios de la
las medidas para controlarlos. • Procurar el cuidado integral de su salud. • Suministrar información clara, completa y veraz sobre su estado de salud. • Cumplir las normas de Seguridad y Salud en el Trabajo y reglamentos propios de la entidad. • Participar en la prevención de riesgos laborales mediante las actividades que se realicen. • Informar las condiciones de riesgo detectadas al jefe inmediato o al Grupo de Talento Humano. • Reportar inmediatamente todo accidente de trabajo o incidente. • Asistir y participar activamente en el programa de inducción, reinducción y en los cursos de entrenamiento. • Mantener y usar de acuerdo con el estándar los elementos de protección personal requeridos para sus actividades. • Mantener limpio y ordenado el lugar de trabajo. • Cumplir con la programación de los exámenes médicos y paraclínicos. • Aplicar las indicaciones de las hojas de seguridad de las sustancias peligrosas, previa capacitación. • Conocer y utilizar adecuadamente los procedimientos para las tareas asignadas. • Conocer y aplicar normas básicas de seguridad de las herramientas y equipos que se utilicen. • Participar en las actividades de capacitación de Seguridad y Salud en el Trabajo definidas en el plan de capacitación. • Participar y contribuir al cumplimiento de los objetivos del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo.Hoja Nº 7 de la Resolución Nº O Q Q 7 3 6 de l 9 SEP 2024 "Por fa cual se estab lecen tos niveles de responsabilidad con relación al Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en et Trabajo de fa Justicia Penal Militar y Policial" • Participar activamente en la elección de los integrantes del Comité Paritario de
se estab lecen tos niveles de responsabilidad con relación al Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en et Trabajo de fa Justicia Penal Militar y Policial" • Participar activamente en la elección de los integrantes del Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo COPASST y del Comité de Convivencia Laboral.
7. DEL COMITÉ PARITARIO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO • Participar en la elaboración del plan de capacitación y de la matriz de peligros e identificación de los riesgos. • Proponer actividades que procuren ambientes de trabajo saludables para los servidores, contratistas y demás colaboradores. • Participar en las actividades de capacitación en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo. • Vigilar el cumplimiento de las normas en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo que debe realizar la entidad, de acuerdo con el reglamento de Higiene y Seguridad Industrial y las normas vigentes. • Colaborar con el análisis de las causas de los accidentes de trabajo y enfermedades laborales y proponer al Grupo de Talento Humano las medidas correctivas para su ocurrencia. • Visitar, periódicamente, las instalaciones de trabajo e informar al Grupo de Talento Humano sobre la existencia de factores de riesgo y sugerir medidas correctivas o de control. • Estudiar las sugerencias de los servidores en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo. • Actuar como organismo de coordinación entre el coordinador de talento humano y los servidores, en la solución de problemas sobre Seguridad y Salud en el Trabajo. • Revisar las estadísticas de accidentalidad y enfermedades laborales. • Archivar los informes de las actividades que desarrolle en ejercicio de sus funciones y mantenerlos a disposición del Coordinador del Grupo de Talento Humano, los servidores y las autoridades competentes.
- Revisar las estadísticas de accidentalidad y enfermedades laborales. • Archivar los informes de las actividades que desarrolle en ejercicio de sus funciones y mantenerlos a disposición del Coordinador del Grupo de Talento Humano, los servidores y las autoridades competentes. • Reunirse como mínimo una vez al mes de manera ordinaria para tratar temas inherentes a la Seguridad y Salud en el Trabajo y de forma extraordinaria cuando se presente un accidente laboral o contingencia. • Realizar la rendición anual de cuentas.
8. DEL COMITÉ DE CONVIVENCIA LABORAL. • Recibir y dar trámite a las quejas presentadas en las que se describan situaciones que puedan constituir acoso laboral y/o sexual, así como las pruebas que las soportan.Hoja Nº 8 de la Resolución Nº fiolr o 7 3 6 de 1 9 SEP 2024 "Por/a cual se establecen los niveles de responsabilidad con relación al Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Justicia Penal Militar y Policial" • Presentar a la Secretaría General las recomendaciones para el desarrollo efectivo de las medidas preventivas y correctivas del acoso laboral, así como el informe anual de resultados de la gestión y los informes requeridos por los organismos de control. • Hacer seguimiento al cumplimiento de las recomendaciones dadas al Grupo de Talento Humano. • Elaborar informes trimestrales sobre la gestión del Comité que incluyan estadísticas de las quejas, seguimiento de los casos y recomendaciones, los cuales serán presentados a la Coordinación de Talento Hu mano. • Realizar la rendición de cuentas anual.
9. DE LA BRIGADA DE EMERGENCIAS. • Asistir a las capacitaciones programadas para los temas relacionados con la atención de emergencias.
presentados a la Coordinación de Talento Hu mano. • Realizar la rendición de cuentas anual.
9. DE LA BRIGADA DE EMERGENCIAS. • Asistir a las capacitaciones programadas para los temas relacionados con la atención de emergencias. • Divulgar el Plan de Emergencias a todos los servidores, contratistas y demás colaboradores. • Apoyar la actualización del Plan de Emergencias. • Realizar inspecciones de seguridad a las áreas con el fin de identificar peligros y amenazas • Realizar inspecciones de seguridad a los equipos para la atención de las emergencias. • Divulgar y apoyar las actividades de promoción y prevención de enfermedades y accidentes laborales. • Realizar simulacros de evacuación parcial o total de las sedes. • Realizar rendición de cuentas anual.
10. DEL COMITÉ DE INVESTIGACIÓN DE ACCIDENTES E INCIDENTES LABORALES. • Realizar la investigación de los accidentes e incidentes laborales dentro de los 15 días siguientes a su ocurrencia. • Establecer las causas de la ocurrencia de los incidentes y accidentes. • Emitir recomendaciones a fin de evitar la ocurrencia de eventos similares. • Realizar seguimiento junto con el COPASST a la implementación e impacto de las investigaciones de los incidentes y accidentes de trabajo.Hoja Nº 9 de la Resolución Nº Q O O 7 3 6 de 1 9 SEP 2024 "Por la cual se establecen los niveles de responsabilidad con relación al Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo de la
Justicia Penal Militar y Policial"
11. DEL GRUPO ADMINISTRATIVO DE LA SECRETARÍA GENERAL. • Atender las solicitudes en cuanto a adecuación, remodelación, adquisición y mejoras
Justicia Penal Militar y Policial"
11. DEL GRUPO ADMINISTRATIVO DE LA SECRETARÍA GENERAL. • Atender las solicitudes en cuanto a adecuación, remodelación, adquisición y mejoras en las instalaciones locativas, equipos, vehículos, maquinas, herramientas, procesos o procedimientos, de acuerdo con los hallazgos encontrados en las inspecciones de seguridad realizadas por Seguridad y Salud en el Trabajo, el COPASST o el Comité de Investigación de accidentes e incidentes laborales dentro del tiempo establecido. • Comunicar a los servidores, contratistas y demás colaboradores sobre los cambios a efectuar como producto de las adecuaciones, remodelaciones, cambios de equipos, maquinaria y herramientas, en las áreas donde se efectúen, los cuales deben quedar debidamente soportados.
ARTÍCULO 2°. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y se actualizará acorde con los cambios de la normatividad nacional en Seguridad y Salud en el Trabajo.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D.C., a los 1 9 SEP 2024 Norma Clarena Gufirfi. Bfirfieto Secretarla General fiD Maria Constanza Polanco Contreras ...,,_,'= fi1,_·:_ Contratista SG-SSTGrupo de Talento Humáno Secretaría General RÍGUEZ CASAS ,1 c.__/ ' Luz Edith Ochoa Ta bares hn"c;¡A.✓,.:fi-::! ,t/7 Coordinadora Grupo de Taleñto'Fftlmano Secretaría General Paola Andrea Vargas Rueda ·;,;c. __ ·_¡_1 Contratista SG-SST - Grupo de ta'teY,to Humano Secretaría General