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UNESCO - Carta internacional de la educación física 2015

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Detalles

Título
UNESCO - Carta internacional de la educación física 2015
Autor
UNESCO
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Deporte
Año
2015

Declaración de Berlín 2013 Carta Internacional de la Educación Física, la Actividad Física y el Deporte 2015

Apreciados amigos y amigas del deporte, Tener la responsabilidad como director del Departamento Administrativo del Deporte en Colombia ha implicado para mí un gran reto ante el país para brindar herramientas, recursos y programas que garanticen no sólo la atención al alto rendimiento deportivo sino la recreación, la actividad física y el apoyo a la educación física. Es por este motivo que queremos compartir con ustedes dos documentos fundamentales en los que hemos venido trabajando de forma muy comprometida durante los dos últimos años. El primero es la Declaración adoptada por 121 Estados Miembros de la UNESCO en la Quinta Conferencia Internacional de Ministros y Altos Funcionarios de la Educación Física y el Deporte (MINEPS V), aprobada en Berlín, Alemania, el 30 de mayo de 2013, evento que tuve el honor de presidir por designación de la comunidad internacional asistente. La Declaración de Berlín orienta fundamentalmente la labor de los integrantes del Movimiento Deportivo hacia unos compromisos concretos, en busca de incrementar el acceso al deporte como un derecho fundamental para todos y todas y, promueve la inversión en programas deportivos y de educación física, resaltando la preservación de la integridad y la transparencia en el deporte. Así como la Carta Olímpica orienta las acciones del deporte privado en el mundo, la Declaración de Berlín orienta los principios y acciones del Deporte estatal de la mano del Comité Intergubernamental para la Educación Física y el Deporte, todo bajo la sombrilla de Unesco. El segundo documento es el resultado de una Reunión de Expertos de Unesco, llevada a cabo con el respaldo de la Alcaldía de Medellín a través

de su Instituto del Deporte (Inder), para actualizar la Carta Internacional de la Educación Física y el Deporte que no había sido revisada desde 1978. Estos documentos deben servir de apoyo a la estructuración de la Misión y Visión de nuestras instituciones y orientar planes y programas para incrementar la participación del deporte en todas sus manifestaciones y de esta manera motivar su práctica para mejorar la calidad de vida de nuestros habitantes. Les invito a leerlo, compartirlo e implementarlo en sus Instituciones. Andrés Botero Phillipsbourne Director “Transformando una nación a través del Deporte, la Recreación y la Actividad Física”

REPÚBLICA DE COLOMBIA

Juan Manuel Santos Calderón Presidente Canciller María Angela Holguín Cuéllar Ministra de Relaciones Exteriores Presidente de la Comisión Nacional de Cooperación con la UNESCO Andrés Botero Phillipsbourne Director Coldeportes Luis Armando Soto Boutin Director de Asuntos Culturales Secretario Ejecutivo de la Comisión Nacional de Cooperación con UNESCO Ministerio de Relaciones Exteriores Perla Esther Álvarez Hernández Directora Técnica de Recursos y Herramientas del Sistema Coldeportes Observatorio de Buenas Prácticas del Deporte para la Región de América Latina y el Caribe Clemencia Anaya Maya Asesora Relaciones con Organismos Nacionales e Internacionales Coldeportes Texto en español del original en inglés traducido por Unesco. Declaración de Berlín Los Ministros reunidos en la quinta Conferencia Internacional de Ministros y Altos Funcionarios encargados de la Educación Física y el Deporte (MINEPS V), celebrada en Berlín (28-30 de mayo de 2013)

1. Reafirmando los principios fundamentales consagrados en la Carta Internacional de la Educación Física y el Deporte de la UNESCO y en la Carta Olímpica; 2. Recordando la Resolución 67/17, aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 28 de noviembre de 2012, que reconoce el potencial que tiene el deporte para contribuir a la consecución de los Objetivos de Desarrollo del Milenio, el desarrollo sostenible y la paz; 3. Teniendo presentes instrumentos internacionales de derechos humanos como la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer de las Naciones Unidas, la 4 UNESCO / MINEPS V - Declaración de Berlín Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad de las Naciones Unidas, la Convención sobre los Derechos del Niño de las Naciones Unidas, la Convención relativa a la Lucha contra las Discriminaciones en la Esfera de la Enseñanza de la UNESCO y la Convención Internacional contra el Dopaje en el Deporte de la UNESCO; 4. Reafirmando que toda persona debe tener oportunidad de acceder al deporte y participar en él como un derecho fundamental, con independencia de su origen étnico, sexo, edad, impedimentos, procedencia cultural y social, recursos económicos, identidad de género u orientación sexual; 5. Reconociendo el extraordinario potencial del deporte para favorecer la inclusión social; 6. Destacando la importancia de la prevención y la sensibilización para salvaguardar los valores intrínsecos del deporte y fomentar sus beneficios socioeconómicos; 7. Subrayando la función crucial de la educación y la formación de calidad continuas

para los profesores de educación física y deporte y los entrenadores; 8. Preocupados por la distancia que sigue habiendo en muchos países entre los compromisos de sus políticas en materia de educación física y deporte y su cumplimiento; 9. Reconociendo la diversidad de las prioridades y los objetivos que determinan la asignación de recursos a los programas de educación física y deporte por los gobiernos; 10. Reconociendo que la decisión de optar a acoger grandes acontecimientos deportivos, su acogida y la participación en ellos son opciones de política para alcanzar beneficios socioeconómicos relacionados con el deporte; 11. Conscientes de las dimensiones comerciales y económicas del deporte; 12. Resaltando que el desarrollo de una política de educación física y deporte orientada a los resultados atañe a todas las partes interesadas, incluidas las administraciones nacionales encargadas del deporte, la educación, la juventud y la salud; las organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales; las federaciones deportivas y los atletas, así como el sector privado y los medios de comunicación; UNESCO / MINEPS V - Declaración de Berlín 5 13. Conscientes de que, a causa de la implicación de la delincuencia organizada transnacional, el dopaje en el deporte, la manipulación de las competiciones deportivas y la corrupción constituyen una amenaza no solo para el propio deporte sino para la sociedad en su conjunto; 14. Afirmando que las distintas autoridades y partes interesadas nacionales e internacionales deben hacer un esfuerzo concertado para luchar contra las amenazas a la integridad del deporte que suponen el dopaje, la corrupción y

la manipulación de las competiciones deportivas, y que los ministros de deporte desempeñan un papel de liderazgo en la federación de tales esfuerzos; 15. Poniendo de relieve la necesidad de acometer nuevas investigaciones, políticas basadas en datos factuales y procesos de intercambio de conocimientos a escala nacional, regional e internacional; Sobre la base de una consulta mundial con expertos, el Movimiento Deportivo y el Comité Intergubernamental para la Educación Física y el Deporte de la UNESCO, afirmamos lo que sigue1: 16. Hacemos un llamamiento a los Estados Miembros para que redoblen sus esfuerzos encaminados a aplicar los acuerdos e instrumentos internacionales existentes relacionados con la educación física y el deporte, pongan en práctica las recomendaciones de anteriores Conferencias MINEPS y hagan suyas las recomendaciones de acción presentadas en el Anexo siguiente; 17. Invitamos a la Directora General de la UNESCO a presentar la Declaración de Berlín y su Anexo en la 37ª reunión de la Conferencia General de la UNESCO, junto con propuestas de seguimiento y supervisión prácticas elaboradas en colaboración con el Comité Intergubernamental para la Educación Física y el Deporte (GICEPS); 18. Hacemos un llamamiento al GICEPS para que incluya en su programa de trabajo otras cuestiones importantes relativas a la educación física y el deporte que no hayan podido tratarse en profundidad en la presente reunión del Comité, como por ejemplo las diversas manifestaciones de la violencia en relación con el deporte; 19. Invitamos asimismo a la Directora General de la UNESCO a considerar una revisión de la Carta Internacional de la Educación Física y el Deporte de la UNESCO que

refleje nuestras conclusiones y recomendaciones. 1 Véase el glosario para los tecnicismos contenidos en esta Declaración y su Anexo. 6 UNESCO / MINEPS V - Declaración de Berlín Anexo Compromisos concretos y recomendaciones concretas Comisión I El acceso al deporte como derecho fundamental para todos 1.1 Resaltando que la educación física es un punto de partida esencial para que los niños aprendan competencias para la vida y desarrollen pautas de participación en actividades físicas de por vida y comportamientos de un estilo de vida saludable; 1.2 Haciendo notar que la educación física en la escuela y en todas las demás instituciones educativas es el medio más efectivo para dotar a todos los niños y jóvenes de competencias, aptitudes, actitudes, valores, conocimientos y comprensión para su participación en la sociedad a lo largo de la vida; 1.3 Haciendo hincapié en la necesidad de proteger a los niños en todos los programas de educación física y deporte; 1.4 Reconociendo que un entorno incluyente, exento de violencia, acoso sexual, racismo y otras formas de discriminación, es fundamental para la educación física y el deporte de calidad; 1.5 Subrayando que los deportes y juegos tradicionales, como parte del patrimonio inmaterial y expresión de la diversidad cultural de nuestras sociedades, ofrecen oportunidades de mayor participación en y por medio del deporte; 1.6 Resaltando la importancia de incorporar la perspectiva de género, fundamentada en los conceptos de diversidad, libertad de elección y empoderamiento, siempre que se acometan esfuerzos para incrementar la participación de las niñas y las mujeres en y por medio del deporte;

1.7 Destacando que la participación en y por medio del deporte supone también dar entrada a las mujeres en las organizaciones deportivas y en sus cargos directivos; UNESCO / MINEPS V - Declaración de Berlín 7 1.8 Destacando que en las políticas relativas a las personas con discapacidad han cambiado los paradigmas, de un enfoque centrado en las limitaciones a otro basado en el potencial, y de un modelo médico a uno social; 1.9 Haciendo hincapié en el importante papel de la educación, la sensibilización y los medios de comunicación en la promoción de los atletas con discapacidad como modelos de comportamiento; 1.10 Conscientes de que en muchos países la educación física y el deporte no ofrecen a las niñas ni a las mujeres con discapacidad la oportunidad de influir positivamente en sus comportamientos deportivos a lo largo de toda la vida, y de que en muchos países las niñas y las mujeres con discapacidad afrontan múltiples barreras en su acceso al deporte; 1.11 Observando que en la participación en el deporte subsisten desigualdades semejantes a las que existen en la educación, la salud y la distribución de la riqueza, y que son el reflejo de barreras en la provisión de políticas de educación física y deporte incluyentes, por ejemplo la falta de infraestructuras adecuadas y los costos prohibitivos; 1.12 Resaltando que la participación en el deporte es el resultado de numerosos factores individuales y ambientales, como las creencias culturales, los estereotipos, la estigmatización y la discriminación, Nosotros, los Ministros, nos comprometemos a:

1.13 Hacer hincapié en la inclusión de todos los miembros de la sociedad a la hora de trazar políticas de educación física, deporte para todos y deporte de alto rendimiento; 1.14 Velar por que se ofrezcan actividades de educación física de conformidad con las convenciones de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño y sobre los derechos de las personas con discapacidad; 1.15 Velar por que en la enseñanza primaria y secundaria se incluyan, como parte obligatoria, clases de educación física de calidad e incluyentes, preferiblemente a diario, y porque el deporte y la actividad física en la escuela y en todas las demás instituciones educativas formen parte integrante de las actividades cotidianas de los niños y los jóvenes; 1.16 Fortalecer la cooperación entre los gobiernos, las organizaciones deportivas, las escuelas y todas las demás instituciones educativas para mejorar las condiciones de la educación física y el deporte en el ámbito escolar, incluidos el equipamiento y las instalaciones deportivas, así como la provisión de profesores y entrenadores cualificados; 8 UNESCO / MINEPS V - Declaración de Berlín 1.17 Favorecer el importante papel del deporte escolar extracurricular inclusivo en el desarrollo temprano y en la educación de los niños y los jóvenes; 1.18 Proporcionar oportunidades para el deporte y los juegos tradicionales como medio para aumentar la inclusión. Nosotros, los Ministros, hacemos un llamamiento a todas las partes interesadas para que: 1.19 Utilicen el potencial para el voluntariado que ofrece el deporte para fortalecer el apoyo de base amplia a la práctica del deporte en las escuelas y todas las demás

instituciones educativas; 1.20 Revisen la gobernanza del deporte de modo que abarque criterios de inclusión y asegure iguales oportunidades de participar en y por medio del deporte a todos los niveles; 1.21 Insten a las organizaciones de la sociedad civil y a los investigadores a proveer un análisis sistemático de las sinergias entre la política de inclusión y los procedimientos y prácticas de gobernanza del deporte; 1.22 Suministren un entorno seguro y accesible para la educación física y el deporte extracurricular en la escuela y en todas las demás instituciones educativas, en el que cualquier forma de discriminación, incluido el acoso sexual, sea detectada y consecuentemente castigada; 1.23 Se comprometan a reducir las barreras sociales, físicas y de comportamiento y promuevan la inclusión sensibilizando sobre los derechos y las capacidades de todos los niños y adolescentes mediante la educación y los medios de comunicación, luchando contra los estereotipos y compartiendo ejemplos positivos; 1.24 Desarrollen la formación de profesores, instructores y entrenadores para la realización de programas de actividad física incluyentes y adaptados, incluidas oportunidades de formación y empleo para personas con discapacidad, así como apoyo adicional para las personas con necesidades específicas; 1.25 Aseguren, de conformidad con el derecho nacional, instalaciones apropiadas, equipamiento y opciones indumentarias teniendo en cuenta tanto las capacidades como las especificidades culturales,, particularmente para las mujeres y las niñas; 1.26 Desarrollen las condiciones organizativas necesarias para incrementar la presencia de las mujeres en los organismos deportivos y en los cargos directivos, incluyendo,

entre otras cosas: UNESCO / MINEPS V - Declaración de Berlín 9 a) la concesión de fondos condicionada al logro de resultados que beneficien a las mujeres; b) programas de mentoría e incentivos como la concesión de premios para promover los principios de la integración de la perspectiva de género y la gestión de la diversidad; 1.27 Desarrollen iniciativas de educación y sensibilización que apoyen y respeten la inclusión y la diversidad, tales como: a) promover la cobertura mediática y la atención a los grupos desfavorecidos en pie de igualdad con todos los demás; b) aprovechar los ejemplos de buenas prácticas en los grandes acontecimientos deportivos y las campañas mediáticas nacionales en lo relativo a la participación de atletas con discapacidad, así como normas de inclusión tolerantes; 1.28 Integren las siguientes consideraciones en los planes de acción nacionales: a) la concesión de fondos condicionada al logro de resultados que beneficien a personas con discapacidades y a personas de grupos excluidos; b) formación profesional de los profesores, los entrenadores y los líderes deportivos a través de programas de estudio y cursos de certificación normalizados; c) equipamientos que cumplan las normas de seguridad, en cantidad adecuada y suficiente; d) personal de apoyo y voluntarios en número suficiente; e) accesibilidad de las instalaciones deportivas, incluida la información en lenguaje fácil de entender o en Braille, y suministro de interpretación en lenguaje de signos; f) medios accesibles y asequibles de transporte de ida y vuelta a las actividades deportivas; 1.29 Consideren la conveniencia de celebrar competiciones deportivas incluyentes.

10 UNESCO / MINEPS V - Declaración de Berlín Comisión II La promoción de la inversión en programas de deporte y educación física 2.1 Conscientes de que en muchos países los crecientes niveles de inactividad física tienen fuertes repercusiones en la prevalencia de enfermedades no transmisibles y en la salud general del conjunto de la población; 2.2 Destacando que una visión nacional estratégica del deporte y la educación física es un requisito previo para equilibrar y optimizar el impacto de las opciones y prioridades de la política nacional de deporte; 2.3 Resaltando que una inversión sostenida en educación física de calidad no es una opción de política sino un componente fundamental de la filosofía de todos los países en materia de deporte y que las asignaciones presupuestarias no deben desviarse de la oferta pública de programas de educación física; 2.4 Haciendo hincapié en que los datos científicos, los instrumentos normativos y los mecanismos de garantía de calidad acrecientan la eficacia y la sostenibilidad de las políticas de educación física y deporte; 2.5 Reconociendo la conveniencia de dirigirse a los niños y los jóvenes a través de programas de deporte específicamente destinados a ellos, diseñados para reforzar los valores humanos y los comportamientos positivos y contribuir a la reducción de los estilos de vida sedentarios, la delincuencia, la violencia, el abuso de drogas, la infección por el VIH/SIDA y los embarazos precoces, entre otras cosas; 2.6 Destacando la importancia y las contribuciones positivas de los voluntarios y de la sociedad civil a los sistemas de deportes y a los participantes;

2.7 Observando la importancia creciente de la industria deportiva y su papel en el desarrollo económico; 2.8 Observando la importancia cada vez mayor del apoyo que presta el sector privado a la educación física y el deporte; UNESCO / MINEPS V - Declaración de Berlín 11 2.9 Reconociendo el interés público que suscitan los grandes acontecimientos deportivos; 2.10 Conscientes de que los grandes acontecimientos deportivos están sujetos a exigencias cada vez mayores de carácter financiero, técnico y político que pueden desincentivar la postulación a ese tipo de acontecimientos, y que amenazan con impedir que ciertos países se postulen para acoger tales eventos; 2.11 Tomando nota de los datos que demuestran que la acogida de grandes acontecimientos deportivos puede tener beneficios tangibles e intangibles para la sociedad del país anfitrión y el conjunto de su economía; 2.12 Reconociendo la importancia de prever los efectos socioeconómicos sostenibles de los grandes acontecimientos deportivos para diferentes grupos de beneficiarios en los países anfitriones, incluidos los residentes locales; 2.13 Destacando la importancia de incrementar los efectos positivos de los grandes acontecimientos deportivos en lo que se refiere a la participación en el deporte y por medio de éste, creando nuevos programas de deporte y suministrando instalaciones deportivas nuevas o mejoradas; 2.14 Reconociendo que, en la acogida de grandes acontecimientos deportivos, todas las partes interesadas, incluidas las poblaciones locales, deben tomar en consideración las dimensiones sociales, económicas, culturales y ambientales de la sostenibilidad; 2.15 Reconociendo los datos que demuestran que muchos estadios sobredimensionados

no son económicamente viables con posterioridad a los eventos (y generan además gastos de mantenimiento); 2.16 Observando la tendencia, entre los países que se postulan para acoger grandes acontecimientos deportivos, a presentar ofertas cada vez más competitivas e incluso “sobreofertas”, esto es, a incurrir en gastos mayores de lo necesario para sobrepujar a los competidores, y un correspondiente incremento de los costos de acogida, que con frecuencia se infravaloran en los estudios ex-ante; 2.17 Reconociendo que el apoyo político y financiero por parte del sector público y su implicación temprana son requisitos previos para la organización de grandes acontecimientos deportivos desde la etapa de selección del país anfitrión; 2.18 Reconociendo que la participación en el proceso de selección del país anfitrión para acoger un gran acontecimiento deportivo y la publicidad internacional aparejada pueden actuar como catalizadores del desarrollo nacional sostenible, la mejora de la cooperación entre los diferentes grupos sociales y la construcción de la identidad; 12 UNESCO / MINEPS V - Declaración de Berlín 2.19 Poniendo de relieve la importancia de una participación transparente de la comunidad en los procesos de candidatura y realización de grandes acontecimientos deportivos, para evitar que se produzcan cambios no deseados en el entorno vital de los residentes locales, incluido el desplazamiento de poblaciones locales y el subsiguiente aburguesamiento de zonas urbanas; Nosotros, los Ministros, nos comprometemos a: 2.20 Elaborar políticas nacionales de deporte, educación, salud y juventud que se hagan eco de los datos científicos relativos a los beneficios socioeconómicos de la educación

física y el deporte, y de acuerdo con ello compartir las buenas prácticas entre países; 2.21 Considerar la financiación de los programas de educación física y deporte como una inversión segura, que ha de deparar resultados socioeconómicos positivos; 2.22 Invertir en desarrollo comunitario y en infraestructuras accesibles para alentar la actividad física; 2.23 Apoyar el establecimiento de alianzas entre todas las partes interesadas, incluidas las autoridades públicas, los responsables de urbanismo, los padres, los educadores, las organizaciones deportivas y culturales, los entrenadores y los atletas, a fin de desarrollar una visión nacional y prioridades para los programas y las políticas de educación física y deporte; 2.24 Fortalecer el papel de las asociaciones profesionales y de base nacionales, regionales y locales en la ejecución y la garantía de calidad de programas de educación física y deporte; 2.25 Velar por que se elabore una política global en materia de infraestructura deportiva que ofrezca una garantía de calidad de la educación física y el deporte 2.26 Apoyar e impulsar la labor llevada a cabo por la Organización Mundial de la Salud y por otros organismos de las Naciones Unidas acerca de la importancia de la actividad física, sobre todo en la prevención de enfermedades no transmisibles; 2.27 Tratar los grandes acontecimientos deportivos como parte integrante de la planificación nacional de la educación física y el deporte, asegurando que otros programas no sufran desviaciones presupuestarias en aras de la celebración de grandes acontecimientos deportivos o del deporte de alto rendimiento; UNESCO / MINEPS V - Declaración de Berlín 13

2.28 Velar, cuando se acojan grandes acontecimientos deportivos, por la sostenibilidad de las infraestructuras deportivas para la educación física, el deporte para todos y el deporte de alto rendimiento y otras actividades comunitarias, con miras a asegurar que todos los interesados puedan participar en tales eventos y beneficiarse de ellos; 2.29 Desarrollar una política coherente que establezca las condiciones de la planificación y la realización de los grandes acontecimientos y megaeventos deportivos, y de la participación en los procedimientos de elección relativos a ellos. Nosotros, los Ministros, hacemos un llamamiento a todas las partes interesadas para que: 2.30 Apoyen la elaboración de metodologías comunes para medir los efectos socioeconómicos de la educación física y el deporte, por ejemplo a través de cuentas satélite del deporte; 2.31 Intercambien datos comparables sobre los beneficios socioeconómicos de la educación física y el deporte, así como buenas prácticas de programas de educación física y deporte que hayan tenido éxito; 2.32 Diseñen los programas de deporte con prudencia, a fin de alcanzar los resultados deseados y evitar que programas de deporte mal concebidos perjudiquen más que beneficien a los participantes; 2.33 Mejoren el desarrollo profesional inicial y constante de los profesores encargados de impartir educación física; 2.34 Promuevan el desarrollo de diversas vías profesionales relacionadas con la educación física y el deporte; 2.35 Apoyen la transferencia de conocimientos especializados para la producción local de equipamiento de educación física y deporte;

2.36 Aprovechen los grandes acontecimientos deportivos como plataformas para sensibilizar acerca de los problemas sociales y generar oportunidades de intercambio cultural; 2.37 Incorporen en los planes nacionales de desarrollo del deporte la transparencia en la participación, los procesos de candidatura y la acogida de los grandes acontecimientos deportivos, de modo que se asegure que dichos acontecimientos 14 UNESCO / MINEPS V - Declaración de Berlín fortalezcan los programas de educación física y deporte para todos y no signifiquen la reducción del gasto público en estos programas; 2.38 Suscriban un código de conducta voluntario para todas las partes implicadas en el proceso de candidatura y en la acogida de los grandes acontecimientos deportivos; 2.39 Garanticen que la inversión en infraestructuras e instalaciones para los grandes acontecimientos deportivos cumpla con requisitos sociales, económicos, culturales y ambientales, sobre todo mediante la reutilización de las instalaciones existentes, el diseño de nuevas sedes de modo que sea fácil desmantelarlas o reducir su tamaño, y el empleo de instalaciones temporales; 2.40 Aseguren una transferencia efectiva de conocimientos entre los países que fueron anfitriones en el pasado y los que puedan serlo en el futuro, en relación con las oportunidades y los riesgos que lleva aparejados la acogida de grandes acontecimientos deportivos; 2.41 Consideren la celebración de competiciones de escala menor y la acogida compartida de grandes acontecimientos deportivos por más de una ciudad o nación; 2.42 Apoyen la preparación de grandes acontecimientos deportivos y la participación en ellos por equipos de países menos adelantados; 2.43 Publiquen criterios claros para la designación de sedes de grandes acontecimientos

deportivos por parte de todas las organizaciones deportivas internacionales, con miras a aumentar la transparencia; 2.44 Acometan nuevas investigaciones científicas que incluyan estudios a largo plazo de las consecuencias de los eventos, así como estudios sobre la medición de los efectos intangibles y el establecimiento de un análisis de costo-beneficio uniforme en el plano internacional. Nosotros, los Ministros, hacemos un llamamiento a los propietarios de los eventos deportivos para que: 2.45 Determinen los ámbitos en que sería posible suavizar las exigencias de carácter financiero, técnico y político de los grandes acontecimientos deportivos, con el fin de alentar a los países a postular y permitir que más países puedan acoger dichos eventos sin comprometer sus prioridades nacionales y sus objetivos de sostenibilidad; 2.46 Aseguren procedimientos abiertos, inclusivos y transparentes en la elección de los UNESCO / MINEPS V - Declaración de Berlín 15 países anfitriones y la acogida de grandes acontecimientos deportivos, con miras a robustecer la rendición de cuentas de todas las partes interesadas; 2.47 Otorguen, a través de las condiciones exigidas para poder optar a acoger grandes acontecimientos deportivos, una prioridad más alta a todos los aspectos de sostenibilidad y accesibilidad a lo largo de la planificación y la celebración de tales eventos; 2.48 Aseguren mayores oportunidades para los países de cosechar los beneficios socioeconómicos de los grandes acontecimientos deportivos, sobre todo considerando las medidas siguientes: a) límites máximos de costo para las candidaturas; b) límites máximos de capacidad para las instalaciones nuevas;

c) velando por que la responsabilidad financiera del país anfitrión, incluidas las garantías, inversiones y riesgos financieros, no exceda de determinados límites ni tenga un efecto negativo sobre el desarrollo económico del país y de la ciudad de acogida; d) publicando criterios claros para la designación de sedes de grandes acontecimientos deportivos por parte de todas las organizaciones deportivas internacionales, con miras a aumentar la transparencia; e) dando prioridad, en la evaluación de las candidaturas, a los planes de los candidatos para reducir el impacto ambiental, evitar gastos después del evento y favorecer el desarrollo social. 16 UNESCO / MINEPS V - Declaración de Berlín Comisión III La preservación de la integridad del deporte 3.1 Reconociendo que el prestigio global del deporte depende fundamentalmente de la defensa de valores esenciales como el juego limpio, la recompensa del mérito y la incertidumbre en el resultado de las competiciones; 3.2 Reafirmando que las autoridades públicas tienen también la responsabilidad de promover los valores del deporte como parte de la consecución de los beneficios del deporte y su difusión a las personas y las comunidades; 3.3 Observando que la autonomía de las organizaciones deportivas está estrechamente unida a su responsabilidad primordial respecto a la integridad del deporte y la observancia de los principios generales y las normas internacionales de la buena gobernanza; 3.4 Reconocien

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