UNGRD - Plan de Gestión del Riesgo de Desastres de Maria La Baja

UNGRD - Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres

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Detalles

Título
UNGRD - Plan de Gestión del Riesgo de Desastres de Maria La Baja
Autor
UNGRD - Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Desastres Naturales
Año
—

REPUBLICA DE COLOMBIA

DEPARTAMENTO DE BOLÍVAR

ALCALDIA MUNICIPAL DE MARIALABAJA

COMITÉ MUNICIPAL PARA EL CONOCIMIENTO

Y LA REDUCCIÓN DEL RIESGO a

MUNICIPIO DE MARIA LA BAJA

(Departamento de Bolívar) Consejo Municipal para la Gestión del Riesgo de Desastres CMGRD > Plan Municipal De Gestión Del Riesgo De Desastres Del Municipio De María La Baja > Estrategia Municipal Para La Respuesta A Emergencia > Acuerdo Creación Del Fondo Municipal De Gestión Del Riesgo

NOVIEMBRE DEL 2015/

1 1 1 \ 1 1 ! . - -·--. ,.,.,

DECRETO N°

POR MEDIO DEL CUAL SE CRE;(fifi jf;fl j·ir:¡ .-,Í . CtJ'NfiE O MUNICIPAL PARA LA GESTION DEL· . . RIESGO fia filcaldesa del Municipio de MARIA LA BAJA en uso de sus facultadesConstJtucmnales Y Legj¡IPfi y, en especial las conr.en'das p 1 , 1 9º 12º º ' 11 or os arhcu os lº 2º 3° 6º ' ' 1 3 ' 1 5º numeral 1 , 27º 28º Y 29º de la Ley 1523 de 2012 ' ' ' ' CONSIDERANDO: 1. fiue la_ ?estión fiel :Riesgo de Desastres es un proceso social orientado a la formulación,eJecuc1fin, sefimm1ento y evaluación de políticas, estrategias, planes, programas, regulaciones, mstrnmentos, medidas y acciones permanentes para el conocimiento y la·

nfin11fifió_n tlPl r.iefi8 fi y parn . e1 manejo de desastres, cfin el propósito expiidto decontr1fimr a la segundad, el bienestar, la calidad de vida de las personas y al desarrollo sostemble.

2. Que la Gestión del Riesgo se constituye en una política de desarrollo indispensable para asegurar la sostenibilidad, la seguridad ten-itorial, los derechos e intereses colectivos, mejorar la calidad de vida de las poblaciones y las comunidades en riesgo y, por lo tanto, está intrínsecamente asociada con la planificación del desarrollo seguro, con la gestión ambiental territori"al ·sostenible, en todos los niveles de gobierno y la efectiva participación de la población.

3. Que la Gestión del Riesgo es respm1sabilidad de todas las autoridades y de los habitantes del territorio colombiano. En cumplimiento de esta responsabilidad, las entidades públicas, privadas y comunitarias desarrollarán y ejecutarán los procesos de gestión del riesgo, entiéndase: conocimiento del riesgo, reducción del riesgo y manejo de desastres, en el marco de sus competencias, su ámbito de· actuación y su jurisdicción, como componentes del

Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres.

4. Que el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, es el conjunto de entidades públicas, privadas y comunitarias, de políticas, ,normas,

procesos, recursos, planes, estrategias, instrumentos, mecanismos, asi como la información atinente a la temática, que se aplica de manera organizada para garantizar la gestión del riesgo en el pais. · .iJ r:¡'.:.}:fifi-fifi·_!t,.:r·-/'r'fifit,fifififi\ .. -,·:fififi-fi.:,;fi,,:fifi.:?? -fi!:fifiJ..'.'..!tfi:fi:iifi.!'.fi!fifir.tfifififi , , .. fififififififi-.•. i1fifi -fifi1fi'!t-;t•;:-,'.·"•. · Oir. Plaza Principal, Calle 20 con Kra 14 esquina, Palacio Municipal• Telefax: 626 12 59 · educacion@marlalabaja-bolivar.gov.co • Página WEB:www.marlalabaja-bolivar.gov.co/ . :.:. fi· }:'..fi;:; ... ·fi-- 1,i ?'·:....fifi:fi --.:;•,'f-4..'_,'-:- ....... m: ' •. =-.fi.,..,-""::;-.fifip;::::);.fi·nw.'-l.:fir!.\fi .... fi(f,;!tfi-fi!":\'-,:fi-.,.t',1."t'.fi:·fi,fi:fi·":1:fi.fififitr>fi-q·fi ¡¡:fifi"fi-· -fifi;;:-::....;w$fi :'"t:fil:flitfifi·z;: ... ·\"'.t-,#::_¡.,;;:! <i:" fi-iJ_fifi{.,?-.;.i.§Jfi:-fi'; fil.';"fit.·' t,. . ..,_.·fi fi?;;:_:fifi.:-::. ;.,: .fi·· r

.....DEPARTAMENTO DE BOLÍVAR

SECREATAíUA DE SALUD MUNICIPAL

MARIA LA BAJA

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.....DEPARTAMENTO DE BOLÍVAR

SECREATAíUA DE SALUD MUNICIPAL MARIA LA BAJA fi·fi--fifi·-·=-· "º'""·;?-·JfiU:.-fi"'º9..:.fi"t1fifi.§-fi .. ,..fi ,.<,. fi ...... 5Que fis deber de las autoridades P:oteger la vida e integridad física y mental, los b1fines fi l?s derechos colectivos a la seguridad, la tranquilidad y lasalfibn?ad Pfibltcas Y a gozar de un ambiente sano, de los residentes en elterntono nac.,ofial frente a posibles desastres o fenómenos peligrosos queamenacen o infieran daño a los valores enunciados.

6. Que todas las personas l'laJurales tendrán la misma ayuda y el mismo trato al:ometto de. atendérseles con ayuda humanitaria, en las s ituaciones de. esas re y peligro que desarrolla esta ley. 7 · O fie. todas lfis personas naturales y ·jurídicas, sean estas últimas de derechopublico o privado, apoyarán con acciones humanitarias a las situaciones dedesastre y peligro para la vida o la salud de las personas.

8. Que toda persona natural o jurídica, bien sea de derecho público o privado,t1enfi e1 aeoer ae_ aofiptar las medidas necesarias para una adecuada gestióndel nesfifi en su amb1to personal y funcional, con miras a salvaguardarse, quees cond1c1ón necesaria para el ejercicio de la solidaridad social.

9. Que es deber de las autoridades Municipales y entidades del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres evitar la configuración de nuevos escenarios de riesgo mediante la prohibición taxativa de la ocupación permanente de áreas expuestas y propensas a eventos peligrosos, es fundamental para la planificación ambiental y territorial sostenible.

de Gestión del Riesgo de Desastres evitar la configuración de nuevos escenarios de riesgo mediante la prohibición taxativa de la ocupación permanente de áreas expuestas y propensas a eventos peligrosos, es fundamental para la planificación ambiental y territorial sostenible. 1 O. Que es deber de las autoridades Municipales y entidades del Sistema Nacional de Gestión del Riesgó .de · Desastres, reconocer, facilitar y promover la organización y participación de comunidades étnicas, asociaciones cívicas, comunitarias, vecinales, benéficas, de voluntariado y de utilidad común. Es deber de todas las personas hacer parte del proceso de gestión del riesgo en su comunidad.

11. Que el Alcalde como Jefe de la Administración tiene el deber de poner en marcha y mantener la continuidad de los procesos de gestión del riesgo de desastres en el Municipio, así como integrar en la planificación del desarrollo municipal, acciones estratégicas y prioritarias en materia de gestión del rie sgo, especialmente a través del plan de desarrollo municipal y demás instrumentos de planificación bajo su responsabilidad.

Jl/OJlENTl!.DAD Y <COJJ{ftP!llOJJU!lSO, .S<OXC!/A.IL ·-fifi···fi:ifi":i;4}:.- fifi•-:---r:fi:fi}:'fifi:.fi;;;S ;fi.,-;·fi-fifi fifiJfififiltf<!:,rfifififiW-?lfififififi.f.:fifififififififififififi'.f(.,tfijfi:fifi-t?....,., Dir. Plaza Principal, Calle 20 con Kra 14 esquina, Palacio Municipal• Tetefax: 626 12 59 • . . educacion@marialabaja-botiyar.gov.co

Dir. Plaza Principal, Calle 20 con Kra 14 esquina, Palacio Municipal• Tetefax: 626 12 59 • . . educacion@marialabaja-botiyar.gov.co • Página WEB :www.marlalabaja-bollvar.gov.co/ .. . . , , , . . . . \:·· ·'\-'....--; , : ;;.·,.¡:}fi:fi- ,tfi:\:"fifi-·::;fi.h;,:.;,\ e· ---p'fit-. -fi?-<:-·fi· ·:-.;:·-fi.1?;:7:fi·fil fifi! t:"fi,;.,...,fififi:#'.'iflHt:fi"?.,:i'fi"l-•fifir;;:"'?'.Afi/JS".1fi,;.io.: fifi-Gfi':"'(fi$fifi··4r'\Tfi-!t}:fifif¡¡_-:,,H)f:'Yfifi-.. ;\1f.=·fi-,¡fi·'t·'fif'"-t:;;.;; ... fifififi"';"-'!;rfifi:·,:,· .. ;:,:.fifi.p1fi.;,,.,.fi-::-: .;,,;.fi-. fi-1 MAK.lA LA BAJA , NIT. 800.095.466·8 'fifi.t.,fififififi,:r:fi .... fi·,;c,,:>!,'!lr)M'l1"'S·, .. -,..fi..-,,.,,fifififififi·fi¡;:,:fi,-..fiJi"Y. ·f/'fifi"t"'fi'?"fi,..,!,8;'fi(#'1'fi""':"''$':;:'<',;,<'•y,',/•f?-;•· .... -;;. 1 ·'r.'.: , • ., .fi·-:·; ''l.' fi' "'"' En virtud de lo anterior,

DECRETA:

CAPITULO PRIMERO

En virtud de lo anterior,

DECRETA: CAPITULO PRIMERO DE LAS INSTANCIAS DE DIRECCIÓN Y COORDINACIÓN DEL CONSEJO yC'OUJTGfi .Dlii GESTIÓN DEL RIESGO, INTEGRACIÓN 'y FUNCIONE§ fifiTififiLO PfiIMERO: lfistancias de Dirección Nacio.nales.- Son Instancias deirecci n del Sistema Nacional de Gestión dfiI Riesgo en el Departamento:

1. El Presidente de la República, como suprema autoridad administrativa del País.

2. El Director de la. Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastre, cornoagente del Presidente de la República en todos los asuntos relacionados. con la materia con la Gestión de1 Riesgo. 3 .. El Alcalde, corno conductor del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo en elMunicipio.

ARTÍCULO SEGUNDO: Instancias de Dirección Municipal.- Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley 1523 de 2012, el Municipio de María La Baja contará con las siguientes instancias de coordinación y orientación, cuyo propósito es optimizar el desempeño de las diferentes entidades públicas, privadas y comunitarias en la ejecución de acciones de gestión del riesgo.

1. Consejo Municipal para la Gestión del Riesgo.

2. Comité Municipal para la Reducción del Riesgo.

3. Comité Municipal para el Manejo de Desastres.

ARTÍCULO TERCERO: Consejo Municipal Gestión del Riesgo.- Crease el Consejo Municipal de Gestión del Riesgo como la instancia superior de coordinación, asesoría, pláneación y seguimiento, destinados a garantizar la efectividad y articulación de los procesos de conocimiento del riesgo, de reducción del riesgo; y de manejo de

Municipal de Gestión del Riesgo como la instancia superior de coordinación, asesoría, pláneación y seguimiento, destinados a garantizar la efectividad y articulación de los procesos de conocimiento del riesgo, de reducción del riesgo; y de manejo de desastres y calamidad públicfi. el cual quedará integrado así:

1. El Alcalde o su delegado, quien lo preside y lo convoca.

2. El Secretario de Salud, quien podrá delegar en un segundo en el orden jerárquico. (!. :\.fif:,.\ ¡:-fifi\!'l{Lo.f:·. \itfififi5:Jfi:p!fy't"fi'1<,!."iW _ A'w.fi'°!'f'$·fifiwfifi-fi'!fi'fi!:"'tfififi:;;;_fifififiA!fi":'fi.{[fi:fififififi:fi:>:.1f.t:fifi{fi:,_m·fi;fifififififirfi::fifi-, ·--fi:;:fi 1; .,,

Oír. Plaza Principal, Calle 20 con Kra 14 esquina, Palacio Municipal• Telefax: 626 12 59 educacion@marialabaja-bollvar.gov.co • Pagina WEB:www.marialabaja-bolivar.gov.co/ . . .... _. . _ . _ . . . _

Oír. Plaza Principal, Calle 20 con Kra 14 esquina, Palacio Municipal• Telefax: 626 12 59 educacion@marialabaja-bollvar.gov.co • Pagina WEB:www.marialabaja-bolivar.gov.co/ . . .... _. . _ . _ . . . _ ,, . fi- -: • .,_. .• };i'.;{fi·•,r:\.,'."t''fi ' .. ¿·::"' :",•·:fi ,;fifi-;l'C"'"·-fifi:';rt,:"fi"':..'.;?.'t." ifi;fifi:-·:mffifi..;!-=fififi::!fi?l;:';':f¡'fi.r·fi-.. -·:fifi:l'::l;fi:fi .. --s..nc,::;,-fifi;fifi:ff!'-"it: .. fifififi-?-:n"0fi"fi;;!1:!'"' s--0-fi,_:-;:fifi(,>Ifififi:. ·fi.r, .. h:/tfifi'.'<f("!':fifi .. fi;;-· ':'•fi;-fi· :r:,:." ..... ,...._.¡ f• 1

LDEPARTAMENTO DE BOLÍVAR

SECREATARIA DE SALUD MUNICIPAL

MARIA LA BAJA

NIT. 800.095.466-8

3. El Secretario de Planeación-y Obras Públicas, quien podrá delegar en un segundo en el orden jerárquico.

4. El Coordinador de servicios públicos o sus delegados.

5. El Director de la UMATA.

6. Un Técnico Ambiental o quién haga sus veces en el municipio. 7. El Director o quien haga sus veces de la Defensa Civil Colombiana del Municipio.

8. El Gerente del Hospital Municipal de María La Baja o su. delegado.

9. El Comandante del Cuerpo de Bomberos o su delegado. 10: El Comandante de la Policía Municipal o su delegado,

8. El Gerente del Hospital Municipal de María La Baja o su. delegado.

9. El Comandante del Cuerpo de Bomberos o su delegado. 10: El Comandante de la Policía Municipal o su delegado, 11, El Comandante de la Unidad Militar o su delegado.

Parágrafo 1°. El Consejo deGestión del Riesgo del Municipio podrá invitar a sus sesiones a técnicos, expert6s, profesionales, representantes de gremios o universidades para tratar temas relevantes a la gestión del riesgo. Así mismo, podrán convocar a representantes o delegados de otras organizaciones o a personalidades de reconocido prestigio y de relevancia social en su respectiva comunidad para lograr una mayor integración y respaldo comunitario en el conocimiento y las decisiones de los asuntos de su competencia. Parágrafo 2°. El Consejo de Gestión del Riesgo del Municipio podrá crear comisiones técnicas asesoras permanentes o transitorias para el desarrollo, estudio, investigación, asesoría, seguimiento y evaluación de temas específicos en materia de conocimiento y reducción del riesgo y manejo de desastres, así como de escenarios de riesgo específicos. • Parágrafo 3°. La Secretaría del Consejo la ejercerá la Secretaría de Gobierno o quien haga sus veces.

ARTÍCULO CUARTO: Funciones Generales del Consejo Municipal. Son funciones del Consejo Municipal las siguientes:

1. Orientar y aprobar las polítrcas de gestión del riesgo y su articulación con los procesos de desarrollo.

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1. Orientar y aprobar las polítrcas de gestión del riesgo y su articulación con los procesos de desarrollo.

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Din Plaza Principal, Calle 20 con Kra 14 esquina, Palacio Municipal Telefax: 626 12 59 educacion@rriarialabaja-bolivar.gov.co 'Página WEB:www.marialabaja-bolivar,gov,c0/NIT. 800.095.466-8

2. Aprobar el plan Municipal de gestión del riesgo de desastres y calamidad pública,

3. Aprobar la Estrategia Municipal de respuesta a emergencias. 4. .Emitir concepto previo para la declaratoria de situación de calamidad pública y retorno a la normalidad. z. msesorar al Alcalde en los temas y elementos necesarios para motivar la declaratoria calamidad pública de que trata el artículo 57 de la Ley 1523 de 2012.

6. Elaborar y coordinar la ejecución del Plan de Acción Específico para la recuperación posterior a situaciones calamidad pública de que trata el articulo 61 de la Ley 1523 de 2012

7. Establecer las directrices de planeación, actuación y seguimiento de la gestión del riesgo. o. c-jercer er seguimiento, evaluación y control del Proceso de Gestión y los reSuitadól de las políticas de gestión del riesgo.

9. Expedir su propio reglamento.

CAPITULO SEGUNDO

COMITÉS DE GESTIÓN DEL RIESGO, INTEGRACIÓN Y FUNCIONES ARTÍCULO QUINTO: Comités Municipales para la Gestión del Riesgo. Créanse los Comités Municipales para la Gestión del Riesgo, de que trata el artículo 61 de la Ley 1523 de 2012, como instancias de asesoría, planeación y seguimiento,

los Comités Municipales para la Gestión del Riesgo, de que trata el artículo 61 de la Ley 1523 de 2012, como instancias de asesoría, planeación y seguimiento, destinadas a garantizar la efectividad y articulación de los procesos de conocimiento, de reducción del riesgo y demanejo de desastres y calamidad pública, bajo la dirección del coordinador de Gestión del Municipio. ARTICULO SEXTO.- Comité Municipal para el Conocimiento y la Reducción del Riesgo. Créase el Comité Municipal para el Conocimiento y la Reducción del Riesgo como una instancia que asesora y planifica la implementación permanente de los procesos de Conocimiento y reducción del riesgo de desastres. Está integrado por:

1. El Secretario de Planeación y Obras Públicas o su delegado.

2. El Secretario de salud o su delegado.

3. Un Técnico Ambiental o quién haga sus veces en el municipio.

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Cir. Plaza Principal, Calle 20 con Kra 14 esquina, Palacio Municipal • Telefax: 626 12 59 educacion@rnarialabaja-bolivar.gov.co • Página WEB:~tw.marialabaja-bolivar.gov.co/reumu" i4 supum NIT. 800.095.466-8

4. El Director o quien haga sus veces de la Defensa Civil Colombiana del Municipio,

5. El Comandante del Cuerpo de Bomberos o su delegado.

Parágrafo 1°. El comité podrá invitar a representantes de otras entidades públicas, unh‘orc;claciec púbhcos y privadas, que tengan en SUS programa§ cle maestrías o de doctorados en manejo, administración y gestión del riesgo, debidamente aprobado por el Ministerio de Educación Nacional o de organismos no gubernamentales, que serán convocados a través de la Secretaría. Parágrafo 2°. La Secretaría del Comité la ejercerá la Secretaría de Gobierno o quien haga sus veces. ARTICULO SEPTIMO. FUNCIONES.- Son funciones del Comité Municipal para el Cul ;vilo -viento y la ReC/UCCiÓrt del Riesgo las siguientes:

Para el conocimiento del riesgo:

1. Orientar la formulación de políticas que fortalezcan el proceso de conocimiento del riesgo en el Municipio.

2. Orientar la identificación de escenarios de riesgo en sus diferentes factores: amenazas, vulnerabilidades, exposición de personas y bienes.

3. Orientar la realización de análisis y la evaluación del riesgo en el municipio.

4. Orientar las acciones de monitoreo y seguimiento del riesgo y sus factores.

5. Asesorar el diseño del Proceso de conocimiento del riesgo en el Municipio como componente del Sistema Nacional.

6. Propender por la articulación entré el proceso de conocimiento del riesgo con el proceso de reducción del riesgo y el de manejo de desastres y calamidad pública.

7. Propender por la armonización y la articulación _de las acciones de gestión ambiental, adaptación al cambio climático y gestión del riesgo.

8. Orientar las acciones de comunicación de la existencia, alcance y dimensión del riesgo al Sistema Nacional y la sociedad en general.

ambiental, adaptación al cambio climático y gestión del riesgo.

8. Orientar las acciones de comunicación de la existencia, alcance y dimensión del riesgo al Sistema Nacional y la sociedad en general.

.125=7D.AD co.~M.M0 SOCIAL Dir. Plaza Principal, Calle 20 con Kra 14 esquina, Palacio Municipal Telefax: 626 12 59 educacton©marialabaja.bolivar.gov.co Página WEB:www.marialabaja-bolivar.gov.colsa•Ue rturv 1,./C DULIVAK

SECREATARIA DE SALUD MUNICIPAL

MARIA LA BA3A

NIT 800.095.466-8

9. Orientar la articulación de la política de gestión del riesgo municipal con el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo, el Sistema Nacional de Ciencia y Tecnología y el Sistema Nacional Ambiental. 10.0rientar la formulación, implementación, seguimiento y evaluación del Plan Municipal para la gestión del riesgo, con énfasis en los aspectos del conocimiento del riesgo. 11.orientar la formulación, implementación, seguimiento y evaluación de la

Estrategia de Respuesta a Emergencias.

12. Orientar la formulación del Plan de Acción Especifico para la recuperación posterior a situación de desastre o calamidad pública.

13. Fomentar la apertura de líneas de investigación y formación sobre estas temáticas en las instituciones de edlicación superior.

14. Formular lineamientos para el manejo y transferencia de información y para el diseño y operación del Sistema Municipal de Información para la Gestión del

Riesgo.

Para la Reducción del Riesgo:

15. Orientar la formulación de políticas que fortalezcan el proceso de reducción del riesgo en el Municipio. 16.Orientar y articular las políticas y acciones de gestión ambiental, ordenamiento

Riesgo.

Para la Reducción del Riesgo:

15. Orientar la formulación de políticas que fortalezcan el proceso de reducción del riesgo en el Municipio. 16.Orientar y articular las políticas y acciones de gestión ambiental, ordenamiento • territorial, planificación del desarrollo y adaptación al cambio climático que contribuyan a la reducción del riesgo de desastres y calamidades públicas.

17. Orientar las acciones de intervención correctiva en las condiciones existentes de vulnerabilidad y amenaza.

18. Orientar la intervención prospectiva para evitar nuevas condiciones de riesgo.

19. Orientar y asesorar el desarrollo de políticas de regulación técnica dirigidas a la reducción del riesgo.

20. Orientar la aplicación de mecanismos de protección financiera: Seguros, créditos, fondos de reserva, bonos, entre otros.

•

inE47217DAD Tz" COMP:ROMISO SOCIAL

Oír. Plaza Principal, Calle 20 con Kra 14 esquina, Palacio Municipal # Telefax: 626 12 59 educacion@marialabaja-bolivar,gov.co • Página WEB:wv‘w.marialabaja-bolivar.gov.cofw ren.

SECREATARIA DE SALUD MUNICIPAL

MARIA LA BA3A NIT. 800.095.466-8 21.Asesorar el diseño del proceso de reducción del riesgo municipal como componente del Sistema Ñacional. 22, Propender por la articulación entre el proceso de reducción del riesgo con el prorpsnrl nnnrimiento del riesgo •y el de manejo de desastres y calarnid-ad pública.

23. Orientar la formulación, implementación, seguimiento y evaluación del Plan Municipal para la Gestión del Riesgo, en los aspectos.de reducción del riesgo y preparación para la recuperación.

23. Orientar la formulación, implementación, seguimiento y evaluación del Plan Municipal para la Gestión del Riesgo, en los aspectos.de reducción del riesgo y preparación para la recuperación.

24. Orientar la formulación de los Planes de Acción Específicos para la recuperación posterior a situación de desastre o calamidad pública.

25. Expedir su propio reglamento.

ARTICULO OCTAVO: Comité Municipal para el Manejo de Desastres y Calamidad Pública. Créase el Comité Municipal para el Manejo de Desastres y Calamidad Pública como una instancia que asesora y planifica la implementación permanente del proceso de manejo de desastres con las entidades del Sistema

Nacional.

1. El Secretario de Planeación o su delegado.

2. El Secretario de Salud o su delegado.

3. EL Secretario de Gobierno o su delegado.

4. El Comandante de la jurisdicción de la Armada o su delegado

5. El Comandante de la Policía o su delegado.

6. El Director o quien haga sus veces de la Defensa Civil o su delegado.

7. El Director del Hospital o su delegado.

8. El Comandante del Cuerpo de Bomberos o su delegado.

Parágrafo 1°. El Comité podrá invitar a representantes de otras entidades públicas, privadas o de organismos no gubernamentales, que serán convocados a través de la Secretaría. ./71;YE1Y7D,12) tCOMPDJWJSO SOCIAL Dir. Plaza Principal, Calle 20 con Kra 14 esquina, Palacio Municipal • Telefax: 626 12 59 educacion/Drnarialabaja-bolivar,gov.co • Página WES:www.marialabaja-bolivar.gozcofDEPARTAMENTO DE BOLÍVAR

SECREATARIA DE SALUD MUNICIPAL

educacion/Drnarialabaja-bolivar,gov.co • Página WES:www.marialabaja-bolivar.gozcofDEPARTAMENTO DE BOLÍVAR

SECREATARIA DE SALUD MUNICIPAL MARIA LA BAJA NIT. 800 095 466-8

1,..T •••• Parágrafo 2°. La Secretaría del Comité la ejercerá la Secretaría de Gobierno o quien haga sus veces.

NOVENO: FUNCIONES. Son funciones del Comité Municipal para el Manejo de 0..votteo rezo il.jutiltCb.

1. Orientar la formulación de políticas que fortalezcan el proceso de manejo de desastre.

2. Asesorar la formulación de.la-Estrategia Municipal de Respuesta a Emergencias.

3. Asesorar la ejecución de la respuesta a situaciones de desastre o calamidad pública con el propósito de optimizar la atención a la población, los bienes, ecosistemas e f nfraestructura y la restitución de los servicios esenciales.

4. Orientar la preparación para la recuperación, entiéndase: rehabilitación y reconstrucción en situaciones de desastre o calamidad piklica.

5. Asesorar la puesta en marcha de la rehabilitación y reconstrucción de las condiciones socioeconómicas, ambientales y físicas, bajo criterios de seguridad y desarrollo sostenible en situaciones de desastre o calamidad pública.

6. Coordinar con el Comité de Reducción del Riesgo de manera que la reconstrucción no reproduzca las condiciones de vulnerabilidad.

7. Asesorar el diseño del proceso de manejo de desastres y calamidad pública municipal como componente del Sistema Nacional.

8. Propender por la articulación entre el proceso de manejo de desastre y calamidad

reconstrucción no reproduzca las condiciones de vulnerabilidad.

7. Asesorar el diseño del proceso de manejo de desastres y calamidad pública municipal como componente del Sistema Nacional.

8. Propender por la articulación entre el proceso de manejo de desastre y calamidad pública con el proceso de conocimiento del riesgo y el de reducción del riesgo.

9. Orientar la formulación, implementación, seguimiento y evaluación del Plan Municipal para la Gestión del Riesgo Con énfasis en los aspectos de preparación para la respuesta y recuperación en caso de desastre o calamidad pública.

10. Expedir su propio reglamento.

IDZA 72711,AD YCOMP.zEOMIGO SOCIAL - •

Dir. Plaza Principal. calle 20 con Kra 14 esquina. Palacio Municipal • Telefax: 626 12 59 educacion@,marialabaja-bolivar.gov.co • Página WEB:www.marialabaja-bolivarsov.co/•

SECREATARIA DE SALUD MUNICIPAL

MARIA LA BAJA

NTT R00.095.466-8

ARTICULO DECIMO: Las funciones del Consejo y de los Comités Municipales que se crean y establecen mediante el presente decreto se entenderán para las situaciones de desastres o calamidad pública.

ARTICULO DECIMO PRIMERO: COORDINACION DEL CONSEJO MUNICIPAL.- La Coordinación del Consejo Municipal de Gestión del Riesgo estará a cargo de La Secretaría de Planeación comuNIQUESE Y CUMPLASE Dado en el despacho de la Alcaldía Municipal de María la Baja a los nueve (9) días del mes de agosto del dos mil doce (2012).

DIANA IfiAt( LIA DE GUZALES

Alcaldesa Municipal De María La Baja •

Dado en el despacho de la Alcaldía Municipal de María la Baja a los nueve (9) días del mes de agosto del dos mil doce (2012).

DIANA IfiAt( LIA DE GUZALES

Alcaldesa Municipal De María La Baja • .1~177A.22) com2P2omiso SOCZL Dir. Plaza Principal, Calle 20 con Kra 14 esquina, Palacio Municipal% Telefax: 626 12 59 educacion@rnarialabaja-bolivar.gov.co • Página WEB:www.marialabaja-bolivangov.cofREPUBLICA DE COLOMBIA

DEPARTAMENTO DE BOLÍVAR

ALCALDIA MUNICIPAL

MARIA LA BAJA

NIT. 800.095.466-8

Señor: LUIS CAMILO BELLO PÁJARO Presidente y demás miembros del Honorable Concejo Municipal María la Baja — Bolívar Referencia: Exposición de Motivos Proyecto de Acuerdo "POR MEDIO DEL CUAL SE CREA, CONFORMA Y ORGANIZA EL FONDO DE GESTION DE RIESGOS DE DESASTRES DEL

MUNICIPIO DE MARIA LA BAJA".

HONORABLES CONCEJALES: La gestión del riesgo se constituye en una política de desarrollo indispensable para asegurar la sostenibilidad, la seguridad territorial, los derechos e intereses colectivos, mejorar la calidad de vida de las poblaciones y las comunidades en riesgo y, por lo tanto, está intrínskamente asociada con la planificación del desarrollo seguro, coh la gestión ambiental territorial sostenible, en todos los niveles de gobierno y la efectiva participación de la población.

La gestión del riesgo es responsabilidad de todas las autoridades y de los habitantes del territorio colombiano y en cumplimiento de esta responsabilidad, las entidades públicas, privadas y comunitarias

de gobierno y la efectiva participación de la población. La gestión del riesgo es responsabilidad de todas las autoridades y de los habitantes del territorio colombiano y en cumplimiento de esta responsabilidad, las entidades públicas, privadas y comunitarias desarrollarán y ejecutarán los procesos de conocimiento del riesgo, reducción del riesgo y manejo de desastres, en el marco de sus competencias, su ámbito de actuación y su jurisdicción, como componentes del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres. la Administración Municipal en cabeza de el alcalde es la instancia de dirección y coordinación del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo en el territorio donde preside y tiene el deber de poner en marcha y mantener la continuidad de los procesos de gestión del riesgo de desastres, así como integrar en la planificación del desarrollo Municipal, acciones estratégicas y prioritarias en materia de gestión del riesgo, especialmente a través del plan de desarrollo y demás instrumentos de planificación bajo su responsabilidad. La administración Municipal por intermedio de la ley 1523 del 2012 debe adoptar la política pública de gestión del riesgo de desastres en el Municipio, lo que hace necesario dotar a la administradón municipal de mecanismos de financiación necesarios que le permitan desarrollar e implementar la política de gestión del riesgo en el territorio con el propósito de contribuir a la seguridad, el bienestar, la calidad de vida de sus habitantes y al desarrollo sostenible de la región. Es así que solicito de una manera comedida y respetuosa, ante el Honorable Concejo municipal, se apruebe, este proyecto de acuerdo y cumplir entonces, con lo propuesto en mi programa de gobierno,

IDENTIDAD Y COMPROMISO SOCIAL.

Teniendo en cuenta lo anterior, de manera comedida, someto a consideración de ustedes el proyecto

apruebe, este proyecto de acuerdo y cumplir entonces, con lo propuesto en mi programa de gobierno,

IDENTIDAD Y COMPROMISO SOCIAL.

Teniendo en cuenta lo anterior, de manera comedida, someto a consideración de ustedes el proyecto de Acuerdo de la referencia, con la finalidad de que sea aprobado por ustedes, previo estudio y debate. Atentamente y

D1 ÑA MANO LL DE GONZAL

Alcaldesa Municipal .11~DAD VCOMPROMISO .50CLKEL Dir. Plaza Piincipal, Calle 20 con Kra 1 ....4 4 esquina; Palacio Municipal • Telefax: 626 12 59 ,...,,•i"nownºrialnhaly..hnlivar.aov.co • Páaina WEB:www.marialabaja-bolivargov.co/REPUBLICA DE COLOMBIA

DEPARTAMENTO DE BOLÍVAR

CONCEJO MUNICIPAL NIT. 806.011589-7 Libeftnd y Orden IIIMAIIIII14411111114- ~ 1111~110.11

PROYECTO DE ACUERDO N° 18 "POR LA CUAL SE CREA, CONFORMA Y ORGANIZA EL FONDO DE GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES DEL MUNICIPIO DE MARÍA LA BAJA Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES" El Consejo Municipal de María La Baja, en uso de sus facultades constitucionales legales, y en especial, las que le confiere la ley 1523 de 2012, y

y CONSIDERANDO Que Colombia es un Estado social de derecho, organizado en forma de República

unitaria, descentralizada, con autonomía de sus entidades territoriales, democrática, participativa y pluralista, fundada en el respeto de la dignidad humana, en el trabajo y la solidaridad de las personas que la integran y en la prevalencia del interés general. Que son fines esenciales del Estado: Servir a la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución; facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación; defender la independencia nacional, mantener la integridad territorial y asegurar la convivencia pacífica y la vigencia de un orden justo, Que la gestión del riesgo se constituye en una política de desarrollo indispensable para asegurar la sostenibilidad, la seguridad territorial, los derechos e intereses colectivos, mejorar la cal

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