UNGRD - Resolución 0330 de 2025
Detalles
- Título
- UNGRD - Resolución 0330 de 2025
- Autor
- UNGRD - Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Desastres Naturales
- Año
- 2025
REPUBLICA DE COLOMBIA FONDO NACIONAL PARA LA GESflÓN DEL RIESGO DE DESASTRES RESoLUcrorilo03S 0 ( ,2 3 ABR 2üü POR MEDIO DE LA CUAL EL SUBDIRECTOR GENERAL DE LA UNIDAD NACIONAL PARA ll oesróN DEL RTESGo DE DESASTRES y oRDENADoR DEL GASTo DELEcADo DEL FoNDo NAo¡oNAL oe cesnóN DEL RTESGo DE DESASTRES -FNGRD coNFoRMA EL cou¡rÉ ASESoR EvALUADoR pARA EL pRocESo DE coNcuRso oe mÉRros
ABIERTO N' FNGRD.CMA.OOI.2025
En ejercicio de sus facultades legales y reglamentarias, especialmente de las conferidas por la Ley B0 de 1993, la Ley 1 150 de 2007 , Ley 1882 de 2018, el Decreto 1082 de 2015, Decrelo 4147 de 2011 y la Resolución No. 1007 del 25 de octubre de 2024. CONSIDERANDO Que el artículo 2.2.1 .1.2.2.3 del Decreto 1082 de 2015, establece que "Artículo 2.2.1.1.2.2.3. Comité Evaluador. La Entidad Estatal puede designar un comité evaluador conformado por seruidores públicos o por pafticulares contratados para el efecto para evaluar las ofertas y las manifesfaciones de interés para cada Proceso de Contratación por licitación, selección abreviada y concurso de méritos. El comité evaluador debe realizar su labor de manera objetiva, ciñéndose exclusivamente a las reglas contenidas en los pliegos de condiciones. El carácter asesor del comité no lo exime de la responsabilidad del ejercicio de la
de méritos. El comité evaluador debe realizar su labor de manera objetiva, ciñéndose exclusivamente a las reglas contenidas en los pliegos de condiciones. El carácter asesor del comité no lo exime de la responsabilidad del ejercicio de la labor encomendada. En el evento en el cual la Entidad Estatal no acoja la recomendación efectuada por el comité evaluador, debe justificar su decisión. Los miembros del comité evaluador están sujetos al régimen de inhabilidades e incompatibilidades y conflicto de intereses /egales. " Que, de conformidad con la norma transcrita anteriormente, el Comité Asesor Evaluador apoyará en las siguientes actividades:
A. Como Asesor (Evaluador)
1. Evaluar las propuestas de manera objetiva, ciñéndose exclusivamente a las reglas contenidas en el pliego de condiciones.
2. En ejercicio de tratamiento igualitario los comités podrán solicitar a todos los oferentes o a cualquiera de ellos, las aclaraciones o informaciones que estime pertinente, a fin de despejar cualquier punto dudoso, oscuro o equ[voco de las propuestas, dentro del término de evaluación.
3. Recomendar al ordenador del gasto o a quien este delegue la decisión a adoptar de conformidad con la evaluación efectuada. 4. lnformar al Director o a su delegado en materia de ordenación de gasto si se encontrare incurso en alguna causal de inhabilidad e incompatibilidad y conflicto de intereses legales.
Que por tanto, es necesario ordenar la conformación del Comité Asesor para el proceso de Concurso de Méritos Abierto FNGRD-CMA-001-2025, cuyo objeto contractual es la "Elaboración de /os esfudios básicos para el municipio de Piojó (Atlántico) asf como /os esfudlos detallados en
Concurso de Méritos Abierto FNGRD-CMA-001-2025, cuyo objeto contractual es la "Elaboración de /os esfudios básicos para el municipio de Piojó (Atlántico) asf como /os esfudlos detallados en los polfgonos se/eccionados, de acuerdo a lo establecido en el Decreto 1807 de 2014 compilado en el Decreto 1077 de 2015 y el diseño detallado para el reasentamiento de familias del municipio de Piojó (Atlántico)", el cual apoyará al SubdirectorGeneral de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres y ordenador del gasto delegado del Fondo Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres en las cuestiones propias del proceso de selección y en particular,RESoLUCTó'llo033 De t2 3 ABR 2025 Página 2 de 2 0 Continuación de la Resolución "Por medio de la cual se conforma el comité asesor evaluador para el de Concurso de Méritos FNGRD-CMA-00|-2025" recomendará la adjudicación o declaratoria de desierta del mismo, ajustándose en todo caso a las condiciones generales y especiales de contratación contenidas en el Pliego de Condiciones del proceso. En mérito de lo expuesto el Subdirector General de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres y orderfador del gasto delegado del Fondo Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, RESUELVE: ART|CULO PRIMERO. ORDENAR la conformación del Comité Asesor y Evaluador para el proceso de Concurso de Méritos Abierto No FNGRD-CMA-OO1-2025, cuyo objeto contractual es
Desastres, RESUELVE: ART|CULO PRIMERO. ORDENAR la conformación del Comité Asesor y Evaluador para el proceso de Concurso de Méritos Abierto No FNGRD-CMA-OO1-2025, cuyo objeto contractual es "Elaboración de los esfudios báslcos para el municipio de Piojó (Atlántico) asl como /os esfudios detallados en /os pollgonos seleccionados, de acuerdo a lo establecido en el Decreto 1807 de 2014 compilado en el Decreto 1077 de 2015 y el diseño detallado para el reasentamiento de familias del municipio de Piojó (Atlántico)"'i el cual estará compuesto tal como se señala a continuación: PAOLA ORTEGA VILLASMILEVALUActÓt¡ ¿UníOlCe Contratista GGC JAVIER ALEJANDRO OLARTE NINOEVALUACION TÉCNICA Y DE Contratista SDGEXPERIENCIA, EVALUAC IÓN OSCAR ORLANDO MÉNDEZ BUITRAGOECONOMICA Contratista de la SCR IVONNE XIMENA BOJACAEVALUACION FINANC!ERA Contratista GAFC ARTÍCULO SEGUNOO. La presente Resolución será comunicada por el Grupo de Gestión Contractual de la Secretarla General de la UNGRD. ARTíCULO TERCERO. La presente Resolución rige a partir de su expedición. Dada en Bogotá, D. C., a ros a tos t2 3 ABR 2925 coM ESE Y CÚM RAF DR EZ bdi ctor General U RD ¡r¡'"q Ordenador del Gasto GRD Delegada mediante Resolución N' 1007 del 25 de octubre de 2024
Proyectó: Paola Oñega Vitlasmil/ Abogada GG§E
RAF DR EZ bdi ctor General U RD ¡r¡'"q Ordenador del Gasto GRD Delegada mediante Resolución N' 1007 del 25 de octubre de 2024
Proyectó: Paola Oñega Vitlasmil/ Abogada GG§E Revisó: Laura Sanín Montes / Abogada GGb José Luis Angarita Espinel / Abogado Contratista ,14¿?Aprobó: Michael Oyuela Vargas / Secretario General