UNGRD - Resolución 0360 de 2025
Detalles
- Título
- UNGRD - Resolución 0360 de 2025
- Autor
- UNGRD - Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Desastres Naturales
- Año
- 2025
REPUBLICA DE COLOIVIBIA UNIDAD NACIONAL PARA LA GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES RESoLUcTón ¡ro.tl'0 3 6 0 ( )0 2 MAY 2U5 "Por medio de la cual modifica la Resolución No.0344 de 2025 por la cual se concede un permiso sindical a unos funcionarios" EL SECRETARIO GENERAL DE LA UNIDAD NACIONAL PARA LA GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES En ejercicio de sus facultades Constitucionales y Legales, en especial de las que le confiere el Decreto 160 de 2014, Decreto 1072 de 2015, Decreto 648 de 2017, Decreto 344 de 2021, Resolución No 477 de 2023 y Resolución No 0202 de 2025 CONSIDERANDO Que mediante mensaje de correo electrónico institucional, recibido el 24 de abril de 2025, los directivos sindicales GERMÁN GARC¡A DELGADO y EDILBERTO CENTENO CASTRO, en sus calidades de Presidente y Secretario General, respectivamente, del Sindicato Unitario Nacional de Trabajadores del Estado (SUNET), solicitan permiso sindical para los funcionarios BEATRIZ HELENA PARRA SANCHEZ identificada con cédula de ciudadanía No.1 .030.548.046, JHOAN DAVID CUBILLOS FAJARDO, identificado con cédula de ciudadanía No.1.023.879.422, BRANDONN SAHIR GRIJALBA ROLDAN, identificado con cédula de ciudadanía No.1.088.322.163, NELSON ADRIAN HERNANDEZ MARULANDA identificado con cédula de ciudadanía No.94.388.930, y DIANA LUCIA MARTINEZ MARTINEZ identificada con cédula de ciudadanía
MARULANDA identificado con cédula de ciudadanía No.94.388.930, y DIANA LUCIA MARTINEZ MARTINEZ identificada con cédula de ciudadanía No.1.061 .778.302, durante toda la jornada de los días cinco (5) y seis (6) de mayo de 2025, quienes hacen parte de la comisión negociadora del pliego de peticiones 2025, revisaran y tabularan la información recopilada para la presentación del mismo en la UNGRD. Que el artículo 13 de la Ley 584 de 2000 establece que, "Las organizaciones sindicales de /os seruidores públicos tienen derecho a que las entidades públicas /es concedan permisos sindicales para que, quienes sean designados por ellas, puedan atender /as responsabilidades que se desprenden del derecho fundamental de asociación y liberlad sindical. El gobierno Nacional reglamentara la materia, en concerfación con los representantes de /as centrales sindicales". Que el Decreto 2813 de 2000, establece que los representantes de los servidores públicos tienen derecho a que las entidades públicas de todas las Ramas del Estado de Orden Nacional, Departamental, Distrital y tMunicipal, les concedan los permisos remunerados necesarios para el cumplimiento de su gestión, el cual será reconocido por el Nominador o el funcionario que este delegue, previa autorización de las organizaciones si nd ica les.RES.LUCTó-l{90 3 O0 De Página 2 de 30 2 l4AY 2025 Continuación de la Resolución "Por medio de la cual modifica la Resolución No.0344 de 2025 por la cual se concede un iso sindical a unos funcionarios" Que el artículo 2.2.2.4.14. del Decreto 1072 de2015, indica como garantías durante
cual se concede un iso sindical a unos funcionarios" Que el artículo 2.2.2.4.14. del Decreto 1072 de2015, indica como garantías durante el término de la negociación, el fuero sindical y el permiso sind¡cal, de conformidad con las disposiciones legales vigentes sobre la materia. Que el artículo 2.2.2.5.1 del Decreto 344 del 06 de abril de 2021, "Por el cual se modifica y adiciona el Capitulo 5 del Título 2 de la Pañe 2 del Libro 2 del Decreto 1072 de 2015, Único Reglamentario del Secfor Trabajo", establece: "Permisos sindicales para /os representantes sindicales de /os servidores públicos. Los representantes sindicales de los servidores públicos tienen derecho a que las entidades públicas de fodas las Ramas del Estado, sus Órganos Autónomos y sus Organismos de Control, la Organización Electoral, las Universidades Públicas, las Entidades Descentralizadas y demás entidades y dependencias públicas del orden nacional, deparfamental, distrital y municipal, les concedan permisos srndicales remunerados, razonables, proporcionales y necesarios para el cumplimiento de su gestión" Que el artículo 2.2.2.5.3 del mismo Decreto establece lo siguiente: "Reconocimiento de /os permisos sindicales. Corresponde al nominador o al funcionario que este delegue para tal efecto, reconocer mediante acto administrativo los permisos sindicales a que se refiere el presente capítulo, previa solicitud de las organizaciones sindicales de primero, segundo o tercer grado, en la que se precisen, entre otros, los permisos necesarios para el cumplimiento de su gestión, el nombre de los representantes, su finalidad,
previa solicitud de las organizaciones sindicales de primero, segundo o tercer grado, en la que se precisen, entre otros, los permisos necesarios para el cumplimiento de su gestión, el nombre de los representantes, su finalidad, duración periódica y su distribución. Constituye una obligación de las entidades públicas de que trata el arliculo 2.2.2.5.1. de este Decreto, en el marco de la Constitución Política, atender oporlunamente las solicitudes que sobre permisos sindicales soliciten las organizaciones sindicales de /os servidores públicos. Parágrafo. lgualmenfe se podrá otorgar permiso sindical a /os dirigentes srndicales de /as organizaciones sindicales de servidores públicos e/egidos para que los representen en jornadas de capacitación relacionada con su actividad, teniendo en cuenta las necesidades del servicio. Que mediante resolución 0344 de 25 de abril de 2025, se conceden los permisos solicitados de conformidad con la comunicación enviada por el SUNET. Que una vez notificada la resolución, la funcionaria DIANA LUCIA MARTINEZ MARTINEZ identificada con cédula de ciudadanía No.1.061 .778.302, informa que hará uso únicamente del permiso sindical el día 06 de mayo de2025, ya que el día 05 de mayo hará uso del día de la familia a que tiene derecho. Que como consecuencia de la solicitud presentada por la funcionaria DIANA LUCIA MARTINEZ MARTINEZ identificada con cédula de ciudadanía No.1.061 .778.302, se hace necesario modificar la resolución 0344 de 25 de abril de 2025, en el sentido de concederle permiso sindical únicamente el día seis (06) de mayo de 2025.
hace necesario modificar la resolución 0344 de 25 de abril de 2025, en el sentido de concederle permiso sindical únicamente el día seis (06) de mayo de 2025. Que en mérito de lo anteriormente expuesto,RESoLUCTóNNü|"U360 De 0 2 }4AY 2025 Página 3 de 3 Continuación de la Resolución "Por medio de la cual modifica la Resolución No.0344 de 2025 por la cual se concede un P_e_,rmiso sindical a unos funcionarios" RESUELVE ART¡CULO PRIMERO: tt/odificar el artículo primero de la Resolución No.0344 de abrll 25 de 2025, en el sentido de conceder permiso sindical durante toda la jornada de los días cinco (05) y seis (06) del mes de mayo de 2025, a los funcionarios BEATRIZ HELENA PARRA SANCHEZ identificada con cédula de ciudadanía No 1.030.548.046, JHOAN DAVID CUBILLOS FAJARDO, identificado con cédula de ciudadanía No.1.023.879.422, BRANDONN SAHIR GRIJALBA ROLDAN, identificado con cédula de ciudadanía No.1.088.322.163, NELSON ADRIAN HERNANDEZ MARULANDA identificado con cédula de ciudadanía No.94.388.930, y conceder permiso sindical únicamente durante la jornada laboral del día seis (06) de mayo de 2025, a la funcionaria DIANA LUCIA MARTINEZ MARTINEZ identificada con cédula de ciudadanía No.1.061 .778.302, quienes hacen parte de la comisión negociadora del pliego de peticiones 2025, y quienes prepararán y asistirán a la instalación y desarrollo de la mesa de negociación del mismo en la UNGRD
comisión negociadora del pliego de peticiones 2025, y quienes prepararán y asistirán a la instalación y desarrollo de la mesa de negociación del mismo en la UNGRD ARTíCULO SEGUNDO. Los permisos sindicales concedidos en el artículo primero del presente acto son exclusivos para el ejercicio de actividades inherentes de la organización sindical referida, en cumplimiento de la Constitución y de las normas legales vigentes ART¡CULO TERCERO: Comunicar la decisión al jefe inmediato de la funcionaria DIANA LUCIA MARTINEZ MARTINEZ identificada con cédula de ciudadanía No.1.061 .778.302, al Presidente y Secretario General del Sindicato Unitario Nacional de Trabajadores del Estado-SUNET, a fin de que se informe a su dirigente sindical del permiso concedido. ART¡CULO CUARTO: La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición. Dada en Bogotá, a los 0 2 },lAY 2025
COMUN¡QUESE Y CÚMPLASE
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Sec no General Proyectó: William Tamayo / Contratista qnlZ Revisó. Diana Bolaños / Contratista 2-<-á 4^^
[Vlaritza Herrera Molina / Coordinadora C¡fl &/ Aurora Margarita Wberth Cotes / Contrat¡st, §ér0 Angela Lilia-na Rondón / Contratista SG 9P Maiia Daniela Castaño De La Torre / Abogada Contratista Sd@ "r¡