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UNGRD - Resolución 1689 de 2015 Bosconia

UNGRD - Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres

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Detalles

Título
UNGRD - Resolución 1689 de 2015 Bosconia
Autor
UNGRD - Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Desastres Naturales
Año
2015

República de Colombia Liberiud y Orden

UNIDAD NACIONAL PARA LA GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES

RESOLUCIÓN NÚMERO 1689 (22 DE DICIEMBRE DE 2015) “Por la cual se declara concluida la actuación administrativa establecida en la Resolución 840 de 2014, para el municipio de Bosconia, Cesar” EL DIRECTOR GENERAL DE LA UNIDAD NACIONAL PARA LA GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES - UNGRD -Y ORDENADOR DEL GASTO DEL FONDO NACIONAL DE GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES En ejercicio de sus facultades, y en especial de las conferidas por la Constitución Política y los artículos 4 y 11 del Decreto 4147 de 2011, la Ley 1523 de 2012, demás normas concordantes y en cumplimiento de lo ordenado por la Honorable Corte Constitucional en la Sentencia T-648 de 2013, la Resolución 074 de 2011 y la Resolución 840 de 2014 y con base en los siguientes,

HECHOS: + ANTECEDENTES GENERALES Que la UNGRD mediante la Resolución 074 de 2011 estableció un apoyo económico de hasta UN MILLÓN QUINIENTOS MIL PESOS (1.500.000,00) para cada familia damnificada de la segunda temporada invernal de 2011, que cumpliera con los siguientes requisitos. a) Estar residiendo en sitio afectado por fenómeno hidrometeorológico. b) Que el fenómeno hidrometeorológico que lo afectó hubiera tenido ocurrencia entre el 1 de septiembre y el 10 de diciembre de 2011, c) Que es damnificado directo, con el sentido y alcance que tal expresión fa da la propia Resolución

b) Que el fenómeno hidrometeorológico que lo afectó hubiera tenido ocurrencia entre el 1 de septiembre y el 10 de diciembre de 2011, c) Que es damnificado directo, con el sentido y alcance que tal expresión fa da la propia Resolución 074 de 2011, vale decir, que sufrió daños en su vivienda y en sus muebles o enseres al interior de esta, d) Que es cabeza de núcleo familiar (Circular del 16 de diciembre de 2011). e) Que, sobre la base de cumplir los requisitos anteriores, su nombre e identidad aparecieran en el listado de “damnificados directos” enviados por los Comités Locales de Prevención y Atención de Desastres - CLOPAD, hoy Consejos Municipales de Gestión del Riesgo de Desastres a la UNGRD dentro del termino definido. Que era competencia de las autoridades municipales a través de los Comités Locales de Prevención y Atención de Desastres - CLOPAD, hoy Consejos Municipales de Gestión del Riesgo de Desastres, realizar el levantamiento de información de tas familias damnificadas directas de dicha temporada invernal de 2011 que cumplieran los requisitos antes referidos, y remitir a la UNGRD hasta antes del 30 de enero de 2012 según Resolución 002 de 2012, las planillas de apoyo económico debidamente diligenciadas y avaladas por los Comités Regionales de Prevención y Atención de Desastres - CREPAD,, hoy Consejos Departamentales de Gestión del Riesgo de Desastres, de conformidad al instructivo de diligenciamiento establecido por la UNGRD mediante Circular del 16 de diciembre de 2011. Que la Honorable Corte Constitucional mediante Sentencia No. T-648 de 2013 ordenó, en garantía del

UNGRD mediante Circular del 16 de diciembre de 2011. Que la Honorable Corte Constitucional mediante Sentencia No. T-648 de 2013 ordenó, en garantía del debido proceso, reponer la actuación administrativa contenida en la Resolución 074 de 2011 que establecía /Continuación de la Resolución No.1689 del 22 de diciembre de 2015 "Por la cual se declara concluida la actuación administrativa establecida en la Resolución 840 de 2014, para el municipio de Bosconía, Cesar” un apoyo económico de hasta un millón quinientos mil pesos (51.500.000,00), para cada familia damnificada directa de la segunda temporada invernal de 2011 que cumpliera con los requisitos en ella establecidos. Que la Sentencia No. T-648 de 2013 le otorgó efectos inter comunis de manera restringida a cuatro casos o supuestos de hecho ocurridos cuando en su parte resolutiva señaló: “.. 9.1.6, Debido a que, no tiene sentido para esta Corte siga seleccionando sentencias de tutela con supuestos similares o idénticos, esta acción de tutela dispondrá los efectos inter comunis para todas las que personas que cumplan con los siguientes Supuestos:

1. Siendo habitantes de un municipio afectado por la segunda ola invernal de 2011, y habiendo demostrado su condición de damnificado directo de acuerdo con la definición de la resolución 074 de 2011.

2. Ciudadanos que estando en el Censo, este no fue enviado o llegó de manera extemporánea a la

UNGRD.

3. Censo enviado en tiempo pero que no se haya realizado el pago a los damnificados.

4. Y personas que hayan interpuesto acción de tutela por estos mismos hechos o similares al momento de la notificación de esta acción de tutela.

UNGRD.

3. Censo enviado en tiempo pero que no se haya realizado el pago a los damnificados.

4. Y personas que hayan interpuesto acción de tutela por estos mismos hechos o similares al momento de la notificación de esta acción de tutela. 9.1.7. La razón de limitar los efectos inter comunis se debe a que los damnificados que resultaron afectados por la segunda ola invernal y que realmente necesitaban este dinero para mejorar sus condiciones de vida debieron tener algo de diligencia para solicitar el subsidio en cuestión, situación esta que no justificaría de ninguna manera que la tutela se interponga con posterioridad a la fecha de notificación de esta".

Que teniendo en cuenta lo anterior, la UNGRD como coordinadora del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres — SNGRD, en cumplimiento de la orden judicial, mediante Resolución No. 840 de 2014, publicada en el Diario Oficial No. 49.246 del 17 de agosto de 2014, estableció el procedimiento administrativo para realizar la validación, verificación y entrega de información por parte de los municipios a la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres. Que el Capítulo lll de la Resolución 840 de 2014 otorgó el término de dos meses contados a partir de la publicación de dicho acto administrativo, para realizar la validación, verificación y entrega de información, por parte de tos municipios a la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres en cualquiera de los casos antes relacionados, término en el cual 42 municipios de todo el país entregaron la documentación pertinente, con los que la UNGRD inició la actuación administrativa correspondiente.

4 DELA ACTUACIÓN ADMINISTRATIVA DEL MUNICIPIO BOSCONIA - CESAR

los casos antes relacionados, término en el cual 42 municipios de todo el país entregaron la documentación pertinente, con los que la UNGRD inició la actuación administrativa correspondiente. 4 DELA ACTUACIÓN ADMINISTRATIVA DEL MUNICIPIO BOSCONIA - CESAR Que el municipio de Bosconia - Cesar, a través del oficio radicado en la UNGRD bajo el No, 2014ER009694 de fecha 17 de Octubre de 2014, presentó a la UNGRD, en los términos de la resolución 840 de 2014, la documentación exigida por la resolución citada, y envió 46 registros de damnificados directos para el pago del $1,500.000. Que conforme al articulo undécimo de la Resolución No. 840 de 2014, la UNGRD junto con la Procuraduría Delegada para la Descentralización y Entidades Territoriales, esta última quien ejerce el seguimiento del cumplimiento de la sentencia T-648 de 2013, requirió a los 42 municipios que iniciaron la actuación administrativa para que presentaran los documentos que hacian falta o presentaban inconsistencias, conforme a los requisitos definidos en el articulo quinto del mismo acto administrativo, para lo cual, el día 31 de octubre de 2014, realizó observaciones y solicitó al municipio de Bosconia - Cesar , información adicional frente a los documentos presentados para continuar con la actuación administrativa. F Página 2 de 11Continuación de la Resolución No. 1689 del 22 de diciembre de 2015 "Por fa cual se declara concluida la actuación administrativa establecida en la Resolución 840 de 2014, para el municipio de Bosconía, Cesar” Que la UNGRD mediante Resolución No. 1513 del 11 de diciembre de 2014, modificó y adicionó el articulo

establecida en la Resolución 840 de 2014, para el municipio de Bosconía, Cesar” Que la UNGRD mediante Resolución No. 1513 del 11 de diciembre de 2014, modificó y adicionó el articulo undécimo de la Resolución No. 840 del 8 de agosto de 2014, prorrogando el plazo para la entrega de información adicional, con el fin de culminar la actuación administrativa, hasta el 31 de diciembre de 2014, a menos que el término de un (1) mes, otorgado inicialmente fuera posterior a la mencionada fecha, caso en el cual, no habría lugar a prórrogas adicionales, para poder culminar la actuación administrativa dentro de los seis (6) meses que otorgó la Corte Constitucional en Sentencia T-648 de 2013. Que como consecuencia de lo anterior, el día 11 de diciembre 2014 el municipio de Bosconia - Cesar, a través de oficio cuyo radicado en la UNGRD correspondió al 2014ER012294, anexó la documentación con el objeto de dar respuesta a la solicitud de complementación de documentos.

CONSIDERACIONES DEL DESPACHO: Teniendo en cuenta la actuación administrativa adelantada por el municipio de Bosconia — Cesar, la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres procedió a realizar la acción de validación de la documentación allegada respecto de dos escenarios: las personas enlistadas en los reportes de damnificados con el fin de determinar si reunían las condiciones para acceder a la ayuda humanitaria y los soportes probatorios del municipio que dieran cuenta de la existencia del evento hidrometeorológico entre septiembre y diciembre de 2011 y la afectación señalada en la Resolución 074 de 2011.

soportes probatorios del municipio que dieran cuenta de la existencia del evento hidrometeorológico entre septiembre y diciembre de 2011 y la afectación señalada en la Resolución 074 de 2011. + DEL ANÁLISIS DE LA DOCUMENTACIÓN ALLEGADA PARA PROBAR LA EXISTENCIA DEL

EVENTO HIDROMETEOROLÓGICO.

Que una vez revisada la documentación presentada por el Municipio de Bosconia — Cesar , la UNGRD procedió a efectuar un análisis de la misma, a efectos de verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos en el articulo 5? de la Resolución 840 de 2014 constatando lo siguiente: Y” El municipio anexa a través del CMGRD 4 planillas debidamente diligenciadas (Coordinador CMGRD, Coordinador CDGRD, Personero Municipal y Alcalde), con 46 registros digitalizados y en la misma cantidad en las planillas físicas, lo cual cumple con lo dispuesto en la Resolución No. 074 de 2011, en concordancia con la Resolución No. 840 de 2014. Y El municipio a través del CMGRD anexa copia autentica del acta del CREPAD de fecha 16 de septiembre de 2011 y del Consejo Departamental de Gestión del Riesgo de Desastres, de fecha 15 de octubre de 2014 en donde se reconoce la condición de cada ciudadano enlistado en las planillas como damnificado directo, en los términos de la Resolución No 074 de 2011. Y El municipio a través del CMGRD anexa copia autentica del acta del CLOPAD en el periodo comprendido entre el 1 de septiembre al 10 de diciembre de 2011, en donde identifica la emergencia acaecida y los lugares donde se presentaron los efectos por dicha emergencia.

comprendido entre el 1 de septiembre al 10 de diciembre de 2011, en donde identifica la emergencia acaecida y los lugares donde se presentaron los efectos por dicha emergencia. Y El municipio a través del CMGRD, allega informe de la defensa civil de Bosconia Cesar, sobre la situación de las comunidades por la temporada invernal, Y Se allegó Contrato de suministro 019 de 2011 que da cuenta de la compra de mercados. Y Anexa certificación del DANE sobre el número estimado de hogares registrados afectados. Y El municipio anexó copias de los registros del SISBEN de las personas reportadas en las planillas. A Página 3 de 11Continuación de la Resolución No. 1689 del 22 de diciembre de 2015 "Por la cual se declara concluida la actuación administrativa establecida en la Resolución 840 de 2014, para el municipio de Bosconia, Cesar”

+ DEL ANÁLISIS Y VALIDACIÓN DE LAS PERSONAS ENLISTADAS.

En el proceso de validación de la información que remitieron los municipios de conformidad con lo establecido en el Artículo Quinto de la Resolución No. 840 de 2014, la Subdirección para el Manejo de Desastres de la UNGROD, realizó la revisión de las planillas (físicas y digitales) que presentaron los municipios, en conjunto con la información remitida por la Registraduría Nacional del Estado Civil, y el Departamento Nacional de Planeación, logrando identificar unos criterios de aprobación y exclusión para los registros revisados, así:

1. Se verificó que la información reportada en medio físico correspondiera a la misma allegada en medio magnético, con correspondencia de datos de identificación, con lo que se procedió a verificar si las personas enlistadas ya habían sido beneficiarias de la ayuda humanitaria establecida en la

1. Se verificó que la información reportada en medio físico correspondiera a la misma allegada en medio magnético, con correspondencia de datos de identificación, con lo que se procedió a verificar si las personas enlistadas ya habían sido beneficiarias de la ayuda humanitaria establecida en la Resolución 074 de 2011.

2. Una vez excluidas las personas a las que ya se les habia cancelado la ayuda, se remitió a la Registraduría Nacional del Estado Civil el listado de damnificados con el fin de que validaran la información allegada y de esta manera excluir a los registros no coincidentes, los registros no vigentes (muerte del titular o doble cedulación) y los registros no existentes.

3. Con el listado de registros validados por la Registraduria Nacional del Estado civil se requirió del Departamento Nacional de Planeación - DNP, para el año 2011, los registros del SISBEN, con el fin de realizar la validación de las personas que fueron remitidas por los municipios como damnificados directos de la segunda temporada invernal del 2011 y la composición del núcleo familiar, garantizando que no existieran personas del mismo núcleo familiar enlistadas en las planillas o que ya hubieran sido beneficiarias de esta subvención y a su vez determinar si los Jefes de Hogar y sus núcleos familiares, para el periodo comprendido entre Septiembre y Diciembre de 2011, se encontraban sisbenizados en los municipios que los reportaron como damnificados.

Del estudio referido se obtenía como resultado el reporte de Registros validos / aprobados, que son aquellos que no presentan ninguna novedad y solo existe una persona del núcleo familiar reportada en las planillas como Jefe de Hogar.

LA PRÁCTICA DE PRUEBAS Y EL ANÁLISIS PROBATORIO

que no presentan ninguna novedad y solo existe una persona del núcleo familiar reportada en las planillas como Jefe de Hogar. LA PRÁCTICA DE PRUEBAS Y EL ANÁLISIS PROBATORIO Que como resultado de tos análisis a la información pertinente y previo a la expedición del presente acto administrativo, que resuelve la actuación administrativa derivada de la Resolución No. 074 de 2011, se hizo necesario decretar la práctica de pruebas necesarias, conducentes y pertinentes para tener certeza respecto del cumplimiento de la documentación exigida y decidir de fondo el presente procedimiento administrativo. Mediante Auto No. 08 de fecha 18 de agosto de 2015 se decretó la práctica de pruebas mediante visita administrativa al municipio de Bosconia — Cesar , como fueron: recepcionar la declaración juramentada del Coordinador Municipal de Gestión de Riesgo de Desastres a fin de dar tas explicaciones con respecto a las inconsistencias encontradas en dos registros que presentan enmendaduras de la siguiente manera: El registro 10 de la planilla física 2 y el registro 7 de la planilla física No 3. En el término de diez (10) días deberá allegar a la UNGRD tas correcciones pertinentes si hay lugar a ello y oficiar al Consejo Departamental de Gestión del Riesgo de Desastres de Bolivar para que en el término de diez (10) días aportara informe, acta o documento del entonces Comité Regional de Prevención y Atención de DesastresCREPAD con indicación de fecha, lugar y evento ocurrido en el municipio de Bosconia - Cesar entre el 1 de septiembre al 10 de diciembre de 2011. Que con las pruebas practicadas en el municipio de Bosconia - Cesar, se corrigieron las inconsistencias

septiembre al 10 de diciembre de 2011. Que con las pruebas practicadas en el municipio de Bosconia - Cesar, se corrigieron las inconsistencias encontradas en las planillas remitidas y sus respectivos registros y el Departamento de Cesar, mediante oficio OGRD-755-15 de fecha 10 de noviembre de 2015, entrega pruebas documentales que dan cuenta de Página 4 de 11Continuación de la Resolución No.1689 del 22 de diciembre de 2015 "Por la cual se declara concluida la actuación administrativa establecida en la Resolución 840 de 2014. para el municipio de Bosconía, Cesar” diferentes afectaciones presentadas en el Departamento de Cesar por la segunda temporada de lluvias del año 2011. Que con las pruebas practicadas se observa que se reunieron los requisitos que demuestra la existencia de fenómeno hidrometeorológico durante la segunda temporada invernal de 2011 que generó los daños establecidos en la Resolución 074 de 2011 en la población afectada y por ende hay lugar al reconocimiento de la ayuda humanitaria a los damnificados directos de este municipio. Que una vez practicadas las pruebas que determinaban el cumplimiento de los requisitos establecidos en la Resolución 840 de 2014 y por ende, la viabilidad del pago, se culminó el proceso de revisión de cada uno de los 3518 registros de damnificados, del cual se da cuenta a continuación. + DATOS GENERALES REPORTADOS POR EL MUNICIPIO DE BOSCONIA - CESAR: DATOS GENERALES NRO. REGISTROS [no. recisTros | OA NRO. PLANILLAS DILIGENCIADOS DILIGENCIADOS REGISTROS DEPARTAMENTD| — MUNICIPIO FISICAS praia lema ramita | PLAN FISICA VS

FISICA DIGITAL PLANILLA DIGITAL

NRO. PLANILLAS DILIGENCIADOS DILIGENCIADOS REGISTROS DEPARTAMENTD| — MUNICIPIO FISICAS praia lema ramita | PLAN FISICA VS

FISICA DIGITAL PLANILLA DIGITAL CESAR BOSCONIA a 49 46 3

El proceso de revisión consistió en cuatro etapas, iniciando por la Fase |, denominada preliminar de revisión, en donde se excluían registros duplicados o ya pagados; Fase li, en la cual se analizaba y revisaba cada registro con la información que se encuentra en la Registraduria Nacional del Estado Civil; Fase lil, consistente en revisión y cruce de información con la base de datos del SISBEN que administra el Departamento Nacional de Planeación — DNP con la finalidad de obtener la base de datos del núcleo familiar de las personas relacionadas como jefes de hogar y los demás miembros que componen dicho núcleo y; Fase IV, en donde se realiza el proceso de verificación final con la información aportada por el municipio de Bosconía - Cesar, personas a las cuales se niega o autoriza el reconocimiento de la ayuda económica.

FASE 1. FASE PRELIMINAR DE REVISIÓN.

En esta fase preliminar se realiza la verificación de los registros en cuanto a la correspondencia de los datos en las planillas físicas y la planilla digital, asi como la existencia de registros doblemente ingresados en las planillas y otras novedades especiales encontradas en la revisión de los mismos. En la primera fase fueron excluidos un total de tres (3) registros que corresponden a la diferencia existente entre las personas enlistadas en las planillas digitales y las personas registradas en la planilla digital. Los resultados de la primera fase se presentan en la siguiente tabla:

RESULTADO

TOTAL INICIAL EXCLUIDOS POR VERIFICAR FINAL

entre las personas enlistadas en las planillas digitales y las personas registradas en la planilla digital. Los resultados de la primera fase se presentan en la siguiente tabla: RESULTADO TOTAL INICIAL EXCLUIDOS POR VERIFICAR FINAL Página 5 de 11Continuación de la Resolución No. 1689 del 22 de diciembre de 2015 “Por la cual se declara concluida la actuación administrativa establecida en la Resolución 840 de 2014, para el municipio de Bosconia, Cesar”

FASE I

RESULTADO

FINAL; 46

"EXCLUIDOS

m POR VERIFICAR

RESULTADO FINAL

POR VERIFICAR; EXCLUIDOS; 3

0 En esta primera fase se aprobaron para recibir la ayuda económica un total de 46 pagos. d+ FASE 2. CRUCE CON BASES DE DATOS DE LA REGISTRADURÍA NACIONAL DEL ESTADO CIVIL. En esta segunda fase se realizó con el propósito de garantizar que no se presentara la activación de pagos con inconsistencias al culminar el desarrollo de la actuación administrativa, para ello se envió a la Registraduria Nacional del Estado Civit laBase de Datos de personas reportados en el municipio de Bosconia - Cesar, con el objeto de que la información fuera cruzada con la base de datos que administra dicha entidad. Con la base de datos validada y remitida por la RNEC se realizó la verificación de información con el listado de personas que fueron enviadas a dicha entidad, este cruce de información se realizó registro a registro por el número de identificación y de igual manera se realizó por nombres y apellidos para verificación de la correcta escritura de dichos datos. Los resultados de esta segunda fase se relacionan en la siguiente tabla que se muestra a continuación:

RESULTADO

TOTAL INICIAL EXCLUIDOS POR VERIFICAR FINAL

FASE Il

correcta escritura de dichos datos. Los resultados de esta segunda fase se relacionan en la siguiente tabla que se muestra a continuación:

RESULTADO

TOTAL INICIAL EXCLUIDOS POR VERIFICAR FINAL

FASE Il l PDR VERIFICAR; EXCLUIDOS; O 2 m EXCLUIDOS

mM POR VERIFICAR

RESULTADO FINAL RESULTADO FINAL; 44 0

Página 6 de 11Continuación de la Resolución No. 1689 del 22 de diciembre de 2015 “Por la cual se declara concluida fa actuación administrativa establecida en la Resolución 840 de 2014, para el municipio de Bosconia, Cesar” En la tabla anteriormente relacionada, se puede observar que no se aprobaron para pago en esta segunda fase un total de 2 personas las cuales presentan las siguientes novedades. Registros no coincidentes Planilla Digital — RNEC: Son los registros de las personas que fueron remitidas por el CMGRD que al ser validadas con la Base de Datos que fue enviada por la RNEC no coincidieron en cuanto a Nombres y Apellidos, es decir el único dato concordante es el Número de Identificación. En la segunda fase fueron aprobados para pago un total de 44 Registros.

de FASE 3. CRUCE CON BASES DE DATOS DEL SISBEN.

En esta fase se realiza la remisión de la base de datos de las personas enlistadas por el municipio de Bosconia - Cesaren la Planilla Digital al Departamento Nacional de Planeación - DNP como entidad que administra la Base de Datos del SISBEN, con la finalidad de obtener la base de datos del núcleo familiar de las personas relacionadas como jefes de hogar y los demás miembros que componen dicho núcleo, la razón por la cual dicha solicitud fue realizada al DNP se justifica en las siguientes razones:

familiar de las personas relacionadas como jefes de hogar y los demás miembros que componen dicho núcleo, la razón por la cual dicha solicitud fue realizada al DNP se justifica en las siguientes razones: + La validación de las personas que fueron remitidas por los municipios como damnificados directos de la segunda temporada invernal del 2011, para los cuales se realizara la aprobación conforme lo establecido en la Resolución No. 840 del 08 de Agosto de 2014, teniendo en cuenta la revisión y verificación que se debe hacer a la composición del núcleo familiar, e Garantizar que las personas que fueron remitidas como Jefes de Hogar por los municipios en las planillas sean los únicos reportados y no existan personas del mismo núcleo familiar enlistadas en las planillas, lo anterior teniendo en cuenta que el pago económico se reconoce a una sola persona por núcleo familiar. e Cruzar los núcleos familiares reportados por el DNP con la Base de datos de pagos que posee la UNGROD, para identificar si existen personas del núcleo familtar de la persona reportada como Jefe de Hogar a los cuales ya se les reconoció la Ayuda Económica, + Determinar si los Jefes de Hogar y sus núcleos familiares, para la segunda temporada invernal ocurrida entre Septiembre y Diciembre de 2011, se encontraban sisbenizados en los municipios que los reportaron como damnificados. En el desarrollo de esta Fase |Il se obtuvieron los siguientes datos:

RESULTADO

TOTAL INICIAL EXCLUIDOS POR VERIFICAR FINAL ) Página 7 de 11Continuación de la Resolución No. 1689 del 22 de diciembre de 2015 “Por la cual se declara concluida la actuación administrativa

RESULTADO

TOTAL INICIAL EXCLUIDOS POR VERIFICAR FINAL ) Página 7 de 11Continuación de la Resolución No. 1689 del 22 de diciembre de 2015 “Por la cual se declara concluida la actuación administrativa establecida en la Resolución 840 de 2014, para el municipio de Bosconia, Cesar” i | FASE 11 | RESULTADO EXCLUIDOS; 1

FINAL; 15 e

WM EXCLUIDOS

o POR VERIFICAR

POR VERIFICAR;

28 RESULTADO FINAL En la tabla anteriormente relacionada se muestran los datos de las personas aprobadas y excluidas en el proceso de revisión de la información que se realizó en la Fase |Il, las personas que se excluyen de esta fase presentan las siguientes novedades: () Registros sin validación no pudieron ser cruzados con la Base de Datos del SISBEN: Son los registros de las personas que no pudieron ser validados con la Base de Datos del S!ISBEN o no se encontraban Sisbenizadas a la fecha en que ocurrieron los eventos hidrometereologicos en el municipio. () Registros Excluidos con el Mismo Número de Ficha: Personas excluidas a las queno se les reconocerá la ayuda económica, considerando que aunque presentan el mismo No. Ficha no existe independencia en hogar o núcleo familiar. "Solo se reconoce el pago a una persona que tenga Numero de ficha independencia de hogar o núcleo familiar”. Es importante mencionar que antes de la visita realizada al municipio donde se practicó el Auto de Prueba No. 09 y el requerimiento de información efectuado al mismo, fueron aprobados para recibir la ayuda económica un total de 15 personas, sin embargo en el desarrollo de la visita administrativa la UNGRD

No. 09 y el requerimiento de información efectuado al mismo, fueron aprobados para recibir la ayuda económica un total de 15 personas, sin embargo en el desarrollo de la visita administrativa la UNGRD requirió al municipio para que aclarara la información en relación a los siguientes casos que se excluyeron en las Fases 1! y 1!!I, En respuesta al requerimiento realizado por la UNGRD el municipio de Bosconia - Cesar, dentro de los 10 dias hábiles posteriores a la visita remitió información para que se aprobara el reconocimiento de la ayuda económica para algunas personas de las requeridas por la UNGRD que no fueron aprobadas en la Fase ll y 111.

+ FASE 4. REQUERIMIENTO VISITA ADMINISTRATIVA.

En el desarrollo de esa última fase (Fase IV) se realiza el proceso de verificación final con la información aportada por el municipio de Bosconia - Cesar, esta información corresponde a las personas a las cuales se niega y autoriza el reconocimiento de la ayuda económica por presentar inconsistencias en los datos, aquellas que no pudieron ser validadas con la base de datos del Sisben y finalmente los cambios de beneficiario por muerte del titular inicialmente inscrito. En la siguiente tabla se detallan los datos de las personas aprobadas O no para recibir la ayuda económica luego de revisada la información aportada por el municipio posterior a la visita que realizo la UNGRD para la práctica de pruebas. l Página 8 de 11Continuación de la Resolución No. 1689 del 22 de diciembre de 2015 “Por la cual se declara concluida la actuación administrativa establecida en la Resolución 840 de 2014, para el municipio de Bosconia, Cesar” VERIFICADOS EXCLUIDOS ACTIVADOS 30 2 28

FASE IV | EXCLUIDOS; 2 |

establecida en la Resolución 840 de 2014, para el municipio de Bosconia, Cesar” VERIFICADOS EXCLUIDOS ACTIVADOS 30 2 28 FASE IV | EXCLUIDOS; 2 | w EXCLUIDOS m ACTIVADOS En el proceso de revisión final realizado con la información aportada por el municipio se tuvieron en cuenta cinco (5) criterios de exclusión los cuales se mencionan a continuación: ("EXCLUIDOS NO SE CORRIGIERON LAS INCONSISTENCIAS: Registros de personas que al verificar con la página de la Procuraduría General de la Nación se pudo establecer que no se había efectuado ninguna corrección a los registros conforme a lo solicitado en el requerimiento realizado por la UNGRD el cual quedo suscrito en el acta de visita No.004 del 25 de Agosto de 2015, ("")EXCLUIDOS NO REQUERIDO NUCLEO FAMILIAR - INCLUIDO POR EL MUNICIPIO: Registros de personas que aunque fueron remitidas en el “Formado de Verificación Jefes de Hogar y Núcleos Familiares", no se encontraba en el listado con el que se requirió el municipio, no se aprueba para pago el registro. Es importante mencionar que este dato es informativo y no afecta los datos finales. En resumen en esta última fase quedan aprobados para pago un total de 43 beneficiarios de los 49 inicialmente remitidos por el municipio, en la siguiente tabla se resumen los datos de los 43 aprobados para pago y los6a los cuales no se lesaprobóel reconocimiento de la Ayuda Económica establecida en la Resolución No. 074 de 2011, TOTAL

TOTAL REGISTROS EXCLUIDOS TOTAL A PAGAR

los 43 aprobados para pago y los6a los cuales no se lesaprobóel reconocimiento de la Ayuda Económica establecida en la Resolución No. 074 de 2011, TOTAL TOTAL REGISTROS EXCLUIDOS TOTAL A PAGAR Que de conformidad al artículo duodécimo de la Resolución 840 de 2014 una vez recibida la documentación por parte de los municipios y en caso de encontrar que la misma reúne los requisitos exigidos, el Director General de la UNGRD debe emitir a través de acto administrativo la aprobación total o parcial de la misma, para proceder a las acciones de pago pertinentes, en cuanto se cuente con los recursos pertinentes. En mérito de lo expuesto, > Página 9 de 11Continuación de la Resolución

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