UNGRD - Circular 004 de 2025
UNGRD - Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- UNGRD - Circular 004 de 2025
- Autor
- UNGRD - Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Desastres Naturales
- Año
- 2025
UNGRD Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres -Circular Externa No. - O O 4 ( 1 5 ENE 2025 )
PARA: Gobernadores, Alcaldes, Coordinadores Territoriales de Gestión del
Riesgo de Desastres.
DE: UNIDAD NACIONAL PARA LA GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES
-UNGRD.
ASUNTO: Recomendaciones preparación para la respuesta y recuperación frente a incendios forestales y eventos conexos asociados a la primera temporada de menos lluvias 2025, en cumplimiento de las responsabilidades previstas en la ley 1575 de 2012, ley 1523 de 2012 y demás disposiciones concordantes.
Respetados Gobernadores, Alcaldes y Coordinadores Territoriales de gestión del Riesgo de Desastres, La Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres -UNGRD en cumplimiento de las funciones establecidas en el Decreto Ley 4147 de 2011 y atendiendo los principios que rigen la Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (Ley 1523 de 2012), a través de la presente circular reitera a las autoridades locales las responsabilidades que les asisten en su calidad de conductores del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres - SNGRD, en su nivel territorial, en aras de garantizar e implementar acciones propias de la gestión del riesgo de desastres, entendida como un proceso social de planeación, ejecución, seguimiento y evaluación de políticas y acciones permanentes para el conocimiento del riesgo y promoción de una mayor conciencia del mismo, impidiendo o evitando que este se genere, reduciéndolo o controlándolo cuando ya existe, y con la finalidad de contar con los
permanentes para el conocimiento del riesgo y promoción de una mayor conciencia del mismo, impidiendo o evitando que este se genere, reduciéndolo o controlándolo cuando ya existe, y con la finalidad de contar con los mecanismos y recursos necesarios para atender y manejar las situaciones de desastre, así como para la posterior recuperación (rehabilitación y reconstrucción); estas acciones tienen el propósito explícito de contribuir a la seguridad, el bienestar y calidad de vida de las personas y al desarrollo sostenible. Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres
Dirección: Av. Calle 26 # 92 - 32, edificio Gold 4, piso 2 1 Bogotá, Colombia Conmutador: ( +57) 601 552 9696
Línea gratuita nacional: ( +57) 018000113200
Página 1 1UNGRD Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres -En concordancia con lo anterior, se destaca la importancia que tiene la gestión del riesgo de incendios forestales en Colombia, toda vez que, estos eventos constituyen una de las principales amenazas ambientales y sociales que enfrenta el país. Este fenómeno no solo puede afectar valiosos ecosistemas y la biodiversidad, sino que también pone en riesgo la vida, la salud, integridad y los medios de subsistencia de nuestras comunidades, además de contribuir al cambio climático mediante la emisión de grandes cantidades de gases de efecto invernadero. En los últimos años, el país ha experimentado un incremento en la frecuencia e intensidad de los incendios forestales, debido, entre otros factores, a las condiciones climáticas extremas asociadas a la variabilidad climática o a fenómenos como El Niño y a la intervención humana en el territorio. Este
intensidad de los incendios forestales, debido, entre otros factores, a las condiciones climáticas extremas asociadas a la variabilidad climática o a fenómenos como El Niño y a la intervención humana en el territorio. Este panorama evidencia la necesidad urgente de implementar estrategias efectivas de gestión del riesgo y de fortalecer la capacidad de respuesta y recuperación ante este tipo de emergencias. Uno de los escenarios más preocupantes para el país corresponde a las situaciones derivadas de los déficits de precipitaciones, evidentes en el comportamiento histórico de las lluvias y el reporte de seguimiento al Fenómeno El Niño elaborado por la UNGRD, en el cual se identificó un panorama de afectaciones significativas durante el período comprendido entre el 3 de noviembre de 2023 y el 24 de enero de 2024, periodo en el cual se registraron impactos en 5 departamentos y 32 municipios, con un total de 323 incendios forestales, 6 eventos de sequía y una afectación de 6,723 hectáreas de terreno. Además, 69 municipios reportaron desabastecimiento de agua potable, afectando a 449,545 personas. Según los informes de alertas emitidos por el Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales -IDEAM, 954 municipios fueron identificados con algún nivel de alerta por incendios forestales, de los cuales 582 llegaron a alerta roja, lo que refleja la gravedad de la situación. En respuesta a esta situación de carácter nacional, el Gobierno Nacional, a través del Decreto No. 0037 de 27 de enero de 2024, declaró una situación de Desastre Nacional en todo el territorio, debido a la persistente amenaza de incendios
En respuesta a esta situación de carácter nacional, el Gobierno Nacional, a través del Decreto No. 0037 de 27 de enero de 2024, declaró una situación de Desastre Nacional en todo el territorio, debido a la persistente amenaza de incendios forestales y la influencia del fenómeno climático de El Niño, por el término de 12 meses. Esta medida, fue con el objeto de implementar acciones inmediatas para mitigar los efectos adversos y coordinar los esfuerzos de respuesta ante la crisis climática que afectó a diversas regiones del país. Sumado a lo anterior, se tiene que en el periodo comprendido entre los meses de enero y diciembre de 2024, según los reportes de la Sala Situacional de la Sala de Crisis de la -UNGRD CITEL, se registraron 6,274 eventos relacionados Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres
Dirección: Av. Calle 26 # 92 - 32, edificio Gold 4, piso 2 1 Bogotá, Colombia Conmutador: ( +57) 601 552 9696
Línea gratuita nacional: (+57) 018000113200
Página 1 2UNGRD Unidad Nacional para la Gesti6n del Riesgo de Desastres -con incendios forestales a nivel nacional. Estos eventos afectaron un total de 216.056,87 hectáreas de superficie, lo que resalta la magnitud de la problemática en el país. Los departamentos con mayor número de incendios forestales reportados durante dicho periodo han sido Cundinamarca con 694 eventos; Antioquia con 662 eventos; Huila con 482 eventos; Santander con 446 eventos; Boyacá con 431 eventos; Atlántico con 369 eventos y Valle del Cauca con 329 eventos. Estos números indican que los incendios forestales presentados tuvieron una
662 eventos; Huila con 482 eventos; Santander con 446 eventos; Boyacá con 431 eventos; Atlántico con 369 eventos y Valle del Cauca con 329 eventos. Estos números indican que los incendios forestales presentados tuvieron una distribución significativa en varias regiones del país. A continuación, se detallan las cifras registradas en la vigencia 2024 a propósito de los eventos relacionados con incendios forestales en el país: 2 6 <; 4 Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres
Dirección: Av. Calle 26 # 92 - 32, edificio Gold 4, piso 2 1 Bogotá, Colombia Conmutador: ( +57) 601 552 9696
Línea gratuita nacional: (+57) 018000113200
Página 1 3UNGRD Unidad Nacional para la Gesti6n del Riesgo de Desastres1 DEPARTAMENTO MUNICIPIOS EVENTO 31 812 6.274
FALLECIDOS HERIDOS DESAPARECIDOS PERSONAS FAMILIAS VIVIENDAS AVERIAD... VIVIENDAS DESTRUI. 13 268 68 11 6
V!AS PTES. VEHICULARES PTES. PEATONAL ES ACUEDUCTOS ALCANTARll.1.ADO
3 CENTROS SALUD CENTROS EDUCATIVOS CENTROS COMUNITARIOS HECT ARE AS Fuente: Sala Situacional de la Sala de Crisis de la -UNGRD CITEL. Estos eventos no solo pusieron a prueba nuestra capacidad de respuesta como nación, sino que también evidenciaron la necesidad urgente de fortalecer las estrategias de prevención, gestión y mitigación del riesgo ante los desastres. En este contexto, resulta fundamental señalar que los Cuerpos de Bomberos de
nación, sino que también evidenciaron la necesidad urgente de fortalecer las estrategias de prevención, gestión y mitigación del riesgo ante los desastres. En este contexto, resulta fundamental señalar que los Cuerpos de Bomberos de Colombia desempeñan un papel fundamental en la prevención, control y mitigación de los incendios forestales, su labor es esencial para proteger vidas humanas, bienes y ecosistemas, tal como lo señala la Ley 1575 de 2012 que en su artículo 1 establece: La gestión integral del riesgo contra incendio1 los preparativos y atención de rescates en todas sus modalidades y la atención de incidentes con materiales peligrosos, estarán a cargo de las instituciones Bomberiles y para todos sus efectos, constituyen un servicio público esencial a cargo del Estado. Así las cosas, por tratarse de un servicio público esencial, cuya prestación eficiente debe ser asegurada por el Estado a todos los habitantes, corresponde a las autoridades locales dar absoluto cumplimiento a lo establecido en el artículo 3 de la Ley 1575 de 2012, que de manera textual determina: El servicio público esencial se prestará con fundamento en los principios de subsidiariedad, coordinación y concurrencia, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 288 de la Constitución. Corresponde a la Nación la adopción de políticas, la planeación, las regulaciones generales y la cofinanciación de la gestión integral del riesgo contra incendios, los preparativos y atención de rescates en todas sus modalidades y la atención de incidentes con materiales peligrosos. Los departamentos ejercen funciones de coordinación, de complementariedad de la acción de los distritos y municipios, de intermediación de estos ante la Nación para la prestación del servicio y de cont ribución a la financiación
modalidades y la atención de incidentes con materiales peligrosos. Los departamentos ejercen funciones de coordinación, de complementariedad de la acción de los distritos y municipios, de intermediación de estos ante la Nación para la prestación del servicio y de cont ribución a la financiación tendiente al fortalecimiento de los cuerpos de bomberos. Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres
Dirección: Av. Calle 26 # 92 - 32, edificio Gold 4, piso 2 1 Bogotá, Colombia Conmutador: ( +57) 601 552 9696
Línea gratuita nacional: ( + 57) 01 8000 113200
Página 1 4UNGRD Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres -Los entes territoriales deben garantizar la inclusión de políticas, estrategias, programas, proyectos y la cofinanciación para la gestión integral del riesgo contra incendios, rescates y materiales peligrosos en los instrumentos de planificación territorial e inversión pública. Es obligación de los distritos, con asiento en su respectiva ;urisdicción v de los municipios la prestación del servicio público esencial a través de los cuerpos de bomberos oficiales o mediante la celebración de contratos y/o convenios con los cuerpos de bomberos voluntarios. En cumplimiento del principio de subsidiariedad, los municipios de menos de 20. 000 habitantes contarán con el apoyo técnico del departamento y la financiación del fondo departamental y/o nacional de bomberos para asegurar la prestación de este servicio. Las autoridades civiles, militares y de policía garantizarán el libre desplazamiento de los miembros de los cuerpos de bomberos en todo el territorio nacional y prestarán el apoyo necesario para el cabal
este servicio. Las autoridades civiles, militares y de policía garantizarán el libre desplazamiento de los miembros de los cuerpos de bomberos en todo el territorio nacional y prestarán el apoyo necesario para el cabal cumplimento de sus funciones. (Subrayas fuera del texto original) Lo antes señalado atendiendo igualmente lo previsto en el artículo 365 de la Constitución Política que prevé: los servicios públicos son inherentes a la finalidad social del Estado. Es deber del Estado asegurar su prestación eficiente a todos los habitantes del territorio nacional. De acuerdo a lo expuesto, resulta oportuno mencionar que la Dirección Nacional de Bomberos de Colombia - DNBC emitió comunicado mediante radicado DNBC No. 2024-211-003280-1 con asunto "CUMPLIMIENTO RESPONSABILIDADES LEY 1575 DE 2012 - CONTRATACIÓN Y FINANCIAMIENTO DE LOS CUERPOS DE BOMBEROS VOLUNTARIOS - GARANTÍA DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ATENCIÓN DE INCENDIOS, RESCATES E INCIDENTES CON MATERIALES PELIGROSOS - VIGENCIA 2025", en el cual se recuerda a las autoridades locales sobre las responsabilidades que les asisten en cuanto corresponde al cumplimiento de la Ley 1575 de 2012, concretamente en lo referente a las competencias a nivel local para efectos de la garantía del servicio público esencial de la gestión integral del riesgo contra incendio, los preparativos y atención de rescates en todas sus modalidades y la atención de incidentes con materiales peligrosos. Conforme lo anterior, desde la UNGRD, hacemos un llamado urgente a los Municipios, Distritos y Departamentos, para que de conformidad con sus competencias y atribuciones garanticen la prestación del servicio público
materiales peligrosos. Conforme lo anterior, desde la UNGRD, hacemos un llamado urgente a los Municipios, Distritos y Departamentos, para que de conformidad con sus competencias y atribuciones garanticen la prestación del servicio público esencial de la gestión integral del riesgo contra incendio a través de los cuerpos Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres
Dirección: Av. Calle 26 # 92 -32, edificio Gold 4, piso 2 1 Bogotá, Colombia Conmutador: ( +57) 601 552 9696
Línea gratuita nacional: ( +57) 01 8000 113200
Página 1 5UNGRD Unidad Nacional para la Gesti6n del Riesgo de Desastres -de bomberos oficiales1 o mediante la celebración de contratos y/o convenios con los cuerpos de bomberos voluntarios2 en sus territorios, habida cuenta que, el carácter esencial de este servicio público se predica, por cuanto las actividades que lo conforman contribuyen de modo directo y concreto a la protección de bienes, satisfacción de intereses y a la realización de valores, ligados con la vida y la dignidad humana. 3 De acuerdo a lo señalado se exhorta a las autoridades locales competentes para que adelanten las gestiones correspondientes en aras de:
1. Garantizar la prestación efectiva del servicio público esencial de la gestión integral del riesgo contra incendios a través de los cuerpos de bomberos oficiales o mediante la celebración de contratos y/o convenios con los cuerpos de bomberos voluntarios en sus territorios y promoviendo la coordinación con las entidades del SNGRD.
2. Fortalecer las acciones de prevención y educación comunitaria sobre el manejo adecuado del fuego y la protección del ambiente.
cuerpos de bomberos voluntarios en sus territorios y promoviendo la coordinación con las entidades del SNGRD.
2. Fortalecer las acciones de prevención y educación comunitaria sobre el manejo adecuado del fuego y la protección del ambiente.
3. Coordinar y aunar esfuerzos con las entidades del SNGRD con presencia en sus respectivas jurisdicc iones que permitan implementar planes y protocolos para una respuesta rápida y eficaz ante la presencia de incendios forestales y eventos asociados a la primera temporada de menos lluvias 2025.
El compromiso de las Autoridades locales es clave para garantizar una adecuada gestión del riesgo de desastres, asegurando los recursos hum anos, técnicos y financieros necesarios para el cumplimiento de su misionalidad. Además, se recuerda que de conformidad con lo establecido en el artículo 37 de la Ley 1575 de 2012, los Distritos, Municipios y Departamentos podrán aportar recursos para la gestión integral del riesgo contra incendio, los preparativos y atención de rescates en todas sus modalidades y la atención de incidentes con materiales peligrosos. Al respecto la DNBC, ha señalado de forma reiterada que /os recursos recaudados por concepto sobretasa bomberíl son de destinación específica, y en 1 Cuerpos de Bomberos Oficial es: Son aquellos que crean los conceJos distritales o munici pales, para el cumplimiento del servicio público para la gestión integral del riesgo contra incend101 los preparatívos y atención de rescates en todas sus modalidades y la atención de incidentes con materiales peligrosos a su cargo en su respectiva junsdicc1ón. (Articulo 18 de la Ley 1575 de 2012)
gestión integral del riesgo contra incend101 los preparatívos y atención de rescates en todas sus modalidades y la atención de incidentes con materiales peligrosos a su cargo en su respectiva junsdicc1ón. (Articulo 18 de la Ley 1575 de 2012) 2 Los Cuerpos de Bomberos Voluntarios: Son aquellos organizados como asociaciones sin ánimo de lucro, de utilidad común y con personería JUridica expedida por las secretarias de gobiemo departamentales, organizadas para la prestaci ón del servicio público para la gesti ón integral del riesgo contra incendio, los preparativos y atención de rescates en todas sus modalidades y la atenoón de incidentes con matenales peligrosos, en los terminos del articulo segundo de la ley y con certificado de cumphmiento expedido por la dirección Nacional de Bomberos. (Artículo 18 de la Ley 1575 de 2012) 3 Ello es asi, en razón de la preeminencia que se reconoce a los derechos fundamentales de la persona y de las garantías dispuestas para su amparo, con el nn de asegurar su respeto y efectividad. Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres
Dirección: Av. Calle 26 # 92 -32, edificio Gold 4, piso 2 1 Bogotá, Colombia Conmutador: ( +57) 601 552 9696
Línea gratuita nacional: ( +57) 01 8000 113200
Página j 6UNGRD Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres -ese sentido deben destinarse únicamente a la financiación de la actividad Bomberil; y una vez recaudados, estos valores deberán transferirse al Cuerpo de Bomberos Voluntarios a través de un convenio de transferencia o un contrato de prestación de servicios, para que este administre dichos recursos teniendo
Bomberil; y una vez recaudados, estos valores deberán transferirse al Cuerpo de Bomberos Voluntarios a través de un convenio de transferencia o un contrato de prestación de servicios, para que este administre dichos recursos teniendo en cuenta las necesidades del servicio y garantizar el funcionamiento a nivel operativo y administrativo de fa institución, en tanto que la prestación del servicio se efectúa directamente a través de los Cuerpos de Bomberos. La responsa bit idad por fa no transferencia de los recursos y la no prestación del servicio público esencial recae en la administración municipal de conformidad con los artículos 1º, 2º y concordantes de la Ley 1575 de 2012, y es esta quien deberá realizar todas las gestiones para la transferencia efectiva de los recursos al Cuerpo de Bomberos Voluntarios. 4 La misma Entidad igualmente ha señalado que para determinar el monto de los recursos requeridos para la celebración del contrato o convenio con un Cuerpo de Bomberos Voluntarios, es necesario que el cuerpo de bomberos presente al Municipio o Distrito el presupuesto de gastos que se requiere para atender integralmente a las necesidades del servicio, con base en las estadísticas generadas de las emergencias presentadas en la vigencia anterior, sin dejar de lado el componente de capacitación y prevención, a partir de lo cual se debe generar el acuerdo respecto del valor y las obligaciones para suscribir el respectivo contrato o convenio. Además, la DNBC ha reiterado que, en cumplimiento de los fines ya anotados, las Entidades pueden destinar recursos propios, ingresos corrientes de libre destinación, para financiar la actividad bomberil, en tanto que la sobretasa bomberil hace referencia a recursos que aporta la comunidad y no hacen parte del presupuesto municipal, debido a que no son ing resos corrientes, siendo de destinación específica.
bomberil, en tanto que la sobretasa bomberil hace referencia a recursos que aporta la comunidad y no hacen parte del presupuesto municipal, debido a que no son ing resos corrientes, siendo de destinación específica. Además, es importante señalar que en aras de fortalecer la respuesta ante emergencias, las autoridades locales en ejerc1c10 de sus atribuciones constitucionales y legales pueden suscribir acuerdos de conformidad con el marco jurídico aplicable con las diferentes instituciones que integran el Subsistema Nacional de Voluntarios en Primera Respuesta5 de acuerdo a lo señalado en la Ley 1505 de 2012 y demás disposiciones concordantes. Así mismo, en el contexto de los escenarios de riesgo que surgen con ocasión de esta temporada de menos lluvias, desde la UNGRD adicionalmente se recomienda a los Municipios, Distritos y Departam entos, fortalecer a los Consejos Territoriales de Gestión del Riesgo de Desastres y en especial a todas https ://dnbc.gov .co/preguntas•y-respuestas·frecuentes//t; fi :text= l 1.,Seguro%20de%20Vl da. Este Subsistema es el conjunto de entidades que reattzan acciones voluntanas en prímera respuesta a nivel nacional en atención y prevención de desastres, emergencfas y eventos antróp1cos. El Subsistema Nac,onal de Voluntarios en Primera Respuesta hace parte del Sistema Nac,onal para la Prevendón y Atención de Desastres. Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres
Dirección: Av. Calle 26 # 92 - 32, edificio Gold 4, piso 2 1 Bogotá, Colombia Conmutador: (+57) 601 552 9696
Línea gratuita nacional: ( +57) 01 8000 113200
Dirección: Av. Calle 26 # 92 - 32, edificio Gold 4, piso 2 1 Bogotá, Colombia Conmutador: (+57) 601 552 9696
Línea gratuita nacional: ( +57) 01 8000 113200
Página 1 7UNGRD Unidad Nacional para la Gesti6n del Riesgo de Desastres -las entidades operativas presentes en el territorio para garantizar una preparación adecuada y una respuesta oportuna ante las emergencias que se puedan presentar en sus jurisdicciones. Para finalizar se recuerda que, al tenor de lo dispuesto en la Constitución Política, las autoridades públicas están instituidas para defender a todos los residentes en el país y asegurar el cumplimiento de los deberes sociales del Estado, de manera que el incumplimiento de ellos puede dar lugar a la declaratoria de responsabilidad de acuerdo a lo previsto entre otras disposiciones en el artículo 90 de la Constitución Política, la Ley 1952 de 2012 y demás disposiciones concordantes. Además, desde la UNGRD, en Circular No. 094 de 23 de diciembre de 2024 se impartieron los lineamientos para la preparación y alistamiento ante la primera temporada seca o de menos lluvias de 2025 por lo que se deben seguir las recomendaciones y aportar a la preparación institucional y comunitaria, de acuerdo a lo allí señalado y atendiendo las particularidades de cada territorio. Desde la UNGRD estaremos prestos a brindar la asesoría y acompañam iento requerido. Sin otro articular, muchas gracias por la atención prestada. RAF Subdirector General Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres UNGRD
Proyectó: Revisó:
Aprobó:
requerido. Sin otro articular, muchas gracias por la atención prestada. RAF Subdirector General Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres UNGRD
Proyectó: Revisó:
Aprobó: Marcos Edwin Quiroga /Contratista Subdirección General UNGRD Jil{'
Zalda Camila Rincón / Contratista SRR UNGRD 'fi Miguel Eduardo Luengas/ Profesional Especíalizad _ o_fiR-hl Daniel Rolando Ortiz / Profesional Especializado Sfi \ Danny Correño / Contrati sta SRR_-""4 C María Isabel Villegas Holguín / Abogada SDG \J\.,t María Constanza Meza / Subdirector¡¡ para la Reducción del Riesgo Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres
Dirección: Av. Calle 26 # 92 -32, edificio Gold 4, piso 2 1 Bogotá, Colombia Conmutador: ( +57) 601 552 9696
Línea gratuita nacional: ( +57) 01 8000 11 3200
Página 1 8