UNGRD - Circular 022 de 21 de abril de 2025
Detalles
- Título
- UNGRD - Circular 022 de 21 de abril de 2025
- Autor
- UNGRD - Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Desastres Naturales
- Año
- 2025
GOLOMBLA
POTENCIA DE LA
K üffiVIDA CIRCULAR o^O ( t2 1 ABR 2025
PARA: Alcaldes, Coordinadores Distritales y Municipales de Gestión del Riesgo de Desastres
DE: RAFAEL CRUZ RODR¡GUEZ Subdirector General ASUNTO Fortalecimiento de la gestión del riesgo en los municipios - lnformación importante para la planifi cación y respuesta Respetados alcaldes y Coordinadores, En virtud de lo dispuesto en el Parágrafo 1' del artículo 1" de la Ley 1523 de 2012, conforme al cual "/a gestión del riesgo de desasfres se constituye en una política de desarrollo indispensable para asegurar la sostenibilidad, la seguridad territorial, /os derechos e infereses colectivos, mejorar la calidad de vida de las poblaciones y las comunidades en riesgo y, por lo tanto, está intrínsecamente asociada con la planificación del desarrollo seguro, con la gestión ambiental territorial sosfenib/e, en todos los niveles de gobierno y en atención al principio de precaución que orienta dicha política, es preciso recordar la responsabilidad que cada uno de los actores del Sistema Nacional de Gestión de Riesgo de Desastres tiene en garantizar la seguridad de los asentamientos humanos, particularmente en la presente circular, los asentamientos humanos urbanos. En este sentido, al ser los alcaldes y alcaldesas cabezas del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SNGRD) en su territorio y responsables del desarrollo local, tienen el deber de elaborar o actualizar sus planes municipales de gestión del riesgo de desastres (PMGRD), conforme a lo establecido en los artículos 32 y 37 de la Ley 1523 de 2012. lgualmente, deben inborporar el componente de gestión del riesgo en los distintos instrumentos de
municipales de gestión del riesgo de desastres (PMGRD), conforme a lo establecido en los artículos 32 y 37 de la Ley 1523 de 2012. lgualmente, deben inborporar el componente de gestión del riesgo en los distintos instrumentos de planificación territorial y sectorial <omo los Planes de Desarrollo, los Planes de Ordenamiento Territorial (POT), los Planes Básicos de Ordenamiento Territorial (PBOT), los Esquemas de Ordenamiento Territorial (EOT) y los planes sectoriales-, en cumplimiento de lodispuesto en los artículos 39,40 y 41 de la citada ley, con el fin de garantizar un desarrollo territorial seguro y sostenible. Esta obligación de las autoridades municipales está contemplada en la Ley 9 de 1989, la Ley 388 de 1997 y la Ley 1523 de 2012. Por esta razón, y en el marco de las competencias de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres - UNGRD como entidad coordinadora del SNGRD, es fundamental contar con información oportuna y pertinente que permita una adecuada articulación y respuesta, especialmente en aquellos casos en los que se materialicen riesgos no mitigables y el municipio requiera apoyo del orden nacional. En este sentido, nos permitimos recordar que las autoridades municipales deben llevar a cabo desde sus ¡nstrumentos de planificación de ordenamiento territorial (POT, PBOT, EOT): (il) La determinación como zona de alto riesgo para la localización de asentamientos humanos (Numeral 2.3 Artículo 12 Ley 388 de 1997), (ii) La definición de las normas urbanas respectivas parala localización de terrenos cuyo uso es el de vivienda de interés soc¡al y la reubicación de asentamientos humanos localizados en zonas de alto riesgo (Numeral
(ii) La definición de las normas urbanas respectivas parala localización de terrenos cuyo uso es el de vivienda de interés soc¡al y la reubicación de asentamientos humanos localizados en zonas de alto riesgo (Numeral 3.2. Artículo 15 Ley 388 de 1997), (iii) La estrategia y mecanismos de mediano plazo para la reubicación de los asentamientos humanos localizados en zonas de alto riesgo para la salud e integridad de sus habitantes, incluyendo la estrategiapara su transformación para evitar su nueva ocupación (Numeral 5 Artículo't 3 Ley 388 de 1997), junto con las demás acciones necesarias para garantizar la seguridad de los asentamientos humanos en el marco de sus competencias. Avenida calle 26 No. 92 - 32, Piso 2 - Edificio Gold 4, Bogotá - Colombia Línea gratuita de atención: 01 8000 1 13 ?00
PBX: (57) 601 552 9696
www. gestiondelriesgo. gov.coCOIJOMBlA POTENCIA DE LA ÜUffiEPK VIDA Asimismo, conforme al artículo 121 de la Ley 388 de 1997, las áreas catalogadas como de riesgo no mitigable que hayan sido d'esalojadas med¡ante planes o proyectos de reubicación deben ser entregadas a las Corporaciones Autónomas Regionales o a la autoridad ambiental para su manejo y cuidado, con el fin de evitar una nueva ocupac¡ón. Desde esta perspectiva, el alcalde municipal o distrital respectivo tiene la obligación de impedir que estas áreas sean nuevamente ocupadas con viviendas y responderá por el incumplimiento de este deber, garantizando asi la sostenibilidad y seguridad de dichos territorios. La planificación de la Gestión del Riesgo de Desastres debe fundamentarse en un ejercicio de participación colectiva,
nuevamente ocupadas con viviendas y responderá por el incumplimiento de este deber, garantizando asi la sostenibilidad y seguridad de dichos territorios. La planificación de la Gestión del Riesgo de Desastres debe fundamentarse en un ejercicio de participación colectiva, que involucre a actores públicos, privados y comunitarios, garantizando que las acciones respondan a las necesidades y dinámicas del territorio. Este enfoque fomenta la corresponsabilidad, tal como lo establece la Ley 1523 de2012, promoviendo un trabajo articulado entre los distintos sectores. Por esta razón, se insta a que las acciones desarrolladas sean concertadas y definidas dentro de los Planes Municipales de Gestión del Riesgo de Desastres (PMGRD), así como en otros instrumentos de planificación territorial y del desarrollo, asegurando su al¡neación con las realidades locales y fortaleciendo la resiliencia del territorio y dando cumplimiento a la Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres Tener la Estrategia Municipal para la Respuesta a Emergencia actualizada, que cuente con un plan de preparación claro y que considere aspectos tales como la identificación de rutas de evacuación seguras, la capacitación constante de la comunidad en protocolos de emergencia y la instalación de sistemas de alerta temprana es fundamental para reducir las necesidades dentro de la etapa de respuesta. Así fortaleciendo la capacidad de resiliencia se prop¡cia que la población esté mejor preparada para actuar en caso de una materialización del riesgo. La colaboración continua y el intercambio de información actualizada son esenciales para fortalecer nuestras estrategias en el marco de los procesos de la Gestión del Riesgo de Desastres frente a los desafíos que enfrentamos. Desde la UNGRD, reafirmamos nuestro compromiso de acompañarlos en cada paso del proceso, brindando el apoyo
estrategias en el marco de los procesos de la Gestión del Riesgo de Desastres frente a los desafíos que enfrentamos. Desde la UNGRD, reafirmamos nuestro compromiso de acompañarlos en cada paso del proceso, brindando el apoyo necesario para garantizar la seguridad y el bienestar de la población. Agradecemos la constancia y dedicación en sus esfuerzos en materia de gestión territorial y los instamos a continuar con este trabajo conjunto. Es fundamental recordar que, para avanzar en estos procesos, se debe dar cumplimiento a los procedimientos establecidos, como las declaratorias de calamidad, el Registro Único de Damnificados (RUD), la Evaluación de Daños y Análisis de Necesidades (EDAN) y la solicitud formal de intervención a la UNGRD. Juntos seguiremos trabajando y avanzando hacia un país más resiliente, preparado y con procesos de reasentamiento seguros y sostenibles. General
Elaboró: Claud¡a Lorena Peña / Contratista / SDG r.rilft].
Revisó: Maria Camila Pulgarin Pardo /C_offitisla / SDG \fbd4pAprobó: Nicolas Cantor /Con|.:,rarisáISDG (/)n/
Rosa Dory Chapano /Contratista ffi@2aa>+ Avenida calle 26 No. 92 - 32, Piso 2 - Edificio Gold 4, Bogotá - Colombia Línea gratuita de atención. O1 8000 I i3 200 I PBX: (57) 601 5s2 9696 www. gestiondelriesgo.gov. co