UNGRD - Circular 053 del 19 de agosto de 2025
UNGRD - Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres
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Detalles
- Título
- UNGRD - Circular 053 del 19 de agosto de 2025
- Autor
- UNGRD - Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Desastres Naturales
- Año
- 2025
UNGRD Unidad Nacionat para üa Gestión det Riesgo de Desastres raa-crRcuLAR S. C ü; 1 I AGO 2025 )
PARA: FUNCIONARIOS Y CONTRATISTAS UNGRD Y FNGRD
DE: MICHAEL OYUELA VARGAS Secretario General ASUNTO: Socialización Resolución No.0774 del l9 de agosto de 2025 -"Por la cual se reglamentan los procedimientos administrativos para el trámite de comisiones y desplazamientos al interior y exterior del país para los servidores públicos y contratistas" Cordial saludo; Teniendo en cuenta lo acordado en la mesa de negociación del 26 de junio de 2025, entre Sindicato Unitario Nacional de Trabajadores del Estado -SUNET y subdirectiva Bogotá -Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres y la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres, el cual dispone en su Capítulo V de aspectos económicos del pliego: "En un plazo no mayor a 3 meses a partir de ta firma del presente acuerdo LA UNTDAD NACTONAL PARA LA GESTTÓN DEL R/ESGO DE DESASIRES -UNGRD ajustará la base de liquidación de viáticos al interior en un mínimo del 90% de la tarifa diaria definida en el decreto por el cual se fijan las esca/as de viáticos, en todo caso teniendo en cuenta la directiva de austeridad del gasto de la Presidencia de la República. De igual manera en este término la administración remitirá e incluirá en la Resolución que reglamenta las comisiones de servicios, viáticos y gasfos de transporte, los lineamienfos referentes a los tiempos
República. De igual manera en este término la administración remitirá e incluirá en la Resolución que reglamenta las comisiones de servicios, viáticos y gasfos de transporte, los lineamienfos referentes a los tiempos prolongados de /as comisiones, respetando las condiciones de bienestar, los acuerdos laborales, el objeto de la comisión y los criterios según la necesidad." Por lo anterior, me permito socializar la resolución No.0744 del '19 de agosto de 2025, "Por la cual se reglamentan los procedimientos administrativos para eltrámite de comisiones y desplazamientos al interior y exterior del país para los servidores públicos y contratistas"; en la que se adiciona y ajusta: 1-Se adiciona parágrafo en el artículo B: Parágrafo 2. La comisión o desplazamiento que finalice y haya tenido una continuidad de más de veinte (20) dÍas, el funcionario o contratista podrá volver a salir pasados quince (15) días hábiles. 2-Se ajusta el % de la base de liquidación de viáticos en el artículo 11 ARTÍCULO 11. Valor de los viáticos y/o gastos de desplazamiento al interior. El valor de los viáticos para los funcionarios de la UNGRD y/o gastos de desplazamiento para los contratistas de la UNGRD o el FNGRD, que realicen desplazamientos al interior del país, será el establecido en el decreto anual que expide el Gobierno Nacional. Unidad Nacional para !a Gestión del Riesgo de Desastres
Dirección: Av. Calle 26 # 92 -32, edificio Gold 4, piso 2 | Bogotá, Colombia Página | 1
Conmutador: (+57) 601 552 9696
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Línea gratuita nacional: (+57) 01 8000 113200UNGRD Unidad Nacional para [a Gestión de[ Riesgo de DesastresParágrafo 1. Para el pago de viáticos al interior del país para los funcionarios de la UNGRD, teniendo en cuenta la directiva de austeridad del gasto de la Presidenc¡a de la República, la base de liquidación será del 90% de la tarifa diaria definida en el decreto por el cual se fijan las escalas de viáticos.
Parágrafo 2. Para el reconocimiento y pago de gastos de desplazamiento a contratistas de la UNGRD o el FNGRD se aplicará como base de liquidación el 65% de los honorarios netos sin lVA, valor que será ubicado en la tabla de viáticos definida por el Gobierno Nacional, y del valor de viáticos diarios que indique la tabla, se reconocerá hasta el 90% del valor diario. Para la aplicabilidad de la misma se realizará de la siguiente manera:
Funcionarios:
1. Para los funcionarios cuya comisión fue otorgada mediante un acto administrativo con fecha anterior o hasta el 19 de agosto de 2025,|a base de liquidación de la comisión al interior del país será del 80% de la tarifa diaria definida en el decreto por el cual se fijan las escalas de viáticos.
2. Funcionarios cuya comisión fue conferida mediante acto administrativo posterior al 19 de agosto de 2025,la base de liquidación de comisión al interior del país será del 90% de la tarifa diaria definida
2. Funcionarios cuya comisión fue conferida mediante acto administrativo posterior al 19 de agosto de 2025,la base de liquidación de comisión al interior del país será del 90% de la tarifa diaria definida en el decreto por el cual se fijan las escalas de viáticos.
Contratistas: 1 . Contratistas cuyo desplazamiento haya sido antes del 1 9 de agosto de 2025,|a base de liq uidación del gasto de desplazamiento al interior del país será del B0% de la tarifa diaria definida en el decreto por el cual se fijan las escalas de viáticos.
2. Contratistas cuyo desplazamiento haya sido a partir del 19 de agosto de 2025, la base de liquidación del gasto de desplazamiento al interior del país será del 90% de la tarifa diaria definida en el decreto por el cual se fijan las escalas de viáticos.
Agradeciendo su atención y cumplimiento VARGAS o General
Elaboró: Maritza Herrera Molina / Coordinadora OTH¿N'¡.
Revisó: Ángela Liliana Rondón Gutiérrez / ContratisYa $L María Daniela Castaño De La Torre / Abogada Contratista SG kq Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres
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