UNGRD - Circular 080 de 1 de septiembre de 2026
Detalles
- Título
- UNGRD - Circular 080 de 1 de septiembre de 2026
- Autor
- UNGRD - Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Desastres Naturales
- Año
- 2026
UNGRD DE tJrJd¡d Nrdond pr¡ h Godfit d.tR¡.rto ü Dorrtslc --
PARA: ()
CONSEJOS DEPARTAMENTALES DE GEST¡ÓN DEL R¡ESGO DE
DESASTRES (CDGRD) Y CONSEJOS MUNICIPALES DE GESTIÓN
DEL RIESGO DE DESASTRES (CMGRD)
DAVID SANTIAGO TAMAYO ROLDÁN Director General Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres ASUNTO: Lineamientos para la asignación, distribuc¡ón y entrega de donaciones destinadas a la atención de la población damnificada por el sismo del 10 de agosto de 2026. Reciban un cordial saludo, Respetados integrantes del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres En atención a la emergencia ocasionada por el sismo ocurrido el 10 de agosto de 2026, con epicentro en el municipio de San José del Palmar (Chocó), y en el marco de lo dispuesto en el Decreto 1171 del 11 de agosto de 2026, mediante el cual se declaró una Situación de Desastre de Carácter Nacional, los integrantes del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (Entidades públicas, privadas y la comunidad), de conformidad con lo establecido en el artículo 8 de la Ley 1523 de 2012, bajo la coordinación de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD) y en articulación con la Sala de Crisis Nacional y el Puesto de Mando Unificado (PMU), han adelantado las acciones necesarias para gestionar mecanismos de asistencia y cooperación orientados a la atención y
recuperación de las comunidades afectadas. En desarrollo de los principios sistémico, de coordinación, concurrencia, subsidiariedad y complementariedad previstos en la Ley 1523 de 2012,|os donantes han dispuesto aportes en especie destinados a contribuir a la atención de la población damnificada por el sismo ocurrido el 10 de agosto de 2026. Estas actuaciones se desarrollan con observancia de las competencias atribuidas a las entidades nacionales y territoriales que integran el SNGRD. En consecuencia, Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres
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Página | 1 CIRCULAR No. . 80 01 SEP 2026lrrld.d ia.don l pü.1,¡ Gr¡dón ddE¡¡oo ü Doú¡r¡- la gestión y canal¡zación de las donaciones por parte del nivel nac¡onal no implica !a sustitución de las responsabilidades que corresponden a las autoridades departamentales y municipales en sus respectivas jurisdicciones, particularmente en lo relacionado con la validación territorial de las necesidades, la distribución, la entrega y la trazabilidad de las donaciones. Con el propósito de garantizar una gestión coordinada, eficiente, transparente y con la debida trazabilidad de las donaciones, los Consejos Departamentales de Gestión del Riesgo de Desastres (CDGRD) y los Consejos Municipales de
Gestión del Riesgo de Desastres (CMGRD), en el marco de sus respectivas competencias, deberán observar el siguiente procedimiento: UNGRD
GESTIÓN, RECEPCIÓN Y FORMALIZACIÓN DE LAPRIMERA FASE.
DONACIÓN
1. Recepción y formalización del ofrecimiento de donación Los integrantes del SNGRD (Empresa pública, privada o comunitaria) que adelanten la gestión correspondiente recibirá la manifestación de intención de donación presentada por el cooperante, organización o entidad donante.
El documento mediante el cual se formalice el ofrecimiento deberá contener, como mínimo, la siguiente información: . Tipo y descripción de los elementos objeto de donaciÓn. . Cantidad y características técnicas de los bienes ofrecidos en donación. . Condiciones previstas para su entrega. . Lugar de origen y destino de la carga. . Medio de transporte previsto. . Condiciones logísticas asociadas al transporte, entrega y descargue de los bienes objeto de donación.
2. Verificación documental y coordinación del despacho Previo al despacho de los bienes, el integrante o los integrantes del SNGRD
(Empresa pública, privada o comunitaria) que hayan gestionado la respectiva donación verificarán la documentación asociada a esta y al transporte de la carga, la cual deberá comprender, según corresponda: Unidad Naciona! para la Gestión del Riesgo de Desastres
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Página | 2UNGRD t dd¡d X¡doo.l pr¡ t¡ Gdr¡d.tm-gpd. D¡¡¡t¡¡ I¡TII Manifiesto de carga, con ¡ndicación de las cantidades, peso y volumen de los bienes transportados. Factura o documento equivalente en el que conste la naturaleza gratuita de la transferencia o el valor correspondiente a la donación, según resulte aplicable. Documentos de transporte y demás soportes requeridos parala movilización de la carga. lnformación del transportador y de los vehículos dispuestos para el traslado de los bienes. Asimismo, el integrante o los integrantes del SNGRD (Empresa pública, privada o comunitaria) responsables de la gestión de la donación adelantarán la coordinación necesaria con el transportador para el despacho de los bienes y suministrarán oportunamente al CDGRD correspondiente la información requerida para la adecuada recepción de la carga.
Nota: La documentación relacionada con la donación y su transporte deberá ser remitida previamente al CDGRD responsable de la recepción, con el propósito de facilitar su revisión y la coordinación logística en territorio.
3. Validación del punto de acopio en territorio Previo a la llegada de los vehículos, el integrante o los integrantes del SNGRD
(Empresa pública, privada o comunitaria) responsables de la gestión de la donación coordinarán con el GDGRD respectivo, la verificación de la disponibilidad y de las condiciones del lugar o centro de acopio dispuesto para la recepción y almacenamiento temporal de los bienes. Para tal efecto, deberán verificarse, como mínimo, los siguientes aspectos:
o ldentificación y datos de contacto de la persona responsable de recibir la carga. . Condiciones de acceso, seguridad y custodia del lugar. . Capacidad física para la recepción, maniobra y estacionamiento de los vehículos. o Disponibilidad del personal, maquinaria o equipos necesarios para la recepción y descargue de los bienes. . Condiciones adecuadas para el almacenamiento y conservación de los bienes recibidos. Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres
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4. Seguimiento a! desplazamiento de los vehículos Durante eltraslado de los bienes objeto de donación, el integrante o los integrantes del SNGRD (Empresa pública, pr¡vada o comunitar¡a) deberá suministrar la información necesaria para efectuar el seguimiento a la ubicación y desplazamiento de los vehículos, mediante el mecanismo definido para la operación.
Esta información permitirá realizar el monitoreo del recorrido, est¡mar los tiempos de llegada, identificar oportunamente las novedades que puedan presentarse durante el desplazamiento y facilitar la coordinación logística por parte del CDGRD
y de los demás responsables en territorio.
5. Recepción fisica y formalización mediante Acta de Entrega y Recibo Una vez los vehículos arriben al punto de acopio establecido, el CDGRD realizará la recepción física de los bienes objeto de donación y verificará la correspondencia entre la carga recibida y la documentación previamente remitida, particularmente en lo relacionado con el tipo, cantidad y estado de los bienes.
La entrega deberá formalizarse mediante la suscripción de la respectiva Acta de Entrega y Recibo, garantizando la identificación de los intervinientes, la numeración consecutiva de los documentos y la adecuadatrazabilidad de los bienes objeto de donación. En el proceso de recepción participarán, según corresponda: o El coordinador departamental de Gestión del Riesgo de Desastres o quien haga sus veces. . Elfuncionario o delegado de la entidad territorial responsable de la recepción y custodia de los bienes. . El funcionario, delegado o representante del integrante del SNGRD (Empresa pública, privada o comunitaria) que haya gestionado la donación, cuando corresponda. . Los demás actores cuya participación resulte necesaria de acuerdo con las condiciones particulares de la operación.
SEGUNDA FASE. ASIGNACIÓN, DISTR¡BUCIÓN Y ENTREGA DE LAS
DONAC¡ONES Unidad Nacional para la Gestión de! Riesgo de Desastres
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Página | 4UNGRD tJrúdrd N.don¡t pú. t¡ Gcdó¡¡ ütRiqodrDo¡¡trs -1. Consulta del Registro Único de Damnificados (RUD): La UNGRD facilitará a los CDGRD la información disponible en el Registro Unico de Damnificados (RUD), como insumo para la identificación de las familias damnificadas por el evento ocurrido el 10 de agosto de 2026.
2. Cruce y consol¡dación de la información: El CDGRD deberá cotejar la información suministrada por la UNGRD a partir del RUD con la información disponible en el territorio, con el propósito de consolidar la identificación de las familias damnificadas que serán objeto de atención.
3. Revisión del inventario y estructuración de paquetes: Con fundamento en el listado de bienes objeto de donación, el CDGRD definirá los paquetes de donaciones por familia, de acuerdo con las necesidades identificadas en elterritorio y la disponibilidad de inventario, y planificará la logística requerida para su transporte, almacenamiento y distribución.
4. El CDGRD definirá y administrará el centro de reserva departamental dispuesto para el acopio, almacenamiento temporal y custodia de los bienes objeto de donación.
5. Transferencia de información a los municipios: El GDGRD remitirá a los CMGRD de su jurisdicción el análisis consolidado de las familias que cumplan con los criterios establecidos para ser destinatarias de las donaciones.
6. Entrega de las donaciones a los municipios: El CDGRD formalizará la
transferencia y entrega de los paquetes de donaciones a los respectivos CMGRD, garantizando la correspondiente trazabilidad documental.
7. Plan de Distribución Municipal: El CMGRD formulará y ejecutará el Plan de Distribución y Entrega de las Donaciones a las familias destinatarias ubicadas en su respectiva jurisdicción.
8. Documentación y soportes: El CMGRD deberá recopilar y conservar los soportes que acrediten la entrega formal de los bienes a cada familia destinataria, los cuales deberán incluir el formulario oficial de entrega debidamente diligenciado y firmado, las evidencias fotográficas y el documento de identidad de la persona que recibe los bienes.
9. Remisión de evidencias: Los soportes recopilados deberán ser remitidos oportunamente por el CMGRD al CDGRD, al integrante o integrantes del SNGRD (Empresa pública, privada o comunitaria) que hayan gestionado la respectiva donación y ala UNGRD, en su calidad de entidad coordinadora del Sistema, con el propósito de garantizar el seguimiento y la trazabilidad del proceso.
Unidad Naciona! para !a Gestión del Riesgo de Desastres
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Página | 5UNGRDtiürd il¡don¡tpr¡ h Gdnü[RlqndrDoúar¡rI OTRAS DISPOSIC¡ONES Destinación exclusiva: Los bienes objeto de donación deberán destinarse de
manera estricta y exclusiva a la atención de la población afectada dentro de la jurisdicción del municipio receptor, de conformidad con la priorización establecida. Finalmente, reiteramos nuestro agradecimiento a los Consejos Departamentales y Municipales de Gestión del Riesgo de Desastres por su compromiso con la rigurosa verificación de la información y la adecuada ejecución de estas ayudas, labor fundamental para garantizar una respuesta coordinada, efectiva y transparente, orientada a la protección de la vida y la dignidad de las comunidades afectadas. Cordialmente, DAVID SANTIAGO AYO ROLDÁN Director General Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres N
Elaboró: Elena Pabón Tarazona Profesional Espec¡alizado arr-rrrGO O /-
Andrea Carolina González N¡ño - Profesional E¡i¡rrgcializaOo SMD-ÜN69¿ Ana Ortiz Fuentes - Contratista SMDUNGRDV \ Rev¡só: Luis Arturo Márquez Zamudio - Contrat¡sta S¡rfí- Uf.lOBq UfiltX . Liliana Castiblanco Noreña - Contratista SfrnOUruCn0,{ -\ - u Aprobó: Hernán Darío OiazDiaz¿/§ Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres
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