UNGRD - Resolución 0051 del 26 de enero de 2026
UNGRD - Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres
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Detalles
- Título
- UNGRD - Resolución 0051 del 26 de enero de 2026
- Autor
- UNGRD - Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Desastres_Naturales
- Año
- 2026
REPUBLICA DE COLOMBIA UNIDAD NACIONAL PARA LA GESNÓN DEL RIESGO DE DESASTRES REsoLUcróN ". ilo 0 0 5 1 ( ,2 6 ENE 2026 ) Por medio de la cual se establecen lineamientos generales paft al cumplimiento de la delegación realizada por el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República -DAPRE relacionada con la viabilidad de los proyectos de inversión f¡nanc¡ables bajo el tnecan¡smo de Obras Nr lmpuestos. EL SUSCRITO O¡RECTOR GENERAL DE LA UNTOAD NACIONAL PARA LA GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES En uso de sus fácultades legales, en especial las conferidas en el numeral 3 del artfculo 11 del Decrelo Ley 4147 de 2011y el parágrafo 1 del artlculo 48 de la Ley 1523 de 2O12 CONSIDERANDO Que, de conformidad con el artfculo 113 de la Constitucrón Pollt¡ca, los órganos del Estado, s¡ bien tienen func¡ones separadas, deben colaborar armónicamente para la realización de sus fines. Que el Fondo Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres -FNGRD fue creado como una cuenta especial de la Nación, con independencia patr¡mon¡al, adm¡nistrativa, contable y estadíst¡ca, con fines de interés público y asistencia social dedicado a la atención de las necesidades que se or¡ginen en s¡luaciones de desastre, d6 calamidad pública o d€ naturaleza similar; los recursos del FNGRD se destinarán al cumplimiento de sus objetivos. Que mediante el Decreto 4147 del 3 de noviembre de 201 1 se creó la Unidad Administrativa
similar; los recursos del FNGRD se destinarán al cumplimiento de sus objetivos. Que mediante el Decreto 4147 del 3 de noviembre de 201 1 se creó la Unidad Administrativa Especial denominada Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres -UNGRD, adscr¡ta al Departamento Administrativo de la Pres¡denc¡a de la República -DAPRE, la cual tiene como ob¡etivo \...) dirig¡r la implemenlación de la gest¡ón del riesgo de desaslrss, alendiendo las polit¡cas de desarrollo sosfen,ble, y coordinar el func¡onamiento y el desarrollo continuo del S¡stema Nacional". Que, a su vez, el artÍculo 48 de la Ley 1523 de 2012 establece que el Fondo Nac¡onal de Gestión del Riesgo de Desastres -FNGRD será administrado y representado por una sociedad flduciaria de carácter público, y la ordenación del gaslo estará a cargo del Director General de la Unidad Admin¡strativa Especial denominada Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de DesastresUNGRD. Oue la PolÍtica Nacional de Gestión del R¡esgo de Desastres -en adelante gestión del riesgo-, fue adoptada por medio del artículo 1 de la Ley 1523 de 2012, y se define como "( ...) un proceso social or¡enlado a la formulación, ejecución, seguimiento y evaluación do politicas, gslraleglas, planes, programas, regulaciones, instrumentos, medidas y acciones permanentes para el conoc¡miento y la reducción del iesgo y para el manejo de desasfres, con ol propósito expllcito de contribu¡r a la seguidad, el b¡eneslar, la calidad de v¡da de,las personas y al desarrolloRESOLUCIÓN No r0051 Oe Página 2 de 8
de contribu¡r a la seguidad, el b¡eneslar, la calidad de v¡da de,las personas y al desarrolloRESOLUCIÓN No r0051 Oe Página 2 de 8 ,2 6 Et{E 2026 Continuac¡ón de la Resolución: "Por medio de la cual se oslabJecen l¡neamienlos generales para el cumplimionlo de la delegación realizada por el Oepadamenlo Administral¡w de la Pres¡dencía de la República -DAPRE relacionada @n h viawidad de los proyeclos de inve¡sión linanciables bajo el mecanismo da Obras por lmpuestos." Que mediante la Ley 1523 de 2O12 se adoptó la Polltica Nacional de Gest¡ón del Riesgo de Desasfes y se estableció el Sistema Nacional de Gestión del R¡esgo de Desastres, como el conjunto de entidades públ¡cas, pnvadas y comun¡tarias, de polit¡cas, normas, procesos, recursos, planes, eslrateg¡as, instrumentos, mecan¡smos, así c¡mo la información at¡nente a la temática, que se aplica de manera organ¿ada para garantizar la gestión del riesgo en el país; su objeüvo general es llevar a cabo el proceso social de la geslión del riesgo con el propósito de ofrecer protección a la población en él territorio colombiano, meiorar la seguridad, el bienestar y la calidad de vida y contribuir al desarrollo sostenible, y dentro de sus objetivos específicos se encuenlra la preparación para la respuesta frente a desastres con acciones d¡rigidas a atender la
poblac¡ón afectada y restituir los servicios esenc¡ales afectadosQue mediante el artfculo 800-1 del Estatuto Tributario Nacional se creó el Mecanismo de Obras por lmpuestos, como una forma de extinción de la obligación lr¡butaria, dispon¡endo que los "contribuyentos del impuesto sobre la renta y complemenlaios que en el año o período gravable inmed¡alamento anteior hayan obtenido ingresos brufos ,gtuaÍes o supenbres a tre¡nta y tres m¡l ssiscienlos diez (33.610) UVT, podrán celebrar convenios con las ent¡dades púbf,cas del nivel nacional, por los que recibirán a cambio tltulos negoc¡ables para el pago del ¡mpuesto sobre la renta (...)". Que el artfculo 238 de la Ley 1819 de 2016, eslableció el mecanismo de Obras por lmpuestos como incentivo tributario para cerar brechas de desigualdad socioeconómica en las Zonas Más Afectiadas por el Conflicto Armado en Colombia -ZOMAC, como herramienta para los contribuyentes del impuesto sobre la renta con el propósito que puedan destinar hasta el 50% de este impuesto para la eiecuc¡ón directa de proyectos de inversión en los mun¡cipios def¡nidos como las Zonas Más Afectadas por el Conflicto Armado -ZOMAC. Que mediant€ el artlculo I del Decreto 1458 de 2023, se ¡ncluyeron los mun¡cipios con Programas de Oesarrollo con Enfoque Tenitorial -PDET, así como en iurisdicciones que, sin eslar loc¿l¡zadas en las ZOMAC, de acuerdo con el concepto de la Agencia de Renovac¡ón del Territono -ART,
de Oesarrollo con Enfoque Tenitorial -PDET, así como en iurisdicciones que, sin eslar loc¿l¡zadas en las ZOMAC, de acuerdo con el concepto de la Agencia de Renovac¡ón del Territono -ART, resulten estratégicos para la react¡vación económica y/o social de las ZOMAC o algunas de ellas. Asf mismo, mediante el artfculo 1 Decreto 1458 de 2023 se incluyen dentro del universo de tenitorios habilitados para la aplicación del artículo 800-1 del Estatuto Tributario a los departamentos que conforman la Amazon¡a colombiana, que cuentan con una población inferior a ochenta y c¡nco mil (85.000) habitantes, conforme lo certifique la autoridad @mpetente a lre¡nta y uno (31 ) de diciembre de 2022. Que el Decreto 1915 de 2017, "Por el cual se ad¡c¡ona olt¡tulo 5 de la parte 6 dellibro 1 al Decreto 1625 de 2016, Único Regtamentario en Maleia Tributaria, para reglamentar el añiculo 238 da la Ley 1819 de 2016", prescnbe el procedim¡ento para la ejecución de los proyectos bajo el mecan¡smo de Obras por lmpuestos, y establece la participación de las entidades del orden nacional con funciones sectoriales en la formulación, viabilidad, priorización, ejecución y seguimiento de los proyectos. Que por medio del Decreto 1147 de 2O2O se reglamenta el artículo 800-1 del Estatuto Tributario, ¡ndicando las disposiciones para la implementación del mecanismo de Obras por lmpuestos yRESoLUcTóN.lf 0 0 5 1 De Pág¡na 3 de 8 ,2 0 ENE 2026
¡ndicando las disposiciones para la implementación del mecanismo de Obras por lmpuestos yRESoLUcTóN.lf 0 0 5 1 De Pág¡na 3 de 8 ,2 0 ENE 2026
Continuación de la Resotución: "Por med¡o de la cual se establecen lineamientos ganeralas pam el cumplimienlo da la delegac¡ón rcal¡zada por el Dopaftamenlo Adm¡nistrat¡w de la Presidencia de la Repúbt¡ca -DAPRE relac¡onada con la viabilidad de los proyectos de inversión financiables baic el mecanismo de Ob.as por lmpueslos." estableciendo los lineamientos sobre la ejecución, segu¡miento y evaluación de los proyectos qus se lleguen a financiar a través de esle mecanismo.
Que en el numeral 6 del articulo 1 .6.6.2.1. ibidem, se establecen como Enl¡dades Nacionales Competentes -ENC, frente a la lÍnea de inver§ón de'Adaptación al Cambio Climático y Gestión del Riesgo y Pagos por Servicios Ambientales", al Min¡sterio de Ambiente y Desanollo Sostenible y al Departamento Adm¡n¡strativo de la Presidencia de la RepÚblica -DAPRE, de acuerdo a sus competencias, o a quien estos deleguen, en los términos de la Ley 489 de 1998. Que en el Manual operativo de Obras por lmpuestos (versión 4 - Dic¡embre 2024) del Departamento Nacional de Planeación -DNP y la Agencia de la Renovación del Terrilorio -ART, se establece el alcance y tipologia de los proyeclos vinculados a la lfnea de inversión, Adaptación al Camb¡o Climático y Gestión del Riesgo y Pagos por SeMcios Ambientales -PSA, dentro de
se establece el alcance y tipologia de los proyeclos vinculados a la lfnea de inversión, Adaptación al Camb¡o Climático y Gestión del Riesgo y Pagos por SeMcios Ambientales -PSA, dentro de los cuales se encuentran: Monitoreo v seou imiento del r¡esoo: estudios de anális¡s y evaluación del riesgo, suministro e instalación de estac¡ones e inslrumentos y difus¡ón de alertas, adquisición de instrumentos y equipos para puesta en marcha de sistemas de alerta temprana. lntervención correctiva ante fenómenos hidrometeorolóoicos o oeolóoicos v riesoo lecnolóqico: desarrollo de obras de ingeniería o bioingen¡erfa para la contención y/o la estabilización tanto en márgenes hídr¡cas, problemas geolécnicos, taludes, erosiÓn costera, erosión fluvial.
Preoaración oara la resDuesta: construcción y dotación de Centros Logisücos, adquisición de vehículos 4x4, molobombas, bambi bucket, plantas de tratamienlo de agua, carrotanques, maquinaria amarilla, carpas, elementos para alojamientos lemporales para entregar a organ¡smos operativos, Consejo Departamental de Gestión del Riesgo de Desastre -CDGRD y Consejo Municipal para la Gestión del Riesgo de Desastres -CMGRD. Dotación de equipos, elementos y suministros para atender emergencias a organismos operat¡vos Que por medio de la Resolución 0831 del 19 de noviembre de 2021 suscrita por el director del Departamento Admin¡strat¡vo de la Presidencia de la Repúblicá -DAPRE, "Por la cual se delega la función relacionada con la viabilidad de los proyectos de inversión del mocanismo de Obras
Departamento Admin¡strat¡vo de la Presidencia de la Repúblicá -DAPRE, "Por la cual se delega la función relacionada con la viabilidad de los proyectos de inversión del mocanismo de Obras por tmpuestos", se delegó en cabeza de la Oflcina Asesora de Planeación e lnformación -OAPI de la Unidad Nacional para la Gesüón del R¡esgo de Desastres -UNGRD, la competenc¡a en relación con la lfnea de ¡nversión relat¡va a la "Adaptación al cambio Climático y Gestión del Riesgo y Pagos por Servicios Ambientales', a que hace referencia el artículo 1.6.6.2.1. del Decreto 1147 de 2O2O; esto es, concretamente, la func¡ón de coordinar y liderar el proceso de formulación, viabilidad, seguimiento y evaluación de los proyectos presentados en el marco del mecanismo de Obras por lmpueslos. Que el parágrafo del artículo primero de la Resolución 831 de 19 de noviembre de 2021, establec¡ó que: "El Jefe de la Oficina Asosora de Planeación o lnformac¡ón' OAPI de la Un¡dad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desasfres -UNGRD, enviará un informe trimeslral a laRES.LU.TóNr"lf 0 0 51 De Página 4 de I ,2 6 ENE 202ñ C,ontjnuación de ¡a Resolución: "Por medio de la cual se esl€órecsn lineamienlos generules para el cumplimionlo de la delegaciSn realizada por el hpatlamento Administrativo de la Presidenc¡a de la República -DAPRE relacionada @n la viatilidad de los proyectos de inversión tinanciables bajo el mecanismo de Obras por lmpueslos."
cumplimionlo de la delegaciSn realizada por el hpatlamento Administrativo de la Presidenc¡a de la República -DAPRE relacionada @n la viatilidad de los proyectos de inversión tinanciables bajo el mecanismo de Obras por lmpueslos." Olicina de Planeación del Depaftamento Administrativo de la Presidenc¡a de la República, relacionando los proyectos de inversión del mecanismo de obras por impueslos, a ,os cuares /es fue otorgada viabilidad . Que el artÍculo 17 del Deseto 4147 de2O11, establece las func¡ones asignadas a la Subdirec.ción para el Conoc¡miento del Riesgo, indicando: "AtTlculo 17. Funciones de la SuMirección para al Conocimiento del Riesgo. Son funciones de la Subd¡rección para el Conocimienlo dal Riesgo, /as siguienres.'
9. Genorar insumos técnicos gue apoyen la gostión de recursos para la f¡nanciación de osludios e invest¡gac¡ones orientadas al conocimiento del riesgo de desasfres por pafte de las ent¡dades del Srsfema Nacional para la Prevención y Atención de Desasf/es -SNPAD, asi como para la creación de sislemas de monitoreo o el forlalecimienfo de /os exlsfenfes.
13. Fomtular e implementar los proyeclos de conoc¡mienlo del iesgo de desaslres a cargo de la Unidad14. Asesorar y bindar asisfencla lécnica a departamentos y municipios en la tormulación de proyectos tendienles a mejorar el conocimiento del nesgo de desasfres. (...) " Que elartfculo 18 del Decreto 4147 de2011, establece las funciones asignadas a la Subdirección
proyectos tendienles a mejorar el conocimiento del nesgo de desasfres. (...) " Que elartfculo 18 del Decreto 4147 de2011, establece las funciones asignadas a la Subdirección de Redurción del Riesgo, indicando: 'Arttculo 18 Funciones de la Subdirección de Reducción del Riesgo. Son funciones de la Subdirección de Reducción del Riesgo, /as s,guionles.'
6. Promover a nivel nacional y tenitorial, la inte¡vención correcliva y prospectiva del riesgo, y la protección f¡nanciera frente a desaslres, así como coord¡nar el diseño de guias y el uso de lineamientos y estándares para osfe proceso.
9. Asesora¡ y brindar aesfercia técnica a depadamentos y municipios en la formulación de proyectos para la reducción del riesgo de desasfres. 12. ldentif¡car y formular proyectos estratéglcos para el pa¡s en materia de reducción del riesgo de desasfres que promuevan la parlicipación de los dislintos n¡veles de gob¡emo, /os secfores del pals y la comunidad. (.. .)" Que el artfculo 19 del Decreto 4147 de2011, establece las funciones asignadas a la Subdirección para el fi,'lanejo de Desastres, ind¡cando: "Atllculo 19 Funciones de la Subdirección para ol Manejo do Desaslres. Son funciones de la Subdirección para el Manejo da Desaslres, /as srguienfes:RESoLUCTóN'lf 0 0 51
De Página 5 de I ,2 EN Continuac¡ón de la Resolución: "Pot med¡o de la cual sa sslaDlscen lineamientos genarales para al
De Página 5 de I ,2 EN Continuac¡ón de la Resolución: "Pot med¡o de la cual sa sslaDlscen lineamientos genarales para al cumplimianto de la detegación rcalizada por el Dspanamento Adminislrcliw de la P¡asidencia de la Repúbtica -DAPRE relacionada @n la viabilidad de los proyectos de inversión tinanciables baio el mecanismo da Obras por lmpueslos."
11. Apoyar a tas antidades nacionales y teÍitor¡ales del Sistema Nacional de Gastión del Riesgo de Desaslres en Colombia -SNGRD en la gestión de recursos para la t¡nanciación de proyectos de manejo de desaslres.
12. Fomutar, implementar y ejecutar los proyectos de maneio de desasf/es a cargo de la Unidad
13. Asesorar y bindar asistenc¡a técnica a deparTamenlos y municipios en la Íormulación de proyectos para el manojo de desasfres. " Que mediante el artículo 4 del Decreto 2672 del 2013, el cual modifcó el artfculo 13 del Decreto 4147 del20ll, se establecieron entre olras las s¡gu¡entes funciones de la Oficina Asesora de Ptaneación e lnformación -OAPI de la Unidad Nacional pará la Gestión del Riesgo de Desastres: "1. Asesorar al Consejo ürectivo y al Director Genoral en el diseño, formulación y evaluación de resultados de las pollticas estratégicas, planes programas y proyectos instituc¡onales para el efect¡vo cumplimiento de las funciones de la entidad. (...) 4. Definir los l¡neamientos, procesos e instrumentos para la formulación, guimionto y evaluación de la planaac¡on estratég¡ca y operativa de la Unidad.
efect¡vo cumplimiento de las funciones de la entidad. (...) 4. Definir los l¡neamientos, procesos e instrumentos para la formulación, guimionto y evaluación de la planaac¡on estratég¡ca y operativa de la Unidad. (...) 6. Asesorar y apoyar a las dependencias de la Unidad en la formulación de los üoyectos de invers¡ón para su respecliva v¡abilizara. (...) 9. Veificar el cumpt¡miento de los planos, programas y proyectos de la Un¡dad, y elaborar los informes de soguimiento y propuesta de aiustes a los mismos. (...)" Que, deb¡do a lo anterior, corresponde a las suMirecciones misionales, clyos recursos humanos poseen el conocimiento técnico especializado correspondiente, la competencia funcional para proveer los insumos requeridos para em¡ür conceptos de viab¡lidad sobre los proyectos que se tramilen en el marco de la implementación del mecanismo de Obras por lmpuestos, de acuerdo con su naturaleza y objeto, asegurando que estos contribuyan a la reducrión de la vulnerab¡l¡dad y a la melora de la capacidad de respuesta de los territorios. Que habida cuenta de la delegación realizada por el Departarnento Admin¡strat¡vo de la presidencia -DAPRE, la Of¡cina Asesora de Planeac¡ón e lnformac¡ón -OAPI de la entidad no cuenta con la m¡sionalidad y/o funcionalidad para emitir el respectivo concepto de viab¡lidad, siendo necesario solicitar apoyo a las áreas misionales dentro de la Unidad, para que desde el conocimiento técn¡co puedan proveer y certificar los conespondientes insumos para el concepto de viabilidad sobre el proyecto allegado a través del mecan¡smo de Obras por lmpuestos.
conocimiento técn¡co puedan proveer y certificar los conespondientes insumos para el concepto de viabilidad sobre el proyecto allegado a través del mecan¡smo de Obras por lmpuestos. Que d¡chos ¡nsumos deberán ser consignados en los formatos establec¡dos para la correspondiente emisión del concepto de viabilidad, siendo la Oficina Asesora de Planeación e lnformación -OAPI, la encargada de comprobar el total diligenciam¡ento de los formatos por parte del área m¡s¡onal competente según la tipología ylo naluraleza de proyecto formulado, con el fin de realizar el cargue y remisión a la entidad territorial-RESoLUcTóN""[ 0 0 51 Oe Página 6 de 8 ,2 6 ENE 2026 Continuación de la R€solución: "Por med¡o de la cual se eslaDlecen l¡neamienlos generales para el cumplimianlo de la delegaci¡'n realizada por el Depaiamento Admin¡slrat¡vo de la Pre§denc¡a de la República -DAPRE relacionada @n la viab¡lidad de los proyeclos de invers¡ón l¡nanciables bai3 el macan¡stno do Obras por lmpuestos." Que los insumos estarán a cargo en primera medida por el técnico(s) y/o profesional asignado(s) por cada subdirección. Que cada subdirección garanltzará que los insumos cuenten con las descripciones lécnicas, jurídicas, f¡nanc¡eras y legales adecuadas, partiendo desde la experticia de su área. Que en consecuencia el formato establecido para la emisión del concepto de viabilidad tendrá que contener las firmas de los funcionarios técn¡cos y/o profesionales que suminislraron y
Que en consecuencia el formato establecido para la emisión del concepto de viabilidad tendrá que contener las firmas de los funcionarios técn¡cos y/o profesionales que suminislraron y certificaron los insumos: la del subdirector respeclivo; así como la firma del (de la) jefe de la Oficina Asesora de Planeación e lnformación -OAPI, qu¡en comprobó el total diligenc¡amiento de los formatos por parte del área misional. Que conforme al Manual Operat¡vo Obras por lmpuesto de la Agencia de Renovación del Territorkr (versión 4 -Diciembre 2024\, una vez la Entidad Nacional Competente -ENC recibe de la Agencia de Renovación del Territorio la conlirmación por correo electrónico de la transferenc¡a del proyecto a través del Sistema Unificado de lnversión y Finanzas Públicas -SUIFP o la plataforma que haga sus veces, con el deb¡do cumpl¡miento de los requis¡tos generales habilitantes previstos en la normat¡vidad vigente, procede a em¡tir un concepto de v¡ab¡l¡dad en los casos en que el proyecto cumpla con los requisitos sectoriales, para lo cual tendrá quince (1 5) dfas hábiles contados desde el momento en que la Agencia de Renovación del Terntorio le transfiera el proyecto a través del Sistema Unif¡cado de lnvers¡ón y Finanzas Públicas -SUIFP o la plataforma que haga sus veces. Que es importante indicar que el rég¡men de contratación de las Obras por lmpuestos será el contemplado en artÍculo 238 de la Ley 18'19 de 2016, y el artículo 21 de la Ley 2294 de 2023, además de su marco reglamentario; y por lo tanto no corresponde con el régimen de las
contemplado en artÍculo 238 de la Ley 18'19 de 2016, y el artículo 21 de la Ley 2294 de 2023, además de su marco reglamentario; y por lo tanto no corresponde con el régimen de las contratac¡ones de calamidad pública y desastre, dado que como lo contempla el artíct,lo 66 de la ley 1523 de 2012, es una med¡da especial de contratación que se compadece con la naturaleza expedita, inmediata y emergente de las situac¡ones ya mencionadas. Que teniendo en cuenta lo expuesto previamente, surge la necesidad de crear un procedimiento al inter¡or de la Unidad, el cual establezca los lineamientos internos para el trámite, formulación, evaluación y seguimiento del concepto de viabilidad de los proyectos presentados bajo el mecan¡smo de Obras por lmpuestos. Que, en mérito de lo anterior, RESUELVE Artículo 1, Objeto. Por med¡o de la presente Resolución se establecen los lineamientos generales internos de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres -UNGRD, relacionados con la viabilidad de los proyectos de inversión suscept¡bles de ser financiados a través del mecanismo de pago Obras por lmpuestos.RESoLUcTóNNollo0051 De Pág¡na 7 de 8 '2 6 ENE 20?6 Conlinuac¡ón de la Resoluc¡ón: "Pot med¡o de la cual se esrabr€c€n lineamientos gene.ales para el cumpl¡mionlo de la delegackSn realizada por al Depañamento Adm¡nistrotiw de la Pros¡denc¡a de la República -DAPRE relacionada @n la viabilidad de los proyectos de inversión iinanciables balc al
cumpl¡mionlo de la delegackSn realizada por al Depañamento Adm¡nistrotiw de la Pros¡denc¡a de la República -DAPRE relacionada @n la viabilidad de los proyectos de inversión iinanciables balc al mecanisr¡a de Obras por lmpue§os-" Artículo 2. Procedlñlento. Ordenar a la Oficina Asesora d6 Planeación e lnformación -OAPI, la creación e implementación de un procedimiento, que detalle los aspectos relevantes del cumplim¡ento de la delegación realizada por el Departamento Adm¡n¡strat¡vo de la pres¡denc¡aDAPRE de la competencia prev¡sta en el título 6 del Decreto 1625 de 2016. Único Reglamentario en materia tributaria, adicionado por el artículo 1 del Decreto 1147 del2O2O. Artículo 3. Cedificación de insumos. Las áreas mis¡onales de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres -UNGRD, deberán aportar y cert¡ficar los insumos del concepto de viabilidad de los proyectos de inversión susceptibles de s€r linanciados a través del mecanismo de pago Obras por lmpuestos, por med¡o del formato establecido por la Oficina Asesora de Planeación e lnformación -OAPI, de conformidad con sus competencias legales, asf:
A. Para orovectos de Monitoreo v sequimiento del riesqo será comoetente: La Subdirección
Conocimiento de R¡esgo
B. Para orovectos de lntervención correctiva ante fenómenos hidrometeorolóoicos o oeolóoicos v riesoo te ico será comoetente La Subdirección para la Reducción
R¡esgo
Conocimiento de R¡esgo
B. Para orovectos de lntervención correctiva ante fenómenos hidrometeorolóoicos o oeolóoicos v riesoo te ico será comoetente La Subdirección para la Reducción
R¡esgo
C. Para orovectos de la PreDarac¡ón Dara la resDuesta será comoetente: La Subd¡rección de
Manejo de Desaslres.
Parágralo l: En caso de que se presente un proyecto de inversión susceptible de ser f¡nanciado a través del mecanismo de pago Obras por lmpuestos, que por su naturaleza requiera un análisis interdisciplinar en el que deba participar dos (2) o más áreas misionales, la Oficina Asesora de Planeación e lnformación c¡tará una mesa técn¡cá en la que determ¡nen las competencias a celificar por cada área misional.
PaÉgraio 2: En caso de que se presenle un proyecto bajo el mecanismo de Obras por lmpuestos que por su naturaleza el área m¡s¡onal considere pert¡nenle el concepto de otras entidades, podrá solicitarlo y adjuntarlo como documento anexo. Artlculo 4. Términos. La Of¡c¡na Asesora de Planeación e lnformación -OAPI estableceé los términos correspond¡entes dentro del procedimiento ¡nterno, con el fin de dar cumplimiento a los ex¡g¡dos por el marco juridico de actuación Artfculo 5. Vlgilancla. Designar al (la) Jefe de la Oficina As€sora de Planeac¡ón e lnformaciónOAPI como la persona encargada de verificar el cumplimiento del proced¡m¡ento y de realizar el seguimiento al fluio de viabilidad.
Artfculo 5. Vlgilancla. Designar al (la) Jefe de la Oficina As€sora de Planeac¡ón e lnformaciónOAPI como la persona encargada de verificar el cumplimiento del proced¡m¡ento y de realizar el seguimiento al fluio de viabilidad. Artículo 6. lnformes. Designar al (la) Jefe de la Olicina Asesora de Planeación e lnformaciónOAPI para que continúe enviando al Oepartamento Administrativo de la Presidencia -DAPRE el ¡nforme trimestral, en el cual se relacionan los proyectos de inversión susceplibles de ser financiados a través del mecanismo de pago Obras por lmpuestos a los cuales se les haya otorgado conceplo de viab¡lidad.REsorucÉn¡ lf 0 0 51 Pág¡na 8 de I '2 I ENE rnrn Contlrsdó¡r <h l¡ Rccdr¡ció¡r: fut ,tlf,rio ú lo cuC se alr.¡fúcrfl l?É,atr|f,tfrs garrelcs pta el cr,rffio cb h @t ,ú W cl oro.íarcnlo Á(,ni¡,¡útotit¡o & h Ptesidot,.b de E Rr,púa -DAPRE .a,l,Éi(ñ @¡, b viaffid crc b poyoclps & imcnh fuerciúles btt el nrcr/iano ü Ob,§ p¡ f,p.n#.' Art¡culo 7. Nc.nc. d. cont.taclón En todo cáso, el rég¡rn€n contractual aplicable a los proyectos de inversón suscapti es de ser financiados a través del mecanismo de pago Obras por lmpuestos, 6s no solo el cofltenido en el régimen general para la contratac¡ón de la
proyectos de inversón suscapti es de ser financiados a través del mecanismo de pago Obras por lmpuestos, 6s no solo el cofltenido en el régimen general para la contratac¡ón de la a&niniskación publica, sino también el contenkJo en las leyes €spoc¡al€s qu6 aplican en la mat6ria, como es €l articulo 238 do la Ley 1819 de 2016, y el artículo 21 de la L6y 2294 de 2023, adernás d€ su marco r€glamentario. Arüculo E. Conwnk¿¡. Comunhu€so la presente Resolt¡ción a la Secretaría General, Subdirecck5n General, la Subdirección para el Conocimi€nto del Riesgo -SCR, la SuMireccfuSn ptra la R€dt¡cc¡ón dol Rkrsgo -SRR y la SuMirecck n para el Maneio de Desastres -SMD de la Unk1ad naci<¡nal para la Gesti<ln del Riesgo d€ Desastr€s UNGRD. A¡tlculo 9. Ylgcncla. La pres€nto Resolución rile a partir dol dfa si¡ubnte a su prrblicackln de confoflnidad con el artía¡b 87 de la Ley 1437 de 2011.
PUBLIQUESE, COMUNIQUESE Y CÚTPLASE
Dado en Bogptá D.C., a los a CARLOS ARENAS Gcncral Unld¡d N¡clon¡l p.r. h G.rtlón d.¡ do fle3altres
E-o.ú: Mart Y. l¡.rorgr -(jo¡üü, Wl'ilt l¡ / )"r¡. -Cort.aht¡ OAPI ¿lr-iLir. l¡l¡r.h Adro.q.[ i.t,tó Ju-r S.búr a -C;,rtWttfl.LÍn Et¡¡rr l¡.ih P.,r. -CdtS OlF,r f
Jr.r C¡r o Tüü ta&q¡. . C.fr"O.f" Of¡d^
AFúó: hód c|tt¡r. -J.a d. b Oic¡!. fná ¿¡ pf¡¿o . É.rtIdói ^rtoartJú!.rüf¡tüokrúGdlla -JáóLoñd,l. l,F" Ittrr¡ f