UNGRD - Resolución 0058 del 28 de enero de 2026
UNGRD - Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres
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Detalles
- Título
- UNGRD - Resolución 0058 del 28 de enero de 2026
- Autor
- UNGRD - Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Desastres_Naturales
- Año
- 2026
REPUBLICA DE COLOMBIA w llr¡
UNIDAD NACIONAL PARA LA GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES
FONDO NACIONAL DE GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES REsoLUcróN..1,|00058 ( ,2 B ENE 2026 ) "poR MEDto DE LA cuAL sE JUSTIFtcA UNA coNTRATlclÓN olRectA PARA LA cetegnacróN DE uN coNTRATo DE PRESTAcIóu oE sERvlclos rÉcntcos ESPECIALIZAOOS DE MANTENIMIENTO " EL suscRtro sEcRETARto GENERAL DE LA UNIDAD NActoNAL PARA LA oesrlÓN DEL RIESGO DE DESASTRES . UNGRD, EN CALIDAO OE ORDENADOR DEL GASTO DELEGADO DEL FNGRO En ejercicio de sus facultades legales y reglamenlarias, especialmente de las conferidas por los artículos 4 y 1 1 del Decrelo 4147 de 201 1 y la Ley 1523 de 2012, Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2OO7, el Decreto 1082 de 2015, Resolución 0937 de 2025, y demás normas concordantes, CONSIDERANDO QUE: El Fondo Nacional de Gesl¡ón del Riesgo de Desastres, fue creado con fines de interés públ¡co y as¡stencia social dedicado a la atención de Ias necesidades que se originen en situactones de desastre o calamidad pública. De acuerdo con lo contemplado en la Ley 1523 de 2012, la ordenación del gasto estará a cargo de la Unidad Nacional para la Gestión del R¡esgo de Desastres, qu¡en se encargará de instruir la celebración de los contratos necesarios para la
ordenación del gasto estará a cargo de la Unidad Nacional para la Gestión del R¡esgo de Desastres, qu¡en se encargará de instruir la celebración de los contratos necesarios para la atenc¡ón, reducción, maneJo y conocimiento de riesgos. lnicialmente se debe tener en cuenta que el Fondo Nac¡onal de Gestión del Riesgo de Desastres-FNGRD, fue creado como una cuenta especial de la Nación, con independencia patrimonial, administrativa, contable y estadfstica, con fines de ¡nterés público y asistencia social, dedicado a la atención de las necesidades que se originen en situaciones de desastre, de calamidad o de naturaleza similar, y el cual se encuentra contemplado en la Ley'1523 de 2012 en el capítulo V-Mecanismos de Financiación para la Gestión del Riesgo de Desastres. Que esta cuenta especial tiene como admin¡stradora, vocera y representante legal a La Sociedad F¡duciaria de carácter públ¡co, F¡duprevisora S.A., y como ordenadora del gasto al Director General de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres-UNGRD, la cual fue creada mediante Decreto 4147 de 2011 como una Unidad Admin¡strativa Especial y cuyo objetivo es "Coordinar, impulsar y fortalecer capac¡dades para el conocimiento del riesgo, reducción del mismo y manejo de desastres, asf como su art¡culac¡ón con los procesos de desarrollo en los ámbrtos nacional y terr¡torial del Sistema Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (SNGRD). Que este Fondo, aun cuando no se encuentra desligado de la titular¡dad juridica de la Nac¡ón, y cuando su connotación especial de patrimonio autónomo tiene como únicos efectos que los
de Desastres (SNGRD). Que este Fondo, aun cuando no se encuentra desligado de la titular¡dad juridica de la Nac¡ón, y cuando su connotación especial de patrimonio autónomo tiene como únicos efectos que los recursos que lo integran comprendan una destinación especffica de creación y regulación legal, no le son aplicables las normas generales de ejecuc¡ón de presupuesto público.RESOLUCIÓN N De Página 2 de lt12 I ENE 20?6trr0058 Cont¡nuación de la Resolución 'por medio de la cual se justífica una contratac¡ón directa' Así como tampoco que sus recursos se pueden confundir o mezclar con los demás recursos de la Nación, como tampoco con los otros que admrnistra la sociedad fiduciaria, ni con los propios de esa entidad o de su ordenadora del gasto. Que como objetivos generales del FNGRD, se establec¡eron la negoc¡ac¡ón, obtención y recaudo, administración, inversión, gestión de instrumentos de protección financiera y distribución de los recursos financieros o necesarios para la implementación y continuidad de la política de gestión del riesgo de desastres que incluya los procesos de conocimiento del riesgo, reducción del riesgo y de manejo de desastres. En el artículo I " de la Ley '1523 de 2012 "Por la cual se adopta la política nacional de gestión del riesgo de desasfres y se establece e/ Sistema Naclo nal de Gestión del Riesgo de Desasrres y se d¡ctan ofras dr.sposlclo nes que la gestión del riesgo es e/ proceso social de planeación, eiecuc¡ón seguimiento y evaluación de pollticas y acciones permanentes para el conoc¡miento del riesgo y promoción de una mayor conciencia del mismo, impedir o evitar que se genere,
eiecuc¡ón seguimiento y evaluación de pollticas y acciones permanentes para el conoc¡miento del riesgo y promoción de una mayor conciencia del mismo, impedir o evitar que se genere, reducitlo o controlarlo cuando ya ex¡ste y para prepararse y manejar las situac¡ones de desastre, asÍ como para la posteior recuperación, ent¡éndase: rehabilitación y reconstrucción. Estas acclones tienen el propósito expllcito de contribuir a la seguridad, el bienestar y catidad de vida de las personas y al desarrollo sostenible". lgualmente, dicha Ley define al Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desaslres (SNGRD), como el conjunto de lnstituciones públicas, privadas y comunitarias, de políticas, normas, procesos, recursos, planes, estrateg¡as, instrumentos, mecanismos, asi como la información atinente a la temática, que se aplica de manera organizada para garantizar la gestión del riesgo en el país y que tiene como objetivo general llevar a cabo el proceso social de la gestión del r¡esgo con el propósilo de ofrecer proteccrón a la población en el territorio colombiano, mejorar la seguridad, el b¡enestar y la calidad de vida y contr¡buir al desarrollo sostenible. De acuerdo con lo anter¡or, se infiere que conforme a lo señalado normativamente la destinación de los recursos del FNGRD será para la implementación y continuidad de la política de gestión del riesgo de desastres, lo cual requiere el desarrollo de actividades que dependen de personal capacitado, y la ex¡stencia de bienes y servicios básicos, conllevando en consecuencia a concluir que no se ha establecido una lim¡tación expresa sobre la ejecución de los recursos del Fondo, particularmente que deba ser dest¡nada de forma exclusiva a la
consecuencia a concluir que no se ha establecido una lim¡tación expresa sobre la ejecución de los recursos del Fondo, particularmente que deba ser dest¡nada de forma exclusiva a la ejecución directa de los procesos de gestión del riesgo (conoc¡miento y reducción del nesgo, y manejo de desastres) s¡no que en desarrollo de los objetivos de este patr¡mon¡o, los procesos referidos, deben estar inclu¡dos en tal inversión, d¡stribución y gestión, permitiendo por ende a realizar destinaciones presupuestales para el desarrollo de act¡vidades operativas. logÍsticas, administrativas, jurídicas y contractuales tendientes a garantizar su funcionamiento, en pro del cumplimento de dicha política Para dar cumplimiento a las responsabilidades citadas, en térm¡nos de la Gestión del Riesgo de Desastres, el país creo med¡ante el Decreto Ley 1547 de 1984, modificado por el Decreto Ley 9'19 de 1989 y a su vez por la Ley 1523 de 2012, el Fondo Nac¡onal de Calamidades (En adelante Fondo Nacional de Gest¡ón del Riesgo de Desastres) como una cuenta especial de la Nación con independencia patrimonial, administrat¡va, contable y estadistica, conforme a los dispuesto por dicho Decreto, el cual es el principal mecanismo f¡nanciador de las ¡ntervenciones en gestión del riesgo de desastres. Ahora bien, es pert¡nente señalar, que durante la atenc¡ón de una emergencia se trabaja en diferentes fases, como la fase de repuesta, y la de Recuperación, está se debe entender como Rehabilitación y Reconstrucc¡ón de las zonas afectadas, para lo cual me permito aclarar que por respuesta y por recuperación, se entiende:
diferentes fases, como la fase de repuesta, y la de Recuperación, está se debe entender como Rehabilitación y Reconstrucc¡ón de las zonas afectadas, para lo cual me permito aclarar que por respuesta y por recuperación, se entiende: (...) Artículo 4'. Definiciones. Para efectos de la presente ley se entenderá por:RES.LUCTÓN"il'0 De 2 I ENt 2026 Página I de ll 05g Continuación de la Resolución 'por nedio de la cual se iusttfica una contrataciÓn directa" '19. Protección financiera: Mecanismos o instrumentos f¡nancieros de retención intencional o transferenc¡a del riesgo que Se establecen en forma ex ante con el fin de acceder de manera ex post a recursos económtcos oportunos para la atención de emergencias y la reCuperación.
20. Recuperación: Son las acciones para el restablec¡m iento de las condiciones normales de vida mediante la rehabilitación, reparación o reconstrucción del área afectada, los bienes y servicios interrumpidos o deteriorados y el restablecimiento e impulso del desarrollo económico y social de la comunidad. La recuperación tiene como propósito central evitar la reproducción de las condiciones de r¡esgo preexistentes en el área o sector afectado. (...)
24. Respuesta: Elecución de las actividades necesarias para la atención de la emergencia Como accesibil¡dad y transporte, telecomun¡caciones, evaluac¡ón de daños y análisis de necesidades, salud y saneam¡ento básico, búsqueda y rescate, ext¡nción de incendios y mane¡o de materiales peligrosos, albergues y al¡mentación, servicios públicos, seguridad y convivencia, aspectos financieros y legales, información pública y el manejo general de la respuesta, entre otros. La efectividad de la respuesta depende de la calidad de preparación.
de materiales peligrosos, albergues y al¡mentación, servicios públicos, seguridad y convivencia, aspectos financieros y legales, información pública y el manejo general de la respuesta, entre otros. La efectividad de la respuesta depende de la calidad de preparación. Adicionalmente, la Ley 1523 de 2021 en su art 3 estipula los Principios Generales que orientan la Gestión del Riesgo, los cuales, para el caso en concreto, se destacan los siguientes: "1. Principio de igualdad: Todas las personas naturales tendrán la misma ayuda y el mismo trato al momento de atendérseles con ayuda humanitaria, en las s¡tuaciones de desasfre y peligro que desarrolla esta ley.
2. Principio de protección: Los resldenfes e n Colomb¡a deben ser protegidos por las autoridades en su vida e integridad fisica y mental, en sus blores y en sus derechos colectivos a la seguridad, la tranquilidad y la salubridad públicas y a gozar de un ambiente sano, frente a poslb/es desasfres o fenómenos peligrosos que amenacen o int¡eran daño a los valores enunciados.
3. Pr¡nc¡pio de solidaridad social: Todas las personas naturales y jurldicas, sean estas últimas de derecho público o privado, apoyarán con acciones humanitar¡as a las situaciones de desastre y peligro para la vida o la salud de /as personas.
5. Princ¡p¡o pafticipativo: Es deber de las autoridades y entidades del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desasfres, reconocer, facilitar y promover la organizaciÓn y pafticipación de comunidades étnicas, asociaciones clvicas, comunitaias, vecinales, benéficas, de voluntariado y de utilidad común.
de comunidades étnicas, asociaciones clvicas, comunitaias, vecinales, benéficas, de voluntariado y de utilidad común. Es deber de todas /as personas h acer pañe del proceso de gestión del riesgo en su comunidad.
11. Principio sistém¡co: La polltica de gestión del r¡esgo se hará efectiva mediante un sistema administrat¡vo de coordinación de actividades esfala/es y pa¡l¡culares. El sistema operará en modos de integración sectorial y teritor¡al; garantizará la continuidad de /os procesos, /a ¡nteracc¡ón y enlazamiento de las actividades mediante bases de acción comunes y coordinación de competencias. Como sistema abierlo, estructurado y organizado, exhibirá las calidades de interconex¡ón, diferenciación, recursividad, control, sinergia y reiteración." Asimismo, cabe resaltar que el art 6 y el art de la ley 1523 consagran dentro de los objetivos del sistema nacional y prrncipales componentes del mismo Protección financiera mediante instrumentos de retención y transferencia del riesgo y Los mecanismos de financiación.
Por su parte, el proceso de reducción del r¡esgo de desastres se encuentra dirigido a modificar o disminu¡r las condic¡ones de r¡esgo existentes, entiéndase. mitigación del riesgo y a evitar nuevo riesgo en el territor¡o, entiéndase: prevención del riesgo. La reducción conlempla la ejecución de medidas de mitigación y prevención que se adoptan con antelación para reduc¡rRESOLUCIÓN NO De Página4deltÚ 8 ENE ru26ll'0058
Continuación de la Resolución 'por medio de la cual se justifica una contratac¡én diracta,, la amenaza, la exposic¡ón y disminuir la vulnerabilidad de las personas, los medios de subsistenc¡a, los bienes, la infraestructura y los recursos ambientales, para evitar o minimizar los daños y pérdidas en caso de producirse los eventos físicos peligrosos. Adicionalmente, es menester menc¡onar que es de gran importanc¡a el componente financiero en la gestión del riesgo de desastres, puesto que, posterior a la ocurrencia de un desastre, se requieren recursos oportunos para la fase de atenc¡ón y rehabilitación. O..n i -¡¡{orOhLor(.Oa¡¡- O-úr fha.ú! D-.núSd Ptl.rb tfrrúrD fha.aanñ lh.r.l Fuente Grupo Banco Mundial GFDRR y Secop A cont¡nuación, se podrá obseruar gráficamente la importancia de la gestión financiera en el riesgo de desastres, ya que el mismo permite asegurar el acceso a fondos inmediatos posterior a la ocurrencia del desastre para atender la emergencia de manera oportuna e iniciar los programas de atención social. La disponibilidad de recursos puede acelerar la reconstrucción de infraestructura y de vivienda y por ende la recuperación económica. No obstante, lo anter¡or, es de señalar que actualmente el Fondo Nac¡onal de Gestión del Riesgo de Desastres recrbe recursos del Presupuesto General de la Nación a través de asignaciones de presupuesto a la unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres por Gastos de Funcionamiento e lnversión, tamb¡én recibe recursos por donaciones, rendimientos financieros y convenios. Sin
recursos del Presupuesto General de la Nación a través de asignaciones de presupuesto a la unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres por Gastos de Funcionamiento e lnversión, tamb¡én recibe recursos por donaciones, rendimientos financieros y convenios. Sin embargo, los recursos asignados son ¡nvertidos no solo en el apoyo financiero de ¡ntervenciones en proyectos relacionados con la Gest¡ón de Reducción del Riesgo de Desastres, sino tamb¡én en la ejecución de actividades propias del proceso de Mane.lo de Desastres. o I o E ot! I oI -I -Página5dellRESoLUCTóNr{lr 0 0 5I
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Continuación de la Resolución 'por med¡o de la cual se iustifica una contratación diecta" Lo anterior, asociado a que para el desarrollo de los objetivos señalados en el artículo 47 de la Ley 1523 de 2012 no se encuentra determinada una planta de personal o la destinación de bienes y Servic¡os básicos que permita la e.iecución de los m¡SmoS, por lo cual se hace necesario adelantar diversas contrataciones que permitan la adecuada operación de dicha cuenta especial, máxime cuando los recursos asignados a su adm¡nistradora y su ordenadora del gasto son de carácter ¡ndependiente como se anotó líneas supra. "Para ello, las entidades públicas que conforman el S¡stema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres desarrollan una serie de procesos de gest¡ón que involucran: i) La administración de recursos presupuestales, fisicos y tecnológicos, ii) La gestión del talento humano y su conocimiento, iii) La planeación, ejecución y contratación, iv) El control y la prevención de
recursos presupuestales, fisicos y tecnológicos, ii) La gestión del talento humano y su conocimiento, iii) La planeación, ejecución y contratación, iv) El control y la prevención de riesgos y v) La evaluación, la rend¡ción de cuentas y el suministro de información. De esta manera se propende por contar con procesos documentados y estandar¡zados, definir y unificar una estructura de control y fortalecer el trabajo sectorial y la evaluación independ¡ente" "Por su pafte, ta Politica Nac¡onal de Gestión del Riesgo de Desasfres tiene como propÓsito contribuir a la seguridad, el bienestar, la calidad de vida de /as personas y el desarrollo sosfenlb/e mediante la prevenc¡ón, atención y recuperación de desastres, maneio de emergenc¡as y reducción de riesgo, en viftud de lo anterior, se adelanta la formulación, ejecución, seguim¡ento y evaluación de estrategias, planes, programas, regulaciones, ¡nstrumentos, medidas y acc¡ones permanentes políticas, Es de precisar que, en la Política Públ¡ca De Gestión Del R¡esgo de Desastres se reconoce el riesgo como un proceso constru¡do en el tiempo por la sociedad y en consecuencia se define la Gestión del Riesgo de Desastres -GRDcomo un proceso social. Se reconoce además que los desastres no son naturales, y que por el contrario existen factores polfticos, sociales y culturales que inciden en el grado de vulnerabilidad de los individuos al momento de enfrentar y recuperarse de la ocurrencia de un evento flsico. Debido a estos factores los efectos de un evento físico son diferenciados en una misma comunidad, es decir, los efectos pueden tener niveles de impacto diferente, incluso en una misma comun¡dad. En consecuencia, no s¡endo
evento físico son diferenciados en una misma comunidad, es decir, los efectos pueden tener niveles de impacto diferente, incluso en una misma comun¡dad. En consecuencia, no s¡endo los desastres una mera causa de la naturaleza, se reconoce que el riesgo y por tanto los desastres son una construcción soc¡al que está determinada por la relac¡ón entre los ecosistemas nalurales y la cultura de la socaedad, que a su vez está claramente defin¡da por el modelo de desarrollo adoptado. Colombia ha sido p¡onera en América Latrna en el desarrollo de una visión más integral frente a la gestión de los r¡esgos, permitiendo una dism¡nuc¡ón de las pérdidas de v¡das. Sin embargo los daños en la propiedad, la infraestructura y los medios de subsistencia evidencian que los desastres no solo son eventos de la naturaleza, sino del resultado de la aplicación de modelos inapropiados carentes del análisis de la relación sociedad-naturaleza, ¡azón por la cual pese a los esfuezos por contribu¡r a la seguridad territor¡al, al bienestar social y a la sostenibilidad ambiental, se requiere profundizar en acciones de conoc¡miento del riesgo, reducc¡ón del riesgo y manejo de desastres, que permitan matigar las manifestac¡ones de condiciones de vulnerabilidad crecientes. Que la recurrencia de los fenómenos hidrometeorológ icos es alta en el país por lo que se requiere abordar todos los fenómenos y atender los requerimientos de carácter nacional desde la coordinación del S¡stema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, asf como los fenómenos de origen geológico que, aunque no son recurrentes, también es necesario abordarlos en pro de la preparación para la respuesta.
la coordinación del S¡stema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, asf como los fenómenos de origen geológico que, aunque no son recurrentes, también es necesario abordarlos en pro de la preparación para la respuesta. Como se anotó, Colombia es un pafs que, por su ub¡cación geográfica, condiciones geológicas, riqueza hfdrica, el ráp¡do y, en algunos casos, desordenado crecimiento urbano y la amenaza de eventos asociados a la variabil¡dad climática, asf como la vulnerabilidad al cambio clamático, lo mantiene en constante exposición a eventos que desafian una preparación constante,RESoLUCTóNrff De 12 I ENE 2tl2b Página 6 dc ll0 0 5 B Continuac¡ón de la Resolución 'por medio de la cual se justifica una contratación directa, mientras avanza en las medidas estructurales que lo llevarán a ser un país más seguro y menos vulnerable Así mismo, dadas las cond¡c¡ones de amenaza y vulnerabilidad en el territorio colomb¡ano, ayudan a que se presenlen eventos con frecuencia, tanto en temporada de lluvias como de menos lluv¡as a lo largo del año, por lo que, conocer los fenómenos y prepararse debe ser una constante en colombia y en el sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, por ello, profundizar sobre los eventos que se presentan en el territor¡o es una prioridad para el pais. Que conforme a lo d¡spuesto por la Ley 1523 de 2012, la emergencia es una situación caracterizada por la alteración o interrupc¡ón intensa y grave de las condiciones normales de funcionamiento u operación de una comunidad, causada por un evento adverso o por la inminencia del mismo, que obliga a una reacción ¡nmediata y que requiere la respuesta de las
caracterizada por la alteración o interrupc¡ón intensa y grave de las condiciones normales de funcionamiento u operación de una comunidad, causada por un evento adverso o por la inminencia del mismo, que obliga a una reacción ¡nmediata y que requiere la respuesta de las instituciones del Estado, los medios de comun¡cación y de la comunrdad en general. Ahora bien, cabe resaltar la importancia de contar con el personal idóneo en la Gestión del Riesgo de Desastres, debido a que se observa que Colombia es un país con variabilidad climática lo que conlleva a la ocurrencia de diversas emergencias en el territorio Nacional. De ahí, que es menester realizar una adecuada gest¡ón del riesgo que implique el manejo de posibles eventos futuros no deseados, a través de un proceso continuo y una identificación proactiva de los riesgos no solo en sus fases de respuesta s¡no también de manera preventiva. En consecuencia, se requiere de personal capac¡tado de manera permanente para conocer, atender y responder de manera oportuna a la ocurrencia de situaciones de emergencia que se presenten en el país, pues como se identifica por la definición misma de la emergencia y las condiciones naturales que caracterizan al pais (las cuales requieren la ejecución de procesos de conocim¡ento, reducción y manejo), la reacción que se debe tener en razón a las situaciones de origen natural y antrópica no intencional debe ser inmediata con el fin de salvaguardar vldas, b¡enes y serv¡cios en el territor¡o nacional, lo que conlleva a mantener d¡sposición de servicios profesionales y de apoyo a la gestión que contribuyan, de manera activa e inmedlata, al cumplimiento de los objetivos del Fondo Nacional y del SNGRD, entendiendo que para el
profesionales y de apoyo a la gestión que contribuyan, de manera activa e inmedlata, al cumplimiento de los objetivos del Fondo Nacional y del SNGRD, entendiendo que para el desarrollo de estas activ¡dades el término de respuesta es limitado, no siendo viable la realización de procesos de contratación que normativamente demandan procedim¡entos y tiempos especificos y extensos en relación con inminenc¡a de la reacción adoptada para su atención. Que el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres en adelante SNGRD, cuenta con la UNGRD como coordinadora, y dentro de sus funciones se encuentra la de promover, planear y mantener la coordinación y operación conjunta, entre las diferentes instancias, niveles, jurisdicciones y funciones de las instituciones involucradas en las fases de preparación para la respuesta y la recuperación, tomando como referencia el Manual de Estandarización de Ayuda Humanitaria de Colombia. Por lo tanto, como Coordinadora del SNGRD gestiona el func¡onam¡ento y la administración de la Sala de Crisis durante la preparación y la ejecución de la respuesta en el marco de la gestión del riesgo, así mismo como el planear, hacer y ejecutar en la coordinación de Sala de Crisis Nacional, obteniendo como resultados una respuesta eficiente, eficaz y efectiva ante los eventos presentados. Que el Fondo Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres -FNGRD podrá recibir, administrar, e invertir recursos de origen estatal y/o contr¡buciones y aportes efectuados a cualquier título por personas naturales o juridicas, inslitucionales públicas y/o privadas de orden nacional e internacional. Tales recursos deberán invertirse en la adopción de medidas de conocimiento y reducción del r¡esgo de desastre, preparación, respuesta, rehabilitación y reconstrucción, a
internacional. Tales recursos deberán invertirse en la adopción de medidas de conocimiento y reducción del r¡esgo de desastre, preparación, respuesta, rehabilitación y reconstrucción, a través de mecanismos de f¡nancración dirigidos a las entidades involucradas en los procesos y a la población afectada por ocurrencia de desastres. Por su parte, el Fondo Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres -FNGRD, en desarrollo de su misionalidad, cuenta con equ¡pos, herramientas y accesorios especializados para lasRESoLUCTÓN\r De 12 0 ENE 2026 Página 7 de ll 0 0 5 B Continuación de la Resolución "por medio de la cual se justifica una contratac¡ón diecta' operaciones de búsqueda y rescate urbano (USAR), marca HlLTl, los cuales requieren manten¡miento preventivo, pred¡ctivo y correctivo permanente para garant¡zar su disponibilidad operativa a n¡vel nacional e internacional. Los equipos USAR son aquellos grupos especializados, que cuentan con capacidad operativa para operaciones de búsqueda y rescate técnico en incidentes de colapso estructural. Estos t¡enen como propósito buscar, localizar, acceder, estabrlizar y rescatar (o recuperar en caso de fallecidos), a las personas que hayan quedado atrapadas en una estructura colapsada. Están compuestos por profesionales en diversas áreas como búsqueda tecnológica y convencional, rescate, evaluación de estructuras, soporte médico, atención primaria de incidente con materiales peligrosos, entre otros, operando bajo una estructura organizacional que garantiza el soporte total para sus operaciones. Son autosuf¡cientes, deben contar con autonomía, para trabajar en una zona afectada, dicha
materiales peligrosos, entre otros, operando bajo una estructura organizacional que garantiza el soporte total para sus operaciones. Son autosuf¡cientes, deben contar con autonomía, para trabajar en una zona afectada, dicha autonomía está dada con base en su equ¡pamiento, de búsqueda, corte y perforac¡ón, apuntalam¡ento, soporte operacional y elementos de bienestar propios para su personal. Los equipos USAR br¡ndan asistencia en el territorio nacional y en el ertenor, una dálas cond¡c¡ones de estos equipos es que deben estar operativos en el país afectado dentro de las 32 horas siguientes al aviso del desastre por ello deben tener personal suficiente para realizat operaciones 24 horas al día en un s¡tio hasta por 7 dias. Todos los equipos USAR, independ¡entemente de su clas¡f¡cación de capac¡dad y.participación operat¡va, deben abarcar los siguientes componentes:
1. Administración;
2. Logistica
3. Búsqueda
4. Rescate
5 Méd¡co. Por lo cual, la Un¡dad Nacional para la Gestión del R¡esgo durante los últ¡mos se¡s años ha venido desarrollando, con la participación de expertos USAR del pais e integrantes del SNGRD, el "Programa Nacional de Búsqueda y Rescate Urbano -USAR para todos los integrantes del S¡stema Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres -SNGRD de Colombia". Actualmente, algunas entidades de las ciudades de Bogotá, Medellín, Pereira, Pasto, Cali, Manizales, han venido adelantando procesos USAR, tomando como referencia la metodologfa desarrollada por el Grupo Asesor lnternacional en 8úsqueda y Rescate (INSARAG, por sus
Manizales, han venido adelantando procesos USAR, tomando como referencia la metodologfa desarrollada por el Grupo Asesor lnternacional en 8úsqueda y Rescate (INSARAG, por sus s¡glas en inglés) de la Oficina de las Naciones Unidas para la Coord¡nación de Asuntos Humanitarios, arrojando resultados diversos, de acuerdo con la voluntad polít¡ca de y las condiciones económicas propias de cada sitio. Por ello existe la necesidad de fortalecer estos equipos para generar capacidades regionales, con las cuales se pueda dar una respuesta eficiente y oportuna a los casos de colapso estructural que se presenten en el país. Teniendo en cuenta lo anter¡or, en el marco de los pr¡ncipios de Gradual¡dad, Concurrencia y Coordinación de la Ley '1523 de 2012, el mejoram¡ento de las capacidades técnicas, tecnológacas y operativas, y de la función as¡gnada por Ley sobre coordinar, impulsar y fortalecer las capacrdades de manejo de desastres en el país. Enfocándose en las siguientes estrategras a. Liderar la coordinación con los organismos operativos del SNGRD y los entes terr¡toriales, que permitan poner en marcha acciones destinadas al fortalec¡miento de la capacidad del Estado en materia de Búsqueda y Rescate de manera progresiva y ordenada. üRESOLUCIÓN NO De Pág ina 8 de ll il'0058 ,2 I ENE a)2b Continuación de la Resolución "por medio de la cual se justifica una contratactón dirccta" b. Promover la coordinación internacional en materia de Búsqueda y Rescate con el fin de mantener procesos de sinergia interinstitucional a nivel global, seguir estándares internacionales y cumplir los compromisos internacionales del Estado Colombiano en materia
b. Promover la coordinación internacional en materia de Búsqueda y Rescate con el fin de mantener procesos de sinergia interinstitucional a nivel global, seguir estándares internacionales y cumplir los compromisos internacionales del Estado Colombiano en materia de respuesla a desastres. c. Promover ¡niciativas locales de fortalecimiento de la capac¡dad de respuesta a los nesgos existentes y de preparación para la respuesta de manera coordinada y atendiendo las necesidades y amenazas en el territorio. Aunado a lo anterior, y teniendo en cuenta ¡a gran problemática para atender de manera transversal los ejes en el país para la capacidad de respuesta de usAR se requiere contar un banco de equipos especializados en materia de Búsqueda y Rescate en Estructuras Colapsadas en la UNGRD para el fortalectmiento institucional y territorial. Teniendo en cuenta que el Fondo