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UNGRD - Resolución 0122 del 16 de febrero de 2026

UNGRD - Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres

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Detalles

Título
UNGRD - Resolución 0122 del 16 de febrero de 2026
Autor
UNGRD - Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Desastres_Naturales
Año
2026

REPUBLICA DE COLOMEIA

§g UNIDAD NACIONAL PARA LA GESNÓN DEL RIESGO DE DESASTRES RESOLUCIÓN No. N'0122 ( 11 6 FEB 2026 ) Por medio de la cual se designa al adm¡nistrador del Sistema Único de Gestión e lnformación de la Actividad Lit¡g¡osa del Estado -eKOGUI de la Unidad Nacional para la Gest¡ón del Riesgo de Desastres EL DIRECTOR DE LA UNIDAO NACIONAL PARA LA GESTIÓN DEL RIESGO OE DESASTRES En ejercicio de las facultades que le confieren el numeral 1",10 y 12 del artfculo 11 del Decreto 4147 de 2011, y el artículo 2.2.3.4.1.8 del Decreto 1069 de 2015 modif¡cado por el articulo 2 del Decreto 104 de 2025 CONSIDERANDO Que la Agenc¡a Nac¡onal de Defensa Juridica del Estado, en desarrollo de la func¡ón prev¡sta en el numeral 4 del artículo 6 del Decreto Ley 4085 de 2011, desarrolló e implementó, con el acompañamiento del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, el Sistema Único de Gest¡ón e lnformación de la Actividad Litigiosa del Estado -eKOGUl, como herramienta para la gestión integral de la actividad litigiosa de las entidades públicas y como fuente oficial de informac¡ón sobre dicha actividad, orientada a soportar la formulación, aplicación y evaluación de las políticas de prevención del daño antiiurídico, así como la defensa y protección efectiva de los intereses litigiosos de la Nación en las actuaciones iudiciales y extraludiciales a cargo de las entidades públicas.

políticas de prevención del daño antiiurídico, así como la defensa y protección efectiva de los intereses litigiosos de la Nación en las actuaciones iudiciales y extraludiciales a cargo de las entidades públicas. Oue el Sistema Único de Gest¡ón e lnformación de la Actividad Litig¡osa del Estado -eKOGUI se encuentra reglamentado en el Decrelo '1069 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho, en cuya regulación se define como herram¡enta para la adecuada gestión del riesgo fiscal asoc¡ado a la actividad iudicial y extrajudicial de la Nación, asi como para el monitoreo y la gestión de los procesos y actuaciones gue se deriven de dicha activ¡dad; regulación que, en lo pertinente, fue modificada y adicionada por el Decreto 104 de 28 de enero de 2025, sin per.juicio de las competenc¡as de control fiscal constitucional y legalmente atribu¡das a la Contraloría General de la República. Que, conforme a los artículos 2.2.3.4.1.1 y 2.2.3.4.1.2 del Decreto 1069 de 20,l5, el eKOGUI se orienta a soportar el seguimiento y gestión integral de la actividad litigiosa y la adecuada gestión del riesgo ñscal asociado a dicha actividad. Que el articulo 2.2.3.4.1.8 del Decreto 1069 de 2015, modificado por el Decreto 104 de 2025, dispone que tos(as) representantes legales de las ent¡dades que réportan informac¡ón al Sistema Único de Gestión e lnformación de la Actividad Litigiosa del Estado -eKOGUI deben

dispone que tos(as) representantes legales de las ent¡dades que réportan informac¡ón al Sistema Único de Gestión e lnformación de la Actividad Litigiosa del Estado -eKOGUI deben propender por el reg¡stro oportuno y la actualización pe[manente de la información, para lo cual deberán adoptar mecan¡smos internos y designar un(a) adminisÜado(a); igualmente, ordena informar a la Agencia Nacional de Defensa Juridica del Estado el nombre del(la) servidor(a) o colaborado(a) designado(a), prevé que si se omite dicha información se entiende que la responsabilidad y funciones del admin¡strador recaen en el(la) representante legal, y establece que el cambio de administrador debe informarse dentro de los d¡ez (,l0) dias hábiles siguientes a su designación.RESoLUCTóN"" lf 0 122 De Pág¡na 2 de 3 1 6 FEB 2026 Cont¡nuación de la Resolución "Por medio de la cual se designa al Adm¡nistrador del Sistema Unico de Gest¡ón o lntormación de la Act¡vidad Lit¡giosa del Estado "eKqu¡" de la Unidad NaciotÉl para la Geslión del Riesgo de Desastres. Que, de conformidad con el artÍculo 2.2.3.4.1.9 del Decreto 1069 de 2015, el(la) adm¡nistrado(a) del eKOGUI en la ent¡dad es responsable, entre otros aspectos, de servir de canal de comunicación con la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, administrar usuarios y perfiles, apoyar la gest¡ón de sol¡citudes de ver¡ficación y correcc¡ón, promover el uso

canal de comunicación con la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, administrar usuarios y perfiles, apoyar la gest¡ón de sol¡citudes de ver¡ficación y correcc¡ón, promover el uso efectivo del sistema y efectuar seguimiento permanente a la calidad, cons¡stencia y actualización de la información registrada. Que, en armonla con lo previsto en el artículo 2.2.3.4.1.13 del Decreto 1069 de 2015, el(la) administrado(a) deberá observar las responsabilidades comunes aplicables a los usuarios del s¡stema y las demás que se deriven del ejercicio del rol para garant¡zar la integridad y actualizac¡ón de la información. En atención a que el eKOGUI es la fuente of¡c¡al de la informac¡ón litigiosa del Estado, se hace necesario que la UNGRD cuenle con un(a) admin¡strado(a) del sistema para asegurar el registro y la actual¡zación permanente de la ¡nformac¡ón, la administración de usuarios y perfiles, la comunicac¡ón con la Agencia Nacional de Defensa Juridica del Estado y el segu¡m¡ento a la calidad de los reportes, en cumplimiento de las obligaciones reglamentar¡as aplicables. Que mediante Resoluc¡ón No. 0785 del 24 de agosto de 2023 se designó como administrador del Sistema Único de Gestión e lnformación de la Act¡vidad Litigiosa del Estado -eKOGUl, para la Unidad Nacional para la Gest¡ón del Riesgo de Desastres, al abogado LUIS ARTURO MARQUEZ ZAMUDIO, Profesional Especralizado, Grado 18, adscrito a la Of¡cina Asesora Jurídica.

la Unidad Nacional para la Gest¡ón del Riesgo de Desastres, al abogado LUIS ARTURO MARQUEZ ZAMUDIO, Profesional Especralizado, Grado 18, adscrito a la Of¡cina Asesora Jurídica. Que, mediante Resolución No. 0014 del 10 de enero de 2024 se designó como admin¡strador del Sistema Único de Gestión e lnformación de la Actividad Litigiosa del Estado -eKOGUl, para la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres. al señor EDUARDO CONTRERAS GELVEZ, Profesional Especializado, Grado 18, adscrito a la Oficina Asesora Juridica, acto que, de conformidad con su arliculo 3, derogó expresamente la Resolución No. 0785 del 24 de agosto de 2023. Que mediante Resolución 0939 del 23 de septiembre de 2O25 se nombró provisionalmente a DIANA LUCIA MARTINEZ MARTINEZ, identificada con cédula de ciudadania No. f .056.572.253, en el empleo denominado Profesional Universitario, Código 2044, Grado 11 de la Planta Global de la Unidad Nac¡onal para la Gestión del Riesgo de Desastres, posesionada mediante acta de posesión No.0365 del 23 de septiembre de 2025. Que DIANA LUCIA MARTINEZ MARTÍNEZ, en su cond¡ción de servidora pública vinculada a la UNGRD mediante nombramiento provisional en un empleo del nivel profesronal, cumple el perfil previsto en el articulo 2.2.3.4.1.8 del Decreto 1069 de 2015, modificado por el Decreto 104 de 2025, para ser designada como administradora del Sistema eKOGUl. En mérito de lo expuesto,

previsto en el articulo 2.2.3.4.1.8 del Decreto 1069 de 2015, modificado por el Decreto 104 de 2025, para ser designada como administradora del Sistema eKOGUl. En mérito de lo expuesto, RESUELVE ARTÍCULO l. Designar a DIANA LUCÍA MARTÍNEZ MARTíNEZ, ¡dentificada con céduta de ciudadania No. 1.056.572.253, nombrada mediante Resolución No. 0939 del 23 de septiembre de 2025 en el empleo Profesional Universitario, Código 2044. Grado 11 de la Planta Global de la Unidad Nacional para la Gestión del R¡esgo de Desastres, y Acta de Posesión No. 0365 delRESOLUCIÓN No Página 3 de 3r0122,. 1 6 FEB 2026 Continuación de la Resolución "Por medio clo la cual se designa al Administraclor del Sistema Unico de Gest¡ón e lnlotmac¡ón de la Aclividad Lit¡giosa del Eslado "eKogui' de la Unidad Nacional pan la Geslión del Riesgo de Desaskes. 23 de sept¡embre de 2025, como administradora del Sistema Único de Gestión e lnformación de la Actividad Litigiosa del Estado -eKOGUl. ART|CULO 2. Serán responsab¡lidades de la adm¡nistradora del S¡stema Unico de Gestión e lnformación de la Actividad Litigiosa del Estado -eKOGUI las previstas en el artículo 2.2.3.4.1.9 del Decreto 1069 de 2015, modificado por el Decreto 104 de 2025, así como las responsabilidades comunes aplicables a todos los usuarios del s¡stema prev¡stas en el artículo

del Decreto 1069 de 2015, modificado por el Decreto 104 de 2025, así como las responsabilidades comunes aplicables a todos los usuarios del s¡stema prev¡stas en el artículo 2.2.3.4.1.13 del mismo decreto, y en general todas aquellas que se deriven del ejercicio del rol de administrado(a) del sistema en la entidad para asegurar el registro oportuno y la actualización permanente de la información. ARTíCULO 3. Comunicar a la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado la des¡gnación del(la) administrado(a) de la información que se reporta en el Sistema Un¡co de Geslión e lnformación de la Actividad Litigiosa del Estado -eKOGUl, dentro de los diez (10) días hábiles s¡gu¡enles a su designación, a través del correo electrónico soporte.ekogui@defensajuridica.gov.co, en cumplimiento de lo prev¡sto en el artículo 2.2.3.4.1.8 del Decreto 1069 de 2015, modificado por el Decreto 104 de 2025, para la creación y/o actualización del usuario con perfil de adm¡n¡strado(a). ARTíCULO 4. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga la Resolución No. 0014 del l0 de enero de 2024.

COMUNiOUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá D.C., ¡o. 1 6 FEB 26 " C ¿ CARLOS CARRI-LO G.n ral Unidad N.cionrl p.re Gc¡tk5n dcl dG Ocsastres Elaboró Ntcolás Posso / AWa& conlratist¿-FvaRD'/---.

" C ¿ CARLOS CARRI-LO G.n ral Unidad N.cionrl p.re Gc¡tk5n dcl dG Ocsastres Elaboró Ntcolás Posso / AWa& conlratist¿-FvaRD'/---. Rev¡só: J oh a n n a S E ñ a b i d / Á bog¿dá Co,l,'atlstá-F^/6@ly Ca¡n o Tofies / Abqado corfrat sl+FMRAd/ Jaime beulisla / Abqado Coottd¡sla-FNcfu Aprobó Jotgc Mdtjon€Ép / ile okna Asoso¡a Ju¡f.r¡¿f NOTA: 'Los t¡nn¿nles declaf,mos que hemos rcvisado el paesénte d@uñenlo y lo encontÍarnos apslaalo a las noÍnas y d¡spos¡ciones legales aplicdbles d la UNGRD'

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