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UNGRD - Resolución 0182 del 2 de marzo de 2026

UNGRD - Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres

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Detalles

Título
UNGRD - Resolución 0182 del 2 de marzo de 2026
Autor
UNGRD - Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Desastres_Naturales
Año
2026

REPUBLICA DE COLOMBIA UNIDAD NACIONAL DE LA GESTÓN DEL RIESGO DE DESASTRES REsoLUcróN". ilo 0 182( 02l\{AR2026 ) "POR MEDIO DE LA CUAL SE APERTURA EL PROCESO DE LICITACIÓN PÚBLICA N." UNGRD.LP001-2026 CUYOOBJETO CORRESPONDE A: "AMPARAR LOS RTESGOS A OUE ESIÉ/V EXPUESTOS LOS B'ENES MUEBLES E INMUEBLES, Y LOS PATRIMONIALES 'TVIERESESACTUALES Y FUTUROS, DE LA IJNIDAD NACIONAL PARA LA GESTIIÓN DEL R'ESGO DE DESASTRES U/VGRD, QUE ESTEN EAJO SU RESPOA/SAB ILIDAD Y CIJSTODIA, Y AQUELLOS QUE SEAN ADQUIRIDOS PARA DESARROL¿AR LAS FUIVC'OA'ES /A'HERENTES A SU ACTIVIDAD" EL SECRETARIO GENERAL Conforme a las facultades de ordenac¡ón del gasto y celebrac¡ón de conlratos, conten¡das en los numerales 3 y l0 del artículo 1l del Decreto 4'147 del 3 de nov¡embre de 2011, el parágrafo 1' del alículo 48, y el parágrafo 3 del artículo 50 de la Ley '1523 de 2012, otorgados al Director Genoral de la Unidad Nac¡onal para la Gest¡ón del Riesgo, delegadas a la Secretaría General de la Entidad med¡anle Resolución N" N.'0937 del 24 de sept¡embre de 2025 y de acuerdo con el régimen aplicable a las empresas ¡ndustr¡ales y comerciales del Estado, establec¡do en el parágrafo 3" artículo 50 de la Ley 1523 de 2012

CONSIDERANOO:

empresas ¡ndustr¡ales y comerciales del Estado, establec¡do en el parágrafo 3" artículo 50 de la Ley 1523 de 2012

CONSIDERANOO: Que se requiere "AMPARAR ¿OS RESGOS A QUE ESTEN EXPUESTOS ¿OS ATE TES NTUEBLES E INMUEBLES, Y LOS ,,VTERESES PArRIMONIALES ACTUALES Y FUTUROS, DE LA UNIDAD NACIONAL PARA LA GESTIÓN DEL R'ESGO DE DESASIRES UNGRD, QUE ESIÉ/V AAJO SU RESPONSAA'L'OAD Y CUS|ODIA, Y AQUELLOS QUE SEAA' ADQUIRIDOS PARA DESARROLLAR LAS FUIVCIO/VES INHERENTES A SU ACTIVIDAD" , con las siguientes caracterist¡cas:

VALOR PRESUPUESTO OFICIALOBJEIO DEL PROYECTO PLAZO DEL CONÍRATO (T/lESES) {PESOS) Para la sal¡sfacción de la n€c€srdad s6El plazo d€ eiecución del(os) conlralo(s) cu€nla con un presupuesto de MILdo seguros sorá d6 acuerdo coñ la vigencia de la(s) póliza(s) do cada grupo TRESCIENTOS OCHENTA Y OCHO MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Ycomo se detalla a continuac¡ón, pGv¡o CINCO MIL OUINIENTOS SESENTA Ycumplimienlo de los requisilos de perf€cc¡onamiento y ejecuoón DOS PESOS ($1.3a8.935.562) incluido ol"AMPARAR LOS RIESGOS A rmpueslo agregado (lVA), .isl conlo todos

oUE ESTEN EXPUESTOS LOS los mslos dúeclos e ndtreutos, rnpoeslos BIENES MUEBLES E naclooales y/o dislrilales a qu6 haya luga¡ INMUEBLES, Y LOS INTERESES para la eiecución dal objolo contraclud dol PATRIMONIALES ACTUALES Y prsssole proceso, discrir nado d€ la FUfUROS, DE LA UNIDAD sigui6nlo manora:NACToNAL PARA LA GEsflóN ffiDEL RIESGO DE DESASTRES Co.no guiera que el proceso de selocclóoUNGRD, OUE ESfEN BAJO SU se estructura por grupos coñforme cofl laRESPONSABILIOAD Y distribuciJn do pólizas y la posibl¡dad doCUSTODIA, Y AQUELLOS OUE La vbencia dol(os) ampáro(s) partrcipáción plural d€ olerenles, elSEAN ADOUIRIDOS PARA ofrecido por elcorresponderá al presupueslo se encuenua desagragadoOESARROLLAR LAS proponenl€ que rcsull€ adjud¡calario en dé la s¡gu¡snto manora:FUNCIONES INHERENTES A SU cada grupo, sin que sea inferix al Para el GRUPO UNO, conrpueslo por lasACTIVIOAD.' ñúm€ro d6 dlas ex¡g¡dos por la Entidad. pólizas d€ Todo R¡osso Oaños Malorülos. El olorgamier¡lo de la(s) pól¡za(s) por Todo Ri€sgo Equipo y Maquinaria. Mañoio parte de la(s) coñpañla(s) de s€guros Global Entrdad€s Ofrc¡abs, Automóv¡les. ádludrcalaria(s) deb€rá_ en un plazo Transporto do Válorgs e lnlidolidad y

parte de la(s) coñpañla(s) de s€guros Global Entrdad€s Ofrc¡abs, Automóv¡les. ádludrcalaria(s) deb€rá_ en un plazo Transporto do Válorgs e lnlidolidad y nráririo de OIEZ (10) OIAS sEubnles a Riesgos Financigros. se eslima un la focha do la expedición de la nota d€ pr6supu6slo de hasla CIENTO TREINTA coberlura, previo cumplim¡eolo de los Y OCHO MILLONES OUINIENTOSRESoLUCTóN"llo 0 182 De 0 2 l,lAR Página 2 de 7 'n26 Continuación de la Resolución "POR MEDIO DE LA CUAL SE ORDENA LA APERTURA DEt PROCESO OF SE¿ECC'ÓN A TRAVES DE LICITACION PÚBLICA N' UNGRD.LP-001.2026' requisilos d0 porleccimam€nto y CUARENTA Y CINCO MIt o,ocuc¡ón; por su parto, la UNGRD CUATROCIENTOS CUARENTA Y SIETf d€borá pagar la(s) p.ima(s) PESOS (1138.545.447) incluido 6l corospordiente(s) al(os) ampam(s) impu€slo agr€gado (lVA), as¡ como todos conlratado(s) denlro de los TREINTA los costos directos e ind¡rectos. impuestos (30) OIAS calendarb siqu¡entos a la nac|oñ¿les y/o distril¿les ¿ que h¿ya lugar ontr€ga de la(s) ñliza(s). previa pa@ uná vgencra mínrma de aulor¡zackh d€ la DOSCTENTOS SESENfA Y SE|S (266)

ontr€ga de la(s) ñliza(s). previa pa@ uná vgencra mínrma de aulor¡zackh d€ la DOSCTENTOS SESENfA Y SE|S (266) §uporvisón del contrato y una voz DIAS, cumplldos los .oqurs¡los exigijos párá lal NOfA 1i Dentro del presupuesto del fin. GRUPO UNO, la Ent¡dad ha detorm¡nado

un VALOR FUO de TRES MILLONES

DOSCIENTOS VEINTISIETE MIL OOSCIENTOS DIECISIETE PESOS /.53.227.2171 conio moolo frio para

REMANENTE PARA FUTURAS INCLUSIONES Y OTRAS NECESIOADES DE SEGUROS; valor que d€be s€r lenido en cuenla poI el propon€nte al momenlo cle elaborar su propuesta ecooómica. En caso de no rñdicar este valor, la Entrdad lo sumará al total do la propuesla y en caso de sob{epasar el presupueslo olic€l clel grupo, la propuesla será RECHAZAOA. Para 6l GRUPO DOS. compuesto por la pdrza de Seguro de Responsaulidad Crvil Servidores Públicos. ss eslima uñ presupuesto de hasta MIL DOSCIENfOS ÍREINTA Y OCHO MILLONES OCHO MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y CINCO PESOS (¡ 1.238.008.955) ¡nclu¡do el impuesto agregado (lVA). asa como todos los coslos diectos e indireclos. [npueslos nacKxralos y/o drstritales ¿ que haya lugar para una vigencia mlnima de

DOSCIENTOS NOVENTA Y NUEVE

todos los coslos diectos e indireclos. [npueslos nacKxralos y/o drstritales ¿ que haya lugar para una vigencia mlnima de

DOSCIENTOS NOVENTA Y NUEVE

(299)D|AS. Para ol GRUPO TRES compuestos por la pólua de Seguro Oblgatono por Accid€ntes de Tráns¡to (SOAT), se estima un presupu€slo de h¿sta DocE MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y UN MIL CIENTO SESENTA PESOS ($12.381.160) rñcluido el impueslo agregado (lVA), asr co.rio todos los coslos dir€clos e rndiroclos, rmpu€slos nacrona¡es y/o dislrlales a que haya lugar para uña vrgencra nrinrn¡a de

TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO

(365)DlAS.

NOfA 1: Los propoñenles no podrán e¡cod€f en su pfop..resta el valor d€l presupuesto oficial destinádo pára cáda grupo. so pena d€ incumr 6n causal d6 rechazo, NOTA 2: El valor dol prosupuesto incluyo el IVA d€ acuerdo coo la ñormatrvidad vigenle. NOTA 3: El va¡o{ dol coolralo será por e¡ va¡or de la propu€sta ocoflomica dol pfopon€nto adiudicalarlo NOTA: Sobre la vigencia del contralo de seguro con relac¡ón a las obligaciones a cargo de la ent¡dad estatal y la vigenc¡a del contrato, me permito indicar lo s¡guiente:

pfopon€nto adiudicalarlo NOTA: Sobre la vigencia del contralo de seguro con relac¡ón a las obligaciones a cargo de la ent¡dad estatal y la vigenc¡a del contrato, me permito indicar lo s¡guiente:

1. El contrato de seguro está regulado por el Cód¡go de Comercio, para lo cual el articulo 1036, lo define como un contralo consensual, bilateral, oneroso, aleatoria y de ejecuc¡ón sucesiva. Ese contrato se caftcleriza por tener como partes al asegurador, o sea, la persona jurídica que asume los riesgos deb¡damente autorizada para ello con arreglo a las leyes; y al tomador, quien obrando por cuenta prop¡a o aiena traslada los riesgos. El m¡smo cód¡go de comercio en su artículo 1047 determina que los elementos esenciales del contrato de seguro son: el ¡nterés asegurable, el riesgo asegurable, la prima o prec¡o del seguro y la obl¡gac¡ón condic¡onal del asegurador.RESoLUCTóN"1100182 De 0 2 l.tAR 2026 Página 3 de 7

Continuac¡ón de la Resolución "POR MEDIO DE LA CUAL SE ORDENA LA APERTURA DEL PROCESO

DE SELECCIÓN A TRAVES DE LICITACION PÚBLICA N'UNGRD-LP-0o,I.2026"

2. El carácter bilateral del contrato de seguro se determ¡na en cuanto a que existen obligaciones recíprocas e interdepend¡entes de ambas partes, por una parte, el interés o riesgo asegurable, po[ otra parte. el asegurado debe pagar una prima o un prec¡o.

3. El carácter de ejecución suces¡vo del contrato de seguro está determ¡nado en cuanto la eiecuc¡ón de

parte. el asegurado debe pagar una prima o un prec¡o.

3. El carácter de ejecución suces¡vo del contrato de seguro está determ¡nado en cuanto la eiecuc¡ón de las prestaciones de las partes se extiende en el t¡empot en ese sentido, la aseguradora asume el riesgo permanentemente durante el tiempo que dure el contrato de seguro (artículo '1054 y 1056 del Código de Comercio); en cambio, por parte del asegurado, su prestac¡ón cons¡ste en pagar la prima en un ún¡co momento, lo cual debe suceder dentro del mes siguiente a partir de la fecha de la entrega de la pól¡za

(artículo 1066 del Código de Comerc¡o). Podría ocurrir que la prima fuera financ¡ada, todo de conformidad con la C¡rcular Exlerna 029 de 2024 dela Super¡ntendencia Financiera de Colomb¡a.

4. El contrato de seguro puede exceder la v¡gencia fiscal, pues según la aulonomla privada, la necesidad del servicio, el ¡nterés de la entidad estatal serán los parámetros que determ¡narán el plazo del seguro, y por lo tanlo el r¡esgo asegurable.

5. En aquellos casos en los cuales los contratos superen la vigenc¡a fiscal, se debe determinar si las obligaciones a cargo de la ent¡dad estatal ¡mplican compromisos o erogaciones con presupuesto de v¡genc¡as futuras, caso en el cual se debe adqu¡r¡r una previa autorización en el que se permita adquirir comprom¡sos que inic¡an con un presupuesto de la vigenc¡a en curso y el obieto del comprom¡so se lleva a cabo en otras v¡gencias poster¡ores, las cuales se verían afectadas (Decrsto 111 de 1996 y Circular

comprom¡sos que inic¡an con un presupuesto de la vigenc¡a en curso y el obieto del comprom¡so se lleva a cabo en otras v¡gencias poster¡ores, las cuales se verían afectadas (Decrsto 111 de 1996 y Circular externa 43 de 2008 del Ministerio de Hac¡enda y Crédito Público).

6. La ejecución de las obl¡gac¡ones de la entidad se erecuta una única vez dentro de la vigencia f¡scal y no compromete v¡genc¡as futuras. En ese sent¡do, a pesar de que el contrato supera la vigencia f¡scal, la ejecución de las obl¡gac¡ones a cargo de la ent¡dad se realizó dentro de la v¡gencia en el que se celebró el contrato fundamentalmente por la misma naturaleza de la prestación a cargo de la UNGRD dentro del contrato de seguro (art. 1066 del Cód¡go de Comercio), no por una falta de planoación.

Valga recordar que el princ¡p¡o de anual¡dad del presupuesto t¡ene como fundamento la estimación de ¡ngresos y la autorización de gastos en un per¡odo determinado de conform¡dad con el articulo 346 de la Constituc¡ón Política (Consejo de Estado, Exp. 01664); no hace referencia a que no puedan surg¡r obligac¡ones fuera de la v¡gencia fiscal; si esas obl¡gac¡ones que surgen después de la v¡gencia fiscal generan además gastos para la entidad, en ese caso aparecen las vigencias futuras.

7. Las pólizas contratadas y el contrato da seguro deberán tener igual vigBncia, puos de conformidad con el articulo 1046 del Cód¡go de Comercio, la póliza es la prueba contentiva de lo contenido en el

7. Las pólizas contratadas y el contrato da seguro deberán tener igual vigBncia, puos de conformidad con el articulo 1046 del Cód¡go de Comercio, la póliza es la prueba contentiva de lo contenido en el contrato de seguro. El articulo 1046 dice: "E/ contrato de soguro se probará por escr¡to o por confes¡ón. Con fines exclus¡vamenlo probalor¡os. el asegurador eslá obligado a onlregar en su original, al tomador, denlro de los quince dlas slgulenles a la techa de su celebrac¡ón el documento contentivo del contrato de seguro, el cual se denomina póliza, el que deberá redactarse en castellano y Í¡rmarso por el asegurador. La Superintendencia Bancaia señalará los ramos y la clase de contratos que se redacten en idioma extranjero. PARAGRAFO. El asegurador está también obligado a librar a pet¡c¡ón y a costa del tomador, del asegurado o det benef¡ciarío duplicados o copias de la póliza". Así, sería un error celebrar un contrato con una vigencia d¡st¡nta a la establecida por la póliza, pues esta últ¡ma es la prueba content¡va de lo pr¡mero.

Que para el comprom¡so de las obligaciones se cuenta con el Certificado de D¡sponibilidad Presupuestal: POSICp¡{If DEL VALORFECHA DEPEIIDET.'CIA CATALOGODEL FUEIÍTE RECURSO CDP tl ctAt-GA§TO AüroI{2{iJ7§t.Enlrclo'to.¡Eo: ll26 ¡¡@r2üa Fra^¡rcfnoa Y ¡.AC CtJ t0 ¡!388 e3!.r@oEsnd{ oE,cnlt^{r-f tEñ/tcrotco aos

Que de conformidad con lo previsto en el numeral 2 artículo 2 de la Ley 1150 de 2007 y Decreto 1082 de 2015, el Grupo de Gesl¡ón Admin¡strat¡va cons¡deró procedente adelantar el presente proceso de contratación bajo la modal¡dad de Licitación Pública. Que el Grupo de Gestión Admin¡strativa encargado elaboró los documentos y estud¡os previos de conform¡dad con las d¡sposiciones vigentes sobre la materia.RES,LU.TóN"llo01B2 De 0 2 t.tAR 2026 Página 4 de 7 Cont¡nuación de la Resolución "POR MEDIO DE LA CUAL SE ORDENA LA APERTURA DEL PROCESO -oe se¿ecclóru I TRAvES DE LrcrrAc¡oN púeLlca N' UNGRD-Lp-oo1-2026 Que, desde el l0 de febrero de 2026, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 2.2.'l..1.1.7 .1., del Oecreto 1082 de 2015, se efectuó la publicación del proyecto de pl¡ego de cond¡ciones de la presente Licitación Pública, en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública SECOP ll, plazo dentro del cual se presentaron observaciones al proyecto de pliego de condiciones y fueron contestadas dentro de los térm¡nos establecidos en el cronograma del proceso de selecc¡ón. Que de conformidad mn el Oecreto '1860 de 2021 la ent¡dad en el Aviso de Convocator¡a informó que el proceso no es ob.ieto de limitac¡ón a M¡Pymes. Que la entidad publ¡có las respuestas a las observac¡ones presentadas al proyecto de pliego de cond¡ciones en atención a las disposiciones establecidas en el estatuto general de contratación pública.

proceso no es ob.ieto de limitac¡ón a M¡Pymes. Que la entidad publ¡có las respuestas a las observac¡ones presentadas al proyecto de pliego de cond¡ciones en atención a las disposiciones establecidas en el estatuto general de contratación pública. Que la presente L¡citación Pública, se regirá por los principios y normas conten¡dos en el Estatuto General de Contratación de la Adm¡n¡strac¡ón Públ¡ca Leyes 80 de 1993, 1882 del 15 de enero de 2018 y 1150 de 2007 y Decreto 1082 de 2015 y demás normas complementarias. Los interesados podrán consultar los pliegos de condic¡ones en el Sistema Electrón¡co de Contratación Pública -SECOP ll htto://communitv.secop.oov.co/sts/cce/loq¡n.aspx En mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTICULO PRIMERO: Ordenar la Apertura de la L¡citación Pública UNGRD-LP-OO'I -2026 o que tiene por objero: "AMPARAR ¿OS RTESGOS A AUE ESTÉN EXPUESTOS LOS B,EIVES MTJEBLES E INMUEBLES, Y LOS PATRIMONIALES ACTUALES Y FUTUROS, DE LA UNIDAD 'A'IERE§ESNACIONAL PARA LA GEST'óIV DEL R,ESGO DE DESASTRES UNGRD, QUE ESTEN BAJO SU RESPONSABILIDAD Y CUSTOO'A, Y AQUELLOS QUE SEAN ADQUIRIDOS PARA OESARROLLAR LÁS FUNCTOATES INHERENTES A SU ACTIV,DAO de conformidad con las neces¡dades ident¡ficadas y consignadas en los documentos y estudios previos.

.I.1 MODALIDAD OE SELECCIÓN

LÁS FUNCTOATES INHERENTES A SU ACTIV,DAO de conformidad con las neces¡dades ident¡ficadas y consignadas en los documentos y estudios previos. .I.1 MODALIDAD OE SELECCIÓN Tenigndo en cuenta que el Estado debe propender por la prevalencia del interés general como uno de los p¡lares del estado social de Oerecho, asi como tamb¡én por la búsqueda de la material¡zación de los fines encomendados a este por el legislador pr¡mario, encontramos la contratac¡ón Pública como uno de los princ¡pales mod¡os a través de los cuales se buscan la materialización de tan ¡mporlantes postulados. Prueba de lo anterior, es que de la Ley 80 de 1993 en su alículo 3o se extrae, que los fines de la contratac¡ón pública no son más que la búsqueda de la real¡zación de los fines esenc¡ales del estado, la efectiva y correcta prestac¡ón de los servicios públ¡cos a su cargo y el respeto por los derechos ¡nherentes a los adminislrados. Así las cosas, la Adminislración debe moverse dentro de los princ¡p¡os de eficienc¡a, ettcacia y economía, razón por la cual al surtir los diferentes procesos de selecc¡ón de contratistas, se debe observar el lleno de requis¡tos habilitantes el cual surge del resultado de la comparación entre las propuestas presentadas y el pl¡ego de condiciones. en el cua¡ se definen las reglas objetivas, justas y claras, asi como los requis¡tos obiet¡vos necesarios para part¡cipar en el correspond¡ente proceso de selección. Oe este modo el, lnv¡as, selecc¡onará los proponentes que cumplan los requisitos mínimos de naturaleza

requis¡tos obiet¡vos necesarios para part¡cipar en el correspond¡ente proceso de selección. Oe este modo el, lnv¡as, selecc¡onará los proponentes que cumplan los requisitos mínimos de naturaleza necasarios para part¡cipar en la Licitación. evitando que los actos precontractuales, como el contrato, adolezcan de v¡cios que ¡mp¡dan la real materialización del fin buscado. En virtud del princ¡pio de selección obietiva. princip¡o de transparenc¡a el cual garantiza la igualdad de oportun¡dad que se le olorga a los proponentes y la escogencia de la propuesta más favorable para los interés de la entidad, el parágrafo del artículo 30 de la Ley 80 de 1993 obliga a las entidades estatales a contratar como regla general mediante la modalidad de Licitación Públ¡ca cumpl¡endo con ello dos objetivos pr¡mordiales, el primero de los cuales es que la entidad estalal eslé en capac¡dad de elegir elRESoLU.TóN""llo 0 182 De 0 2 l4AR 2026 Página 5 de 7 Cont¡nuación de la Resolución "POR MEDIO DE LA CUAL SE OROENA LA APERTURA DEL PROCESO DE SELECCIÓN A TRAVES DE LICITACION PÚBLICA N' UNGRD.LP.{TOI.2026 " mejor contratista enlre un número s¡gn¡ficat¡vo de propuestas; y el segundo, que se garánt¡ce la ¡gualdad de oportunidad de interesados que estén en capacidad de presentar olerlas. En cumplimiento del artículo 30 de la Ley 80 de 1993 y del numeral 1 del artículo 2 de la Ley 1150 de

de oportunidad de interesados que estén en capacidad de presentar olerlas. En cumplimiento del artículo 30 de la Ley 80 de 1993 y del numeral 1 del artículo 2 de la Ley 1150 de 2007 desarrollados por el artículo 2.2.1.2.1 .1 .1 y 2.2.1 .2.1.1 .2 del Decreto 1082 de 2015 y la Ley 1882 de 2O'18, en los cuales se establece como modal¡dad de selección la licitac¡ón públ¡ca, el presente proceso se desarrollará de conform¡dad a dichas d¡sposic¡ones bajo la mencionada modal¡dad, garantizando la l¡bre concurrenc¡a y la transparencia en desarrollo de todas y cada una de las actividades que se real¡cen para lerminar con éxito el presente proceso selectivo, escogiendo la oferta más favorable para la ent¡dad y lograr sat¡sfacer la necesidad previamente ¡dent¡ficada en los estudios efectuados con anterioridad. Ten¡endo en cuenta la naturaleza jurídica de la UNGRD y el contrato a celebrar, y las normas aplicables estarán basadas en el Régimen de Contratación Estatal Ley 80 de 1.993, Ley 1 150 de 2.001 , Ley 1474 de 2.011 , Decreto 00'19 de 2.012, Decreto 1082 de 2.015 y las normas ad¡c¡onales que las complemonten o reglamenten. lgualmente se aplicarán normas, además de, la leg¡slac¡ón tributaria, las Resoluciones ¡nternas de la Ent¡dad y demás normas que las modifiquen o ad¡cionen, asl como por los documenlos que conforman el proceso, el pl¡ego de condiciones, sus anexos, formatos, adendas y demás documentos qua

¡nternas de la Ent¡dad y demás normas que las modifiquen o ad¡cionen, asl como por los documenlos que conforman el proceso, el pl¡ego de condiciones, sus anexos, formatos, adendas y demás documentos qua sobre la mater¡a se expidan durante el desarollo del proceso de selecc¡ón, y en lo que no esté part¡cularmente regulado en ellas, o en este documento, por las normas legales comerc¡ales y civiles v¡gentes que sean pertinentes. De acuerdo con la ley colomb¡ana, las normas actualmente vigentes se presumen conoc¡das por todos los proponentes que part¡cipen en el presenta procedimiento de selección Conforme a lo establec¡do en el parágrafo del Articulo 30 de la Ley 80 de 1.993, se ent¡ende por L¡c¡tación Pública el procedim¡ento mediante el cual la Entidad estatal formula públicamente una convocator¡a para que, en igualdad de oportunidades, los interesados presenten sus ofertas y seleccione entre ellas la más favorable. En ese orden de ¡deas Conforme a lo estipulado en el Numeral I del Artículo 2 de la Ley 1150 de 2.007, que en su tenor establece: "LlClTAClÓN PÚBLICA La escogencia del contrat¡sta se efectuará por regla general a través de L¡citación Públ¡ca, con las excepc¡ones que señalan en los numérales 2", 3" y 4' del presente Artículo". Para aquellos aspectos no ragulados en las normas anter¡ormente señaladas se aplicarán las normas comerc¡ales y civiles pertinentes, así como las reglas previstas en el Pliego de Condiciones. También tendrán apl¡cac¡ón las normas legales que se d¡cten sobre la materia durante el desarrollo de

comerc¡ales y civiles pertinentes, así como las reglas previstas en el Pliego de Condiciones. También tendrán apl¡cac¡ón las normas legales que se d¡cten sobre la materia durante el desarrollo de este proceso de contratación y que deban empezar a reg¡r durante la vigencia de esta, con las excepciones que al respecto se determinen y las que se desprendan de las normas generales sobre v¡genc¡a de normas. En razón al obieto del contrato, el plazo de ejecución y la cuantía de este, es jurfdicamente v¡able establecer que la modalidad de selecc¡ón para EL PROCESO OE LA REFERENCIA será una

LICITACIÓN PÚBLICA.

De conform¡dad con lo establecido en la norma referida el presente proceso de contratac¡ón se iustifica en atenc¡ón al objeto a contratar y al valor del presupuesto of¡cial.

ARTICULO SEGUNDO: El presente proceso NO SERA LIMITADO A MIPYME.

ARTÍCULO TERCERO: Desarrollar el presente proceso de selección, de conformidad con el

sigu¡ente cronograma: ACTIVIDAD FECHA LUGAR Portal del Sistema Eleclrón¡co deRespuesta a las observaciones 02 de Ma'zo de 2026 Contratación Públ¡ca:presentadas al Proyecto de Pliego www.col!IDbiacomora.oov.co Acto adm¡n¡stralivo de apertura, publicación de pl¡ego de Portal del Sistema Electrón¡co de condiciones def¡n¡t¡vo y respuesta a 02 de Marzo de 2026 Contratación Pública: observac¡ones a proyeclo de pliego www.colombiacomora.qov,co de cond¡ciones.RESoLUcTóN""llo 0 182 De 0 2 ilAR 2026 Pág¡na 6 de 7

observac¡ones a proyeclo de pliego www.colombiacomora.qov,co de cond¡ciones.RESoLUcTóN""llo 0 182 De 0 2 ilAR 2026 Pág¡na 6 de 7 Cont¡nuac¡ón de la Resoluc¡ón "POR MEDIO DE LA CUAL SE OROENA U APERTURA DEL PROCESO

"OE SETECC/ÓN A TRAVES DE LICITACION PÚBLICA N' UNGRD-LP-001.2026

ACTIVIDAD Audienc¡a de As¡gnac¡ón de Riesgos y/o de aclarac¡ones sobre el contenido y alcance del pliogo de condiciones Visita técn¡ca NO OBLIGATORIA Formulación de observaciones parte de los proponentes a los s de condiciones definitivos Respuestas a las observaciones por parte de la Entidad Fecha ¡ínrite para expedir Adendas CIERRE OEL PROCESO Verifcác¡ón de los requisitos habilltantes Publicac¡ón lnforme Requ¡s¡tos hab¡l¡tantes Traslado - Plazo para presenlar Observaciones al lnforme R uisilos Habil¡lantes Respuesta a observaciones presentadas al lnforme de Evaluación Prel¡m¡nar Publicación lnforme de Evaluación Def¡nit¡vo AUOIENCIA DE ADJUDICACIÓN F¡rma del contrato Entreqa notas de cobertura lnicio de vigencia (primer vencimiento de pól¡zas) FECHA 03 de mar¿o de 2026 a las 10:00 am. 04 de marzo de 2026 a las '10:00 am. Hasta el 05 de marzo de 2026 a las 11:59 p.m.

FECHA 03 de mar¿o de 2026 a las 10:00 am. 04 de marzo de 2026 a las '10:00 am. Hasta el 05 de marzo de 2026 a las 11:59 p.m. 10 de marzo de 2026 10 de marzo de 2026 17 de marzo de 2026 a las 5:00 p.m. Hasta sl 19 do marzo de 2026 19 de marzo de 2026 Hasta el 27 de marzo de 2026 30 de mazo de 2026 30 de marzo de 2026 31 de marzo de 2026 A las 2:00 p.m. 01 de abril de 2026 01 de abril de 2026 13 de abril de 2026 LUGAR V¡rtual a través de la plataforma Los ¡nteresados deben acud¡r a la sede principal de la ent¡dad, ubicada en la d¡rección fís¡ca Avenida Calle 26 # 92-32, Ed¡fic¡o Gold 4, P¡so 2. Porlal del Sistema Electrón¡co de Contratación Públ¡ca: www.colombiacompra.qov.eo Portal del Sistema Electrónico de Contratación Públ¡ca: www.colombiacompla.qgv.eq Portal del Sistema Electrónico de Contratación Públ¡ca: www.colombiacompra.qov.co Portal del S¡stema Electrónico de Contratación Públ¡ca: www.colombiacomora.oov,co Comité Asesor y Evaluador Portal del Sistema Electrónico de Contratación Públ¡ca: www.colombiacompra.qov.co Portal del S¡stema Electrónico de

www.colombiacomora.oov,co Comité Asesor y Evaluador Portal del Sistema Electrónico de Contratación Públ¡ca: www.colombiacompra.qov.co Portal del S¡stema Electrónico de Contratac¡ón Pública: www.colomb¡acompra.oov.co Portal del Sistema Electrónico de Contratac¡ón Pública: www.colombiacompra.qov.co Portal del Sistema Electrónico de Contratación Públ¡ca: www.colombiacompra.qov.co Portal del Sistema Electrónico de

Contratación Pública: www.colombiacompra.qov.co

Portal del Sistema Electrón¡co de

Contratación Pública: www.colombiacompra.qov.co Al ejecutivo de cuenta del conedor de seguros, quien hará las gest¡ones de veflficación y entrega a la de la

Entidad Portal del S¡stema Electrónico de

Contratación Pública: www.colombiacomora.oov.co ARTÍCULO CUARTO. En cumplimiento del artículo 66 de la Ley 80 de 1993. convocar a las veedurias ciudadanas, reguladas med¡ante la Ley 850 de 2003, con el f¡n de real¡zar el control soc¡al y v¡gilancia al presente proceso de contratac¡ón, para lo cual se les ¡nvita a consultar los documentos del proceso en la

plataforma del SECOP ll o en las ¡nstalac¡ones de la entidad en la Aven¡da Calle 26 N'92 -32 Edific¡o cold 4

-Piso ?, Bogotá, Grupo de Gest¡ón Contractual.RESOLUCIÓN No Página 7 de 7ll'01920" 0 2 },tAR 202b Cont¡nuación de la Resolución "POR MEDIO DE LA CUAL SE ORDENA LA APERTURA DEL PROCESO DE SELECC/óN A TRAVES DE LtctrActoN púBLtcA N' UNGRD-Lp-oot -2026 " ARTlcuLo eutNTo. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su exped¡ción. Dada en Bosotá, o. C., a los 0 2 |.{AR 2026

PUBLIQUESE, COMUNIQUESE Y CÚMPLASE

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MICHAEL OYUELA VARGAS

Secrotar¡o General UNGRD Ordenador del Gasto UNGRD Elaboró: Laura Valentina Sanln Morales/ Abogada GGCReviso: Dan¡el conzález / AbogadoüGC Revisó Carlos Alberto Chinch¡lla/ Abogado Contrat¡sta/ GGC-SGQ Rev¡so: M¡guel Martinez Aycardi/ Abogado Contratista SG. -.

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