UNGRD - Resolución 0209 de 14 de marzo de 2025
Detalles
- Título
- UNGRD - Resolución 0209 de 14 de marzo de 2025
- Autor
- UNGRD - Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Desastres Naturales
- Año
- 2025
REPUBLICA DE COLOÍ\4BIA UNIDAD NACIONAL PARA LA GESTóN DEL RIESGO DE DESASTRES RESoLUcTó¡,.ro. t{'0 2A 9 ( 1 4 lllAR 2025 ) "Por la cual se efectúa una designación de coordinación de un Grupo lnterno de Trabajo" EL SECRETARIO GENERAL DE LA UNIDAD NACIONAL PARA LA GESTIÓ¡I OE¡. RIESGO DE DESASTRES En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las que le confiere la Ley 489 de 1998, el Decreto 1083 de 2015, el Decreto 2672 de 2013, el Decreto 0301 de 2024, y la Resolución No. 0202 del 14 de ma'zo de 2025 y, CONSIDERANDO Que el artículo 6" del Decreto 2672 de 2013 estableció como una de las funciones de quien ostente la calidad de Secretario General, la de "ejecutar la política de gestión del Talento Humano incluyendo la selección de personal y la administración del Sistema Único de Personal (SUIP), de mejoramiento de la calidad y productividad, mejoramiento del clima organizacional y bienestar social y adoptar las politicas específicas del área de su competencia." Que el artículo 115 de la Ley489 de 1998, dispuso que "E/ Gobierno Nacional aprobará las plantas de personal de los organismos y entidades de que trata la presente ley de manera global. En todo caso el director del organismo distribuirá los cargos de acuerdo con la estructura, /as necesidades de la organización y sus planes y programas. Con el fin de atender /as necesidades del seruicio y cumplir con eficacia y eficiencia los objetivos, políticas y programas del organismo o entidad, su representante legal podrá
con la estructura, /as necesidades de la organización y sus planes y programas. Con el fin de atender /as necesidades del seruicio y cumplir con eficacia y eficiencia los objetivos, políticas y programas del organismo o entidad, su representante legal podrá crear y organizar, con carácter permanente o transitorio, grupos internos de trabajo. En el acto de creación de tales grupos se determinarán las tareas que deberán cumplir y las consiguientes responsabilidades y /as demás normas necesarias para su funcionamiento." Que el artículo 8" del Decreto 2489 de 2006, señaló que con arreglo a lo dispuesto en el artículo 115 previamente citado, cuando "los organismos y entidades (...) creen grupos internos de trabajo, la integración de los mismos no podrá ser inferior a cuatro (4) empleados, destinados a cumplir las funciones que determine el acto de creación, las cuales estarán relacionadas con el área de la cual dependen jerárquicamente". Que mediante Resolución No. 684 del 13 de junio de 2013, se conformaron los siguiente Grupos lnternos de Trabajo de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres, a saber: Grupo de Contratación, Grupo de Apoyo Administrativo, Grupo de Talento Humano, Grupo de Apoyo Financiero y Contable y Grupo de Cooperación lnternacional.ilo a20 g RESOLUCION No. De 1 4 },1AR 2025 Página 2 de 3 Continuación de la Resolución "Por la cual se efectúa una designación de coordinac¡ón de un Grupo lnterno de Trabajo" Que mediante Resolución No. 300 del 17 de marzo de 2012, se modificó parcialmente la Resolución precitada, con relación a la ubicación de los Grupos lnternos de Trabajo en la Secretaría General.
de un Grupo lnterno de Trabajo" Que mediante Resolución No. 300 del 17 de marzo de 2012, se modificó parcialmente la Resolución precitada, con relación a la ubicación de los Grupos lnternos de Trabajo en la Secretaría General. Que mediante Resolución No. 1289 del 18 de diciembre de 2023, se crearon los Grupos lnternos de Trabajo de Control Disciplinario lnterno y de Relacionamiento con el Ciudadano vinculados a la Secretaría General de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres -UNGRD-, además de unificar lo dispuesto en las Resoluciones No. 1552 de2014, No.661 de2020 y No.676 de 2021. Que el artículo 15'del Decreto Salarial No.301 de2024, preceptúa que los empleados que tengan a su cargo la función de coordinación o supervisión de Grupos lnternos de Trabajo, percibirán mensualmente un veinte por ciento (20%) adicional al valor de la asignación básica mensual propia del empleo que ocupen sin que dicho valor constituya factor salarial para ningún efecto legal, siempre que dicho reconocimiento no se atribuya a servidor público perteneciente a los niveles Director o Asesor. Que de conformidad con lo anteriormente expuesto, la designación o retiro de la función de coordinación o supervisión de Grupo lnterno de Trabajo, se deriva de la facultad discrecional que recae sobre el nominador o delegado sobre algunos de los empleos adscritos a la planta global de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres, con excepción de los del nivel Directivo o Asesor. Que la designación de la función de coordinación, no implica la separación de funciones del empleo del cual es titular el servidor público contenidas en el Manual Específico de
Desastres, con excepción de los del nivel Directivo o Asesor. Que la designación de la función de coordinación, no implica la separación de funciones del empleo del cual es titular el servidor público contenidas en el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales y atribuidas por la entidad nominadora en el marco de lo establecido en la ley y el reglamento. Que la funcionaria PAULINA HERNÁNDEZ ALDANA identificada con cédula de ciudanía No.52.01 1.237 expedida en Bogotá D.C, que fue nombrada en el empleo denominado Profesional Especializado, código 2028, grado 18 de la planta global de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres, mediante Resolución No.0167 del 21 de febrero de2013 y Acta de Posesión No.0106 del 01 de marzo de la misma vigencia, acredita la idoneidad y los requisitos establecidos para ser designada como Coordinadora del Grupo de Apoyo Financiero y Contable adscrito a la Secretaría General. Que, en mérito de lo anteriormente expuesto, RESUELVE ARTíCULO PR¡MERO: Designar a PAULINA HERNÁNDEZ ALDANA, identificada cédula de ciudadanÍa No.52.011.237 expedida en Bogotá D.C, quien desempeña el cargo de Profesional Especializado, Código 2028, Grado 18 de la Planta Global de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres, como Coordinadora del Grupo de Apoyo Financiero y Contable adscrito a la Secretaria General, a partir del 17 de marzo de 2025. ART¡CULO SEGUNDO: Otorgar a la funcionaria PAULINA HERNÁNDEZ ALDANA,
Financiero y Contable adscrito a la Secretaria General, a partir del 17 de marzo de 2025. ART¡CULO SEGUNDO: Otorgar a la funcionaria PAULINA HERNÁNDEZ ALDANA, identificada cédula de ciudadanía No.52.011.237 expedida en Bogotá D.C., el veinte por ciento (20%) adicional al valor de la asignación básica mensual propia del empleo queRES.LUCTó Jlo A 20 g De 1 4 t',tAR 2025 Página 3 de 3 Continuación de la Resolución "Por la cual se efectúa una designación de coordinación de un Grupo lnterno de Trabajo" ocupa, por concepto de prima de coordinación. Dicho valor no constituye factor salarial bajo ningún efecto legal.
ARTiCULO TERCERO: Comuníquese el contenido de la presente resolución a la funcionaria PAULINA HERNANDEZ ALDANA y envíese copia al Grupo de Talento Humano para el trámite correspondiente.
ART¡CULO CUARTO: Remítase copia del presente acto administrativo a la historia laboral de Ia funcionaria PAULINA HERNÁNDEZ ALDANA.
ARTICULO QUINTO: La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
COMUN¡OUESE Y CÚMPLASE
Dado en Bogotá D.C., a los 1 4 },lA General
Elaboró: Maritza Herrera Molina / Profesional Especializpdo Orry''lh Revisó: Fanny Torres Estupiñán / Coordinadora GfH:: ,flr;yl Angela Liliana Rondón Gutiérrez / Contratistd€G' ''nt' . ,,-
Marla Daniela Castaño De La Tone / Abogada contratista SGa(,)"