UNGRD - Resolución 0292 del 8 de abril de 2026
UNGRD - Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres
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Detalles
- Título
- UNGRD - Resolución 0292 del 8 de abril de 2026
- Autor
- UNGRD - Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Desastres_Naturales
- Año
- 2026
REPUBLICA OE COLOIVBIA w
UNIoAo NACIoNAL PARA LA GESTIÓN OEL RIESGo DE DESASIRES REsoLUcrÓNNo'llo ozgz( 08ABR2026 ) Pot moda de la cual se oÍdena una lftnsÍerct1c¡a econóñha d¡roctd hacia el Fondo de lnvors¡ón Colecl¡va de alta l¡qu¡dez-FlC-abiedo a favot del Depa¡lamenlo de Cundinamarca, como apoyo subs¡diaio y conrylemenlaño atendietldo a la sol¡c¡tud ¡eal¡zada en v¡rtud do la Declarctor¡a de Calamidad Públ¡ca expedtda med¡anle DecÍetg No.131 del I de lunto del2025 para realizat la ejecució¡1 de acc¡ones de Íehab¡l¡tación y rcconstrucción en ol naÍco de la respuesla y rccuperac¡ótlde la llnea do ¡tltoNenctón de educació¡| or¡enlados al ¡nejorcñienlo Íoubicación construcción o rcconslrucc¡ón do la inlraestructuta educaliva de los ñuniip¡os <le Medina y Paralebueno. EL SUBDIRECTOR GENERAL OE LA UNIOAD NACIONAL PARA LA GESTIÓN OEL RIESGO OE DESASTRES, EN SU CALIDAD DE OROENAOOR DEL GASTO DEL FONDO NACIONAL DE GESTIÓN DEL RIESGO OE OESASfRES En uso de sus atr¡buciones constilucaonales. legales y reglameñta as, en padrcúlar las
conleridas por la Constitución Pol¡t¡ca, los articulos 1, 2. 3. 18, 47, 58, 65 y 80 de la Ley 1523 de 2012, el Decrelo 1289 de 2018, que modif¡ca e¡ Decrelo 1081 de 2015 la Resoluc¡ón 320 de 2016 modilicada por la Resolución 1210 de 2016, e¡ articulo 'l l del Decreto Ley 4147 de 2011, el articulo '1'de la Resoluc¡ón 0937 de 2025 del 22 de septiembre del 2025 y demás disposicrones concordantes. CONSIOERANOO Oue de conformidad con el artaculo lo de la Consliución Politica, Colombia es un Eslado social de derecho. organizado en forma de RepúblEa unilaria, descentral¡zada, con autonomia de sus enlidades territor¡ales, democrática, participativa y pluralista, fundada en el respeto de la drgnidad humana, en el trabajo y la sol¡dar¡dad de las personas que la integran y en lá prevalenc¡a del ¡nteÍés general. Oue por su parte el art¡culo 2" de la Constituc¡ón Polilica prevé que las aulondades de la República están rnst¡tuidas para proteger a lodas las personas residentes en Colombra, en su vida, honra, brenes, creencias, y demás derechos y l¡bertades. y para asegurar el cumplimrento de los deberes soc¡ales del Estado y de los particulares. Oue, el art¡culo 13 de la Constitución Política señala que le corresponde al Estado proleger "espec¡almente a aquellas porsoras gue, pof su condrc¡ón econóñrca, lls¡ca o menlal, se
Oue, el art¡culo 13 de la Constitución Política señala que le corresponde al Estado proleger "espec¡almente a aquellas porsoras gue, pof su condrc¡ón econóñrca, lls¡ca o menlal, se encuentten en circunstancia de debl¡dad ñaniftosla y sanc¡onará ros abusos o maltralos que conlft ellas se contetan Que de conformrdad con el articulo 113 de la Constilución Polilica, los órganos del eslado si bren laenen funcrcnes separadas, deben colaborar armónicamente para la realización de sus f¡nes. Oue el artículo 209 ¡b¡deol prescribe que 'la lunc¡ón admin¡sl¡at¡va eslá al se",tcto de los nteieses geioÍalos y so dosanolla con fundañento etl los pr¡trc¡p¡os de ¡gualdad, moralidad, ef¡caaa, economia, celer¡ded, mparc¡al¡dad y publ¡cida.l, med¡anle la descentral¡zac¡ón, la delegación y la dasconcenlrac¡ón da luncane' Las autondades adñin¡s¡ralivas debon coordi,ar sus actuaaones para el adecuado cuñplinienlo de los lines dol Est¿do". Que, el Fondo Nacrona¡ de Gestión del REsgo de Oesaslres - FNGRD. es un fondo cuenta es al de la Nacrón con rnde end nRESoLUC'óN|r 0292 O B ABR 2O2B Págrna 2 cle 14 Conlinuaoón de la Resolu(Jón 'Por med@ de la cual se otdena una lranslerenaa econóñca dtrecla hac?
0292 O B ABR 2O2B Págrna 2 cle 14 Conlinuaoón de la Resolu(Jón 'Por med@ de la cual se otdena una lranslerenaa econóñca dtrecla hac? el Fondo de lnversón Colecl¡va de alla ltqudez-Flc-ab,eño a favor del OepatTamenlo de Cundtnamarca como opoyo substahano y co¡npleñenlano alend@ndo a la sohcitud reahzada en y¡¡1ud de la Decla@lona de Calandad Públn a expetltda ñed¡anle Decrelo Nol3l del I de pn@ del 2025 para realizar la epcúcón de acciones de rohablttacón y rcconslnJccón en el marco de la rcspuesla y recuperacón de la llnea do nleNenctón de educactón onenlados al mqorañEnlo reubhac'ón consltuccón o recons¡ruccón de la nfraeslructurc educalNa de los múrclp-tos_ds !4?!'!E y_e?l fines de interés públ¡co y asistencra social dedrcado a la atención de las necesidades que se oÍiginen en siluaciones de desastre o de calamidad o de naturaleza similar; por lo que los recursos del Fondo se destinan. al cumplimrenlo de sus ob¡el¡vos, cuya adminrskac¡ón y representacón está a c¿rgo la Fiduc]aria La Prev¡sora S.A. Que. mediante el Decreto 4147 del 3 de novi€mbre de 2011 se creó la Unrdad Admintstrahva Especial denominada Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desaslres - UNGRD
Que. mediante el Decreto 4147 del 3 de novi€mbre de 2011 se creó la Unrdad Admintstrahva Especial denominada Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desaslres - UNGRD adscrta al Oepartameñto Adm¡nistrat¡vo de la Presrdencia de la República - DAPRE, lá cual tiene como objetivo "1.. ) dirigir la mplenÉttlac¡ón do la gestión del n'esgo de desasfros. atendiendo las po ttcas de desanollo sosten¡ble. y cootdinar el lúttc¡otÉñÉnlo y el dosarrollo co¡lth,uo del S¡sleña Nactot)al' Oue, la Ley 1523 de 2012 adoptó lá Politica Nacronal de Gestión del Rcsgo de Desastres y estableoó el Srslema Nec¡onalde Gestión del Riesgo de Desaslres -SNGRDOue. el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo - SNGRD es el conjunlo de entrdades públ¡c¿s, pnvadas y comunitanas, de políticas, normas, procesos. Íecursos, planes, eshategras. inskumentos, mecanrsmos, así como la información alinenle a la lemática, que se ap¡icá de manéra organizada para garantrzar la geslión del riesgo en el páis y tiene como objel¡vo general llevar a cabo el proc4so socralde la gestón del riesgo con el propósito de ofrecer proleccrón a la poblacióñ en ellerritono colombiano, mejorar la seguridad. el bienestar y la calidad de vida y contr¡buir al desarrollo sosteñible, y dentro de sus objetivos especlflcos se encuenka la
la poblacióñ en ellerritono colombiano, mejorar la seguridad. el bienestar y la calidad de vida y contr¡buir al desarrollo sosteñible, y dentro de sus objetivos especlflcos se encuenka la preparación para la respuesla frente a desaslres con accDnes dingidas a alender la poblac¡óñ áfectada y restituir los servrcDs esenciales afeclados. Oue, el art¡culo 3" de la prec¡tada Ley 1523 de 2012, eslab¡ece como principios generales que orienlan la geslrón del resgo. enke okos: "(...) l. Prirlciplo de lgu.ld.d: fodas /as personrs naluñles lendrán la ñÉña awda y el m&no lfato al momenlo de alendedes con ewda hwnanlena, en lds s¡luacones de desasle y peligrc que desonolla esld ley
2. PdnclÍio de protección Los resdenles en ColombÉ clehen ser prolegtdos pot lés autondades en su vda e nlegndad llslaa y ñenlal, en s¡ls óre.,es y en sus derechos colecl,yos a la segundacl la lranquiltdad y la salubridad públ¡cas y a gozar de un amb,enlé sano fren¿e a pos,b/es desaslres o fenó¡nenos pelqrosos qua añenacen o ñhe6t) dallo a bs valorcs enunciados
3. P¡t¡tclpio de so dtridrd soeial: fodas /as person¿s llalurales y lurldEas sea, eslas ri/¿mas do
derecho públbo o privado apoyarán con accbnes huñañ an6s a l6s s uacbnes de desasbe y pehgro pete le vda o la selud de /ás pe¡sorás. ()
7. Prlnclpio dol lnaaás públlco o soclal: En loda s¡luacñn de nesgo o da clesaslro, el ¡nlerés púbrco o social prevaleceré sobre el nlerés partoular Los ,nlereses ,oc6les reg@nales, seclonales y coleclivos cederán henle al ¡nlerés nacbnel sñ dehlñenlo de /os derechos fundamentales del indtvduo y. stn deménlo de la eulono¡nla de les eñlidades lénilonales
(.)
11. Principlo t¡stéñ¡co: La pollhca de gesltón del ,esgo se hará efecttva ¡ned¡anle un sslema adñtntslratNo de cood¡nación de acttvidades esle¡eles y pairculercs El s§tema opelará en ñodos cle tnlegrac¡ón seclonel y lemlonal, gaañfizaré la contnudad de /os procesos, la ñleaccón y enlazañtenlo de las acltvdades med@nle bases cle accón coñunes y coordhacúñ de compelenctas Como s,slama abe¡7o. estrucluredo y oean'aado, exh¡bÍá las caltdades de nlerconexón
dlerenctac,ón. recurstv¡dad control. sneryB y relerac¡ót1REsoLUCóll& 0 I ABR 2026 Pág¡na 3 de 14 0 29 2 Conlrnuaoón de la Resolucón 'Por medb de la cual se orclena una transierencta oconómoa d¡Íecta hac¡a el Fonclo de lnversón Colechva de alla leu¡dez-Flc-ab6lo a lavot del Depalamento de Cunchnamatca, coño apoyo substclÉno y coñplomonlano alendtendo a la sol¡cilucl real¡zada en v¡iud de la Oeclatalona cle Calam'dad Públ¡ca expedrcla medanle Decroto No131 del I de tuno alel 2025 paa realtzar la eJecucñn de accrcnes de rehablilac¡ón y reconsl¡uccún en el ñaÍco de la re§puesta y recuperacón cle la l¡nea de nteNencñn de educacón onenlaclos al mopramenlo reúbrcacón conslllccón o reconstrucctón ale la lfaestructurc edLtcaüva de los ñ v
12. Principio de coo¡dlnación: La coordnación de coñpelonc@s os la acluacón nlegrada de se.vÉrcs lanto oslalales como pivados y comun anos espec,arzádos y cltfo@nc@dos cuyas
lunc@nes l¡enon objehlos coñunes pata qañnlEar la aínon[a en el eqrc¡cto ck las functones y el lc,gro de los lñes o cometrdos del S/stema de Gestón del RÉsgo de Oesaslres ^/ac,onal
lc,gro de los lñes o cometrdos del S/stema de Gestón del RÉsgo de Oesaslres ^/ac,onal
13. Pr¡ncipio de concutencia: La concurÍenca de compe¡andas enlrc onlldades nactonales y tor¡itoiales de irs ámD¿os públ¡co, pnvado y comun ano que coosltluyen el gsleña nac¡onal de qeslón clal nesgo cle desastrcs, üene lugat cuando la efrcac@ en los procesos, acc¡ol,€s y tareas se logre ñedÉnto la unón cle esluepos y la colaborac¡ón no FtáÍquca entre las aulon<laalos y ent¡dades ñvolucÍadas. La acaón concuffenlo puode claÍse en bénof¡cto do lodas o de algunas de /as érldades El qeracb concufienle de compelenc¡as exga el Íespelo de las alnbuc@nes propias de las aulondacles ¡nvolucÍadas, el ocueÍdo orpr€so sobre las melas comunes y sobre /os p/ocesos y procacli m Énlo s p ata alc anz ad as 1a. Pdnclpio de subs¡d¡a.iodad: So rcherc al rccon@in@nlo de la autonomla da /ás énÜdá¿6s ¡efi¡lonales para eprcer sus compélencés La subsdaiedad puede soÍ de dos ¿,pos /a subsdÉneclad nogattva, cuando la aulonclad lemlonalcle rango supenot se abst¡éne de ¡nle¡ven ol
nesgo y su rnalonal¡zac¡ón en el ánbúo <le las auloidades do rango ñlonol, § €stas ¿ene, ,os aed,os para haceño La substcttanedad posú,va, mpona a las au¡ondades de rango supor¡or, el deber de acudir en ayuda de las aulonclades de rango nfenot, cuan<lo eslas úntmas, no lengan los mechos para enlrentat el r¡esgo y su malenah¿acón en dosastre o cuando eslé en Í¡osgo un valoÍ, un nterés o un ben Nrichco pÍoteEdo relevanle para la autondad supenoÍ quo acualo en ayuda de la enfi(lacl alectada ( )" Oue,elparágrafo1"d6lart¡culo47delaLey1523de2012d¡spone+ue'(..)ElFotldoNac¡onal de Gest¡ón dol Riosgo de Desss¿res podrá rec¡b¡r, adñinislrcr e tnveñi recuÍsos do oigen y/o cotitr¡bucbnes y apoñes elecluados a cualqu¡or tllulo por personas nalurales o 'statal o ¡nlenÉciona| Tales rocursosjtríd¡cas, inst uctotÉs públ¡cas y/o pnvadas dol otden nac¡onal debeÁn ¡nved¡rse on la adopción de med¡das de conoctmienlo y @ducctón del nesgo dg desastres, preparac¡ón, respuesta, rohab¡l¡ldc¡ón y reconslrucc¡ón, a lravés de mecan¡smos de
litÉnc¡ac¡ón d¡r¡Edos a las ent¡dades ¡nvolucradas e,l /os procesos y a la poblactón aleclada Dor la ocurreñc¡a cle alesastres El Fondo podtá crcar subcuenlas parc los dilerentes prceesos de la gesl¡ón del riesgo." Oue, el parágrafo 2o de la disposrción en cita señala de manera textual, que el Fondo desarrollará sus funciones y operac¡ones de manera directa subsil¡aria o complementana, baio esquemas intennstitucionales de cof¡nanciación, concurrencia y subs¡diariedad. Oue, la precilada Ley, en su al¡culo 80, establece qu€l '. . El Fondo pdrá lrcnsfeir Íacursos ds sus cuorlás o s¡/bcuffllas e enldacks publ/Ejas, dol otden nac@lal o lernlonal y enldedos pnvaclas cuyo obeto soc6l lenga ¡elac¡ón d¡recla con las acliv¡dades qué se reque@n pala atendet la calamdad o desaslÍe, pa¡a ser admn/§lrados po¡ éslas, s¡n gue para ello se requera operactón prosupuoslal alguna por parte de la énlidad rcceploG En 6l clocumenlo que oadene la lñnslorenda se tnd¡cará de ñaneñ exprcsa le des¡¡nacón de los recursos, /os cuales se Eratán a cuenlas abodas especalmente pañ la ateñctón clel desast¡e o calamdad pública declañda. y eslarán exentas de cuahuÉr qravamen
recursos, /os cuales se Eratán a cuenlas abodas especalmente pañ la ateñctón clel desast¡e o calamdad pública declañda. y eslarán exentas de cuahuÉr qravamen La admnBlñcón do dict¡os recursos sorá rospoñsab¡ltdad dél leÍe cle la respeclva enl¡clad a la cual se lo elecluó la lransfo¡sncia y es¡ará suteta al conlrol Ítscal eierc¡do po¡ las Gact¡vasRES.LU.lro0 0 B ABR 2026 Págrna 4 de 14 29 2 Contlnuaoón de la Resoluctán "Por medo de la cual s6 otdena una lrcnslerenca ecoñóntrca dtecla haca el Fondo de lnversón Coleclva cle alla lqu¡dez-Flc-ab¡edo a favor del DepatTamenlo de Cundñañarca como apoyo substc!@no y compleñenlano atend'eñdo a la sohclud realtzacla en vilud de la Oeelaralona de Calañdad Púbhca expedida med¡anle Decrelo No131 del 9 de pn@ del 2025 para real¡zat la elecuc¡ón de acciones de rchab Íac¡ón y reconsltuccún en el rnérco de la respuesla y recuperacún de la llnea de ñleNencón cle educacún onenlados al mepramtenlo reubcacón conslrucctóa o teconslruccún de la nhaeslruclura ed|rcahva de los tnun v Que. el artículo 2.3.1.6.3.1. ibídem, eslablec€:
de la nhaeslruclura ed|rcahva de los tnun v Que. el artículo 2.3.1.6.3.1. ibídem, eslablec€: '( ) hansíerencÉs Las lransÍerenc¡as que real¡ce el Fonclo eslaÍán especahnenle des¿radas a ac wdades cofiesponchertes a procesos de gesüóñ del nesgo de desaslres Qu,eres ,ás r6c,óan. cleberáñ admñts¡rarlas y responder pot su con'ecla y deb¡da epcLlcón La ent¡dad @ceplora de /os recursos deberá realEar la rcspecttva opeñcñn prcsupueslal, salvo lo dispueslo en el etllculo 80 do le ley 1523 de 2012 Que, el artlculo 2.3.1.6.3.6. ibidem se refiere al plazo para la legalizac¡ón de los recursos. e indica: '( ) La legahzac!ón de /os rec!,.sos fransler¡dos se @ahzará en los ténnnos y el plazo conlorme al procédimÉnlo admtn$lralivo y operahvo que esleblezca la Junla Drcchva del Fondo Nec@nelde Geshón del R€sgo de Desaslres Parágralo En lodo cáso /os pla¿os pÉvistos podrán set pronogados. preva sol¡c ud debdamdnta pshficada ante la Undad Nacrcnal Una vez aprobada po¡ el Dtreclor de la Uñdad Naoonal. se ñfoli1erá e la Enldad receplora y a FduptevÉora S A "
debdamdnta pshficada ante la Undad Nacrcnal Una vez aprobada po¡ el Dtreclor de la Uñdad Naoonal. se ñfoli1erá e la Enldad receplora y a FduptevÉora S A " Oue. el arllculo 2.3.1.6.3.23 del Decreto 108'l de 2015 -Adicbnado por el Decreto 1289 de 2018, establec€ el plazo limite para la ejecución de las transferencias del Fondo, asr. '( . ) Una vez ,eahzada la lransferenc/€ de /os recursos las enldades receptoras deberén notar nmediatañenle /as gesl,o¡es y acc@nes necesanas paae su qecuctón g lrensctrndos cualro (4) ñeses daspués cle Ia aprcbacón y lÍensferenc@ de /os rocursos s,, habeÉe adlud¡cado el conla¡o o cel,bñdo el conven,o por p6',e de las enltdades receptoras. la UnKlad Nacbnal, sohclará a la enldad las explrcac¡ones de su lalla de elecucón y, s no lueren sal¡slac¡onas. sol¡clará la dévolocón ele los Parégralo 1' Si la enlidad receploñ no se pronunc¡a den¡o de los qunce (15) dlas calendano sryu¡enles al envlo del Equennlenlo se enlenderá venctdo el plazo y, por lo lanto la Unided Naconal
¡nslru¡rá a F¡duprevisora S A , para gue gesrone el rctntegñ cle los recuÍsos al Fonclo Nac@nál St una vez re¡nlegfados los Íecursos e¡,sfeñ oól,gac,o¡es adqundés por la enhdad rcceplora, eslos deberá, ser solicttados a la Undad Nacbnél " Oue el art¡culo 2.3.1.6.3.5ibld., al referirse al conten¡do de las Legalizaciones. eslablece que "Los ertes receptores de /os recursos t¡ansfendos. debeÉn repotlar la rclactón delallada de lodos y cada uD de los cot,tralos suscrtos. /ác¿uras. cuentas do cob¡o acla de recibo de los b¡enes adqu¡ridos. cerliÍ¡caciones. fonnatos dihgenc¡ados, t¡iomrcs, actas de l¡qudacón y todos los demás docunentos que acreal¡ten /as iryerslores o destinacones de /os recuasos p¡ovene¡tles de las lrc¡tsfe¡enc¡as efectLtadas por ol Fondo Nacional Oue med¡ante Resolucón No. 320 del 28 de marzo de 2016, modificáda por la Resolucón N'1210 del 13 de octubre de 2016, la UNGRD eslableoó elprocedrmEnto para la creación de Fondos de lnveGión Colecliva -FIC -en el marco de las rntervenciones del Fondo Nacional de Gest¡ón del Riesgo de Desastres. Como consecuencia del sismo ocurido el 8 de junio de 2025, los nrunrcFos de Paralebueno y
de Gest¡ón del Riesgo de Desastres. Como consecuencia del sismo ocurido el 8 de junio de 2025, los nrunrcFos de Paralebueno y Medina registraron afectaciones sign¡ficatvas en su rnfraeslructura educal¡va. las cuales geñeraron condicrones de riesgo eskuclural y l¡mitaron la adecuada. conlinua y segura prestación del servicio educativo oficial. En el área afectada se encuenlran en func¡onamento sesenta y ocho (68) sedes educativas, las cuales fueron objelo de visitas técnicas de inspeccón y eváluac¡ón entre los dias I y 27 de junio de 2025. Drchas vis¡tas fueron realizadas por prolesionales de la Oirección de lnfraestructura deREsolucfts'0 29 2 De 0I ABR 2U2b Pagrna 5 cle 14 Conlinuac¡ón de la Resolúctba 'Pot madio cle la cual se ordena úna lransÍercncta económca diÍecta hacta el Fondo de lnversón Colecltva de alla hqudez-Flcab@fo a Íavo. dol Departamonlo do Cunchnañatcé, como apoyo substahano y complementano alendendo a la solblud reahzada en vtrlud de la Declantona de Calamdad Públrca expechda ñedÉnlo DecÍeto No131 del I de juno clel 2025 pa.e real¡zer ]e e)ecuctóo cle acc¡on€s clo rehabúlac¡ón y reconslnJcftóñ on el ñarco de la respuesta y rocupéracbn de la
l¡nea do ¡nleNención de educactón or¡entados al mepran,F'nto reubicactón conslrucaóa o reconslru@1óa de la tnh'aeslrucluta édLtcatva cie los m v la Secretaria de Educación de Cundinamarca. el lnstitulo de Caminos y Conskuccones de Cund¡namarca -ICCU, el Mrn¡sterio de Educación Nac¡onal y ol Fondo de F¡nanclamlento de la lnlraestructura Educalrva -FFIE, con el propósito de identificar el nivel de daño estructural, las cond¡ciones de seguridad y la luncional¡dad de las edif¡cacrones educat¡vas. Como resultado de las evaluaciones electuadas en leñeno, la Secrelaria de Educación de Cund¡namarca, a lravés de la Direcc¡ón de lnfaeslructura Educativa, adelantó un diagnóstrco técnico integralde las sed€s rnspecoonadas, mediañte el cual se clasificaroñ en tres (3) n¡veles de afectación: sedes con demolición total o colapso estructural; sedes con demolición parcial que requieren construcción parc¡al y/o mejoramienlos: y sedes con impaclos menores o sin daños eslructurales aparentes. (o¡touD^oo or^{rro'fKo ,llruÍ¡u(Iut¡ tou(^Trv^ I r¡ A,¡,rOO.r ll .'c ,ll ¡r¡ra¡(aJa(,rttl(lodr r acq r ¡l rr¡ n, !rri Esla clasificacón permitió evdenciar que un número sqnificativo de sedes edlcativas no cuenta con condiciones adecuadas de seguridad estruclural ni de tunc¡onalidad, situación qúe
¡l rr¡ n, !rri Esla clasificacón permitió evdenciar que un número sqnificativo de sedes edlcativas no cuenta con condiciones adecuadas de seguridad estruclural ni de tunc¡onalidad, situación qúe compromele seriamenle la continuidad del serv¡c¡o educativo y afecta de manera d¡reda el derecho fundamental a la educac¡ón de niños, nrñas y adolescenles eñ los mun¡c¡pios de Paratebueno y Medrna. De acuerdo con el inventario realÉado dado el alcance y la magn¡tud de las afectacioñes reportadas, es rmprescrndible llevar a cabo acciones de respuesta inmediata. S¡n embargo, resulta gualmente necesaio ¡mplementar de mane¡a simultánea medidas de reducc¡ón del riesgo duranle los procesos de rehabilitación y reconskucc¡ón de la rñfraeslruclura afeclada, requ¡riendo por parte de la Unidad Nacional de Gest¡ón del Rresgo de oesaskes el apoyo para la recuperación de los siguientes planleles educal¡vos: Munic¡pio de Medina: VEREDA/ Ir¡vExEó¡ t¡)r.irrn,ó.. | 3ECrOf, trfERvE}{ctÓx l^¡róxI".o.RESoLUcrql,0N0 ,292 De 0 B ABR rulb Págrna 6 de 14 Conhnuacron de la Resoluat&, 'Por ñed@ de la cual se ordena uña lransleÉñaa económrca drecla hac¡a
el Fondo de lnversión Colectiva de alla hquidez-Flc-ab¡erlo a lavor del DepatTamenlo cle Cúndñañarca. coño apoyo subsdÉno y complemonlano alenchendo a la sohcúud reahzada en v¡áud cle la Declaralona de Calamdad Públrca expedida ñed¡anle Decreto No 131 del I de juno del 2025 para rcaltzar la epcuc¡ón cle accones do rchabl¡lacón y ecoñslruccón en el ñarco cle la rcspuesla y rccuperécón de la llnea de tnteNendón de educacón onenlados al meloramtenlo eub¡cactón construcctón o reconstrucaón de la tnlraestruclurc educat¡va de los IE D. l¡,o so miDulto IERO
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LA EUROPA
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BRASII-IA BrJ€|r vrsT^ MAYA rlrsPEcc¡oa{ vÍ.lA PACEILY v Sa(b rirt¡ S¿de ñuéY¡ Sa(b rx.Év¿ Sacl. ncv¿ Scóe ruÉra Sada nrYa Saóa ñrrcv¿ Sade n eva TERvE¡cÚII S¿de fiJeva Sede rlleta Sarh rueYa Sade ñuera l.r,o-., lrrao m m.o s5m 0m 000 m lt---., lrrao om oo.m lrraomm.o l:rao.mm.m lr,, lrrromm.o lrrao.m.m.m lrraomm.m r.YERsor 0) Pf,Óx ll 300 000 000.m I 7E0.000 000.00 t 780 000 000.00 t 780 000 000.00 En el marco de las acciones onentadas a la alención rntegral de la emergencra y la recuperación de la infraestruclura educativa afeclada, el señor Gobernador de Cundinamárca adelanló gestiones anle la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres -UNGRD. a través del Fondo de lnvers¡ón Colecliva -FlC. para la asrgnacrón de recursos deslrnados a la
adelanló gestiones anle la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres -UNGRD. a través del Fondo de lnvers¡ón Colecliva -FlC. para la asrgnacrón de recursos deslrnados a la atención de las afectaciones ocasronadas por el sismo ocurído el 8 de junio de 2025. Eslos recursos, por ún válor aproximado de ONCE MIL SEISCIENTOS SESENTA MILLONES OE PESOS ($l1.660.000,000), resullan fundamentales para hacer posible la reconslruccrón parc¡al o tolal de sedes educalivas que presenlan daños eslructurales severos. asi como la ampliaoón y conskucción de nuevos espacios educatvos en los munrcrpios de Paralebueno y Medina. Su asEnación permrtirá no solo restiluir las condiciones fisicas necesaras para la prestacrón del servrcro educabvo, srno también desarrollar infraestructura segura y resil€nte, diseñada y conslruiila conlorme á los l¡neamienlos de lá Normá Sismo Resistente NSR-10 y derñás disposiciones técnicas vqenles. reducEndo de manera signiflcativa la vulnerabildadDe Págna 7 de 14RESOLUCI 0I ABR 2026 Conlinuac¡ón de la Reso¡:Etor, -Po/ rñeda cle la cual se otdena una lransfe¡enda ecoñótnÉa d¡recla hacta a! Fondo de lnversión Colechva de alta l¡qudez'Flc' abielo a favor del Dépalamonlo de Cund'namatca
corno apoyo subst(t@no y complelñenlano alend@ndo a la sol¡c ud real¡zada en v¡tlud de la Declañtona de Calañded Públrca expedda medianle Decrelo No 131 dol 9 de pno dal 2025 para teahzar la elecuc¡ón de acc,.nes de rehab¡l acón y reconsltuccún en el ma¡co cla la rcspuesla y Íecuperacón de la t¡nea do ¡nlaNenc¡ón dé educacón oÍienlados al mePrdñÉnlo rcub¡cacón conslnrcdút o reconsltucíón -d-e-!4 lqryeg§lllt -c!!t?_?q!9?¡.ty? -dÉ !9: !11!,!9!P-t9§-qQ !,leg?-a-- - frente a futuros evenlos sismicos y garantizando cond¡ciones adecuadas de seguridad para la comuñ¡dad educativa. Las evaluaciones realizadas en cada sede permitieron identificar daños en los sislemas estructurales exrslenles, caractertzados en su n¡ayoria por ed¡flcaciones consku¡das en mamposleria sin refuerzo, s¡n un sistema eskuclural aporticado definido y sin cumplim¡ento de la normaliva sismo resistente v¡gente. Estas condic¡ones incrementan de manera consklorable la vulñerabilidad de las edif¡cac¡ones fr€nle a cargas lateralés, particularmente anle evenlos sismicos, y coñprometen tanto la estab¡lidad global de las estrucluras como la seguridad de los espacps deslinados a la actividad educattva. En este contexto, se €quiere con urgencia la act¡vación del apoyo subsidiar¡o, conlorme a lo
espacps deslinados a la actividad educattva. En este contexto, se €quiere con urgencia la act¡vación del apoyo subsidiar¡o, conlorme a lo estipulado en la Ley 1523 de 2012, específ¡camente en el Articulo 3, Principio't4 (Principio de Subsid¡ariedad). Este principio establece que las enlidades de mayor n¡vel ierárquico deben apoyar a las de menor nivelcuando sus capacidades se vean superadas. La aplicac¡ón de este apoyo es fundamenlal para reducrr eficazmenle los esc€narios de r¡esgo en los seclores afectados y garantizar una recuperación De conform¡dad con la Ley 1523 de 2012, especif¡camente en su Articulo 61, el conseio Departamental para la Gest¡ón del R¡esgo de Desastres (CDGRD) ha elaborado el Plan de Acoón Especifico para la Recuperación. Este plan establ€ce las d¡rectrices para abordar de manera rnlegral las consecuencias del evento, enlocándose tanto eh la recuperación lemprana como en la recuperac¡ón para el desarrollo. Oentro de la fase de Adaptación v Recup€raclón para el Buen Vivir lReconstrucción) el Departamento de Cundinamarca estableció la actividad de Reubicación v/o Construc.¡ón v/o Recoñstruccón de 12 sedes de la infraestruclura educativa de los munrcio¡os de Paratebueno v Med¡na v el Meioram¡enlo de 20 sodes d e§ .lF lñ< ñrñi.'ñró ,,,io P,Élah"an^ w ¡redrna En este sent¡do, el Sistema de Gestión del Rresgo de Desastres debe ¡niciar las elapas de
d e§ .lF lñ< ñrñi.'ñró ,,,io P,Élah"an^ w ¡redrna En este sent¡do, el Sistema de Gestión del Rresgo de Desastres debe ¡niciar las elapas de estab¡lizac¡ón de la calam¡dad, priorizando el restablecmiento de los derechos fundamenta¡es y ¡a melora de las condiciones de calidad de vrda de las personas damnificadas y afectadas en el municipro Además, conforme a ¡o estipulado en la L€y 1523 de 2012, las accrones de respuesta y recuperac¡ón no deben fm[arse únrcamente a la atencón tnmediata de los afectados, sino que lambién deben inclu¡r eslrategias de reducción del riesgo a largo plazo. oe ¿cuerdo con la solicitud del departamento de Cundinamarca y sus mun¡cipros de Medina y Paratebueno, las ¡nlervonciones propúestas se enfocan eñ la reconstrucción parcial o totál de las sedes educalivas priorizadas, asi como la anrpliaclón y conskucción de nuevos espacrcs educativos, constitú¡dos en una necesdad técnica inaplazable. Eslas tntervenciones deben ejecularse baio criteraos de diseño y construcción que cumplan estnclamenle con la NoÍna Sismo Resislente NSR-'10 y demás disposic¡ones lécnicas vEentes, incorporando sistemas estructurales adecuados, continu¡dad resislente, capac¡lad de disipación de enetg¡a y condiciones de seguridad acordes con e¡ uso educal¡vo, con el fin de reducir de manera efectlva lá vulnerebilidad esltuclural exislente. Una vez presenladas las c¡fras parcieles y preliminares de afectacióñ, se requrere el apoyo ba¡o
lá vulnerebilidad esltuclural exislente. Una vez presenladas las c¡fras parcieles y preliminares de afectacióñ, se requrere el apoyo ba¡o los pr¡ncipios subs¡diariedad y concurrencia de conforñidad con la ley 1523 de 2012, a parlir de las sigurentes medidas de Reducción delRiesgo con las s¡gu¡énles l¡neas: 1. lntervención de lnkaeskuclura Educaliva (incluye cerlificacDnes de Retie, Retilap y coñexiones de servicios, si se requiere)RESOLUCIÓNIIO 0 B ABR 2026 Págrna I de 14 O 2 Continuaoón de la Resoltcón "Por ñedb de la cual se otdena una lransferenc¡a económ¡ca dÍecla hacta el Fotldo de lnversún Colectwa de alta lqudez-Flc-ab¡eflo a tavot del Depadarnenlo de Cundnamérca como apoyo subs¡d6no y complementano alenchendo a la soliclud real¡zada eñ vittud de la Declañlona de Calañ'dad Pública expechde med¡anle Decreto No131 del 9 de Juno del 2025 para rcahzal la elecúcún de icctones ale rehabtl'lacón y reconstruccñn en el marco cle la respuesta y recuperacón de la llnea de nleNenc¡ón de educactón onenlaclos almepramento reubrcacón conslruccóñ o ¡econslruccún
_ - -qe-!4 ltltEg _sP9!u!?_4!199!¡y4 _qe- !o-i !1t!¡jp!p-t9§-dj U?qOpy -?4t-é.! -e!!9!192. Construcción, me¡oramiento. manlenimrento y(o) ampliaciones de lnfraeskuclura Educativa 3-Demolición y Maneio de Maleriales (lncluye activ¡dades de transporte).
4. Estudios y Diseños Técn¡cos
5. Dotaoón Escolar 6. lnterventor¡a y contratación de profesionales especializados para seguimlento.
Que, el Artlculo Décrmo Segundo de la Ordenanza No. 001 del 22 de marzo de 2024. mediante la cual se adopla el Plan Departamental de Oesarrollo 2024-2028 'Goberna¡tdo Más que uü P/an señalar "(...\ La ejecución de obras de ¡ntraeslruclu¡a denvadas del presento Plan de DesaÍollo. setá¡l de rcsponsab¡lidad del rcspecl¡vo seclot de ¡nvorsió¡1, lo cual cooryrcnded el ¡eport