UNGRD - Resolución 0310 de 13 de abril de 2025
Detalles
- Título
- UNGRD - Resolución 0310 de 13 de abril de 2025
- Autor
- UNGRD - Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Desastres Naturales
- Año
- 2025
REPUBLICA DE COLOMBIA UNIDAD NACIONAL PARA LA GESTIÓN DEL RTESGO DE DESASTRES ll'03 1 0 RESOLUcIÓt¡ tlo. ( )f l,3 ABR m25 "Por medio de la cual se realiza un encargo de funciones" EL DIREcToR GENERAL DE LA UNIDAD NACIONAL PARA LA GEST!ÓN DEL RIESGO DE DESASTRES En ejercicio de sus facultades legales y en especial de las que confiere el Numeral 13 del Artículo 11 del Decreto 4147 del3 de noviembre de 2011, Decreto 4885 del 22 de diciembre de 201 1 , Decreto 648 de 2017 , Decreto 1083 de 2015, Decreto 0325 del 1 1 de marzo de 2024 y, CONSIDERANDO Que el artículo 2.2.5.5.43 del Decreto 648 de 2017 establece que: "Los empleos de libre nombramiento y remoción en caso de vacancia temporal o definitiva podrán ser provrsfos a través del encargo de empleados de carrera o de libre nombramiento y remoción, que cumplan los requisitos y el perfil para su desempeño. Que el artículo 2.2.5.4.7. del citado Decreto señala que: "Los empleados podrán ser encargados para asumir parcial o totalmenfe /as funciones de empleos diferentes de aquellos para los cuales han sido nombrados, por ausencia temporal o definitiva del titular, desvinculándose o no de las propias de su cargo". Que el Decreto 1083 de 2015, o Único Reglamentario del Sector de la Función Pública, reglamentó las situaciones administrativas en las se ven inmersos los empleados públicos frente a la Administración durante su vínculo laboral y/o reglamentario, dentro de las cuales
reglamentó las situaciones administrativas en las se ven inmersos los empleados públicos frente a la Administración durante su vínculo laboral y/o reglamentario, dentro de las cuales se contempla el descanso compensado. Que, con relación al descanso compensado, el artículo 2.2.5.5.51 del Decreto referido, establece que: "Al empleado público se /e podrá otorgar descanso compensado para semana santa y festividades de fin de año, siempre y cuando haya compensado el tiempo laboral equivalente altiempo del descanso, de acuerdo con la programación que establezca cada entidad, la cual deberá garantizar la continuidad y no afectación en la prestación del servicio. La vacancia temporal del empleo se extenderá por /os dias hábiles compensados, /os fines de semana y festivos. El encargo se efectuará por el tiempo que dure la vacancia temporal". Que para la vigencia 2025, la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres emitió la Circular No.009 del 11 de febrero de 2025, a través de la cual esta{eció los turnos de descanso compensado de semana santa equivalente a tres (3Il días hábiles correspondientes a veinticuatro (24) horas laborales, de la siguiente manerTl I I[031 0RESOLUCIÓN NO De Página 2 de 311 3 ABR 2025 Continuación de la Resolución "Por medio de la cual se realiza un encargo de funciones" TURNOS D DE DESCANSO REINTEGRO 1 Del 14 al 16 de abril de 2025 21 de abril de 2025 2 Del21 al23 de abril de 2025 24 de abril de 2025 Que mediante resolución No.0478 del24 de mayo de 2024, se nombró a la Doctora ANA
1 Del 14 al 16 de abril de 2025 21 de abril de 2025 2 Del21 al23 de abril de 2025 24 de abril de 2025 Que mediante resolución No.0478 del24 de mayo de 2024, se nombró a la Doctora ANA MILENA PRADA UR¡BE, identificado con cédula de ciudadanía No.1.136.882.606 de Bogotá D.C., en el cargo denominado Subdirector General de Entidad Descentralizada, Código 0040, Grado 21, ubicado en la Subdirección para el Conocimiento del Riesgo, de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres. Que mediante Acta de Posesión No.0351 del27 de mayo de 2024,|a doctora ANA MILENA PRADA UR¡BE, identificado con cédula de ciudadanía No.1.136.882.606 de Bogotá D.C., en el cargo denominado Subdirector General de Entidad Descentralizada, Código 0040, Grado 21, ubicado en la Subdirección para el Conocimiento del Riesgo, de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres. Que de acuerdo con la Circular precitada, la funcionaria, ANA MILENA PRADA URIBE solicitó reconocimiento de descanso compensado de semana santa para los días catorce (14), quince (15) y dieciséis (16) de abril de 2A25, es decirtres (3) dÍas hábiles. Que con ocasión al descanso compensado, se hace necesario realizar el encargo de funciones del empleo denominado Subdirector General de Entidad Descentralizada, Código 0040, Grado 21, de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres. Que realizado el respectivo proceso de verificación, se constató que el servidor público
funciones del empleo denominado Subdirector General de Entidad Descentralizada, Código 0040, Grado 21, de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres. Que realizado el respectivo proceso de verificación, se constató que el servidor público RAFAEL ENRIQUE CRUZ RODR¡GUEZ, identificado con cédula de ciudadanÍa número 1.020.808.912 de Bogotá D.C., quien actualmente ocupa el cargo denominado Subdirector General, Código 0040, Grado 22, nombrado mediante Resolución No.0322 del 0B de abril de 2424 y Acta de Posesión No.0343 del 08 del mismo año, cumple con los requisitos mínimos exigidos para el encargo de Subdirector General de Entidad Descentralizada, Código 0040, Grado 21, de la Subdirección para el Conocimiento del Riesgo, y por lo tanto, procede el nombramiento en encargo de las funciones del empleo precitado por el periodo referido. Que, en mérito de lo anteriormente expuesto, RESUELVE ART¡CULO PRTMERO: Encargar las funciones del empleo de Subdirector General de Entidad Descentralizada, Código 0040, Grado 21, ubicado en la Subdirección para el Conocimiento del Riesgo, al funcionario RAFAEL ENRIQUE CRUZ RODRiGUEZ, identificado con cédula de ciudadanía número 1.020.808.912 de Bogotá D.C., quien desempeña el cargo denominado Subdirector General, Código 0040, Grado 22 de la Subdirección General, durante los días 14, 15 y 16 de abnl2025, inclusive. El presente encargo permitirá el ejercicio integral de las funciones atribuidas al empleo y no conlleva la desvinculación de las funciones propias del mismo, del que es titular el
Subdirección General, durante los días 14, 15 y 16 de abnl2025, inclusive. El presente encargo permitirá el ejercicio integral de las funciones atribuidas al empleo y no conlleva la desvinculación de las funciones propias del mismo, del que es titular el funcionario. ART¡CULO SEGUNDO: Comuníquese el contenido de la presente resolución J los funcionarios ANA MILENA PRADA URIBE y RAFAEL ENR¡QUE cRUz RoDRicUET1 3 ABR 202s RESOLUCION'}f [.l3 1(J De Página 3 de 3 Continuación de la Resolución "Por ntedio de la cual se realiza Ltn encargo de funciones" ART|CULO TERCERO: Rerlitir copia del presente acto administratrvo a la historra laboral de los funcionarios ANA MILENA PRADA URIBE y RAFAEL ENRIQUE CRUZ RODRíGUEZ ARTíCULO CUARTO: La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición
COMUN¡QUESE Y CÚMPLASE
Dado en Bogotá D.C., a los l.l 3 ¡gn zozs C CARLOS CARRILLO AS D General í\oyecto 'lataila Anas Rtv¿fa/ Gf ,l /fontftltsta .ilev,so wilhan fan,dvo / Corl¡rislá Gnr A AtxJcla Liltani Roloonl\éret / Con rarrsra Scí)!- l',\ tr)''¡Matia DaoÉtí, Caslarcllb ta lore / Abogada Conlfafrsl, SC Autota Marqanlt w»ertlllO¡es / Cotlfral,sra SG ,l\, Attubo Mtch¿c! Oyuera VaUilfecrctar¡o Generc! t