UNGRD - Resolución 0357 de 30 de abril de 2025

UNGRD - Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres

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Detalles

Título
UNGRD - Resolución 0357 de 30 de abril de 2025
Autor
UNGRD - Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Desastres Naturales
Año
2025

REPÚBLICA DE COLOMBIA UNIDAD NACIONAL PARA LA GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES RESoLUcTóH no. ll'0 3 57

I 13 0 ABR 2025 "poR MEDto DE LA cuAL sE pRoRRoGA LA RESoLUC/óN tzos DEL 20 DE NOVIEMBRE DEL 2024 LA CUAL "ORDENA IJNA TRANSFEREA/C/A ecoNÓ¡Irce DtREcrA HACTA EL FoNDo DE /NyERStóN cottcnvA DE ALTA LteutDEZ - FtcNo. 001001052224, ABIERTO PARA EL DEPARTAA/IENTO DEL CHOCÓ, COAIO

APOYO SUBS/D/ARIO Y COMPLEMENTARIO ATENDIENDO A LA SOLICITUD

REALIZADA POR EL DEPARTAMENTO, EN VIRTUD DE LA DECLARATORIA DE CALAA/IIDAO PÚAUCN EXPEDIDA MEDIANTE DECRETO N'. O2B2 DEL 1O DE NovtEltBRE DEL 2024, qARA REALIzAR LA EJECT)z:óN ot ACCIoNES ntoucctóN DEL R/ESGo DE DESASTRES EN EL DE LA RESpUESTA y RE:UPERAcóru" ^tARCo EL suBDrREcroR GENERAL DE LA UNTDAD NAqoNAL pARA le cssr¡óN DEL RIESGO DE DESASTRES, EN SU CALIDAD DE ORDENADOR DEL GASTO DEL FoNDo NAcToNAL oe cesnóN DEL RTESGo DE DESASTRES En uso de sus facultades Constitucionales y Legales, en especial las conferidas por la Resolución 1007 del 25 de octubre del 2024, el artículo 80 de la Ley 1523 de 2012, el Decreto 1289 de 2018, que modifica el Decreto 1081 de 2015 y la Resolución 320 de

Resolución 1007 del 25 de octubre del 2024, el artículo 80 de la Ley 1523 de 2012, el Decreto 1289 de 2018, que modifica el Decreto 1081 de 2015 y la Resolución 320 de 2016 modificada por la Resolución 1210 de 2016 y demás disposiciones concordantes, CONSIDERANDO Que, la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres atendiendo a la solicitud realizada por el Departamento del Chocó, profirió la Resolución 1203 del 20 de noviembre del 2024, a través de Ia cual ""ORDENA LJNA TRANSFERENC/A ECONÓMICA DIRECTA HACIA EL FONDO DE /NYERSIÓN COLECTIVA DE ALTA LIQUIDEZ _ FIC - NO. 001001052224,

ABIERTO PARA EL DEPARTAA/IENTO DEL CHOCÓ, COUO APOYO SUBSIDIARIO Y

COMPLEAIENTARIO ATENDIENDO A LA SOLICITUD REALIZADA POR EL DEPARTAAIENTO, EN VIRTUD DE LA DECLARATORIA DE CALAA/IIDAD PÚBLICA EXPEDIDA MEDIANTE DECRETO N'. O2B2 DEL 10 DE NOVIEMBRE DEL 2024, PARA

REALIZAR LA EJECUCIÓN DE ACCIONES REDUCCIÓN DEL R/ESGO DE DESASIRES

EN EL MARCO DE LA RESPUESIA Y RECUPERACIÓN"".

Que, de conformidad con el comprobante de egreso No. CE2500000423, del 08 de enero del 2025 fueron transferidos los recursos al Fondo de lnversión Colectiva de Alta Liquidez de la Fiduprevisora S.A., a cargo del departamento del Chocó. Que en sesiones del 08/03/2025 y 1910312024 del Comité Técnico Administrativo, se expuso la

Fiduprevisora S.A., a cargo del departamento del Chocó. Que en sesiones del 08/03/2025 y 1910312024 del Comité Técnico Administrativo, se expuso la necesidad de concluir las actividades proyectadas para la ejecución y legalización de los recursos transferidos a través de la Resolución '1203 del 20 de noviembre de\2024. Que, mediante oficio deldía 04 de abril de2025, el Departamento delChocó solicitó prórroga de seis meses para terminar la ejecución y legalización de los recursos, teniendo en cuenta que: "( . ) De manera atenta y de conformidad con lo contenido en la Resolución 1203 del 20 de noviembre del 2024, ante lo cual el Depañamento del Chocó se encuentra en el proceso de ejecución y legalización de los recursos otorgados mediante el mecanismo del Fondo de Inversión Colectiva "FIC".ll'0 3 57 3 0 ABR 2025 RESOLUCIÓN No. De Página 2 de 3 Continuac¡Ón de Ia Rosoluc¡Ón "POR MEDIO DE U CUÁ¿ SE PRORROGA LA RESOLUCIÓN 1203 DEL 20 DE N?VtrüMaRE DEL 2024 LA )UAL ")RDENA UNA IRANSFERENCIA ECONÓMICA DIRECTA HACIA EL FONDO DE INVERSIÓN COLEC|IVA DE ALTA LIQUIDEZ - FIC . NO, 0010A1052224, ABIERTO PARA EL DEPARTAMENTO DEL CHOCÓ, COMO APOYO SUBSIDIARIOY COMPLEMENTARIO ATENDIENDO A LA SOLICITUD REALIZAOA POR EL DEPARÍAMENfO.

EN VIRTUO DE LA OECURATORIA DE CALAMIDAD PUBLICA EXPEDIOA MEDIANTE DECRE'TO N", 0282 DEL 1O OE NOVIEMBRE DEL 2021, PARA REALIZAR LA EJEcuctóN DE AcctoNEs REDUcctóN DEL RtESGo DE oEsASrREs EN EL MA Rco DE LA REspuEsfA y REcupERActóN" Que al momento están per-feccionados 7 contratos y en ejecución 2 contratos, de conformidad con lo planteado en las líneas estratégicas, en el plan de inversiones y contenidos en el Plan de acción especifico. Los contratos suscrifos tienen fechas de ejecución superiores a las fechas esfab/ecldas inicialmente por el acto administrativo que otorga el FIC al Deparlamento, como es e/ caso del contrato CD-CO-GDCHSIG-001 de 2025, suscrifo según acta de inicio el 07 de febrero de 2025, cuyo objeto coNSrRUcctÓN DE 1BRA DE hltTlGACtÓN DEL R/ESGO AIEDIANTE LA CONSIRUCCIÓN DE UN MURO EN EL SECTOR ANIMAS, ISTMINA, CONDADO, SAN LORENZO - PR 25 ESTABLECIMIENTO COAIERCIAL LA AIECA, EN ELMIJNtCtPtO DE tSTMtNA DEPARTMENTO DEL CHOCÓ, en elmarco de ta dectaratoria de calamidad pública de conformidad con el decreto 0282 del 10 de noviembre de 2024, con su respectiva interuentoría, presenta un periodo de ejecución contractual hasta el 07 de octubre de 2025. Respefuosamente solicitamos se esfudle la viabilidad de prorrogar el tiempo para la ejecución y legalización establecidos en la resolución 1203 del 20 de noviembre del 2024,

de octubre de 2025. Respefuosamente solicitamos se esfudle la viabilidad de prorrogar el tiempo para la ejecución y legalización establecidos en la resolución 1203 del 20 de noviembre del 2024, por el termino de seis (6) meses más, tiempo en el cual la administración considera prudente se podría completar la correcta ejecución y legalización de la totalidad de /os recursos otorgados. De igual manera esfo nos permitiría garantizar la ejecución de las obras y/o proyectos de reducción y manejo de /os recursos, dando cumplimiento a la resolución antes mencionada de la designación del FlC. (. ..)". Que teniendo en cuenta lo anterior, lo establecido en el parágrafo 2 del Artículo 6 de la resolución 1203 del 20 de noviembre de 2024, el cual reza: "(...) Cualquier modificación a la presente Resolución deberá ser solicitada por parfe del Departamento del Chocó, la cual deberá tramitarse por escrito y por los canales oficiales institucionales y esfa deberá reflejar el número de radicado lnstitucional de la Unidad Nacional para la Gesfron del Riesgo de DesasfresUNGRD. (...)". Que teniendo en cuenta que en la Resolución 1203 del 20 de noviembre de 2024, no se estableció con precisión el plazo con que cuenta el Departamento para la ejecución de los recursos; se aclara que la entidad entiende que este corresponde a 4 meses a partir de su desembolso, conforme a los dispuesto por el Paso No. 16 del Procedimiento PR-1 100-DG09. Que, una vez analizada la solicitud del Departamento del Chocó, la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres como ordenadora del gasto del Fondo Nacional de

09. Que, una vez analizada la solicitud del Departamento del Chocó, la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres como ordenadora del gasto del Fondo Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres estima conveniente realizar la prórroga a la Resolución 1203 del 20 de noviembre de 2024, por un término de 6 meses, precisando que la administración y ejecución de los recursos es de exclusiva responsabilidad del Departamento del Chocó y están sujetos al control fiscal, en cumplimiento de lo ordenado por el artículo 80 de la Ley 1523 de 2012 y demás disposiciones aplicables. Que, en mérito de lo anterior, RESUELVE ART¡CULO PRIMERO: Autorizar la prórroga solicitada por el Departamento del CHOCÓ para la ejecuciÓn de los recursos transferidos, por el termino de SEIS (6) MESES contados a partir de la fecha en la cual se efectúa el vencimiento del plazo para su ejecución conforme lo dispuesto por la Resolución N'1203 del 20 de noviembre de 2024; esto es hasta el 08/1112025.

PARAGRAFO l: El departamento deberá realizar los pagos correspondientes a los contratos y Órdenes de compra suscritos para la adecuada ejecución de los recursos entregados por la UNGRD35 OA R RESOLUCIÓN No De Página 3 de 3

CONI¡NUAC¡óN dE IA RESOIUC¡óN .POR MEDIO DE LA CUAL SE PRORROG,A LA RESOLUCIÓN 1203 DEL 20 DE NOVIEMBRE DEL 2024 U CUAL "ORDENA

UNA ¡RANSFERENCIA ECONÓMICA DIRECTA HACIA EL FONDO DE /NYERSiÓN COLECTIVA OE ALIA LIOUIDEZ - FIC . NO 001001052224, AA/ÉRTO PARA ELOEPARTAMENTO OELCHOCÓ, COMO APOYO SUBSIDIARIO Y COMPLEMENÍARIO AfENDIENOO A LA SOLICIfUD REALIZADA POR EL DEPAR-TAMENTO, EN VIRÍUD DE LA OECLARATORIA OE CALAMIDAD PUBLICA EXPEDIOA MEDIANIE DECREfO N". 0282 DEL 1O DE NOVIEMBRE DEL 2024, PARA REALIZAR LA EJECUCIÓN OE ACCIONES REDUCCIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES E,V EL MA RCO DE LA RESPUESrA Y RECUPERACIÓN" ART|CULO SEGUNDO: Notifíquese al Representante Legal del Departamento del Chocó o quien haga sus veces, conforme a lo dispuesto en la ley 1437 de 2021 Código Contencioso Administrativo y de Procedimiento Administrativo-CPACA artículos 66,67,68 y 69 "deber de notificación de los actos administrativos de carácter particular y concreto", "notificación personal", "citaciones para notificación personal" y "notificación por aviso. ART¡CULO TERCERO: Contra el presente acto procede únicamente el recurso de reposición que deberá ser interpuesto ante el Subdirector General de la Unidad Nacional para la Gestión de Riesgos de Desastres -UNGRD, en los términos y oportunidad que establecen los artículos 76y77 de la ley 1437 de2011.Para la recepción de recursos se habilita el correo electrónico: correspondencia@qestiondelriesqo.qov.co ART¡CULO CUARTO: Las demás disposiciones contenidas en la Resolución N" 1203 del

habilita el correo electrónico: correspondencia@qestiondelriesqo.qov.co ART¡CULO CUARTO: Las demás disposiciones contenidas en la Resolución N" 1203 del 20 de noviembre del 2024, que no han sido objeto de modificación en el presente acto, permanecerán incólumes. ART|CULO QUTNTO: La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

NOTIFIQUESE Y CÚMPLASE

Dado en la Ciudad de Bogotá D.C. 30ABR 5 abril RAF E General R Ordenador del Gasto Resolución 1007 del 2511012024

Proysctó: Oscar Gracia / Contratista SRR l, ;' Manuel Ramirez / contrat¡sta saa/1 R ?

Gilbert Niño / Contratista GGC.'y' Miguel E. Luengas Torres / Profesional Especializado SRR t

Revisó: Angela Miranda N¡ño / Contratista SG Josó Lu¡s Angarita/ Contrat¡sta SO,, l' , Adolfo Josó Mantilla Espinosa I nsesor bDW

Michaol Oyu€la Vargas /Secretario Genoral UNGRD. Paul¡na Hernández / Coordinadora GAFC. Danny Carreño / Asosor C

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