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UNGRD - Resolución 0394 del 30 de abril de 2026

UNGRD - Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres

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Detalles

Título
UNGRD - Resolución 0394 del 30 de abril de 2026
Autor
UNGRD - Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Desastres_Naturales
Año
2026

REPUBLICA DE COLOMBIA

FONDO NACIONAL DE GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES

RESOLUCIÓN N" (30¡gRzozo EL sEcRETARto GENERAL DE LA UNIDAD NActoNAL pARA LA GEsrtóN DEL RtEsGo DE DESASTRES Y ORDENADOR DEL GASTO DELEGADO DEL FONDO NACIONAL DE GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES - FNGRD En ejercicio de sus facultades legales y reglamentarias, especialmente de las conferidas por la Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007, el Decreto 1082 de 2015, la Ley 489 de 1998, Decreto 4147 de2O11y Ley 1523del 2012, Resolución No. 1272 del2025 y actuando en ejerc¡cio de sus facultades como ordenador del gasto del FNGRD delegado bajo la Resolución No. 0937 de septiembre del 2025. CONSIDERANDO Que para el proceso FNGRD-LP-001-2026 que tuvo por oue|.o "Contratar /os seguros que amparen /os ,nfereses patrimon¡ales acluales y futuros, asi como /os blenes que están a cargo y baio su responsabil¡dad, custodia y aquellos que sean adquiridos por el Fondo Nacional de Gesl¡ón del Riesgo de Desaslres - FNGRD, para desanollar las funciones inherentes a su actividad y cualquier otra póliza de seguros que requiera la ont¡dad", se dio publ¡cidad a los documentos precontractuales para el proceso de lic¡tación públ¡ca en la plataforma Secop ll conforme a los plazos establec¡dos

dentro del cronograma. Que surtido el proceso de selección por Licitación Pública FNGRD-LP.00'|-2026, mediante Resolución 0280 del 01 de abril de 2026 "POR MEDIO DE LA CUAL SE ADJUDICA GRUPO UNO, GRUPO DOS, GRUPO TRES Y GRUPO CUATRO DEL PROCESO DE SELECCIÓN POR LICITACIÓN PÚBLICA N"FNGRD-LP-001-2026", se adiudicó el grupo uno, grupo dos, grupo tres y grupo cuatro, de conformidad con lo expueslo en su parte motiva y lo decidido en el ARTICULO PRIMERO de la parte resolutiva del referido acto administrativo. Que, revisada la resolución 0280 del 01 de abril de 2O26, en su ARTICULO SEGUNDO: AFECTACIÓN PRESUPUESTAL se presentó un error de dig¡tación conforme a la información del Certificado de Disponibilidad Presupuestal 26O244 del 04102126, respecto de las casillas de "apropiación" y "fuente de apropiación", información que no afecta la ident¡ficación o valor del referido certificado. Que, una vez verificado el certificado en comento, sé constala que la ¡nformación correcta es la sigu¡ente: A.ffidE il'0391- ñ4 Adicionalmente, se observa que en el ARTICULO TERCERO: PLAZO Y LUGAR DE EJECUCIÓN de la Resolución 0280 del 0'l de abril de 2026, se citó la relación de los plazos mfnimos de vigencia de los amparos exigidos por la Entidad, contenida en el pliego de condiciones defin¡tivo

del proceso, los cuales constituyeron requisitos habil¡tantes y parámetros base para la estructurac¡ón de las ofertas por parte de los proponentes. No obstante lo anterior, se considera menester precisar que los plazos relacionados en el ARTICULO PRIMERO del referido acto administrativo contienen la vigencia técnica final de las garantías previstas para cada uno de los distintos grupos conforme a las oferlas adiudicadas, en o¡t@tÉ L(¡- tan 12 o.ro .ryr.oclfECNETO M lr¡¡gr-lüira .a .POR MEDIO DEL CUAL SE ACLARA LA RESOLUCIÓN O28O DEL 01 DE ABRIL DE 2026" FECHA GASIO OE ORTGEN oE Los APROPIACIÓN APLICAqIOÑ F L'EÍI¡fE coP RECURSOS oEL GAsro aPRoPracróx rxrcral

(I,r6116 tFN CPAL

(sn@rlRESoLUcTóN"llo 0394 De 3 0 ABR 2026 Pág¡na 2 de 3 ese sentido, la vigencia técnica efectiva de los amparos adjudicados corresponde a la ofertada por los adjudicatarios y prevista en el ARTÍCULO PRIMERO de la resolución 0280 del 01 de abril de 2026, pot lo que con el fin de garanlizar la armonÍa respecto de dicha información se requiere realizar la respectiva aclaración en el ARTICULO TERCERO. cont¡nuación de la Resoluc¡ón "POR MEDIO DEL CUAL SE ACLARA LA RESOLUCI

01 DE ABRIL DE 2026"

N O28O DEL

Que de conform¡dad con el artículo 45 del Cód¡go de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, la administración puede conegir en cualquier tiempo los errores simplemente formales, tales como los de digitación, transcripc¡ón u omisión de palabras, siempre que no se altere el sent¡do material de la decisión adoptada. Que la jurisprudencia del Consejo de Estado ha señalado que la corrección de errores de transcripción procede cuando se trata de yerros evidentes, ¡ntrascendentes y que no implican valoración jurfdica ni modificación sustancial del acto admin¡strat¡vo.1 Que la presente aclaración no afecta el sentido material de la decisión adoptada en la Resolución 0280 del 01 de abr¡l de 2026, por cuanto corresponde exclusivamente a la corrección de errores de digitación y precisión formal evidenciados en el acto administrativo. Que, en ese sentido, las correcciones efectuadas no impl¡can modificac¡ón, adición o supresión de las cond¡ciones sustanciales del proceso de selección ni de la adjudicación realizada, no alteran los derechos u obligaciones derivados del mismo y no comportan una nueva valoración jurídica, limitándose a la corrección de errores formales, los cuales se entienden aclarados mediante la expedición del presente acto administrativo para todos los efectos pertinentes del proceso de selección FNGRD-LP-00'l -2026. Que, en mérito de lo expuesto el Secretario General de la Un¡dad Nacional para la Gest¡ón del Riesgo de Desastres y ordenador del gasto delegado del Fondo Nacional de Gestión del R¡esgo de

Desastres,

RESUELVE

ARTfCULO PRIMERO. ACLARAR EI ARTICULO SEGUNDO: AFECTACIÓN PRESUPUESTAL dC la resolución 0280 del 01 de abril de 2O26 de acuerdo con lo expuesto en la parte motiva, el cual quedará así: "ARTI)ULO SEGUNDO: AFECTA,IÓN PRESUPUESIA L: Para atender el costo det contrato a celebrarse, se cuenta con los siguientes Ce¡lificados de Disponibilidad Presupuestal: ñ211 I ( o¡scro dc Esta¡lo, Sala dc lo Conlcruroso Admrnrstrrt¡vo. Sc§lión Cuafa. scnlcncra dcl 26 '.lc tcbrcro dc 2014, l(ad. 15ffi I -13-il l-(x[]lXX'- 01l4E4l (19561). C.f' M.lha Tercs¡ Snccio dc Valcn(ra ut@¡26 lÉl &16a@6 6+PNiE^r(6rñü) DECn€rO UO t 17, M 32 C70 m.m APL /a]-oi XICIALAPROPIACIÓNCDP FECHA GASIO DE RECURSOS APRoPIAcIÓN DEL GASIO ó rmll ARTÍCULO SEGUNDO: ACLARAR EI ARTICULO TERCERO: PLAZO Y LUGAR DE EJECUCIÓN de la resolución 0280 del 01 de abril de 2026 de acuerdo con lo expuesto en la parte motiva, el cual quedará así: "ARTICULO TERCERO: PLAZO Y L|)GAR DE EJEC|JC\ÓN: El ptazo de ejecución del(os)

contrato(s) de seguros será de acuerdo con la vigencia de la(s) póliza(s) de cada grupo como se detalla a continuación, previo cumplimiento de los requ¡silos de peieccionamiento y ejecución.RESOLUCIÓN NO il'0394 3 0 ABR 2026 Pág¡na 3 de 3 cont¡nuación de la Resolución "POR MEDIO DEL CUAL SE ACLARA LA RESOLUCT

01 DE ABRIL DE 2026"

N O28O DEL T ARTICULO TERCERO: Las demás dispos¡c¡ones contenidas en la Resoluc¡ón 0280 del 01 de abril de 2026, permanecen en su integridad y se entienden v¡gentes. ART|CULO CUARTO: El presente acto administrativo hace parte integral de la Resolución 0280 del 01 de abril de 2026, con la cual conforma una unidad jurídica, y se limita a corregir errores formales, sin modificar su contenido sustancial.

ARTÍCULO QUINTO: El presente acto admin¡strativo r¡ge a part¡r de la fecha de su exped¡ción.

En constancia de lo anter¡or, se expide, en Bogotá D.c. a los 3 0 ABR 2026 COMUNIOUESE Y CÚMPLASE F¡rmado diqitalmente por

OYUELA VARGAS

MICHAEL

MICHAEL OYUELA VARGAS SECRETARIO GENERAL UNGRD RESOLUCIÓN 0202 DEL l4 de marzo de 2025

ORDENADOR DEL GASTO FNGRD RESoLUCIÓN 0937 DEL 22 de septiembre del 2025

Elaboró: Daniola Murcra Ramúez / Abogada Conlralrsla GGc?4

Rev¡só: Danrel González ToÍes/ Abogado Conlraltsta GGCI José Lu¡s Angarita Espinol/ Abogado Contral¡sta GGC-SGj/¿1¡' Rodrigo Ssbaslián Homándéz Alonso / Abogado Contratista SG J7l Todo Riesgo Daños ¡.4atenales Todo Riesgo Equipo y Maquinaria Maneio Global Entidades Oficiales Automóviles Transporte de Valores 730 dias Contados a part¡r de las 00:00 horas del 04 de abr¡l de 2026 y hasta las 00:00 horas del 03 de abril de 2028 Transporte de Mercanclas UNO Contados a partir de las 00:00 horas del 17 de abril de 2026 y hasta las 00:00 horas del 16 de abril de 2028. lnf¡del¡dad y Riesgos Financieros 730 diasoos 7O2 dias Contados a partir de las 00:00 horas del 04 de abril de 2026 y hasta las 00:00 horas del 06 de mazo de 2028 TRES Casco Aviación (Drones) 365 dias Contados a part¡r de la fecha de venciniento de cada uoa de las pólizas SOAT CUATRO Seguro Obl¡gatorio por Accidentes de Tráns¡to (Soat)

RAMOGRUPO PLAZO VIGENCIA TECNICA

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