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UNGRD - Resolución 0397 de 26 de abril de 2024

UNGRD - Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres

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Detalles

Título
UNGRD - Resolución 0397 de 26 de abril de 2024
Autor
UNGRD - Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Desastres Naturales
Año
2024

REPUBLICA DE COLOMBIA

-fi

UNIDAD NACIONAL PARA LA GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES ( RESOLUCIÓN No. N° o 3 9 7

L2 9 ABR 2024 ) "Por medio de la cual se modifica la Resolución No. 0365 del 20 de abril de 2024, en la que se confiere una Comisión de Servicio y se ordena pago a una funcionaria" EL SECRETARIO GENERAL DE LA UNIDAD NACIONAL PARA LA GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES, en uso de sus atribuciones legales y en especial las que le confieren los Decretos 2672 de 2013, y la Resolución 638 de Julio de 2022, 320 del 08 de abril de 2024 y, CONSIDERANDO: Que la funcionaria VIVIANA ANDREA GAITÁN BOCACHICA, identificada con cédula de ciudadanía Nº 1.016.012.286 de Bogotá, se encuentra vinculada a la UNGRD desde el 09 de mayo de 2013, mediante Resolución No.446 del 02 de mayo de 2013, y Acta de Posesión No.0115, en el cargo de Secretario Ejecutivo, Código 4210, Grado 18. Que mediante Resolución No.0365 del 20 de abril de 2024, se confiere comisión de servicios y se ordena un pago a la funcionaria VIVIANA ANDREA GAITÁN BOCACHICA, identificada con cédula de ciudadanía Nº 1.016.012.286 de Bogotá o.e., quien se desempeña en el cargo como Secretario Ejecutivo, Código 4210, Grado 18, con una asignación básica mensual de $2.436.984 M/cte., en la Unidad Nacional para la Gestión

desempeña en el cargo como Secretario Ejecutivo, Código 4210, Grado 18, con una asignación básica mensual de $2.436.984 M/cte., en la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres, para trasladarse de la ciudad de Bogotá a la ciudad de Pasto en el Departamento de Nariño, durante los días del 20 de abril al 04 de mayo del 2024, último día sin pernoctar, con el fin de brindar apoyo administrativo, operativo, logístico, técnico, de coordinación y/o de preparativos para la respuesta en emergencias presentadas por eventos de movimientos en masa, inundaciones y/o avenidas torrenciales en el municipio de Pasto en el departamento de Nariño de acuerdo a los procesos misionales de la Unidad Nacional para la Gestión de Riesgo de Desastres -UNGRD. Que el artículo segundo de la Resolución no.0365 del 20 de abril de 2024, se ordena el pago de viáticos a la funcionaria VIVIANA ANDREA GAITÁN BOCACHICA, por la suma

de DOS MILLONES CUATROCIENTOS SIETE MIL OCHOCIENTOS PESOS

($2.407.800) M/CTE.

Que el Director General de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres, delega al Secretario (a) General de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres mediante Resolución No. 0113 del 14 de febrero de 2024 en su Artículo 1 ° "Delegar en el Secretario (a) General la facultad de contratación y ordenación del gasto, sin límite de cuantía, en los siguientes asuntos de competencia de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD), el Fondo Nacional de Gestión del

sin límite de cuantía, en los siguientes asuntos de competencia de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD), el Fondo Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (FNGRD), el Fondo para el Desarrollo del Plan Todos Somos PAZcífico (FTSP) y el Fondo para el Desarrollo Integral del Distrito Especial de Buenaventura (Fonbuenaventura): contratos, actos administrativos y cualquier otra fuente de obligación relacionada con prestaciones de servicios profesionales y de apoyo a la gestión; de consultoría individual que deban celebrase de acuerdo con las políticas yRESOLUCIÓN No. N° o 3 9 7 De .2 9 fiBfi 2024 Página 2 de 3 Continuación de la "Por medio de la cual se modifica la Resolución No.0365 del 20 de abril de 2024, en la que se confiere una Comisión de Servicio y se ordena pago a una funcionaria" normas para la contratación de Banca Multilateral; gastos administrativos, financieros y demás trámites necesarios para el funcionamiento y administración, independientemente del origen de la fuente de renta o de la apropiación presupuesta!". Que el Director General de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres, delega al Secretario (a) General de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres mediante Resolución No. 0305 del 03 de abril de 2024 "ARTÍCULO PRIMERO. DELEGAR en el Secretario General la facultad de contratación y ordenación y del gasto, con lf mite de cuantía de ochenta (80) salarios mínimos legales mensuales vigentes, en /os siguientes asuntos de competencia de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de

con lf mite de cuantía de ochenta (80) salarios mínimos legales mensuales vigentes, en /os siguientes asuntos de competencia de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD), el Fondo Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (FNGRD), el Fondo para el Desarrollo Integral del Distrito Especial de Buenaventura (Fonbuenaventura): contratos, actos administrativos y cualquier otra fuente de obligación relacionada con prestaciones de servicios profesionales y de apoyo a la gestión; de consultoría individual que deban celebrarse de acuerdo con las políticas y normas para la contratación de Banca Multilateral; gastos administrativos, financieros y demás trámites necesarios para el funcionamiento y administración, independientemente del origen de la fuente de la renta o de la apropiación presupuesta/". Que el Decreto 648 de 2017 en su artículo 2.2.5.5.25 establece "La comisión de servicios se puede conferir al interior o al exterior del país, no constituye forma de provisión de empleos, se otorga para ejercer las funciones propias del empleo en un lugar diferente al de la sede del cargo, cumplir misiones especiales conferidas por los superiores, asistir a reuniones, conferencias o seminarios, realizar visitas de observación que interesen a la administración y que se relacionen con el ramo en que presta sus servicios el empleado. Esta comisión hace parte de los deberes de todo empleado, por tanto, no puede rehusarse a su cumplimiento". Que el artículo 2.2.5.5.29 del Decreto en mención señala: "Que servidores públicos, con excepción de los Ministros y Directores del Departamento Administrativo, deberán presentar ante su superior inmediato y dentro de los tres (3) días siguientes a la

Que el artículo 2.2.5.5.29 del Decreto en mención señala: "Que servidores públicos, con excepción de los Ministros y Directores del Departamento Administrativo, deberán presentar ante su superior inmediato y dentro de los tres (3) días siguientes a la finalización de la comisión que le haya sido conferida, un informe ejecutivo sobre las actividades desplegadas en desarrollo de la misma". Que el artículo 23 de la Resolución No.638 del 12 de julio de 2022, indica que "Finalizada la comisión y/o desplazamiento los funcionarios y/o contratistas que la hayan cumplido, deberán legalizarla dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su vencimiento; para tal efecto, deberá presentar ante el Grupo de Talento Humano de fa UNGRD, /os siguientes documentos para su legalización: ''Informe de comisión debidamente diligenciado y firmado, con el visto bueno del jefe inmediato." Que mediante correo electrónico el 26 de abril de 2024, la funcionaria informa que el regreso se realizará el día 29 de abril de 2024 en vuelo de apoyo a la ciudad de Bogotá. Que el parágrafo 1 del artículo 14 de la Resolución 638 del 2022 dispone; "Para el pago de viáticos y gastos de desplazamiento al interior de funcionarios y contratistas de la UNGRD y FNGRD, teniendo en cuenta la directiva de austeridad del gasto de la Presidencia de la República, la base de la liquidación será el 80% de la tarifa diaria definida en el Decreto por el cual se fijan las escalas de viáticos". Que los gastos que genere esta comisión serán asumidos con el presupuesto del Fondo

Presidencia de la República, la base de la liquidación será el 80% de la tarifa diaria definida en el Decreto por el cual se fijan las escalas de viáticos". Que los gastos que genere esta comisión serán asumidos con el presupuesto del Fondo Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, mediante el CDP 24-0126 de 2024.RESOLUCIÓN No. r o 3 9 7 De .. 2 9 ABR 2024 Página 3 de 3 Continuación de la "Por medio de la cual se modifica la Resolución No.0365 del 20 de abril de 2024, en la que se confiere una Comisión de Servicio y se ordena pago a una funcionaria" Que en mérito de lo anteriormente expuesto se hace necesario modificar el regreso a la funcionaria VIVIANA ANDREA GAITÁN BOCACHICA; RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: Modificar el artículo primero de la Resolución No.0365 del 20 de abril de 2024, en el sentido de conferir comisión a la funcionaria VIVIANA ANDREA GAITÁN BOCACHICA, identificada con cédula de ciudadanía Nº 1.016.012.286 de Bogotá o.e., quien se desempeña en el cargo como Secretario Ejecutivo, Código 4210, Grado 18, con una asignación básica mensual de $2.436.984 M/cte., en la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres, para trasladarse de la ciudad de Bogotá a la ciudad de Pasto en el Departamento de Nariño, durante los días del 20 al 29 de abril del 2024, último día sin pernoctar, con el fin de brindar apoyo administrativo, operativo, logístico, técnico, de coordinación y/o de preparativos para la respuesta en

de abril del 2024, último día sin pernoctar, con el fin de brindar apoyo administrativo, operativo, logístico, técnico, de coordinación y/o de preparativos para la respuesta en emergencias presentadas por eventos de movimientos en masa, inundaciones y/o avenidas torrenciales en el municipio de Pasto en el departamento de Nariño de acuerdo a los procesos misionales de la Unidad Nacional para la Gestión de Riesgo de DesastresUNGRD.

ARTÍCULO SEGUNDO: Modificar el artículo segundo de la Resolución No.0365 del 20 de abril de 2024, en el sentido de ordenar el pago de viáticos a la funcionaria VIVIANA ANDREA GAITÁN BOCACHICA, por la suma de UN MILLÓN QUINIENTOS SETENTA Y

SIETE MIL QUINIENTOS VEINTICUATRO PESOS ($1.577.524) M/CTE.

ARTÍCULO TERCERO: La comisión se dará por terminada al vencimiento de esta, por renuncia, por revocatoria, o cuando la administración lo considere pertinente.

ARTÍCULO CUARTO: Una vez finalizada la comisión y en un término no mayor a cinco (5) días hábiles la comisionada deberá radicar ante su superior inmediato, con copia a Talento Humano los demás documentos requeridos para la legalización de la misma, según Resolución No. 638 del 12 de julio de 2022.

ARTÍCULO QUINTO: Comunicar a la funcionaria VIVIANA ANDREA GAITÁN BOCACHICA el contenido de la presente Resolución.

ARTÍCULO SEXTO: Remítase copia del presente acto administrativo a la historia laboral de la funcionaria.

ARTICULO SÉPTIMO: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

ARTÍCULO SEXTO: Remítase copia del presente acto administrativo a la historia laboral de la funcionaria.

ARTICULO SÉPTIMO: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dado en Bogotá o.e., a los Secretario General Ela/Joró: Maritza Herrera Molina / Profesional Especializado GTH ' Revisó: Fanny Torres Eslupiñan / Coordi':!,.dj{ª de Talento Human Mónica Rodríguez I Contratista Sfi Sandra Vi/lada/ Contratista SG

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