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UNGRD - Resolución 0400 de 30 de abril de 2024

UNGRD - Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres

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Detalles

Título
UNGRD - Resolución 0400 de 30 de abril de 2024
Autor
UNGRD - Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Desastres Naturales
Año
2024

REPUBLICA DE COLOMBIA UNIDAD NACIONAL PARA LA GESTION DEL RIESGO DE DESASTRES RESOLUCIÓN Nº. Nº O 4 O O ( 3 O ABR 2024 ) "POR MEDIO DE LA CUAL SE ORDENA LA APERTURA DE PROCESO DE SUBASTA INVERSA ELECTRONICA UNGRD-SASl-001-2024" EL SECRETARIO GENERAL DE LA UNIDAD NACIONAL PARA LA GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES Y ORDENADOR DEL GASTO DELEGADO En ejercicio de sus facultades legales y reglamentarias, especialmente de las conferidas por la la Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007, Ley 1882 de 2018, el Decreto 1082 de 2015, Decreto 4147 de 2011, SS., CONSIDERANDO QUE: Mediante Decreto 414 7 del 3 de noviembre de 2011 se creó la Unidad Administrativa Especial denominada Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres - UNGRD - adscrita al Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, entidad encargada de coordinar y transversalizar la aplicación de la política pública de gestión del riesgo, en las entidades públicas, privadas y en la comunidad; la cual tiene como objetivo dirigir la implementación de la Gestión del Riesgo de Desastres, atendiendo las políticas de desarrollo sostenible y coordinar el funcionamiento y desarrollo continuo del Sistema Nacional para la Gestión del Riesgo de DesastresSNGRD. De conformidad con lo preceptuado por el artículo 4 de la precitada norma, son funciones de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres las siguientes: "1. Dirigir y coordinar el Sistema Nacional para la Prevención y Atención de DesastresDe conformidad con lo preceptuado por el artículo 4 de la precitada norma, son funciones de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres las siguientes: "1. Dirigir y coordinar el Sistema Nacional para la Prevención y Atención de DesastresSNPAD, hacer seguimiento a su funcionamiento y efectuar propuestas para su mejora en los niveles nacional y territorial.

2. Coordinar, impulsar y fortalecer capacidades para el conocimiento del riesgo, reducción del mismo y manejo de desastres, y su articulación con los procesos de desarrollo en los ámbitos nacional y territorial del Sistema Nacional para la Prevención y Atención de Desastres - SNPAD.

3. Proponer y articular las políticas. Estrategias, planes, programas, proyectos y procedimientos nacionales de gestión del riesgo de desastres, en el marco del Sistema Nacional para la Prevención y Atención de Desastres - SNPAD y actualizar el marco normativo y los instrumentos de gestión del SNPAD.

4. Promover la articulación con otros sistemas administrativos, tales como el Sistema Nacional de Planeación. el Sistema Nacional Ambiental, el Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación y el Sistema Nacional de Bomberos, entre otros, en los temas de su competencia.

5. Formular y coordinar la ejecución de un plan nacional para la gestión del riesgo de desastres, realizar el seguimiento y evaluación del mismo.

6. Orientar y apoyar a las entidades nacionales y territoriales en su fortalecimiento institucional para la gestión del riesgo de desastres y asesorarlos para la inclusión de la política de gestión del riesgo de desastres en los Planes Territoriales.

7. Promover y realizar los análisis, estudios e investigaciones en materia de su competencia.

8. Prestar el apoyo técnico, informativo y educativo que requieran los miembros del Sistema

del riesgo de desastres en los Planes Territoriales.

7. Promover y realizar los análisis, estudios e investigaciones en materia de su competencia.

8. Prestar el apoyo técnico, informativo y educativo que requieran los miembros del Sistema Nacional para la Prevención y Atención de Desastres - SNPAD.

9. Gestionar, con la Unidad Presidencial de Cooperación Internacional de Colombia, la consecución de recursos para fortalecer la implementación de las políticas de gestión del riesgo de desastres en el país.

10. Administrar y mantener en funcionamiento el sistema integrado de información de que trata el artículo 7° del Decreto Ley 919 de 1989 o del que haga sus veces, que posibilite avanzar en la gestión del riesgo de desastres.RESOLUCIÓN No. Hº O 4 Ü fie 13 O ABR 2024 Página 2 de 6

Continuación de la Resolución por medio de la cual se ordena la apertura de proceso de subasta inversa __ electrónica UNGRD-SASl-001-2024 _________________________________________________________ _

11. Las demás funciones que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la entidad."

1. DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD La Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres cuenta con diferentes dependencias o grupos de trabajo, dentro de los cuales mediante Resolución No. 0676 del 25 de agosto de 2021, se determinan las funciones del Grupo de Apoyo Administrativo, entre otras, las siguientes: "(. . .)

3. Responder por el almacenamiento, custodia, distribución e inventarios de los elementos, equipos y demás bienes de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres o del FNGRD a cargo de la entidad y llevar el registro y control de los mismos. (. . .)

elementos, equipos y demás bienes de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres o del FNGRD a cargo de la entidad y llevar el registro y control de los mismos. (. . .)

13. Coordinar y controlar con las dependencias la ejecución de los procesos de adquisición, registro, almacenamiento y suministro de los bienes y elementos para la realización de la gestión institucional.

14. Responder por el almacenamiento y distribución de los bienes adquiridos por la UNGRD y velar por su adecuada conservación. (. . .)" En consideración de lo anterior, la UNGRD debe atender las necesidades de apoyo administrativo y logístico que soporten el desarrollo y cumplimiento de sus objetivos misionales, dentro de estos apoyos se encuentra el suministro de elementos para la realización de la gestión institucional de óptima calidad de una manera eficaz, eficiente y económica a todos los servidores de la Entidad y asegurar que el consumo de dichos elementos sea monitoreado y controlado de acuerdo con el proceso de Gestión de Bienes.

Estos elementos son fundamentales para el cumplimiento de las labores administrativas, operacionales y de la misión institucional asignada a la UNGRD, para la realización de documentos internos que soporten las actividades y permitan documentar el cumplimiento de la labor de dirigir la implementación de la Gestión del Riesgo de Desastres, atendiendo las políticas de desarrollo sostenible y coordinar el funcionamiento y desarrollo continuo del sistema para la Gestión del Riesgo de Desastres. Entre otras actividades administrativas, la Entidad debe dar cumplimiento a la Ley 594 de 2000 "Ley General de Archivos': por medio de una adecuada cultura archivística, motivo por el cual, es necesario la adquisición de elementos tales como cajas para archivo, carpetas tipo yute,

Entre otras actividades administrativas, la Entidad debe dar cumplimiento a la Ley 594 de 2000 "Ley General de Archivos': por medio de una adecuada cultura archivística, motivo por el cual, es necesario la adquisición de elementos tales como cajas para archivo, carpetas tipo yute, ganchos legajadores, los cuales revisten importancia para el desarrollo de dichas actividades de gestión documental y así mantener, conservar y organizar los expedientes que están a su cargo. El Grupo de Apoyo Administrativo debe asegurar que las diferentes dependencias cuenten con las condiciones y servicios necesarios para el adecuado desarrollo de sus funciones, mediante el suministro de elementos de papelería, tóner, cintas para impresora y otros artículos de oficina, es decir la contratación externa de recursos de acuerdo con las especificaciones y unidad de medida de elementos a suministrar, teniendo en cuenta que los elementos de papelería, tóner, cintas para impresora y otros artículos de oficina, son necesarios para el buen funcionamiento de la UNGRD. La carencia de estos elementos imprescindibles para el cumplimiento de las actividades puede provocar retardos en el cumplimiento misional que impliquen demora en los procesos administrativos que deben adelantarse para el adecuado funcionamiento de la institución, toda vez que este tipo de elementos constituyen insumos de apoyo para la ejecución de las actividades administrativas y misionales de la entidad.RESOLUCIÓN No, o 4 o [loe f 3 Ü ABí? tlJ2◄ Página 3 de 6 Continuación de la Resolución por medio de la cual se ordena la apertura de proceso de subasta inversa electrónica UNGRD-SASl-001-2024 ------------------------------------------------------------------------------------------- Con fundamento en lo anterior y teniendo en cuenta que la Coordinadora del Grupo de Apoyo Administrativo, en cumplimiento de sus funciones, determinó a través de la "consulta Kardex",

electrónica UNGRD-SASl-001-2024 ------------------------------------------------------------------------------------------- Con fundamento en lo anterior y teniendo en cuenta que la Coordinadora del Grupo de Apoyo Administrativo, en cumplimiento de sus funciones, determinó a través de la "consulta Kardex", del aplicativo de inventarios de la Entidad "Know lt" que actualmente la UNGRD, no cuenta con el stock suficiente de papelería y elementos de oficina en general, para atender las necesidades que demanda cada una de las dependencias, que pueden surgir durante la vigencia 2024, se hace necesario adelantar el proceso de contratación para la adquisición de elementos de papelería, tóner, cintas para impresora y otros artículos de oficina, para las diferentes dependencias de la UNGRD. En virtud de lo anterior se requiere adelantar un proceso de selección para la adquisición de los productos y servicios descritos en la ficha técnica anexa al presente estudio previo, teniendo en cuenta que en el momento no existe ningún Acuerdo Marco de Precios vigente a través del cual se suplan estas necesidades. En virtud de lo anterior la UNGRD-FNGRD debe adelantar un proceso de selección para la adquisición de los productos y servicios descritos en la ficha técnica anexa al presente estudio previo. De acuerdo a las necesidades y competencias precedentes a través de la Plataforma SECOP 11 se adelanta el proceso de selección SUBASTA INVERSA UNGRD-SASl-001-2024, cuyo objeto contractual es "Adquisición de elementos de papelería, tóner, cintas para impresora y otros artículos de oficina, para el normal funcionamiento de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres - UNGRD". Que la UNGRD en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 1 º del Decreto 399 del 13 de abril

otros artículos de oficina, para el normal funcionamiento de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres - UNGRD". Que la UNGRD en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 1 º del Decreto 399 del 13 de abril de 2021, dio publicación en la plataforma del SECOP 11, Portal Colombia Compra Eficiente, el aviso de convocatoria, los estudios y documentos previos y el proyecto del pliego de condiciones el 03 de abril de 2023. Que en cumplimiento de lo ordenado por el articulo 2.2.1.1.2.1.5. del Decreto 1082 de 2015, mediante Acto Administrativo de carácter general, se ordena de manera motivada la apertura del proceso de selección que se desarrolle a través de Subasta Inversa Electrónica Que en mérito de lo expuesto el Secretario General y Ordenador del Gasto de la UNGRD delegado. RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. La apertura del proceso de selección de subasta inversa electrónica Nº. UNGRD-SASl-001-2024, con las siguientes características: OBJETO: "Adquisición de elementos de papelería, tóner, cintas para impresora y otros artículos de oficina, para el normal funcionamiento de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres - UNGRD".

1. MODALIDAD DE SELECCIÓN: El régimen jurldico aplicable al presente procedimiento de selección, que comprende las etapas precontractual, contractual y post contractual, es el previsto en el Estatuto General de Contratación de la Administración Publica (Leyes 80 de 1993 y 1150 de 2007) y su Decreto 1082 de 2015, la Ley 14 7 4 de 2011, el Decreto 19 de 2012 y

previsto en el Estatuto General de Contratación de la Administración Publica (Leyes 80 de 1993 y 1150 de 2007) y su Decreto 1082 de 2015, la Ley 14 7 4 de 2011, el Decreto 19 de 2012 y demás normas que adicionen, complementen o regulen la materia y en lo no dispuesto expresamente en las normas señaladas, se dará aplicación a la normatividad Comercial, Civil y Contencioso Administrativo. En virtud de la Ley 1150 de 2007 "Por medio de la cual se introducen medidas para la eficiencia y la transparencia en la Ley 80 de 1993 y se dictan otras disposiciones generales sobre la contratación con recursos públicos" y en desarrollo del Decreto 1082 de 2015, los procesos de selección se rigen bajo los principios de igualdad, eficacia, celeridad, economía, imparcialidad y \RESOLUCIÓN NfiO o 4 o o De 3 O ABR 2024 Página 4 de 6 Continuación de la Resolución por medio de la cual se ordena la apertura de proceso de subasta inversa electrónica UNGRD-SASl-001-2024 ------------------------------------------------------------------------------------------- publicidad previstos en los artículos 209 y 123 de la Constitución Política como reglas que deben aplicar las entidades del Estado para el cumplimiento de su función administrativa, por ello, se deriva la obligación de someter a todos los oferentes a las mismas condiciones definidas en la ley y en el pliego de condiciones. El artículo 2o de la Ley 1150 de 2007 señala que "la escogencia del contratista se efectuará con arreglo a las modalidades de selección de licitación pública, selección abreviada, concurso de méritos y contratación directa ( ... )" siempre y cuando cumplan con las disposiciones

arreglo a las modalidades de selección de licitación pública, selección abreviada, concurso de méritos y contratación directa ( ... )" siempre y cuando cumplan con las disposiciones contempladas para cada una de ellas. De conformidad con el literal a), el numeral 2 del artículo 2 de la Ley 1150 de 2007, en concordancia con el Título 1, Capítulo 11, artículo 2.2.1.2.1.2.1 y subsiguientes del Decreto 1082 de 2015, el procedimiento de selección aplicable a este tipo de procesos es el de SELECCIÓN ABREVIADA - SUBASTA INVERSA, por tratarse de la adquisición de bienes y servicios de características técnicas uniformes y de común utilización. El régimen jurídico aplicable al presente procedimiento de selección, que comprende las etapas precontractual, contractual y post contractual, es el previsto en el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública (Leyes 80 de 1993 y 1150 de 2007) y su Decreto 1082 de 2015, la Ley 1474 de 2011, el Decreto 19 de 2012 y demás normas que adicionen, complementen o regulen la materia y en lo no dispuesto expresamente en las normas señaladas, se dará aplicación a la normatividad Comercial, Civil y Contencioso Administrativo. Para la escogencia del ofrecimiento más favorable, la UNGRD/FNGRD dará aplicación a lo establecido en el artículo 5 de la Ley 1150 de 2007, modificado por el artículo 88 de la Ley 1474 de 2011 y el artículo 2.2.1.1.2.2.2 del Decreto 1082 de 2015. Teniendo en cuenta lo anterior, el objeto a contratar, la naturaleza del mismo, la modalidad de

de 2011 y el artículo 2.2.1.1.2.2.2 del Decreto 1082 de 2015. Teniendo en cuenta lo anterior, el objeto a contratar, la naturaleza del mismo, la modalidad de selección aplicable es la selección abreviada por subasta inversa, la cual se adelantará de conformidad con el numeral 2.2.1.2.1.2.2 del Decreto 1082 de 2015 en la plataforma SECOP 11. Ahora bien, teniendo en cuenta que el presente proceso tiene como objeto contratar la "Adquisición de elementos de papelería, tóner, cintas para impresora y otros artículos de oficina, para el normal funcionamiento de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres - UNGRD, para atender la necesidad que se enuncia en el objeto del presente proceso, con fundamento en el marco legal citado anteriormente y toda la normatividad vigente pertinente que sin necesidad de ser referenciada hace parte del presente pliego de condiciones.

2. CRONOGRAMA: Expedición acto administrativo de apertura del proceso de selección Publicación Plie o de Condiciones Definitivo Plazo para realizar observaciones al Pliego de Condiciones definitivo Respuesta a observaciones y sugerencias al Pliego de Condiciones Definitivo Plazo máximo ara la ex edición de adendas Plazo para presentar ofertas Apertura de sobre de requisitos habilitantes (req. Técnicas­ Ex eriencia financieros Publicación del informe de evaluación y solicitud de subsanación de re uisitos habilitantes /o aclaraciones 30 de abril de 2024 30 de abril de 2024 03 de abril de 2024 hasta las 5:00 .m. 07 de mayo de 2024 08 de ma o de 2024

de re uisitos habilitantes /o aclaraciones 30 de abril de 2024 30 de abril de 2024 03 de abril de 2024 hasta las 5:00 .m. 07 de mayo de 2024 08 de ma o de 2024 10 de mayo de 2024 a las 10:00 a.m. 10 de mayo de 2024 15 de mayo de 2024RESOLUCIÓN NoffO Q 4 Ü O De fi O ABR 21]24 Página 5 de 6 Continuación de la Resolución por medio de la cual se ordena la apertura de proceso de subasta inversa electrónica UNGRD-SASl-001-2024 ------------------------------------------------------------------------------------------- Traslado del mismo para presentación de observaciones al informe de evaluación y termino para subsanar requisitos Hasta el 20 de mayo de 2024 Habilitantes Respuesta observaciones presentadas al informe de verificación de requisitos habilitantes e informe definitivo y publicación del Informe de Evaluación actualizado acorde con las observaciones 22 de mayo de 2024 y subsanaciones recibidas en el periodo de traslado del Informe de evaluación. Publicación lista de habilitados para participar en la subasta 23 de mayo de 2024 electrónica Evento de subasta electrónica 24 de mayo de 2024 Publicación del Acto Administrativo de adjudicación o declaratoria dentro de los 3 días hábiles siguientes de desierto Firma, Perfeccionamiento del Contrato Dentro del día hábil siguiente a la Adjudicación Cumplimiento de los Requisitos de Ejecución Dentro del dia hábil siguiente al perfeccionamiento del contrato En caso de que las fechas y horas establecidas en el presente articulo sean objeto de alguna modificación, la misma se efectuará a través de adenda, la cual será publicada conforme con lo establecido por la Ley, sin que sea necesario modificar la presente Resolución.

perfeccionamiento del contrato En caso de que las fechas y horas establecidas en el presente articulo sean objeto de alguna modificación, la misma se efectuará a través de adenda, la cual será publicada conforme con lo establecido por la Ley, sin que sea necesario modificar la presente Resolución.

2. SITIO DE CONSULTA DE PLIEGO DE CONDICIONES Y DEMÁS DOCUMENTOS: En la plataforma SECOP 11expediente virtual o en las instalaciones de ,la UNGRD en la Avenida

Calle 26 No. 92 - 32 Edificio Gold 4 -Piso 2, Bogotá, Grupo de Gestión Contractual.

3. PRESUPUESTO OFICIAL El presupuesto oficial establecido para la contratación CIENTO SESENTA MILLONES DE PESOS ($160.000.000) M/CTE, incluido IVA y todos los impuestos que puedan surgir, todos los costos directos e indirectos y demás gastos inherentes al cumplimiento satisfactorio del contrato.

NOTA 1: La adjudicación será por el valor total del presupuesto estimado. No obstante, lo anterior, este será el valor final del contrato. NOTA 2: El valor ofertado por los proponentes para cada ÍTEM, no podrá exceder el precio promedio del mercado señalado para cada uno, so pena de rechazo de la oferta. NOTA 3: So pena de rechazo, las ofertas presentadas por los proponentes no podrán sobrepasar el valor del presupuesto oficial establecido por la Entidad. NOTA 4: El valor del presupuesto incluye el IVA de acuerdo con. la normatividad vigente, para los Ítem que aplique.

4. AFECTACIÓN PRESUPUESTAL El FNGRD pagará el contrato a que se refiere el presente documento con cargo al certificado de

disponibilidad presupuesta! así: ,' ¡ ,1,.-.-:: '·

los Ítem que aplique.

4. AFECTACIÓN PRESUPUESTAL El FNGRD pagará el contrato a que se refiere el presente documento con cargo al certificado de

disponibilidad presupuesta! así: ,' ¡ ,1,.-.-:: '· - 1 ' . ,' . fi-fi·¡ o ' . ' . I' , ... ]r. -' 'I ' -fi ·, ,, • 4 fi • 1 • fi;-::fi_,fi,/fififi,. fi1 ', . fi fi:.:· .... ··:-fi· ,, 1, < ,t .. •·\ ,, ' f • fi ' ' ' ' - , . .,. - - --- - . A-02-02-01-003-001 Productos de madera, corcho, Cesterla y Esoanerla $ 337.223 A-0202.01.003.002 Pasta o 02-11 -00-000 Pulpa, Papel o Productos de $ 121 .505.005 2724 13/02/2024 Papel: impresos y articules Nación 10 Gestión General Similares A-02-02-01-003-005 Otros Productos Qulmicos; Fibras $ 340.992 Artificiales (o fibras Industriales hechas oor el hombre)RESOLUCIÓN No. Nº Ü 4 Ü (1e t3 O ABR 2024 Página 6 de 6 Continuación de la Resolución por medio de la cual se ordena la apertura de proceso de subasta inversa electrónica UNGRD-SASl-001-2024 ------- --------------------------- ---- --------------------- ----- ----------- -------- -------- A-02-02-01-0 03-006 Productos $1 5.616.193 de Caucho y Plásti co

A-02-02-01-003-008 Otros $ 18. 580.896 Bienes Transportables N.C.P

A-02-02-01-004-002 Productos

A-02-02-01-003-008 Otros $ 18. 580.896 Bienes Transportables N.C.P A-02-02-01-004-002 Productos metálicos Elaborados (Excepto $ 2.972.595

Maauinaria v Eauipo) A-02-02-01-004-006 Maquinaria $ 647.096 y Aparatos Eléctricos $ 160.000.000

5. CONVOCATORIA LIMITADA A MIPYMES La presente Convocatoria Pública no será limitada al Mipymes, lo anterior, en atención al no cumplimiento en su totalidad de las disposiciones previstas en el artículo 2.2.1.2.4.2.2 del Decreto 1086 de 2021.

ARTÍCULO SEGU NDO. En cumplimiento del artículo 66 de la Ley 80 de 1993, convocar-a las veedurías ciudadanas, reguladas mediante la Ley 850 de 2003, con el fin de realizar el control social y vigilancia al presente proceso de contratación, para lo cual se les invita a consultar los documentos del proceso en la plataforma del SECOP 11 o en las instalaciones de la entidad en la Avenida Calle 26 No. 92 - 32 Edificio Gold 4 -Piso 2, Bogotá, Grupo de Gestión Contractual. ARTÍCULO TERCERO. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición. Dada en Bogotá, D. C., t:3 0 ABR 2024

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

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Secretario General UNGRD Ordenador del Gasto UNGRD Delegado mediante Resolución 353 de 2024 fifilaboró: Ley/a M. Botiva/Abogada G. G. fi -

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Secretario General UNGRD Ordenador del Gasto UNGRD Delegado mediante Resolución 353 de 2024 fifilaboró: Ley/a M. Botiva/Abogada G. G. fi - .)JBevisó: Andrea Lizeth Moreno CueNolCfinadora G. G. C.

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