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UNGRD - Resolución 0504 de 06 de junio de 2024

UNGRD - Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres

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Detalles

Título
UNGRD - Resolución 0504 de 06 de junio de 2024
Autor
UNGRD - Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Desastres Naturales
Año
2024

REPUBLICA DE COLOMBIA e 1

'I

UNIDAD NACIONAL PARA LA GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES

RESOLUCIÓN N!

O o 5 o 4 O 6 JUN 2024 "Por la cual se efectúa una transferencia del presupuesto de inversión de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres de la vigencia fiscal 2024, al Fondo Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres" EL DIRECTOR GENERAL DE LA UNIDAD NACIONAL PARA LA GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES-UNGRD En uso de sus facultades legales, en especial de las que le confiere el artículo 9 del Decreto 4836 de 2011, el Decreto 4147 de 2011, la Ley 1523 de 2012, el Decreto 2672 de 2013, y CONSIDERANDO Que, el Decreto 4147 del 3 de noviembre de 2011 creó la Unidad Administrativa Especial denominada Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres -UNGRDadscrita al Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, la cual tiene, entre otros, como objetivos, la implementación y la continuidad de la política nacional de gestión del riesgo de desastres que incluye los procesos de conocimiento y reducción, del riesgo de desastres y de manejo de desastres, con el propósito explícito de contribuir a la seguridad, el bienestar, la calidad de vida de las personas y al desarrollo sostenible✓ Que, mediante la Ley 1523 de 2012 se adoptó la Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres y se estableció el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, como el conjunto de entidades públicas, privadas y comunitarias, de políticas, normas, procesos, recursos,

Desastres y se estableció el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, como el conjunto de entidades públicas, privadas y comunitarias, de políticas, normas, procesos, recursos, planes, estrategias, instrumentos, mecanismos, así como la información atinente a la temática, que se aplica de manera organizada para garantizar la gestión del riesgo de desastres en el país y tiene como objetivo general llevar a cabo el proceso social de la gestión del riesgo con el propósito de ofrecer protección a la población en el territorio colgmbiano, mejorar la seguridad, el bienestar y la calidad de vida y contribuir al desarrollo sostenible./ Que, el artículo 47 de la Ley 1523 de 2012, establece "Fondo Nacional de Gestión de Riesgo de Desastres. El Fondo Nacional de Calamidades creado por el Decreto 1547 de 1984 y modificado por el Decreto-ley 919 de 1989, se denominará en adelante Fondo Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres y continuará funcionando como una cuenta especial de la Nación, con independencia patrimonial, administrativa, contable y estadística conforme a lo dispuesto por dicho Decreto (. . .)" Que, según el parágrafo primero del artículo 47 ibidem: "El Fondo Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres podrá recibir, administrar e invertir recursos de origen estatal y/o contribuciones y aportes efectuados a cualquier título por personas naturales o jurídicas, instituciones públicas y/o privadas del orden nacional e internacional. Tales recursos deberán invertirse en la adopción de medidas de conocimiento y reducción del riesgo de desastres, preparación, respuesta, rehabilitación y reconstrucción, a través de mecanismos de financiación dirigidos a las entidades involucradas en

medidas de conocimiento y reducción del riesgo de desastres, preparación, respuesta, rehabilitación y reconstrucción, a través de mecanismos de financiación dirigidos a las entidades involucradas en los procesos y a la población afectada por la ocurrencia de desastres. El Fondo podrá crear subcuentas para los diferentes procesos de la gestión del riesgo." ,; Que, según el parágrafo segundo del artículo 47 de la norma antes citada: "El Fondo Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres desarro/fará sus funciones y operaciones de manera directa subsidiada o c 1plementaria, bajo esquemas interinstit ucionales de cofinanciación, concurrencia y subsidiaridad".RESOLUCIÓN No. Nº Q 5 Ü 4 De Página O 6 JUN 2024 2 de 3 Continuación Resolución, 'Por ta cual se efectúa una transferencia del presupuesto de inversión de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres de la vigencia fiscal 2024. al Fondo Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres' Que, conforme señala el artículo 48 de la Ley 1523 de 2012, esta cuenta especial tiene como administradora, vocera y representante legal a La Sociedad Fiduciaria de carácter público Fiduprevisora S.A., y como ordenadora del gasto al Director General de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres-UNGRD,-, Que de conformidad con el inciso segundo del artículo 9 del Decreto 4836 de 2011, ''Los recursos se entienden ejecutados con su giro al Fondo Nacional de Calamidades y se sujetarán a la normatividad interna que lo regula.:,. Que mediante la Ley 2342 del 15 de diciembre de 2023 "POR LA CUAL SE DECRETA EL

se entienden ejecutados con su giro al Fondo Nacional de Calamidades y se sujetarán a la normatividad interna que lo regula.:,. Que mediante la Ley 2342 del 15 de diciembre de 2023 "POR LA CUAL SE DECRETA EL PRESUPUESTO DE RENTAS Y RECURSOS DE CAPITAL Y LEY DE APROPIACIONES PARA LA VIGENCIA FISCAL DEL 1 º DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE DE 2024" el Gobierno Nacional estableció el Presupuesto General de la Nación para la vigencia 2024.;, Que el Gobierno Nacional expidió el Decreto 2295 del 29 de diciembre de 2023, "Por el cual se liquida el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2024, se detallan las apropiaciones y se clasifican y definen los gastos", el cual fue modificado por el Decreto 0312 de 2024, efectuando la asignación presupuesta! a la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres, sección presupuesta! 0211 para la vigencia 2024.,, Que, la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres, formuló el proyecto "FORTALECIMIENTO DE LA GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES EN LA ZONA DE AMENAZA VOLCANICA AL TA-ZAVA DEL VOLCAN GALERAS PASTO, NARIÑO, LA FLORIDA" BPIN 2018011001058, el cual se encuentra en estado registrado - actualizado vigente, es decir cuenta con la viabilidad técnica por parte del Departamento Administrativo de la Presidencia de la Republica -DAPRE como cabeza de sector, y del Departamento Nacional de Planeación - DNP / Que en tal sentido, mediante el Decreto 2295 de 2023 se estableció a través de los Gastos de

Republica -DAPRE como cabeza de sector, y del Departamento Nacional de Planeación - DNP / Que en tal sentido, mediante el Decreto 2295 de 2023 se estableció a través de los Gastos de Inversión de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres, sección presupuesta! 0211, específicamente al rubro Tipo C-0207-1000-6-10201 b FORTALECIMIENTO DE LA GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES EN LA ZONA DE AMENAZA VOLCÁNICA ALTA-ZAVA DEL VOLCÁN GALERAS PASTO, NARIÑO, LA FLORIDA (PROGRAMA: 1. ORDENAMIENTO DEL TERRITORIO ALREDEDOR DEL AGUA Y JUSTICIA AMBIENTAL / B. DEMOCRATIZACIÓN DEL CONOCIMIENTO, LA INFORMACIÓN AMBIENTAL Y DE RIESGO DE DESASTRES}, a través del recurso 10 "Recursos corrientes" una asignación de VEINTITRÉS MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS-DOCE PESOS M/CTE ($23.299.385.212)/ Que mediante la Resolución interna No. 011 del 1 O de enero de 2024, "Por la cual se apropia, incorpora y detallan los rubros de funcionamiento e inversión del presupuesto asignado a la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres mediante Decreto 2295 del 29 de diciembre de 2023Jara la vigencia 2024" la UNGRD apropió, incorporó y detalló su presupuesto para la vigencia 2024 Que, con base en los recursos asignados y apropiados en el rubro C-0207-1000-6-10201 B2023Jara la vigencia 2024" la UNGRD apropió, incorporó y detalló su presupuesto para la vigencia 2024 Que, con base en los recursos asignados y apropiados en el rubro C-0207-1000-6-10201 B0207014-03 TRANSF. CTES. - SERVICIO DE APOYO FINANCIERO PARA LA GESTIÓN DEL RIESGO - FORTALECIMIENTO DE LA GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES EN LA ZONA DE AMENAZA VOLCÁNICA ALTA-ZAVA DEL VOLCÁN GALERAS PASTO, NARIÑO, LA FLORIDA, la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres requiere efectuar una transferencia directa al Fondo Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, por valor de

VEINTITRÉS MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MILLONES

/

TRESCIENTOS OCHENTA Y

CINCO MIL DOSCIENTOS DOCE PESOS M/CTE ($23.299.385.212).

Que, en mérito de lo expuesto,RESOLUCIÓN r o 5 o 4 De Página O 6 JUN 2024 3de 3 Continuación Resoloci6n, "Par ta aial sa efecfia una transfereocia del presupoosto de lnverslóo de ta Unidad Nacional para ta Gestl6n del Riesgo de Desastres de ta vigencia llscal 2024, al Ffi Nacional de Gestl6o del Riesgo de Desastres' RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO - Transferir los recursos de inversión asignados a la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres para financiar el proyecto de inversión "FORTALECIMIENTO DE LA GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES EN LA ZONA DE AMENAZA VOLCANICA ALTA­

Gestión del Riesgo de Desastres para financiar el proyecto de inversión "FORTALECIMIENTO DE LA GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES EN LA ZONA DE AMENAZA VOLCANICA ALTA­ ZAVA DEL VOLCÁN GALERAS PASTO, NARIÑO, LA FLORIDA" asignados mediante la Ley 2342 del 15 de diciembre de 2023 y el Decreto 2295 del 29 de diciembre de 2023 por valor de VEINTITRÉS MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS DOCE PESOS M/CTE ($23.299.385.212) al Fondo Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres para dar cumplimiento a los procesos de gestión del riesgo de desastres, según lo dispuesto en la Ley 1523 de W12, en la Zona de Amenaza Volcánica Alta-ZAVA del Volcán Galeras Pasto, Nariño, La Florida/ PARÁGRAFO PRIMERO: El giro del monto estará supeditado a las previsiones del programa anual/ mensualizado de caja-PAC de la UNGRD, correspondiente al presupuesto de la vigencia fiscal 2024 PARÁGRAFO SEGUNDO. El desembolso será consignado por la Dirección General del Tesoro Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público en la cuenta corriente Davivienda Nº 000021995956, dispuesta para tal fin por el Fondo Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres./ ARTÍCULO SEGUNDO • IMPUTACIÓN DEL GASTO. El gasto aqul ordenado se imputa al presupuesto de inversión de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres de la

ARTÍCULO SEGUNDO • IMPUTACIÓN DEL GASTO. El gasto aqul ordenado se imputa al presupuesto de inversión de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres de la vigencia 2024, en la posición catálogo de gasto: Tipo C, Programa 0207, Subprograma 1000, Proyecto 6, ordinal 10201b, subordina! 0207014, ítem 03 TRANSF. CTES. • SERVICIO DE APOYO FINANCIERO PARA LA GESTIÓN DEL RIESGO • FORTALECIMIENTO DE LA GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES EN LA ZONA DE AMENAZA VOLCÁNICA AL TA-ZAVA DEL VOLCÁN GALERAS PASTO, NARIÑO; conforme al certificado de disponibilidad presupuesta! N"1324 del 24 de enero de 2024 por valor de VEINTITRÉS MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS DOCE PESOS MICTE ($23.299.385.212) ARTÍCULO TERCERO • SEGUIMIENTO A LOS RECURSOS. La Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres realizará el seguimiento a la ejecución de los recursos transferidos de acuerdo con lo estipulado en el numeral 17 del articulo 11 del Decreto 4147 de 2011./ ARTÍCULO CUARTO - VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición./

COMUNiQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá D.C., O 6 JUN 20 .. 4

Elaboró: Reviso:

----+-+-_.c..

CARLOS A .l.BERTO CARRILLO ARE IAS

Director General

COMUNiQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá D.C., O 6 JUN 20 .. 4

Elaboró: Reviso:

----+-+-_.c.. CARLOS A .l.BERTO CARRILLO ARE IAS Director General Laura Murillo Benltez / OAPI fi Mlguel Angulo Tavera / OAPI kt) lvonne Bojaca / GAFC :r ve.-. • 1.-"C> Paulina Hernández / Coordinadora GAFC Juan Sebastlán Bultrago / Abogado OAP Isabel Cristina Arboleda López / Jefe OAPI

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