UNGRD - Resolución 0572 del 03 de julio 2024
UNGRD - Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres
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Detalles
- Título
- UNGRD - Resolución 0572 del 03 de julio 2024
- Autor
- UNGRD - Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Desastres Naturales
- Año
- 2024
f/f REPUBLICA DE COLOMBIA e )S:r23 ju\fio .9fi
UNIDAD NACIONAL PARA LA GESTION DEL RIESGO DE DESASTRES
FONDO NACIONAL DE GESTION DEL RIESGO DE DESASTRES
RESOLUCIÓN Nº.
O 3 JUL 2024 fiº 0572 ) "Por medio de la cual se conforma el comité asesor evaluador para el proceso mediante subasta inversa electrónica UNGRD/FNGRD-SASl-002-2024" EL DIRECTOR GENERAL DE LA UNIDAD NACIONAL PARA LA GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES, ORDENADOR DEL GASTO DEL FONDO NACIONAL DE GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES - FNGRD En ejercicio de sus facultades legales y reglamentarias, especialmente de las conferidas por la Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007, Ley 1882 de 2018, el Decreto 1082 de 2015, Decreto 4147 de 2011. CONSIDERANDO Que el artículo 2.2.1.1.2.2.3 del Decreto 1082 de 2015, establece que: "Artículo 2.2.1.1.2.2.3. Comité Evaluador. La Entidad Estatal puede designar un comité evaluador conformado por servidores públicos o por particulares contratados para el efecto para evaluar las ofertas y las manifestaciones de interés para cada Proceso de Contratación por licitación, selección abreviada y concurso de méritos. El comité evaluador debe realizar su labor de manera objetiva, ciñéndose exclusivamente a las reglas contenidas en los pliegos de condiciones. El carácter asesor del comité no lo exime de la responsabilidad del ejercicio de la labor
comité evaluador debe realizar su labor de manera objetiva, ciñéndose exclusivamente a las reglas contenidas en los pliegos de condiciones. El carácter asesor del comité no lo exime de la responsabilidad del ejercicio de la labor encomendada. En el evento en el cual la Entidad Estatal no acoja la recomendación efectuada por el comité evaluador, debe justificar su decisión. Los miembros del comité evaluador están sujetos al régimen de inhabilidades e incompatibilidades y conflicto de intereses legales. La verificación y la evaluación de las ofertas para la menor cuantía será adelantada por quien sea designado por el ordenador del gasto sin que requiera un comité plural." • Que, de conformidad con la norma transcrita anteriormente, el Comité Asesor Evaluador apoyará en las siguientes actividades:
A. Como Asesor (Evaluador)
1. Evaluar las propuestas de manera objetiva, ciñéndose exclusivamente a las reglas contenidas en el pliego de condiciones.
2. En ejercicio de tratamiento igualitario los comités podrán solicitar a todos los oferentes o a cualquiera de ellos, las aclaraciones o informaciones que estime pertinente, a fin de despejar cualquier punto dudoso, oscuro o equívoco de las propuestas, dentro del término de evaluación.
3. Recomendar al ordenador del gasto o a quien este delegue la decisión a adoptar de conformidad con la evaluación efectuada.
4. Informar al Director o a su delegado en materia de ordenación de gasto si se encontrare incurso en alguna causal de inhabilidad e incompatibilidad y conflicto de intereses legalefiRESOLUCION No.
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encontrare incurso en alguna causal de inhabilidad e incompatibilidad y conflicto de intereses legalefiRESOLUCION No. Nº Q 5 7 2 ue O 3 JUL iU24 tJag1na 'L ae 'L Continuación de la Resolución "Por medio de ta cual se conforma el comité asesor evaluador para el __ _proceso mediante subasta inversa electrónica FNGRD-SASl-002-2024 ___________________________ _ Que, por tanto, es necesario ordenar la conformación del Comité Asesor para el proceso mediante Subasta Inversa Electrónica Nº. UNGRD/FNGRD-SASl-002-2024, cuyo objeto contractual es "Contratar el suministro de tiquetes aéreos en rutas nacionales e internacionales para los colaboradores del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de DesastresSNGRD. 11, el cual apoyará al Secretario General de la UNGRD en las cuestiones propias del proceso de selección y en particular, recomendará la adjudicación o declaratoria de desierta del mismo, ajustándose en todo caso a las condiciones generales y especiales de contratación contenidas en el Pliego de Condiciones del proceso. En mérito de lo expuesto el Director General de la UNGRD y Ordenador del Gasto del FNGRD.
RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO. ORDENAR la COl")formación del Comité Asesor y Evaluador para el proceso mediante Subasta Inversa Electrónica Nº. UNGRD/FNGRD-SASl-002-2024, cuyo objeto contractual es "Contratar el suministro de tiquetes aéreos en rutas nacionales e internacionales para los colaboradores del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de DesastresSNGRD", el cual estará compuesto tal como se señala a continuación:
objeto contractual es "Contratar el suministro de tiquetes aéreos en rutas nacionales e internacionales para los colaboradores del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de DesastresSNGRD", el cual estará compuesto tal como se señala a continuación:
EVALUACIÓN JURÍDICA: Verónica Dlaz Palacios
lnQrid Paola OrteQa Villamil
EVALUACION FINANCIERA: lvonne Boiaca Sánchez
EVALUACION TÉCNICA Valentina Rendón Maritza Herrera ARTÍCULO SEGUNDO. La presente Resolución será comunicada por la Oficina del Grupo de Gestión Contractual de la Secretaría General de la UNGRD. ARTÍCULO TERCERO. La presente Resolución rige a partir de su expedición. Dada en Bogotá, D. C., a los O 3 j,,, 2024
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
CARLOS LBERTO CARRILLO AR AS
JJr4.. D rector General UNGRO Ord nador del Gasto FNGRD Elaboró: Ley/a M. Botiva/Abogad G. G. fi fi Revisó: Andrea Uzelh Moreno ervo/Co inadora G. G. C. Leónidas Name Gómez acretario enera/ UNGR . '