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UNGRD - Resolución 0753 del 12 de agosto de 2025

UNGRD - Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres

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Detalles

Título
UNGRD - Resolución 0753 del 12 de agosto de 2025
Autor
UNGRD - Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Desastres Naturales
Año
2025

REPUBLICA DE COLOMBIA UNIDAD NACIONAL DE LA GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES RESoLUcTóru ruo ll'0753 t tz AGo2o2s ) ''POR MEDIO DE LA CUAL Et SECRETARIO GENERAL DE LA UNIDAD NACIONAL PARA LA o,esnó¡t DEr R EsGo DE DESASTRES y oRDENADaR DEL GAsro DE LA UNIDAD NActoNAL qARA te aesnóN DEL RrEsGo DE DESASTRES, aRDENA LA AqERTURA DEL pRocEso DE saLEcctó¡t ABREyIADA suBASrA ,rvvERsA etecrnóNrcn ufvGRD-sA st -001 -2025. EL SECRETARIO GENERAL Conforme a las facultades de ordenación del gasto y celebración de contratos, contenidas en los numerales 3 y 10 del artículo 11 del Decreto 4147 del3 de noviembre de 2011, el parágrafo '1'del artículo 48, y el parágrafo 3 del artículo 50 de la Ley 1523 de 2012,otorgados al Director General de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo, delegadas a la Secretaría General de la Entidad mediante Resolución N' 1007 del 25 de octubre de 2024 y de acuerdo con el régimen aplicable a las empresas industriales y comerciales del Estado, establecido en el parágrafo 3o artículo 50 de la Ley 1523 de 2012

CONSIDERANDO: Que se requiere "ADQU¡SIC!ÓN DE ELEMENTOS DE PAPELERíA, TÓNER, CINTAS PARA

IMPRESORA, ARTíCULOS DE OFICINA, ELEMENTOS DE USO Y CONSERVACIÓN

DOCUMENTAL PARA EL NORMAL FUNC¡ONAMIENTO DE LA UNIDAD NACIONAL PARA

IMPRESORA, ARTíCULOS DE OFICINA, ELEMENTOS DE USO Y CONSERVACIÓN DOCUMENTAL PARA EL NORMAL FUNC¡ONAMIENTO DE LA UNIDAD NACIONAL PARA LA GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES -UNGRD", con las siguientes caracterfsticas: Objeto del proyecto Adquisición de elementos de papelería, tóner, cintas para impresora, artfculos de oficina, elementos de uso y conservación documental para el normal funcionamiento de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres -UNGRD Plazo del contrato El plazo de ejecución del Contrato será hasta el 15 de diciembre de 2025, a partir de la suscripción del Acta de lnicio, previo cumplimiento de los requisitos de ejecución y perfeccionamient o. Valor presupuesto oficial (pesos incluido ¡vA) Para la satisfacción de la necesrdad identificada, la entidad cuenta con un presupuesto asignado

de CIENTO SETENTA

MILLONES DE PESOS

M/CTE ($170.000.000), VALOR QUE INCLUYE EL lVA, todos los tributos que puedan generarse, asf como los costos directos, indirectos y demás gastos inherentes para el cumplimiento integral del objeto contractual. Lugar(es) de ejecución del contrato El contrato se ejecutará en las diferentes sedes de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo para Desastres a nivel nacional y principalmente en Bogotá D.C.RESoLUcTóruruofl,

El contrato se ejecutará en las diferentes sedes de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo para Desastres a nivel nacional y principalmente en Bogotá D.C.RESoLUcTóruruofl, 07 5 3 0i z roozoltnina2de6 Continuación de la Resolución "POR MEDIO DE LA CUAL SE ORDENA LA APERTURA DEL PROCESO D E s ELEcc tó ¡{ e a n ew nD A s u BA s rA rrvvERsA e tecraó N rcA u N c R D -s As t -oo 1 -2025 ". Que para el compromiso de las obligaciones se cuenta con el Certificado de Disponibilidad Presupuestal que a continuación se relaciona: PosrcróNN'DEL

CDP FECHA DEPENDENCIA CATALOGO DEL FUENTE REGURSO VALOR INICIAL

GASTO

A-02-01-01 -004-006

Maquinaria y aparatos $ 30.000.000 eléctricos

A-02-02-01 -003-002

Pasta o Pulpa, Papel o Productos de Papel, $ 105.000 000 impresos y artlculos Similares A-02-02-01 -003-005 02-1 1-00-000 Gestión Otros Productos7225 03t04t2025 Nación 10General Qufmicos, Fibras $ 2.000 000Artif¡ciales (o fibras lndustr¡ales hechas por el hombre)

A-02-02-01-003-00 1

Productos de madera, $ 1 700 000corcho, ceslerla y esparterfa.

A-02-02-01 -003-008

Otros B¡enes $ 31.300 000 Transportables N.C.P

Productos de madera, $ 1 700 000corcho, ceslerla y esparterfa.

A-02-02-01 -003-008

Otros B¡enes $ 31.300 000 Transportables N.C.P § r70.000.000 El valor del contrato incluye el costo de personal, las especificaciones contenidas en la oferta, el lmpuesto al Valor Agregado (l.V.A.) y demás impuestos, tasas y contribuciones de carácter nacional legales vigentes y demás costos directos e indirectos que conlleve la ejecución del contrato, todo lo cual asume el contratista por su cuenta y riesgo. Que de conformidad con lo previsto en el numeral 2 artículo 2 de la Ley 1150 de 2007 y Decreto 1082 de 2015, el GRUPO DE GEST¡ON ADMINISTRATIVA consideró procedente adelantar el presente proceso de contratación bajo la modalidad de Selección Abreviada Subasta lnversa Electrónica Que el Grupo de GRUPO DE GEST!ÓN ADMINISTRATIVA encargado, elaboró los documentos y estudios previos de conformidad con las disposiciones vigentes sobre la materia. Desde el 25 de junio de 2025, en cumplimiento de lo dispuesto en el artícu|o2.2.1.1.1.7.1 del Decreto 1082 de 2015, se realizó la publicación del proyecto de pliego de condiciones correspondiente a la presente selección abreviada en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública SECOP ll. Durante el plazo establecido para ello, se recibieron observaciones al proyectoRES.LU.TóNNoll, A7 5 3 oízroozoz5nsina3de6 Continuación de la Resolución "POR MEDIO DE LA CUAL SE ORDENA LA APERTURA DEL PROCESO

A7 5 3 oízroozoz5nsina3de6 Continuación de la Resolución "POR MEDIO DE LA CUAL SE ORDENA LA APERTURA DEL PROCESO DE sELEcctó¡'teaaeweDA suBAsrA rrvvERsA etecrnóNtcA UNGRD-sAst-all-202s". de pliego de condiciones, las cuales se responden el 13 de agosto2025, de acuerdo con los criterios de publicidad establecidos en el estatuto general de contratación pública. Que de conformidad con el Decreto 1860 de 2021,|a entidad una vez estableció la condición de limitación a Mipymes en el proyecto de pliego de condiciones en atención a las disposiciones legales establecidas en este decreto, por medio del cual se modifica Artículo 5, Modificación de la Subsección 2 de la Sección 4 del Capftulo 2 del Título '1 de la Parle 2 del Libro 2 del Decreto 1082 de 2015, el cual establece entre otros criterios. Se hayan recibido solicitudes de por lo menos dos (2) Mipymes colombianas para limitar la convocatoria a Mipyme colombianas. Las Entidades Estatales independientemente de su régimen de contratación, los patrimonios autónomos constituidos por Entidades Estatales y los particulares que ejecuten recursos públicos, deben recibir estas solicitudes por lo menos un (1) dÍa hábil antes de la expedición del acto administrativo de apertura, o el que haga sus veces de acuerdo con la normativa aplicable a cada Proceso de Contratación. Conforme a lo anteriormente establecido, se puede evidenciar en el expediente contractual a través de mensaje público N' CO1 .MSG.8085605 de fecha 26/061202510:35:45 AM, la compañfa

Proceso de Contratación. Conforme a lo anteriormente establecido, se puede evidenciar en el expediente contractual a través de mensaje público N' CO1 .MSG.8085605 de fecha 26/061202510:35:45 AM, la compañfa INSTITUCIONAL STAR SERVICES LTDA, presenta solicitud de limitación a Mipymes, sin embargo, tal y como se evidencia en el expediente contractual que reposa en la plataforma SECOP ll esta fue la única solicitud remitida dentro de los términos otorgados por la entidad para talfin. En ese contexto no se cumplen nos requisitos legales establecidos en el ARTÍCULO 5 del decreto 1B 60 de 2021 al no recibirse al menos 2 solicitudes de limitación a Mipymes. Conforme a lo anterior expuesto, la entidad en el presente Aviso de apertura informa que por razón de una ('l) sola solicitud de limitación a Mipymes, NO será susceptible a limitar a Mipymes. Que la presente Subasta lnversa electrónica, se regirá por los principios y normas contenidos en el Estatuto Generalde Contratación de la Administración Pública Leyes B0 de 1993, 1882 del 15 de enero de 2018 y 1150 de 2007 y Decreto 1082 de 2015 y demás normas complementarias. Los interesados podrán consultar los pliegos de condiciones en el Sistema Electrónico de Contratación Pública -SECOP ll http://communitv.secop.qov.co/sts/cce/loqin.aspx En mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTíCULO PRIMERO: Ordenar la Apertura de la Selección Abreviada mediante subasta inversa Electrónica No. UNGRD-SASI-OO1-2025. con el objeto de 'ADQUISICIÓN DE ELEMENTOS DE

RESUELVE: ARTíCULO PRIMERO: Ordenar la Apertura de la Selección Abreviada mediante subasta inversa Electrónica No. UNGRD-SASI-OO1-2025. con el objeto de 'ADQUISICIÓN DE ELEMENTOS DE PAPELERÍA, TÓNER, CINTAS PARA IMPRESORA, ARTÍCULOS DE OFICINA, ELEMENTOS DE USO Y CONSERVACIÓN DOCUMENTAL PARA EL NORMAL FUNCIONAMIENTO DE LA

UNIDAD NACIONAL PARA LA GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES - UNGRD", dC conformidad con las necesidades identificadas y consignadas en los documentos y estudios previos. 1.1 MODALIDAD DE SELECCIÓN: En virtud de la Ley 1 150 de 2007 "Por medio de la cual se introducen medidas paru la eficiencia y la transparencia en la Ley 80 de 1993 y se dictan otras disposiciones generales sobre la contratación con recursos públicos" y en desarrollo del Decreto 1082 de 2015, los procesos de selección se rigen bajo los principios de igualdad, eficacia, celeridad, economía, imparcialidad y publicidad previstos en los artículos 209y 123 de la Constitución Polftica como reglas que deben aplicar las entidades del Estado para el cumplimiento de su función administrativa. En ese orden de ideas, en materia contractual, la ley señaló que la escogencia del contratista seRES'LU.TÓYr De Página 4 de 6 07 5 3 1 2 AGO 2025 Continuación de la Resolución "POR MEDIO DE LA CUAL SE ORDENA LA APERTURA DEL PROCESO

D E S E LE C C IÓ N AB REV IAD A S IJ B ASTA E LECT RÓ N I C A U N G RD. S AS I.OO1.2O2 5 ", "VYERSA deberá efectuar con arreglo a las diferentes modalidades de selección como son la licitación pública, la selección abreviada, el concurso de méritos, la contratación directa y de mínima cuantía; siempre y cuando cumplan con las disposiciones contempladas para cada una de ellas. De conformidad con el literal a) del numeral 2o del artículo 2o de la Ley 1150 de 2007, en concordancia con la subsección 2 artfculo 2.2.1.2.1.2.1 y subsiguientes del Decreto 1082 de 2015, la escogencia del contratista se efectuará a través de la modalidad de Selección Abreviada-Subasta lnversa, por tratarse de bienes y servicios de características técnicas uniformes y de común utilización. Respecto de los fundamentos del proceso de selección y su modalidad, el artículo 2o de la Ley 1 150 de 2007 dispone: 'ta escogencia del contratista se efectuará con arreglo a las modalidades de selección de licitación pública, selección abreviada, concurso de méritos y contratación di¡ecta, con base en las siguientes rcglas: El literal a) del numeral 2 del añlculo segundo de la Ley 1150 de 2007, señala que la adquisición o suminist¡o de bienes y seruicios de caracterlsticas técnicas uniformes y de común utilización por parte de /as entidades, que coffesponden a aquellos que poseen /as mismas especificaciones técnicas, con independencia de su diseño o de sus características descriptivas, y comparten patrones de desempeño y calidad objetivamente definidos.

por parte de /as entidades, que coffesponden a aquellos que poseen /as mismas especificaciones técnicas, con independencia de su diseño o de sus características descriptivas, y comparten patrones de desempeño y calidad objetivamente definidos. Para la adquisición de esfos bienes y seruicios las entidades deberán, siemprc que el rcglamento asl lo señale, hacer uso de procedimientos de subasfa inversa o de instrumentos de compra por catálogo derivados de la celebración de acuerdos marco de prccios o de prccedimientos de adquisición en bolsas de productos". Las Entidades Estatales de acuerdo con el Decreto 1082 de 2015 están obligadas a publicaren el SECOP su actividad contractual, en virtud de ello, Colombia Compra Eficiente desarrollo el módulo de selección abreviada por subasta inversa en la plataforma SECOP ll, por lo cual podrá realizarse de manera electrónica. 1.2 PRESUPUESTO OFICIAL Para la satisfacción de la necesidad se cuenta con un presupuesto de CIENTO SETENTA MILLONES DE PESOS M/CTE ($170.000.000), INCLUlDO EL lVA, todos los tributos que puedan generarse, así como los costos directos, indirectos y demás gastos inherentes para el cumplimiento integral del objeto contractual. Nota 1: La adjudicación será por el valor total del presupuesto estimado. No obstante, lo anterior, este será el valor final del contrato. Nota 2: El valor ofertado por los proponentes para caOa ÍTEM, no podrá exceder el precio promedio del mercado señalado para cada uno, so pena de rechazo de la oferta Nota 3: So pena de rechazo, las ofertas presentadas por los proponentes no podrán sobrepasar el valor del presupuesto oficial establecido por la Entidad.

promedio del mercado señalado para cada uno, so pena de rechazo de la oferta Nota 3: So pena de rechazo, las ofertas presentadas por los proponentes no podrán sobrepasar el valor del presupuesto oficial establecido por la Entidad. Nota 4: El valor del presupuesto incluye el IVA de acuerdo con la normatividad vigente, para los ftem que aplique. Nota 5: Los productos señalados en negrilla en el estudio de mercado y formato de oferta económica tales como: lápiz negro y lápiz rojo; se encuentran exentos de lVA. Nota 6: El contrato se adjudicará al proponente que presente la menor oferta; sin embargo, el valor total del contrato será por el presupuesto establecido por la entidad, y la ejecución de esteRESoLUCTó{l' 07 5 3 De Página 5 de 6 I AGo 2t125 Continuación de la Resolución "POR MEDIO DE LA CUAL SE OROENA LA APERTURA DEL PROCESO D E S E LEC C IÓ N AB REVIAD A S U BASTA ,,VYERSA E LECTRÓ N I C A U N G RD.S AS I.OO 1.2025". se llevará tipo bolsa de elementos de acuerdo a los requerimientos de las cantidades solicitadas y aprobadas por el supervisor del contrato. Bajo los lineamientos de austeridad del gasto, establecidos por el Gobierno Nacional, el cual se ejecutará a monto agotable: Solicitante Estimación Presupuesto UNGRD $ 170.000.000 Total Presupuesto UNGRD $ 170.000.000 El valor del contrato será por el valor de la propuesta favorecida.

ARTICULO SEGUNDO: Que de conformidad con el Decreto 1860 de 2021,|a entidad una vez

Total Presupuesto UNGRD $ 170.000.000 El valor del contrato será por el valor de la propuesta favorecida.

ARTICULO SEGUNDO: Que de conformidad con el Decreto 1860 de 2021,|a entidad una vez estableció la condición de limitación a Mipymes en el proyecto de pliego de condiciones en atención a las disposiciones legales establecidas en este decreto, por medio del cual se modifica Artículo 5, Modificación de Ia Subsección 2 de la Sección 4 del Capítulo 2 delTítulo'l de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1082 de 2015, el cualestablece entre otros criterios. Se hayan recibido solicitudes de por lo menos dos (2) Mipymes colombianas para limitar la convocatoria a Mipyme colombianas. Las Entidades Estatales independientemente de su régimen de contratación, los patrimonios autónomos constituidos por Entidades Estatales y los particulares que ejecuten recursos públicos, deben recibir estas solicitudes por lo menos un (1) df a hábil antes de la expedición del acto administrativo de apertura, o el que haga sus veces de acuerdo con la normativa aplicable a cada Proceso de Contratación.

Conforme a lo anteriormente establecido, se puede evidenciar en el expediente contractual a través de mensaje público N' CO1.MSG.8085605 de fecha 26/061202510:35:45 AM, la compañfa INSTITUCIONAL STAR SERVICES LTDA, presenta sollcitud de llmitaclón a Mlpymes, sin embargo, tal y como se evidencia en el expedlente contractual que reposa en la plataforma SECOP ll esta fue la única solicitud remitida dentro de los términos otorgados por la entidad para talfin. En ese contexto no se cumplen nos requisitos legales establecidos en eIARTÍCULO 5 del

SECOP ll esta fue la única solicitud remitida dentro de los términos otorgados por la entidad para talfin. En ese contexto no se cumplen nos requisitos legales establecidos en eIARTÍCULO 5 del decreto 1860 de 2021 al no recibirse al menos 2 solicitudes de limitación a Mipymes. Conforme a lo anterior expuesto, la entidad en el presente Aviso de apertura informa que por razón de una (1) sola solicitud de limitación a Mipymes, NO será susceptible a limitar a Mipymes.

ARTíCULO TERCERO: Desarrollar el presente proceso de selección, de conformidad con el

siguiente cronograma: ACTIVIDAD Respuesta a observaciones y sugerencias al proyecto de Pliego 13 de agosto de 2025 de Condiciones Expedición acto administrativo de apertura del proceso de 14 de agosto de 2025selección Publicación Plieoo de Condiciones Definitivo 14 de aqosto de 2025 Plazo para realizar observaciones al Pliego de Condiciones 20 de agosto de2025 definitivo hasta las 17:00h Respuesta a observaciones y sugerencias al Pliego de 25 de agosto de2025Condiciones Definitivo 27 de agosto de2025Plazo máximo para la expedición de adendas hasta las 19:00hRESoLUcTóru ruo De Página 6 de 6 ilo a7 5 3 CONtiNuación de Ia ResoluciÓn ,,POR MEDIO DE LA CUAL SE ORDENA LA APERTURA DEL PROCESO DE SELECCIÓNABREVIADA SUBASTA,A,YERSA ELECTRÓNI'A UNGRD.9AS,-\T|.2025',. 01 de septiembre de 2025 Plazo para presentar ofertas a las 17:00h Apertura de sobre de requisitos habilitantes (req. Técnicas01 de septiembre de 2025

01 de septiembre de 2025 Plazo para presentar ofertas a las 17:00h Apertura de sobre de requisitos habilitantes (req. Técnicas01 de septiembre de 2025 Experiencia y financieros) a las 17:01h Publicación del informe de evaluación y solicitud de subsanación 5 de septiembre de 2025de requisitos habilitantes y/o aclaraciones Traslado del mismo para presentación de observaciones al Hasta el 10 de septiembre informe de evaluación y termino para subsanar requisitos de 2025 Habilitantes Respuesta observaciones presentadas al informe de verificación de requisitos habilitantes e informe definitivo y publicación del lnforme de Evaluación actualizado acorde con las observaciones 16 de septiembre de 2025 y subsanaciones recibidas en el periodo de traslado del lnforme de evaluación. Publicación lista de habilitados para participar en la subasta 19 de septiembre de 2025 electrónica B:00 am 19 de septiembre de 2025Evento de subasta electrónica 14:00h Publicación del Acto Administrativo de adjudicación o declaratoria dentro de los 3 días de desierto hábiles siguientes Dentro del día hábil Firma, Perfeccionamiento del Contrato siguiente a la Adiudicación Dentro del dÍa hábil siguiente alCumplimiento de los Requisitos de Ejecución perfeccionamiento del contrato ARTíCULO CUARTO. En cumplimiento del artículo 66 de la Ley 80 de 1993, convocar a las veedurías ciudadanas, reguladas mediante la Ley 850 de 2003, con el fin de realizar el control social y vigilancia al presente proceso de contratación, para lo cual se les invita a consultar los documentos del proceso en la plataforma del SECOP ll o en las instalaciones de la entidad en la Avenida Calle 26 No 92 -32

al presente proceso de contratación, para lo cual se les invita a consultar los documentos del proceso en la plataforma del SECOP ll o en las instalaciones de la entidad en la Avenida Calle 26 No 92 -32 Edificio Gold 4 -Piso 2o, Bogotá, Grupo de Gestión Contractual. ARTíCULO QUINTO. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición. 1 z teo zozs @ PUBL|QUESE, COMUT.¡íQUCSE Y CÚMPLASE Firmado digitalmente por

OYUELA VARGAS

MICHAEL

MICHAEL OYUELA VARGAS

Secretario General UNGRD Ordenador del Gasto Delegado FNGRD Mediante Resolución 1007 del 25 de octubre del2024

Elaboró: Juliana BenÍtez Montes / Abogado Contrat¡sta GGC. F

Reylsó. Daniel González /Abogado Contratista GGC99 José Luis Angarita / Abogado Contrat¡sta GGC -SG .!r/dg Carlos Ch¡nchilla / Abogado Contrat¡sta -SG Cch Miguel Oñando Mañinez / Abogado Contrat¡sta ,'..-

Aprobó: Michael Oyuela Vargas /Secretario GGC UNGRD

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