UNGRD - Resolución 0775 de 28 de agosto de 2026
Detalles
- Título
- UNGRD - Resolución 0775 de 28 de agosto de 2026
- Autor
- UNGRD - Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Desastres Naturales
- Año
- 2026
l{f lDl lllt lliA {)l ('r)t r)t\4[llA I FONDO NACIONAL DE GESTION DEL RIESGO DE DESASTRES RESoLUCTóNN"tr 0775, 2SAG!2026 ) ..POR MEDIO DEL CUAL SE JUSTIFICA UNA CONTRATACION D¡RECTA" LA SECRETARIA GENERAL Y ORDENADORA DEL GASTO DEL FONDO NACIONAL DE oeslóru DEL RtESGo DE DESASTRES - FNGRD I rr er¡ercrcio rle sus fact¡ltacles legales y reglanretrtarias. especialnreltle de las ct¡nfericlas ¡rtrr l:r lt-'y t30 dc 1993, la t-cy 1150 dc 2007, De-'crelo 1082 dc-l2015 Decreto4'147 de 201't y Rcsolucion 0937 rlt:2025, CONSIDERANDO 1.1 F()NDO NACIONAIDE CATAMIDADFS frrc cre.írtlt¡ rncrli¿urte Decteto 1547 dr:1984, tr(,:rtcriurnlentr.., cl articulo 47 de la Ley 1523 cle 2012 lo denontillo Í:ONDO I'JACIONAL DE rlESl lON DEL lllESGO DE DESASTRES -FNGRD-, esle funcioila como r¡n¿r cut:nt¿¡ especial t[r l.r Ni¡cir)rr y sus ob¡ulivos ¡¡etrerales, quc su constclerirn dc: inleres ptiblico, son l¿t rrcr¡nr:rat;ion. rer;au(lo, adrrrinrshacrún invetsiótt gesltcltt rlt: inslrulnentos tle ptotet:ci<rtt
t¡larrcrera y rhslribución cle los lecr¡rst¡s ftnanciert¡s ltecesarios [)ara la ilnplenteltlactón y r;ontinuidacl rle la polllica de geslión clel riesl¡o de desastres que inclttya los ptocesos <le r;oltrtr:rrlienlo y reducciórl del riesgo de clesastres y tle tnatneio de tlesaslres. lVletl¡¿lrrtr: el ¿lrticulo 4B tle la Ley 1523 rle 2012, se establece que la adnrnrislractón y re¡retit-rntación rlerl Fontlo Nacional de Gestión del Rresg¡o de Desastres-FNGRD - eslara a cllrc¡o rle una socleclad fiduciaria de calácter p(thlico 1f:irlttprevtsora S.A.), en los létntinos ¡:revrstos ell el arliculo ll2 clel Dec¡elo 1547 de 1984 rnodificado por elarlictllo T0rJeil Decreto leyftlfrrle l!)Btl l:l [:orrrlo N¿rr;tonill cle C]estión del Riesgo tle Desaslles podrét recil¡ir, acltlttnislrat, e ittvertil tr()Urs()s; rkt 0r tqe|r estatal y/o conlril;uciones y aportes efectuatlos a cualc¡uier litulo ¡ror f)rlts()t)i.ts nalUr:tltts 0 lurtdrcas, illslihrctorrales prrbltcas y/o ¡rrivadas de c¡rcJen nar:tonal e
Inlerrutr: ¡on¿ll lirles recutsos t'leberálr inverlirse en la adopclón rle lttedttJas cle ct¡llocilntento y te(1uC( t()t) (l(jl iltlri(ro rle rk;s¿¡stle ¡)e¡laractÓrt, respttesta rehabilit;lciÓn y reconstrttccion, ¿r lt¿rvil:s (kr rr¡t-,r;irr)rsrnos ric frnarrr:iacioll dtrtr¡idos a l¿¡s ellticlades i¡tvolucr¿rdas en los procesos y ;r lrr 1r<rlrlut:rórr alr:«:larla ¡ror la octtrr encia de clesastres (Ley 1523 de 2012 en el captlulo V) fvleri¡trrtr¡ [)er;lr¡lo 414/ clel ll cle novrenrbre de 2011 se creó la Ultrcl¿¡d Aclnti¡ttsttattva [:s¡recial
(l(,.,n(rtntr.r¿r(lír l.Jrrirlatl Nacioilal para la GestiÓn del Riesgo de De.saslres - UNGtID - adscrila al l)el:¿rrl¡,rr¡rer¡tt¡ Arlnlllr¡slrativo de la Presiclencra cle la Re¡:(tbltca, e¡rticJacJ encargada cle r;oorrlirrar y trarrsversalizar la aplicacrorr cle la polttica pública cle gesltótt clel rtesgo. ell las t:rrttr-lltr.lt:s publcas privarlas y ert la c«¡nlunirlad; la ctlal tierte contr¡ objetivo tliligtr la
irrr[rk:nrr:ntí¿ciorr de la Gestión clel Riesgo de [Jesastr¿':s. aletlrjiertrlo las políltcas de <lesarrr¡llo s<¡stenrble y coorclinar el lLrncionarnienlo y desarrollo cr¡rttintto rlel Sistenla Nactonal para l;r Ot..strón del Rrosr_¡o rlo DesastresSNGRD Asr nlrsrrto, t:onkrrnre ¿ll ¿uticulo 11 del Decreto 41.47 tlel 3 dc. novtenlbre cle 2O11 , el Drrector Cirrrlt:l¡rl de la UNGRD lielre la facultad de ordenación del Gaslo clel Fondo Nagonal de Calanrrrlarles rr rlel r¡ue haga sLrs veces de confornticlad con lo ¡rrevislo en el articulo 5 clel der;retr: ?378 cle I 9S7 y la facrrltad de la delernrinación cle conlratos, acuerdos y cortvenios r.lt,te sÉ) r'er¡triera ¡:ara el fu¡rcic¡nanlienlo de la UNGRD tle acuerdo con las non)tas vigentes.
Por : :.u ¡trrle, la Ley 46 cle 1{188, nlorlificar.la ¡ror la Ley 15211rlel2012 creo elSistema Nacional ¡rara llr Prove¡rcrólr y Atencrón cJe Desaslres -SNPAD-, elevado hoy al Sislema Nacional de
-- - C.l eslrr¡ r - r.lelBrat!¡u-!e-. Dcsastres§NQRD--que-.e§-elf f ¡Cotrtirruacróll de la Resoltlctó¡t "/:'r.¡l ttxvlnt tlt: lit t:tt;il st: /'tts!tlt:it u¡t;t tttttltitl¡tt'iittt,lttot.l¡¡ pnvadas y cornunitalias, dc polilrcas, r)on¡ras,\.proricsos. recursos, plancs, oslralr)(¡rirs. iltstrull¡cnlos, rnccanisrtros, así conro la rtforrr¡aciÜlr alilrclrte a la lt:lrrátrr;a. qur) so;ipl¡círl rlr: nranera organizada pala garanlizar la gesfiÓn del rresgo r-.n el pais y lrerre (lonro ()hjetrv(¡ getreral llevar a cabo el proceso social de la geslrón del riesgo colr cl pro¡;ósito tJe r:frcr;cr prolección a la población en el territorio colontbialro. nrejor;rr la seguridad. el bierrcslar y la caliclad de vida y contrtbuir al dcsartollo sostenible, y dctrtro rlo sus oLrjctrvos r:s¡rcr;íficos sc encuentra la preparación para la respuesla frertte a desastres lnerlrallle lir olr¡lnuacrr)rr. sistenra de alerta, capacitacró1-r, equrparnierrto y enlrenalnrenlo enlre otros.
Conlo se anotó, el Fo¡ldr¡ Nacronal de Gestión del Rresgo cle Dcsastres-tiNGliD. trt-.nu frncs riu interés púkrlico, asislencia social y está dedicado a la atencrón de las necesrclhtlcs c¡r() 1;rl onginen err situaciones de desastre, de calamrdad o de naturaleza sinrilal Estc ForrrJo, no se encucntru desligado cle la titularttJad ¡urídic;r de l¿r Nacirirr. y su r;rrrrrrolirr;rón especial de patrinronio aulónonlo tiene conro únrcos efeclos qrre los recursos c¡rrr: lo rrrler¡r;rrr colrrprentlen una deslilracrórr especifica de creación y regular;rr)rr leg;rl y rro le sorr ir¡rlicables l;rs nonnas generales de e¡eqpción de presupuesto ptiblico; tarn¡loco sr.¡s reclrrsos scr ¡rrterk:rr confundir o mezclar cr¡lr los delr¡ás recursos tle la Nación, tri con los otros (lu(:a(hllrnil;tr;r l.r sociedad fiduciarra, nr con los propios de esa elrtidad nr de srr ordoraclora del g.rslo. Colrfornle a lo sefialado nonnativanrente, la rJestinación dc k¡r¡ rccurso:; rlr:l [jN(;l{l-) s()rir l¡ilir la implctttetrtaciótl y cottlittuitJarJ dc li¡ politica dc gesltirrr clel rrosgo tlc clr:s¿rstrr-.s, situirr:rirrrr¡rrr:
lleva a conclurr que, para el desarrollo tle actlvldades operaltvas, log¡islicas,.rrll¡rurr:;tl¿¡lrv,rs, jtrriclcas y contractuales tendrentes a garanltzar su frrncron¡rlrrenlo y cr.lnl)hrlrenlrr rlc rlrr:lr;r políltca, se deben ct¡lrtratar [lietres y ser.vicr()s [>ásicos r¡rte ¡re:rnrrtarr tal ftrralirl¡rtl [-¡r concordarrc,ia con lo anterior, la ley 1523 cle 2012, estal:lcce tlcntro dt: lr¡s oh¡uhvos especificos del Sistenra Nacional de Gesliólr del Riesgo de Desaslres el rlc.lsarrollar, nrarrlcrrcr y gararrtizar la pronrociótr de Jos procesos de conocinlrento, rcducción y de rrranejo del nestto de clcsastre s lgrralrnerrte, diclta Ley defrne al Sislelna Nacrolral <le Cestrórr rlel lirr:s1¡o «k: l)t:s;rsllr:s (SNGffD), conlo el con¡r,ttrto de Jnstituciotres públrcas, prrvadas y corrrurril;rn¡¡s, cle ¡rolilrt,.rs;. lrorlnas, proccsos, recursos, plalrcs, cstlatcg¡ias, lrstru¡nenlos, r)lecanrsllros, a:;i cotno l,l irrlonnación atiltt:ntc a la lenrátlca, quo se aplica dc rnaner¡r olganizacl;r para g;.rrarrliz¿rr l¿r
gesliórr del riesg¡o err el p;ris y que tierlc conto ob¡elivo getrcrnl llevar a c¿rbo el l)ro(:cso so(ral rJe la gestión del riesgo con el prcl¡lósrto de ofrecer protecc;iorr a la población etr cl lcruilor ro colonrbiano, rne,orar la sequrtdad, el bienestar y la calidad de vida y contrrbuir rl r1r:sirrrolkr s«¡stenillle. Adetnás cleflle el Siste»ra Nacronal «Je Gestiótt del Rrr:sgo rlr: f)es;¡stl cs conrr.) t:l uur¡rttrhttlrt cllllr/ar/c.s ¡lúlllicas, ¡tttvtttl;ts y c()tttttn,lítnas, r/r., ¡toliltt:its. tr(»rttírs, /)r(x:r).\r).'i, ,(.f(;¡,r.s(.).',. ¡tl;tttrt:;, eslrirler,¡lrrs, tilslttttttottlt¡s, ,r(r(,i'r,,r.s,l¡t¡s. ¡l.si txtlntt l¡t infttttn¿tt:ttitt ¿tlt¡toul<t it l¿t lt:nt¡itt¡.:ít. qU():;t.l aplrc¿, <lt: nt¿n¡ct¿t otg¡ittrititrtit p¿ta !lin¿)trlt¿a¡ la ¡¡t:sltótt tlt:l ttt:s1t,tt ctt t:l ¡titi:; y lir--rrc r;orrro oh¡etrvo general llevar a cabo el proceso social de la gestiórr del rrcsl¡o cclrr cl pro¡lósrtr-, cl,,
ofrecer protección a la poblacrólr en el territono colonlbrano, nlolorar la seg¡rrrrclarl. el brerrt:sl;rr y la c¿tlidad dc vida y conlrtbuir al tlesarrollo sostclliblc. y tlt..rrtro tlt: srts oll¡t:trvos c:;¡rr:r;ilrr:or,:,r' c¡rct¡elrtra el desalrollo cle ¿¡ctivirlades tlirtgtclas al conor;itnrer¡lo rle-.1 rir:s<¡o,;r l;r rr:rltr«;r;rrirr «h:l ricsr¡o y al rnane¡o cle los <lesaslrcs, lc¡s cuales se rlt¡frnt:n asr Conclctntir:lrto tlel rtcs.t¡o Fs el proceso dt"' la gestrón tlcl rtesr¡o con'rpucsto ¡ror ll icl«rrrtrfrt.;.rcrtjrr rle escnnarios rle Itesgo. el ;¡nálists y evalttactón del ttesgt), el rn()nitoroo y s()(luinrrr:lllo rlt:l riesgo y sus compotrenles y la contunicación p¿lra pro,llover ur)ir 1r'lily()r (.or)(:ror¡Ct;r rlel r¡rrsrll<, que alintenla los proccsos dc rcducción del ncsgo y de rtratrc¡o rJe tlcs¡rslrr,'. RrsoLUC'ó-^l[ 0 77 5 ra 0 AGO 2026u,,.,n 2 ttc t1RESoLUCTóJlo 0 77 5 D{ I AGO ZO¡Ogina3de'l1 t
Continuación de la Resolución "Por ntedio de la cual se justifica una contratación directa" Reducción del riesgo: Es el proceso de la gestión del riesgo compuesto por la intervención dirigida a modificar o disminuir las condiciones de riesgo existentes, entiéndase: mitigación del riesgo, y a evitar nuevo riesgo en el territorio, entiéndase: prevención del riesgo. Son medidas de mitigación y prevención que se adoptan con antelación para reduclr la amenaza, la exposición y disminuir la vulnerabilidad de las personas, los medios de subsistencia, los bienes, la infraestructura y los recursos ambientales, para evitar o minimizar los daños y pérdidas en caso de producirse los eventos físicos peligrosos. La reducción del riesgo la componen la intervención correctiva del riesgo existente, la intervenctón prospectiva de nuevo riesgo y la protección financiera.
Manejo de desastres: Es el proceso de la gestión del riesgo compuesto por la preparaciÓn para la respuesta a emergencias, la preparación para la recuperación pos desastre, la ejecución de dicha respuesta y la ejecución de la respectiva recuperación, entiéndase: rehabilitaciÓn y recuperación." Como objetivos específicos del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de desastresSNGRD, se tienen: "2. Desarrollar, mantener y garantizar el proceso de conocimiento del riesgo mediante acciones como. a). ldentificación de escenarios de riesgo y su priorización para estudio con mayor detalle y generación de los recursos necesarios para su intervenciÓn. b). ldentificación de los factores del riesgo, entiéndase: amenaza, exposición y vulnerabilidad,
así como los factores subyacentes, sus orígenes, causas y transformación en el tiempo. c). Análisis y evaluación del riesgo incluyendo la estimación y dimensionamiento de sus posibles consecuencias. d). Monitoreo y seguimiento del riesgo y sus componentes. e). Comunicación del riesgo a las entidades públicas y privadas y a la población, con fines de información pública, percepción y toma de conciencia. 2.2. Desarrollar y mantener el proceso de reducción del riesgo mediante acciones como: a). lntervención prospectiva mediante acciones de prevención que eviten la generaciÓn de nuevas condiciones de riesgo. b). lntervención correctiva mediante acciones de mitigación de las condiciones de riesgo existente. c). Protección flnanciera mediante instrumentos de retención y transferencia del riesgo. 2.3. Desarrollar, mantener y garantizar el proceso de manejo de desastres mediante acciones como: a). Preparación para la respuesta frente a desastres mediante organización, sistemas de alerta, capacitación, equipamiento y entrenamiento, entre otros. b). Preparación para la recuperación, llámese: rehabilitación y reconstrucción. c). Respuesta frente a desastres con acciones dirigidas a atender la población afectada y restituir los servicios esenciales afectados.RESoLUcTóN Nlfo n7 7 5 D¿ B AGO 2¡g6oina 4áe 11 Continuación de la Resolución "Por tnedio de la cual se juslifica una contrutación direcla" d). Recuperación, llámese: rehabilitación y reconstrucción de las condiciones socioeconómicas,
ambientales y físicas, bajo criterios de seguridad y desarrollo sostenible, evitando reproducir situaciones de riesgo y generando mejores condiciones de vida." Por su parte, la Ley 1523 de 2012, define emergencias naturales, antropogénicas no intencionales de la siguiente manera: "( ) 8. Desastre: Es el resultado que se desencadena de la manifestación de uno o varios eventos naturales o antropogénicos no intencionales que al encontrar condiciones propicias de vulnerabilidad en las personas, los bienes, la infraestructura, los medios de subsistencia, la prestación de servicios o los recursos ambientales, causa daños o pérdidas humanas, materiales, económicas o ambientales, generando una alteración intensa, grave y extendida en las condiciones normales de funcionamiento de la sociedad, que exige del Estado y del sistema nacionalejecutar acciones de respuesta a la emergencia, rehabilitación y reconstrucción.
9. Emergencia: Situación caracterizada por la alteración o interrupción intensa y grave de las condiciones normales de funcionamiento u operación de una comunidad, causada por un evento adverso o por Ia inminencia del mismo, que obliga a una reacción inmediata y que requiere la respuesta de las instituciones del Estado, los medios de comunicación y de la comunidad en general (...)".
Ahora bien, para el cumplimiento de los objetivos antes descritos, la Gestión del Riesgo cuenta con principios específicos, entre los cuales se encuentran. "( .) 2 Principio de protección: Los residentes en Colombia deben ser protegidos por las autoridades en su vida e integridad física y mental, en sus bienes y en sus derechos colectivos
a la seguridad, la tranquilidad y la salubridad públicas y a gozar de un ambiente sano, frente a posibles desastres o fenómenos peligrosos que amenacen o infieran daño a los valores enunciados.
7. Principio del interés público o social: En toda situación de riesgo o de desastre, el interés público o social prevalecerá sobre el interés particular. Los intereses locales, regionales, sectoriales y colectivos cederán frente al interés nacional, sin detrimento de los derechos fundamentales del individuo y, sin demérito, de la autonomía de las entidades territoriales.
11. Principio sistémico: La política de gestión del riesgo se hará efectiva mediante un sistema administrativo de coordinación de actividades estatales y particulares. El sistema operará en modos de integración sectorial y territorial; garantizará la continuidad de los procesos, la interacción y enlazamiento de las actividades mediante bases de acción comunes y coordinación de competencias. Como sistema abierto, estructurado y organizado, exhibirá las calidades de interconexión, diferenciación, recursividad, control, sinergia y reiteración.
12. Principio de coordinación: La coordinación de competencias es la actuación integrada de servicios tanto estatales como privados y comunitarios especializados y diferenciados, cuyas funciones tienen objetivos comunes para garantizar la armonía en el ejercicio de las funciones y el logro de los fines o cometidos del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres.
13. Principio de concurrencia: La concurrencia de competencias entre entidades nacionales y
territoriales de los ámbitos público, privado y comunitario que constituyen el sistema nacional de gestión del riesgo de desastres, tiene lugar cuando la eficacia en los procesos, acciones y tareas se logre mediante la unión de esfuerzos y la colaboración no jerárquica entre las autoridades y entidades involucradas. La acción concurrente puede darse en beneficio de todas o de algunas de las entidades. El ejercicio concurrente de competencias exige el respeto de las atribuciones propias de las autoridades involucradas, el acuerdo expreso sobre las metas comunes y sobre los procesos y procedimientos para alcanzarlas (...)".RESoLUCTóN Nr 07 7 5 D? g AGo lolflagina 5 de 11 Continuación de la Resolución "Por medio de la cual se justifica una contratación directa" Para ello, las entidades públicas que conforman el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres desarrollan una serie de procesos de gestión que involucran: i). La administración de recursos presupuestales, físicos y tecnológicos, ii). La gestión del talento humano y su conocimiento, ii). La planeación, ejecución y contratación, iv). El control y la prevención de riesgos y v). la evaluación, la rendición de cuentas y el sum¡nistro de información. De esta manera se propende por contar con procesos documentados y estandarizados, definir y unificar una estructura de control y fortalecer eltrabajo sectorial y la evaluación independiente. Por su parte, la Política Nacional de Gestrón del Riesgos de Desastres tiene como propósito contribuir a la seguridad, el bienestar, la calidad de vida de las personas y el desarrollo
sostenible mediante la prevención, atención y recuperación de desastres, manejo de emergencias y reducción del riesgo, en virtud de lo anterior se adelanta la formulación, ejecución, seguimiento y evaluación de políticas, estrategias, planes, programas, regulaciones, instrumentos, medidas ya acciones permanentes. Atendiendo a lo señalado, se infiere que por mandato legal confluye tanto para la UNGRD como para el FNGRD, el objetivo de implementar y dar continuidad a la política pública de gestión del riesgo de desastres, para lo cual se requiere de la existencia de bienes y servicios básicos, entre estos un espacio físico que permita de manera efectiva y eficiente el desarrollo de las distintas actividades que son requeridas tanto en el marco de los procesos de gestión del riesgo de desastres como aquellas de carácter administrativo y logístico orientadas al cumplimiento de los objetivos del FNGRD, esto teniendo en cuenta que, ni para el funcionamiento y operación de esta cuenta especial ni para la ejecución de las diversas funciones que tiene a cargo la UNGRD, se tiene prevista o asignada una infraestructura física específica y propia, que cumpla con las especificaciones técnicas requeridas para dar continuidad al desarrollo de sus actividades operativas y donde se puedan ubicar satisfactoriamente los puestos de los funcionario de la UNGRD, los contratistas de la UNGRD y del FNGRD, y de los diversos colaboradores del SNGRD, generando en consecuencia la necesidad de arrendar un inmueble que brinde las condiciones locativas, tecnológicas y de seguridad para dicho fin. Conforme lo expuesto, por funcionalidad, economía, eflcacia, y considerando que la UNGRD y
el FNGRD requiere un espacio físico para la operatividad de sus actividades y ejecución de la polÍtica pública de gestión del riesgo de desastres en el país, se hace necesario tomar en arrendamiento las instalaciones ubicadas en la ciudad de Bogotá, localidad Engativa, barrio el Dorado, complejo empresarial Connecta Ecosistema Empresarial, Avenida calle 26 N" 92 -32 Edf. Gold 4 piso 2. El espacio interior de estas instalaciones es un área de dos mil doscientos ochenta metros cuadrados (2.28A m2), necesaria para la ubicación de un total de 265 puestos operativos, que permita la finalidad antes descrita cual es el desarrollo de las distintas actividades en el marco de los procesos de gestión del riesgo de desastres como aquellas de carácter administrativo y logístico, para lo cual se requiere adicionalmente la disponibilidad de parqueaderos, sistemas de control de acceso y ubicación equidistante que permita un adecuado desenvolvimento de las labores antes descritas. El área de dos mil doscientos ochenta metros cuadrados (2.280 m2) corresponde a la necesidad de espacio identificada para la ubicación de Ios puestos operativos requeridos y de las áreas complementarias necesarias para el adecuado funcionamiento de la sede. En este sentido, si bien se ha establecido como referencia un área mínima de dos mil metros cuadrados (2.000 m2), el inmueble identificado permite atender integralmente los requerimientos funcionales de la entidad, incluyendo la ubicación de los 265 puestos operativos y los espacios
necesarios para el desarrollo de las actividades institucionales.RESoLUCTóN Nolr Ü7 7 5 D2 I AGo 20&sin" 6 de 11 Continuación de la Resolución "Por nrcdio de la cual se justifica una contralaciótt di¡ecla" De acuerdo con lo anterior, el espacio identificado; se encuentra en la ciudad de Bogotá, localidad Engativa, barrio el Dorado, complejo empresarial Connecta Ecosistema Empresarial, Avenida calle 26 N" 92 -32 Edf. Gold 4 piso 2. Espacio interior que dispone con un área de dos mil doscientos ochenta metros cuadrados (2.280 m2), en la que se pueden ubicar un total de 265 puestos operativos. Esta cumple con las necesidades planteadas teniendo en cuenta además que este espacio se ubica en el mismo complejo en el que se encuentra el museo MAGMA y la sede del cuarto piso, lo que coadyuva a la interacción con las demás áreas, el desarrollo de los propósitos de manera ágil y el relacionamiento estratégico eficaz para una adecuada administración y gestión del riesgo. Teniendo en cuenta los puestos operativos requeridos, necesarios para desarrollar las actividades para la adecuada gestión del riesgo, se requiere un área de mÍnimo 2.000 m2 y que cumpla con los parámetros mínimos descritos en la ficha técnica; especialmente aquel relacionado con la proximidad aceptable en términos de distancia a la Presidencia de la República, DNP y aeropuerto en la ciudad de Bogotá D.C.
Cabe resaltar la favorable conectividad vial con el aeropuerto de la ciudad de Bogotá, lo que permite un acceso ágil y eficiente. Dada la misionalidad de la entidad, resulta fundamental que tanto el director como los equipos responsables de los procesos de conocimiento, manejo y reducción del riesgo puedan desplazarse con la mayor celeridad posrble para atender, en cualquier punto del territorio nacional, las necesidades que en materia de gestión del riesgo puedan presentarse. Del análisis, se concluye que el inmueble que cumple con las condiciones técnicas requeridas por la entidad, esto es el área requerida, ventilación, numero de parqueaderos, cumplimiento de la norma de sismo resistencia, seguridad, sistema contra incendios y accesibilidad y respecto del análisis de costo-beneficio, el menor valor es el ofertado por el PATRIMONIO AUTÓNoMo FIDEICOMISO PAM CONNECTA, cuya vocera y representante es ALIANZA FIDUCIARIA S.A y cuyo operador es TERRANUM DESARROLLO S.A.S. toda vez que el canon de arrendamiento además se ajusta a las condiciones del mercado inmobiliario y de las calidades del mismo, adicionalmente, desde el2014 se viene usandoeste inmueble ubicado en el segundo (2") Piso del Edificio Gold 4 Conecta de la Avenida Calle 26 No. 92-32 para la ejecución de las diversas actividades operativas y administrativas de la UNGRD y del FNGRD, por lo cual inicialmente se realizaron adecuaciones locativas e instalación de mobiliario lo que
permite continuar con el arriendo del inmueble en mención mediante un nuevo contrato, lo que evitarÍa generar gastos de acondicionamiento adicionales respecto de los demás inmuebles estudiados, dando así cumplimiento al principio de economÍa contemplado en la Ley 80 de 1 993. De igual manera, mantener la sede en el inmueble identificado permite reducir los riesgos de afectación o interrupción de las actividades administrativas, operativas y misionales de la entidad que podrían derivarse de un eventual cambio de ubicación, garantizando la continuidad de los equipos de trabajo y de los procesos que actualmente se desarrollan en las instalaciones. Lo anterior teniendo presente su ubicación estratégica, el fácil acceso de la ciudadanía a través de vías adecuadas de transporte, su equidistancia de los lugares estratégicos de la ciudad y facilidad de acuerdo con los demás inmuebles que se ocupan para el desarrollo de las actividades de gestión del riesgo. Finalmente, cabe aclarar que el inmueble en mención es propiedad de Bancolombia S.A. (antes Leasing Bancolombia S.A. compañía de financiamiento, que fue fusionada por absorción con Bancolombia S.A.), quien celebró con el patrimonio autónomo Fideicomiso PAM Connecta, cuya vocera y representante es Alianza Fiduciaria S.A., el contrato de arrendamiento financiero-Leasing No. 206733, el cual tiene por objeto el inmueble donde se ubica laRES.LUCTóN Nll, 07 7 5 o"2 I AGO 2¡p5n na 7 de 11
Continuación de la Resolución "Por medio de la cual se justifica una contralación directa" edificación denominada Edificio Gold 4 y 5; ubicado en la nomenclatura Avenida calle 26 N' 92 -32 Edf . Gold 4 piso 2, y que tiene asignado el folio de matrícula inmobiliaria No. 50C-1828819, la cual fue otorgada mediante escritura pública número 6055 del 2 de diciembre del año2011; Bancolombia S.A. como propietario del mismo, le autorizó al patrimonio autónomo Fideicomiso PAM Connecta en su calidad de Locatario, el subarriendo del inmueble cuyo operador es
TERRANUM DESARROLLO S.A.S.
Que, mediante comunicación interna No. 20261E08469, el Grupo de Apoyo Administrativo solicitó adelantar el trámite correspondiente para la celebración de un contrato de arrendamiento, cuyo propósito es disponer de un inmueble urbano ubicado en la ciudad de Bogotá D.C., con un área mínima de dos mil metros cuadrados (2.000 m'), destinado a atender las necesidades operativas y funcionales requeridas para el desarrollo de las actividades relacionadas con el cumplimiento de los objetivos del Fondo Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres - FNGRD y del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres - SNGRD. Para tal efecto, fueron allegados los documentos requeridos de conformidad con la respectiva lista de chequeo y demás documentos precontractuales necesarios para adelantar la contratación. Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 1150 de 20O7 y el Decreto 1082 de 2015, la
actividad contractual de las entidades estatales debe desarrollarse con observancia de los principios que rigen la función administrativa y la contratación estatal, entre ellos, los principios de transparencia, economÍa, responsabilidad, selección objetiva, celeridad, eficacia, eficiencia, imparcialidad y publicidad. Que, en materia de selección del contratista, el artículo 2dela Ley 1150 de 2007 establece las diferentes modalidades de selección y dispone que la contratación directa procede, entre otros eventos, para el arrendamiento o adquisición de inmuebles. En concordancia con lo anterior, el artículo 2.2.1.2.1.4.11 del Decreto 1082 de 2015 establece expresamente que las entidades estatales pueden arrendar inmuebles mediante contratación directa, previa verificación de las condiciones del mercado inmobiliario de la ciudad en la cual se requiere el inmueble y del análisis y comparación de las condiciones de los bienes que satisfacen la necesidad identificada y las opciones de arrendamiento. Que, en consecuencia, teniendo en cuenta la naturaleza del objeto contractual y que la necesidad identificada corresponde al arrendamiento de un inmueble que reúna las condiciones requeridas por la Entidad pata el desarrollo de sus actividades, resulta jurídicamente procedente adelantar la contratación bajo la modalidad de CONTRATACION DIRECTA, con fundamento en el literal i) del numeral 4 del artículo 2 de la Ley '1150 de 2OO7 y en el artículo 2.2.1.2.1.4.1'1 del Decreto 1082 de 2015.
Que, en desarrollo de la necesidad identificada, el Grupo de Apoyo Administrativo elaboró los respectivos estudios y documentos previos, en los cuales se establecieron las especificaciones técnicas requeridas para el inmueble y se efectuó el correspondiente análisis del sector y de las condiciones del mercado inmobiliario, con el propósito de identificar alternativas que permitieran satisfacer las necesidades de la Entidad bajo criterios de conveniencia, oportunidad, calidad y eficiencia en el uso de los recursos públicos. Que, como resultado del análisis y comparación de las alternativas inmobiliarias identificadas, se determinó que el inmueble identificado con el folio de matrícula inmobiliaria No. 50C-1828819 de la Oficina de Registro de lnstrumentos Públicos de Bogotá D.C., Zona Centro, satisface las condiciones técnicas, operativas y funcionales requeridas por la Entidad, entre ellas, el área mínima requerida, al contar con un área total de dos mil doscientos ochenta metros cuadrados con ocho metros cuadrados (2.280,8 m'), condiciones adecuadas de ventilación, número suficiente de parqueaderos, cumplimiento de las normas aplicables enRESoLUcTó- 'tlg 0 v 7 5 D{ I AGO 2g6rina 8 de 11 I Continuación de la Resolución "Por medio de la cual se justifica una contratación directa" materia de sismo resistencia, condiciones de seguridad, sistema contra incendios, accesibilidad y demás características establecidas en las especificaciones técnicas. Que, adicionalmente, el análisis realizado por el Grupo de Apoyo Administrativo permitió
establecer que el inmueble presenta condiciones favorables para la operación de las actividades de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres - UNGRD y del Fondo Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres - FNGRD, particularmente por su ubicación estratégica en la ciudad de Bogotá D.C., dada su proximidad a entidades y lugares relevantes para el desarrollo de las funciones institucionales, entre ellos la Presidencia de la República, el Departamento Nacional de Planeación, diferentes ministerios y el aeropuerto, así como por disponer de un número significativo de parqueaderos para visitantes, funcionarios de la UNGRD y colaboradores del FNGRD, ascensores, servicio de vigilancia permanente las veinticuatro (24) horas y demás condiciones que favorecen la adecuada operación del inmueble. Que, de igual manera, dentro del análisis de costo-beneficio efectuado en los documentos precontractuales, se evidenció que el valor ofertado para el inmueble se encuentra dentro de los parámetros establecidos en el estudio de mercado y representa una alternativa económicamente conveniente para la
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