🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

UNGRD - Resolución 0974 del 26 de septiembre de 2025

Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
UNGRD - Resolución 0974 del 26 de septiembre de 2025
Autor
Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Desastres Naturales
Año
2025

REPUBLICA DE COLOMBIA w UNIDAD NACIONAL PARA LA GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES il'O 97 I+ RESoLUCIór.¡ ruo. )( 12 6 SEP 2025

Por ntedio de la cual se adiciona el parágrafo 3 al articulo 5 de la Resolución 0774 del 19 de agosto de 2025, mediante la cual se reglamentan los procedimientos administrativos para el trámite comisiones y desplazamienfos al interior y exterior del .depaís para /os seruidores públicos y contratistas EL DIRECTOR GENERAL DE LA UNIDAD NACIONAL PARA LA GESTIÓ¡¡ OEI RIESGO DE DESASTRES En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas en los numerales 1,3 y 10 del artículo 11 del Decreto Ley 4147 de 201 1 y el parágrafo 1" del artículo 48 de la Ley 1523 de 2012. CONSIDERANDO Qr,¡e el artículo 2.2.5.5.1 del Decreto 1083 de 2015 modificado porel Decreto 648de2017 señala que el empleado público, durante su relación legal y reglamentaria, se puede encontrar en la situación administrativa de comisión, la cual es definida por el artículo 2.2.5.5.21 de la misma norma como el momento en que el empleado "cuntple nrlsiones, adelanta esf¿¡dios, atiende determinadas actividades especiales en sede diferente a la habitual o desempeña otro empleo, previa autorización del jefe del organismo. La comisión puede otorgarse al interior del pais o al exterior". Que el artículo 2.2.5.5.25 del Decreto 1083 del 2015 modificado por el Decreto 498 de

habitual o desempeña otro empleo, previa autorización del jefe del organismo. La comisión puede otorgarse al interior del pais o al exterior". Que el artículo 2.2.5.5.25 del Decreto 1083 del 2015 modificado por el Decreto 498 de 2020 señala que "la comisión de serviclos se puede conferir al interior o al exterior del pais, no constituye forma de provisión de entpleos, se otorga para ejercer las funciones propias del empleo en un lugar diferente al de la sede del cargo, cumplir mrsiones especra/es conferidas por los superiores, asisfir a rettniones, conferenclas o seminarios, realizar vislfas de observación que interesen a la administración y que se relacionen con el ranto en que presta sus servlcios e/ empleado.(...) Esta comisión hace parte de los deberes de todo empleado, por tanto, no puede rehusarse a slt cumplimiento". Que el articulo 2.2.5.5.27 del Decreto 1083 del 2015 modificado porel Decreto 648 de 2017, establece que "e/ empleado en comisión de servicios en una sede diferente a la habitualtendrá derecho al reconocimiento de la remuneración mensual que corresponde al cargo que desempeña y al pago de viáticos y, además, a gastos de transporte, cuando esfos tiltimos se ca¿lsen fuera del perÍmetro urbano. Elvalor de /os viáticos se establecerá de conformidad ccin los lineamientos y topes seiialaclos en el decreto anual expedido por. REsoLucTórrrrrrl¡oC g7 4 De Página 3 de 4 12 6 SEP 2025 Continuación de la Resolución "Por ntedio de la cual se adiciona el parágrafo 3 al a¡|Ículo 5 de la Resolución

De Página 3 de 4 12 6 SEP 2025 Continuación de la Resolución "Por ntedio de la cual se adiciona el parágrafo 3 al a¡|Ículo 5 de la Resolución 0774 del 19 de agosto de 2025, ntediante la cual se reglamenfan /os procedimientos administrativos para el trátnite de comisiones y desplazantientos al interior y exterior del paÍs para los servidores públicos y contratistas" Que a través de la Directiva 0B del 17 de septiembre de 2022 de la Presidencia de la República, se imparten medidas para fortalecer la racionalización, la probidad y la eficiencia del gasto público, indicando frente a las comisiones y viáticos que "/as entidades deberán justificar la necesidad de cada viaje y la razón por la cual no se utilizan los medios virluales, así como el número de personas que viajarán, indicando la necesidad de su asisfencia y el rol qLte cada una cumplirá, procurando el número estrictamente necesario y cuyas funciones esfén directa¡nente relacionadas con el objeto de la com¡sión. Las entidades deberán planear, por lo menos trimestralmente, /os viajes que le sean necesarios para verificar el avance de /as obras o los proyecfos que se deban visitar, o los demás eventos q¿re se deban atender por fuera de la ciudad donde tengan su sede, espec¡ficando las fechas de /os viajes requeridos durante el correspondiente trimestre, con el objeto de optimizar el costo de los rcspectivos flquefes, teniendo en cuenta que siempre se viajará en clase económica y procLtrando aprovechar los viajes a Ltna zona determinada, para visitar fodos los proyectos o /as obras que sea necesario recorrer o

siempre se viajará en clase económica y procLtrando aprovechar los viajes a Ltna zona determinada, para visitar fodos los proyectos o /as obras que sea necesario recorrer o verificar en esa zona. Para los contratos de suministro de tiquetes siempre se utilizará la subasfa inversa, minimizando los cosfos por administración o gestión, y si se encuentra vigente, el acuerdo marco de precios. Para efectos de la liquidación de viáticos, /as entidades podrán racionalizar el monto máximo permitido por el Decreto vigente que regula la materia, estableciendo, por ejemplo, el reconocimiento de un 90%o por este concepto en las comisiones de servicio". Que el Decreto 199 de 2024, "Por el cual se establece el Plan de Austeridad del Gasfo 2024 para los órganos que hacen pafte del Presup¿resfo General de la Nación", señala en su articulado la prelación de encuentros virtuales, el suministro de tiquetes que deberán hacerse en clase económica o en tarifa que no supere el costo de ésta, medidas para autorizar el reconocimiento de viáticos, delegaciones oficiales y la autorización previa al trámite de comisiones al exterior. Que en aras de fortalecer la transparencia, la planeación y la eficiencia en la gestión institucional, se considera pertinente adicionar un parágrafo a la Resolución0774 del 19 de agosto de 2025, mediante el cual se establezca una condición especial para aprobar la realización y participación en eventos que impliquen comisiones y desplazamientos de gran cantidad, con el fin de garantizar la debida justificación, pertinencia y optimización de los recursos públicos, en concordancia con las directrices expedidas por el Gobierno nacional y los parámetros de austeridad del gasto público.

gran cantidad, con el fin de garantizar la debida justificación, pertinencia y optimización de los recursos públicos, en concordancia con las directrices expedidas por el Gobierno nacional y los parámetros de austeridad del gasto público. Que, en mérito de lo expuesto,

RESUELVE

DISPOSICIONES GENERALES

)RESoLUCTó\00

97 4 De Página 4 de 4 12 6 SEP 2025 Continuación de la Resolución "Por ntedio de la anl se adiciona el parágrafo 3 al a¡lículo 5 de la Resolución 0774 del 19 de agosto de 2025, ntediante la cual se reglamentan los procedintientos adnlnlstrativos para el trántite de conrisiottes y desplazamientos al interior y exterior del pals para los seruidores ptiblicos y cotúratistas" Artículo 1. Adicionar. Adiciónese el parágrafo 3 al artículo 5 de la Resolución 0774 del 19 de agosto de 2025, el cual quedará así: "Parágrafo 3. Cuando se deba,? atender o se pretenda realizar eventos que impliquen la com¡siótl o desplazamiento de más de seis (6) personas, deberá so/icifarse autorización para la atención o real¡zación del evento en cltest¡ón ante la Dirección General, quién decidirá la viabilidad del mismo y las cotld¡ciones de obligatorio cltmplimiento que considere. La solicitud de autorización deberá realizarse formalmetlte, exponiendo la necesidad del evento, justificando el número de asr'sfentes y realizando una estimación de recursos gue corresponderá al tope máximo permitido para sLt realizaciótl. Una vez aprobada por la Dirección General la procedencia del evento, se seguirá el

evento, justificando el número de asr'sfentes y realizando una estimación de recursos gue corresponderá al tope máximo permitido para sLt realizaciótl. Una vez aprobada por la Dirección General la procedencia del evento, se seguirá el trámite de solicitud y liquidación de comislones y desplazamientos de acuerdo al procedim¡ento vigente y ante las dependencias competentes, de conformidad con lo previsto en el presente acto admittistrativo o el que lo modifique, adiciorte o derogue." Articulo 2. lmplementac¡ón. Actualícese el formato de solicitud de eventos del proceso de servicios administrativos y el procedimiento de trámite de comisiones y desplazamientos del proceso de gestión de talento humano, asi como los demás documentos institucionales que considere pertinentes la Secretaría General, con elfin de garantizar el efectivo cumplimiento de lo dispuesto en el presente acto administrativo. Articulo 3. Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición

PUBL¡QUESE, COMUN¡OUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bosotá D.C., a los t2 6 SEp 20Zh C

CAR CARRILLO AR

DI ECTOR GENERAL UNIDAD NACIONAL PARA GESTIÓN DE RIE DE DESASTRES Analeó y Elaboró Karen Muñoz / Abogacla Conlral¡sra OAJ -F,rrtGRD t$ Revtr,ó Camlo Torres / Ahoga(lo Contrallsta On; -fNGRA- ':' Paola Ovalle / Aseso¡a Grado 13 DG -UNGRD Jaime Bautisla / Abogado Conlntisla DG -FfTIGRO ]t Aprobó. Jorge Matdonado / Jelede la Ohcina Asesora Jurid¡ca ^O l) /\

Consultar sobre este documento ...