UNGRD - Resolución 1009 del 7 de octubre de 2025
Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres
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Detalles
- Título
- UNGRD - Resolución 1009 del 7 de octubre de 2025
- Autor
- Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Desastres Naturales
- Año
- 2025
REPUBLICA DE COLOMBIA UNIDAD NAcIONAL PARA LA GESTIÓH OEI NIESCO DE DESASTRES ilo 1 009REsoLUcróN "..( t)7ocT2o25 ) POR MEDIO DE LA CUAL SE ORDENA UNA TRANSFERENCIA ECONOMICA DIRECTA HACIA EL FONDO DE INVERSION COLECTIVA DE ALTA LIQUIDEZ -FIC ABIERTO PARA MUNIC'PIO DE GUARANDA EN ATENCION A LA RECONFORMACION DEL TERRAPLEN PARA LA PREVENCION DE INIINDACIONES EN LA VEREDA JARDIN EN EL IITARCO DE LA DECLARATORTA DE CALAMTDAD PUBLICA DEoRETO No 035 DEL 11 DE ABRIL DE 2025 Y PRORROGADO MEDIANTE DECRETO 057 DEL 10 DE JULIO DEL 2025, EL SUBDIRECTOR PARA EL MANEJO OE DESASTRES DE LA UNIDAO NACIONAL pARA LA GEslóN DEL RtESGo DE DESASTRES, EN su CALIDAD DE oRoENADoR oEL cAsro DEL FoNDo NActoNAL oe oesllÓl DEL RIESGo DE DESASTRES DELEGADO En uso de sus facultades Constituc¡onales y legales, en espec¡al las confer¡das por el arlículo 11 del Decreto ley 4147 de 2011, el alículo 80 de la Ley 1523 de 2012, el Decreto 1289 de 2018, las Resoluciones 320 de 2016 y Resoluc¡ón N'0937 del 22 de sepl¡embre de 2025, CONSIDERANDO Que de conform¡dad con el artículo lo de la Const¡tución Politica, Colombia es un Estado soc¡al de derecho, organizado en forma de Repúbl¡ca un¡taria, descentral¡zada, con autonom¡a de sus
2025, CONSIDERANDO Que de conform¡dad con el artículo lo de la Const¡tución Politica, Colombia es un Estado soc¡al de derecho, organizado en forma de Repúbl¡ca un¡taria, descentral¡zada, con autonom¡a de sus ent¡dades terr¡toriates, democrát¡ca, padic¡pat¡va y pluralista, fundada en el respeto de la d¡gn¡dad humana, en el trabajo y la solidaridad de las personas que la integran y en la prcvalenc¡a del interés general. Oue por su parte el artículo 2o de la ConstituciÓn Polít¡ca prevé que las autor¡dades de la República están instituidas para proteger a todas las personas res¡dentes en Colomb¡a, en su vida, honra, b¡enes, creencias, y demás derechos y libertades, y para asegurar el cumplimiento de los deberes soc¡ales del Estado y de los part¡culares. Que conforme el arlículo 13 de la ConstituciÓn Politica, le conesponde al Estado protoger "espec¡almente a aquellas personas que, por su condic¡Ón econÓm¡ca, fls¡ca o mental, se encuentren en circunstancia de debil¡dad manifiesta y sanc¡onará los aÓusos o maltrafos gue contra ellas se cometan." Que de conformidad con el Articulo 1 13 de la Constituc¡ón Polltica, los Órganos del Estado s¡ b¡en tienen func¡ones separadas, deben colaborar armón¡camente para la realizac¡Ón de sus fines, Que el Artículo 209 ibídem prescribe que "la func¡ón administrativa eslá al seNicio de los ¡ntereses generales y se desanolla con fundamento en los pr¡ncip¡os de ¡gualdad, moralidad,
fines, Que el Artículo 209 ibídem prescribe que "la func¡ón administrativa eslá al seNicio de los ¡ntereses generales y se desanolla con fundamento en los pr¡ncip¡os de ¡gualdad, moralidad, ef¡cacia, economla, celer¡dad, imparc¡al¡dad y public¡dad, mediante la descentral¡zaciÓn, la delegación y la desconcentración de func¡ones. Las autoridades administrativas deben coordinar sus actuac¡ones para el adecuado cumpl¡m¡ento de los f¡nes del Estado"; QUE, EI FONDO NACIONAL DE GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES -FNGRD, ES UNA cuenta especial de la Nac¡ón, con independencia patrimonial, adm¡nistrativa, contable y estadfst¡ca, con fines de interés público y as¡stencia social dedicado a la atenc¡Ón de las necesidades que se originen en situaciones de desastre o de calam¡dad o de naturaleza s¡milar; por lo que los recursos del Fondo se destinarán, al cumpl¡mienlo de sus objetivos, cuya administración y representac¡ón está a cargo de una sociedad fiduciaria de carácler público, Fiduciaria La Previsora S.A. Que, med¡ante el Decreto 4'147 del 3 de noviembre de 2011se creó la Unidad Administrativa Especial denominada Un¡dad Nacional para la Gestión del Riesgo de Oesastres -UNGRDadscrita al Deparlamento Admin¡strativo de la Presidenc¡a de la República, la cual tiene como objet¡vo "1.. ./ dirigir la ¡mplementac¡ón de la gest¡ón del riesgo de desasfres, atend¡endo las polit¡cas de desanollo sosfenrb/e, y coordinar el func¡onamiento y el desarrollo continuo del
objet¡vo "1.. ./ dirigir la ¡mplementac¡ón de la gest¡ón del riesgo de desasfres, atend¡endo las polit¡cas de desanollo sosfenrb/e, y coordinar el func¡onamiento y el desarrollo continuo del S¡stema Nac¡onal".RESoLUcTóN'll, 1 0 0 I De Página 2 de 80 7 ocT 2025 POR MEDIO DE LA CUAL SE ORDENA UNA TRANSFERENCIA ECONOMICA DIRECTA HACIA EL FONDO OE /NVERS/ON COLECTIVA DE ALTA LIQUIDEZ FIC ABIERTO PARA MUNICIPIO DE GUARANDA EN ATENCION A LA RECONFORMACION DEL IERRAPLEN PARA LA PREVENCION DE INUNDACIONES EN L¡ VEREDA JARDIN EN EL MARCO DE LA DECLARATORIA DE CALAMIDAD PUBLICA DECRETO No 035 DEL 14 DE ABRIL DE 2025 Y PRORROGADO MEDIANTE
DECRETO 057 DEL 1O DE JULIO DEL 2025.
Que la Ley 1523 de 2012 adoptó la Política Nacional de Gestión del Riesgo de Oesastres y establec¡ó el S¡stema Nac¡onal de Gest¡ón del Riesgo de Desastres -SNGRD. Que, el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo-SNGRDes el conjunto de entidades públ¡cas, privadas y comunilarias, de políticas, normas, procesos, recursos, planes, estrategias, ¡nstrumentos, mecan¡smos, así como la información atinente a la temát¡ca, que se apl¡ca de manera organizada para garantizar la gest¡ón del r¡esgo en el país y tiene como objetivo general llevar a cabo el proceso social de la gest¡ón del riesgo con el propósito de
se apl¡ca de manera organizada para garantizar la gest¡ón del r¡esgo en el país y tiene como objetivo general llevar a cabo el proceso social de la gest¡ón del riesgo con el propósito de ofrecer protección a la población en el tenitorio colombiano, mejorar la segur¡dad, el b¡enestar y la calidad de vida y contr¡buir al desanollo sosten¡ble, y dentro de sus objelivos específicos se encuentra la preparación para la respuesta frente a desastres con acciones dirigidas a atender la población afectada y restituir los servicios esenciales afectados. Que, el parágrafo 1 del Artículo 47 de la Ley 1523 de 2012 d¡spone que los recursos del FNGRD "E/ Fondo Nac¡onal de Gest¡ón del R¡esgo de Desastres podrá recibir, admin¡strar e ¡nved¡r recursos de or¡gen estatal y/o contribuciones y apodes efectuados a cualqu¡er t¡tulo por personas naturales o juríd¡cas, ¡nst¡tuc¡ones públicas y/o pr¡vadas del orden nacional e ¡nternacional. Iales rgcursos deberán ¡nvedirse en la adopc¡ón de medidas de conoc¡m¡ento y reducc¡ón del r¡esgo de desasfres, preparación, respuesta, rehab¡l¡tación y reconstrucción, a través de mecan¡smos de l¡nanciac¡ón d¡rigídos a las ent¡dades ¡nvolucradas en /os procesos y a la poblac¡ón afectada por la ocurrenc¡a de desasfres. El Fondo podrá crear subcuentas para los diferentes procesos de la gest¡ón del riesgo." Que, la precitada norma en su artículo 80 eslablece que " . ..El Fondo Nac¡onal podrá transfer¡r recursos de sus cuenlas o suDcuenfas a entidades
para los diferentes procesos de la gest¡ón del riesgo." Que, la precitada norma en su artículo 80 eslablece que " . ..El Fondo Nac¡onal podrá transfer¡r recursos de sus cuenlas o suDcuenfas a entidades públicas, del orden nacional o territor¡al y ent¡dades privadas cuyo objeto soc¡al tenga relación directa con las activ¡dades que se requ¡eran para atender la calam¡dad o desaslre, para ser adm¡n¡slrados por esfas, sin que para ello se requiera operac¡Ón presupuestal alguna por pade de la ent¡dad receptora. En el documento que ordene la transferencia se indicañ de manera exprasa la dest¡nación de /os recul.sos, /os cuales se g¡rarán a cuontas abiedas espec¡almente para la atención del desasfre o calamidad públ¡ca declarada, y estarán exentas de cualqu¡er gravamen. La administración de dichos recursos será responsabilidad deljefe de la respect¡va ent¡dad a la cual se le efectuó la transferenc¡a y estarán sujetos al contrcl fiscal ejercido por las respectivas Contralorl as...". Que, el Dacreto 1289 de 2018 en su artículo 2.3.1.6.2.1. se establece que "...El Fondo Nacional de Gestión del Riesgo de Desasfres desanollará sus funclones y operac¡ones de manera d¡recta, subs¡diaria o complementar¡a, baio esquemas interinstitucionales de cof¡nanciación, concurrencia y subs¡diar¡edad. El Fondo Nacional operará con osguernas interinstitucionales de manera d¡recta en el f¡nanc¡amiento de la pollt¡ca de gestión del iesgo de carácler nacional, subsid¡ariamente
El Fondo Nacional operará con osguernas interinstitucionales de manera d¡recta en el f¡nanc¡amiento de la pollt¡ca de gestión del iesgo de carácler nacional, subsid¡ariamente en el apoyo a las auloridades adm¡nistrativas a nivel terr¡torial cuando el evento supere su capacidad f¡nanciera, técn¡ca y/o admin¡strat¡va y, complementariamente, cuando brinde apoyo financiero a entidades públicas o privadas en la pade necesaria para implementar sus poliflcás de gest¡ón del riesgo o de asoc¡ación, conforme a las dlsposlciones con stituc¡onales y legales v¡gentes." Que, el artículo 2.3.1.6.3.6. ¡bídem se refiere al Plazo para la legalización de los recursos, e indica que " ...La legal¡zac¡ón de /os recursos transferidos se real¡zará en los términos y el plazo, conforme al proced¡m¡ento admin¡strativo y operativo que establezca la Junta Direct¡va del Fondo Nacional de Gestión del Riesgo de Oesasfres. Parágrafo. En todo caso, los plazos previsfos podñn ser pronogados, prev¡a solic¡tud deb¡damente just¡ficada ante la Un¡dad Nac¡onal. Una vez aprobada por el Director de la lJnídad Nac¡onal, se informará a la Entidad receptora y a F¡duprevisora 5.4." Que, el Artículo 2.3.1.6.3.23 del Oecreto 1289 del 25 de Julio del 2018, establece el Plazo
límlte para la ejecuc¡ón de las transferencia8 del Fondo, asf:pás¡na3de8RESoLUcTóNrf1 009 De 07oCT2025 ---p:ciñ ueoó ije ü cúÁL'§E óRD:EñÁ-úñn tuÁÑsÉÉRENÓ¡Á-ÉÓoÑÓ'MieÁ-DinjectÁ uÁctÁ ELFONDO DE /NYERS/ON COLECTIVA DE ALTA LIQUIDEZ iIC ABIERTO PARA MUNICIPIO DE GIJARANDA EN ATENCION A LA RECONFORMACION DEL rERRAPLEN PARA LA PREVENCION DE INUNDACIONES EN LA VEREDA JARDIN EN EL MARCO DE LA DECURATORIA DE CALAMIDAD PUBLICA DECRETO NO 035 DEL 14 DE ABRIL DE 2025 Y PRORROGADO MEDIANTE DECRETO 057 DEL 10 DE JULIO DEL 2025. "lJna vez real¡zada la transferenc¡a de /o§ recursos, /as entldades receptoras deberán ¡n¡c¡ar inmed¡atamente /as gesflones y acciones necesarías para su eiecuciÓn. s¡ transcuÍidos cuatro (4) meses después de la aprobac¡Ón y transferenc¡a de /os recursos s¡n haberse adjud¡cado el contrato o celebrado el convenio por pade de las entidades receptoras, la UÁídad Nac¡onal, sol¡c¡tará a ta ent¡dad las expl¡caciones de su falta de eiacuc¡Ón y, si no fueren sat¡sfactor¡as, solicitará la devoluciÓn de los recursos Parágrafo 1". Si la entidad receptora no se pronuncia dentro de los qu¡nce (15) días calendarío, sigu¡entes al envio del requer¡miento, se entenderá venc¡do el plazo y, por lo lanto'
Parágrafo 1". Si la entidad receptora no se pronuncia dentro de los qu¡nce (15) días calendarío, sigu¡entes al envio del requer¡miento, se entenderá venc¡do el plazo y, por lo lanto' la Un¡dad Nac¡onat instru¡rá a F¡duprevisora 5.A., para que gestione el reintegro de los recursos al Fondo Nac¡onal. Si una vez re¡ntegrados los /'ecursos, existen obl¡gac¡ones adqu¡idas por ta ent¡dad receptora, estos deberán ser solicitados a la Unidad Nacional." Que, el Decreto 1289 del 25 de Jul¡o del 2018 en su artÍculo 2.3.1.6.3.5. Conton¡do de las Legalizaciones, establece que "Los entes receptores de /os recursos transferidos, deberán repoñar la relac¡ón detallada de todos y cada uno de los confrafos suscritos, facturas, cuentas de cobro, acta de recibo de /os b,enes adqu¡r¡dos, ce¡7¡f¡cac¡ones, formatos d¡ligenc¡ados' informes, actas de liqu¡dac¡ón y todos los demás documentos que acred¡ten las inverslones o destinaciones de /os recursos proven¡entes de las transferencias efectuadas por el Fondo Nac¡onal." Oue mediante Resolución No. 320 del 28 de ma¡zo de 2016, modif¡cada por la Resoluc¡ón N"1210 del 13 de octubre de 2016, la UNGRD estableciÓ el proced¡miento para la creación de Fondos de lnversión Colect¡va -FIC -en el marco de las intervenciones del Fondo Nac¡onal de Gest¡ón del Riesgo de Desastres.
Fondos de lnversión Colect¡va -FIC -en el marco de las intervenciones del Fondo Nac¡onal de Gest¡ón del Riesgo de Desastres. El 14 de abril de 2025 mediante Decreto No. 035 se declara la calam¡dad pÚblica, dicho acto tiene por objeto "POR EL CUAL SE DECLARA LA SITUACION DE CALAMIDAD PUBLICA CON OCAS/ÓN A LA EMERGENCIA GENERADA POR LA TEMPORADA DE LLUVIAS, Y DESBORDAMIENTO DEL RIO CAUCA, Y SU IMPACTO EN EL MUNICIPIO DE GUARANDA, DEPARTAMENT? DE SUCRE", asimismo esta f¡gura se soporta en "(...) las ¡ntensas lluv¡as han generado un ¡ncremento en el n¡vel del afluante, por lo que se act¡varon las alarmas por desbordam¡entos e inundaciones en vaios mun¡c¡pios de La Moiana., entre ellos el Mun¡c¡p¡o de Guaranda. Que, el IDEAM advieie que las lluv¡as podrían cont¡nuar en las prÓx¡mas semanas, por lo que se recomienda a las autor¡dades locales mantener act¡vos sus p/anes de cont¡ngenc¡a y em¡tir información clara y opoftuna a la comun¡dad (...)". El 22 de abril de 2025 med¡ante radicado 2025ER07404 el mun¡c¡p¡o de Guaranda socializÓ el Decreto de Calam¡dad Pública N"035 del 14 de abr¡l de 2025, el Comité Mun¡cipal de Gestión del R¡esgo que aprobó el acto administrat¡vo y el ¡nforme situacional relac¡onado con la emergencia, en el m¡smo se menciona lo siguiente "(...) El dla 11 de Abil de 2025 se
Gestión del R¡esgo que aprobó el acto administrat¡vo y el ¡nforme situacional relac¡onado con la emergencia, en el m¡smo se menciona lo siguiente "(...) El dla 11 de Abil de 2025 se presentaron aumentos stgnif¡cativos del caño rabón en la zona rural del munic¡p¡o de Guaranda, esf6 caño actualmente recibe las aguas proven¡entes del punto conocido como caregato, el cual colapso el pasado 21 de Agosto de 2021. El aumento en el n¡vel del rio Cauca deb¡do a la pr¡mera temporada de lluvias 2025 sumado a /as descalgas ocasionadas por el proyecto h¡droituango han ocasionado un aumento exponenc¡al en los niveles del caño rabón presentándose desbordam¡enlos a lo largo de la zona rural del mun¡c¡p¡o de Guaranda. (. . .)" . El 05 de jun¡o de 2025 mediante radicado 2025ER11075 se recibió oficio por parte de NOLBERTO BELTRAN BUENO (Alcalde Munic¡pio de Guaranda) en la cual se sol¡c¡ta "apeftura y Asignac¡ón FIC (Fondo de lnvers¡ón Colectiva) al Mun¡c¡p¡o de GuarandaDepañamento de Sucre (...)" por un valor de S500.000.000 alud¡endo que "1...,) Esfos recursos se usaran para para f¡nanciar la respuesta anfe desasfres, como la d¡str¡bución de ayuda humanitaia, la reparac¡ón de ¡nfraestructura dañada y la construcc¡ón de obras de protección contra las ¡nundac¡ones (. . .)". El '18 de junio de 2025 mediante oficio y suscrito por el Subd¡rector para el Manejo de
contra las ¡nundac¡ones (. . .)". El '18 de junio de 2025 mediante oficio y suscrito por el Subd¡rector para el Manejo de Desastres (2025EE09607) se le sol¡cita al ente tenilorial "(.. .) Documentac¡ón para la solic¡tud de Apertura y Asignac¡ón FIC (Fondo de lnvers¡ón Colect¡va) al Mun¡cip¡o de Guaranda.RESoLUc,óN'"lf 1 0 0 9 Página 4 de I o r ocl 2o2s POR MEDIO DE LA CUAL SE ORDENA UNA TR,ANSFERENCIA ECONOMICA DIRECTA HACIA EL FONDO DE /NYERS/O/V COLECTIVA DE ALTA LIQUIDEZ FIC ABIERTO PARA MUNICIPIO DE GUARANDA EN ATENCION A U RECONFORMACION DEL TERRAPLEN PARA LA PREVENCION DE INUNDACIONES EN ¿/C VEREDA JARDIN EN EL MARCO DE LA DECLARATORIA DE CALAMIDAD PUBLICA DECRETO No 035 DEL 14 DE ABRIL DE 2025 Y PRORROGADO MEDIANTE
DECRETO 057 DEL 10 DE JULIO DEL 2025.
Radícado 2025ER11075 (.. .)", en el mismo la UNGRO solicita al ente territorial los documentos pert¡nenles para ¡niciar con el proceso del FIC (solicitud de apoyo, RUT, Decretos de Calamidad Públ¡ca y demás). El 10 de julio de 2025 mediante radicado 2025ER13944 se rec¡bió of¡c¡o por parte de NOLBERTO BELTRAN BUENO (Alcalde Municip¡o de Guaranda) en la cual se sol¡cita "apeftura y asignac¡ón de recursos a través de Fondo de lnversión Colect¡va (FlC)" por un
NOLBERTO BELTRAN BUENO (Alcalde Municip¡o de Guaranda) en la cual se sol¡cita "apeftura y asignac¡ón de recursos a través de Fondo de lnversión Colect¡va (FlC)" por un valor de $500.000.000, los cuáles según eldocumento son necesarios para la reconformac¡ón tenaplén para la prevención de inundac¡ones en la vereda jardín en el munic¡pio de Guaranda, departamento de Sucre. El l0 de julio de 2025 mediante Decreto No. 057 se prorroga la calamidad públ¡ca, dicho acto t¡ene por objeto "Por el cual se prorroga la situación de calamidad pública decrelada mediante acto administrat¡vo No. 035 del catorce (14) de abril del 2025, con ocasión a la emergencia generada por la temporada de lluvias y desbordam¡ento del rlo cauca y su impaclo en la zona rural del municip¡o de Guaranda, departamento de Sucre". Que, con la solicitud se anexa ofic¡os de compromiso en los cuales el munic¡p¡o de Guaranda se obliga en lo siguiente: 1. "COMPROMISO DEL ENTE TERRITORIAL FRENTE A LA OBTENCIÓN DE r/cENc/As y/o pERMtsos AMBTENTALES EN MARco DE LA EJEcuctóN DE tOS RECURSOS ÁS/GN/qDOS POR EL FNGRD/UNGRD PARA LA ATENCIÓN DE LA MALLA vtAL y/o ADECUACTóN DE )AUCES y/o LA AFEcrActóN euE coNS/oEREN poR LA TEMq)RADA DE LLUV\AS EN MARco DE LA struActóN
LA MALLA vtAL y/o ADECUACTóN DE )AUCES y/o LA AFEcrActóN euE coNS/oEREN poR LA TEMq)RADA DE LLUV\AS EN MARco DE LA struActóN DE 1ALAM\DAD púBLtcA DEqARTAMENTAL DE)RET) No. 03s DEL 13 DE ABRIL DE 2025.": Por med¡o del presente documento me pem¡to manifestar que el ente tenitorial, adelantará /os procosos tend¡entes a la obtención de permisos, licenc¡as y demás actos prev¡os requeridos durante la ejecuc¡ón de la maqu¡nar¡a amarilla para la atención de la malla vial y/o adecuac¡ón de cauces y/o la afectación que consideren afectada por la temporada de lluvias en elente tenitorial ante la Corporación Autónoma Reg¡onal del San Jorge y la Mojana CORPOMOJANA". 2. "COMPROMISO DE INDEMNIDAD AMBIENTAL"; Por medio del presente documento me permito manifestar que el ente lerritorial, se compromete a garant¡zar que cumplirá a cabalidad con los requerimientos amb¡entales legales, reglamontarios y contractuales, y que no generará daño o perjuicio at FONDO NACIONAL DE GESTIÓN DEt R/ESGO OE DESASIRES -FNGRD y/o UNIDAD NACIONAL PARA LA cESTtóN DEL R/ESGo DE oESASTRES UN\DAD NActoNAL PARA LA GEsr/óN DEL R/ESGO -UNGRD y/o FIDUPREVISORA S.4., o a terceros por esta causa; por lo tanto, las sanciones que por este concepto impongan las aulor¡dades ambientales competentes serán asumidas en su total¡dad directamente por EL ENTE
lo tanto, las sanciones que por este concepto impongan las aulor¡dades ambientales competentes serán asumidas en su total¡dad directamente por EL ENTE TERRITORIAL, en marco de la ordenación del gasto derivada de los recursos, como t¡tular benef¡ciar¡o de los derechos y obl¡gaciones v¡nculantes de /os perrnisos, l¡cenc¡as y/o autor¡zac¡ones gesfionados y obten¡dos por su cuenta y r¡esgo y a su nombre, de conform¡dad con lo establec¡do en la ley 1333 de 2009". 3. 'COMPROMISO DE INDEMNIDAD"; Por med¡o del prosente documento me perm¡to manífestar que el ente territorial, se compromete a garantizar que mantendrá indemne al Fondo Nacional de Gest¡ón del Riesgo de Oesasfres -FNGRD y/o Fiduc¡aia La Previsora S.A. y/o l-lnidad para la Gest¡ón del R¡esgo de Oesasfres - UNGRO de cualqu¡er daño o perju¡c¡o oríg¡nado en reclamaciones, demandas o acc¡ones legales por daños o /esiones a personas o propiedades de terceros, de ¡gual manera por las acc¡ones y omisiones de su personal, sus asesores, sus subcorfraflsras o proveedores, así como del personal de estos, durante la ejecuc¡Ón de los contratos derívados que se llegaren a suscib¡r en marco de la eiecuciÓn de /os recursos asignados por el FNGRD/l.lNGRD pan el ente terrítorial y hasta la liqu¡dac¡Ón def¡n¡t¡va de /os mlsmos. En caso de que se entable un reclamo, demanda o acc¡Ón legal contra Fondo Nacional
asignados por el FNGRD/l.lNGRD pan el ente terrítorial y hasta la liqu¡dac¡Ón def¡n¡t¡va de /os mlsmos. En caso de que se entable un reclamo, demanda o acc¡Ón legal contra Fondo Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres y/o Fiduc¡aria La Prev¡sora S.A y/o Un¡dad para la Gest¡ón del Riesgo de Desasf/'es por los citados daños o /esiones, éste será not¡ficado, para que por su cuenta adopte opoñunamente las med¡das prev¡stas por laPágina 5 de IRESoLUCTÓN N1l0 I De 0 7 ocr 2025 1 0 0 POR MEDIO DE U CUAL SI óRDENA UNA TRANSFEREN?IA eóoñource Dtr.E'TA HActA EL FONDO DE /NVERS/ON COLECÍIVA DE ALTA LIQIJIDEZ FIC ABIERTO PARA MUNICIPIO DE GIJARANDAENATENcIoNALAREcoNFoRMAcIoNDELTERRAPLENPARALAPREvENcIoN DE INUNDACIONES EN LA VEREDA JARDIN EN EL MARCO DE U DECLAPATORIA DE CALAMIDAD PI)BLICA DECRETO NO OJ, DEL 14 DE ABRIL DE 2025 Y PRORROGADO MEDIANTE DECRETO 057 DEL 10 DE JULIO DEL 2025, Ley para mantener indemne a la Ent¡dad. S¡ en cualqu¡era de /os evenfos antes
právisfos, EL ENTE TERRITORTAL no asume deb¡da y oportunamente la defensa del'FNGRD/UNGRD/ Fiduciaria La Prev¡sora S.A ésfas Podrán hacerlo d¡rectamente, prev¡a notificac¡ón escr¡ta al ENTE TERRITORIAL, y éste pagará fodos /os gastos en que ella ¡ncurn por tat mot¡vo. En caso de que asi no lo h¡c¡ere EL ENTE TERRITORIAL, El FNGRD/UNGRD/F¡duc¡aria La Prev¡sora S.A. tendrán derecho a descontar el valor de tales erogaciones, de cualquier suma que adeude al ENTE TERRTTORIAL duranto la eiecución da /os recul'sos as¡gnados por el FNGRD/UNGRD' o a ut¡l¡zar cualqu¡or otro mecan¡smo iud¡cial o extraiud¡c¡al que est¡me peftinente". 4. "COMPROMISO DESTNAC/ON EXCLUSIVA DE RECURSOS AS/GNADOS POR EL FNGRD/UNGRD": Por med¡o de la presente, me permito manifestarel comprom¡so del ente tenitor¡al para destinar exclus¡vamente /os recursos que sean transferidos por parle de ta Fondo Nacional de Gesúón del R¡esgo de Desastres -FNGRD y la Un¡dad Nacional para la Gest¡ón del Riesgo de Oesasfres - UNGRD, al ente territorial para la atenc¡ón de malla vial y/o adecuac¡Ón de cauces y/o la afectac¡Ón que cons¡deren afectada por la temporada de lluv¡as en marco de la situaciÓn de calamidad públ¡ca declarada mediante Decreto No. 035 del 13 de abr¡l de 2025, en cumplim¡ento de los
afectada por la temporada de lluv¡as en marco de la situaciÓn de calamidad públ¡ca declarada mediante Decreto No. 035 del 13 de abr¡l de 2025, en cumplim¡ento de los lineamientos eslab/ecldos en el Plan de Acc¡Ón Especifico -PAE, en la Fase de Respuesfa denom¡nada:" eienplo REHABIUTASÓN DE vlAS TERCIARIAS y/o adecuac¡ón de cauces y/o" acc¡ón que establezcan en el PAE, la cual se realizara mediante ¡nteNenc¡ones con maquinaria amar¡lla y d¡as de volqueta. De igual manera, se informa que Para la realizaciÓn de d¡chas act¡v¡dades el ente terr¡toial, se compromete a adelantar las acciones necesarias para garant¡zar la correcta ejecuc¡ón de /os recursos. Oue, de acuerdo con lo expuesto anleriormente, el director de la UNGRO como ordenador del Gasto del Fondo Nac¡onal de Gestión del Riesgo de Desastres -FNGRD y atend¡endo a la solicitud real¡zada por el municipio de Guaranda, suscribe formato de aprobaciÓn para realizaÍ transferencia d¡recta de recursos a través de un Fondo de lnvers¡Ón Colectiva -FlC. Que, para brindar el apoyo solicitado se cuenta con Cert¡f¡cado de D¡sponib¡l¡dad Presupuestal No. 25-1067 del 12 de agosto de 2025, que afecta Gastos de: 6A-8-SUBOIRECCION PARA EL MANEJO DE DESASTRES, Origen de los Recursos: PRESUPUESTO NACIONAL OE
No. 25-1067 del 12 de agosto de 2025, que afecta Gastos de: 6A-8-SUBOIRECCION PARA EL MANEJO DE DESASTRES, Origen de los Recursos: PRESUPUESTO NACIONAL OE FUNCIONAMIENTO; Apl¡cación del Gasto: 64-PRINCIPAL 9677001, Apropiación: 16212024; Fuente de la Apropiación: DECRETO DE LIQUIDACION 162'l OEL 30 DE DICIEMBRE DE 2024. Que, por lo anterior, es v¡able realizar la transferencia de los mencionados recursos, aclarando que la adm¡nistración de estos será de exclus¡va responsab¡l¡dad del mun¡cip¡o de Guaranda y están sujetos al control fiscal, en cumplimiento de lo ordenado por el artículo 80 de la Ley 'f 523 y demás disposiciones apl¡cables. RESUELVE ART¡CULO 't. Transferir al Fondo de lnversión Colectiva de Alta L¡quidez de Fiduprev¡sora S.A., número 001001055375 del '16 de septiembre de 2025, cuyo objelo es: "POR MEDIO DE LA CUAL SE OROENA UNA TRANSFERENCIA ECONÓMICA DIRECTA HACIA EL FONDO DE INVERSIÓN COLECTIVA DE ALTA LIQUIDEZ (FIC) ABIERTO PARA MUNICIPIO DE GUARANDA, EN ATENCIÓN A LA RECONFORMACIÓN DEL TERRAPLÉN PARA LA PREVENCIÓN DE INUNDACIONES EN L/4 VEREDA JARDIN, EN EL MARCO DE LA DECLARATORIA DE CALAMIDAD PÚEUCA OCCACIO NO. 035 DEL 14 DE ABRIL DE 2025
Y PRORROGADO MEDIANTE DECRETO 057 DEL 10 DE JULIO DEL 2025", recursos por
DECLARATORIA DE CALAMIDAD PÚEUCA OCCACIO NO. 035 DEL 14 DE ABRIL DE 2025
Y PRORROGADO MEDIANTE DECRETO 057 DEL 10 DE JULIO DEL 2025", recursos por valor de QUINIENTOS MILLONES DE PESOS M/cte. (S500.000.000.00), para que sean adm¡nistrados por del municipio de GuarandaSucre. Estos recursos se encuentran amparados con el Certif¡cado de Dispon¡bil¡dad Presupuestal No. 25-1067 del 12 de agosto de 2025. Parágrafo '1. El mun¡cip¡o de Guaranda-Sucre, adelantará el segu¡miento, control y superv¡s¡ón durante la e.,ecución de los contratos derivados que se llegaren a suscr¡bir en marco de la e.iecuc¡ón de los recursos transfer¡dos por el FONDO NACIONAL OE GESTION DEL RIESGO DE DESASTRES-FNGRD para el municipio de Guaranda y hasta su:::::::1)r 1 0 q_e :: I 1Tl2q :::t::::: POR MEDIO DE LA CUAL SE ORDENA UNÁ TRIANSFERENCIA ECONOMICA DIRECTA HACIA EL FONDO DE /NYERS/ON COLECTIVA DE ALTA UAUIDEZ FIC ABIERTO PARA MUNICIPIO DE GUARANDA EN ATENCION A LA RECONFORMACION DEL TERRAPLEN PARA LA PREVENCION DE INUNDACIONES EN L/4 VEREDA JARDIN EN EL MARCO DE LA DECLARATORIA DE CALAMIDAD PUBLICA DECRETO No 035 DEL 14 DE ABRIL DE 2025 Y PRORROGADO MEDIANTE DECRETO 057 DEL 10 DE JULIO DEL 2025. liquidación, por lo tanto, el mun¡c¡p¡o de GuarandaSucre deberá notif¡car por escrito a la
DECRETO 057 DEL 10 DE JULIO DEL 2025. liquidación, por lo tanto, el mun¡c¡p¡o de GuarandaSucre deberá notif¡car por escrito a la Un¡dad Nac¡onal para la Gest¡ón del Riesgo de Desastres -UNGRD / Fondo Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres -FNGRD, qu¡en será el func¡onario o mntratista del ente tenitorial, que e.¡ercerá el segu¡miento, control y supervisión de los contratos der¡vados que se llegaren a suscrib¡r en el marco de la ejecución de los recursos as¡gnados por el Fondo Nacional de Gest¡ón del Riesgo de Oesastres -FNGRD. Asi mismo contratará las respectivas interventorías con cargo al Fondo de lnversión Colectiva -FlC para los casos en que sea necesario y adelantará la supervis¡ón de dichas interventorlas. Parágrafo 2. El municipio de GuarandaSucre, ejecutará los recursos de manera exclus¡va en maleria de gestión del Riesgo en el marco de la situación de calamidad pública decretada mediante Decreto No. 035 de 14 de abr¡l de 2025 y prorrogado mediante Decreto N"057 del 10 de iulio de 2025, y conforme la solic¡tud presenlada a la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desaslres -UNGRD / Fondo Nacional de Gestión del Riesgo de DesastresFNGRO, La ejecuc¡ón de los recursos a los que se hace referenc¡a en el presente acto deberá estar enmarca en los pr¡ncip¡os const¡tucionales y las disposiciones legales apl¡cables, propend¡endo por la e.iecución racional de los recursos bajo prec¡os de mercado
enmarca en los pr¡ncip¡os const¡tucionales y las disposiciones legales apl¡cables, propend¡endo por la e.iecución racional de los recursos bajo prec¡os de mercado Parágrafo 3. Conforme con lo dispuesto en el arlículo 2.3.1 .6.3.20 del Decreto 1289 del 25 de Julio del 2018, Las transferencias que realice el Fondo, estarán especialmente destinadas a actividades correspondientes a procesos de gestión del riesgo de desastres. El mun¡cip¡o de GuarandaSucre deberá adm¡n¡strarlas y responder por su conecta y deb¡da ejecución. ARTíCULO 2. La responsabil¡dad de adm¡nistrar y ordenar el gasto en debida forma de los recursos transferidos [ecae en el Representante Legal del municipio de GuarandaSucre, delimitándose su dest¡no a las acciones de reducción del riesgo en fase de recuperación, conforme lo d¡spone el artículo 80 de la Ley 1523 de 2022, el artículo ?.3.1 .6.3.2. del Decreto 1289 del 25 de Julio del 2018 y demás disposic¡ones concordantes. Además, la obl¡gac¡ón de realizar los conespond¡entes reg¡stros contables de los recursos transferidos será asumida por el Representante Legal del municipio de GuarandaSucre, qu¡en prestará su colaborac¡ón en todo lo referente al control fiscal ejercido por la Contraloría General de la Repúbl¡ca o las Contralorías del nivel terr¡tor¡al y demás órganos de control, conforme a sus competenc¡as. PARÁGRAFO 1. Conforme con lo dispuesto en el artículo 2.3.1.6.3.20 del Decreto 1289 del 25
Contralorías del nivel terr¡tor¡al y demás órganos de control, conforme a sus competenc¡as. PARÁGRAFO 1. Conforme con lo dispuesto en el artículo 2.3.1.6.3.20 del Decreto 1289 del 25 de Julio del 20'18, los recursos so¡o podrán ser destinados a las act¡v¡dades u obras para los cuales fueron solicitados por la ent¡dad receplora y autor¡zados por la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres -UNGRD. EI munic¡pio de GuarandaSucre como entidad receptora, una vez transfer¡dos los recursos, deberá ¡n¡ciar inmediatamente las gestiones y acc¡ones necesar¡as para su ejecuc¡Ón, las cuales se ceñirán a lo señalado en este acto administrat¡vo. PARAGRAFO 2. El municip¡o de GuarandaSucre deberá presentar a la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres -UNGRD, un plan de trabaio, con plan de inversiones y cronograma dentro de los 08 dfas calendar¡o s¡guientes a la notificación del presente acto admin¡strat¡vo; este plan debe ser avalado por la Un¡dad Nacional para la Gest¡Ón del Riesgo de Desastres -UNGRD. PARÁGRAFO 3. Las modificaciones y/o ajustes y/o actual¡zaciones y/o complemenlac¡ones que se requieran sob
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