🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

UNGRD - Resolución 1140 del 10 de noviembre de 2025

UNGRD - Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
UNGRD - Resolución 1140 del 10 de noviembre de 2025
Autor
UNGRD - Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Desastres Naturales
Año
2025

REPUSLICA DE COLOMBIA w

UNIOAD NACIONAL PARA LA GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES

1RESOLUCION No llo 1lr 0 10 No\/ 2025 poR MEDIo DE LA cuAL sE oRDErvA UNA TRANsFEReucn ecoNÓu¡,cA DlREcrA HActA EL FoNDo DE ltveRsló¡l coLEcrtvA DE ALTA LlQulDEz (Ftc) ABIERTo PARA EL MIJNICIPIO DE ISTMINA, COMO APOYO SUBS'DIARIO Y COMPLEMENTARIO DEsrtNAoo A tNTERvENctoNEs DE cANALlzAc,oN Y DEscoLMATActoN DEL R¡o sAN JUAN, EN EL MARco DE LA IE'LARATaR,A DE aALAMIDAD pÚauca

MUNICIPAL N" 109 OEL 16 DE JUNIO DE 2025.

EL SUBOIRECTOR PARA EL MANEJO DE DESASTRES DE LA UNIDAO NACIONAL PARA LA GESTION DEL RIESGO DE OESASTRES, EN SU CALIDAO DE ORDENAOOR DEL GAsro DELEGAoo DEL FoNDo NActoNAL oe cesttó¡¡ oEL RIESGo DE DESASTRES En uso de sus facultades Const¡tucionales y legales, en especial las conferidas por el artículo 1 1 del Decreto Ley 4147 de 2011, el artículo 80 de la Ley 1523 de 20'12. el Decreto '1289 de 2018 y las Resoluciones 320 de 2016 y Resoluc¡ón 937 de 2025, CONSIDERANDO Oue de conformidad con el articulo 1o de la Const¡tución Polilica, Colombia es un Estado socla/

2018 y las Resoluciones 320 de 2016 y Resoluc¡ón 937 de 2025, CONSIDERANDO Oue de conformidad con el articulo 1o de la Const¡tución Polilica, Colombia es un Estado socla/ de derecho, organ¡zado en forma de República un¡taria, descentralizada, con autonomla de sus ent¡dades terr¡toriales, democrát¡ca, parl¡c¡pal¡va y pluralista. fundada en el respeto de la d¡gnidad humana, en el trabajo y la solidar¡dad de las personas que la ¡ntegran y en la prevalencia del ¡nterés general. Oue por su pañe el artÍculo 2o de la Const¡tuciÓn Politica prevé que las autoridades de la Repúbl¡ca están instituidas para proteger a todas las personas residentes en Colombia. en su vida, honra. bienes. creencias. y demás derechos y libertades, y para asegurar el cumplimiento de los deberes sociales del Estado y de los part¡culares. Que conforme el articulo 13 de la Const¡tución Polit¡ca. le conesponde al Estado proteger especialmente a aquellas personas que. por su cottdic¡ón económ¡ca. fis¡ca o mental. se encuentren en c¡rcunstanc¡a de deb¡lidad manifiesla y sancionará los abusos o ñaltratos que contra ellas se cometan Que de conformidad con el Articulo 1 13 de la Const¡tuc¡ón Polít¡ca, los Órganos del Estado si b¡en t¡enen funciones separadas, deben colaborar armónicamente para la realizac¡Ón de sus fines: Que el Artículo 209 ¡bidem prescribe que la func¡ón adm¡n¡strat¡va está al seNic¡o de los

b¡en t¡enen funciones separadas, deben colaborar armónicamente para la realizac¡Ón de sus fines: Que el Artículo 209 ¡bidem prescribe que la func¡ón adm¡n¡strat¡va está al seNic¡o de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los princ¡pios de ¡gualdad, moralidad, ef¡cacia, econom¡a, celeridad. ¡mparcialidad y publ¡cidad, med¡ante la descentral¡zac¡Ón, la delegac¡ón y la desconcentrac¡ón de funciones. Las autorídades adm¡n¡strat¡vas deben coordnar sus actuacones para el adecuado cumpl¡m¡ento de los Ínes del Estado'i QUC, EI FONDO NACIONAL DE GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES -FNGRD. CS UNA cuenta especial de la Nación, con independencia patrimon¡al, administrativa, contable y estadistica, con f¡nes de interés público y asistenc¡a soc¡al dedicado a la atenc¡Ón de las necesidades que se originen en situac¡ones de desastre o de calamidad o de naturaleza similar; por lo que los recursos del Fondo se deslinarán, al cumpl¡m¡ento de sus objet¡vos, cuya adminislración y representación está a.cargo de una sociedad fiduciar¡a de carácter público, Fiduciar¡a La Previsora S.A. Oue. mediante el Decrelo 4147 del 3 de noviembre de 2O11 se creó la Unidad Administrat¡va Especial denominada Unidad Nac¡onal para la Geslión del Riesgo de Desastres -UNGRDOue. mediante el Decrelo 4147 del 3 de noviembre de 2O11 se creó la Unidad Administrat¡va Especial denominada Unidad Nac¡onal para la Geslión del Riesgo de Desastres -UNGRDadscrita al Departamento Admin¡strativo de la Presidencia de la Repúbl¡ca. la cual tiene comoRESoLUCTóN No l{0 Página 2 de 1011 4 0," 1 0 NoV 2025 POR MEDIO DE LA CUAL SE ORDENA UNA TRANSFERENCIA EC MICA DIRECTA HACIA EL FoNDo DE INyERSIÓN C1LECTIvA DE ALTA LIQUIDEZ (FIC) ABIERTO PARA EL MUNICIPIO OE ISTMINA, COMO APOYO SUAS'D/ARIO Y COMPLEMENTARIO DESTINADO A INTERVENCIONES DE )ANALIZA)IÓN y DES))LMATACIÓN DEL RIO SAN JUAN. EN EL MARCO DE LA DE,LARAT?RIA DE ?ALAMIDAD púaucA MuNtctpAL N" 109 DEL 16 DE JUNto DE 2025. objet¡vo 1...,1 diigi la ¡mplemenlación de la gest¡ón del r¡esgo de desastres, atend¡endo las politicas de desanollo sosfen¡b/e. y coord¡nar el func¡onam¡ento y el desarrollo cont¡nuo del Sistema Nacional Oue la Ley 1523 de 2012 adoptó la Politica Nacional de Gestión del R¡esgo de Desastres y estableció el Sistema Nac¡onal de Gestión del Riesgo de Desastres -SNGRD. Que, el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo-SNGRDes el con¡unto de ent¡dades públicas, privadas y comunitarias, de polil¡cas, normas, procesos, recursos, planes,

Que, el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo-SNGRDes el con¡unto de ent¡dades públicas, privadas y comunitarias, de polil¡cas, normas, procesos, recursos, planes, estrategias, instrumentos, mecanismos. así como la informac¡ón atinente a la temáticá, que se aplica de manera organizada para garantizar la gest¡ón del riesgo en el pais y tiene como objet¡vo general llevar a cabo el proceso soc¡al de la gest¡ón del riesgo con el propósito de ofrecer protección a la población en el lerr¡torio colombiano. mejorar la seguridad, el bienestar y la cal¡dad de v¡da y contribuir al desárrollo sostenible. y dentro de sus objetivos especif¡cos se encuentra la preparación para la respuesta frente a desastres con acciones dir¡gidas a atender la población afectada y rest¡lu¡r los servic¡os esenciales afeclados. Que el artículo 30 de la precitada Ley 1523 de 2012, eslablece como principios generales que orientan la gestión del riesgo, entre otros:

1. Pr¡ncipio de igualdad: Todas las personas naluralos tendrán la m¡sma ayuda y el mismo lrato al momento de atenderles con ayuda human¡tar¡a, en las s¡tuac¡ones de desaslre y pel¡gro que desarrolla esta ley.

2. Pfltlc¡pio de proleccion: Los res¡denles en Colomb¡a deben ser prcteqidos por las autor¡dades en su vida e ¡nlogridad fisica y mental en sus bieres y en sus dercchos colec¡ivos a la seguidad, la lranquil¡dad y la salubridad públ¡cas y a gozat de un a¡nb¡ente

autor¡dades en su vida e ¡nlogridad fisica y mental en sus bieres y en sus dercchos colec¡ivos a la seguidad, la lranquil¡dad y la salubridad públ¡cas y a gozat de un a¡nb¡ente sano. trente a pos¡b/es desastres o fenómenos pel¡grosos que amenacen o infieran daño a los valores enunc¡ados. j. Princip¡o de solidaridad social: Todas /as personas naturales y jur¡d¡cas. sean esfas únimas de dqrccho públ¡co o privado. apoyarán con acc¡ones human¡larias a las situaciones de desaslre y poligro para la v¡da o la salud de las personas. ( ..)

7. Pr¡ncip¡o del inlerés públ¡co o soc¡al: En toda s¡luac¡ón de r/esgo o de desaslre. el ¡nlerés públ¡co o social prevalecerá sobre el ¡nterés pafticular. Los ,htereses locales, reg¡onales, sectonales y colectívos cederán Írente al ¡n¡erés nacional. s¡n detrimetlto de los derechos fundamen¡ales del ind¡v¡duo y, sin demér¡to. de la aulonom¡a de las entidades torr¡tor¡ales.

(.)

11. Pinc¡p¡o s¡stémico: La pol¡l¡ca de gestion del riesgo se hará elecl¡va med¡ante un s¡stema adm¡nislrat¡vo de coord¡nac¡ón de act¡vidades estatales y pañ¡culares. E/ sistema operará en modos de integración sectoial y lerritorial; garanlizará la conl¡nuidad de los

s¡stema adm¡nislrat¡vo de coord¡nac¡ón de act¡vidades estatales y pañ¡culares. E/ sistema operará en modos de integración sectoial y lerritorial; garanlizará la conl¡nuidad de los procesos, la ¡nteracción y anlazamienlo de las acliv¡dades med¡ante bases de acción comunes y coordinac¡ón de competenc¡as. Como s,sl6má abiefto, estruclurado y organ¡zado, exh¡birá las calidades de inlerconox¡ón. diÍerenc¡ac¡ón. recurs¡v¡dad, conlrol. s¡nergia y re¡teración.

12. Pr¡ncip¡o de coordinación: La coorditación de cotnpetenc¡as es la actuac¡ón ¡ntegrada de seryicios lanto estatales como N¡vados y comun¡tarios espec¡alizados y dilerenciados, cuyas func¡ones l¡enen objet¡vos comunes para garantizar la armonia en el ejercic¡o de las funciones y el logro de los f¡nes o cometidos del Sislema Nac¡onal de Gest¡ón del R¡esgo de Desastres

13. Principio de concunencia: La concurrenc¡a de compelenc¡as enlre ent¡dades nac¡onales y lerriloriales de /os ámb,Ios público, pr¡vado y comun¡lar¡o que const¡tuyen e/ sistoma nacional de gest¡ón del riesgo de dosaslras, l¡ene lugar cuando la el¡cac¡a an los procesos, accioras y lareas se logre rnedianle la unión de esÍuerzos y la colaborcción no jerárquica entte las autoridades y ent¡dades ¡nvolucradas. La acción concurrente puede darse en

accioras y lareas se logre rnedianle la unión de esÍuerzos y la colaborcción no jerárquica entte las autoridades y ent¡dades ¡nvolucradas. La acción concurrente puede darse en beneficio de todas o de algunas de las ent¡dades. El ejerc¡c¡o concurrente de competenc¡as exige el respeto de las alribucíones prop¡as de las auloridades involucradas, el acuerdo expreso sobre las metas comunes y sobre los procesos y proced¡m¡enlos para alcanzarlas.

14. Princip¡o de subsidiariedad: Se rel¡ere al reconoc¡m¡ento de la autonomia de las enlidades lerr¡loriales para ejercer sus compelenc¡as. La subs¡diariedad puede ser de dos trposi /á subsid¡áriedad negal¡va, cuando la autoridad terr¡torial de Gngo superiot se abstiene de intervenir el r¡esgo y su malerial¡zación en el ámbilo de las auloridades de rcngoRESoLUcTóN No Pág¡na 3 de '10 11 4 0'" r1 o Nov 2025ll0

POR MEDIO DE LA CUAL SE ORDENA UNA TRÁNSFERENC/A EC MICA DIRECTA HACIA EL FoNDo DE tNvERstóN coLEcflvA DE ALTA L\QUtDEz (Ftc) ABIERTo PARA EL MUNtctPto DE ISTMINA, COMO APOYO SUBSIDIARIO Y COMPLEMENTARIO DESTINADO Á /NIERYENC/ONES DE )ANALIZA)IÓN Y DESCOLMATACIÓN DEL R/O SAN JUAN. EN EL MARCO DE U DECLARATORIA DE CALAMIDAD PUBLICA MUNICIPAL N" 109 DEL 16 DE JUNIO OE 2025

DE )ANALIZA)IÓN Y DESCOLMATACIÓN DEL R/O SAN JUAN. EN EL MARCO DE U DECLARATORIA DE CALAMIDAD PUBLICA MUNICIPAL N" 109 DEL 16 DE JUNIO OE 2025 infer¡or, s¡ eslas t¡enen los med¡os para hacerlo. La subs¡diar¡edad posit¡va, ¡mpone a las aulor¡dades de rcngo superior. el deber de acudi en ayuda de las autoridades de rcngo ¡nlerior, cuando estás ¿illimas, no lengan los med¡os para entrentar el riesgo y su maler¡alización en desastre o cuando eslé en riesgo un valor. un ¡ntorés o un b¡en iur¡dico proteg¡do relevante para la autoridad supetbr que acude on ayuda de la enlidad afectada. () Oue, el parágrafo 1 del Artículo 47 de la Ley 1523 de 2012 dispone que los recursos del FNGRD "E/ Fondo Nac¡onal de Gestión delR¡esgo de Oesastres podrá rec¡b¡r, administrar e inveñir recursos de origen estatal y/o contr¡buciones y apoñes efectuados a cualqu¡er t¡tulo por personas naturales o juríd¡cas. instituciones públ¡cas y/o pr¡vadas del orden nac¡onal e ¡nternac¡onal. Iales recursos deberán ¡nveñirse en la adopc¡ón de medidas de conoc¡m¡ento y reducción del riesgo de desastres. preparac¡ón, respuesla, rehabil¡tación y reconstrucción, a través de mecan¡smos de f¡nanc¡ac¡ón d¡rigidos a las ent¡dades involucradas en /os procesos y a la población aleclada por la ocurrencia de desasfres. El Fondo podrá crear subcuentas

a través de mecan¡smos de f¡nanc¡ac¡ón d¡rigidos a las ent¡dades involucradas en /os procesos y a la población aleclada por la ocurrencia de desasfres. El Fondo podrá crear subcuentas para los d¡ferentes procesos de la gest¡ón del r¡esgo Oue, la precitada norma en su artículo 80 establece que: '' .. .El Fondo Nac¡onal podrá transfenr recursos de sus cuentas o subcuerlas a e¡tt¡dades publ¡cas. del oñen nac¡onal o lerr¡torial y entidades pr¡vadas cuyo obleto soc¡al tenga relación dtecta con las act¡v¡dades que se requ¡eran para atender la calam¡dad o desastre, para ser adm¡n¡strados por estas, s¡n que para ello se requ¡era operación presupueslal alguna por pane de la enl¡dad receptora. En el documento que ordene la lransferenc¡a se ¡ndicará de manerc expresa h dest¡nación de /os recursos, /os c¿ráles se g¡rarán a cuentas abiedas especialmente para la atencbn del desastre o calamidad públ¡ca declarada, y eslarán exentas de cualquier gravamen. La adm¡n¡strac¡ón de d¡chos recursos será responsaó/¡dad deliefe de la respectiva entidad a la cual se le efectuó la transferenc¡a y estarán sujetos al control l¡scal ejarcido por las respect¡vas Contralorías. . Que, el Decreto 1289 de 2018 en su articulo 2.3.1.6.2.1. se establece que . .El Fondo Nac¡onal de Gestón del Riesgo de Oesastres desarrollará sus funclones y operac¡ones de

Que, el Decreto 1289 de 2018 en su articulo 2.3.1.6.2.1. se establece que . .El Fondo Nac¡onal de Gestón del Riesgo de Oesastres desarrollará sus funclones y operac¡ones de manera directa, subsidiaria o complementaria, bajo esquemas ¡nterinsl¡luc¡onales de cofina nci ación. concurre nci a y su bsid¡a r¡ed ad. El Fondo Nacional operará con esguemas inlerinstitucionales de manera directa en el financiamiento de la politica de gestión del riesgo de carácter nac¡onal, subsidiar¡amente en el apoyo a las autoridades adm¡nistrativas a nivel teritorial cuando el evento supere su capac¡dad financ¡era, técnica y/o admin¡slrat¡va y. complementariamente, cuando brinde apoyo t¡nanciero a entidades públ¡cas o privadas en la paie necesaria para implementar sus pol¡ficas de gestión del riesgo o de asociación, cotlfome a las dlsposiclones const¡tucionales y legales v¡gentes.' Oue, el articulo 2.3.'1.6.3.6. ibídem se ref¡ere al Plazo para la legalizac¡ón de los recursos, e indica que "...La legalización de /os recursos transferidos se realizará en los térm¡nos y el plazo, conforme al prcrced¡m¡ento administrat¡vo y operativo que establezca la Junta Direct¡va del Fondo Nacional de Gesr/ón del Riesgo de Desastres. ParágraÍo. En todo caso, los plazos prevlsros podrán ser prorrogados, previa solicitud deb¡damente ju§¡ficada ante la Unidad Nacional. Una vez aprobada por el director de la

ParágraÍo. En todo caso, los plazos prevlsros podrán ser prorrogados, previa solicitud deb¡damente ju§¡ficada ante la Unidad Nacional. Una vez aprobada por el director de la lJn¡dad Nacional, se ¡nformará a la Ent¡dad receptora y a FidLtprev¡sora S.A.' Que, el Art¡culo 2.3.1.6.3.23 del Decreto 1289 del 25 de Jul¡o del 2018, establece el Plazo l¡m¡te para la ejecución de las transferencias del Fondo, asi: ''Una vez real¡zada la transferenc¡a de /os recursos. las entidades receptoras deberán iniciar ¡nmed¡atamente /as gestlones y acc@nes necesa/'ias para su ejecución. S¡ transcurndos cualro (4) meses después de la aprobac¡ón y transferencia de /os recursos sin haberse adjudicado el contrato o celebrado el conven¡o por pañe de las entidades receptoras, la lJnidad Nacional. solic¡tará a la ent¡dad las explicaciones de su falta de ejecución y, si no fueren sat¡sfactorias. sol¡c¡tará la devoluc¡ón de /os recursos.RESoLUc,óN-.1f 1140 1 0 NoV 2025 Pág¡na 4 de '10 POR MEDIO DE LA CUAL SE ORDENA UNA TRANSFERENCIA EC MICA DIRECTA HACIA EL FONDO DE INVERSIÓN COLECTIVA DE ALTA LIQUIDEZ (FIC) ABIERTO PARA EL MUNICIPIO DE ISTMINA, COMO APOYO SUBS/D/ÁRIO Y COMPLEMENTARIO DESNNADO A TNTERYENCiONES DE CANALIZACIÓN Y DESCOLMATACIÓN DEL RIO SAN JUAN. EN EL MARCO DE LA

ISTMINA, COMO APOYO SUBS/D/ÁRIO Y COMPLEMENTARIO DESNNADO A TNTERYENCiONES DE CANALIZACIÓN Y DESCOLMATACIÓN DEL RIO SAN JUAN. EN EL MARCO DE LA DECLARArORIA DE CALAMIDAD PÚBLICA MUNICIPAL N' I09 DEL 16 DE JUNIO DE 2025, Parágrafo 1'. Si la enl¡dad receptora no se pronunc¡a dentro de los qu¡nce (15) días calendario. s¡guientes al envio del requerim¡ento, se entenderá vencido el plazo y, por lo tanto, la Unidad Nacional ¡nstru¡rá a Fiduprevisora 5.4.. para que gestione el re¡ntegro de los recursos al Fondo Nacional. S¡ una vez reintegrados los recursos, ex¡sten obligac¡ones adqu¡ridas por la entidad receptora, es¿os deberán ser sol¡citados a la Un¡dad Naconal." Que, el Decreto 1289 del 25 de Julio del 2018 en su artículo 2.3.1.6.3.5. Contenido de las Legal¡zaciones, establece que 'Los entes receplores de /os recursos transferidos. deberán repo¡lar la relac¡ón detallada de todos y cada uno de los confrafos suscrilos, facturas, cuentas de cobro, acta de rec¡bo de /os blenes adquiridos. ceñificac¡ones, formatos d¡l¡genciados, intormes. actas de liquiclac¡ón y todos los demás documentos que acrediten /as inversiones o dest¡nac¡ones de /os recursos proven¡entes de las transferencias efectuadas por el Fondo Nacional. Oue, la región dónde se encuentra ubicado el municipio lstm¡na, así como el deparlamento

dest¡nac¡ones de /os recursos proven¡entes de las transferencias efectuadas por el Fondo Nacional. Oue, la región dónde se encuentra ubicado el municipio lstm¡na, así como el deparlamento del Choco es considerado la región más lluv¡osa del pais, estando muy por enclma del promedio del resto del lerritorio nacional y siendo reconocido incluso como una de las zonas más lluviosas del mundo. Esta particularidad implica una frecuenc¡a notable de lluvias. por lo que es normal que al año se tengan más de 250 días con lluvia en una buena parle de sus municip¡os, y en algunos casos, más de 300 días de lluvia al año. Que, se presentaron fueñes lluvias en la madrugada del dia viernes 13 de junío de 2025, lo que generó desbordam¡ento del rio San Juan. provocando emergenc¡a por ¡nundac¡ón en diferentes barrios de la cabecera Municipal lales como Comerc¡o, Cub¡s, Camellót1, OffeL San Agustin. Eduardo Santo. San Francisco y zonas consideradas como de expans¡ón urbana. afectando a muchas fam¡l¡as, viv¡endas, medios de vida y subs¡stenc¡a (cultivos de pan coger) y v¡viendas en alto riesgo y vias o caminos afectados por eros¡ón de taludes. Que, con las fuedes lluv¡as y las crec¡entes recientes en el munic¡p¡o. los afluentes San Pablo. Sabanero, Moya, requieren de inteNención pioritar¡a dada la sed¡mentac¡ón y presencia de un volumen sryn¡ficat¡vo de deseños espec?les y ralces en /os ca¿rces ( .).

Sabanero, Moya, requieren de inteNención pioritar¡a dada la sed¡mentac¡ón y presencia de un volumen sryn¡ficat¡vo de deseños espec?les y ralces en /os ca¿rces ( .). (...) Que. con el aumento del caudal del r¡o San Juan, dadas las tueñes lluv¡as que se presenfan en la zona se hace necesario de carácler urgente realizar ¡ntervenciones a través de obras y/o actividades de m¡tigac¡ón y protecc¡ón de las zonas más afectadas por los derrumbes e inundac¡ones que han ocurrido en al eñte terrítorial y que han afectado v¡viendas, cult¡vos, y los b¡enes en general del mun¡cipio. Que, una vez rec¡b¡dos los infomes de afectac¡ón elaborados por el coordinador de gestión de r¡esgo mun¡cipal e información complementaria repodada por los organismos de socorro, donde repoñan más de 2950 famil¡as damn¡f¡cadas, viviendas destruidas y otras aver¡adas. vias obstru¡das y sedimentadas de afeclan la movilidad, se considera que es opoduna y necesar¡a la ¡nmed¡ata inteNenc¡ón, en aras de salvaguardar a la poblac¡ón y mit¡gar futuros daños en lugares en donde se han detectado siluaciones de r¡esgo y vulnerab¡l¡dad siempre que se presentan las fueñes lluv¡as en nuestro ente territorial. Que. de acuerdo a los ¡nfomes espec,a/es sobre /as condic¡ones hidrometeorológ¡cas actuales y predicc¡ones del tiempo por pade del IDEAM para el depaiamento del Chocó, prevalecen las

Que. de acuerdo a los ¡nfomes espec,a/es sobre /as condic¡ones hidrometeorológ¡cas actuales y predicc¡ones del tiempo por pade del IDEAM para el depaiamento del Chocó, prevalecen las cond¡ciones de las conslantes y extremas lluv¡as en el Mun¡cip¡o de lstmina y/o la subregión del San Juan y se genera la aleña roja sobre la cuenca del r¡o San Juan y sus aíluentes y por los eventos que pueden presentarse en los próx¡mos meses, con ocasión a la primera temporada de lluv¡as que comienzo a med¡ados del tnes de mazo. (. . .) ' Según la Ley 1523 de2012, las acciones de respuesla y recuperación deben incluir no solo la atención inmedaata a los afectados. sino lambién med¡das de reducción del riesgo a largo plazo, como la rehab¡lilación de infraestructuras y la implementac¡ón de medidas prevenlivas para mitigar futuros desastres. Que, como consecuencra de lo anterior y atendiendo lo previsto en la Ley 1523 de 2012, el Gobierno del Municipio lslmina, mediante Decreto Mun¡cipal N" 109 del 16 de,unio de 2025 declaró la situación de calamidad públ¡ca por el término de seis (06) meses el cual t¡ene por ObJEtO "O POR MEDIO DEL CUAL SE DECLARA UNA SITUACIÓN DE CALAMIDADRESoLUCTóN Noll0 Página 5 de 10 11 4 0," 1 0 NOV 2025 ---pcia uedo iir LA CúÁL-a;E óRDEñÁ rñl iCÁñ3FEÁEñó¡Á-Ecc;ñ6Mi¿Á-b¡R'ECTA HACIA EL

11 4 0," 1 0 NOV 2025 ---pcia uedo iir LA CúÁL-a;E óRDEñÁ rñl iCÁñ3FEÁEñó¡Á-Ecc;ñ6Mi¿Á-b¡R'ECTA HACIA EL FoNDo DE INvERSIÓN cOLEC-TIVA DE ALTA LIQUIDEZ (FIC) ABIERTO PARA EL MUNICIPIO DE ISTMINA. COMO APOYO SUAS/D/ARIO Y COMPLEMENTARIO DESTINADO A INTERVENCIONES DE Y DESCOLMATACIÓN DEL R/O SAN JIJAN. EN EL MARCO DE LA 'ANALIZA?IÓNDE CALAMIDAD PUBLICA MUNICIPAL N" 109 DEL 16 DE JUNIO DE 2025.DECLARATORIA PÚBLICA POR LAS GRAVES AFECTACIONES PRESENTADAS EN EL MUNICIPIO DE ISTMINA PRODUCTO DE LAS FUERTES LLUVIAS(. . )". dicho acto admrnislralivo se encuentra soportado en lo s¡gu¡ente ( ) Que, en lo que va corr¡do del año 2025 las fuedes lluv¡as han provocado el desbordamiento del rio San Juatt, lo cual ha generado afectaciones a lo largo y ancho del munic¡p¡o. por otra pañe, las afectac¡ones generadas en e§os úll¡mos dias, producto del periodo de transición a la pr¡mera temporada de lluv¡as se han ¡ncrementado por los efectos de ¡ntensas precip¡laciones que son consderadas como el mayor factor de mayores impactos o afectac¡ones en lo que va corr¡do del año en nuestro ente terr¡torial. Que conforme el artículo 61 de la Ley 1523, el CMGRD de Istmina, elaboró Plan de Acción específico para la recuperación PAE, contemplando entre otras la línea de intervenc¡ón

Que conforme el artículo 61 de la Ley 1523, el CMGRD de Istmina, elaboró Plan de Acción específico para la recuperación PAE, contemplando entre otras la línea de intervenc¡ón denominada "FASE DE RECUPERACTÓN TEMPRANA (REHABIL|TACIÓN)" Formutar todas las acciones necesarias para responder de forma opoñuna y ef¡caz a la estab¡l¡zación de la emergencia presentada por el Municipio de lstmina departamento del ChocoMaquinaria Amaritla -Real¡zar acc¡ones que perm¡tan la mitigación del riesgo en las zonas afectadas por medio de maquinaria Draga, retro excavadora t¡po oruga 1. R¡o San Juan a) Realizar activ¡dades que permitan la desced¡mentac¡on de este r¡os y la correcc¡Ón del cauce además del el trozado de ramas, palos y troncos que obstruyen el io en varios puntos para su posfer¡or rel,ro, teniendo como responsable a Municipio lstm¡na, y con apoyo a la UNGRD. Que, conforme a las competencias legales pÍevistas en los artículos 12y 14de la Ley 1523 de2012. el alcalde doctor JAISON MOSOUERA SANCHEZ "como responsable de eiecutar acc¡ones relacionadas directamente a la respuesta y recuperac¡ón cle las zonas afectadas". en marco de la declaratoria de calamrdad púbhca, y med¡ante oficio de fecha 08 de septrembre de 2025 y radicado ante la UNGRD con número de registro 2025ER19'l 76 de fecha 11 d sepliembre de 2025, solicitó a la UNIDAD NACIONAL PARA LA GESTIÓru Oel

RIESGO DE DESASTRES.UNGRD/ FONDO NACIONAL DE GESTIÓN DEL RIESGO DE

fecha 11 d sepliembre de 2025, solicitó a la UNIDAD NACIONAL PARA LA GESTIÓru Oel RIESGO DE DESASTRES.UNGRD/ FONDO NACIONAL DE GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES-FNGRD apoyo de maquinaria tipo draga para la mitigación de riesgos en el río San Juan, en los sigu¡entes términos: ( ..) En m¡ calidad de Alcalde del municipio de lslm¡na - Chocó. me permilo solic¡lar respeluosamonte ol apoyo de su entidad para atander una s¡tuacñn de aho nesgo que aclualmenle aÍecta a nuesüa poblacion. El mun¡c¡p¡o enfrenta de manera petmanenle las consecuencias de la eros¡on y sedimentación del r¡o San Juan, lo que ha generado clesbordam¡entos recuÍenles que ponen en inminente pel¡gro la v¡da, /os blenes y la infraeslructura de las comun¡dades asentadas an sus ,beras. Esla s¡tuac¡ón se ha lraducido en la pérd¡da de terrenos, aÍeclac¡ón a v¡v¡endas, daños a la ¡nfraeslruclura y graves íesgos para /a segu dad y el sustento de c¡entos de farnil¡as. Anle esle panorama, se hace urgenle ejecular labores de dragado que pormitan canalizar el cauce del o. d¡sm¡nuir la veloc¡dad de la corrienlo y prcleger las or¡llas, con al f¡n ds m¡ligar /os ¡,esgos ex,slenles y preveni luturas emergencÉg No obslante. la Alcald¡a de ls¡mina carcce de /os recursos técn¡cos y financ¡eros necesanos

/os ¡,esgos ex,slenles y preveni luturas emergencÉg No obslante. la Alcald¡a de ls¡mina carcce de /os recursos técn¡cos y financ¡eros necesanos para adqu¡rir o arrendar la maqu¡naia requer¡da, razón por la cual acud¡mos a la Unidad Nac¡onal para la Gestióo del R¡esgo de Desaslres, entidad con la expenenc¡a y capacidad para atender este l¡po de situac¡ones en el lenitorio nac¡onal. Do manera sol¡c¡tamos su val¡oso apoyo con ochocienlas (80O) hora, de dragado, 'spec¡frca,a lravés da maquinar¡a l¡po draga, pata inteNen[ la margen derecha del tio San Juan, en un lramo do 1.5 km aguas arnba y 500 m aguas abalo desde la cabecera munic¡pal. Esta nteNencbn resulta pr¡orilaria para salvaguardar la ¡ntegridad y el bienostar de nuestras comun¡dades. A conl¡nuac¡ón. se detalla la ub¡cación precisa de /os punfos cr¡ticos que requieren una ¡ntervención nmed¡ata con la maqu¡naña requerida, para garantizar la eslab¡l¡dad de ladeas y la segur¡dad de los hablantes de eslás comun¡dades: Corregimienlo de Pr¡mavera: Localizada geográÍicamente con las coordenadas de rctercncia 4"59'51" N-76"44 34" O. con una allitud de aprcx¡madamente 29 metros SNM.RESoLUc,oNr#1140"" 1 0 Nov 2025 Pág¡na 6 de 10

rctercncia 4"59'51" N-76"44 34" O. con una allitud de aprcx¡madamente 29 metros SNM.RESoLUc,oNr#1140"" 1 0 Nov 2025 Pág¡na 6 de 10 POR ME rió ciÉ u CúÁL s-E-óRDEñÁ úñÁ ldÁñSFEREIv¿A Eóbñ6t¡t¡óÁ-ó¡ RÉCiÁ'HÁótÁ' EL" FoNDo DE INyERSIÓN C1LECTIVA DE ALTA LIQUIDEZ (FIC) ABIERTO PARA EL MUNICIPIO DE ISTMINA, COMO APOYO SUAS/D/ARIO Y COMPLEMENTARIO DESTINADO A /NTERYENC/ONES DE Y DES11LMATA)IÓN DEL RIO SAN JUAN. EN EL MARCO DE LA 'ANALIZA'IÓN PÚBLICA MUNICIPAL N" 109 DEL 16 DE JUNIO DE 2025.DE,LARAT9RIA DE CALAMIDAD Presupueslo y valor solicitado para atender esla necesidad: el valor requerido asc¡ende a M¡l M¡ ones Dosclentos Doce Mil Cuatroc¡enlos Velnllslete Pesos (§, 000 212 427) MCle. Como se detalla en el anexo técn¡co que espec¡l¡ca el presupuesto lotal de las obras. Es importanle prec¡sar que el valor solicitado en este roquenmBnto corresponde á /os costos de arrendamienlo y operación de la maquinar¡a. Este monto incluye combust¡ble. manten¡mienlo básico y el pago de los operar¡os. (...) Oue, con la sol¡c¡tud se anexa oficios de compromiso en los cuales el municip¡o de lstmina se obl¡ga en lo s¡guiente:

combust¡ble. manten¡mienlo básico y el pago de los operar¡os. (...) Oue, con la sol¡c¡tud se anexa oficios de compromiso en los cuales el municip¡o de lstmina se obl¡ga en lo s¡guiente: "coMpRoMtso DE LA ALCAL2|A DE tsrMtNA FRENTE A LA 2BTENCIóN DE LICENC/AS Y/o PERMIS]S AMBIENTALES EN MARCO DE LA EJECUCIÓN DE LoS RECURSOS ASIGNADOS POR EL FNGRD/UNGRD PARA LA ATENCIÓN DE LA ERoS/ÓN Y SEDIMENTACION DEL R/O SAN JUAN A LA ALTURA DEL CORREGIMIENTO DE PRIMAVERA POR LA TEMPORADA DE LLUVIAS EN MARCO DE LA SITUACIÓN DE CALAMIDAD PUBLICA DEPAR¡AMENTAL DECRETO No. 109 DEL 16 DE JUNIO DE 2025 ; Por medio del presente documenlo me permito manifestar que el Municipio de lstmina. adelantará los procesos lendlen¿es a la obtención de permlsos, licencias y demás actos prev¡os requer¡dos durante la ejecuc¡ón de la maqu¡naria amarilla para la alenc¡ón de la erosión y sed¡mentación del io san juan a la altura del corregim¡enlo de pr¡mavera. afectada por la temporada de lluv¡as en el Município de lstm¡na ante la Corporac¡ón Autónoma Regional del Choco CODECHOCO' 2. 'COMPROMISO DE INDEMNIDAD AMBIENTAL: Por med¡o del presente documento me perm¡to man¡festar que el Mun¡cip¡o de lstmina. se compromete a garant¡zar que cumpfira a cabalidad con los requer¡m¡entos amb¡entales /egales, reglamentar¡os y

me perm¡to man¡festar que el Mun¡cip¡o de lstmina. se compromete a garant¡zar que cumpfira a cabalidad con los requer¡m¡entos amb¡entales /egales, reglamentar¡os y conlractuales, y que no generará daño o Wrjuício at FONDA NACIONAL DE GESÍÓN OEL R/ESGO DE OESASTRES -FNGRD y/o UNIDAD NACIONAL PARA LA GEST'ÓN DEL RIESGO DE DESASTRES UNIDAD NACIONAL PARA LA GESI/ÓN DEL R/ESGO -UNGRD y/o FIDUPREVISORA S.4., o a ferGeros por esta causa: por lo tanto, las sanclones que por este concepto impongan las autor¡dades amb¡enlales competentes serán asumrdas en su totalidad d¡rectamente por el Mun¡c¡pio de lstm¡na, en marco de la ordenación del gasto derivada de los recursos. como titular benef¡ciario de los derechos y obl¡gaciones v¡nculantes de /os permlsos, l¡cenc¡as y/o autor¡zaciones gestionados y obtenidos por su cuenta y iesgo y a su nombre, de conformidad con lo establec¡do en la ley 1333 de 2009'. 3. -COMPROMISO DE INDEMNIDAD: Por medio del presente documento rne perm¡to man¡festar que el Municipio de lstmina. se compromete a garantizar que mantendrá indemne al Fondo Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres -FNGRD y/o Fiduciaria La Prev¡sora S.A. y/o Unidad para la Gest¡ón del Rlesgo de DesasfresUNGRD de cualquier daño o perjiicto oiginado en reclamaciones, demandas c'¡ acciones legales por daños o les¡ones a personas o propiedades de terceros, de ¡gual

UNGRD de cualquier daño o perjiicto oiginado en reclamaciones, demandas c'¡ acciones legales por daños o les¡ones a personas o propiedades de terceros, de ¡gual manera por las acciones y omis¡ones de su personal. sus asesores. sus subcontraflsfas o proveedo

Estás viendo una vista previa

Lee el documento completo con Ariel

Este es un fragmento de uno de los más de 1.2 millones de documentos de la biblioteca de Ariel. Crea tu cuenta para leerlo completo, descargarlo y consultarlo con Ariel, que siempre te lleva a la fuente exacta: Ariel NO alucina.

Consultar sobre este documento ...