UNGRD - Resolución 1154 de 22 de noviembre 2023
UNGRD - Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres
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Detalles
- Título
- UNGRD - Resolución 1154 de 22 de noviembre 2023
- Autor
- UNGRD - Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Desastres Naturales
- Año
- 2023
REPUBLICA DE COLOMBIA UNIDAD NACIONAL PARA LA GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES RESOLUCIÓN NÚMNfio1 1 5 fiE 2023
(NOVIEMBRE DE 2023) 2 2 NOV 2023 "Por medio de la cual se adopta el Plan Estratégico de Cooperación Internacional - PECI, para la vigencia 2023-2026" EL DIRECTOR DE LA UNIDAD NACIONAL PARA LA GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES-UNGRD En uso de sus facultades legales, en especial, las conferidas por el numeral 2 del artículo 11 del Decreto Ley 4147 de 2011, el artículo 43 de la Ley 1523 de 2012, y CONSIDERANDO Que La Ley 1523 de 2012 adoptó la Política Pública de Gestión del Riesgo de DesastresPPGRD y el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres - SNGRD. Que, la gestión del riesgo se constituye en una política de desarrollo indispensable para asegurar la sostenibilidad, la seguridad territorial, los derechos e intereses colectivos, mejorar la calidad de vida de las poblaciones y las comunidades en riesgo y, por lo tanto, está intrínsecamente asociada con la planificación del desarrollo seguro, con la gestión ambiental territorial sostenible, en todos los niveles de gobierno y la efectiva participación de la población. Que, los residentes en Colombia deben ser protegidos por las autoridades en su vida e integridad física y mental; - en sus bienes y en sus derechos colectivos a la seguridad, la tranquilidad y la salubridad públicas y a gozar de un ambiente sano, frente a posibles desastres o fenómenos peligrosos que amenacen o hagan daño a los valores enunciados.
salubridad públicas y a gozar de un ambiente sano, frente a posibles desastres o fenómenos peligrosos que amenacen o hagan daño a los valores enunciados. Que, todas las personas naturales y jurídicas, sean estas últimas de derecho público o privado, apoyarán con acciones humanitarias a las situaciones de desastre y peligro para la vida o la salud de las personas. Que, la Ley 1523 de 2012 en su artículo 43 consagra que la Cooperación Internacional en materia de gestión del Riesgo de Desastres, incluyendo el apoyo en situaciones de desastre que sean explícitamente requeridas por el Gobierno Nacional, deberán ejercerse teniendo como objetivo central el fortalecimiento del sistema nacional y de las entidades públicas, privadas y comunitarias que lo integran. La ayuda humanitaria deberá proveerse teniendo en cuenta los principios de calidad, oportunidad, pertinencia y eficacia que rigen a nivel internacional a las instituciones que se encargan de prestarla.·2 2 NOV 2023 Que la Cooperación Internacional se concibe como un instrumento fundamental para el fortalecimiento de las capacidades de las entidades públicas, privadas y comunitarias que conforman el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres - SNGRD. Que, la Cooperación Internacional debe servir de apoyo para responder a las prioridades en materia de Gestión del Riesgo de Desastres, En consecuencia el Plan Nacional de Desarrollo 2022 - 2026:- "Colombia potencia mundial de la vida"; consagrado a través de la Ley 2294 del 19 de mayo de 2023; estableció, la estrategia nacional de coordinación para la adaptación al cambio climático de los asentamientos humanos, en donde la unidad nacional de gestión de
19 de mayo de 2023; estableció, la estrategia nacional de coordinación para la adaptación al cambio climático de los asentamientos humanos, en donde la unidad nacional de gestión de riesgo de desastres, deberá coordinar con las entidades sectoriales del nivel nacional y entidades territoriales, la estrategia nacional de reasentamientos, legalización urbanística, mejoramientos humanos y gestión del suelo, como acción directa de reducción del riesgo de desastres, mitigación y adaptación al cambio climático. Que, para el cumplimiento de este propósito, la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Oesastres-UNGRD, con la participación del Ministerio de Relaciones Exteriores y la Agencia Presidencial para la Cooperación Internacional APC Colombia, elaboró el "Plan Estratégico de Cooperación Internacional para la Gestión del Riesgo de Desastres-PECI 2023-2026". Que, por lo anteriormente expuesto,
RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO. DEFINICIÓN. PLAN ESTRATÉGICO DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL - PECI. ADÓPTESE el "Plan Estratégico de Cooperación Internacional para la Gestión del Riesgo de Desastres 2023-2026", cuyo objetivo será identificar y priorizar las áreas estratégicas de oferta y demanda de la Cooperación Internacional en Gestión del Riesgo de Desastres - GRO para Colombia, con el fin de fortalecer las capacidades institucionales, técnicas y operativas de las entidades públicas, privadas y comunitarias que hacen parte del SNGRD; así como fomentar el intercambio de experiencias y capacidades con otros países para contribuir con sus procesos de desarrollo, conforme lo establece la Ley 2294 del 19 de mayo 2023".
ARTÍCULO SEGUNDO. PARTE INTEGRANTE DE LA RESOLUCIÓN. ADÓPTESE como parte
sus procesos de desarrollo, conforme lo establece la Ley 2294 del 19 de mayo 2023". ARTÍCULO SEGUNDO. PARTE INTEGRANTE DE LA RESOLUCIÓN. ADÓPTESE como parte integrante e INCORPÓRESE como anexo a la presente Resolución, el documento denominado como "Plan Estratégico de Cooperación Internacional para la Gestión del Riesgo de Desastres 2023-2026", así como todas las actualizaciones que se efectúen dentro de su vigencia. ARTÍCULO TERCERO. ANEXOS. Para el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo inmediatamente anterior presente deberá observase lo contemplado en el Anexo 1 º. Página 2 de 54Nº 11 5 2 2 NOV 2023 ARTÍCULO CUARTO. PUBLICACIÓN. PUBLICAR la presente Resolución a través de la página web de la entidad: https://portal.gestiondelriesgo.gov.co/ https://portal.gestiondelriesgo.gov.co/Paginas/Notificaciones-por-aviso.aspx y REMITIR copia digital a todas las dependencias, entidades territoriales y demás integrantes del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SNGRD). ARTÍCULO QUINTO. VIGENCIA. El presente Acto de la Administración surtirá efectos desde la fecha de su publicación. 2 2 NOV 2023 Dado en Bogotá D.C, a los OLMEDO DE JESÚS LÓPEZ MARTÍNEZ Director General de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres - UNGRD
Proyectó: Antonio López Reales/ Profesfial Especializado Gc•f}¡J_
Proyectó: Karen Cardona Quintero te.fi
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Proyectó: Juan Felipe Barajas Berna!/ Contratista GCI
Proyectó: Antonio López Reales/ Profesfial Especializado Gc•f}¡J_
Proyectó: Karen Cardona Quintero te.fi
#a / Proyectó: Juan Felipe Barajas Berna!/ Contratista GCI Reviso: Maria Nathalia muñoz / Profesional Especializa o GCI fi • .J. ,¿evisó: Andrés Santiago Esquive! Huertas/ Contratista OAJ - UNGRD,;q11 tv Kevisó: Diana Paola Ariza Domínguez / Jefe OAJ - UNGRD '1r(}_ Página 3 de 54