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UNGRD - Resolución 1194 del 21 de noviembre de 2025

UNGRD - Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres

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Detalles

Título
UNGRD - Resolución 1194 del 21 de noviembre de 2025
Autor
UNGRD - Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Desastres Naturales
Año
2025

REPUBLICA DE COLOMBIA FONOO NACIONAL DE GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES RESOLUCIÓN N" tr 1 194 2 1 Nov 2025 "POR MEDIO DEL CUAL SE JUSTIFICA UNA CONTRATACIÓN DIRECTA" EL SECRETARIO GENERAL Y OROENADOR DEL GASTO OELEGAOO DE LA UNIOAD NACIONAL PARA LA GESNÓN DEL RIESGO DE DESASTRES Y DEL FONOO NACIONAL DE GESTIÓN DEL RIESGO OE DESASTRES . FNGRD En ejercicio de sus facultades legales y reglamentarias, especialmente de las conferidas por la Ley 80 de 1 993, la Ley 1 '150 de 2007 , Decreto 1082 de 201 5, Decreto 4147 de 2011 , Resoluc¡ón 937 de 2025, CONSIDERANDO Oue el FONDO NACIONAL DE CALAMIDADES fue creado mediante Decreto '1547 de 1984. Que posteriormenle, el artlculo 47 de la Ley 1523 de 2012 lo denominó FONDO NACIONAL OE GESTION DEL RIESGO DE DESASTRES (FNGRO). Que esle funciona como una cuenta especial de la Nación y sus objetivos generales, que se cons¡deran de ¡nlerés público, son: la negociación, recaudo, administración, inversión y gestión de instrumentos de protección financiera y distribución de los recursos financieros necesarios para la implementac¡ón y continuidad de la polftica de gestión del riesgo de desastres que incluya los procesos de conocimiento y reducción del riesgo de desastres y de manejo de desastres. Que el Fondo Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres podrá recibir, adm¡n¡strar e ¡nvertir

conocimiento y reducción del riesgo de desastres y de manejo de desastres. Que el Fondo Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres podrá recibir, adm¡n¡strar e ¡nvertir recursos de or¡gen estatal y/o contribuciones y aportes efectuados a cualqu¡er tltulo por personas naturales o jurfdicas, institucionales públicas y/o privadas de orden nac¡onal e internacional. Que tales recursos deberán invertirse en la adopc¡ón de medidas de conocimiento y reducción del riesgo de desastre, preparación, respuesta, rehabilitación y reconstrucción, a través de mecan¡smos de financiac¡ón dirig¡dos a las entidades ¡nvolucradas en los procesos y a la población afectada por la ocurrencia de desastres. Que el artfculo 48 de la Ley 1523 de 2012, establece que la administración y representación del Fondo Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres estará a cargo de una soc¡edad fiduciar¡a de carácter público, en los términos previstos en el artfculo 32 del Decreto 1547 de 1984, modificado por el artlculo 70 del Decreto Ley 919 de 1989. Que el Decreto 4147 del 3 de nov¡embre de 2011 creó la Un¡dad Administrativa Especial denominada Unldad Naclonal para la Gestlón d6l Rlosgo de Deaastre¡ (UNGRD) adscrita al Departamento Admin¡stralivo de la Pres¡dencia de la República. Que esta entidad está encargada de coordinar y transversalizar la aplicac¡ón de la polftica pública de gestión del r¡esgo, en las entidades públicas, pr¡vadas y en la comunidad. Que la cual tiene como objetivo

encargada de coordinar y transversalizar la aplicac¡ón de la polftica pública de gestión del r¡esgo, en las entidades públicas, pr¡vadas y en la comunidad. Que la cual tiene como objetivo dirigir la implementación de la Gestión del Riesgo de Desastres, atendiendo las polfticas de desarrollo sostenible y coordinar el funcionamiento y desarrollo continuo del sistema para la Gestión del Riesgo de Desastres. Que asf mismo, conforme al artfculo '1 1 del Decreto 4147 del 3 de noviembre de 201 1 , el Director General de la UNGRD tiene la facultad de ordenación del Gasto del Fondo Nacional de Calamidades o del que haga sus veces de conformidad con lo previsto en el artlculo 5 del Decreto 2378 de '1997 y la facultad de la determ¡nación de contratos, acuerdos y convenios que se requ¡era para el funcionamiento de la UNGRD de acuerdo con las normas vigentes. Oue finalmente, la Ley 46 de 1 998, mod¡ficada por la Ley 1523 del 2012 creó el Sistema Nacional para la Prevención y Atención de Desastres (SNPAD), elevado hoy al Slstema Naclonal de Gestlón del Rlesgo de Desestros (SNGRD). Que esle es el conjunto deRESoLUCTóN-# 1 19 4 De Página 2 de 10 2 1 t¡oy a25 Cont¡nuación de la Rssolución "Por medio de la cual se j|§t¡lica una contratación directa" instituciones públ¡cas, privadas y comunitar¡as, de polfticas, normas, procesos, recursos, planes, estrategias, ¡nstrumentos, mecanismos, asl como la información atinente a la temática,

instituciones públ¡cas, privadas y comunitar¡as, de polfticas, normas, procesos, recursos, planes, estrategias, ¡nstrumentos, mecanismos, asl como la información atinente a la temática, que se aplica de manera organizada para garantizar la gestión del r¡esgo en el pafs. Que tiene como objetivo general llevar a cabo el proceso social de la gestión del riesgo con el propósito de ofrecer protección a la población en el territor¡o colombiano, mejorar la seguridad, el bienestar y la calldad de vlda y contr¡buir al desarrollo sostenible, y dentro de sus objetivos especffi cos, entre otros: "(. )2 3. DesaÍollaL manlener y garantizar ol proceso de manejo de dgsasrrBs mediante acciones como: Prcpanción para la rospuesla frente a desastres medianle oryanización, slsfemas do arorfa, capacüación, equipamiento y entrenam¡enlo, entrc oüos. Prcpanc¡ón pan la rocuperación, llámesa: rahab¡l¡tac¡ón y rcconstrucción. R€spuesfa honte a desasües con accionos dirigidas a atender la población afectada y restituir los sev¡cios esenclales alectados. Recupención, llámese: rchabilitación y rcconstrucción de las condicionos socioeconórnrbas, smbientales y tlsicas, bajo cñlerios de seguridad y desar¡ollo sosten,D/o, ev¡tando reproduc¡r siluaciones da nesgo y generando mejorcs condiciones da vida." Que la UNGRD/FNGRD tiene como objetivo d¡rigir la implementación de la gestión del riesgo de desastres y coordinar el funcionamiento y el desanollo continuo del Sislema Nacional de

siluaciones da nesgo y generando mejorcs condiciones da vida." Que la UNGRD/FNGRD tiene como objetivo d¡rigir la implementación de la gestión del riesgo de desastres y coordinar el funcionamiento y el desanollo continuo del Sislema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SNGRD). Que el Decreto 969 de 1995, modificado por el Decreto 3696 de 2009 y promulgado para el fortalecimiento del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SNGRD), establece que debe organizarse una red nacional de centros de reserva conformados por el conjunto de los centros de reserva y centros de respuesta inmediata ubicados en el terr¡tor¡o nacaonal. Su objetivo es la atención de emergencias y la prevención y atención de desastres, a través de Ia disposición de suministros básicos para las comunidades afectadas, asf como de equipos y elementos especializados para apoyar a las ent¡dades operativas en la realización de actividades de control de eventos de origen natural o antrópico, búsqueda, rescate y salvamento, con el fin de atender en forma adecuada y oportuna la primera respuesta frente a siluaciones de emergencia. Que, a su vez, el artlculo 3 del mencionado Decreto dispone 'Atl¡culo 3'. Organ¡zac¡ón tonitorial y admin¡stnción de la rcd. Qua la Red ¡ntegrada por Centros de ReseNa Reg¡onales y Centros de Rospuesfa lnmediata tondrá la sigu¡ente oryan¡zación lenitorial: a) Cantros de Reserva Regionales localizados en las 32 ciudades capitales de los depa amentos, incluyondo el D¡strito Cap¡tal, administrados por /as entidades operativas del S¡stema Nacional para la Ptevanción y Atención de Desastres.

depa amentos, incluyondo el D¡strito Cap¡tal, administrados por /as entidades operativas del S¡stema Nacional para la Ptevanción y Atención de Desastres. Parágnfo. Los Conflos de Reseva y los Centrcs dg Rospuosfa lnmediata, funcionañn bajo la coodinac¡ón de la Diocción de Gestión da Rlosgo o la entidad que haga sus veces. Que /os b¡enes que se encuentren on /os Confros de Rsse¡r'a y Centros de Rospuosfa lnmediata sarén instrumentos da apoyo loglst¡co de los Comités Reg¡onales y/o Locales pa,^a la Pravención y Atenc¡ón de Dosastros". Que teniendo en cuenta lo expuesto y que la UNGRD/FNGRD tiene como objetivo dirigir la ¡mplementación de la gestión del riesgo de desastres y coord¡nar el func¡onamiento y el desarrollo continuo del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SNGRD), dentro de su estructura cuenta con la Subdirección para el Manejo de Desastres. Que esta dependencra, de acuerdo con el artfculo 19 del Decreto 4147 de 2011, cumple las siguientes funciones entre otras: (RES.LU.TóN""1{0 1 19 4 De Página 3 de 102 1 NOU 2025, Continuación de la Resolución 'Por med¡o de la cual se justif¡ca una contratación d¡recla" Diseñar, prcmover y apoyar la implementación, la conlinu¡dad, efecliv¡dad y mejon del pmceso de manejo de desasf/Bs en a/ S,bfema Nacional pan la Gestión del Riesgo de DosasfrBs y su artlculac¡ón con los procesos de plan¡f¡cación del desanollo.

pmceso de manejo de desasf/Bs en a/ S,bfema Nacional pan la Gestión del Riesgo de DosasfrBs y su artlculac¡ón con los procesos de plan¡f¡cación del desanollo. Generar insumos para la prcmoción de polfticas que fodalezcan el prcceso de manejo de desaslrcs en /os niveles nacional y teÍilorial. Cooñinar /as lnsfanc/as ¡nteinst¡tuc¡onales del oñen nacional del Sistema Nacional de Gest¡ón del R¡osgo de DesasfrEs, en lo quo a manejo d6 dasasfras se reliere y ejercer la secrclada lácnica. Coord¡nar la tormulación y elecluü el segu¡mionto y la evaluac¡ón del componente de manejo de desastrcs del plan nac¡onal pan la gest¡ón do nosgo do dosaslrBs. Promover a n¡vel nacion€l y tonitorial, lo prepanción pan la respuesta y la recuponc¡ón de s,.sfemas de alefa, capac¡tac¡ón, confomac¡ón de centros de reseNa, mecanismos de alberyues temporales, equ¡pamiento, entrenamiento, entre ot,"8,s tend¡entes a mejonr la prepanción para la rcspuosta. Cooñiner la respuesfs del S/VGRD en s¡tuac¡ones declaradas d6 d6sasf/Es, snfrs otras. ( .)" Que, atendiendo a lo señalado y en cumplimiento de la ley, la UNGRD/FNGRD como coordrnadora de los integrantes del SNGRD, cuenta con el Centro Naclonal Logfstlco (CNL), que t¡ene como objetivo fortalecer la capacidad de respuesta del Sistema Nac¡onal de Gestión

coordrnadora de los integrantes del SNGRD, cuenta con el Centro Naclonal Logfstlco (CNL), que t¡ene como objetivo fortalecer la capacidad de respuesta del Sistema Nac¡onal de Gestión del Riesgo de Desastres y coordinar la Aslstencla Humanltarla de Emergencla (AHE), asf como la optimización de recursos, con el fin de me.¡orar los tiempos de respuesta de la UNGRD/FNGRD, como administrador de las emergencias en el Territorio Nacional, que hoy en dla, t¡ene los equipos y herramientas para atender las siguientes lfneas de acción: . Banco de maqulnarla. . Transportes. . Búsqueda y rescate: equipos varios de localización, rescate y estab¡lizac¡ón: carpas modulares de logfstica y administración -unidad médica, equipo eléctrico, de corte, de comunicaciones, de rescate verlical, de búsqueda y rescate en espacios confinados, de primeros auxil¡os, para el Programa Naclonal de Búsqueda y Roscate Urbano

(PNBRU.USAR).

Que, el PNBRU es un instrumento de planeación estratégica públ¡ca mediante el cual el Sistema Nac¡onal para la Gest¡ón del r¡esgo de Desastres (SNGRD) en cabeza de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD) proyecta la optimización de la prestación del servicio básico de Búsqueda y Rescate Urbano, en func¡ón de las necesidades del pals. I Que, el CNL también incluye Telecomunlcaclones (radio base y portátil, antenas, teléfono I satelital, repetidora, enlace microondas, BGAN), AloJamlentos temporales (carpas she/ter

del pals. I Que, el CNL también incluye Telecomunlcaclones (radio base y portátil, antenas, teléfono I satelital, repetidora, enlace microondas, BGAN), AloJamlentos temporales (carpas she/ter box, carpas modulares de alojamiento de personal), Agua y saneamlento (motobombas, tanques, plantas potabil¡zadoras) y Bodega (estibas de madera y plásticas, computador, TV, impresora, p/oÍfo4. Oue, la UNGRD/FNGRD erige su actuación baio los siguientes principios: Prlnclplo slstémlco: Que la polftica de gestión del riesgo se hará efectiva mediante un sistema administrativo de coordinación de actividades estatales y particulares. Que el sistema operará en modos de integración sectorial y territorial, para garantizar la continuidad de los procesos, la interacción y el enlazamiento de las act¡v¡dades mediante bases de acc¡ón comunes y coordinación de competencias. Que, como sistema abierto, estructurado y organizado, exhibirá las calidades de interconexión, diferenciación, recursividad, control, sinergia y reiteración.RESoLUcTóN"lf 1 19 4 D" 2 1 N0V2025 Página 4 da '10 Continuación ds la Rosolución "Por med¡o de la cual se just¡f¡ca una conlntación directa' Prlnclplo de coordlnaclón: Que la coordinación de competencias es la actuación integrada de servic¡os tanto estatales como privados para garantizar la armonla en el ejercicio de las funciones y el logro de los fines o cometidos del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres.

servic¡os tanto estatales como privados para garantizar la armonla en el ejercicio de las funciones y el logro de los fines o cometidos del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres. Princlpio de sub8¡diarledad: Que se refiere al reconoc¡miento de la autonomfa de las ent¡dades territor¡ales para ejercer sus competencias. La subsidiariedad puede ser de dos tipos: la subsidlaried8d negatlva, cuando la autoridad territorial de rango superior se abstiene de intervenir el riesgo y su materialización en el ámbito de las autoridades de rango inferior, si estas lienen los medios para hacerlo. La subsidlariedad pos¡tiva, impone a las autoridades de rango super¡or, el deber de acudir en ayuda de las autoridades de rango ¡nferior, cuando estas últimas, no tengan los med¡os para enfrentar el riesgo y su materialización en desastre o cuando esté en riesgo un valor, un interés o un b¡en jurldico protegido relevante para la autoridad super¡or que acude en ayuda de la entidad afectada. Que, es asf como, la UNGRD/FNGRD como parte del sistema, tiene competencias en mater¡a de gestión del riesgo d€ desastres esencialmente de dirección y coord¡nac¡ón del sistema, de formulación, implemenlación, articulación y evaluación de la polft¡ca nacional en mater¡a de gest¡ón del riesgo de desastres. Que, asf mismo, al momento de presentarse algún evento natural o antropogénico no ¡ntencional, la UNGRD/FNGRD coord¡na las actividades propias del SNGRD, brindando apoyo de acuerdo a las solicitudes que se real¡cen por parte de las Entidades territoriales que sufran

¡ntencional, la UNGRD/FNGRD coord¡na las actividades propias del SNGRD, brindando apoyo de acuerdo a las solicitudes que se real¡cen por parte de las Entidades territoriales que sufran algún tipo de afectación, asf como en el marco de las responsabilidades adquiridas en el Plan de Acción Especffico, dando cumplimiento al artfculo 61 de la Ley 1523 de2012. Que, es así como la UNGRD/FNGRD, desde su creación, ha orientado sus esfuezos para hacer de Colombia un pafs menos vulnerable, con comunidades más resilientes, deslacando en sus acciones m¡s¡onales, la eiecución de obras de mitigación, rehabilitación y recuperación a nivel nacional. Que, estas obras no sólo contribuyen a la reducción de riesgos y al retorno a la normal¡dad después de una emergencia, sino también al desarrollo sostenible de las comunidades afectadas y a aquellas que son vulnerables a las diferentes amenazas por fenómenos naturales y/o eventos causados por el hombre. Estos proyectos se ejecutan bajo los criterios generales de selecc¡ón como la población a beneficiar, el impacto regronal, la recurrencia de eventos en la zona, debilidades financieras por parte de los entes territoriales y priorización a nivel regional y nacional. La UNGRD tiene la responsabilidad de conducir a la estandarización de la respuesta de los grupos de búsqueda y rescate con el objet¡vo de fortalecer las capacidades de los grupos para salvar vidas a nivel nacional e internacional. Que, los Centros Nac¡onal Logíst¡cos (CNL) tienen el propósito de brindar seguridad a las comunidades más vulnerables, a través del fortalecimiento de la capacidad de respuesta al área urbana de los departamentos y munic¡pios que sufran algún evento, apoyando de manera

comunidades más vulnerables, a través del fortalecimiento de la capacidad de respuesta al área urbana de los departamentos y munic¡pios que sufran algún evento, apoyando de manera directa a las ent¡dades operativas de socorro. Que, los contelitos de aplicabil¡dad del Sistema Logfstico de Emergencias de la UNGRD/FNGRD se enmarcan en dos grandes procesos fundamentales: . Logfstlca en Oporaclonos . Preparación para la Rerpuesta Que, la logfstica en operaciones contempla todos los aspectos de apoyo a las líneas de intervención requeridas en la atención de emergencias, dentro de las primeras 72 horas y en el Plan de Acción Especffico de Recuperación, según la Declaraloria de Calam¡dad Pública del Mun¡cipio y/o Departamento afectado.RES.LUCTóN-I|'1194 De Página 5 de 102 1 0v fr2s Continuación de la Resoluc¡ón "Por med¡o de la cual se justilica una contntac¡ón d¡recta" Oue además, permite atender y transportar los sum¡nistros que la UNGRD/FNGRD requiere para sus acciones de respuesta en operaciones, entrega de AHE y demás elementos, equipos, herramientas e insumos para manejo de la emergencia, incluyendo accesibilidad y transporte, telecomunicaciones, evaluación de daños y análisis de necesidades, salud y saneamiento básico, búsqueda y rescate, extinción de incendios y manejo de materiales pel¡grosos, albergues y al¡mentac¡ón, servicios públicos, segur¡dad y convivencia, aspectos financieros y legales, información pública y manejo general de la respuesta, entre otros. Cabe resaltar que la efectividad de la respuesta depende de la calidad de preparación.

albergues y al¡mentac¡ón, servicios públicos, segur¡dad y convivencia, aspectos financieros y legales, información pública y manejo general de la respuesta, entre otros. Cabe resaltar que la efectividad de la respuesta depende de la calidad de preparación. Oue, en este orden de ¡deas, se debe garant¡zar la recepción idónea de la AHE, asf como los diferentes sumin¡stros requer¡dos para atender cualquier evento presentado en el lerritorio local y nacional mediante un procedimiento sencillo y adecuado, ten¡endo en cuenta el descargue, embalaje, control de calidad, distribución de los sumin¡stros, transporte y acces¡bilidad a la bodega y/o punto de acopio. Que, teniendo en cuenta el procedim¡ento de atención de emergencias, se tiene como objeto garantizar los suministros para la operación de las entidades que conforman el SNGRD en respuesta de atención a la población afectada, con el fin de que los m¡smos lleguen a su destino en excelenle estado, con las cond¡ciones requeridas y en el tiempo oportuno, mediante la utilizac¡ón de una entrega adecuada y diferenles med¡os y modos de transporte. Que, la ubicación del inmueble de Terrapuerto S.A.S., sobre la Aven¡da Carrera 116 No. 19A75 en la localidad de Fontibón, constituye un punto esfatégico por su cercanla inmediata al Aeropuerto lnternacional El Dorado y su conexión d¡recta con las principales vfas de salida de la capital (Calle 80, Autopista Sur, Avenida Centenario). Que, esta conectividad aérea y terrestre garantiza una mov¡lización ráp¡da y eficiente de suministros, equipos y personal hacia otras regiones del pafs o ¡ncluso hacia dest¡nos

la capital (Calle 80, Autopista Sur, Avenida Centenario). Que, esta conectividad aérea y terrestre garantiza una mov¡lización ráp¡da y eficiente de suministros, equipos y personal hacia otras regiones del pafs o ¡ncluso hacia dest¡nos internacionales, reduciendo sustancialmente los liempos de traslado y asegurando una distr¡buc¡ón oportuna de recursos en situaciones de emergencia. Que, adicionalmente, el predio cuenta con un área útil de 35.201,38 m2, lo que permite albergar bodegas de gran formato, zonas admin¡strativas y patios de maniobra amplios, condiciones ffsicas y operativas que aseguran la escala necesaria para una operación logfstica nacional. Que, su clasificac¡ón urbanfstica como comercio puntual, derivada de la constitución de urban¡zación med¡ante escritura pública No. 2775 de 2015, confirma la vocación legal y técnica del inmueble para el establec¡m¡ento de plataformas logfsticas y de almacenamiento, garantizando la viabilidad jurfdica del arrendam¡enlo. Que, después de real¡zar el anál¡sis correspondiente, se determinó que la propuesta presentada por Transportes Mudanzas Chicó cumple con las caracterfsticas técnicas requer¡das para el func¡onamiento del CNL, además de constituirse en una oferta ventajosa para la entidad debido al valor por metro cuadrado denko del promedio generado. Que, desde el punto de vista de la ef¡ciencia, eficacia y economfa, resulta favorable para la entidad suscribir un contrato de anendamiento con Transportes Mudanzas Chicó, pues su propuesta incluye el canon de arrendamiento, la administración, los costos de servicios

Que, desde el punto de vista de la ef¡ciencia, eficacia y economfa, resulta favorable para la entidad suscribir un contrato de anendamiento con Transportes Mudanzas Chicó, pues su propuesta incluye el canon de arrendamiento, la administración, los costos de servicios públicos, la vigilanc¡a pr¡vada en cada bodega y en las zonas de of¡c¡nas, cumpliendo en su conjunlo con todas las condiciones técnicas y operativas necesarias para el correcto func¡onamiento del Centro Nac¡onal Loglst¡co.RESoLUcTóNr"ll' 1 19 4 De 2 1 NUV 2{p5 Página 6 de 10 Continuación de la Resolución "Por medio de la cual se justitica una contntac¡ón directa' Que, f¡nalmente, la decisión de arrendamiento se soporta en los lineamientos establecidos en el Procedimiento PR 1603 GBI 01, versión 07, de la UNGRD y el FNGRD, relativo a la gestión de bienes muebles e ¡nmuebles. Que, d¡cho procedimiento garantiza el adecuado control, recepción y reg¡stro de los bienes bajo responsabilidad de la entidad, asegurando que los inmuebles arrendados se incorporen correctamente a los inventarios institucionales y cumplan con los requisitos legales de contratación pública (Ley 80 de 1993, Ley 1 I 50 de 2007 y normas reglamentarias). Que, la referencia expresa a este procedimiento fortalece la justiñcación jurfdica y administrativa del arrendamiento, asegurando que la operación se enmarca en los estándares inst¡tucionales de la UNGRD y del FNGRD. Que, el despliegue y la rápida operación que debe garantizar la UNGRD/FNGRD demuestran

administrativa del arrendamiento, asegurando que la operación se enmarca en los estándares inst¡tucionales de la UNGRD y del FNGRD. Que, el despliegue y la rápida operación que debe garantizar la UNGRD/FNGRD demuestran que el Centro Nacional Logfstico (CNL) constituye un eje fundamental para la respuesta inmed¡ata del Sistema Nacional de Gestión del R¡esgo de Desastres (SNGRD). Que, desde su creación en 2015, el CNL se ha consolidado como la plataforma nacional para el acopio y disfibución de ayudas humanitarias, asegurando la atención oportuna de emergencias en todo el pafs. Más recientemente, en 2024 se ha observado Ia necesidad de reorganizar y fortalecer la infraestructura del CNL, deslacando que su modernización y reubicación forman parte de nuestra estrategia institucional para optimizar la capacidad logfstica y garantizar la continuidad de nuestra misión nacional. Que, en este conteno, la reubicac¡ón del CNL en el ¡nmueble de Terrapuerto S.A.S., ubicado en la Avenida Carrera 116 No. 19A-75 de Bogotá D.C., identificado con el Nro. Matrícula lnmobiliaria 50C-147351, responde a una necesidad estratégica y operat¡va. Que, la cercanfa inmediata al Aeropuerto lnternacional El Dorado y la conexión directa con las pr¡ncipales vfas de sal¡da de la capital permiten superar las l¡m¡taciones que presenta la actual sede en Mosquera, Cundinamarca, donde la distancia y la red v¡al menos ef¡ciente han restringido la capacidad de respuesta.

pr¡ncipales vfas de sal¡da de la capital permiten superar las l¡m¡taciones que presenta la actual sede en Mosquera, Cundinamarca, donde la distancia y la red v¡al menos ef¡ciente han restringido la capacidad de respuesta. Que, el traslado a Bogotá garantiza una reducción sustanc¡al en los tiempos de movilizac¡ón, una d¡stribuc¡ón más ágil de recursos y una coordinacrón más efectiva con ent¡dades nacionales e internacionales. Que, el proceso requiere un marco loglstico estandarizado y verificable para garantizar que la asistencia se entregue "en la cantidad requerida, con las condic¡ones adecuadas, en el lugar y tiempo precisos y al costo justo". Sin ese marco, se elevan los riesgos de demoras, pérdida de trazabilidad de sumin¡stros, ¡nconsistencias de calidad y observaciones de control fiscal en la legalización de la ayuda. Que, la adopción del Manual de Loglst¡ca para la Atención de Emergencias de la UNGRD subsana esos riesgos al unificar criterios operat¡vos y administrativos, acelerar tiempos de respuesta y fortalecer la integridad documenlal desde la requ¡sic¡ón hasta la entrega y legal¡zac¡ón. Que, la necesidad también se fundamenta en la obligación ¡nstitucional de coordinar la respuesta del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SNGRD). Que, el manual provee procedimientos concretos para act¡var bodegas estratég¡cas, recibrr y controlar la cal¡dad de suministros, gestionar inventarios, planear rutas y ejecutar entregas con acompañamiento de autoridades.RESoLUcTóNn"[ 1 19 4 De 2 1 Nov 2025 Págrna 7 de 10

controlar la cal¡dad de suministros, gestionar inventarios, planear rutas y ejecutar entregas con acompañamiento de autoridades.RESoLUcTóNn"[ 1 19 4 De 2 1 Nov 2025 Págrna 7 de 10 Continuación de la Resolución "Por medio de la cual so justil¡ca una contntac¡ón d¡recta" Que, en términos de transparenc¡a y control, el manual ofrece formatos y flujos que fac¡l¡tan auditorfa posterior: requisición, entradas y salidas de bodega, inventarios clclicos y totales, control de calidad por muestreo, registro de vehlculos y actas de legalización con contraste contra censos EDAN. Que, el alcance y la estructura del mencionado manual definen un sistema logfstico unificado que art¡cula dos procesos fundamentales: la preparación para la respuesta y la logfst¡ca operativa durante las primeras 72 horas, asf como la fase de recuperación. Este sistema organiza la cadena logfstica en cuatro componentes interdependienles: gestión de suministros, control de sumin¡stros, almacenamiento y distribución. Que, la gestión de sum¡n¡stros establece el abastecimiento desde la identificación de necesidades, determinación de cant¡dades y urgencias, parámetros de peso/volumen/embalaje, acces¡b¡lidad y transporte, hasla la generación de requisiciones según el estándar nacional. Que regula la recepción con ¡nspecciones de calidad, conteos y verificación documental en bodegas prev¡amente habilitadas bajo condiciones minimas de salubr¡dad, segur¡dad y accesibilidad. Que, las bodegas y puntos de acopio fijan cr¡terios técnicos para infraestructura (estructuraI

bodegas prev¡amente habilitadas bajo condiciones minimas de salubr¡dad, segur¡dad y accesibilidad. Que, las bodegas y puntos de acopio fijan cr¡terios técnicos para infraestructura (estructuraI rfgida, vent¡lac¡ón, iluminación, impermeabilización, señalización), rangos de temperatura (ambiente, fresca, refrigerac¡ón), medidas de salud ocupacional y sanitarias, y un inventario mfnimo de equipos (pesas, estibas, estanlerlas, elementos de protección, formatos de control). Que incluye cálculo de capacidades en metros cuadrados y cúbicos para planear volumen y rotación. Que, el control de suministros e inventar¡os define niveles (máximo, reorden, mfnimo, seguridad, previsión), estados (disponible, as¡gnado, cuarentena, no disponible), polft¡cas de flujo (FIFO, LIFO, FEFO) y modal¡dades de conteo (cfclico, total). Que exige organización ffsica y documental, cronogramas de conleo, verif¡cación y ajustes para mantener correspondencia entre inventario flsico y base de datos. Que, el almacenamienlo señala formas estáticas y móviles, ap¡lam¡ento ordenado, almacenamiento al piso, s¡stemas de bloques apilados y convencionales, con sus ventajas y desventajas, buscando maximizar espacio y minimizar costos sin comprometer la rotación. Que, la diskibución estructura el alistamiento (lanzamiento de ped¡do, plcklng, reempaque, consolidación), la planeación (difusión y secuenciación por zonas según censos EDAN), el transporte (rutas óptimas y alternas, med¡os y tiempos de respuesta) y el c/oss dock¡ng (direclo

consolidación), la planeación (difusión y secuenciación por zonas según censos EDAN), el transporte (rutas óptimas y alternas, med¡os y tiempos de respuesta) y el c/oss dock¡ng (direclo e indirecto) para acelerar tránsito y evitar sfock ¡nnecesario. Que ordena la entrega priorizando población vulnerable y exige acompañamiento institucional para seguridad y organ¡zación. i Que, la legallzaclón de la AHE obl¡ga a verificar formatos de entrega contra censos EDAN, levantar actas firmadas por responsables y remit¡r al CDGRD y UNGRD el paquete documental organizado por zonas, ¡ncluyendo informe de atención, para control fiscal y cierre del proceso. Que, la decisión de arrendar este inmueble se encuentra además respaldada por el Procedimiento PR 1603 GBI 01, versión 07, de la UNGRD y el FNGRD, relativo a la gestión de bienes muebles e inmuebles. Oicho procedimiento eslablece los lineamientos para la recepción, registro y control de bienes, asegurando que los inmuebles arrendados se ¡ncorporen conectamente a los inventanos ¡nstrtucionales y cumplan con los requisitos legales de contratación pública. Que, de esta manera, el arrendamiento del predio Terrapuerto no solo es jurfdicamente viable, sino que se ajusta a los estándares admin¡strat¡vos y de transparenc¡a exig¡dos por la normatividad vigenle.RESoLUCTóN"llo 1 1 I 4 De 21 No\/ 2025 Página I de 10 Continuación de la R6solución 'Por medio de la cual

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