UNGRD - Resolución 1215 de 28 de noviembre 2023
UNGRD - Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres
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Detalles
- Título
- UNGRD - Resolución 1215 de 28 de noviembre 2023
- Autor
- UNGRD - Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Desastres Naturales
- Año
- 2023
REPUBLICA DE COLOMBIA UNIDAD NACIONAL PARA LA GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES Nº 1 2 1 5 RESOLUCIÓN No. ----- 2 8 NOV 2023 "Por medio de la cual se modifica el presupuesto para el cumplimiento de las obligaciones contractuales derivadas del contrato de Préstamo BIRF 8649-CO y BIRF 8798-CO del Fondo para el Desarrollo del Plan Todos Somos PAZcífico -FTSP" LA SECRETARIA GENERAL DE LA UNIDAD NACIONAL PARA LA GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES Como Ordenadora del Gasto delegada del Fondo para el Desarrollo del Plan Todos Somos PAZcifico, en uso de sus facultades legales y en especial de las conferidas por el artículo 185 de la Ley 1753 de 2015, el Decreto 2121 de 2015, la Resolución 4060 del 10 de noviembre de 2015, Resolución 1225 del 20 de diciembre de 2022 y CONSIDERANDO Que mediante el artículo 185 de la Ley 1753 de 2015, reglamentada por el Decreto 2121 de 2015, se creó el Fondo para el Desarrollo del Plan Todos Somos PAZcifico-FTSP como patrimonio autónomo, cuyo objetivo corresponde a la financiación y/o la inversión en las necesidades más urgentes para promover el Desarrollo Integral del Litoral Pacífico Colombiano. Que el artículo 2.15.1 del Decreto 2121 de 2015, establece la naturaleza del Fondo para el Desarrollo del Plan Todos Somos PAZcífico-FTSP, determinando que será administrado por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público o por la entidad o entidades que este defina.
Desarrollo del Plan Todos Somos PAZcífico-FTSP, determinando que será administrado por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público o por la entidad o entidades que este defina. Que el artículo 2.15.2 de dicho Decreto, establece que el FTSP tendrá por objeto la financiación y/o la inversión en el Litoral Pacífico, en proyectos de agua potable, infraestructura, educación y vivienda entre otros, y en general en las necesidades más urgentes para promover el desarrollo integral de dicha zona, la cual está conformada por 50 Municipios y Distritos. Que el parágrafo 1° del artículo 2.15.1 del Decreto 2121 de 2015, el cual modificó la parte 15 del libro 2 del Decreto 1068 de 2015, estableció que el Ministerio de Hacienda y Crédito Público en uso de la facultad otorgada por el artículo 185 de la Ley 1753 de 2015, y para efectos de la operatividad y funcionamiento del Fondo para el Desarrollo del Plan Todos Somos PAZcífico, puede definir mediante resolución, la administración de dicho fondo en: (i) una entidad encargada de la ejecución y ordenación del gasto (entidad ejecutora) y/o; (ii) en una entidad que conserve y transfiera los recursos, y que actúe como vocera del patrimonio autónomo (entidad fiduciaria). Que mediante Resolución 4060 del 1 O de noviembre de 2015, emitida por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y en uso de la facultad otorgada, define a la Unidad Nacional para laRESOLUCIÓN No.fiO 1 2 1 5 De r2 8 NOV 2023 Página 2 de 9
Continuación de la Resolución "Por medio de la cual se modifica el presupuesto para el cumplimiento de las obligaciones contractuales derivadas del contrato de Préstamo BIRF 8649-CO y BIRF 8798-CO del Fondo para el Desarro/fo del Plan Todos Somos PAZcífico -FTSP'' ------------------------------------------------------------------------------------------- Gestión del Riesgo de Desastres-UNGRD, como la entidad ejecutora del Fondo para el Desarrollo del Plan Todos Somos PAZcífico-FTSP. Que mediante Resolución 4075 del 13 de noviembre de 2015, emitida por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y en uso de la facultad otorgada, define a Fiduprevisora S.A. como la Entidad Fiduciaria del Fondo para el Desarrollo del Plan Todos Somos PAZcífico-FTSP. Que el 13 de marzo de 2017, el Director General de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres-UNGRD, suscribió Resolución N°237 de 2017 "Por la cual se delegan unas funciones en materia contractual, de ordenación del gasto y se adoptan otras medidas de orden administrativo del Fondo para el Desarrollo del Plan Todos Somos PAZcífico", al Secretario General de la UNGRD, la cual fue aclarada mediante la Resolución Nº0349 del 05 de abril de 2017 "Por medio de la cual se modifica para aclarar la Resolución 237 de 2017 "Por la cual se delegan las funciones en materia contractual, de ordenación del gasto y se adoptan otras medidas de orden administrativo del Fondo para el Desarrollo del Plan Todas Somos PAZcífico'"'. Que mediante Decreto 120 del 26 de enero de 2017, se adiciona un parágrafo al artículo 2.15. 3
otras medidas de orden administrativo del Fondo para el Desarrollo del Plan Todas Somos PAZcífico'"'. Que mediante Decreto 120 del 26 de enero de 2017, se adiciona un parágrafo al artículo 2.15. 3 del Libro 2 del Decreto 1068 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público, el cual indica: "Artículo 1. Adiciónese un parágrafo al artículo 2. 15. 3 de la Parte 15 del Libro 2 del Decreto 1068 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público, así: Parágrafo 3. El Gobierno Nacional, a través del Ministerio de Hacienda y Crédito Público transferirá los recursos que sean requeridos por el Fondo con el fin de que éste atienda: (i) (ii) (iii) El equivalente al servicio de la deuda, incluidos capital e intereses, derivados de las operaciones de financiamiento interno o externo que celebre para el desarrollo de proyectos, así como las comisiones que se cobren en relación con dichas operaciones de financiamiento (subrayado fuera del texto); Los aportes al Fondo de Contingencias de las Entidades Estatales de que trata el parágrafo 2 del presente artículo; La comisión de administración del Fondo por parte de la Entidad Fiduciaria Para efectos de la transferencia de los respectivos recursos, la Entidad Fiduciaria deberá presentar al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, una comunicación con el soporte y la certificación de la existencia y necesidad de atender alguno de los gastos antes relacionados. Previa disponibilidad presupuesta/, se ordenará la transferencia de los
presentar al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, una comunicación con el soporte y la certificación de la existencia y necesidad de atender alguno de los gastos antes relacionados. Previa disponibilidad presupuesta/, se ordenará la transferencia de los recursos a través de acto administrativo. En todo caso, la vigilancia y responsabilidad de la ejecución de los recursos y proyectos, estará a cargo de la Entidad Ejecutora, sin perjuicio de las obligaciones que le corresponden a la Entidad Fiduciaria como vocera del Fondo y responsable de la conservación y transferencia de los recursos."RESOLUCIÓN No. Kº 1 2 l 5 De .2 8 NO'v' 2023 Página 3 de 9 Continuación de la Resolución "Por medio de la cual se modifica el presupuesto para el cumplimiento de las obligaciones contractuales derivadas del contrato de Préstamo BIRF 8649-CO y BIRF 8798-CO del Fondo para el __ Desarrollo del Plan Todos Somos PAZcífico -FTSP'' _______________________________________________ _ Que en cumplimiento a lo previsto en el parágrafo 3 del artículo 2.15. 3 de la parte 15 del libro 2 del Decreto 1068 de 2015, Fiduprevisora S.A., el 27 de julio de 2017 realizó la solicitud al Ministerio de Hacienda y Crédito Público de la transferencia de recursos para el pago de comisión e intereses del Contrato de Préstamo BID 3610/OC-CO. Que con la finalidad de dar cumplimiento a la cláusula 2.06 y 2.07 Capítulo II de las Estipulaciones Especiales del Contrato de Préstamo BID 3610/OC-CO "Programa de Agua,
Que con la finalidad de dar cumplimiento a la cláusula 2.06 y 2.07 Capítulo II de las Estipulaciones Especiales del Contrato de Préstamo BID 3610/OC-CO "Programa de Agua, Saneamiento Básico y Electrificación para el Pacífico Colombiano como parte del "Plan todos somos PAZcífico"", mediante Resolución 0915 del 14 de agosto de 2017 se incorporó al FTSP el presupuesto para el cumplimiento de las obligaciones contractuales derivadas del Contrato de Préstamo BID 3610/OC-CO (comisión e intereses). Que el 14 de agosto de 2017, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público realizó la transferencia al Fondo para el Desarrollo del Plan Todos Somos PAZcífico-FTSP de los recursos solicitados por Fíduprevisora S.A., para el pago de comisión e intereses del Contrato de Préstamo BID 3610/OC-CO. Que Fiduprevisora S.A., el 16 de enero de 2018 realizó la solicitud al Ministerio de Hacienda y Crédito Público de la transferencia de recursos para el pago de comisión e intereses del Contrato de Préstamo BID 3610/OC-CO. Que mediante Resolución 105 del 29 de enero del 2018 se incorporó al FTSP el presupuesto para el cumplimiento de las obligaciones contractuales derivadas del Contrato de Préstamo BID 3610/0C-CO, y para la devolución al Ministerio de Hacienda y Crédito Público -DTNde los recursos no utilizados en el pago de los compromisos contractuales con el BID (comisión e intereses). Que el 14 de febrero de 2018, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público realizó la
recursos no utilizados en el pago de los compromisos contractuales con el BID (comisión e intereses). Que el 14 de febrero de 2018, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público realizó la transferencia al Fondo para el Desarrollo del Plan Todos Somos PAZcífico-FTSP de los recursos solicitados por Fiduprevisora S.A., para el pago de comisión e intereses del Contrato de Préstamo BID 3610/OC-CO. Que mediante Resolución 602 del 31 de mayo del 2018 se traslada el presupuesto para la devolución al Ministerio de Hacienda y Crédito Público -DTNde los recursos no utilizados en el pago de los compromisos contractuales con el BID (comisión e intereses). Que Fiduprevisora S.A., el 16 de julio de 2018 realizó la solicitud al Ministerio de Hacienda y Crédito Público de la transferencia de recursos para el pago de comisión e intereses del Contrato de Préstamo BID 3610/0C-CO. Que mediante Resolución 870 del 2 de agosto de 2018 se incorporó al FTSP el presupuesto para el cumplimiento de las obligaciones contractuales derivadas del Contrato de Préstamo BID 3610/OC-CO (comisión e intereses). Que el 1 O de agosto de 2018, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público realizó la transferencia al Fondo para el Desarrollo del Plan Todos Somos PAZcífico-FTSP de los recursos solicitados por Fiduprevisora S.A., para el pago de comisión e intereses del Contrato de Préstamo BID 3610/0C-CO.2 B NOV 2023 Página 4 de 9 Continuación de la Resolución "Por medio de la cual se modifica el presupuesto para el cumplimiento de las
de Préstamo BID 3610/0C-CO.2 B NOV 2023 Página 4 de 9 Continuación de la Resolución "Por medio de la cual se modifica el presupuesto para el cumplimiento de las obligaciones contractuales derivadas del contrato de Préstamo BIRF 8649-CO y BIRF 8798-CO del Fondo para el __ Desarrollo del Plan Todos Somos PAZcffico -FTSP" _______________________________________________ _ Que mediante Resolución 946 del 31 de agosto del 2018 se traslada el presupuesto para la devolución al Ministerio de Hacienda y Crédito Público -DTNde los recursos no utilizados en el pago de los compromisos contractuales con el BID (comisión e intereses). Que Fiduprevisora S.A., el 18 de enero de 2019 realizó la solicitud al Ministerio de Hacienda y Crédito Público de la transferencia de recursos para el pago de comisión e intereses del Contrato de Préstamo BID 3610/0C-CO. Que mediante Resolución 109 del 6 de febrero de 2019 se incorporó al FTSP el presupuesto para el cumplimiento de las obligaciones contractuales derivadas del Contrato de Préstamo BID 3610/OC-CO (comisión e intereses). Que el 14 de febrero de 2019, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público realizó la transferencia al Fondo para el Desarrollo del Plan Todos Somos PAZcífico-FTSP de los recursos solicitados por Fiduprevisora S.A., para el pago de comisión e intereses del Contrato de Préstamo BID 3610/OC-CO. Que mediante Resolución 201 del 27 de febrero del 2019 se traslada el presupuesto para la devolución al Ministerio de Hacienda y Crédito Público -DTNde los recursos no utilizados en el
de Préstamo BID 3610/OC-CO. Que mediante Resolución 201 del 27 de febrero del 2019 se traslada el presupuesto para la devolución al Ministerio de Hacienda y Crédito Público -DTNde los recursos no utilizados en el pago de los compromisos contractuales con el BID (comisión e intereses). Que Fiduprevisora S.A., el 15 de julio de 2019 realizó la solicitud al Ministerio de Hacienda y
Crédito Público de la transferencia de recursos para el pago de comisión e intereses del Contrato de Préstamo BID 3610/OC-CO. Que mediante Resolución 073 del 30 de enero del 2020 se incorporó al FTSP el presupuesto para el cumplimiento de las obligaciones contractuales derivadas del Contrato de Préstamo BID 3610/OC-CO, y para la devolución al Ministerio de Hacienda y Crédito Público -DTNlos recursos no utilizados en el pago de los compromisos contractuales con el BID (comisión e intereses).RESOLUCIÓN NoNº 1 2 1 5 De 2 8 NOV 202fi Página 5 de 9 Continuación de la Resolución "Por medio de la cual se modifica el presupuesto para el cumplimiento de las obligaciones contractuales derivadas del contrato de Préstamo BIRF 8649-CO y BIRF 8798-CO del Fondo para el __ Desarrollo del Plan Todos Somos PAZcffico -FTSP" _______________________________________________ _ Que el 7 de febrero de 2020, el Director General de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres-UNGRD, suscribió Resolución Nº108 de 2020 "Por la cual se delegan unas funciones en materia contractual, de ordenación del gasto y se adoptan otras medidas de orden administrativo del Fondo para el Desarrollo del Plan Todos Somos PAZcífico", al Secretario General y al Subdirector General de la UNGRD, derogando las Resoluciones Nº237 de 2017 y Resolución Nº0349 del 05 de abril de 2017. Que el 14 de febrero de 2020, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público realizó la transferencia al Fondo para el Desarrollo del Plan Todos Somos PAZcífico-FTSP de los
Que el 14 de febrero de 2020, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público realizó la transferencia al Fondo para el Desarrollo del Plan Todos Somos PAZcífico-FTSP de los recursos solicitados por Fiduprevisora S.A., para el pago de comisión e intereses del Contrato de Préstamo BID 3610/OC-CO. Que mediante Resolución 0213 del 13 de marzo del 2020 se traslada el presupuesto para la devolución al Ministerio de Hacienda y Crédito Público -DTNde los recursos no utilizados en el pago de los compromisos contractuales con el BID (comisión e intereses). Que Fiduprevisora S.A., el 9 de julio de 2020 realizó la solicitud al Ministerio de Hacienda y Crédito Público de la transferencia de recursos para el pago de comisión e intereses del Contrato de Préstamo BID 3610/OC-CO. Que mediante Resolución 0415 del 17 de julio de 2020 se incorporó al FTSP el presupuesto para el cumplimiento de las obligaciones contractuales derivadas del Contrato de Préstamo BID 3610/OC-CO (comisión e intereses). Que el 14 de agosto de 2020, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público realizó la transferencia al Fondo para el Desarrollo del Plan Todos Somos PAZcífico-FTSP de los recursos solicitados por Fiduprevisora S.A. para el pago de comisión e intereses del Contrato de Préstamo BID 3610/OC-CO. Que mediante Resolución 0530 del 9 de septiembre del 2020 se traslada el presupuesto para la devolución al Ministerio de Hacienda y Crédito Público -DTNde los recursos no utilizados en el
Préstamo BID 3610/OC-CO. Que mediante Resolución 0530 del 9 de septiembre del 2020 se traslada el presupuesto para la devolución al Ministerio de Hacienda y Crédito Público -DTNde los recursos no utilizados en el pago de los compromisos contractuales con el BID (comisión e intereses). Que Fiduprevisora S.A., el 12 de enero de 2021 realizó la solicitud al Ministerio de Hacienda y Crédito Público de la transferencia de recursos para el pago de comisión e intereses del Contrato de Préstamo BID 3610/OC-CO. Que mediante Resolución 060 del 27 de enero de 2021 se incorporó al FTSP el presupuesto para el cumplimiento de las obligaciones contractuales derivadas del Contrato de Préstamo BID 3610/OC-CO (comisión e intereses). Que el 12 de febrero de 2021, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público realizó la transferencia al Fondo para el Desarrollo del Plan Todos Somos PAZcifico-FTSP de los recursos solicitados por Fiduprevisora S.A. para el pago de comisión e intereses del Contrato de
Préstamo BID 361 0/OC-CO.RESOLUCIÓN No.
Nº 1 2 1 &e 2 8 NOV 2023 Página 6 de 9 Continuación de la Resolución "Por medio de la cual se modifica el presupuesto para el cumplimiento de las obligaciones contractuales derivadas del contrato de Préstamo BIRF 8649-CO y BIRF 8798-CO del Fondo para el __ Desarrollo del Plan_ Todos Somos PAZclfico -FTSP" __________ _____________ __________ ________ ____ __ _ Que mediante Resolución 0134 del 226 de febrero del 2021 se traslada el presupuesto para la
__ Desarrollo del Plan_ Todos Somos PAZclfico -FTSP" __________ _____________ __________ ________ ____ __ _ Que mediante Resolución 0134 del 226 de febrero del 2021 se traslada el presupuesto para la devolución al Ministerio de Hacienda y Crédito Público -DTNde los recursos no utilizados en el pago de los compromisos contractuales con el BID (comisión e intereses). Que Fiduprevisora S.A., el 19 de julio de 2021 realizó la solicitud al Ministerio de Hacienda y Crédito Público de la transferencia de recursos para el pago de comisión e intereses del Contrato de Préstamo BID 3610/OC-CO. Que mediante Resolución 0582 del 4 de agosto de 2021 se incorporó al FTSP el presupuesto para el cumplimiento de las obligaciones contractuales derivadas del Contrato de Préstamo BID 3610/OC-CO (comisión e intereses). Que el 17 de agosto de 2021, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público realizó la transferencia al Fondo para el Desarrollo del Plan Todos Somos PAZcífico-FTSP de los recursos solicitados por Fiduprevisora S.A. para el pago de comisión e intereses del Contrato de Préstamo BID 3610/OC-CO. Que mediante Resolución 0757 del 14 de septiembre del 2021 se traslada el presupuesto para la devolución al Ministerio de Hacienda y Crédito Público -DTNde los recursos no utilizados en el pago de los compromisos contractuales con el BID (comisión e intereses). Que Fiduprevisora S.A., el 13 de enero de 2022 realizó la solicitud al Ministerio de Hacienda y Crédito Público de la transferencia de recursos para el pago de comisión e intereses del
Que Fiduprevisora S.A., el 13 de enero de 2022 realizó la solicitud al Ministerio de Hacienda y Crédito Público de la transferencia de recursos para el pago de comisión e intereses del Contrato de Préstamo BID 3610/OC-CO. Que el 21 de enero de 2022, el Director General de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres-UNGRD, suscribió Resolución N°042 de 2022 "Por medio de la cual se delegan unas funciones en materia contractual, ordenación del gasto y se adoptan otras medidas de orden administrativo del Fondo para el Desarrollo del Plan Todos Somos PAZcífico", al Secretario General y al Subdirector General la UNGRD, derogando la Resolución Nº 108 de 2020. Que mediante Resolución 079 del 27 de enero de 2022 se incorporó al FTSP el presupuesto para el cumplimiento de las obligaciones contractuales derivadas del Contrato de Préstamo BID 3610/OC-CO (comisión e intereses). Que el 8 de febrero de 2022, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público realizó la transferencia al Fondo para el Desarrollo del Plan Todos Somos PAZcífico-FTSP de los recursos solicitados por Fiduprevisora S.A. para el pago de comisión e intereses del Contrato de Préstamo BID 3610/0C-CO. Que mediante Resolución 0188 del 8 de marzo del 2022 se traslada el presupuesto para la devolución al Ministerio de Hacienda y Crédito Público -DTNde los recursos no utilizados en el pago de los compromisos contractuales con el BID (comisión e intereses).RESOLUCIÓN No. Página 7 de 9 2 8 NOV 2023
devolución al Ministerio de Hacienda y Crédito Público -DTNde los recursos no utilizados en el pago de los compromisos contractuales con el BID (comisión e intereses).RESOLUCIÓN No. Página 7 de 9 2 8 NOV 2023 Continuación de la Resolución "Por medio de la cual se modifica el presupuesto para el cumplimiento de las obligaciones contractuales derivadas del contrato de Préstamo BIRF 8649-CO y BIRF 8798-CO del Fondo para el __ Desarrollo del Plan Todos Somos PAZcífico -FTSP" _____________________________________ __________ _ Que Fiduprevisora S.A., el 15 de julio de 2022 realizó la solicitud al Ministerio de Hacienda y Crédito Público de la transferencia de recursos para el pago de comisión e intereses del Contrato de Préstamo BID 3610/OC-CO. Que mediante Resolución 0688 del 19 de julio de 2022 se incorporó al FTSP el presupuesto para el cumplimiento de las obligaciones contractuales derivadas del Contrato de Préstamo BID 3610/OC-CO (comisión e intereses). Que el 3 de agosto de 2022, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público realizó la transferencia al Fondo para el Desarrollo del Plan Todos Somos PAZcífico-FTSP de los recursos solicitados por Fiduprevisora S.A. para el pago de comisión e intereses del Contrato de Préstamo BID 3610/0C-CO. Que el 20 de diciembre de 2022, el Director General de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres-UNGRD, suscribió Resolución Nº1225 de 2022 "Por medio de la cual se delegan unas funciones en materia contractual, ordenación del gasto y se adoptan otras
Riesgo de Desastres-UNGRD, suscribió Resolución Nº1225 de 2022 "Por medio de la cual se delegan unas funciones en materia contractual, ordenación del gasto y se adoptan otras medidas de orden administrativo del Fondo para el Desarrollo del Plan Todos Somos PAZcífico", a la Secretaria General y al Subdirector General la UNGRD, derogando la Resolución Nº042 de 2021. Que mediante Resolución 0851 del 22 de agosto del 2022 se traslada el presupuesto para la devolución al Ministerio de Hacienda y Crédito Público -DTNde los recursos no utilizados en el pago de los compromisos contractuales con el BID (comisión e intereses). Que Fiduprevisora S.A., el 16 de enero de 2023 realizó la solicitud al Ministerio de Hacienda y Crédito Público de la transferencia de recursos para el pago de comisión e intereses del Contrato de Préstamo BID 3610/0C-CO. Que mediante Resolución 032 del 17 de enero de 2023 se incorporó al FTSP el presupuesto para el cumplimiento de las obligaciones contractuales derivadas del Contrato de Préstamo BID 3610/0C-CO (comisión e intereses). Que el 7 de febrero de 2023, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público realizó la transferencia al Fondo para el Desarrollo del Plan Todos Somos PAZcífico-FTSP de los recursos solicitados por Fiduprevisora S.A. para el pago de comisión e intereses del Contrato de Préstamo BID 3610/0C-CO. Que mediante Resolución 0197 del 24 de febrero del 2023 se traslada el presupuesto para la devolución al Ministerio de Hacienda y Crédito Público -DTNde los recursos no utilizados en el
3610/0C-CO. Que mediante Resolución 0197 del 24 de febrero del 2023 se traslada el presupuesto para la devolución al Ministerio de Hacienda y Crédito Público -DTNde los recursos no utilizados en el pago de los compromisos contractuales con el BID (comisión e intereses). Que mediante Resolución 0751 del 11 de agosto del 2023 se incorporó al FTSP el presupuesto para el cumplimiento de las obligaciones contractuales derivadas del Contrato de Préstamo BID 3610/OC-CO (Capital, comisión e intereses). Que el 15 de agosto de 2023, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público realizó la transferencia al Fondo para el Desarrollo del Plan Todos Somos PAZcífico-FTSP de losRESOLUCIÓN NoN O "i L 1 5 De 2 8 NOV 2023 Página 8 de 9 Continuación de la Resolución "Por medio de la cual se modifica el presupuesto para el cumplimiento de las obligaciones contractuales derivadas del contrato de Préstamo BIRF 8649-CO y BIRF 8798-CO del Fondo para el __ Desarrollo del Plan Todos Somos PAZcffico -FTSP" __________ ___ ___________ _______________ ___ _____ _ recursos solicitados por Fiduprevisora S.A. para el pago de capital, comisión e intereses del Contrato de Préstamo BID 3610/0C-CO. Que mediante Resolución 1049 del 27 de octubre del 2023 se incorporó al FTSP el presupuesto para el cumplimiento de las obligaciones contractuales derivadas del Contrato de Préstamo BIRF 8649-CO y BIRF 8798-CO (Capital, comisión e intereses). Que mediante Resolución 0844 del 12 de septiembre del 2023 se traslada el presupuesto para
BIRF 8649-CO y BIRF 8798-CO (Capital, comisión e intereses). Que mediante Resolución 0844 del 12 de septiembre del 2023 se traslada el presupuesto para la devolución al Ministerio de Hacienda y Crédito Público -DTNde los recursos no utilizados en el pago de los compromisos contractuales con el BID en el marco del Préstamo BID 3610/OC CO (capital, comisión e intereses). Que el 1 O de noviembre de 2023, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público realizó la transferencia al Fondo para el Desarrollo del Plan Todos Somos PAZcífico-FTSP de los recursos solicitados por Fiduprevisora S.A. para el pago de capital, comisión e intereses del Contrato de Préstamo BIRF 8649-CO y BIRF 8798-CO. Que una vez cumplido con el pago de las obligaciones contractuales (Capital, comIsIon e intereses) en el marco del Préstamo BIRF 8649-CO y BIRF 8798-CO, es necesario reintegrar al Ministerio de Hacienda y Crédito Público -DTNlos recursos no utilizados en el pago de dicho compromiso contractual. Que, en mérito de lo anteriormente expuesto, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO: Trasladar dentro del Subfideicomiso 57833004 "Obligaciones FTSP" el presupuesto para la devolución al Ministerio de Hacienda y Crédito Público-DTN-, de los recursos no utilizados en el cumplimiento de las obligaciones contractuales derivadas del Contrato de BIRF 8649-CO, el cual se detalla a continuación:
presupuesto para la devolución al Ministerio de Hacienda y Crédito Público-DTN-, de los recursos no utilizados en el cumplimiento de las obligaciones contractuales derivadas del Contrato de BIRF 8649-CO, el cual se detalla a continuación: Subfldelcomlso Código Fondo Proyecto Programa Valores$ Código Descripción Código Descripción Código Descripción Códi20 Descripción 4221 Capital - Empréstito BIRF $ (1.432.378.022,09) Contratos Empréstito -42 de 422 4225 Comisión - Empréstito BIRF $ (62.409.288,21) Empréstito BIRF 4222 Intereses -Empréstito BIRF $ (325.420. 359, 12) 57833004 Obligaciones Devolución DTN Capital FTSP 4324 $ 1.432.378.022,09 Reintegros DEVOLUCION Emoréstito BIRF 43 Tesoro 432 DTN 4321 Devolución DTN comisión- $ 62.409.288,21 Nacional Empréstito - Empréstito BIRF BIRF Devolución DTN Intereses4322 Emoréstito BIRF $ 325.420.359, 12RESOLUCIÓN No. Rº 1 2 1 5 De 2 8 NOV 2u23 Página 9 de 9 Continuación de la Resolución "Por medio de la cual se modifica el presupuesto para el cumplimiento de las oblígaciones contractuales derivadas del contrato de Préstamo BIRF 8649-CO y BIRF 8798-CO del Fondo para el __ Desarrollo del Plan_Todos Somos PAZcffico -FTSP" _______________________________________________ _
oblígaciones contractuales derivadas del contrato de Préstamo BIRF 8649-CO y BIRF 8798-CO del Fondo para el __ Desarrollo del Plan_Todos Somos PAZcffico -FTSP" _______________________________________________ _ ARTÍCULO SEGUNDO: Trasladar dentro del Subfideic omiso 57833004 "Obligaciones FTSP" el presupuesto para la devolución al Ministerio de Hacienda y Crédito Público-DTN-, de los recursos no utilizados en el cumplimiento de las obligaciones contractuales derivadas del Contrato de BIRF 8798-CO, el cual se detalla a continuación: Subfideicomiso Código Fondo Proyecto Programa Valores$ Código Descripción Código Descripción Código Descripción Código Descripción 4231 Capital -Empréstito BIRFc s (421.319.154,29) Contratos Empréstito 42 de 423 BIRF 4233 Comisión -Empréstito BIRFc s (21.574.774,89) Empréstito Conectividad 4232 Intereses - Empréstito BIRFc s (80,590.019, 74) Obligaciones 57833004 FTSP Devolución DTN Capital -4344 $ 421.319.154,29 Reintegros DEVOLUCION Empréstito BIRFc DTN Devolución DTN comisión-43 Tesoro 434 Empréstito 4341 $ 21.574. 774,89 Nacional Empréstito BIRFc BIRF Conect Devolución DTN Intereses -4342 Empréstito BIRFc s 80.590.019, 74
ARTÍCULO TERCERO: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE, COMUNÍ QUESE Y CÚMP LASE
Dado en Bogotá D.C., a los 2B NO#..JJ
ARTÍCULO TERCERO: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE, COMUNÍ QUESE Y CÚMP LASE
Dado en Bogotá D.C., a los 2B NO#..JJ Ana María Castaño Álvarez Secretaria General Ordenadora del Gasto FTSP Res.1225 del 20 de diciembre de 2022 y Res.0477 del 19 de mayo de 2023, Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres Proyectó: Tatiana Junco Ramírez. - Profesional de Apoyo Financiero - FTSP fi Aprobó: Johnny Alexander López Martín. - Director Ejecutivo - Coordinfi"'or General FTSI '11 fi4, Vo. Bo.: Mónica Rodríguez. - Contratista Secretaria General - UNGRD \L-