UNGRD - Resolución 1241 de 03 de diciembre de 2024
UNGRD - Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres
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Detalles
- Título
- UNGRD - Resolución 1241 de 03 de diciembre de 2024
- Autor
- UNGRD - Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Desastres Naturales
- Año
- 2024
REPÚBLICA DE COLOMBIA UNIDAD NACIONAL PARA LA GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES RESOLUCIÓN No. r 12 4 1 ( O 3 DIC 2024l "Por la cual se modifica la resolución 1007 del 25 de octubre de 2024" EL DIRECTOR GENERAL DE LA UNIDAD NACIONAL PARA LA GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES En uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por los artículos 209 y 211 de la Constitución Política, los artículos 12 y 25 de la Ley 80 de 1993, el artículo 37 del Decreto 2150 de 1995, el artículo 11 O del Decreto 111 de 1996, los artículos 9, 1 O, 11 y 12 de la Ley 489 de 1998, el artículo 11 del Decreto ley 4147 de 2011, Ley 1150 de 2007, el artículo 48 de la Ley 1523 de 2012, y CONSIDERANDO Que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 209 de la Constitución Política, la función administrativa debe estar al servicio de los intereses generales y desarrollarse con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentració n de funciones. Que de acuerdo con lo previsto en el artículo 211 de la Carta Superior, corresponde a la Ley fijar las condiciones para que las autoridades administrativas puedan delegar funciones en sus subalternos o en otras autoridades. Que el artículo 12 de la Ley 80 de 1993 dispuso que: "/os jefes y los representantes legales de las entidades estatales podrán delegar total o parcialmente la competencia para celebrar
sus subalternos o en otras autoridades. Que el artículo 12 de la Ley 80 de 1993 dispuso que: "/os jefes y los representantes legales de las entidades estatales podrán delegar total o parcialmente la competencia para celebrar contratos y desconcentrar la realización de licitaciones en los servidores públicos que desempeñen cargos del nivel directivo o ejecutivo o en sus equivalentes". Que el artículo 11 O del Decreto 111 de 1996, faculta al jefe de la respectiva entidad para delegar la ordenación del gasto en funcionarios del nivel directivo, la cual será ejercida teniendo en cuenta las normas consagradas en el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública y disposiciones legales vigentes en virtud de la autonomía presupuesta! a que se refiere la Constitución Política y la Ley. Que el artículo 9 de la Ley 489 de 1998 establece que las autoridades administrativas, podrán, mediante acto administrativo, delegar el ejercicio de funciones para la atención y decisión de los asuntos a ellos confiados por la Ley, en los empleados públicos de los niveles directivo y asesor, con el propósito de dar desarrollo a los principios de la función administrativa enunciados en el artículo 209 de la Constitución Política. Que de acuerdo con el artículo 12 de la Ley 489 de 1998, la delegación puede ser de carácter temporal, en cuyo caso cesa al cumplirse o desaparecer su hecho causante, o permanente, caso en el cual la autoridad delegante puede retomar las funciones delegadas en el momento que lo considere.Kº 1241 RESOLUCIÓN No. De O 3 DIC 2024 Página 2 de 2 Continuación de la Resolución "Por la cual se modifica la resolución 1007 del 25 de Octubre de 2024"
que lo considere.Kº 1241 RESOLUCIÓN No. De O 3 DIC 2024 Página 2 de 2 Continuación de la Resolución "Por la cual se modifica la resolución 1007 del 25 de Octubre de 2024" Que mediante el Decreto Ley 414 7 de 2011 se creó la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres - UNGRD como una Unidad Administrativa Especial, con personería jurídica, autonomía administrativa y financiera, patrimonio propio, del nivel descentralizado, de la Rama Ejficutiva, del orden nacional, adscrita al Departamento Administrativo de la Presidencia de la República. Que el numeral 3 del artículo 11 del Decreto Ley 4147 de 2011 dispuso que es función del Director de la Unidad ejercer la ordenación del gasto de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres y del Fondo Nacional de Calamidades o del que haga sus veces. Que mediante la Resolución 1007 del 25 de octubre 2024 de la UNGRD el Director General de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres delegó sin límite de cuantía la ordenación del gasto de la UNGRD, el FNGRD -con sus respectivas subcuentasy Fonbuenaventura entre el Secretario General y el Subdirector General. Que el artículo 5 de la Resolución 1007 de 2024 dispuso un régimen de transición para los trámites de contratación que se encontraban en curso, consistente en mantener el régimen de la Resolución 353 del 17 de abñl de 2024 para aquellos trámites que se tuvieran certificado de disponibilidad expedido bajo este último acto administrativo. Que a la fecha ya transcurrió el tiempo necesario para dar aplicación al régimen de transición
de la Resolución 353 del 17 de abñl de 2024 para aquellos trámites que se tuvieran certificado de disponibilidad expedido bajo este último acto administrativo. Que a la fecha ya transcurrió el tiempo necesario para dar aplicación al régimen de transición dispuesto en el artículo 5 de la Resolución 1007 de 2024, por lo que se encuentra superado el supuesto factico, que hacia necesaria dicha transición. Que, en mérito de lo expuesto, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. Deróguese el artículo quinto de la Resolución 1007 del 25 de octubre de 2024. ARTÍCULO SEGUNDO. VIGENCIA. La presente Resolución rige a partir de su fecha de expedición.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
O 3 DIC 2024 Dado en Bogotá D.C., a los _días del s de diciernb de 2024. "_.---t;-•C... . oí CARLOS ALBER O CARRILL RENAS P" Director General Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres
Proyectó: Camio Tones I A ! or OAfi Revisó: Míchael Oyue/a / 9:sor s7-Gfi ,,
Andtés Esquive/ ntralista Sfi Jai11B Bautista / esor DG Apn,bó Jorge Maldoriado l Jete Rafael CnJz / Subdirector Ls:ndas Nsm, /St/!Cltúrlo