UNGRD - Resolución 834 de 18 de septiembre de 2026

UNGRD - Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres

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Detalles

Título
UNGRD - Resolución 834 de 18 de septiembre de 2026
Autor
UNGRD - Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Desastres Naturales
Año
2026

.? t UNIDAD NAcIoNAL pffiA M OESTIÓH DEL RIESGO DE DESASTRES Resorucrólf 0 n3 /+ I e §tP eO?o 'poR MEDto DE LA cuAL sE PRaRRaGA ettáamnto DE EJEcuctÓN oe tos REcuRsos EsrABLEctDo EN LA REsoLuctótt No.0100 DEL 09 DE FEBRERo DE 2026, PoR MEDII DE LA CUAL SE ORDENA UNA TRANSFERENCIA ECO¡IÓ¡UrcE DtREcrA HActA EL FoNDo DE tvvERsló¡,t corccnvA DE ALTA L¡QUIDEZ -FlcNo. oo1oo1os6647 ABIERTo qARA EL MUNtctPto De suple, EN EL DEPARTAMENTo DE CALDAS, COMO APOYO SUBSIDIARIO Y COMPLEMENTARIO, PARA REALIZAR LA e,lecuctóN DE AcctovEs DE REDucctóx oru R EsGo DE DEsAsrREs IMqLEMENTADAS EN EL MARco DE LA RESPUESTA Y LA REcuPeaacñx e tn sruecñ¡,t DE cALAMtDAo púauce DEoLARADA MEDIANTE EL DEoRETo tvo. 036

DE 16 DE MAYO DE 2025, PRORROCADA MEDIANTE DECRETO NO, 106 DEL 12 DE

NOVIEMBRE DE 2025".

EL DtREcroR aENERAL DE LA UNIDAD NActoNAL PARA LA oeszóru DEt R EsGo DE DESASIRES, EA' SU CALIDAD DE ORDENADOR DEL GASTO DEL FONDO NAC'ONAL

oe eesnóN DEt RrEsGo DE DEsAsrREs -FrvGRD-. En ejercicio de sus facultades constitucionales, legales y reglamentarias, en especial las conferidas por el numeral 13 delartículo 189 de la Constitución Política, los artículos 1, 2, 3, 18, 47 ,56, 57, 58, 65 y B0 de la Ley 1523 de 2012, el artfculo 1 1 del Decreto Ley 4147 de2011, el Decreto 1289 de 2018 que modificó el Decreto 1081 de 2015y la Resolución 320 de 2016, modificada por la Resolución 1210 de 2016, el Decreto 1170 del 11 de agosto de 2026, y demás disposiciones concordantes. REPUBLICA DE COLOMBIA CONS¡DERANDO Que, mediante el Decreto No. 036 de 16 de mayo de 2025, el Municipio de SupfaDepartamento de Caldas declaró la existencia de la situación de calamidad pública por el término de seis (6) meses, plazo que fue prorrogado por el término de la seis (6) meses adicionales, hasta eldía dieciséis (16) de mayo de 2026, mediante el Decreto No. 106 del 12 de noviembre de 2025. Que, atendiendo la solicitud presentada por el Municipio de Supía, departamento de Caldas, la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres -UNGRDexpidió la Resolución No. 0100 del 09 de febrero de 2026 "POR MEDIO DE LA CUAL SE ORDENA

UNA TRANSFERENC/A ECONÓMICA DIRECTA HACIA EL FONDO DE /NYERS/ÓN

COLECTIVA DE ALTA LIQUIDEZ _ FIC - NO. 001001056647, ABIERTO PARA EL

MUNICIPIO SUPIA EN EL DEPARTAMENTO DE CALDAS, COMO APOYO SUES/D/ARIO Y COMPLEMENTARIO ATENDIENDO A LA SOLICITUD REALIZADA POR EL MUNICIPIO, EN VIRTUD DE LA DECLARATORIA DE CALAMIDAD PÚBLICA EXPEDIDA MEDIANTE N" 036 DEL 16 DE MAYO DE 2025 PRORROGADA (RESoLUc,óNlp 0 I 3 4 o" 1 I sEP 2926 Página 2 de 7 Continuación de la Resolución "poR MEDto DE LA cuAL sE pRoRRoGÁ EL TÉRMtNo DE EJECU2\óN DE Los REcuRsos EsrABLEctDo EN LA REsoLUctó¡t No. otoo oeL 09 DE FEBRER? DE 2026, poR MEDto DE LA cuAL sE oRDENA UNA TRANSFEREN9IA EcoNóMtcA DtREcrA HActA EL FoNDo DE lNvERs/óN coLEcflvA DE ALTA LIQUIDEZ -FIC. NO, OO1OO1056647 ABIERTO PARA EL MIJNICIPIO DE SUPIA, EN EL DEPARTAMENTO DE CALDAS, coMo Apoyo suBs,D/ARro y coMpLEMENTARto, zARA REALIZAR LA EJEcuctóN DE AcctoNES DE REDUcctóN oEt R/ESGo DE DESASTRES IMqLEMENTADAS EN EL MARco DE LA REspuESrA y LA REcupERActóN A LA

struActóN DE 1ALAM\DAD púBLtcA DE3LARADA EL DECRETO No. 036 DE 16 DE MAYO DE 2025,

PRORROGADA MEDTANTE DECRETO No. 106 DEL 1 DE 2025'.

MEDIANTE DECRETO No. 106 DEL 12 DE NOVIE/'IBRE DE 2025, PARA REALIZAR LA EJECUCIÓN DE ACCIONES REDUCCIÓN DEL R/ESGO DE DESASIRES EN EL MARCO DE LA RESPUESIA Y RECTJPERACIÓN", por valor de DOS MIL CIEN MILLONES DE PESOS M/CTE ($2.100.000.000.oo), para ser administrados por el Municipio de Supía. Dichos recursos fueron amparados con el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 25-0291 del 10 de noviembre de 2025. Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 5 de la Resolución No.0100 de 09 de febrero de2026,"el municipio de SupÍa deberá ejecutar /os recursos en un término no mayor a seis (6) meses contados a pañir del desembolso de /os misrnos". En consecuencia, el plazo inicialmente otorgado para la legalización y ejecución de los recursos transferidos mediante el acto administrativo en cuestión termina el 23 de septiembre de 2026. Que, de acuerdo con el señalado en el lnforme expedido por la entidad interventora el21 de julio de 2026 y con los soportes que hacen parte integral del presente acto administrativo, durante el periodo de vigencia de la Resolución No.0100 de 09 de febrero

de 2026, el Municipio de Supía ha adelantado de manera continua todas las actuaciones requeridas para garantizar la correcta ejecución del proyecto, de conformidad con los lineamientos técnicos y administrativos aplicables. Que a la fecha de la expedición de la presente Resolución no se ha realizado ningún desembolso con cargo al Fondo de lnversión Colectiva de Alta Liquidez -FlCNo. 001001056647, de conformidad con el extracto y el comprobante de egresos expedidos por la Fiduprevisora S.A. que se adjunta al presente acto administrativo. Que, el Coordinador Municipalde Gestión del Riesgo presentó a consideración del Comité Técnico Administrativo (CTA) del Fondo de lnversión Colectiva de Alta Liquidez -FlCNo. 001001056647 del Proyecto de Soluciones basadas en la naturaleza (SbN)la solicitud de prórroga de la Resolución No. 0100 del 09 de febrero de 2026, con fundamento en las circunstancias de carácter administrativo, técnico y operativo que han afectado la ejecución del cronograma de actividades inicialmente previsto y han impedido el desarrollo tempestivo de las acciones contractuales, conforme se encuentra establecido en el lnforme Ejecutivo de Gestión No. 1, correspondiente al periodo transcurrido entre el 21 de mayo hasta el 30 de junio de 2026, elaborado por la Secretaría de Planeación, Obras Públicas y Desarrollo Económico que se adjunta al presente acto administrativo. Que, de conformidad con el Acta N' 6 del Comité Técnico Administrativo de 24 de julio del

2026, el reajuste de la programación inicialmente establecida, que sustenta la solicitud de ampliación del término para la ejecución de los recursos transferidos mediante la Resolución 0100 del 9 de febrero de 2026, obedece, entre otros aspectos, al desarrollo del proceso de formulación y aprobación del Plan de lnversión del Fondo de lnversión Colectiva; a la realización de las actuaciones administrativas requeridas por Fiduprevisora S.A. para la habilitación de los recursos respectivos; y al inicio de la ejecución física de los contratos de obra e interventorla celebrados en ejecución de los recursos transferidos mediante la Resolución 0100 de 09 de febrero de 2026 el21 de mayo de 2026.RES.LU.,óN -f 0 B 3 6",1,#dEP 2026 Página 3 de 7 Continuación de Ia ResoluciÓn ,PoR MEDIO DE LA CUAL SE PRORROGA ELTÉRMINO OE EJECUCIÓN DE LOS RECURsos ESTABLE?ID? E¡v LA REsotuctóu No. otoo DEL 09 DE FEBRER? DE 2026, PoR MEDto DE LA cuAL sE )RDENA uNA TRANSFERENctA EcoNóMlcA DtREcrA HActA EL FoNDo DE,NvERstóN coLEcrtvA DE ALTA LIOUIDEZ .FICNO, 001001056647 ABIERTO PARA EL MUNICIPIO DE SUPIA, EN EL DEPARTAMÉNTO DE CALDAS,

coMo Apoyo suBs/otanlo y coMpLEMENTARto, qARA REALIZAR LA EJEcuctóN DE AccloN5s DE REDucctóN OEL R/ESGO DE DESASTRES IMPLEMENTADAS EN EL MARCO DE ¿A RESPUESIA Y LA RECUPERACIÓN A U SITUACIÓN DE CALAMIDAO PUBLICA DECLARADA MEDIANTE EL DECRETO NO. 036 DE 16 DE MAYO DE 2025, PRORROGADA MEDIANTE DECRETO No. 106 DEL 12 DE NOVIEMBRE DE 2025'. Que, de conformidad con el informe de 20 de junio de 2026, emitido por la entidad interventora, el plazo de ejecución de los recursos transferidos mediante la Resolución No. 0100 del 09 de febrero de 2026 resulta "insuficiente para la ejecución integral del proyecto, teniendo en cuenta: El volumen total de actividades distribuidas en un área extensa y de diflcil acceso: más de 7.400 ml de obras lineales, 3.136 ha de revegetalización, instalación de filtros vivos, talleres comunitarios y mantenimienfos. . Las dificultades logísticas ya descrlfas (acceso, transporte de materiales, consecución de personal) que inevitablemente afectarán /os rendimientos previsfos en los APU. La necesidad de jornadas de socialización previas al inicio de obras en cada poligono, que consumen tiempo sin generar avance fisico medible. a a Los períodos de seguia o lluvia extrema propios de la zona que pueden paralizar actividades en campo. Los mantenimientos de plántulas, que requieren al menos dos ciclos después de la siembra y se extienden a lo largo de toda la eiecuciÓn".

Que mediante el "Concepto de viabilidad y recomendación para solicitar la prórroga de la vigencia de la Resolución No.0100 del 09 de febrero de 2026", de fecha 21 de julio de 2026, la entidad interventora conceptuó favorablemente sobre la ampliación del término de vigencia de la referida resolución en los siguientes términos: "la ampliación de la vigencia de la resolución resulta necesaria para asegurar la terminación satisfactoria del proyecto, permitiendo finalizar /as actividades constructivas, ambientales y socia/es prevlsfas, efectuar el cierre técnico y administrativo del contrato y garantizar que las obras cumplan las condiciones de calidad, estabilidad y funcionalidad requeridas para alcanzar los obietivos de reducción del riesgo de desastres en /a microcuenca de la quebrada Grande". Sobre el particular, la entidad interventora afirma que: '( .) en cumplimiento de /as obligaciones contractuales de interventoría, se ha realizado seguimiento permanente al desarrollo del proyecto mediante visifas técnicas de campo, revisión de informes, verificación del cumplimiento de /as especificaciones técnicas, control de la ejecución física y financiera de las obras, acompañamiento a /os comftés de seguimiento y evaluación continua del avance contractual. Como resultado de dicho proceso se evidencia que el proyecto presenta avances técnicos, administrativos y financieros verificables, encontrándose actualmente en etapa de ejecución y desarrollando /as actividades previsfas para el cumplimiento de su objeto (...)

aRES.LUC,óNf 0I3 { o" 1¡fP zoz6 Página 4 de 7 Continuación de la Resolución "poR MEDto oE LA cuAL sE pRoRRoGA EL rÉRMtNo DE EJEcuctóN DE Los REcuRsos ESTABLE3ID? EN LA REsoLUc tóN No. otoo DEL 09 DE FEBRER? DE 2026, poR MEDto DE LA cuAL sE oRDENA urvÁ TRANSFERENctA EcoNóMtcA DtREcrA HActA EL FoNDo DE /NyERs/óN coLEcflvA DE ALTA LIQUIDEZ -FIC. NO. 001001056647 ABIERTO PARA EL MUNICIPIO DE SUPIA, EN EL OEPARTAMENTO DE CALDAS, coMo Apoyo suas,DrARro y coMpLEMENTARto, qARA REALI¿AR u eLecuctóu DE AcctoNgs oE REDUcctóN DEt R,EsGo DE DEsAsrREs TMqLEMENTADAS EN EL MARco DE LA RESpuEsrA y LA REcupERActóN A LA SITUA'IÓN DE ,ALAMIDAD PUBLIoA DE3LARADA MEDIANTE EL DE'RETO No. 036 oE 16 DE MAYO DE 2025, PRORROGADA MEDIANTE DECRETO No. 106 DEL 12 DE NOVIEMBRE DE 2025'. Como producto del seguimiento realizado por esta interventoría, se evidencia que algunas circunstancias fécnrcas, operativas y administrativas propias de la naturaleza del proyecto han incidido en

el cronograma de ejecución, sin que ello obedezca a falta de planeación, negligencia o incumplimiento por parte del llunicipio de Supía, del contratista de obra o de esta interuentoría. Por el contrario, durante todo el desarrollo del proyecto se ha evidenciado una gestión permanente por pafte de la Administración Arlunicipal para garantizar la adecuada ejecución de /os recursos y el cumplimiento de /as obligaciones derivadas de la Resolución No. 0100 de 2026 En consecuencia, y con fundamento en el seguimiento técnico efectuado, esta interuentoria conceptúa que existe plena viabilidad técnica, administrativa, financiera y contractual para aprobar la prórroga de la vigencia de la Resolución No. 0100 del 09 de febrero de 2026 hasta el dÍa 31 de diciembre de 2026, toda vez que el proyecto se encuentra en ejecución, presenta avances comprobables y la ampliación del término permitirá culminar las actividades programadas, ejecutar integralmente /as obras contratadas, garantizar la adecuada inversión de los recursos públicos y cumplir el objeto para el cual fueron asignados los recursos por la Unidad Nacionalpara la Gestión delRiesgo de Desastres". Que, mediante comunicación SPODE-397-2026 del22 de julio de 2026, Héctor Mauricio Torres Alvarez, en calidad de Alcalde Municipal de Supía, departamento de Caldas, solicitó, de manera debidamente motivada, a la Subdirectora para la Reducción del Riesgo de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres -UNGRD-, la

prórroga deltérmino de ejecución establecido en la Resolución No.0100 del09 de febrero de 2026, por un término adicional de TRES (3) MESES Y OCHO (8) DIAS contados desde la vigencia inicialmente otorgada, esto es, hasta eltreinta y uno (31)de diciembre de 2026, con el propósito de garantizar la culminación integral del Proyecto financiado con recursos del Fondo de lnversión Colectiva de Alta Liquidez - FIC No. 001001056647. Que, la solicitud de prórroga del término de vigencia de la Resolución No. 0100 del 09 de febrero de 2026 para la ejecución y legalización de los recursos transferidos se fundamentó, entre otros aspectos, en los siguientes aspectos: "1. La necesidad de surtir las actuaciones administrativas previas para la habilitación de los recursos del Fondo de lnversión Colectiva (FIC), incluyendo la formulación, socialización y aprobación del Plan de lnversión, asl como los procedimientos establecidos por Fiduprevisora S.A. para la habilitación operativa del Fondo y la autorización de los mecan i smos de ejecu ción f i n a nciera.

2. El tiempo requerido para adelantar el proceso precontractual y el perteccionamiento de los contratos de obra e interventoría, incluida la.,t RES.LU.,óN-"[ 0 B3 L,g+-sIr zozo Página 5 de 7

Conlinuación de Ia ResoluciÓn ,,PoR MEDI) DE LA CUAL SE PRORROGA EL TÉ,RMINO DE EJECUCIÓN DE LOS

RECURSoS EsIAE¿Ec,Do EN LA RESoLUCIÓN No, OIOO DEL 09 DE FEBRERO DE 2026, POR MEDIO DE LA CUAL SE oRoENA uNA TRANsFERENctA EcoNóMlcA DtREcrA HActA EL FoNDo DE,NVERS,óN coLEcrlvA DE ALTA LIQUIDEZ -FICNO, 001001056647 ABIERTO PARA EL MIJNICIPIO DE SUPIA, EN EL DEPARTAMENTO OE CALDAS, coMo Apoyo suas,o/AR/o y coMpLEMENTARto, qARA REALI¿AR LA EJEcuctóN DE AcctoNEs DE REDUcclóN DEt RiESGO OE DESASTRES IMPLEMENTADAS EN EL MARCO DE tA RESPUESIA Y LA RECUPERACIÓN A LA sIfUAcIÓN DE )ALAMIDAD PÚBLICA DEoLARADA MEDIANTE EL DECRETO No. 036 DE 16 DE MAYO DE 2025, PRORROGADA MEDIANTE DECRETO No. 106 DEL 12 DE NOVIEMBRE DE 2025'. expedición de /as garantías contractuales, lo que permitiÓ suscripción de /as acfas de inicio únicamente el 21 de mayo de 2026. la

3. La ocurrencia de circunstancias fécnrcas, administrativas y operativas sobrevinientes durante la eiecución del proyecto, entre ellas las condiciones climáticas adversas, las restricciones de acceso al frente de obra, las dificultades para la consecución de mano de obra no calificada y, las cuales incidieron en el cronograma inicialmente previsto srn ser atribuibles al municipio, al contratista o a la

interuentoría". Que, mediante comunicación SPODE-429-2026 del 30 de julio de 2026, Héctor Mauricio Torres Alvarez, en calidad de Alcalde municipal de Supfa, departamento de Caldas, presentó alcance a la solicitud de prórroga del término de vigencia de la Resolución No. 0100 del 09 de febrero de 2026, mediante el cual complementó la información relacionada con el estado de ejecución física y financiera del Proyecto "Reducción del riesgo mediante la gestión ecosisfémlca y comunitaria en la microcuenca de la quebrada Grande, municipio de Supia, Caldas, en cumplimiento de la declaratoria de calamidad pública" y presentó una propuesta de reprogramación del cronograma de actividades del Proyecto en mención, inicialmente aprobado y avalado por la entidad interventora. Que, de conformidad con el parágrafo del artfculo 2.3.1.6.3.6 del Decreto 1289 de 2018y con el parágrafo 1 del artículo 4 de la Resolución No. 0100 del 9 de febrero de 2026, los plazos previstos para la ejecución y legalización de los recursos transferidos podrán ser prorrogados, previa solicitud debidamente justificada y aprobada por la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo -UNGRD-. Que, de conformidad con el "Concepto de viabilidad y recomendación para solicitar la prórroga de la vigencia de la Resolución No. 01 00 del 09 de febrero de 2026" , de fecha 21 de julio de 2026, el proyecto financiado con recursos del Fondo de lnversión ColectivaFICNo. 001001056647 se encuentra actualmente en ejecución y registra avances técnicos, administrativos, financieros, físicos y sociales verificables. Los recursos transferidos mediante la Resolución No. 0100 del 09 de febrero de 2026 se encuentran efectivamente comprometidos en la ejecución del Proyecto. Que la solicitud de prórroga de la Resolución No. 0100 de 2026 presentada por el Coordinador Municipal de Gestión del Riesgo ante el Comité Técnico Administrativo (CTA) del Fondo de lnversión Colectiva de Alta Liquidez -FlCNo. 001001056647 tue avalada por la totalidad de sus integrantes, "considerando que los argumentos técnicos, administrativos, operativos y juridicos expuesfos susfenfan suficientemente la necesidad de ampliar la vigencia del acto administrativo, garantizando la culminación de las obras, la correcta inversión de /os recursos del Fondo de lnversión Colectiva y el cumplimiento de los objetivos del proyecto de reducción del riesgo mediante So/uciones Basadas en la Naturaleza", tal como consta en el Acta No. 6 del Comité Técnico Administrativo (CTA) que se adjunta al presente acto administrativo.RES.LU.TóN lt 0 B 3 l¡ o"' 1'o' 2026 Página 6 de 7 Continuación de la Resolución "poR MEDto DE LA cuAL sE pRoRRoGA EL TÉRMtNo DE EJEcuctóN DE Los REcuRSos EsrABLEctDo EN LA REsoLUctóu uo. otoo oeL 09 DE FEBRER? DE 2026, poR MEDto DE LA cuAL sE

oRoENA UNA IRAA/SFEREN'|A EcoNóMtcA DtREcrA HActA EL FoNDo oE,NVERS/óN coLEcnvA DE AL¡A LIQUIDEZ .FICNO, OO1OO1056647 ABIERTO PARA EL MIJNICIPIO DE SUPIA, EN EL DEPARTAMENTO DE CALDAS, coMo Apoyo su8s,Dr4Rro y coMpLEMENTARto. qARA REALIZAR LA EJEcuctóN DE AcctoNEs DE REDUcctóN DE¿ R/EsGo DE oEsAsIREs IMPLEMENTADAS EN Et MARco DE LA RESPUESTA Y LA RE)UPERA2IÓN A LA SITUA3IÓN DE oALAMIDAD PÚBLICA DEjURADA MEDIANTE EL oEcRETo No, 036 DE 16 DE MAYO DE 2025, PRORROGADA MEOIANTE DECRETO No. 106 DEL 1? DE NOVIEMBRE DE 2025'. Que habida cuenta de las circunstancias técnicas, administrativas y operativas ajenas a las partes y expuestas por el Municipio que afectan la ejecución del Proyecto, y revisados los documentos que integran el expedidnte administrativo, el Director General de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres, en su calidad de Ordenador del Gasto del Fondo Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, considera procedente aprobar la solicitud presentada por el Municipio de Supía - Caldas, y ampliar el término de ejecución de los recursos establecido en la Resolución No.0100 del 09 de febrero de 2026, de conformidad con lo indicado en el artículo 2.3.1.6.3.6 del Decreto 1289 del 25

de julio de 2018. Que, en atención a lo anteriormente expuesto, resulta procedente ampliar el término de ejecución y legalización de los recursos previsto en la Resolución No.0100 del 09 de febrero de 2026 por un término adicional de TRES (3) MESES Y OCHO (8) D¡AS, contados a partir del vencimiento del término inicialmente otorgado, esto es, hasta el 31 DE DICIEMBRE DE 2026. , ,,i Que la administración, ejecución y legalizaci$'Oe los recursos transferidos mediante la Resolución No. 0100 del 9 de febrero de 2p26 son de exclusiva responsabilidad del Municipio de Supla, departamento de Caldas tr se encuentran sujetas al control fiscal y a la vigilancia de las autoridades competentes, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 1523 de 2012, el Decreto 1289 de 2018 y las demás normas concordantes que resulten aplicables. Que, en mérito de lo anterior, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO: AMPLIAR el término para la ejecución y legalización de los recursos transferidos al lvlunicipio de Supfa, Departamento de Caldas, mediante el Fondo de lnversión Colectiva de Alta Liquidez -FlCNo. 001001056647, por un término adicional de TRES (3) MESES Y OCHO (8) DIAS, contados a partir del 23 de septiembre de 2026, fecha en la cual se efectúa el vencimiento del plazo para la ejecución y legalización de los recursos, establecido en la Resolución No.0100 del 09 de febrero de 2026. En

consecuencia, el término para la ejecución y legalización de recursos se amplía hasta el

TRETNTA Y UNO (31) DE DIC|EMBRE DE2026.

ART|CULO SEGUNDO: VIGENCIA DE LAS DEMÁS DISPOS¡CIONES. LAS dEMáS disposiciones contenidas en la Resolución No.0100 del 09 de febrero de 2026 no han sido modificadas por el presente acto administrativo, continúan vigentes y conservan plena fuerza ejecutoria.

ARTICULO TERCERO: NOTIFICACÉN. Ñotiffquese el contenido de ta presente resolución al representante legal del Municipio de Supía, Departamento de Caldas, o A quien haga sus veces, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 66, 67, 68 y 69 de la Ley 1437 de 2011 -Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA)-, relativos al deber de notificación de los actos administrativos deRES.LUC,óN-f 0 B 3 4,- 1e StP zozi Página7 de7

ContinuaciÓn de Ia Resolución ,,PoR MEDI) DE LA )UAL SE PRORROGA EL TERMINo DE EJEiUCIÓN DE Los REcuRSos ESTABLE?tD? EN tA RESotuctó¡'t No. otoo DEL 09 DE FEBRER9 DE 2026, poR MEDI) DE LA cuAL sE 1RDENA UNA TRANSFEREN:TA EcoNóMtcA otREcrA HActA EL FoNDo DE TNyERS/óN coLEcnvA DE ALTA LIQUIDEZ .FIC. NO. 001001056647 ABIERTO PARA EL MUNICIPIO OE SUPIA, EN EL OEPARTAMENTO DE CA¿DAS,

coMo Apoyo suas/D/ÁRlo y coMpLEMENTARto, qARA REALIZAR LA EJEcuctóN DE AccloNEs DE REoucctóN OEL R/ESGO DE DESASTRES IMPLEMENTADAS EN EL MARCO DE tA RESPUESTA Y A RECUPERACIÓN A LA SITUA'IÓN DE )ALAMIDAD PUBLICA DECLARADA MEDIANTE EL DECRETO No. 036 DE 16 DE MAYO DE 2025, PRORROGADA MEDIANTE DECRETO No. 106 OEL 12 DE NOVIEMBRE DE 2025'. carácter particular, a la notificación personal, a la citación para la notificación personal y la notificación por aviso, respectivamente.

ARTíCULO CUARTO: RECURSOS. Contra el presente acto administrativo procede únicamente el recurso de reposición que deberá interponerse ante el Director General de la Unidad Nacional para la Gestión de Riesgos de Desastres -UNGRD, en los términos establecidos en los artículos 76 y 77 de la Ley 1437 de 2011. Para la recepción de recursos se habilita el correo electrónico: corresoondencia@oestiondelriesoo.oov.co ARTICULO QUINTO: VIGENCIA. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

Dado en Bogotá D.C., a tQs $ 'SEPoi?0ZÜ ,"r de septiemb re de 2026.

NOTIF¡QUESE, PUBL¡QUESE Y CÚMPLASE

DAVID SANTIAGO TAMAYO RENDÓN D¡RECTOR GENERAL Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres

Ordenador del Gasto del Fondo Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres Decreto 1170 del 11 de agosto de2026 P royacló coryone ¡tle ju ildco octsy c. vilffi. M.lte / Absú GGC. .A»A-. ¿" Mtgild Eduúo Lucng.s fffi! Prdesú.1CWhYdo SÁR \ Danpt RMdo Odt2 / Pñl.súd Ltgcdatzado SR bl2Edget Ovieda/ Conlmtisla SRR. ,t Mdrla Cañ¡la Cá@ñt Poñ./ CútotBlo GG&l José Lúts hg.nta / Conbrti§t Lryet GOWI:, Angela Mids / Cdtutsl, S6.P Leuñ I Guzñán Pa2 / Cdtñlsfa SO. - P.uhñe H.ñ.nd.z Atd.r, t iárr,. Au¿C l'¡JOÉgo Meuicio Ai.s / Conh¡ll¡ GAFC JlbD Jotg. Budvat / SuÚ,redot poñ la R.du@lóñ úlhlÜ,{,e; En¡iquo Acutla Al.ald Soqotorb Gonoal (E) UNGRO fr. F R o Y i ró c oñ po n cnlc j u rÍdic o : Rav laó compooanla tlnancl arc: Ravbó 6oñpon.nl. tacilco

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